Podcast
Questions and Answers
La normativa del Real Decreto 2207/1995 solo establece principios de higiene para alimentos industriales.
La normativa del Real Decreto 2207/1995 solo establece principios de higiene para alimentos industriales.
False (B)
La normativa incluye nuevas directrices de la Unión Europea.
La normativa incluye nuevas directrices de la Unión Europea.
True (A)
El objetivo principal de la regulación es asegurar una aplicación uniforme de los requisitos de higiene.
El objetivo principal de la regulación es asegurar una aplicación uniforme de los requisitos de higiene.
True (A)
Los datos epidemiológicos no tienen relación con los toxi-infecciones alimentarias.
Los datos epidemiológicos no tienen relación con los toxi-infecciones alimentarias.
Las exigencias de la norma son las mismas en todos los establecimientos, sin importar su tipo.
Las exigencias de la norma son las mismas en todos los establecimientos, sin importar su tipo.
La norma es solo un conjunto de principios básicos y no detalla requisitos específicos.
La norma es solo un conjunto de principios básicos y no detalla requisitos específicos.
La regulación establece únicamente principios de higiene sin considerar la seguridad alimentaria.
La regulación establece únicamente principios de higiene sin considerar la seguridad alimentaria.
Los establecimientos de platos preparados industriales deben cumplir con la misma normativa que los no industriales.
Los establecimientos de platos preparados industriales deben cumplir con la misma normativa que los no industriales.
Los comedores colectivos del Grupo II pueden ofrecer un menú variado y completo.
Los comedores colectivos del Grupo II pueden ofrecer un menú variado y completo.
El Grupo III elabora productos en cantidades pequeñas y para un número limitado de comensales.
El Grupo III elabora productos en cantidades pequeñas y para un número limitado de comensales.
Los establecimientos de hostelería no pueden tener menú o carta, según la clasificación dada.
Los establecimientos de hostelería no pueden tener menú o carta, según la clasificación dada.
Los comedores institucionales incluyen jantokiak en escuelas y hospitales.
Los comedores institucionales incluyen jantokiak en escuelas y hospitales.
Los comedores del Grupo II sólo sirven alimentos de origen industrial.
Los comedores del Grupo II sólo sirven alimentos de origen industrial.
Los comedores del Grupo III tienen un nivel de riesgo sanitario muy bajo debido a la preparación previa.
Los comedores del Grupo III tienen un nivel de riesgo sanitario muy bajo debido a la preparación previa.
Los comedores de empresas se clasifican como comedores institucionales.
Los comedores de empresas se clasifican como comedores institucionales.
Los comedores pueden vender comida directamente al consumidor o llevarla a su hogar.
Los comedores pueden vender comida directamente al consumidor o llevarla a su hogar.
Los locales donde se manipulan alimentos deben tener suelos antideslizantes.
Los locales donde se manipulan alimentos deben tener suelos antideslizantes.
Los sistemas de ventilación no son necesarios en los locales de manipulación de alimentos.
Los sistemas de ventilación no son necesarios en los locales de manipulación de alimentos.
Los locales destinados a la manipulación de alimentos deben tener paredes y techos lisos y de fácil limpieza.
Los locales destinados a la manipulación de alimentos deben tener paredes y techos lisos y de fácil limpieza.
Es obligatorio que los locales de almacenamiento eviten la acumulación de polvo y suciedad.
Es obligatorio que los locales de almacenamiento eviten la acumulación de polvo y suciedad.
Los locales de manipulación de alimentos pueden tener paredes de cualquier material.
Los locales de manipulación de alimentos pueden tener paredes de cualquier material.
Las fuentes de calor en los locales de manipulación deben tener campanas extractoras.
Las fuentes de calor en los locales de manipulación deben tener campanas extractoras.
Los suelos en los locales de manipulación deben ser de material suave y deslizante.
Los suelos en los locales de manipulación deben ser de material suave y deslizante.
La contaminación cruzada entre alimentos debe evitarse en los locales de manipulación.
La contaminación cruzada entre alimentos debe evitarse en los locales de manipulación.
Los establecimientos de los grupos I, II y III deben tener un fregadero y lavamanos no manuales.
Los establecimientos de los grupos I, II y III deben tener un fregadero y lavamanos no manuales.
Es necesario que haya separación entre las zonas de preparación según productos en las cocinas de los establecimientos.
Es necesario que haya separación entre las zonas de preparación según productos en las cocinas de los establecimientos.
Los establecimientos de los grupos II y III no necesitan proporcionar servicios de público con anteaseo.
Los establecimientos de los grupos II y III no necesitan proporcionar servicios de público con anteaseo.
Los servicios y vestuarios para manipuladores de alimentos deben incluir lavamanos con agua fría únicamente.
Los servicios y vestuarios para manipuladores de alimentos deben incluir lavamanos con agua fría únicamente.
Los fregaderos y lavamanos no manuales deben estar integrados en la misma unidad.
Los fregaderos y lavamanos no manuales deben estar integrados en la misma unidad.
Los manipuladores de alimentos necesitan áreas de inodoros y vestuarios exclusivos para su uso.
Los manipuladores de alimentos necesitan áreas de inodoros y vestuarios exclusivos para su uso.
La separación de limpio y sucio en cocinas no es una normativa necesaria.
La separación de limpio y sucio en cocinas no es una normativa necesaria.
Es obligatorio que las taquillas para manipuladores estén dotadas de agua fría.
Es obligatorio que las taquillas para manipuladores estén dotadas de agua fría.
