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Questions and Answers
¿Qué información debe publicarse trimestralmente respecto a los encargos a medios propios que superen los 5.000 euros?
¿Qué información debe publicarse trimestralmente respecto a los encargos a medios propios que superen los 5.000 euros?
¿Cuándo puede el órgano de contratación decidir no dividir en lotes el objeto del contrato?
¿Cuándo puede el órgano de contratación decidir no dividir en lotes el objeto del contrato?
¿Qué debe incluir la publicación sobre los procedimientos anulados en el perfil de contratante?
¿Qué debe incluir la publicación sobre los procedimientos anulados en el perfil de contratante?
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta respecto al objeto del contrato público?
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¿Qué debe hacer el órgano de contratación al excluir información según el artículo 154.7?
¿Qué debe hacer el órgano de contratación al excluir información según el artículo 154.7?
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¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre los contratos de suministro es cierta?
¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre los contratos de suministro es cierta?
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¿Qué tipo de contrato se entendería como un contrato mixto?
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Los contratos de servicios se caracterizan por:
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En un contrato mixto, ¿qué regla se aplica si las prestaciones son separables?
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La competencia para contratar en el sector público recae en:
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¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre los contratos de obras es correcta?
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¿Qué se entiende por 'obra' en el contexto de los contratos de obra?
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¿Qué aspecto es fundamental para calificar un contrato como contrato de obras según la legislación?
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En qué situación se pueden celebrar contratos de obras sin que se refieran a una obra completa?
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¿Cómo se calificarán los contratos del sector público que no sean de obras, concesión de obras o servicios?
¿Cómo se calificarán los contratos del sector público que no sean de obras, concesión de obras o servicios?
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¿Cuál de las siguientes afirmaciones es necesaria para adjudicar una oferta integradora en la división en lotes?
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En qué situación el presupuesto base de licitación no requiere aprobación previa?
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Según el procedimiento de adjudicación en lotes, qué debe incluir el pliego que lo rige?
Según el procedimiento de adjudicación en lotes, qué debe incluir el pliego que lo rige?
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Qué criterios se deben considerar al calcular el valor estimado de un contrato?
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Qué concepto adicional se debe tener en cuenta para el valor estimado de contratos de concesión de servicios?
Qué concepto adicional se debe tener en cuenta para el valor estimado de contratos de concesión de servicios?
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¿Cuál es la función principal del responsable del contrato según la normativa?
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En los contratos de obras, ¿quién ejerce las facultades del responsable del contrato?
En los contratos de obras, ¿quién ejerce las facultades del responsable del contrato?
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¿Cuál es una de las obligaciones de los órganos de contratación en relación con el perfil del contratante?
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¿Qué información debe publicarse trimestralmente para los contratos menores?
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¿Qué sucede con los contratos cuyo valor estimado es inferior a cinco mil euros?
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¿Quién será responsable de asegurar que el precio sea adecuado para el cumplimiento efectivo del contrato?
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¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el precio en contratos públicos es correcta?
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En los contratos celebrados con precios provisionales, ¿qué se prohíbe explícitamente?
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¿Qué información debe incluir el expediente de contratación relacionado con la cesión de datos?
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¿Cuál es la obligación de los contratos celebrados desde un procedimiento de diálogo competitivo?
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¿Cuál es el criterio para calcular el valor estimado de un contrato de duración determinada igual o inferior a doce meses?
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Para los contratos de servicios en que no se especifique un precio total y tengan una duración superior a cuarenta y ocho meses, ¿cómo se calculará su valor estimado?
Para los contratos de servicios en que no se especifique un precio total y tengan una duración superior a cuarenta y ocho meses, ¿cómo se calculará su valor estimado?
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En un contrato de concesión de obras, los subsidios financieros a los que puede tener derecho el concesionario se consideran como parte de:
En un contrato de concesión de obras, los subsidios financieros a los que puede tener derecho el concesionario se consideran como parte de:
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Al calcular el valor estimado para contratos que se deben renovar en períodos determinados, se deberá tener en cuenta:
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Al estimar el valor global para contratos por lotes separados, ¿qué se considera según la normativa mencionada?
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¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta con respecto a la financiación de un contrato que requiere aportaciones de distintas procedencias?
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En relación a los contratos menores, ¿cuál es la condición necesaria para la tramitación del expediente?
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¿Qué se debe cumplir para considerar un contrato como menor en términos de su valor estimado?
