Derecho Mercantil - Licenciatura en Contabilidad PDF
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Este documento proporciona una introducción al derecho mercantil en México. Se centra en el concepto de derecho mercantil, las disposiciones aplicables, los comerciantes y las diferentes áreas del derecho que lo abarcan, incluyendo competencia, concursos, y derecho bancario. El documento también introduce las fuentes principales del Derecho Mercantil.
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LICENCIATURA EN CONTABILIDAD DERECHO MERCANTIL UNIDAD 1: Introducción al Derecho Mercantil 1.1 CONCEPTO El derecho mercantil es una rama del derecho privado que regula las relaciones jurídicas entre comerciantes y los actos de comercio. Su objetivo es qu...
LICENCIATURA EN CONTABILIDAD DERECHO MERCANTIL UNIDAD 1: Introducción al Derecho Mercantil 1.1 CONCEPTO El derecho mercantil es una rama del derecho privado que regula las relaciones jurídicas entre comerciantes y los actos de comercio. Su objetivo es que las transacciones comerciales se realicen de manera justa y legal, y que los actores comerciales estén debidamente constituidos. El derecho mercantil regula: Los actos de comercio y sus implicaciones jurídicas Las relaciones entre empresas, entre empresas y sus clientes, y entre vendedores y compradores Los mecanismos legales para fundar una empresa o abrir un comercio La protección de la propiedad intelectual La regulación de la competencia Disposiciones Aplicables En México, los actos de comercio, son regulados por el Código de Comercio y demás leyes mercantiles y a falta de disposiciones en estas leyes, serán aplicables las disposiciones contenidas en el Código Civil Federal. Algunas de estas leyes mercantiles son: Ley de Comercio Exterior; Ley de Concursos Mercantiles; Ley de Instituciones de Crédito; Ley General de Sociedades Mercantiles; Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; Ley Sobre el Contrato de Seguro, entre otras. Comerciantes De acuerdo con el Código de Comercio se consideran comerciantes tanto las personas físicas y morales con las siguientes consideraciones: Las personas que de acuerdo con la ley tienen capacidad para contratar y obligarse, que hagan del comercio su ocupación ordinaria y a quienes las leyes no les prohíben expresamente la profesión de comercio. Las sociedades constituidas conforme a las leyes mercantiles. Las sociedades extranjeras, sus agencias y sucursales, que ejerzan actos de comercio en México. Esto es, los comerciantes son aquellas personas físicas o morales que hacen del comercio su profesión habitual. No obstante ello, se puede dar el supuesto de que cualquier persona física o moral con o sin establecimiento físico, eventual o accidentalmente, realice alguna operación de comercio y aunque no sea considerada en derecho como comerciante, por el hecho de realizar esa operación de comercio, quedaría sujeta a las leyes mercantiles. Los comerciantes tienen como obligaciones legales: inscribir en el Registro Público de Comercio los documentos cuya autenticidad deba hacerse notoria; mantener un sistema de contabilidad; y conservar la correspondencia relacionada con el giro de comerciante. Actos de Comercio Los actos de comercio son aquellos actos jurídicos celebrados por personas físicas o morales, comerciantes o no, que produzcan efectos jurídicos regulados por el derecho mercantil. 1.2 RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO El derecho mercantil se relaciona con otras ramas del derecho en México de la siguiente manera: Derecho civil: El derecho mercantil y el derecho civil son ramas del derecho privado, pero el derecho civil regula las relaciones jurídicas privadas en general, mientras que el derecho mercantil regula las relaciones jurídicas más específicas. Derecho procesal: El derecho mercantil se relaciona con el derecho procesal, ya que este es el instrumento que se utiliza para aplicar el derecho mercantil. Derecho administrativo: El derecho mercantil se relaciona con el derecho administrativo. Derecho tributario: El derecho mercantil se relaciona con el derecho tributario. El derecho mercantil es un conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones, las personas, los actos y las cosas relacionadas con el comercio. Algunas de las áreas que abarca el derecho mercantil son: DERECHO DE LA COMPETENCIA: El derecho de la competencia es el campo del derecho que se encarga de proteger la libre competencia en los mercados y los intereses de los consumidores. Para ello, regula la conducta anticompetitiva de las empresas y promueve un entorno competitivo. El derecho de la competencia busca: Preservar la libertad de acceso al mercado para compradores y vendedores Asegurar que la libertad de acceso al mercado no se vea limitada por las regulaciones del Estado o por los comportamientos de las empresas En México, el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la fuente legal del derecho de la competencia. Este artículo permite la libre concurrencia y prohíbe los monopolios, con la excepción de las actividades del Estado en ciertas áreas estratégicas. DERECHO CONCURSAL: El derecho concursal es una rama del derecho mercantil que regula los procedimientos para resolver la situación de insolvencia de un deudor. Su objetivo es que el deudor pueda cumplir con sus obligaciones. El derecho concursal se aplica cuando una persona o empresa no puede hacer frente a