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¿Cuál es el principal objetivo del Decreto 2/2022 en Castilla-La Mancha con respecto a los centros de atención especializada para personas mayores?
¿Cuál es el principal objetivo del Decreto 2/2022 en Castilla-La Mancha con respecto a los centros de atención especializada para personas mayores?
- Adaptar las normativas a los cambios legislativos recientes y a las nuevas necesidades sociosanitarias. (correct)
- Mantener las regulaciones existentes sin cambios significativos.
- Reducir los requisitos para la apertura de nuevos centros.
- Limitar la atención centrada en la persona en los servicios ofrecidos.
¿Qué acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se incorpora en el Decreto 2/2022?
¿Qué acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se incorpora en el Decreto 2/2022?
- El acuerdo sobre la reducción de personal en los centros.
- El acuerdo sobre financiación de los centros privados.
- El acuerdo para la construcción de nuevos centros en zonas rurales.
- El acuerdo para garantizar la calidad de los centros y servicios del sistema de dependencia. (correct)
Según el Decreto 2/2022, ¿cuál es la ratio establecida para el personal de atención directa en los centros de día y de noche?
Según el Decreto 2/2022, ¿cuál es la ratio establecida para el personal de atención directa en los centros de día y de noche?
- Un profesional por cada quince personas usuarias.
- Un profesional por cada diez personas usuarias. (correct)
- Dos profesionales por cada quince personas usuarias.
- Un profesional por cada cinco personas usuarias.
¿Cuál de los siguientes aspectos NO se actualiza en las características técnicas de los centros según el Decreto 2/2022?
¿Cuál de los siguientes aspectos NO se actualiza en las características técnicas de los centros según el Decreto 2/2022?
¿Qué concepto se introduce en el Decreto 2/2022 relacionado con la mejora continua de los servicios ofrecidos en los centros?
¿Qué concepto se introduce en el Decreto 2/2022 relacionado con la mejora continua de los servicios ofrecidos en los centros?
¿Qué artículo del Decreto 2/2022 regula las condiciones básicas de los centros de atención especializada para personas mayores?
¿Qué artículo del Decreto 2/2022 regula las condiciones básicas de los centros de atención especializada para personas mayores?
Según el Artículo 2 del Decreto 2/2022, ¿a partir de qué edad se considera a una persona como 'persona mayor'?
Según el Artículo 2 del Decreto 2/2022, ¿a partir de qué edad se considera a una persona como 'persona mayor'?
¿Cuál de las siguientes NO se define como una Actividad Básica de la Vida Diaria (ABVD) según el Decreto 2/2022?
¿Cuál de las siguientes NO se define como una Actividad Básica de la Vida Diaria (ABVD) según el Decreto 2/2022?
¿Qué herramienta se diseña para garantizar una atención adecuada acorde con la valoración integral de cada persona, según el Decreto 2/2022?
¿Qué herramienta se diseña para garantizar una atención adecuada acorde con la valoración integral de cada persona, según el Decreto 2/2022?
Según el Artículo 3 del Decreto 2/2022, ¿a qué tipo de centros se aplica este decreto?
Según el Artículo 3 del Decreto 2/2022, ¿a qué tipo de centros se aplica este decreto?
¿Qué modelo de atención deben seguir los centros de servicios sociales de atención especializada para personas mayores según el Artículo 5 del Decreto 2/2022?
¿Qué modelo de atención deben seguir los centros de servicios sociales de atención especializada para personas mayores según el Artículo 5 del Decreto 2/2022?
¿Cuál de los siguientes NO es un principio rector que debe orientar la actuación de los centros según el Artículo 5 del Decreto 2/2022?
¿Cuál de los siguientes NO es un principio rector que debe orientar la actuación de los centros según el Artículo 5 del Decreto 2/2022?
Según el Artículo 6 del Decreto 2/2022, ¿qué legislación complementaria debe considerarse además de las condiciones específicas del decreto para los centros de atención a mayores?
Según el Artículo 6 del Decreto 2/2022, ¿qué legislación complementaria debe considerarse además de las condiciones específicas del decreto para los centros de atención a mayores?
