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10 Questions

¿Qué se entiende por blanqueo de capitales según la Ley 10/2010?

La transformación de activos o bienes inmóviles obtenidos de manera ilícita en activos o bienes legales.

¿Cuál es uno de los aspectos principales de la diligencia debida según la Ley 10/2010?

Verificar la identidad y domicilio de clientes, socios y contrapartes con los que se realizan negocios o transacciones.

¿Qué implica la financiación del terrorismo según la Ley 10/2010?

La utilización de activos para actividades financieras ilícitas.

¿Quiénes están obligados a llevar a cabo una diligencia debida según la Ley 10/2010?

Sólo las instituciones financieras y entidades no lucrativas.

¿Cuál es una consecuencia del incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 10/2010?

Sanciones económicas y penales.

¿Quiénes son los sujetos obligados según la Ley 10/2010?

Instituciones financieras y empresas de cambio

¿A quién deben reportar las situaciones sospechosas los sujetos obligados?

Organismo Nacional de Evaluación y Prevención de la Criminalidad Económica (ONPECE)

¿Qué establece la Ley 10/2010 para aquellos sujetos obligados que incumplen con las obligaciones de información y diligencia debida?

Multas, suspensión o cancelación de autorizaciones, inhabilitación de los profesionales

¿Cuál es el organismo competente al que deben reportar las situaciones sospechosas?

Organismo Nacional de Evaluación y Prevención de la Criminalidad Económica (ONPECE)

¿Qué actividades pueden facilitar los sujetos obligados según la Ley 10/2010?

Acceso a los sistemas financieros nacionales o extranjeros y actividades de banca, cambio o seguros

Study Notes

Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo. Ley 10/2010

La Ley 10/2010, de 28 de abril, reguló la prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en España. Este artículo abordará los subtítulos de información, diligencia debida, sujetos obligados, sanciones por incumplimiento y colaboración internacional de la ley.

Información

Según la Ley 10/2010, el blanqueo de capitales se refiere a la transformación de activos o bienes inmóviles obtenidos de manera ilícita en activos o bienes legales, ya sea dentro o fuera de un país. Por otro lado, la financiación del terrorismo se refiere a la utilización de activos o bienes inmóviles, incluso de manera indirecta, para financiar o proporcionar apoyo a cualquier organización o persona que haya sido designada como terrorista por las autoridades competentes.

Diligencia Debuda

La Ley 10/2010 establece que los sujetos obligados deben llevar a cabo una diligencia debida para identificar y reportar cualquier actividad sospechosa de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo. Esta diligencia debuda consiste en:

  1. Identificación de clientes, socios y contrapartes: Los sujetos obligados deben identificar a los clientes, socios y contrapartes con los que realizan negocios o transacciones, verificando su identidad y domicilio.
  2. Detección de actividades sospechas: Los sujetos obligados deben ser especialmente cuidadosos con las actividades sospechas y reportar de manera inmediata cualquier actividad que pueda estar relacionada con blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.
  3. Reporte de situaciones sospechosas: En caso de detectar situaciones sospechosas, los sujetos obligados deben reportarlas a la autoridad competente, que es el Organismo Nacional de Evaluación y Prevención de la Criminalidad Económica (ONPECE).

Sujetos Obligados

Los sujetos obligados de la Ley 10/2010 son aquellos que, al realizar sus actividades profesionales, pueden facilitar el acceso a los sistemas financieros nacionales o extranjeros o las actividades de banca, de cambio o de seguros, y por lo tanto, pueden contribuir a la prevención de la criminalidad económica. Estos sujetos obligados incluyen, pero no se limitan a:

  • Instituciones financieras
  • Empresas de cambio
  • Seguros
  • Profesionales libres
  • Servicios de administración y consultoría financiera
  • Profesionales del derecho
  • Instituciones de crédito
  • Empresas de emisión y del registro de valores
  • Empresas de administración y consultoría de seguros
  • Comercializadores de titulares
  • Empresas de administración y consultoría de seguros de vida
  • Empresas de administración y consultoría de seguros de salud
  • Instituciones de seguros de terceros
  • Entidades de seguros de terceros
  • Instituciones de seguros de terceros de salud
  • Instituciones de seguros de terceros de vida
  • Comercializadores de seguros
  • Instituciones de seguros de vida
  • Instituciones de seguros de salud
  • Instituciones de seguros de terceros de vida
  • Instituciones de seguros de terceros de salud
  • Entidades de seguros de terceros de vida
  • Entidades de seguros de terceros de salud
  • Empresas de seguros de vida
  • Empresas de seguros de salud
  • Entidades de seguros de vida
  • Entidades de seguros de salud
  • Empresas de seguros de terceros de vida
  • Empresas de seguros de terceros de salud
  • Entidades de seguros de terceros de vida
  • Entidades de seguros de terceros de salud
  • Empresas de seguros de vida de terceros
  • Empresas de seguros de salud de terceros
  • Entidades de seguros de vida de terceros
  • Entidades de seguros de salud de terceros
  • Instituciones de seguros de vida de terceros
  • Instituciones de seguros de salud de terceros

Sanciones por Incumplimiento

La Ley 10/2010 establece sanciones para aquellos sujetos obligados que incumplan con las obligaciones de información y diligencia debida. Estas sanciones incluyen multas, suspensión o cancelación de autorizaciones, inhabilitación de los profesionales y, en algunos casos, incluso infracciones penales.

Colaboración Internacional

La Ley 10/2010 establece la necesidad de colaboración internacional en la prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. De esta manera, el ONPECE ha establecido acuerdos y cooperación con las autoridades de otros países para intercambiar información relacionada con situaciones sospechosas y para coordinar las acciones de prevención.

En resumen, la Ley 10/2010 establece una serie de obligaciones y reglas para prevenir el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en España. Los sujetos obligados deben llevar a cabo una diligencia debuda, identificar y reportar actividades sospechosas, y colaborar con las autoridades nacional

This quiz covers the key aspects of the Law 10/2010 which regulates the prevention of money laundering and financing of terrorism in Spain. It discusses information requirements, due diligence, obligated entities, penalties for non-compliance, and international collaboration as mandated by the law.

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