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Questions and Answers
¿Cuál es la finalidad de la argumentación?
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¿Qué es un argumento en el contexto de la persuasión?
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¿A quién va dirigido el auditorio en un contexto persuasivo?
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¿Cuál de los siguientes no es un tipo de auditorio según la cantidad de integrantes?
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¿Qué caracteriza a un auditorio singular?
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En la clasificación de auditorios, ¿qué actitud corresponde a un 'árbitro'?
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¿Cuál de las siguientes opciones describe incorrectamente el materialismo histórico?
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¿Qué se busca indagar mediante la problemática del materialismo histórico?
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¿Qué diferencia establece Aristóteles entre lo verdadero y lo verosímil?
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¿Qué sostiene Chaim Perelman sobre la lógica jurídica?
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¿Qué método sugiere Viehweg que debe aplicarse en el Derecho?
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Las 'lógicas de la razón vital' mencionadas por Recaséns Siches se diferencian de la lógica aristotélica en que:
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¿Cuál es el objetivo principal de la nueva retórica según Perelman y Viehweg?
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¿Cómo se caracteriza la lógica jurídica según Perelman?
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Según la perspectiva presentada, ¿qué es la tópica?
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Según las ideas de Perelman, ¿qué tipo de razonamientos se utilizan cuando se establecen preferencias?
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¿Cuál es la principal característica de la persuasión según la retórica?
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¿Cómo describe Andruet el tránsito en la argumentación retórica?
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En el contexto del razonamiento jurídico, ¿qué aspecto se considera prioritario al constructor de la acción?
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¿Cuál es la relación entre la retórica y los conceptos de verdad y verosimilitud?
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¿Qué se entiende por 'logos de lo razonable' en el contexto jurídico?
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¿Cómo se caracteriza el razonamiento jurídico según Siches?
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Según el texto, ¿qué quiere decir que el razonamiento jurídico es 'antidogmático'?
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En la lógica de la acción de Juan Carlos Smith, ¿qué elemento se considera crucial para los resultados de la acción?
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Study Notes
El Derecho como Hecho Social
- El Derecho se manifiesta en la sociedad a través de las conductas de sus miembros.
- El positivismo/Kelsen: define el derecho como la creación y aplicación de normas positivas.
- Iusnaturalistas: vinculan el derecho con principios religiosos, éticos o valorativos suprapositivos.
- Realismo jurídico: se basa en las manifestaciones empíricas de las conductas.
- El derecho regula las conductas de manera coactiva.
- Esta función reguladora se manifiesta de dos formas: objetivación (conceptualización de figuras delictivas o instituciones) y política (fundamentación axiológica).
- La conducta humana tiene una significación lógica y axiológica atribuidas por las normas.
- El derecho utiliza el orden social para motivar conductas, evitando las perjudiciales y promoviendo las útiles.
Relación entre Derecho y Fuerza
- Kelsen: el Derecho es el monopolio de la fuerza y su organización, promoviendo la paz a través de la fuerza como sanción.
- La fuerza del Derecho se monopoliza a través de la paz, un principio de abstención violenta entre individuos.
- Ehrlich: el derecho es un orden de organización, donde la coacción es un elemento pero no esencial.
- Kelsen: la norma jurídica es un acto de voluntad.
Concepto de Revolución Jurídica
- Revolución: un cambio estructural, una ruptura de la lógica del ordenamiento jurídico.
- Rebelión: un cambio de poder, sin transformación del orden.
Artículo 36 de la Constitución Nacional
- Este artículo, reformulado en 1994, asegura la preservación del sistema democrático y el orden constitucional.
- Sanciona a quien ejecute actos de fuerza contra el orden institucional.
- Prevé la inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos y la exclusión de beneficios de indulto y conmutación de penas.
- El Congreso sancionará una ley ética pública para el ejercicio de la función.
Interpretaciones en el Derecho
- Voluntarismo: El acto interpretativo es un acto de voluntad, el intérprete elige una opción de entre las posibles.
- Voluntarismo estructurado: El acto de voluntad se da dentro de una estructura normativa.
- Teoría Pura del Derecho (Kelsen): La validez de una norma se basa en su creación a través de procedimientos determinados.
- Teoría Egológica (Cossio): El derecho es la conducta humana en interacción.
- Interpretación: Buscar el significado de una norma para aplicarla en un caso concreto.
- Método analítico: Analizar las componentes de un concepto.
- Método tópico: Buscar argumentos para sustentar las opiniones.
Interrelación entre Validez y Eficacia
- Validez: correspondencia con un procedimiento legal.
- Eficacia: aplicación práctica de una norma.
- Kelsen: reconoce que un mínimo de eficacia es condición de validez de una norma.
Pensamiento Jurídico Contemporáneo
- Materialismo histórico: El materialismo es el fundamento de todos los sucesos, eventos y conductas.
- Neo-kantismo: La esencia del derecho reside en los valores.
- Neoescolástica: La fuente del derecho está en la naturaleza humana, basada en preceptos religiosos.
- Positivismo: El derecho está constituido por las normas, sin la intervención de valores morales absolutos.
- Realismo jurídico: El derecho es la práctica real de los tribunales y un conjunto de decisiones.
Direcciones del Pensamiento Jurídico en Argentina
- Iusnaturalismo: cree que el derecho proviene de una fuente superior a la ley.
- Ilustración: destaca la razón como fundamento de acción humana.
- Neoescolástica: Se centra en la filosofía de Santo Tomás de Aquino.
- Teoría egológica: se centra en la conducta humana y su contexto.
- Análisis filosófico: examina la lógica y las definiciones dentro del derecho.
- Trialismo jurídico: Combina elementos de las tres corrientes anteriores para una visión integral del derecho.
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Description
Este cuestionario explora cómo el derecho se manifiesta en la sociedad a través de las conductas de sus miembros, abordando diferentes corrientes de pensamiento como el positivismo y el iusnaturalismo. También se examina la relación entre derecho y fuerza, y cómo la coerción regula comportamientos a través de la norma. Descubre los principios que fundamentan el derecho y su impacto en la conducta social.