¿Qué debe establecer el reglamento de régimen interior de cada residencia según el Artículo 12 del Decreto 2/2022?
¿Qué debe establecer el reglamento de régimen interior de cada residencia según el Artículo 12 del Decreto 2/2022?
Según el Artículo 12 del Decreto 2/2022, ¿qué requieren las contenciones físicas y/o químicas en las residencias?
Según el Artículo 12 del Decreto 2/2022, ¿qué requieren las contenciones físicas y/o químicas en las residencias?
¿Cuál es la clasificación del personal en los centros según el Decreto 2/2022?
¿Cuál es la clasificación del personal en los centros según el Decreto 2/2022?
¿Sobre qué base se determina la dotación de personal técnico y de atención directa según el Artículo 18 del Decreto 2/2022?
¿Sobre qué base se determina la dotación de personal técnico y de atención directa según el Artículo 18 del Decreto 2/2022?
¿Cómo se expresa la exigencia de dotación mínima de profesionales en los centros según el Artículo 18 del Decreto 2/2022?
¿Cómo se expresa la exigencia de dotación mínima de profesionales en los centros según el Artículo 18 del Decreto 2/2022?
Según el Artículo 23 del Decreto 2/2022, ¿qué requisito de edad se contempla para el acceso a los centros, especialmente a las residencias?
Según el Artículo 23 del Decreto 2/2022, ¿qué requisito de edad se contempla para el acceso a los centros, especialmente a las residencias?
¿Qué tipo de servicios pueden prestar los centros a la comunidad según el Artículo 24 del Decreto 2/2022?
¿Qué tipo de servicios pueden prestar los centros a la comunidad según el Artículo 24 del Decreto 2/2022?
Según la Disposición Adicional Segunda del Decreto 2/2022, ¿qué requisito deben cumplir los centros en funcionamiento que soliciten autorización por razones de interés público o social?
Según la Disposición Adicional Segunda del Decreto 2/2022, ¿qué requisito deben cumplir los centros en funcionamiento que soliciten autorización por razones de interés público o social?
¿Cómo se califican automáticamente los servicios de estancias diurnas según la Disposición Adicional Tercera del Decreto 2/2022?
¿Cómo se califican automáticamente los servicios de estancias diurnas según la Disposición Adicional Tercera del Decreto 2/2022?
¿Qué Orden queda derogada según la Disposición Derogatoria Única del Decreto 2/2022?
¿Qué Orden queda derogada según la Disposición Derogatoria Única del Decreto 2/2022?
Según el decreto, ¿cuál es la finalidad del Plan Individual de Atención Personalizado (PIAP)?
Según el decreto, ¿cuál es la finalidad del Plan Individual de Atención Personalizado (PIAP)?
En el contexto del decreto, ¿qué significa el concepto de 'Proyecto de Vida' para las personas mayores en los centros de atención?
En el contexto del decreto, ¿qué significa el concepto de 'Proyecto de Vida' para las personas mayores en los centros de atención?
¿Qué implicación tiene el principio de 'Integración en el entorno' para los centros de atención a personas mayores, según el decreto?
¿Qué implicación tiene el principio de 'Integración en el entorno' para los centros de atención a personas mayores, según el decreto?
Según el decreto, ¿cuál es el propósito de proteger los derechos de las personas residentes desarrollando procedimientos de actuación contra el ingreso involuntario?
Según el decreto, ¿cuál es el propósito de proteger los derechos de las personas residentes desarrollando procedimientos de actuación contra el ingreso involuntario?
Si un centro para personas mayores autorizado antes de la entrada en vigor del decreto pretende aumentar su capacidad hasta 15 plazas adicionales, ¿qué requisitos debe cumplir en la zona ampliada?
Si un centro para personas mayores autorizado antes de la entrada en vigor del decreto pretende aumentar su capacidad hasta 15 plazas adicionales, ¿qué requisitos debe cumplir en la zona ampliada?
