Derecho Romano I PDF

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UNAM FES Acatlán

C. N. J..

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Este documento o PDF presenta una introducción al Derecho Romano, cubriendo su fundación y las figuras claves en su historia, desde sus inicios hasta la era imperial.

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Derecho Romano I C. N. J.. reconocidas por las autoridades desde la fundación de Roma el 21/abril/753 A.C. hasta la caída del imperio Romano en occidente en el año 476 y en Oriente reconocido por las autoridades bizantinas hasta el año 1453 D.C. con la caída de Constantinopla en manos de los turcos....

Derecho Romano I C. N. J.. reconocidas por las autoridades desde la fundación de Roma el 21/abril/753 A.C. hasta la caída del imperio Romano en occidente en el año 476 y en Oriente reconocido por las autoridades bizantinas hasta el año 1453 D.C. con la caída de Constantinopla en manos de los turcos. ¿Por qué se estudia el derecho romano? Para complementar la cultura jurídico histórica Para conocer nuestro derecho actual Para afinar nuestra intuición jurídica El derecho romano es supranacional porque se estudia en todo el mundo. Tiene la ventaja de poder hacer un análisis de lo concreto al abstracto o del abstracto a lo concreto El derecho romano entra a México por cuatro vías de empalme La ley de las siete partidas de Alfonso X El código napoleónico de 1804 El Corpus Iuris civilis La pandectista alemana Fundación de Roma 5000 años A.C. En la era neolítica Roma estaba poblada por ligures al norte y discípulos al sur, posteriormente 2000 años A.C. pueblos arios indoeuropeos que venían de Rusia entraron por el Mediterráneo, tenían un sistema patriarcal, incineraban a sus muertos y eran pastores. Del 1100 al 1200, Roma sigue sufriendo invasiones pero ahora del norte de Europa, se empiezan a ubicar en los alpes montañosos, destacaban Los Astos de ahí se derivan los latinos y Los Sabinos. Ya para el 1000 a.C. en Roma se fundan, destacando Alba Longa, capital de Lacio en la parte central de Italia. Sufre otra invasión de los etruscos y de los líricos en el 800 a.C. en el sur de Italia se da la colonización griega. Los romanos nacen de la fusión de tres grupos étnicos: Latinos, Sabinos y Etruscos. La historia de Roma tiene diferentes perspectivas, generalmente se divide en monarquía, república e imperio. Monarquía 753 a.c. República 510 a.c. Imperio 27-29 a.c. También está Infancia: del 753 hasta la ley de las XII tablas. La fuente del derecho es la costumbre o “mores maiorum”. Juventud: de la ley de las XII tablas hasta el nacimiento de Marco Tulio cicerón. Plenitud: desde el nacimiento de Cicerón hasta la muerte de Alejandro Severo el 236. d.c. Se fortalece la creación del derecho con jurisconsultos destacados como Apiano Pablo o Gallo. Vejez: desde la muerte de Alejandro Severo hasta la muerte de Justiniano. La leyenda de Roma El rey Priamo de Troya tiene varios hijos. Eneas escapa de la destruida Troya navegando y llega a la península itálica, se casa con la princesa Lavinia, hija del Rey Lacio. Tienen un hijo, Ascanio, que funda la ciudad de Alba Longa, reina varias generaciones. Amulio derroca del poder a su hermano, Numitor y manda a matar a sus hijos, menos a su hija, de nombre Rhea Silvia pero la condena a sacerdotisa devota. El Dios Marte se enamora de Rhea Silvia, entra como un rayo de luz y la fecunda. De ahí nacen unos gemelos: Romulo y Remo. Amulio se entera del nacimiento y manda por ellos para que sean arrojados al río Tíbet, el sirviente se conduele y los abandona en una cesta junto al río. Según Tito Libio, El Dios Marte los protege, mandando una loba para que los amamante. La loba, dice Tito libio era la prostituta de los pastores, de nombre laurencia. Otros dicen que era la esposa