sus deudas. En este caso, se establece un ordenamiento jurídico que involucra todos los bienes y deudas del deudor. El procedimiento concursal se inicia cuando se presenta una solicitud por parte del deudor o de sus acreedores. El proceso se desarrolla en dos fases: La declaración de concurso, El convenio o liquidación. El concurso se considera voluntario si es solicitado por el deudor, y necesario si es solicitado por el acreedor. Para solicitar un concurso, se debe presentar una serie de documentos que demuestren el estado de insolvencia. Además, se requiere la participación de un abogado. En México, la Ley de Concursos Mercantiles fue publicada en el año 2000. DERECHO DE SOCIEDADES: El derecho de sociedades es una rama del derecho mercantil que regula la creación, funcionamiento y disolución de las empresas. Es fundamental para emprendedores, abogados y cualquier persona involucrada en el mundo empresarial. El derecho de sociedades regula: El funcionamiento interno de las sociedades, Las relaciones con terceros de las sociedades, La organización de tareas colectivas, La agrupación de esfuerzos individuales. El objetivo del derecho de sociedades es ofrecer seguridad jurídica para la inversión. En México, la Ley General de Sociedades Mercantiles reconoce los siguientes tipos de sociedades: Sociedad en nombre colectivo Sociedad en comandita simple Sociedad de responsabilidad limitada Sociedad anónima Sociedad en comandita por acciones Sociedad cooperativa Sociedad por acciones simplificada DERECHO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL: El derecho de propiedad industrial es un derecho exclusivo que otorga el Estado a personas físicas o jurídicas sobre creaciones inmateriales relacionadas con el mundo industrial: Invenciones Signos distintivos, como marcas y nombres comerciales Diseños industriales Modelos de utilidad Indicaciones de procedencia Denominaciones de origen Este derecho permite a quien lo ostenta decidir quién y cómo puede usar sus creaciones. En México, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es el organismo público que administra el sistema de propiedad industrial. La protección que otorga una patente es por un período limitado, generalmente 20 años si se pagan cuotas de mantenimiento. DERECHO DE SEGUROS: El derecho de seguros es la rama del derecho que regula la actividad aseguradora, es decir, se encarga de: Establecer la normativa para los contratos de seguros Definir el estatuto jurídico de las compañías aseguradoras Brindar seguridad y certeza jurídica a las personas y empresas en caso de siniestros En México, el derecho de seguros se rige por la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas (LISF) y la Ley Sobre el Contrato de Seguro (LCS). En el derecho de seguros se consideran aspectos como: La interpretación e idoneidad de un contrato (póliza) Los derechos y obligaciones de las partes El alcance de la cobertura y las excepciones a ésta La forma de conducir el proceso de un siniestro o reclamación DERECHO BANCARIO: El derecho bancario es la rama del derecho que se encarga de estudiar y legislar sobre las normas que regulan el funcionamiento de los bancos y de las entidades financieras. El derecho bancario regula las actividades bancarias, como la venta de seguros, instrumentos financieros y el préstamo de dinero. Estas actividades se pueden clasificar en tres tipos: Operaciones pasivas: El banco recibe y custodia el dinero de los clientes en cuentas corrientes, de ahorro, de inversión, etc. Operaciones activas: El banco le entrega un préstamo de dinero a un cliente, a cambio de un interés. Operaciones neutras: El banco permite a sus clientes hacer cobros, transferencias, depósitos, inversiones, etc. El derecho bancario se considera parte del derecho mercantil, pero también se ve afectado por normas de derecho administrativo. En general, se enmarca dentro del derecho privado, pero tiene una estrecha relación con el derecho público. Las fuentes del derecho bancario son: Leyes de Instituciones de Crédito, Orgánica del Banco de México, Legislación mercantil, Usos y prácticas bancarias y mercantiles, Legislación civil federal. DERECHO DEL MERCADO FINANCIERO: El Derecho del mercado financiero es la disciplina académica que comprende el estudio del conjunto de normas que regulan los mecanismos que permiten garantizar la eficiente asignación del ahorro a la inversión. El mecanismo principal que permite cumplir esta función económica es el mercado. Por esta razón resulta apropiado referirse a esta parte del Derecho mercantil como Derecho del mercado financiero. De momento, debe descartarse el uso del término Derecho financiero por ser todavía utilizado para identificar al Derecho tributario. Función económica: El mercado financiero es el mecanismo previsto por la ley para la asignación del ahorro a las necesidades de financiación. Se confía en el mercado para cumplir esta función económica. El mercado es el canal a través del cual el ahorro (patrimonio estático) financia la inversión patrimonio dinámico). Sirve de puente entre el presente y el futuro, permitiendo a los ahorradores convertir sus ingresos actuales en empleos futuros y a los que reciben la financiación hacer lo contrario, emplear ahora lo que ingresarán en el futuro. En este marco se pueden distinguir, desde el punto de vista económico, dos modalidades de asignación del ahorro: uno indirecto a través de la banca o el seguro y