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Antes de la licitación de un contrato, ¿cuál es el requisito necesario respecto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares?
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¿Cuál es una de las condiciones que debe justificar el expediente de contratación para la adjudicación de un contrato?
¿Cuál es una de las condiciones que debe justificar el expediente de contratación para la adjudicación de un contrato?
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Study Notes
Contratos del sector público
- Los contratos del sector público se clasifican según el objeto del contrato: obras, concesión de obras, concesión de servicios, suministro o servicios.
- Los contratos restantes se clasifican según las normas de derecho administrativo o privado.
Contrato de obras
- Se refiere a la ejecución de una obra, aislada o conjuntamente con la redacción del proyecto.
- Incluye la realización de trabajos listados en el Anexo I.
- Se considera obra el resultado de trabajos de construcción o ingeniería civil destinados a una función económica o técnica.
- También se consideran obras los trabajos que modifiquen el terreno o la mejora del medio físico o natural.
Contrato de suministro
- El objeto es la adquisición, arrendamiento financiero o arrendamiento de bienes muebles.
- No incluye propiedades incorporales o valores negociables, excepto en el caso de programas de ordenador.
- Se consideran contratos de suministro:
- La entrega sucesiva de bienes por precio unitario.
- La adquisición y arrendamiento de equipos de telecomunicaciones o tratamiento de la información, incluyendo dispositivos y programas, excepto programas de ordenador desarrollados a medida.
- La fabricación de bienes con características específicas determinadas por la entidad contratante.
- La adquisición de energía primaria o transformada.
Contrato de servicios
- Consiste en la prestación de servicios de hacer una actividad o obtener un resultado distinto a una obra o suministro.
- Incluye la ejecución del servicio de forma sucesiva con precio unitario.
- No se pueden contratar servicios que impliquen el ejercicio de la autoridad pública.
Contratos mixtos
- Un contrato mixto combina prestaciones de diferentes tipos de contratos.
- Solo se permite en las condiciones establecidas en el artículo 34.2 de la Ley.
- La adjudicación se rige por las normas del tipo de prestación principal.
- Si las prestaciones son separables, puede aplicarse un único contrato, rigiéndose por las normas del contrato principal.
- Si el contrato mixto incluye una obra que supere los 50.000 euros, se debe elaborar un proyecto y tramitar conforme a los artículos 231 y siguientes de la Ley.
- Si incluye elementos de concesión de obras o servicios, se necesita un estudio de viabilidad y anteproyecto de construcción y explotación.
Órgano de contratación
- La representación de las entidades del sector público corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados.
- Los órganos de contratación pueden delegar o desconcentrar sus competencias.
- Se debe designar un responsable del contrato para supervisar su ejecución.
- En contratos de obras, el Director Facultativo tiene las funciones del responsable del contrato.
- En contratos de concesión de obras o servicios, se designa una persona para defender el interés general y verificar el cumplimiento de las obligaciones del concesionario.
Perfil de contratante
- Los órganos de contratación difunden en Internet su perfil de contratante para garantizar la transparencia.
- El perfil contiene información general y relativa a los contratos celebrados.
- La información sobre los contratos incluye:
- Memoria justificativa, informe de insuficiencia de medios, justificación del procedimiento, pliego de cláusulas administrativas particulares, pliego de prescripciones técnicas y documento de aprobación.
- Objeto detallado, duración, presupuesto base de licitación, importe de adjudicación.
- Anuncios de licitación, de adjudicación y de formalización, anuncios de modificación y de concurso de proyectos.
- Medios de publicidad del contrato.
- Datos de los licitadores participantes.
- Actas de la mesa de contratación.
- Informe de valoración de las ofertas.
- Resultado del procedimiento de adjudicación.
- Anuncios de no adjudicar, desistimiento, declaración de desierto, recursos y suspensiones.
- La información sobre contratos menores se publica trimestralmente.
- Se publica también:
- El procedimiento anulado.
- La composición de las mesas de contratación.
- La designación de los miembros del comité de expertos.
- Los encargos a medios propios cuyo importe supere los 50.000 euros.
- Se permite la no publicación de ciertos datos en los casos establecidos en el artículo 154.7.
Objeto del contrato
- El objeto del contrato debe estar determinado, pudiendo definirse en función de las necesidades o funcionalidades a satisfacer.
- No se puede fraccionar el contrato para eludir los requisitos de publicidad o procedimiento.
- Se debe prever la ejecución independiente de cada parte del contrato, si es posible, mediante la división en lotes.