del sirviente Lucrecia, tenía tan mal temperamento que tenía el mote de loba. Posteriormente son educados por un pastor, se distinguen por su fortaleza y su porte real. Se enteran de lo sucedido a su abuelo Numitor y lanzan una ofensiva contra Amulio, regresando el poder a Numitor, ellos fundan la ciudad de Roma (significa un lugar junto al río) el 21 de abril de 1753 a.C. Para buscar compañía, realizaron fiestas deportivas y religiosas, invitaron a Los Sabinos, raptaron a sus mujeres y desataron un conflicto, el cual termina con la mediación de las mujeres, y deciden quedarse con los jóvenes. Reyes de Roma Roma está en vías de desarrollo, ubicada en 450 km2 en la región de Lucio. Socialmente Roma era producto de una supremacía militar dirigida por Rómulo, conjunto grupos latinos. En el 650 a.C. Hay una influencia etrusca y comienza una metrópoli etrusca. Reyes pretruscos Rómulo (753a.c.-715a.c.): crea la propiedad, organiza al senado, crea las leyes de matrimonio y la fortificación del monte palatino como lugar religioso. Numa pompilio (715a.c.-673a.c.): organiza los colegios sacerdotales, corrige el calendario agregando enero y febrero en honor a Hanu y Feu. Tulio Hostilio (673a.c.-641a.c.): Crea una base religiosa monopolizando las leyes, crea las normas de guerra. Anco Marcio (641a.c.-616a.c.): Hace crecer a roma, lo extiende hasta el mar. No sé sabe cómo murió, pero se dice que un etrusco, Tarquino, incitó mediante discursos a los rebeldes a derrocar al último Rey pre etrusco. Reyes etruscos Tarquino “El antiguo” (616a.c.-578a.c.): Gran Guerrero, crea el sistema de cloacas y desagües, trata de conciliar entre patricios y plebeyos pero no lo consigue. Servio Tulio (578a.C.-534a.C.) organiza a la sociedad en grupos para fines económicos y militares, da lugar a los comicios por centurias y tribus. Tarquino “El soberbio” (534a.c.-510a.C.): tirano, déspota, enemigo del senado quiere hacer modificaciones y solo logra que lo odien más. El senado junto con el pueblo lo expulsan de Roma, cayendo así la monarquía. Instituciones públicas en la monarquía Tiene un régimen aristocrático políticamente es: Rey Senado Comicios El rey es jefe vitalicio, elegido por representación popular de los comicios, después lo designaba el antecesor, por aprobación del senado. Cuando el rey fallecia, se establecía el interregno es decir cada senador ocupaba el puesto por cinco días, con el nombre de interRex hasta que fuera designado un rey, consultaban a los augures. Ya elegido, hacía una declaración al pueblo rendido en asamblea llamado Lex curia. Tenía el mando, político, militar, tenía poder sobre la economía, sacerdote supremo, máximo intérprete de la voluntad de los dioses, basto poder judicial y legislativo, aunque a veces limitado por el senado, los comicios, la gens y la familia. El senado era el cuerpo consultativo del Rey, era un consejo de ancianos, senes o senex, lo integraban los jefes de la gens. También llamados patres, tenían la atribución de aprobar las resoluciones que daban los comicios, esto mediante la Autoritas Patrum (autoridad de los padres) eran consejeros del Rey en política, asuntos internacionales, religiosos etc. Eran elegidos o designados de entre 300 grupos de familias o gens, a través de una representante anciano de la gens. Los comicios, era la asamblea del ciudadano, por donde se ejercitaban sus derechos. Había diferentes tipos de comicios. Primero, es necesario entender que los curios eran particiones de la población establecidos en un lugar determinado, presididos por un curio, tenían la facultad de proponer al rey y lo elegía el senado. Por culado: estos estaban integrados únicamente por patricios. Eran de carácter religioso, los convocaba el pontífice máximo y tenían funciones testamentarias. Por centurias: integrados por plebeyos y creados para proteger