En el procedimiento de cálculo de ratios/proporciones para la dotación de personal en los centros, ¿qué se tiene en cuenta para el cómputo del número de personas trabajadoras?
En el procedimiento de cálculo de ratios/proporciones para la dotación de personal en los centros, ¿qué se tiene en cuenta para el cómputo del número de personas trabajadoras?
¿Cuál es la responsabilidad principal del órgano de dirección de las residencias según el decreto?
¿Cuál es la responsabilidad principal del órgano de dirección de las residencias según el decreto?
Según el decreto, ¿cuál es la composición del equipo técnico interprofesional en las residencias?
Según el decreto, ¿cuál es la composición del equipo técnico interprofesional en las residencias?
¿Qué aspectos deben garantizar las condiciones arquitectónicas de los centros, incluidos sus espacios exteriores, según el decreto?
¿Qué aspectos deben garantizar las condiciones arquitectónicas de los centros, incluidos sus espacios exteriores, según el decreto?
En cuanto a la informatización de la gestión del centro, ¿qué aspecto se promueve según la Disposición Adicional Séptima del Decreto 2/2022?
En cuanto a la informatización de la gestión del centro, ¿qué aspecto se promueve según la Disposición Adicional Séptima del Decreto 2/2022?
Según el decreto, ¿qué tipo de plan deben tener las residencias?
Según el decreto, ¿qué tipo de plan deben tener las residencias?
En relación con la Disposición Adicional Octava del Decreto 2/2022, ¿qué se promueve en las residencias?
En relación con la Disposición Adicional Octava del Decreto 2/2022, ¿qué se promueve en las residencias?
Para los centros que estén en funcionamiento o en fase de construcción a la entrada en vigor de este decreto, ¿cómo se aplican las condiciones materiales y arquitectónicas?
Para los centros que estén en funcionamiento o en fase de construcción a la entrada en vigor de este decreto, ¿cómo se aplican las condiciones materiales y arquitectónicas?
Flashcards
Objeto del Decreto 2/2022
Objeto del Decreto 2/2022
Regular las condiciones básicas de los centros de atención especializada para personas mayores.
¿Qué es una Persona Mayor?
¿Qué es una Persona Mayor?
Persona de sesenta y cinco o más años (o sesenta para ciertas previsiones).
¿Persona con Dependencia Reconocida?
¿Persona con Dependencia Reconocida?
Persona que ha obtenido una resolución de grado de dependencia.
¿Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD)?
¿Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD)?
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¿Programa Individual de Atención (PIA)?
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¿Plan Individual de Atención Personalizado (PIAP)?
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¿Proyecto de Vida?
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¿Plazas autorizadas?
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¿Plazas ocupadas?
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¿Plazas adscritas?
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¿Plazas vacantes?
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¿Unidad de convivencia?
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¿Ámbito de Aplicación del Decreto?
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Atención centrada en la persona
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¿Atención personalizada?
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¿Atención Integral?
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¿Autonomía Personal?
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¿Participación?
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¿Respeto a la diversidad?
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¿Integración en el entorno?
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Condiciones arquitectónicas
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Reglamento de Régimen Interior
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Plan de contingencias sanitarias
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Clasificación del personal
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Cálculo de ratios/proporciones
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¿Personal Técnico?
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¿Personal de Atención Directa?
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¿Otro personal?
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Requisitos de edad para acceder
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Garantía de atención suficiente
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Study Notes
Decreto 2/2022, de 18 de enero, Castilla-La Mancha
- Establece las condiciones básicas de los centros de atención especializada para personas mayores en Castilla-La Mancha.
- Reemplaza la Orden de 21 de mayo de 2001, que regulaba las condiciones mínimas de estos centros, modificada en 2013 y 2015.
- Busca adaptarse a los cambios legislativos y a las nuevas necesidades sanitarias evidenciadas por la pandemia, así como a la atención centrada en la persona.
Objetivos del Nuevo Decreto
- Incorpora criterios del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, como el Acuerdo para garantizar la calidad de los centros y servicios del sistema de dependencia (Resolución 2-12-2008).
