Cápsula Gestión de REAS - Ver. Imprimible PDF
Document Details
Uploaded by Deleted User
Tags
Related
- RESIDUOS SANITARIOS PDF
- Guía de Farmacotecnia PDF - Universidad María Auxiliadora
- Guía general para la gestión de residuos sólidos domiciliarios PDF
- 1er Parcial Residuos PDF
- Procedimiento de Gestión de Residuos Sanitarios de Cima Universidad de Navarra PDF
- Normas de seguridad y trabajo en el laboratorio PDF
Summary
Esta cápsula proporciona información sobre la gestión de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud (REAS) en Chile. Se abordan temas como la gestión ambiental, el desarrollo sustentable y el marco legal vigente. Se exploran las diferentes etapas del manejo de residuos, incluyendo la identificación, clasificación, transporte, almacenamiento y disposición final.
Full Transcript
CÁPSULA GESTIÓN DE REAS ÍNDICE Unidad 1: Elementos de contexto de la Gestión Ambiental Gestión Ambiental Desarrollo Sustentable Marco Legal vinculado a REAS Unidad 2: Gestión de residuos Identificación, clasificación y caracterización Diferenciación y segregació...
CÁPSULA GESTIÓN DE REAS ÍNDICE Unidad 1: Elementos de contexto de la Gestión Ambiental Gestión Ambiental Desarrollo Sustentable Marco Legal vinculado a REAS Unidad 2: Gestión de residuos Identificación, clasificación y caracterización Diferenciación y segregación Transporte interno Almacenamiento interno Recolección y transporte externo Minimización (3r) Unidad 3: Herramientas de gestión de residuos Herramientas de gestión Planes de manejo de REAS Plan de contingencia en REAS Salud Ocupacional Sistema de gestión ambiental ISO 14001 Sistemas de declaración de información y seguimiento de residuos peligrosos Unidad 4: Hacia hospitales verdes y saludables Hospitales verdes y saludables ANEXO Definiciones CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 1 Unidad 1: Elementos de contexto de la Gestión Ambiental GESTIÓN AMBIENTAL Se denomina gestión ambiental o gestión del medio ambiente al conjunto de diligencias conducentes al manejo integral del sistema ambiental. Dicho de otro modo e incluyendo el concepto de desarrollo sostenible, es la estrategia mediante la cual se organizan las actividades antrópicas (humanas) que afectan al medio ambiente, con el fin de lograr una adecuada calidad de vida, previniendo o mitigando los problemas ambientales. La gestión ambiental responde al "cómo hay que hacer" para conseguir lo planteado por el desarrollo sostenible, es decir, para conseguir un equilibrio adecuado para el desarrollo económico, crecimiento de la población, uso racional de los recursos y protección y conservación del ambiente. Abarca un concepto integrador superior al del manejo ambiental: de esta forma no sólo están las acciones a ejecutarse por la parte operativa, sino también las directrices, lineamientos y políticas formuladas desde los entes rectores, que terminan mediando la implementación. Concepto de gestión ambiental En lo fundamental el concepto de Gestión Ambiental se diferencia de otros enfoques o conceptos tales como: Manejo de Residuos, Manejo Ambiental, etc., en su perspectiva, por un lado, el “manejo” está referido solo al residuo al final del proceso de producción, en cambio la “gestión” observa todas las fases del proceso de producción y sus resultados (materias primas, productos intermedios, producto final) identificando dónde es posible intervenir a fin de hacer más sustentable el proceso. DESARROLLO SUSTENTABLE Los términos desarrollo sostenible y desarrollo sustentable se aplican al desarrollo socioeconómico, y su definición se formalizó por primera vez en el documento conocido como Informe Brundtland (1987), fruto de los trabajos de la Comisión Mundial de Medio Ambiente y Desarrollo de Naciones Unidas, creada en Asamblea de las Naciones Unidas en 1983. Dicha definición se asumiría en el Principio 3º de la Declaración de Río (1992). El ámbito del desarrollo sostenible puede dividirse conceptualmente en tres partes: ecológico, económico y social. Se considera el aspecto social por la relación entre el bienestar social con el medio ambiente y la bonanza económica. El triple resultado es un conjunto de indicadores de desempeño de una organización en las tres áreas. Deben satisfacerse las necesidades de la sociedad como alimentación, ropa, vivienda y trabajo, pues si la pobreza es habitual, el mundo estará encaminado a catástrofes de varios tipos, incluidas las ecológicas. Asimismo, el desarrollo y el bienestar social están limitados por el nivel tecnológico, los recursos del medio ambiente y la capacidad del medio ambiente para absorber los efectos de la actividad humana. Ante esta situación, se plantea la posibilidad de mejorar la tecnología y la organización social de forma que el medio ambiente pueda recuperarse al mismo ritmo que es afectado por la actividad humana. Concepto desarrollo sostenible El concepto de desarrollo sostenible refleja una creciente conciencia acerca de la contradicción que puede darse entre desarrollo, primariamente entendido como crecimiento económico y mejoramiento del nivel material de vida, y las condiciones ecológicas y sociales para que ese desarrollo pueda CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 2 perdurar en el tiempo. Esta conciencia de los costos humanos, naturales y medioambientales del desarrollo y el progreso ha venido a modificar la actitud de despreocupación o justificación que al respecto imperó durante mucho tiempo. La idea de un crecimiento económico sin límites y en pos del cual todo podía sacrificarse vino a ser reemplazada por una conciencia de esos límites y de la importancia de crear condiciones de largo plazo que hagan posible un bienestar para las actuales generaciones que no se haga al precio de una amenaza o deterioro de las condiciones de vida futuras de la humanidad. El desarrollo sostenible se aceptó exclusivamente en las cuestiones ambientales. En términos más generales, las políticas de desarrollo sostenible afectan a tres áreas: económica, ambiental y social. En apoyo a esto, varios textos de las Naciones Unidas, incluyendo el Documento Final de la cumbre