- El órgano de contratación puede no dividir el objeto del contrato por motivos válidos.
- Se pueden limitar el número de lotes por candidato o licitador.
- Se pueden reservar lotes para Centros Especiales de Empleo o empresas de inserción.
Adjudicación de contratos por lotes
-
Se pueden reservar lotes a favor de las entidades a las que se refiere la Disposición adicional cuadragésima octava, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la misma.
-
Si el órgano de contratación decide dividir el objeto del contrato en lotes y permitir que un mismo licitador pueda adjudicarse más de un lote, puede adjudicar una oferta integradora.
-
Para adjudicar una oferta integradora, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Esta posibilidad debe estar establecida en el pliego que rige el contrato y se debe incluir en el anuncio de licitación.
- Se debe tratar de supuestos en que existan varios criterios de adjudicación.
- Se debe realizar una evaluación comparativa para determinar si las ofertas del mismo licitador para una combinación de lotes cumplen mejor los criterios de adjudicación que las ofertas para lotes separados.
- Los empresarios deben acreditar la solvencia económica, financiera y técnica para el conjunto de lotes por los que licitan.
-
Las normas procedimentales y de publicidad para la adjudicación de cada lote se determinarán en función del valor acumulado del conjunto, calculado según lo establecido en el artículo 101, salvo excepciones.
-
En los contratos adjudicados por lotes, cada lote constituirá un contrato, salvo en casos de ofertas integradoras, en los que todas las ofertas constituirán un contrato.
El presupuesto base de licitación
-
El presupuesto base de licitación es el límite máximo de gasto para un contrato, incluyendo el IVA.
-
Los órganos de contratación deben asegurarse de que el presupuesto base de licitación sea adecuado a los precios del mercado.
-
El presupuesto base de licitación se desglosará indicando los costes directos e indirectos y otros gastos.
-
Para los contratos en los que el coste de los salarios forma parte del precio total, el presupuesto base indicará de forma desglosada los costes salariales estimados por género y categoría profesional.
-
No es obligatorio aprobar un presupuesto base de licitación para un acuerdo marco o un sistema dinámico de adquisición.
Valor estimado de los contratos
-
El valor estimado de los contratos se determina de diferentes maneras según el tipo de contrato.
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En los contratos de obras, suministros y servicios, el valor estimado es el importe total pagadero, sin incluir el IVA.
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En los contratos de concesión de obras y servicios, el valor estimado es el importe neto de la cifra de negocios que la empresa concesionaria generará durante la ejecución del contrato.
-
En el cálculo del valor estimado se deben tener en cuenta los costes laborales, otros costes de ejecución material de los servicios, los gastos generales de estructura y el beneficio industrial.
-
El valor estimado también incluye cualquier forma de opción eventual y las eventuales prórrogas del contrato.
-
El valor estimado debe tener en cuenta el importe máximo que el contrato pueda alcanzar teniendo en cuenta las posibles modificaciones al alza.
-
Los contratos de concesión de obras y servicios consideran otros conceptos, como las rentas del pago de tasas y multas, los pagos financieros otorgados al concesionario por el poder adjudicador u otras autoridades públicas, el valor de los subsidios u ventajas financieras provenientes de terceros, el precio de la venta de cualquier activo que forme parte de la concesión, y el valor de todos los suministros y servicios que el poder adjudicador ponga a disposición del concesionario.
-
El órgano de contratación debe indicar el método utilizado para calcular el valor estimado en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.
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Se tiene en cuenta el valor estimado para todas las unidades funcionales individuales cuando un órgano de contratación esté compuesto por estas.
Precio de los contratos
-
Los contratos del sector público siempre tendrán un precio cierto, que se abona al contratista en función de la prestación realmente ejecutada.
-
El precio incluye el importe a abonar en concepto de IVA, que se debe indicar como partida independiente.
-
El precio se expresa en euros, sin perjuicio de que su pago se pueda realizar mediante la entrega de otras contraprestaciones.
-
Los órganos de contratación deben asegurarse de que el precio sea adecuado para el cumplimiento efectivo del contrato.
-
El precio del contrato puede formularse en precios unitarios o en precios a tanto alzado.
-
Los precios fijados en los contratos del sector público se pueden revisar al alza o a la baja para tener en cuenta las variaciones económicas de costes.
-
Los contratos pueden incluir cláusulas de variación de precios en función del cumplimiento o incumplimiento de objetivos de plazos o de rendimiento.