otro directo acudiendo al mercado de valores. a) Mercado del crédito b) Mercado de valores c) Mercado de seguros DERECHO MERCANTIL CONTRACTUAL: En el contexto del ordenamiento jurídico, un contrato comercial es un acuerdo entre dos o más partes que establece obligaciones para realizar una acción, entregar un bien o prestar un servicio. Es un acuerdo privado que puede ser verbal o escrito, y es válido una vez que ambas partes consienten en obligarse por el mismo. La naturaleza de un contrato comercial está determinada por el objeto y los sujetos del contrato. Está regulado por el Código de Comercio, que describe una serie de principios generales que deben seguirse para que un contrato sea válido. Algunas otras características de los contratos comerciales incluyen: Las partes involucradas pueden ser personas físicas o jurídicas. Las partes deberán cumplir sus obligaciones en el tiempo, lugar y forma pactados. No se permiten períodos de gracia para los contratos comerciales. Las obligaciones deberán cumplirse en el lugar especificado en el contrato, o en un lugar que se considere apropiado para la naturaleza del negocio o las intenciones de las partes. La siguiente legislación regula los contratos mercantiles: Código de Comercio, Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Ley General de Sociedades Comerciales, Ley de Instituciones de Seguros y Garantías. DERECHO CAMBIARIO: El derecho cambiario es el conjunto de principios y normas nacionales e internacionales que regulan los títulos de crédito cambiarios, como el cheque, el pagaré y la letra de cambio. El régimen cambiario es el conjunto de políticas que regulan el valor de la moneda de un país en relación con las divisas extranjeras. En el derecho cambiario, se pueden distinguir los siguientes conceptos: Acción cambiaria: Es la pretensión de exigir el cumplimiento de las obligaciones asumidas en un título valor, como una letra de cambio. Obligaciones cambiarias: Son imposiciones legales que están enmarcadas en el régimen cambiario. Acción cambiaria directa: Es la legitimidad del reclamo del acreedor hacia su deudor y avalista. En México, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC) regula el derecho cambiario en sus artículos 139 al 149. DERECHO MARÍTIMO: El derecho marítimo es una rama del derecho internacional público que regula las actividades, obligaciones y potestades relacionadas con el medio marino. Se encarga de establecer las normas que rigen la navegación en mares y océanos, y abarca varios ámbitos, como: La seguridad de las embarcaciones La protección del medio ambiente marino La responsabilidad por daños La resolución de disputas entre navieras La gestión de colisiones y salvamento La protección de las actividades marítimas mediante seguros La prevención de la contaminación La gestión de las normas de entrada y salida de mercancías de los puertos La supervisión de las actividades portuarias El derecho marítimo se compone de dos partes: el derecho del mar y el derecho marítimo comercial. El derecho del mar es un cuerpo de normas de derecho internacional que regula las relaciones jurídicas entre Estados. El derecho marítimo comercial, también conocido como derecho internacional marítimo, tiene como principal fuente convencional a la Organización Marítima Internacional (OMI) y al Comité Marítimo Internacional (CMI). Cada país puede redactar sus propias regulaciones aplicables en sus cuerpos de agua, como es el caso de México, donde el poder Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Marina, establece y ejerce las leyes marítimas. 1.3 FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL Las fuentes del derecho son los actos, eventos, tradiciones y hechos pasados que dan origen, modifican o extinguen las normas jurídicas. Estas fuentes pueden ser formales, reales e históricas: Fuentes formales: La legislación, la costumbre, la doctrina y la jurisprudencia. Fuentes reales: Los hechos históricos, humanos o naturales, que influyen en el contenido de las normas jurídicas. Fuentes históricas: Los factores históricos que inciden en la creación del derecho. Las fuentes del derecho son importantes para entender y aplicar el sistema jurídico de cada nación. Permiten conocer el origen de las normas y son utilizadas en el análisis histórico del derecho. Las fuentes primarias del derecho son las leyes y las decisiones del gobierno, que establecen lo que se puede y no se puede hacer. Las fuentes primarias más importantes son las constituciones, los estatutos, los casos y los reglamentos. La ley es la fuente de derecho de primer grado, después de la Constitución, en el sistema normativo. La ley es vinculante para los ciudadanos y los órganos del Estado. Las fuentes del derecho mercantil son los actos que dan origen a la creación o extinción de leyes jurídicas, así como los órganos o facultades que emanan el ordenamiento jurídico. Las fuentes del derecho mercantil pueden ser: Código de Comercio Leyes Mercantiles Especiales Usos de comercio Derecho Civil Legislación histórica Fuentes reales Las fuentes reales son los hechos de la naturaleza, creaciones del hombre, eventos sociales, políticos y económicos que le dan contenido a las normas jurídicas. Por ejemplo, un temblor, una crisis económica, el sobrecalentamiento global, etcétera. El derecho mercantil es una rama del Derecho Privado Común, por lo que cuando no hay una norma específica, se aplica el Derecho civil.