mundial en el 2005, se refieren a los tres componentes del desarrollo sostenible, que son el desarrollo económico, el desarrollo social y la protección del medio ambiente, como "pilares interdependientes que se refuerzan mutuamente". Tres pilares del desarrollo sostenible El objetivo del desarrollo sostenible es definir proyectos viables y reconciliar los aspectos económico, social, y ambiental de las actividades humanas; "tres pilares" que deben tenerse en cuenta por parte de las comunidades, tanto empresas como personas: Sostenibilidad económica: se da cuando la actividad que se mueve hacia la ✓ sostenibilidad ambiental y social es financieramente posible y rentable. Sostenibilidad social: basada en el mantenimiento de la cohesión social y de su habilidad para trabajar en la persecución de objetivos comunes. Supondría, tomando el ejemplo de una empresa, tener en cuenta las consecuencias sociales de la ✓ actividad de la misma en todos los niveles: los trabajadores (condiciones de trabajo, nivel salarial, etc.), los proveedores, los clientes, las comunidades locales y la sociedad en general. Sostenibilidad ambiental: compatibilidad entre la actividad considerada y la preservación de la biodiversidad y de los ecosistemas, evitando la degradación de las funciones fuente y sumidero. Incluye un análisis de los impactos derivados de la ✓ actividad considerada en términos de flujos, consumo de recursos difícil o lentamente renovables, así como en términos de generación de residuos y emisiones. Este último pilar es necesario para que los otros dos sean estables. ECONOMIA CIRCULAR (De la cuna a la tumba) Tomando como ejemplo el modelo cíclico de la naturaleza, la economía circular se presenta como un sistema de aprovechamiento de recursos donde prima la reducción de los elementos: minimizar la producción al mínimo indispensable, y cuando sea necesario hacer uso del producto, privilegiando la reutilización de los elementos que por sus propiedades no pueden volver al medio ambiente. Es decir, la economía circular aboga por utilizar la mayor parte de materiales biodegradables posibles en la fabricación de los bienes de consumo para que éstos puedan volver a la naturaleza sin causar CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 3 daños medioambientales al agotar su vida útil (eco- diseño). En los casos que no sea posible utilizar materiales (eco-friendly) y de esta manera facilitar un desacople sencillo para darles una nueva vida reincorporándolos al ciclo de producción y componer una nueva pieza. Cuando no sea posible, se reciclará de una manera respetuosa con el medio ambiente. El concepto de economía circular hace referencia al 'cierre del ciclo de vida' de los productos, los servicios, los residuos, los materiales, el agua y la energía. Plantea reutilizar, reparar, reacondicionar y reciclar con el fin de mantener el valor de los productos y materiales durante el mayor tiempo posible Ámbitos de Acción en Chile (eco. circular) Los principales ámbitos de acción son la implementación de la Ley 20.920 que establece el marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y el Fomento al Reciclaje; y por otra parte catalizar un entorno de innovación, un marco regulatorio y otros instrumentos que permitan avanzar hacia un modelo de economía circular en el país. MARCO LEGAL VINCULADO A REAS El manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud (REAS) está sujeto a las disposiciones de diversos cuerpos legales y reglamentarios; entre otros, los siguientes: Código Sanitario. Decreto por Fuerza de Ley N° 1. Decreto Supremo N° 6 (REAS). Decreto Supremo N° 148. Decreto Supremo N° 594. Marco legal para residuos radiactivos. Ley N° 20.920/2016, Ley (REP) D.S. N°1/2013 Reglamento del RETC Código Sanitario El Decreto con Fuerza de Ley N°725 del 11 de diciembre de 1967, del Ministerio de Salud, el cual establece que le corresponde a las Secretarias Regionales Ministeriales de Salud autorizar: 1. La construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase. 2. La instalación y funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquiera clase. 3. Los vehículos y sistemas de transporte de basuras y desperdicios de cualquier naturaleza. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 4 Decreto por Fuerza de Ley N° 1 El Decreto con Fuerza de Ley N°1 del 8 de noviembre de 1989, del Ministerio de Salud, determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa el cual establece que requieren autorización sanitaria expresa las siguientes materias, entre otras: 1. Instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. 2. Instalación y funcionamiento de incineradores de desechos biológicos. 3. Almacenamiento y abandono o desecho de sustancias radiactivas. 4. Acumulación y disposición final de residuos dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo cuando los residuos sean inflamables, explosivos o considerados peligrosos. Decreto Supremo N° 6 (REAS) Residuos de Establecimientos de Atención de Salud: Este reglamento se dicta dada la necesidad de prevenir y controlar los riesgos provenientes de los Residuos que se generan en los Establecimientos de Atención de Salud respecto de sus usuarios, de quienes se desempeñan en ellos, de quienes participan directamente en el manejo de los mismos y de la población en general. Regula las condiciones sanitarias y de seguridad a las que debe someterse el manejo de los residuos generados en Establecimientos de Atención de Salud, incluyendo segregación, transporte interno, almacenamiento, transporte externo y eliminación. Además establece entre otras disposiciones lo siguiente: 1. Clasifica y define los REAS 2. Condiciones de los contenedores especiales para REAS 3. Condiciones para las Salas de Almacenamiento de REAS 4. Condiciones para la presentación de Planes de Manejo de REAS 5. Condiciones de trabajadores vinculados al manejo de REAS 6. Elementos de los Planes de Contingencia Decreto Supremo N° 148 El Decreto Supremo N°148 del 12 de Junio de 2003 del Ministerio de Salud es el Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Determina las condiciones sanitarias y de seguridad a las que debe someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. Dispone la obligación de presentar Planes de Manejo de Residuos Peligrosos por parte de establecimientos que anualmente den origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o a más de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad, y establece un Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 5 Este decreto es absolutamente complementario, y además anterior, al Decreto N° 6 de REAS, por lo cual para cumplir con las disposiciones legales en materia de residuos hay que tener muy en cuenta estos dos cuerpos principales, entre sus consideraciones fundamentales están: 1. Se establecen los procedimientos y metodologías de determinación de las características de peligrosidad. 