COMÚN: TEST 1d-2 DISCAPACIDAD RD 1/2013

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24 Questions

En su art. 2, el RD 1/2013, define la discapacidad como:

Situación que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias previsiblemente permanentes y cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás personas.

Se entiende por igualdad de oportunidades en el marco de esta norma:

Todas las anteriores

Qué tipos diferentes de discriminación se contemplan en este RD 1/20013?

a) y d)

En esta norma, el acoso, según su definición es:

Una conducta no deseada

Las medidas de acción positiva, son, atendiendo a su carácter:

Medidas específicas

El Principio de inclusión social, debe partir de:

De la sociedad

El diálogo civil se basa en:

es cierta a), y además, mediante la participación de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y de sus familias

Con respecto al diseño universal o diseño para todas las personas señale la correcta:

a) y c)

Señale cuál de los siguientes no es un principio en el marco de esta norma:

Vida dependiente

Son sectores susceptibles de discriminación múltiple (discriminación añadida a la que podría sucederse con motivo de su discapacidad):

Todas las opciones anteriores

Son titulares de los derechos reconocidos en este Real Decreto (señale la incorrecta):

Sólo los que tengan reconocida una discapacidad mínima del 33%

Los españoles no residentes en España:

Disfrutarán de las prestaciones económicas previstas en esta norma, siempre y cuando carezcan de protección equiparable en su país de residencia

El ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad se realizará, según el artículo 6, de acuerdo con el principio de:

Principio de libertad de toma de decisiones

Con respecto al derecho de igualdad, las Administraciones Públicas, protegerán, según el artículo 7:

De forma singularmente intensa a las personas susceptibles de discriminación múltiple y especialmente intensa los derechos en determinadas materias como salud, empleo, educación,….

Señale la incorrecta con respecto a la valoración y la calificación de la discapacidad:

Tiene validez sólo en la Comunidad Autónoma donde se realizó

No es característica del derecho a la educación, en el marco de esta norma:

Exclusivo

Las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación que señala esta norma, en el ámbito del empleo:

Serán de aplicación con carácter supletorio respecto a lo previsto en la legislación laboral

Regularán las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación:

El Gobierno

Habrá un cupo de reserva de puestos de trabajo para discapacitados, en las empresas que cumplan:

Sólo para empresas de 50 trabajadores o más, de un 2%

Los centros especiales de empleo, deberán estar constituidos por el mayor número de trabajadores con discapacidad, y…

En todo caso, por el 70% de la plantilla

Como medida de defensa se ha establecido un sistema arbitral, que es:

Vinculante y ejecutivo

Como medida judicial se establece la inversión de la carga de la prueba, que no está exceptuada en:

Procesos civiles

Están legitimados en los procesos judiciales para la defensa de los derechos de esta norma:

Las personas jurídicas legalmente habilitadas para defensa de intereses colectivos, en nombre de aquellos afectados que lo autoricen

Es órgano y/o instrumento técnico incluidos en el RD 1/2013:

a) y d)

Study Notes

Definiciones y Conceptos

  • La discapacidad se entiende como la pérdida o anormalidad de una parte del cuerpo, una función fisiológica o una estructura psicológica, que impida la igualdad de oportunidades.
  • La igualdad de oportunidades se entiende como la ausencia de discriminación y la existencia de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación.

Tipos de Discriminación

  • Se contemplan diferentes tipos de discriminación, incluyendo la discriminación directa, indirecta, por acoso, y por represalia.

Acoso y Discriminación

  • El acoso se define como cualquier comportamiento no deseado relacionado con la discapacidad, que tenga como objeto o efecto acosar, intimidar o hacer sentir incómodo al trabajador o a la trabajadora.
  • La discriminación múltiple se refiere a la discriminación que sucede con motivo de la discapacidad, adicionada a otras formas de discriminación.

Medidas de Acción Positiva

  • Las medidas de acción positiva son aquellas que se implementan para promover la igualdad de oportunidades y compensar desventajas, y tienen carácter temporal y flexible.

Principio de Inclusión Social

  • El Principio de inclusión social debe partir de la consideración de la diversidad y la promoción de la igualdad de oportunidades.

Diálogo Civil

  • El diálogo civil se basa en la cooperación y la participación de las personas con discapacidad y sus organizaciones en la toma de decisiones.

Diseño Universal

  • El diseño universal o diseño para todas las personas se refiere al diseño de productos, entornos y servicios que pueden ser utilizados por todas las personas, sin necesidad de adaptación.

Sectores Susceptibles de Discriminación Múltiple

  • Los sectores susceptibles de discriminación múltiple son los mujeres, los inmigrantes, las personas LGTBI, los jóvenes y los ancianos.

Titulares de los Derechos

  • Los titulares de los derechos reconocidos en este Real Decreto son las personas con discapacidad, incluyendo los españoles no residentes en España.

Ejercicio de los Derechos

  • El ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad se realizará de acuerdo con el principio de accesibilidad universal.

Protección de los Derechos

  • Las Administraciones Públicas protegerán el derecho de igualdad de las personas con discapacidad.

Valoración y Calificación de la Discapacidad

  • La valoración y calificación de la discapacidad se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en este Real Decreto.

Derecho a la Educación

  • El derecho a la educación se caracteriza por la accesibilidad universal y la no discriminación.

Condiciones Básicas de Accesibilidad y No Discriminación

  • Las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en el ámbito del empleo se establecen en este Real Decreto.

Centros Especiales de Empleo

  • Los centros especiales de empleo deberán estar constituidos por el mayor número de trabajadores con discapacidad, y deberán implementar medidas de acción positiva.

Medidas de Defensa

  • Como medida de defensa se ha establecido un sistema arbitral que es voluntario y gratuito.

Medida Judicial

  • Como medida judicial se establece la inversión de la carga de la prueba, que no está exceptuada en los procesos judiciales.

Legitimación en los Procesos Judiciales

  • Están legitimados en los procesos judiciales para la defensa de los derechos de esta norma los propios afectados, sus organizaciones y las Administraciones Públicas.

Órgano y/o Instrumento Técnico

  • El órgano y/o instrumento técnico incluidos en el RD 1/2013 es el Consejo Nacional de la Discapacidad.

Descubre cómo se define la discapacidad según el Real Decreto 1/2013 en su artículo 2. Pon a prueba tus conocimientos sobre la definición legal de discapacidad en este cuestionario.

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