Los comedores colectivos institucionales con elaboración de comidas pueden tener acceso compartido para el personal si se cumplen ciertos requisitos.
Los comedores colectivos institucionales con elaboración de comidas pueden tener acceso compartido para el personal si se cumplen ciertos requisitos.
Los comedores que preparan más de 300 comidas diarias tienen que ofrecer servicios y vestuarios que sean exclusivos para los manipuladores.
Los comedores que preparan más de 300 comidas diarias tienen que ofrecer servicios y vestuarios que sean exclusivos para los manipuladores.
Los requisitos establecidos para los comedores colectivos no se aplican a aquellos que no elaboran comidas.
Los requisitos establecidos para los comedores colectivos no se aplican a aquellos que no elaboran comidas.
El anexo II incluye normas sobre servicios y vestuarios para todo tipo de comedores, sin distinción del número de comidas elaboradas.
El anexo II incluye normas sobre servicios y vestuarios para todo tipo de comedores, sin distinción del número de comidas elaboradas.
Los comedores que no preparan comidas pueden compartir instalaciones de sanitarios y vestuarios con otros tipos de personal.
Los comedores que no preparan comidas pueden compartir instalaciones de sanitarios y vestuarios con otros tipos de personal.
Los comedores colectivos que elaboran entre 200 y 300 comidas/día están obligados a proporcionar servicios y vestuarios separados para los manipuladores.
Los comedores colectivos que elaboran entre 200 y 300 comidas/día están obligados a proporcionar servicios y vestuarios separados para los manipuladores.
La construcción de servicios y vestuarios adecuados para los manipuladores es opcional en todos los comedores institucionales.
La construcción de servicios y vestuarios adecuados para los manipuladores es opcional en todos los comedores institucionales.
El acceso a personas y mercancías debe ser el mismo en todos los comedores que elaboran más de 300 comidas al día.
El acceso a personas y mercancías debe ser el mismo en todos los comedores que elaboran más de 300 comidas al día.
Study Notes
### Introducción
- El texto corresponde a una orden que establece requisitos de higiene para comedores colectivos y establecimientos de platos preparados en el País Vasco.
- La orden complementa y actualiza el Real Decreto 2207/1995 sobre higiene de alimentos, con nuevas directivas europeas y normas del Codex Alimentarius.
- Se adapta a la nueva realidad de elaboración y venta de comidas preparadas.
- La orden incluye la clasificación por grupos:
- Grupo I:
- Comedores colectivos que sirven menos de 150 comidas/dia.
- Grupo II:
- Comedores colectivos que elaboran y sirven menús o comidas completas, muy variadas, con ingredientes de diversa naturaleza y origen, con servicio en un comedor o zona habilitada.
- Se incluyen establecimientos de hostelería con menú y/o carta.
- Establecimientos de platos preparados no industriales que elaboran y venden a consumidor final.
- Grupo III:
- Comedores colectivos que elaboran productos muy variados en cuanto a preparación, ingredientes , cobertura y nivel de riesgo sanitario, en grandes cantidades, con preparación previa en gran parte y a gran número de comensales.
- Comedores institucionales:
- Se clasifican como comedores escolares, comedores de residencias, cocinas de hospitales o clínicas, comedores de empresas y otros comedores institucionales.
- Grupo I:
Requisitos de higiene
- Instalaciones:
- Deben tener una disposición, diseño, construcción y dimensiones adecuadas para la manipulación de alimentos. - Las paredes, suelos y techos deben ser lisos, impermeables, y de fácil limpieza y desinfección.
- Comedores con elaboración de comidas:
- Deben tener un recinto de cocina suficientemente aislado de cualquier otro uso.
- Comedores colectivos:
- Deben tener locales de inodoros y de vestuario de uso exclusivo para los manipuladores de alimentos, con taquillas, lavamanos con agua caliente, dosificador de jabón líquido y toalleros de papel.
- Comedores colectivos institucionales:
- Los comedores colectivos institucionales sin elaboración de comidas deben contar con lavamanos y fregadero no manuales conjuntos.
- Los comedores colectivos institucionales con elaboración de comidas deben cumplir con los requisitos especificados para locales de inodoros y de vestuario, como se indica en el Anexo II de la Orden.
- Los comedores que preparen menos de 300 raciones diarias pueden compartir los inodoros y vestuario con otro personal siempre que estén correctamente dotados.
- Deben tener un acceso independiente de personas y mercancías para los comedores colectivos institucionales que elaboran más de 300 comidas al día.
### Conclusión
- La orden establece una serie de requisitos higiénicos-sanitarios generales para comedores colectivos y establecimientos de platos preparados, con especial atención a la necesidad de evitar la contaminación cruzada de alimentos y garantizar la seguridad alimentaria.
- Se espera que la aplicación de estos requisitos contribuya a la prevención de toxiinfecciones alimentarias y mejore la seguridad alimentaria en el ámbito de los comedores colectivos y establecimientos de platos preparados en el País Vasco.
Studying That Suits You
Use AI to generate personalized quizzes and flashcards to suit your learning preferences.
Related Documents
Description
Este cuestionario evalúa los conocimientos sobre los requisitos de higiene establecidos para comedores colectivos y establecimientos de platos preparados en el País Vasco. La información incluye detalles sobre la clasificación de los grupos de comedores y las normativas asociadas al Real Decreto 2207/1995. Prepárate para responder preguntas sobre las directrices y normas aplicables a la seguridad alimentaria.