2. Establece que las características de peligrosidad son las siguientes: o toxicidad aguda, o toxicidad crónica, o toxicidad extrínseca, o inflamabilidad, o reactividad y o corrosividad. 3. Establece las condiciones en que se deben presentar Planes de Manejo ante la Autoridad Sanitaria. Decreto Supremo N° 594 El Decreto Supremo N°594 del 15 de septiembre de 1999 del Ministerio de Salud, es el Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo: Regula las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, incluyendo los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgos ocupacionales. Marco legal para residuos radiactivos Respecto de las disposiciones legales, que tocan el tema residuos radiactivos, existe la Ley N° 18.302 del 02/05/1984 de Seguridad Nuclear, el Decreto N° 3 del 25/04/0985 y el Decreto N° 133 del 22/05/1984, estos cuerpos legales establecen en síntesis que: Es sustancia radiactiva: Cualquier sustancia que tenga una actividad específica mayor de dos milésimas de microcurio por gramo o su equivalente en otras unidades. Es desecho radiactivo: Cualquier sustancia radiactiva o material contaminado por dicha sustancia que, habiendo sido utilizado con fines científicos, médicos, agrícolas, comerciales, industriales u otros, sean desechados. Los lugares destinados al almacenamiento de sustancias o desechos radiactivos, deberán contar con autorización del Servicio de Salud competente. Todo abandono o desecho de sustancias radiactivas, requerirá de autorización del Servicio de Salud respectivo. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 6 La Ley N° 20.920/2016, Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje La Ley N° 20.920/2016, Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje, tiene por objeto “disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización, a través de la instauración de la responsabilidad extendida del productor y otros instrumentos de gestión de residuos, con el fin de proteger la salud de las personas y el medio ambiente. ▪ Otorga nuevas competencias al Ministerio del Medio Ambiente para la gestión de residuos Ecodiseño; Certificación, rotulación y etiquetado; Sistema de depósito y reembolso; Mecanismos de separación en origen y recolección selectiva; Mecanismos para manejo ambientalmente racional de residuos; Mecanismos para prevenir la generación de residuos. ▪ Crea la Responsabilidad Extendida del Productor (REP) D.S. N°1/2013 Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes” RETC Las obligaciones emanadas del D.S. N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente que Aprueba “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes” RETC, entre otras se relacionan con la Declaración del movimiento de residuos asimilables a domiciliarios a través de la plataforma SINADER y de Residuos Peligrosos a través de la plataforma SIDREP. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 7 Unidad 2: Gestión de Residuos La Gestión de Residuos, corresponde a las diversas actividades que, condicionadas por aspectos técnicos, económicos, legales, administrativos y que, sumado al compromiso de la organización y su Dirección, permite asegurar un buen manejo de estos, desde su generación hasta su disposición final. IDENTIFICACIÓN, CLASIFICACIÓN Y CARACTERIZACIÓN En el presente capitulo, se plantea una correcta identificación y clasificación de residuos, según señala y establecen las respectivas normativas, mencionadas en los aspectos en el capítulo de aspectos legales, para lo cual es de vital importancia: 1. Conocer los distintos procesos que se desarrollan en el establecimiento. 2. Identificar las fuentes de generación y las categorías de residuos que se generan en cada una de ellas. Los REAS se clasifican en las siguientes categorías según su riesgo: Categoría 1: Residuos Peligrosos. Categoría 2: Residuos Radioactivos de Baja Intensidad. Categoría 3: Residuos Especiales. Categoría 4: Residuos Sólidos Asimilables. CATEGORÍA 1: RESIDUOS PELIGROSOS Residuo peligroso es todo residuo que presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente, ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia de presentar una o varias de las características de peligrosidad que se definen en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, es decir: Toxicidad aguda, Toxicidad crónica, Toxicidad extrínseca o toxicidad por lixiviación, Inflamabilidad, Reactividad y/o Corrosividad. Son residuos peligrosos aquellos que presentan una o más características de peligrosidad definidas en el decreto supremo Nº 148, de 2003, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Los residuos peligrosos que se presentan con más frecuencia en establecimientos de atención de salud son: 1 Residuos consistentes o contaminados por drogas citotóxicas, tales como: clorambucil, ciclosporina, ciclosfamida, melfalan, semustina, tamoxifeno, tiotepa y treosulfan; 2 Residuos consistentes o contaminados por solventes orgánicos halogenados, tales como cloruro de metileno, cloroformo y tricloroetileno; 3 Residuos consistentes o contaminados por solventes orgánicos no halogenados, tales como xileno, metanol, acetona, isapropanol, tolueno, acetato de etilo y acetonitrilo; 4 Residuos consistentes o contaminados por sustancias orgánicas peligrosas, tales como: formaldehído, percloroetileno y soluciones desinfectantes y de limpieza en base a fenol; CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 8 5 Residuos consistentes, que contienen o están contaminados por metales pesados, tales como equipos que contienen mercurio y baterías que contienen cadmio o plomo. 