Sesión 2. Autonomía de la Obligación, Obligaciones Naturales, Civiles, Prescritas PDF

Summary

Esta sesión 2 presenta una introducción a la autonomía de la obligación, las obligaciones naturales, civiles y prescritas en el contexto del derecho mexicano. Explica las diferencias entre estos tipos de obligaciones, sus características y ejemplos en diferentes contratos como compraventa, arrendamiento y servicios. También se analizan las deudas de juego y las obligaciones creadas por personas incapacitadas.

Full Transcript

LA OBLIGACIÓN AUTONOMÍA DE LA OBLIGACIÓN. OBLIGACIONES NATURALES, CIVILES Y PRESCRITAS, DEUDAS DE JUEGO Y OBLIGACIONES CREADAS POR UN INCAPAZ. AUTONOMÍA DE LA OBLIGACIÓN Autonomía de la Obligación La autonomía de la obligación se refiere a la capacidad de una obligación de existir y ser exi...

LA OBLIGACIÓN AUTONOMÍA DE LA OBLIGACIÓN. OBLIGACIONES NATURALES, CIVILES Y PRESCRITAS, DEUDAS DE JUEGO Y OBLIGACIONES CREADAS POR UN INCAPAZ. AUTONOMÍA DE LA OBLIGACIÓN Autonomía de la Obligación La autonomía de la obligación se refiere a la capacidad de una obligación de existir y ser exigible independientemente de otras obligaciones o relaciones jurídicas. En el Código Civil Federal (CCF), la autonomía de la obligación se manifiesta en varios artículos que establecen la independencia de las obligaciones contractuales y su exigibilidad. El Código Civil Federal (CCF), establece que las obligaciones contractuales son independientes y pueden ser exigidas de manera autónoma. La autonomía de las obligaciones permite que cada parte pueda exigir el cumplimiento de la obligación de la otra parte sin que esto dependa del cumplimiento de su propia obligación. ALGUNOS EJEMPLOS DE LA AUTONOMÍA DE LAS OBLIGACIONES Ejemplo 1: Contrato de Compraventa Imagina que Juan y María firman un contrato de compraventa de un automóvil. En este contrato, Juan se obliga a entregar el automóvil a María, y María se obliga a pagar una cierta cantidad de dinero a Juan. La obligación de Juan de entregar el automóvil es independiente de la obligación de María de pagar el dinero. Si María no paga, Juan puede exigir el cumplimiento de la obligación de pago sin que esto afecte su propia obligación de entregar el automóvil. EJEMPLO 2 Contrato de Arrendamiento En un contrato de arrendamiento, el arrendador se obliga a proporcionar el uso y disfrute de un inmueble al arrendatario, mientras que el arrendatario se obliga a pagar una renta mensual. La obligación del arrendador de proporcionar el inmueble es autónoma y no depende del cumplimiento de la obligación del arrendatario de pagar la renta. Si el arrendatario no paga, el arrendador puede demandar el pago de la renta sin que esto afecte su obligación de mantener el inmueble en condiciones adecuadas. EJEMPLO 3 Contrato de Servicios Supongamos que una empresa contrata a un proveedor para realizar servicios de mantenimiento de sus equipos. La empresa se obliga a pagar una tarifa por los servicios, y el proveedor se obliga a realizar el mantenimiento. La obligación del proveedor de realizar el mantenimiento es autónoma y no depende del pago de la tarifa. Si la empresa no paga, el proveedor puede exigir el pago sin que esto afecte su obligación de realizar el mantenimiento. OBLIGACIONES NATURALES Y OBLIGACIONES CIVILES Las obligaciones naturales, son aquellas que, aunque no son exigibles judicialmente, tienen efectos jurídicos. Estas obligaciones no pueden ser demandadas en un tribunal, pero si se cumplen voluntariamente, no se puede exigir la devolución de lo pagado. El Artículo 2227 del CCF menciona que las obligaciones naturales no confieren derecho para exigir su cumplimiento, pero una vez cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado en razón de ellas. EJEMPLO. Donación Prometida Situación: María promete donar $10,000 MXN a una organización benéfica. Obligación Natural: La promesa de donación no es exigible judicialmente, pero si María cumple con su promesa y realiza la donación, la organización benéfica tiene derecho a