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Questions and Answers
¿Cuál es la finalidad del sistema electoral según el artículo 176 de la Constitución de 1993?
¿Cuál es la finalidad del sistema electoral según el artículo 176 de la Constitución de 1993?
¿Cuántos miembros componen el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, según el artículo 179 de la Constitución de 1993?
¿Cuántos miembros componen el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, según el artículo 179 de la Constitución de 1993?
¿Quién preside el Jurado Nacional de Elecciones según la Constitución de 1993?
¿Quién preside el Jurado Nacional de Elecciones según la Constitución de 1993?
El representante de la Corte Suprema
El Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales puede ser removido por cualquier motivo.
El Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales puede ser removido por cualquier motivo.
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Relaciona a quién corresponde cada función según la Constitución de 1993:
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Study Notes
Constitución Política del Perú de 1993
1. Origen
- La Constitución de 1993 tuvo un origen difícil y cuestionable desde el punto de vista formal, aunque conviene preguntarse qué Constitución peruana o extranjera no lo fue.
- La propia Constitución de 1979 fue convocada por un gobierno de facto, el del general Francisco Morales Bermúdez.
1.1 Características
- La Constitución de 1993 no es considerada una Constitución bella, sino más bien un documento gris.
- Introdujo el derecho a la identidad, reconocido como un derecho fundamental.
- Consagra la Cámara Única con 120 miembros, cancelando las dos Cámaras anteriores, la Cámara de Senadores y la de Diputados.
- Crea la figura de la Defensoría del Pueblo, como organismo autónomo.
- Permitió la reelección presidencial, figura que se dio por primera vez en la vida republicana del país.
1.2 Parte Dogmática
- La Constitución hace mención a los derechos, obligaciones, garantías, etc., de la persona y de los grupos sociales adscritos al Estado.
- Artículo 1: Fin de la Constitución. En esta se reconocen los Derechos Fundamentales.
- Artículo 2: Catálogo de Derechos.
- Artículo 3: Derechos No enumerados.
1.3 Derechos Fundamentales
- La Persona vale como fin supremo por ser lo que es, y este valor da contenido a su dignidad.
- Los derechos humanos se calificarían de humanos para significar que se sostienen directamente en el ser (naturaleza o esencia) y valor (dignidad) de la Persona humana.
- La definición de derechos humanos sostenida en el ordenamiento jurídico peruano se basa en la Constitución, que establece que la Persona es el fin supremo de la sociedad y del Estado.
- Los derechos fundamentales son los derechos humanos constitucionalizados.
1.3.1 Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- Los derechos económicos, sociales y culturales se encuentran en particular en el Título I denominado "De la Persona y de la sociedad".
- El Título I se compone de cuatro capítulos: el Capítulo I se denomina "De los derechos fundamentales de la Persona"; el Capítulo II se denomina "De los derechos sociales y económicos"; el Capítulo III se denomina "De los derechos políticos y de los deberes"; y el Capítulo IV se denomina "De la función pública".
- La Constitución establece que la Persona debe ser sostenida en su realización máxima posible, lo que implica la procuración de bienes como la salud, la educación y la democracia.
1.3.2 Régimen Económico
- La Constitución de 1993 establece un régimen económico que se fundamenta en la economía social de mercado.
- El régimen económico busca fortalecer las bases sociales y económicas, y mejorar los servicios de recaudación tributaria.
- El Estado actúa como regulador de la economía, y se promueve la inversión de las empresas transnacionales y el crecimiento de una clase media emprendedora.
1.4 Parte Orgánica
- La Parte Orgánica se refiere a la estructura del Estado y a los poderes que lo componen.
- El Poder Legislativo es la institución conformada por los congresistas del país que desarrollan sus funciones en el Congreso de la República.
- El Poder Legislativo tiene la función de legislar, fiscalizar y ejercer funciones especiales de representación.
- El Poder Ejecutivo se encarga de ejecutar las leyes y políticas del Estado.
- El Poder Judicial se encarga de administrar justicia en el país.### Poder Ejecutivo
- El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación.
- Para ser elegido Presidente de la República se requiere ser peruano por nacimiento, tener más de 35 años de edad al momento de la postulación y gozar del derecho de sufragio.
Poder Judicial
- La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes.
- En todo proceso, de existir incompatibilidad entre una norma constitucional y una norma legal, los jueces prefieren la primera.
- Los jueces también prefieren la norma legal sobre toda otra norma de rango inferior.
Junta Nacional de Justicia
- Es un organismo constitucionalmente autónomo que tiene la misión de “nombrar y ratificar a jueces y fiscales probos, idóneos y competentes, así como a los jefes de la ONPE y el RENIEC, y destituir a los que transgredan sus responsabilidades, a través de procesos justos y transparentes, contribuyendo al fortalecimiento de la administración de justicia y la institucionalidad democrática”.
- En el mediano plazo (2018-2022), la Junta Nacional de Justicia orientará su accionar para consolidarse como una institución firme que aplica procesos justos, transparentes y eficaces en la incorporación y separación de jueces y fiscales.
Ministerio Público
- Los miembros del Ministerio Público tienen los mismos derechos y prerrogativas y están sujetos a las mismas obligaciones que los del Poder Judicial en la categoría respectiva.
- El Fiscal de la Nación lo preside y es elegido por la Junta de Fiscales Supremos.
- El cargo de Fiscal de la Nación dura tres años y es prorrogable, por reelección, por otros dos años.
Defensoría del Pueblo
- La Defensoría del Pueblo es autónoma y tiene como función proteger los derechos de la persona y la comunidad.
- Los órganos públicos están obligados a colaborar con la Defensoría del Pueblo cuando ésta lo requiere.
- El Defensor del Pueblo es elegido y removido por el Congreso con el voto de los dos tercios de su número legal.
Sistema Electoral
- El sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa.
- La máxima autoridad del Jurado Nacional de Elecciones es un Pleno compuesto por cinco miembros.
Jurado Nacional de Elecciones
- Está compuesto por cinco miembros: uno elegido por la Corte Suprema, uno elegido por la Junta de Fiscales Supremos, uno elegido por el Colegio de Abogados de Lima, uno elegido por los decanos de las Facultades de Derecho de las universidades públicas, y uno elegido por los decanos de las Facultades de Derecho de las universidades privadas.
Oficina Nacional de Procesos Electorales
- El Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales es nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura por un período renovable de cuatro años.
- Puede ser removido por el propio Consejo por falta grave.
- Está afecto a las mismas incompatibilidades previstas para los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones.
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Description
Explora la Constitución Peruana de 1993 y su evolución en el marco del derecho constitucional. Analiza la norma jurídica fundamental que consagra los derechos y libertades de las personas.