6 Residuos consistentes o contaminados por sustancias químicas inorgánicas peligrosas tales como: ácido sulfúrico, clorhídrico, nítrico y crómico; soluciones alcalinas de hidróxido de sodio y amoniaco; sustancias oxidantes tales como permanganato de potasio y dicromato de potasio y, además, agentes reductores tales como bisulfato de sodio. Los residuos peligrosos se pueden identificar mediante ensayos de laboratorio, a través del uso de listados de residuos peligrosos, o en base al conocimiento que el Generador tenga sobre los insumos ocupados en el establecimiento y los residuos resultantes de su utilización (por ejemplo, a través de las etiquetas, rótulos u Hojas de Datos de Seguridad de los materiales). Para todos los efectos las características de peligrosidad son las siguientes: A. TOXICIDAD AGUDA: Es la capacidad de un residuo de causar daño a seres humanos como resultado de una exposición breve o única; se expresa como la dosis letal media o DL50, que es la dosis necesaria para matar el 50% de una población dada de animales en un ensayo de laboratorio. B. TOXICIDAD CRÓNICA: Es la capacidad de un residuo de causar efectos adversos a largo plazo en seres humanos. Los efectos crónicos pueden ser mutagénicos, cancerígenos, teratogénicos o tóxicos acumulativos. Las sustancias tóxicas crónicas a las que hace mención el Decreto Supremo N°148/2003 incluyen medicamentos tales como drogas utilizadas en quimioterapia (clorambucil y melfalan, por ejemplo), además de otras sustancias que pueden ser empleadas en unidades de apoyo diagnóstico, como son acetato de etilo, metanol, acetona, xileno, formaldehído, etc., usados en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica. También se considera el mercurio (Hg) usado en termómetros, esfigmomanómetros, vacunas (timerosal), antisépticos (merbromina), sondas gastrointestinales (sondas de Cantor, Miller Abbott, dilatadores esofágicos), termostatos, manómetros, barómetros, tubos fluorescentes (Hg), pilas con Hg, etc. C. TOXICIDAD EXTRÍNSECA O TOXICIDAD POR LIXIVIACIÓN: Es la capacidad de un residuo de dar origen, a través de su eliminación, a una o más sustancias tóxicas agudas o tóxicas crónicas en concentraciones que pongan en riesgo la salud de la población. Los residuos consistentes o contaminados con alguna de las sustancias listadas en el artículo 14 del Decreto Supremo N°148/2003. Las sustancias a las que hace mención el artículo 14 del Decreto Supremo N°148/2003 incluyen el mercurio, algunos compuestos usados en productos farmacéuticos (nitrato de plata y m- cresol por ejemplo) y otros que pueden ser usados en unidades de apoyo diagnóstico, como son Radiología y Anatomía Patológica (por ejemplo, sulfato de bario y cloroformo). Las soluciones usadas de fijador y revelador generadas en Radiología, así como collarines, delantales y otros elementos plomados de protección radiológica que sean desechados, pueden tener la característica de toxicidad extrínseca. Servicios Generales puede generar desechos electrónicos, baterías usadas de níquel-cadmio o de plomo, y residuos de pinturas que en caso de CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 9 contener plomo, cromo o cadmio, también pueden presentar la característica de peligrosidad. D. INFLAMABILIDAD: Es la capacidad para iniciar la combustión provocada por la elevación local de la temperatura; este fenómeno se transforma en combustión propiamente tal cuando se alcanza la temperatura de inflamación. Un residuo tiene la característica de inflamabilidad si presenta cualquiera de las propiedades señaladas en el Decreto Supremo N°148/2003, por ejemplo, si es una sustancia oxidante, un gas comprimido inflamable, o si es líquido y tiene un punto de inflamación inferior a 61°C en ensayos de copa cerrada. Los residuos consistentes o contaminados con productos farmacéuticos que contienen sustancias tales como alcohol, colodión elástico, nitrito de amilo o nitrato de plata, o con sustancias usadas en unidades de apoyo diagnóstico, por ejemplo, xileno, tolueno, metanol o permanganato de potasio en Anatomía Patológica, o nitrato de plata, acetona, etanol o agua oxigenada en Laboratorio Clínico, pueden tener la característica de inflamabilidad. E. REACTIVIDAD: Es el potencial de los residuos para reaccionar químicamente liberando en forma violenta energía y/o compuestos nocivos ya sea por descomposición o por combinación con otras sustancias. Un residuo tiene la característica de reactividad si presenta cualquiera de las propiedades señaladas en el Decreto Supremo N°148/2003, por ejemplo, si genera gases tóxicos en contacto con agua, contiene cianuros o sulfuros y puede generar gases tóxicos en contacto con bases o ácidos fuertes, o si es un explosivo de acuerdo a la legislación vigente. Las baterías usadas de litio y los residuos consistentes o contaminados con sustancias tales como ácido pícrico (usada en laboratorios de histología) o azida de sodio (usada por ejemplo en reactivos de diagnóstico in vitro) pueden tener la característica de reactividad. F. CORROSIVIDAD: Es la capacidad de un residuo de producir lesiones más o menos graves a los tejidos vivos o desgastar a los sólidos, mediante procesos de carácter químico. Un residuo tiene la característica de corrosividad si es acuoso y tienen un pH inferior o igual a 2 (muy básico) o mayor o igual a 12,5 (muy ácido), o si es un líquido capaz de corroer metales, por ejemplo tambores u otros contenedores metálicos. Los residuos consistentes o contaminados por ácidos sulfúrico, clorhídrico, nítrico y crómico, o soluciones alcalinas de hidróxido de sodio o amoníaco, pueden tener la característica de corrosividad. CATEGORÍA 2: RESIDUOS RADIACTIVOS DE BAJA INTENSIDAD Se entiende como Residuos Radiactivos a aquellas materias que contienen o están contaminadas por sustancias radiactivas y cuya actividad específica sea superior a 74 