28. T-3 Plan Andaluz de Salud
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Questions and Answers

El Plan Andaluz de Salud es elaborado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía

True

El Plan Andaluz de Salud establece los objetivos de salud generales y por áreas de actuación

True

El Plan Andaluz de Salud define las estrategias y políticas de intervención

True

El Plan Andaluz de Salud establece el calendario general de actuación

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El Plan Andaluz de Salud no tiene en cuenta los recursos necesarios para cumplir los objetivos propuestos

<p>False</p> Signup and view all the answers

Se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las Áreas de Salud

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Los planes de salud específicos son aprobados por la Consejería de Salud

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El Plan Andaluz de Salud es remitido al Parlamento de Andalucía para su aprobación

<p>False</p> Signup and view all the answers

La elaboración del Plan Andaluz de Salud corresponde a la Consejería de Salud y Familias

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El Plan Andaluz de Salud establece los mecanismos de evaluación y revisión

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El Plan Andaluz de Salud es un documento que contiene las acciones necesarias para cumplir los objetivos propuestos en materia de salud.

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El Estado y las Comunidades Autónomas aprobarán Planes de Salud en el ámbito de sus respectivas competencias.

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Cada Comunidad Autónoma elaborará un Plan de Salud que deberá englobar el conjunto de Planes de las diferentes Áreas de Salud.

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El Plan Integrado de Salud recogerá en un documento único los planes estatales, los planes de las Comunidades Autónomas y los planes conjuntos.

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El Plan Andaluz de Salud es el marco de referencia para todas las actuaciones en materia de salud en el ámbito de Andalucía.

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El Primer Plan Andaluz de Salud se formuló para el periodo 1994-1997.

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El Segundo Plan Andaluz de Salud se formuló para el periodo 2003-2008.

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El Tercer Plan Andaluz de Salud se formuló para el periodo 1999-2002.

<p>False</p> Signup and view all the answers

El Cuarto Plan de Salud se fijó para el periodo 2013-2020.

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El Plan Andaluz de Salud establece que el Estado y las Comunidades Autónomas podrán establecer Planes de Salud conjuntos.

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Study Notes

Elaboración del Plan Andaluz de Salud

  • El Plan Andaluz de Salud es elaborado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
  • La elaboración del Plan Andaluz de Salud corresponde a la Consejería de Salud y Familias.

Contenido del Plan Andaluz de Salud

  • Establece los objetivos de salud generales y por áreas de actuación.
  • Define las estrategias y políticas de intervención.
  • Establece el calendario general de actuación.
  • Establece los mecanismos de evaluación y revisión.

Aprobación y Remisión

  • Los planes de salud específicos son aprobados por la Consejería de Salud.
  • El Plan Andaluz de Salud es remitido al Parlamento de Andalucía para su aprobación.

Contexto Nacional

  • El Estado y las Comunidades Autónomas aprobarán Planes de Salud en el ámbito de sus respectivas competencias.
  • Cada Comunidad Autónoma elaborará un Plan de Salud que deberá englobar el conjunto de Planes de las diferentes Áreas de Salud.
  • El Plan Integrado de Salud recogerá en un documento único los planes estatales, los planes de las Comunidades Autónomas y los planes conjuntos.

Historia del Plan Andaluz de Salud

  • El Primer Plan Andaluz de Salud se formuló para el período 1994-1997.
  • El Segundo Plan Andaluz de Salud se formuló para el período 2003-2008.
  • El Tercer Plan Andaluz de Salud se formuló para el período 1999-2002.
  • El Cuarto Plan de Salud se fijó para el período 2013-2020.

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Consideraciones previas El Plan de Salud es el documento que contiene todas las actuaciones necesarias para que una Administración Pública Sanitaria pueda cumplir los objetivos propuestos en materia de salud. Régimen jurídico Establece que el Estado y las Comunidades Autónomas aprobarán Planes de Salud en el ámbito de sus respectivas competencias en los que se preverán las inversiones y acciones sanitarias a desarrollar, anual o plurianualmente. Cada Comunidad Autónoma elaborará un Plan de Salud que deberá englobar el conjunto de Planes de las diferentes Áreas de Salud (art. 54). El Estado y las Comunidades Autónomas podrán establecer Planes de Salud conjuntos (art. 71). El Plan Integrado de Salud, que deberá tener en cuenta los criterios de coordinación general sanitaria elaborados por el gobierno. Recogerá en un documento único los planes estatales, los planes de las Comunidades Autónomas y los planes conjuntos. Definición Marco de referencia y el instrumento indicativo para todas las actuaciones en materia de salud en el ámbito de Andalucía y está constituido por el conjunto de líneas directivas y de planificación de actividades, programas y recursos necesarios para alcanzar la finalidad expresada en el objeto de la propia LSA. Vigencia La vigencia de cada Plan de Salud será fijada en el propio plan. El Primer PAS se formuló para el periodo 1994-1997, el Segundo para el periodo 1999- 2002, el Tercero para el periodo 2003-2008 y el Cuarto Plan de Salud se fijó para el periodo 2013-2020. Órganos competentes La elaboración del Plan Andaluz de Salud corresponde a la Consejería de Salud (actualmente de Salud y Familias), que establecerá sus contenidos principales, metodología y plazo de su elaboración, así como los mecanismos de evaluación y revisión. Será aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta del Consejero de Salud, remitiéndose al Parlamento de Andalucía para su conocimiento y estudio. Contenido

  • Conclusiones del análisis de los problemas de salud de la Comunidad Autónoma y de la situación de los recursos existentes.
  • Objetivos de salud, generales y por áreas de actuación.
  • Prioridades de intervención.
  • Definición de las estrategias y políticas de intervención.
  • Calendario general de actuación.
  • Los recursos necesarios para atender el cumplimiento de los objetivos propuestos y evaluación de los mismos. Otros planes De conformidad con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las Áreas de Salud. Dichos planes serán aprobados por la Consejería de Salud.
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