-
Excepcionalmente, se pueden celebrar contratos con precios provisionales cuando la ejecución del contrato deba comenzar antes de que la determinación del precio sea posible.
-
Se prohíbe el pago aplazado del precio en los contratos de las Administraciones Públicas, excepto en casos de arrendamiento financiero, arrendamiento con opción de compra o autorizaciones legales.
Expediente de contratación
-
La celebración de contratos por parte de las Administraciones Públicas requiere la tramitación previa del correspondiente expediente.
-
El órgano de contratación debe motivar la necesidad del contrato y publicarlo en el perfil de contratante.
-
El expediente debe referirse a la totalidad del objeto del contrato.
-
El expediente debe incluir el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas que rijan el contrato.
-
También debe incorporarse el certificado de existencia de crédito o documento equivalente que acredite la existencia de financiación, y la fiscalización previa de la intervención.
-
En el expediente se debe justificar la elección del procedimiento de licitación, la clasificación exigida a los participantes, los criterios de solvencia, el valor estimado del contrato, la necesidad de la Administración a la que se aspira satisfacer y la relación directa, clara y proporcional entre la necesidad y el objeto del contrato.
-
En los contratos de servicios, el expediente debe incluir el informe de insuficiencia de medios.
-
Si la financiación del contrato ha de realizarse con aportaciones de distinta procedencia, se tramitará un solo expediente por el órgano de contratación al que corresponda la adjudicación del contrato.
Aprobación del expediente
-
Una vez completado el expediente de contratación, el órgano de contratación dictará una resolución motivada aprobando el mismo y disponiendo la apertura del procedimiento de adjudicación.
-
Esta resolución implicará la aprobación del gasto, salvo en casos excepcionales.
-
La resolución debe publicarse en el perfil de contratante.
-
Los expedientes de contratación pueden ultimarse incluso con la adjudicación y formalización del correspondiente contrato, a pesar de que la ejecución se realice en una o varias anualidades y deba iniciarse en el ejercicio siguiente.
Contratos Menores
- Los contratos menores son aquellos cuyo valor estimado es inferior a 40.000 euros para obras, o a 15.000 euros para suministro o servicios.
- Para los contratos menores, el órgano de contratación debe elaborar un informe justificando la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto para evitar la aplicación de los umbrales mencionados.
- Se requiere la aprobación del gasto y la incorporación de la factura al expediente.
- En los contratos menores de obras, se debe incluir el presupuesto de las obras y el proyecto cuando sea requerido por las disposiciones vigentes.
- Si el trabajo afecta la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra, se debe solicitar un informe de las oficinas o unidades de supervisión.
- Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4.
Pliegos de Cláusulas Administrativas
- El Consejo de Ministros, a iniciativa de los Ministerios interesados, podrá aprobar pliegos de cláusulas administrativas generales para su utilización en los contratos de la Administración General del Estado, los Organismos Autónomos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
- Las Comunidades Autónomas y las entidades de la Administración Local podrán aprobar sus propios pliegos de cláusulas administrativas generales, según sus normas específicas.
- Los pliegos de cláusulas administrativas particulares deberán aprobarse antes de la autorización del gasto o conjuntamente con ella, y solo podrán ser modificados por error material, de hecho o aritmético.
- En los pliegos de cláusulas administrativas particulares se incluirán los criterios de solvencia y adjudicación, las consideraciones sociales, laborales y ambientales, los pactos y condiciones del contrato, la previsión de cesión del contrato, la obligación de cumplir las condiciones salariales de los trabajadores, y otras menciones requeridas por la ley.
- Los pliegos podrán especificar si se va a exigir la transferencia de derechos de propiedad intelectual o industrial, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 308.
- Los pliegos deben mencionar la obligación del futuro contratista de respetar la normativa vigente en materia de protección de datos.
- Los pliegos de cláusulas administrativas particulares podrán establecer penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación.
- Las Administraciones públicas incorporarán condiciones especiales de ejecución o criterios de adjudicación para promover la igualdad de trato y no discriminación por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género y características sexuales.
- La aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares corresponde al órgano de contratación.
Pliegos de Prescripciones Técnicas
- El Consejo de Ministros podrá establecer pliegos de prescripciones técnicas generales para la Administración General del Estado, los Organismos Autónomos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
- El órgano de contratación aprobará los pliegos y documentos que contengan las prescripciones técnicas particulares que regirán la realización de la prestación.
- Los pliegos y documentos solo podrán ser modificados por error material, de hecho o aritmético.