becquerel por gramo 2 ó milésimas de microcurie por gramo. La segregación, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de estos residuos, debe realizarse conforme a la legislación vigente y otras disposiciones específicas establecidas al efecto por las autoridades competentes. La estrategia de CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 10 manejo interno es el “decaimiento radiactivo” o en definitiva la disposición final a una empresa debidamente autorizada. Los residuos generados en Establecimientos de Atención de Salud generalmente contienen radionucleidos de vida media corta. En medicina nuclear sobre el 90% de los exámenes se realizan con 99mTc, cuya vida media es de 6 horas, no obstante, algunos procedimientos terapéuticos precisan el uso de radionucleidos con vida media más larga, como 60Co y 137Cs que tienen una vida media de 5,3 y 30 años respectivamente. CATEGORÍA 3: RESIDUOS ESPECIALES Son aquellos que contienen o pueden contener agentes patógenos en concentraciones o cantidades suficientes para causar enfermedad a un huésped susceptible. En esta categoría se incluyen los siguientes residuos: a) Cultivos y muestras almacenadas: Residuos de la producción de material biológico; vacunas de virus vivo, placas de cultivo y mecanismos para transferir, inocular o mezclar cultivos; residuos de cultivos; muestras almacenadas de agentes infecciosos y productos biológicos asociados, incluyendo cultivos de laboratorios médicos y patológicos; y cultivos y cepas de agentes infecciosos de laboratorios. b) Residuos patológicos: restos biológicos, incluyendo tejidos, órganos, partes del cuerpo que hayan sido removidos de seres o restos humanos, incluidos aquellos fluidos corporales que presenten riesgo sanitario. c) Sangre y productos derivados: incluyendo el plasma, el suero y demás componentes sanguíneos, y elementos tales como gasas y algodones, saturados con éstos. No se incluyen en esta categoría la sangre, productos derivados y materiales provenientes de bancos de sangre que luego de ser analizados se haya demostrado la ausencia de riesgos para la salud. d) Cortopunzantes: residuos resultantes del diagnóstico, tratamiento, investigación o producción, capaces de provocar cortes o punciones. Se incluyen residuos tales como agujas, pipetas Pasteur, bisturís, placas de cultivos y demás cristalería. e) Residuos de animales: cadáveres o partes animales, así como sus camas, que estuvieron expuestos a agentes infecciosos durante un proceso de investigación, producción de material biológico o en la evaluación de fármacos. CATEGORÍA 4: RESIDUOS SÓLIDOS ASIMILABLES Son aquellos residuos que, por sus características físicas, químicas y microbiológicas, pueden ser entregados a la recolección municipal y pueden ser dispuestos en un relleno sanitario cuyo funcionamiento haya sido autorizado de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N°189, del 18 de agosto de 2005, del Ministerio de Salud. Los residuos sólidos asimilables están compuestos por papel, cartón, metales, vidrio y restos de comida de oficinas, comedores, cafetería, salas de espera y similares, incluso los residuos de jardinería. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 11 Se incluyen en esta categoría a los residuos especiales que hayan sido sometidos a tratamiento previo y los residuos radiactivos cuya actividad haya disminuido a los niveles de exención establecidos por la autoridad competente. Además, se incluyen los materiales absorbentes, tales como gasas y algodones, no saturados con sangre y sus derivados, así como los residuos de preparación y servicio de alimentos, material de limpieza de pasillo, salas y dependencias de pacientes. Para efectos de desarrollo de programas vinculados a residuos asimilables domiciliarios, resulta muy pertinente conocer las orientaciones de la Regla de las Tres R. Este concepto hace referencia a estrategias para el manejo de residuos que buscan ser más sustentables con el medio ambiente y específicamente dar prioridad a la reducción en el volumen de residuos generados. De esta manera la regla de las tres R implica las siguientes estrategias en manejo de residuos: Reducir, Reutilizar y Reciclar, en este orden de importancia. GENERACIÓN Y SEGREGACIÓN Estimación de Generación de REAS Los tipos de residuos generados en los Establecimientos de Atención de Salud y sus cantidades, varían según el tamaño y complejidad de los establecimientos. La Organización Mundial de la Salud, estima que la generación promedio de residuos hospitalarios en América Latina es de 3 kg/cama/día, variando entre 1,0 y 4,5 kg/cama/día de acuerdo al Centro Panamericano de Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Ambiente. (Aplicación de REAS indica 3,5 Kg/cama día, para un hospital de alta complejidad), de éstos, en promedio, el 80% son residuos sólidos asimilables y el 20% restante son residuos que presentan algún riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente: aproximadamente menos del 5% son residuos peligrosos y radiactivos, por lo que el 15% restante corresponde a residuos especiales. Sin embargo, si la segregación en el punto de generación es inadecuada, los residuos que presentan algún riesgo pueden incrementar significativamente su cantidad, por tanto variar según el total de los residuos. Para estimar la generación de residuos existen varias alternativas, se pueden revisar órdenes de compras y otros registros históricos, obtener información a través de encuestas o entrevistas funcionarios, o realizar muestreos, entre las principales. A nivel referencial, la generación de residuos en kg/día (G), puede estimarse a partir de la siguiente expresión: Basado en el número de camas disponibles en Chile el año 2006 en los sectores público y privado, es decir 37.805 camas, y un índice ocupacional del 70%, se estima que en el país se producen 29.000 t/año de REAS. Por otra parte, en lo que se refiere a este capítulo, la legislación aplicable, al respecto establece que el establecimiento generador, deberá realizar una estimación diaria de REAS, en cada Servicio o zona, desagregada según categorías señaladas en el artículo 4 del Reglamento REAS. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 12 Para ello se recomienda mediante una adecuada programación realizar un levantamiento de cuantificación (tipo y cantidad), por cada área o Unidad, en un día normal de trabajo, a fin de que los datos sean representativos. El presente diagnóstico, permitirá a los Generadores evaluar si están obligados a presentar un Plan de Manejo de REAS e identificar los recursos humanos, financieros y materiales necesarios (contenedores, etiquetas, bolsas, equipos de protección personal, etc.) para dar cumplimiento a las disposiciones del Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud, así como prever y realizar los acuerdos con proveedores de servicios externos, si ello fuese necesario. Los diferentes servicios clínicos, unidades de apoyo y secciones de un Establecimiento de Atención de Salud generan distintos tipos de residuos. En algunas áreas sólo se producen residuos sólidos asimilables, en otras se pueden generar residuos especiales, peligrosos y radiactivos. El manejo de REAS comprende una serie de procesos que se inician con su generación, incluyendo al menos su almacenamiento, transporte y eliminación; comprende las operaciones que se realizan al interior del Establecimiento de Atención de Salud, así como aquellas efectuadas fuera del establecimiento y que involucran a empresas de transporte e instalaciones que prestan servicios de eliminación. El riesgo asociado a los diferentes tipos de residuos condiciona las prácticas operativas internas y externas que se deberán realizar en cada una de las etapas del manejo de los residuos. Separación en origen. El manejo interno comprende al conjunto de operaciones a las que se someten los residuos luego de su generación y que se realizan en el interior del Establecimiento de Atención de Salud, incluyendo la separación en origen, recolección y transporte interno, almacenamiento y, en algunos casos, tratamiento en el lugar. La segregación de los residuos es de suma importancia y una clasificación incorrecta puede ocasionar problemas posteriores. La mezcla de residuos de distintas categorías no sólo eleva considerablemente los costos del manejo, ya que grandes cantidades de residuos requerirán de un tratamiento especial en lugar de sólo una pequeña cantidad, sino que una separación inadecuada puede exponer a riesgos al personal del establecimiento, al personal que se desempeña en el transporte y eliminación de los residuos, y al público en general. Por ejemplo, si la mezcla de un residuo tóxico con un residuo especial se trata con una tecnología sólo destinada a inactivar patógenos, los constituyentes tóxicos serían eliminados sin haber sido tratados adecuadamente con el consiguiente riesgo de contaminación en el sitio en que se dispongan los residuos y la posible exposición de los trabajadores. También se pueden liberar sustancias tóxicas al aire si los residuos que son tratados en autoclave se han mezclado con sustancias peligrosas como el formaldehido. Por lo anterior, la segregación también es esencial para agrupar los residuos de acuerdo con su potencial de reciclado o con el tipo de tratamiento al que se les vaya a someter. Cada uno de los tipos de residuos debe contar con un recipiente claramente identificado y apropiado. Para mejorar la eficiencia de la segregación de residuos y evitar el uso incorrecto de los distintos contenedores, es recomendable que éstos sean colocados en lugares estratégicos y que el personal sea entrenado y sensibilizado sobre las consecuencias sanitarias, ambientales y económicas de una correcta separación de los residuos. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 13 Los residuos peligrosos sólo se podrán mezclar o poner en contacto entre sí cuando sea de naturaleza similar o compatible. Se recomienda consultar tablas de compatibilidades químicas, además, se recomienda consultar las Hojas de Datos de Seguridad de los productos descartados. Esta segregación deberá mantenerse durante todas las etapas de manejo de los residuos hasta su eliminación. Los residuos radiactivos de baja intensidad deben clasificarse y segregarse en el mismo servicio en que se han generado, según las categorías y forma que establezca la autorización de operación de la instalación otorgada por la autoridad competente. Los residuos radiactivos se pueden segregar según su naturaleza y en correspondencia con las opciones de tratamiento y acondicionamiento disponibles. En general se recomienda una segregación inicial teniendo en cuenta su vida media, separando sólidos y líquidos. En caso de producirse una mezcla de residuos sólidos asimilables con residuos de otras categorías, ésta deberá manejarse de acuerdo a lo prescrito para el residuo de mayor riesgo. Por su parte el manejo de mezclas de residuos que incluyan dos o más de las siguientes categorías: residuos peligrosos, residuos radiactivos de baja intensidad o residuos especiales, deberá ser realizado considerando las características de riesgo de todos los residuos presentes en ella. Con respecto al orden de preponderancia de las características de peligrosidad, se recomienda consultar el Anexo B de la Norma Chilena Oficial NCh382.Of2004, “Sustancias peligrosas - Clasificación general”. Contenedores Cada zona de generación de residuos debe contar con un número adecuado de contenedores según las categorías de residuos que en ella se generan, y de tamaño apropiado a la cantidad prevista de residuos que se generarán y sus respectivas frecuencias de recogida. Los contenedores deben estar perfectamente identificados y marcados, del color correspondiente a la categoría de residuos que se va a depositar en ellos, y deben ubicarse en lugares previamente determinados y debidamente identificados. Todo contenedor que muestre deterioro o problemas en su capacidad de contención y manipulación debe ser reemplazado. Los contenedores reutilizables o desechables utilizados en Establecimientos de Atención de Salud deben cumplir las especificaciones señaladas: Especificaciones de los contenedores: ▪ Los contenedores de residuos especiales