sus intereses. Por tribus: para hacer censos con fines electorales La cliens, eran ciudadanos de segunda clase, subordinados a una domus aristocrática a cambio de una remuneración. Los augures eran los que consultaban la voluntad de los dioses. La organización social estaba dividida en patricios, plebeyos y cliens. Latinos, Sabinos y Etruscos, cada uno dividido en tres curias, cada curia contenía 10 gens. Con un total de 300 gens. La gens era una unión de familias, llamada domus, donde mandaba un monarca doméstico, dueño y señor de todo, con un poder ilimitado sobre la domus, pater familia. Colegios sacerdotales Designados por el rey, agrupados por colegios, auxiliares del monarca, separados según el culto que les estaba confinado. Tipos de colegios 1. Colegio de pontífices Toma su nombre de potten facere, integrados por cinco miembros, presidido por un pontífice máximo designado por el rey, después lo elegían los comicios de la República. Presidían los comicios por curias, que daban formalidad al testamento y en las adopciones (Comitia Calata) el derecho vinculado a la religión. Las leyes se interpretaban por ellos, se aplicaba la justicia divina, tenían días específicos, cuando podían realizar funciones públicas por lo tanto, había días no aptos, los días que se podía, se llamaban fastos. Los días que no se podía celebrar eran nefastos. Hacían un calendario y en el 304 a.C. Cneo Flavio, era un escriba de Apio Claudio, hace una publicación, el Ius Flavianum, con los días fastos, nefastos y fórmulas procesales. 2. Colegio de los augures Los actos públicos se realizaban sólo si los auspicios eran favorables. Autorizaban o no los actos de gobierno, en la monarquía el rey era el Optimus Augurus. 3. Colegio de los Feciales Todo lo relacionado con las relaciones internacionales, declaraciones de guerra o tratados de paz. Eran 20 integrantes sacados de las familias patriarcas. 4. Colegio de los Flamines Había Flamines mayores, Júpiter, Marte y Krino, y los menores solo lo podían ocupar los patricios, ellos celebraban algunas formas de matrimonio. 5. Colegio de los sibilinos Interpretaban sus propios libros. La república Abarca 5 siglos, primero fue la aristocratizada, después la democrática y por último la decadente. Prevalecen las guerras civiles, en lugar de rey había consulado y magistrado pretor, puertos, edilidad, censores y curules. Los comicios por curias son sustituidos por centurias, en la República se reunían diferentes elementos con Matiz monárquico, la democracia y la aristocracia. La economía depende de la agricultura pero de pequeñas propiedades, porque el territorio conquistado era declarado áger público, surgiendo el latifundismo. Había recaudación fiscal. se rentaban los terrenos. Los hermanos Tiberio y Cayo Graco trataban de hacer una reforma agraria y así conseguir una desproletarización, bajar el precio del trigo y distribuir la tierra. Cayo Graco en el 123 ocupa el puesto de tribuno y baja el precio del trigo a la mitad, crea colonias agrícolas, se hace amigo del ejército y los equipa, se origina una guerra de 100 años y hay rivalidad política. Lucio Cornelio Sila y Cayo Mario, representantes del senado, envía a su protegido, Pompeyo a tratar de afianzar Roma y calmar la rebelión de gladiadores y esclavos comandados por Espartaco, esta rebelión empieza en la escuela de Capua. El ejército Romano vence a Espartaco al mando de Licinio Craso, se hace una alianza entre Pompeyo y Craso, el senado los nombra cónsules, siguen haciendo conquistas y en su ausencia el senado nombra cónsul a una persona culta, de la escuela griega de filosofía y retórica. escritor. abogado y el mejor orador; Marco Tulio Cicerón. Pompeyo al regresar con triunfos, los cónsules eran Craso y Julio César un gran estadístico. Prevalece la crisis en Roma y para dar solución el