Definición de Términos
- "Prescripción o especificación técnica" se refiere al conjunto de prescripciones técnicas que definen las características requeridas de un material, producto o suministro, y que permiten caracterizarlos para que respondan a la utilización a la que los destine el poder adjudicador.
- "Norma" es una especificación técnica aprobada por un organismo de normalización reconocido cuyo cumplimiento no es obligatorio.
- "Evaluación técnica europea" es la evaluación documentada de las prestaciones de un producto de construcción.
- "Especificación técnica común" es la especificación técnica en el ámbito de las TIC elaborada de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 1025/2012.
- "Referencia técnica" es cualquier documento elaborado por los organismos europeos de normalización, distinto de las normas europeas, con arreglo a procedimientos adaptados a la evolución de las necesidades del mercado.
Reglas para el establecimiento de prescripciones técnicas
- Las prescripciones técnicas deben proporcionar a los empresarios acceso en condiciones de igualdad al procedimiento de contratación y no deben crear obstáculos injustificados a la apertura de la contratación pública a la competencia.
- Las prescripciones técnicas podrán referirse al proceso específico de producción o prestación de servicios, o a una fase específica de su ciclo de vida, siempre que estén vinculadas al objeto del contrato y guarden proporción con el valor y los objetivos de este.
- Las prescripciones técnicas se redactarán, salvo en casos debidamente justificados, de manera que se tengan en cuenta la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad y los criterios de accesibilidad universal y de diseño universal.
- Siempre que el objeto del contrato afecte o pueda afectar al medio ambiente, las prescripciones técnicas se definirán aplicando criterios de sostenibilidad y protección ambiental.
- Las prescripciones técnicas se formularán de una de las siguientes maneras:
- En términos de rendimiento o de exigencias funcionales, incluidas las características medioambientales, siempre que los parámetros sean lo suficientemente precisos.
- Haciendo referencia a especificaciones técnicas contenidas en normas nacionales, evaluaciones técnicas europeas, especificaciones técnicas comunes, normas internacionales, u otros sistemas de referencias técnicas, acompañando cada referencia de la mención «o equivalente».
- En términos de rendimiento o de exigencias funcionales, haciendo referencia a las especificaciones contenidas en normas nacionales, como medio de presunción de conformidad con esos requisitos de rendimiento o exigencias funcionales.
- Haciendo referencia a especificaciones técnicas para ciertas características, y mediante referencia al rendimiento o exigencias funcionales para otras características.
- Salvo que lo justifique el objeto del contrato, las prescripciones técnicas no harán referencia a una fabricación o una procedencia determinada, o a marcas, patentes o tipos, o a un origen o a una producción determinados.
- Cuando los órganos de contratación formulen prescripciones técnicas en términos de rendimiento o de exigencias funcionales, no podrán rechazar una oferta que se ajuste a una norma nacional que transponga una norma europea, a un documento de idoneidad técnica europeo, a una especificación técnica común, a una norma internacional, o a un sistema de referencias técnicas elaborado por un organismo europeo de normalización, siempre que el licitador pruebe que la obra, el suministro o el servicio reúne los requisitos de rendimiento o exigencias funcionales establecidos por el órgano de contratación.
Procedimiento Abierto
-
En este procedimiento, cualquier empresa interesada puede presentar una propuesta, sin posibilidad de negociación.
-
Plazos para la presentación de propuestas y plazo de publicación del anuncio:
- Para contratos regulados por la Unión Europea, el plazo mínimo es de 35 días para obras, suministros y servicios; 30 días para concesiones de obras y servicios, contados desde el envío del anuncio a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea.
- Para contratos de obras, suministros y servicios:
- Si se ha enviado un anuncio de información previa, el plazo puede reducirse a 15 días.
- En situaciones de urgencia, el plazo se puede fijar a mínimo 15 días.
- Se permite una reducción de 5 días si el órgano de contratación acepta ofertas electrónicas.
- Para concesiones de obras y servicios, solo se puede aplicar la reducción de plazo por ofertas electrónicas.
- El anuncio de licitación debe publicarse en el perfil de contratante con un plazo mínimo equivalente al plazo establecido para la presentación de proposiciones.
- Para contratos de las Administraciones Públicas no sujetos a regulación armonizada:
- El plazo es de 15 días para todos los contratos.
- Para contratos de obras y concesiones de obras y servicios, el plazo mínimo es de 26 días.