deben ser de color amarillo y los contenedores de residuos sólidos asimilables deben ser de color gris o negro. ▪ Deben estar construidos con materiales resistentes a los residuos contenidos, estar diseñados para resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación y ser estancos. ▪ Los contenedores reutilizables deben ser de material lavable y resistente a la corrosión (por ejemplo de polietileno de alta densidad). ▪ Deben estar provistos de tapa de cierre ajustado y asas que faciliten su manipulación. ▪ Deben tener bordes romos y superficies lisas. ▪ Deben tener un volumen no mayor a 110 litros, en el área de generación. La capacidad de los contenedores deberá ser tal que una vez llenos puedan ser manipulados por una sola persona cómodamente, sin perjuicio de lo establecido en la Ley N°20.001, del 28 de enero de CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 14 2005 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que regula el peso máximo de carga humana, y su reglamento. Los contenedores de residuos cortopunzantes deben ser impermeables, rígidos y resistentes a caídas, cortes y punzonamientos (generalmente son de polietileno o polipropileno). Es recomendable que estén provistos de un sistema que impida extraer los objetos descartados. Estos recipientes no deben llenarse más de de su volumen para que puedan ser cerrados de forma segura. En el interior de cada contenedor reutilizable se debe colocar una bolsa de plástico (habitualmente de polietileno de alta densidad) de medidas y espesor adecuados al contenedor, generalmente con una capacidad al menos 20% mayor de la capacidad del contenedor. Su extremo superior debe mantenerse doblado hacia el exterior del contenedor (recubriendo los bordes) durante su uso para facilitar su retiro. Las bolsas deben ser de material impermeable, opaco y resistente a los residuos que contienen y a la manipulación. Siempre se deberá respetar los límites de peso de cada bolsa. Debería existir compatibilidad entre el material de las bolsas y contenedores y el proceso de tratamiento elegido. Por ejemplo, si los residuos serán tratados en autoclave, los plásticos termolábiles como el polietileno permiten la penetración de vapor, pero se derriten derramando el contenido; el polipropileno en cambio sí puede resistir la temperatura en el autoclave. Para el caso de incineración deberían emplearse contenedores de plástico no clorados, tales como el polietileno y polipropileno, para evitar la generación de dioxinas y gases ácidos como el cloruro de hidrógeno. Los contenedores de residuos peligrosos serán, en algunos casos, los mismos que contenían los productos al momento de su compra. En todo caso, deben tener un espesor adecuado y estar construidos con materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones. Además, deben estar diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga y el traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados. Sólo se podrán reutilizar contenedores cuando no se trate de residuos peligrosos incompatibles, a menos que hayan sido previamente descontaminados. Los residuos radiactivos de baja intensidad deben recolectarse en contenedores adecuados a las características tanto radiológicas como físicas, químicas y biológicas de los productos que contendrán y deben mantener su integridad para evitar el escape de sustancias radiactivas. Generalmente los residuos sólidos compactables son recogidos en bolsas plásticas transparentes que permiten observar el contenido, y los sólidos no compactables (agujas y otro material cortopunzante) son recolectados en envases rígidos. De cualquier manera, lo anterior debe realizarse en conformidad con la autorización de operación de la instalación, otorgada por la autoridad competente. Etiquetado Todo contenedor en uso debe llevar una etiqueta perfectamente legible, visible y resistente al lavado que indique el tipo de residuo y lo identifique con la dependencia a la que está prestando servicio. Los contenedores destinados al almacenamiento de residuos peligrosos deben estar rotulados indicando las características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la Norma Chilena Oficial NCh2190.Of2003, el servicio o unidad en que se originó el residuo, el código de identificación según el Decreto Supremo N°148/2003* del Ministerio de Salud (artículo 90), y la fecha de su ubicación en la sala de almacenamiento (o la fecha de inicio del llenado del contenedor, si corresponde). Esta obligación es exigible desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminación. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 15 Los contenedores destinados al almacenamiento de residuos peligrosos deben estar rotulados indicando las características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la Norma Chilena Oficial NCh2190.Of2003, el servicio o unidad en que se originó el residuo, el código de identificación según el Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud (artículo 90), y la fecha de su ubicación en la sala de almacenamiento (o la fecha de inicio del llenado del contenedor, si corresponde). Esta obligación es exigible desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminación. Los contenedores destinados al almacenamiento de residuos radiactivos deben marcarse con el símbolo de riesgo radiactivo y con la información señalada en la autorización de operación de la instalación. Todas las indicaciones, incluyendo la actividad del radionúclido en determinada fecha, así como el período de almacenamiento requerido, deben escribirse en letras grandes, visibles a distancia, para evitar el acercamiento del personal encargado. TRANSPORTE INTERNO En el piso Este punto está referido a la ruta desde la unidad generadora hasta una sala de almacenamiento transitorio ubicada en el mismo piso de la unidad de generación. En lo que respecta a recolección y transporte interno, se tiene, la disposición de establecer rutas de recolección, las cuales deben ser definidas en función de los sistemas o mecanismos verticales de transporte (ascensores o montacargas), de tal forma que dichas rutas sean