- Introduce conceptos socialmente demandados sobre la atención a personas mayores: proyecto de vida, persona de atención directa de referencia, integración en el entorno, autodeterminación e intimidad.
- Actualiza las características técnicas de los centros, adecuando edificios y espacios a las necesidades de las personas mayores, aplicando el código técnico en elementos como evacuación, pasillos y puertas.
- Distingue entre personal técnico, de atención directa y otro personal en cuanto a recursos humanos.
- Establece una ratio de personal de atención directa de un profesional por cada cinco personas usuarias (en alta laboral) y de un profesional por cada diez personas usuarias en centros de día y noche.
- Abre la posibilidad de que los centros ofrezan servicios de apoyo a la comunidad.
- Introduce conceptos de calidad y normalización de los servicios.
Estructura del Decreto
- Contiene 24 artículos, 2 capítulos, 2 secciones, 8 disposiciones adicionales, 1 disposición transitoria, 1 disposición derogatoria, 2 disposiciones finales y 2 anexos.
Capítulo I: Disposiciones Generales
- Objeto (Art. 1): Regular las condiciones básicas materiales, organizativas, de personal y funcionales de los centros de atención especializada para personas mayores.
- Definiciones (Art. 2):
- Persona Mayor: 65 años o más (en algunas previsiones, 60 años).
- Persona con Dependencia Reconocida: Aquella con resolución del grado de dependencia.
- Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD): Tareas elementales que permiten autonomía e independencia (cuidado personal, actividades domésticas básicas, movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientación, entender y ejecutar órdenes sencillas).
- Programa Individual de Atención (PIA): Modalidades de intervención según necesidades, con participación de la persona beneficiaria y su familia o tutores.
- Plan Individual de Atención Personalizado (PIAP): Herramienta para garantizar atención acorde a la valoración integral de cada persona.
- Proyecto de Vida: Expectativas y deseos de la persona para alcanzar metas relacionadas con sus gustos, creencias y afectos.
- Plazas autorizadas: Número máximo de personas usuarias permitidas en el centro.
- Plazas ocupadas: Plazas con personas titulares.
- Plazas adscritas: Plazas en periodo de aceptación para ser ocupadas.
- Plazas vacantes: Plazas autorizadas no ocupadas ni adscritas.
- Unidad de convivencia: Estructura para atender a un máximo de 16 personas en residencias de mayores.
- Ámbito de Aplicación (Art. 3): Todos los centros de servicios sociales de atención especializada para personas mayores en Castilla-La Mancha, tanto públicos como privados.
- Tipología de Centros (Art. 4): (Ver página 17).
- Modelos y principios de la atención (Art. 5):
- Ajuste a modelos de atención centrada en la persona, apoyando la autodeterminación.
- Elaboración de un PIAP con participación del equipo interdisciplinar, la persona atendida y la familia.
- Principios rectores:
- Atención personalizada.
- Atención integral.
- Autonomía personal.
- Participación.
- Respeto a la diversidad.
- Integración en el entorno.
- Condiciones arquitectónicas (Art. 6):
- Regulación específica para centros de atención a mayores, complementaria a la legislación vigente en urbanismo, edificación, prevención de riesgos laborales, sanidad e higiene y tratamiento de residuos (Anexo II.A).
- Adaptación física y funcional a las características de las personas usuarias, garantizando accesibilidad.
- Cada centro debe ser una unidad independiente, preferentemente en planta baja.
Capítulo II: Condiciones Básicas de los Centros
- Condiciones comunes y específicas según la tipología del centro (Art. 7).
Sección 1ª: Organización de los centros
- Reglamento de Régimen Interior (Art. 8).
- Derechos de las personas usuarias (Art. 9).
- Deberes de las personas usuarias (Art. 10).
- Estructura y coordinación (Art. 11).
- Organización de las Residencias (Art. 12): El reglamento de régimen interior debe incluir:
- Horarios de visitas.
- Plan de actividades programadas.
- Horario del personal y su atención a las familias.
- Coste de servicios no incluidos en la participación por el coste de la plaza.
- Sistema de acompañamiento a consultas de especialistas.