senado aprueba que gobiernen los tres. Este es el primer triunvirato, Craso muere en una batalla en Oriente, Julio César se dedica a conquistar y Pompeyo aprovecha la ausencia de Julio César y quiere proclamarse jefe único de Roma. Cuando Julio César se entera, Pompeyo huye a Grecia y llega a Egipto, donde el Rey Ptolomeo lo mata. Julio César se entera y cataloga de crimen lo hecho por Ptolomeo, lo destituye y proclama como soberana a su hermana, Cleopatra. César mejora Roma pero quiere proclamarse Rey vitalicio, es derrotado al ser asesinado en el 44 a.C. entre ellos estaba bruto que era hijo fuera del matrimonio de un líder demócrata. Se reinician las guerras, provocando el advenimiento del sistema, se estaba gestando que el poder se centralizará en una sola persona. Se da un segundo triunvirato; Marco Antonio; Lépido y Cayo Octavio, este último vence a sus compañeros de triunvirato a los 18 años. En el 27 a.C. se inicia el periodo Imperial, al concederle el título de Augusto Cayo Octavio (Augusto quiere decir omnipotente, majestuoso, emperador, general en jefe de todas las legiones romanas, centralizaba todo el poder de las magistraturas, era cónsul, sensor, tribuno, el consagrado, el digno de veneración, era príncipe y emperador, el victorioso en las batallas). En la República la organización era en forma de magistraturas, nace la primera ley escrita, se da la fusión de clases sociales, el derecho se seculariza haciendo el derecho honorario. Nota: secularizar quiere decir que se saca el derecho del ámbito religioso para darlo a conocer a todo el mundo. Se da un importante conflicto entre patricios y plebeyos; los patricios podían participar en la asignación de territorio conquistado; los plebeyos iban a las guerras y encargaban sus tierras a los patricios, cuando regresaban les cobraban y al no poder pagar perdían su libertad. Se revelan en el 494 a.C. y se retiran al monte sacro, a 3 millas de Roma, ante tal rebelión los patricios conceden dos magistraturas a los plebeyos, después siete y llegan hasta 10 en el 457, formándose así el tribuno de la plebe, el cual velaba por los intereses de los plebeyos. Entre las facultades estaba la Ius Intercessio (derecho de veto) respecto a cualquier acto del derecho público. Tenían reuniones dentro de la ciudad Concilia Plebis (asamblea de plebeyos) se les concedió el coercitio por el cual podían sancionar, arrestar, dar pena capital. El tribuno de la plebe se acompañaba por dos ediles plebeyos (auxiliares). En el 445 se autoriza el matrimonio justo entre patricios y plebeyos con la ley canoleia, en el 111 antes de Cristo desaparece la distinción entre patricios y plebeyos. Magistraturas Conjunto de órganos que tenían a su cargo funciones públicas que antes ejercía exclusivamente el rey. Características: Electivas: eran designados por el pueblo reunido en comicios por centurias o tribunales a excepción del dictador que era magistratura designada por el consulado. Anuales: a excepción de la dictadura que duraba seis meses y censores año y medio. Colegiadas: se integraban por dos o más personas o sea que tenían colegas pero tenían poder individual. Gratuidad: no había retribución Responsables: rendían cuentas de sus actos, respondían material y moralmente. No reelección: no podían ejercer dos magistraturas al mismo tiempo tenían que esperar de 2 a 10 años. Orden jerárquico Atribuciones de las magistraturas Concentraban su poder en el imperium y potesta. Imperium era poder tomar decisiones, el poder de mando sin consultar a nadie y ese conjunto de poderes era militar y civil, era una orden. Iuris Dictio militar y disciplinario. Potestas era la atribución que tenían los magistrados para expresar su voluntad. Comprendía dictar edictos o resoluciones en nombre del estado, generando derechos y obligaciones. Potesta significa fuerza