retener el dinero recibido. Las obligaciones civiles son aquellas que tienen plena eficacia jurídica, es decir, son exigibles ante los tribunales. Estas obligaciones están reguladas en el CCF y se caracterizan por su coercibilidad, lo que significa que pueden ser exigidas mediante el uso de la fuerza pública si es necesario. Reguladas en diversos artículos del CCF, especialmente en el Título Primero del Libro Cuarto. OBLIGACIONES PRESCRITAS Las obligaciones prescritas son aquellas cuyo derecho a exigir su cumplimiento ha caducado debido al transcurso del tiempo. La prescripción extintiva o liberatoria es el mecanismo por el cual se extingue el derecho de exigir el cumplimiento de una obligación. En el Artículo 1135 del CCF, se establece que la prescripción es un medio de adquirir bienes o de liberarse de obligaciones, mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley. EJEMPLOS DE OBLIGACIONES PRESCRITAS Deuda de Préstamo Personal Situación: Laura le prestó $50,000 MXN a su amigo Roberto hace 10 años, pero nunca le pagó. Según el Código Civil Federal, la acción para exigir el pago de una deuda prescribe en 10 años (Artículo 1159 del CCF). Obligación Prescrita: Después de 10 años, Laura ya no puede exigir judicialmente el pago de la deuda a Roberto porque ha prescrito. Sin embargo, si Roberto decide pagar voluntariamente, Laura tiene derecho a retener el dinero EJEMPLOS DE DEUDAS PRESCRITAS Pago de Renta Situación: Un inquilino debía $20,000 MXN en rentas atrasadas a su arrendador, pero han pasado más de 5 años sin que el arrendador haya iniciado una acción legal para cobrar la deuda. Según el Código Civil Federal, la acción para exigir el pago de rentas prescribe en 5 años (Artículo 1161 del CCF). Obligación Prescrita: Después de 5 años, el arrendador ya no puede exigir judicialmente el pago de las rentas atrasadas porque ha prescrito. Sin embargo, si el inquilino decide pagar voluntariamente, el arrendador tiene derecho a retener el dinero. DEUDAS DE JUEGO En el Código Civil Federal de México, las deudas de juego y apuesta están reguladas en los artículos 2764 al 2773. Según el artículo 2768, las deudas de juego o apuesta prohibidos no puede n compensarse ni ser convertidas en una obligación civilmente eficaz 1. Sin embargo, si el juego o apuesta no está prohibido y la pérdida no excede la vigésima parte de la fortuna del perdedor, la deuda puede ser exigible civilmente. EJEMPLOS DE DEUDAS DE JUEGO 1.Juego de Póker entre Amigos: Un grupo de amigos juega póker en una reunión privada. Uno de ellos pierde una cantidad de dinero que no excede la vigésima parte de su fortuna. Esta deuda es exigible civilmente. 2.Apuesta en un Evento Deportivo: Dos personas apuestan en un partido de fútbol. La apuesta no está prohibida y la cantidad perdida no excede la vigésima parte de la fortuna del perdedor. La deuda es exigible. 3.Juego en un Casino Legal: Una persona pierde dinero jugando en un casino autorizado. La pérdida no excede la vigésima parte de su fortuna, por lo que la deuda es exigible civilmente. DEUDAS CREADAS POR UN INCAPAZ Las deudas creadas por una persona incapaz están reguladas en el Código Civil Federal. Según el artículo 450, son incapaces, entre otros, los menores de edad y los mayores de edad que no pueden gobernarse a sí mismos o administrar sus bienes. Las obligaciones contraídas por estos incapaces pueden ser anuladas si no cuentan con la autorización de su representante legal. EJEMPLOS 1.Contrato Firmado por un Menor: Un menor de edad firma un contrato de compra sin la autorización de sus padres o tutores. Este contrato puede ser anulado. 2.Préstamo Solicitado por una Persona con Discapacidad Mental: Una persona con discapacidad mental solicita un préstamo sin la autorización de su tutor. Este préstamo puede ser anulado. 3.Venta de Propiedad por un Incapaz: Un mayor de edad que no puede administrar sus bienes vende una propiedad sin la autorización de su representante legal. Esta venta puede ser anulada.

Use Quizgecko on...
Browser
Browser