- Indicación de los servicios comunitarios de la zona.
- Órganos de funcionamiento, su composición y funciones.
- Sistema de gestión de calidad del centro.
- Las residencias deben tener un plan de contingencias sanitarias.
- El órgano de dirección es responsable de la gestión, organización y funcionamiento.
- Las residencias tendrán un equipo técnico interprofesional.
- Se debe respetar la privacidad de las personas usuarias en su habitación (puede modularse por seguridad).
- Las contenciones (físicas o químicas) requieren prescripción facultativa y consentimiento informado.
- Las residencias deben proteger los derechos de las personas desarrollando procedimientos de actuación contra el ingreso involuntario y protocolos para comunicar situaciones que afecten derechos fundamentales a los órganos judiciales.
- Organización de las viviendas y apartamentos (Art. 13).
- Organización de los centros de día (Art. 14).
- Organización de los centros de noche (Art. 15).
- Organización de los centros de mayores (Art. 16).
- Clasificación y dotación de personal (Art. 17):
- Personal Técnico.
- Personal de Atención Directa.
- Otro Personal.
- La dotación de personal (número y especialización) debe garantizar atención suficiente y continuada.
- El detalle del personal específico se encuentra en el Anexo II.B.
- Procedimiento de cálculo de ratios/proporciones (Art. 18):
- Se basa en el número de personas mayores que ocupan plaza.
- Si se comparten ubicaciones, el personal de atención directa se determina independientemente para cada recurso.
- El centro debe disponer del personal mínimo exigido, propio o contratado a través de terceros.
- La proporción se calcula dividiendo el número de personas trabajadoras (equivalente a jornadas completas) entre el número de plazas ocupadas.
- Personal Técnico (Art. 19).
- Personal de Atención Directa (Art. 20).
- Otro personal (Art. 21).
Sección 2ª: Funcionamiento de los centros
- Gestión de los Centros (Art. 22).
- Requisitos de edad para el acceso a los centros (Art. 23): Se contempla en la modificación del artículo 7.b) del decreto 186/2010, de 20 de julio cuando se refiere al acceso a residencias y a las excepciones en caso de urgencia social.
- Servicios de apoyo a la comunidad por parte de los centros (Art. 24).
Disposiciones Adicionales
- Primera: Personas que ocupan puestos de dirección en residencias a personas mayores.
- Segunda: Autorización por razones de interés público o social, de centros destinados a las personas mayores en funcionamiento. Requisitos:
- Más de cinco años funcionando.
- Acreditar buen funcionamiento durante este período.
- Garantizar la seguridad de personas usuarias y trabajadoras (Plan de Emergencia o Autoprotección) y de las instalaciones.
- Tercera: Adaptaciones Terminológicas: Los servicios de estancias diurnas se califican como centros de día.
- Cuarta: Plazo de Adaptación de espacios de enfermería en residencias.
- Quinta: Plazo de adaptación de habitaciones en residencias para personas dependientes.
- Sexta: Cualificación del personal de atención directa.
- Séptima: Informatización de la gestión del centro.
- Octava: Obtención del certificado de sistema de calidad en residencias.
- Condiciones básicas de centros existentes y ampliaciones de los mismos:
- Las condiciones materiales y arquitectónicas no se aplican a centros en funcionamiento o en construcción (salvo lo previsto en las disposiciones adicionales cuarta y quinta).
- No obstante, centros autorizados que pretendan aumentar su capacidad hasta 15 plazas deben respetar los requisitos dimensionales y de dotación de las habitaciones en la zona ampliada.
Disposición Derogatoria
- Queda derogada la Orden 21 de mayo de 2001, que regulaba las condiciones mínimas de los centros destinados a las personas mayores.
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Description
El Decreto 2/2022 establece las condiciones básicas de los centros de atención especializada para personas mayores en Castilla-La Mancha. Reemplaza la Orden de 2001, buscando adaptarse a cambios legislativos, necesidades sanitarias post-pandemia y una atención centrada en la persona. Introduce nuevos conceptos como proyecto de vida e integración en el entorno.