o eficacia poder de hacer algo o poder sobre algo. Ius edicendi era la facultad de publicar edictos donde se decía cómo iban a proceder en el ejercicio de sus funciones. Clasificación de las magistraturas El curul era una silla plegadiza Ordinarias: normales y de forma permanente (al año) con excepción del sensor. Patricias: cónsules, pretores, ediles Plebeyas: ediles plebeyos, tribuno de la plebe Curules: se puede sentar en la silla No curules: no se puede sentar en la silla Extraordinarias: para casos excepcionales, duraba lo necesario hasta corregir la situación. Consulado: magistratura ordinaria, colegiada, integrada por dos miembros que gozaban de pleno imperio, en tiempos de paz y de guerra. El consulado fue ocupado en un inicio por patricios, hasta el 367 con la Lex licinia sextiae, dispuso que uno de los cónsules podía ser plebeyo en el 282 a.C. la lex genussia lo hace obligatorio. El cónsul era elegido por los comicios por centurias con una edad mínima de 43 años, tenían funciones civiles militares y judiciales al dejar de ser cónsules se les mandaba a gobernar las provincias con el nombre de procónsul. Cursus honorum era la carrera para ser magistrado, se reglamentó por la ley Villa de anális en el 180a.c. donde dan los requisitos para la magistratura como puestor que era de 28 años. Lex cornelia de magistratibus 81a.C. que modifica la edad a 30 años. Pretura: creada en el 367a.c. era magistrado único auxiliaba al cónsul es igual al pretor colega menor del cónsul. Pretor urbano: tenía la administración de justicia entre los ciudadanos romanos Pretor peregrino: 242 a.c. que mediaba entre conflictos en los que participaban extranjeros, dirigían un proceso pero no dictaban sentencia, tenían funciones jurisdiccionales, tenían el ius edicendi, son el que podían publicar edictos. Los edictos eran tablas blancas con letras negras, se colocaban en un foro y estaban ahí durante un año, daba las reglas que iban a prevalecer en el año de su gestión. El edicto contaba con 1) Parte introductoria: donde juraban obediencia a los ciudadanos. 2) Parte central: se dividía en dos partes. a) Pars traslaticia: lo que tomaba del pretor anterior. b) Pars Nova era lo que se añadía. c) Apéndice un emperador Adriano le encargó a un jurisconsulto, Salió Juliano, que compilara todos los edictos, le llamó el edicto perpetuo. Censura: Magistratura mayor ordinaria, creada en el 443 a 435 a.C. elegidos por los comicios, administraban el lager público, hacían el censo ciudadano, elegían a los que podían ser senadores, hacían censos para pagar impuestos y para ver quién tenía que ir a servicio militar. Primeros sensores Papirio Mugilano y Sempronio atratino. La censura duraba un año 1/2 y se les nombraba cada 5 años. Puestura: magistratura ordinaria, auxiliares del consulado porque los nombraba el cónsul. Primero fueron dos y luego cuatro porque unos se acompañaban en las funciones de la ciudad y otros en las militares. Tenían poder financiero, administraban el tesoro de la ciudad, entendían de justicia penal de los patricios. Edilidad curul: magistratura ordinaria, a partir del 443 era para patricios exclusivamente, en el 310a.C. ya es para Los plebeyos. El Edil era un rango intermedio entre el pretor y el cuestor (era como la fiscalía), sus funciones eran de inspección policial (elementos del delito). Leyes Lex canuleia:(445a.C.) Admite el matrimonio justo entre patricios y plebeyos. Lex Licinia sextiae:(367a.C.) Permitió que los plebeyos integraran el consulado. Lex Genucia:(282a.C.) Dispone que uno de los dos cónsules debía ser plebeyo. Lex ovinia: (312a.C.) Admitió que los plebeyos integrarán el senado. Lex hortensia: (287a.C.) Disponía que la decisión adoptada en la asamblea plebeya fuera válida para toda la comunidad romana.

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