Examen de Proposiciones y Propuesta de Adjudicación
- La Mesa de contratación califica la documentación presentada por los licitadores en un sobre o archivo electrónico separado del que contiene la propuesta.
- Se realiza la apertura y examen de las proposiciones, y se formula una propuesta de adjudicación al órgano de contratación, considerando los criterios de selección.
- Si se utilizan criterios de adjudicación múltiples, los licitadores presentan dos sobres o archivos: uno con la documentación para criterios de juicio de valor, otro con la documentación para criterios cuantificables.
- La apertura de las proposiciones debe realizarse en un plazo máximo de 20 días desde la fecha límite para presentarlas, abriéndose primero el sobre o archivo que contenga la propuesta principal.
- La apertura de la oferta económica se realiza en acto público, excepto si se utilizan medios electrónicos.
- Se pueden solicitar informes técnicos para la valoración de las proposiciones o para verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas.
- La propuesta de adjudicación no crea derechos para el licitador, pero el órgano de contratación debe motivar su decisión si no se adjudica el contrato según la propuesta.
Adjudicación
- Si el único criterio es el precio, la adjudicación debe realizarse en un plazo máximo de 15 días desde el siguiente a la apertura de las propuestas.
- Si se consideran criterios múltiples, el plazo máximo es de dos meses desde la apertura de las propuestas, salvo que se establezca otro plazo en el pliego.
- Los plazos se amplían 15 días hábiles si se necesitan los trámites del artículo 149 de la Ley.
- Los licitadores pueden retirar su proposición y reclamar la devolución de la garantía provisional si la adjudicación no se produce dentro de los plazos.
Procedimiento Abierto Simplificado
-
Se utiliza para contratos de obras, suministro y servicios con valor estimado inferior a 2.000.000 € para obras, y inferior a los límites establecidos en los artículos 21.1 y 22.1 de la ley para suministros y servicios, o sus actualizaciones.
-
Se requiere una ponderación de criterios no mayor al 25% para criterios de juicio de valor, excepto en servicios de ingeniería y arquitectura, que puede llegar al 45%.
-
El anuncio de licitación solo se publica en el perfil de contratación del órgano de contratación.
-
El plazo para presentar proposiciones es de 15 días, mínimo 20 días para obras, desde la publicación del anuncio en el perfil de contratante.
-
Requisitos específicos:
- Los licitadores deben estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.
- No se requiere una garantía provisional.
- La oferta se presenta en un sobre o archivo electrónico, dividido si hay criterios de juicio de valor.
- La apertura se realiza por la Mesa de contratación.
- La valoración de las proposiciones se realiza por los servicios técnicos en un plazo máximo de 7 días.
- Se realiza una exhaustiva verificación del licitador con mayor puntuación.
- La empresa con mejor puntuación recibe una comunicación para constituir la garantía definitiva y entregar la documentación requerida.
- Si la oferta se considera anormalmente baja, se sigue el proceso del artículo 149.
- El contrato se adjudica al licitador propuesto una vez se presente la garantía definitiva y, en caso de ser necesario, se fiscalice el compromiso de gasto.
- Se ofrecen opciones adicionales para empresas extranjeras y se establece un plazo para la presentación de documentación adicional.
- Se aplican normas generales del procedimiento abierto en los casos no contemplados en este artículo.
-
Procedimiento Simplificado en contratos de menor valor:
- Se aplica para contratos de obras de valor inferior a 80.000 €, y para contratos de suministros y servicios de valor inferior a 60.000 €, excepto en servicios de carácter intelectual.
- El plazo para la presentación de proposiciones es de 10 días hábiles, o 5 días hábiles para compras corrientes de bienes disponibles en el mercado.
- No se exige la acreditación de solvencia.
- La oferta se presenta en un sobre o archivo electrónico, y se evalúa con criterios cuantificables.
- La valoración se puede realizar mediante dispositivos informáticos o con la colaboración de una unidad técnica.
- Se garantiza la apertura de las proposiciones solo después de la fecha límite.
- Las ofertas presentadas son accesibles de forma abierta.
- No se necesita la constitución de la garantía definitiva.
- El contrato se formaliza con la firma de aceptación del contratista.
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Description
Pon a prueba tus conocimientos sobre la normativa de contratación pública. Este cuestionario aborda aspectos clave como los encargos a medios propios, la división en lotes de contratos y las características de los contratos de suministro y obra. Ideal para quienes buscan profundizar en la regulación de contratos en el sector público en España.