directas y segregadas por tipo de residuo, como también se debe procurar no realizar traslados por vías o rutas limpias o de transito de Usuarios. La recolección se debe realizar en un carro que asegure la estabilidad de los contenedores a transportar, que minimice el ruido, de fácil lavado, y cuyo diseño no obstaculice las operaciones de carga y descarga de los contenedores. Los carros, no pueden ser destinados para otro fin. El traslado puede realizarse directamente en los contenedores si éstos están provistos de ruedas y cumplen las condiciones anteriores. Los contenedores de residuos sólo pueden ser movidos manualmente si su peso total incluido el contenido, no excede de 30 kilogramos; si el peso es superior, se deben mover con equipamiento mecánico. El manejo o manipulación manual de contenedores de residuos de las otras categorías debe considerar lo establecido en la Ley N°20.001, del 28 de enero de 2005 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que regula el peso máximo de carga humana, y su reglamento. Bodega de almacenamiento final Este punto está referido al transporte de residuos desde la sala de almacenamiento transitorio de cada piso hacia la bodega de almacenamiento final del establecimiento. La recolección y traslado de residuos hacia la central de almacenamiento final, obedece de igual forma a las recomendaciones realizadas en lo tratado en Recolección y transporte interno de residuos desde unidad o zona generadora. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 16 Dicha actividad consiste, en trasladar los residuos en forma segura y rápida desde las fuentes de generación hasta la bodega de almacenamiento. El retiro y traslado de todos los residuos deberá realizarse a través de un procedimiento de trabajo seguro, tomando todas las medidas necesarias para prevenir derrames. El retiro de los residuos especiales y de los sólidos asimilables se debe realizar a lo menos una vez al día o cuando se haya completado la capacidad de los contenedores. Los residuos de otras categorías deben ser removidos de los servicios o zonas de generación de acuerdo con las normas específicas que los rigen. Al anudar o cerrar las bolsas de residuos, el exceso de aire debe ser eliminado teniendo cuidado de no inhalar o exponerse al flujo de aire producido. Una vez cerradas, las bolsas no deben ser abiertas. Si se produce una mezcla de residuos de distintas categorías, el personal no debe por ningún motivo transferir residuos de un contenedor a otro para corregir el error; la mezcla deberá manejarse según lo indicado en las características de los contenedores. Al momento de retirar los residuos se debe sustituir los contenedores usados por contenedores nuevos o aseados, provistos de sus respectivas bolsas nuevas si ello correspondiera. Al anudar o cerrar las bolsas de residuos, el exceso de aire debe ser eliminado teniendo cuidado de no inhalar o exponerse al flujo de aire producido. Una vez cerradas, las bolsas no deben ser abiertas. Si se produce una mezcla de residuos de distintas categorías, el personal no debe por ningún motivo transferir residuos de un contenedor a otro para corregir el error; la mezcla deberá manejarse según lo indicado en las características de los contenedores. ALMACENAMIENTO INTERNO Almacenamiento primario sala de almacenamiento transitoria, dispuestas por piso Según corresponda, dada las características estructurales del establecimiento, además de la disponibilidad física del recinto, se dispondrán de salas de almacenamiento transitorio, en ellas se dispondrán según tipo de residuo, por ende en función de este se dispondrán el cumplimiento de las características estructurales y físicas de dichas salas, a su vez, se deberá procurar la compatibilidad de dichos residuos, por otra parte en todo momento deben disponerse en los contenedores habilitados para dicha función, se señala que dichas salas se deben someter a los mismos estándares de mantenimiento y sanitización de la bodega de almacenamiento final. Bodega de almacenamiento final Todo establecimiento que genere REAS debe contar con una bodega de almacenamiento final para dichos residuos, la que debe contar con autorización sanitaria. Ésta debe ser lavada diariamente al final de la jornada laboral o toda vez que existan derrames. Se debe disponer de personal específico, para las labores de dicha bodega, limpieza y sanitización, trazabilidad (Según señala SIDREP) y control de residuos, son las principales funciones de este personal. El sitio de almacenamiento debe estar ubicado y operado de forma tal que se minimicen las molestias y riesgos de contaminación por microorganismos patógenos u otro tipo de contaminantes presentes en los residuos. Su ubicación debe permitir fácil acceso, maniobra y operación del vehículo recolector CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 17 externo y los carros de recolección interna. La capacidad de la sala o área de almacenamiento deberá ser suficiente para almacenar las diferentes categorías de residuos generados en el establecimiento, considerando el número y tipo de contenedores, y las frecuencias de recolección y de envío a eliminación. Los residuos deben ser almacenados de manera ordenada y atendiendo los criterios de segregación preestablecidos, y en el caso de residuos peligrosos, sus incompatibilidades químicas. Los residuos radiactivos deben almacenarse en el mismo servicio en que se han generado, en conformidad con la autorización de operación de la instalación, hasta alcanzar los niveles de exención establecidos por la autoridad competente. Los residuos peligrosos deben almacenarse en sitios que cumplan las condiciones establecidas a este respecto por el Decreto Supremo N°148/2003 del Ministerio de Salud. La operación de la bodega de almacenamiento debe cumplir con los siguientes requerimientos mínimos: Ingreso restringido a las personas encargadas del manejo de los residuos. Disponibilidad permanente de artículos para mantener el aseo de la sala. Lavado diario y desinfección semanal. Tener, a lo menos, una persona encargada de la operación y mantenimiento de la misma. Disponer de la cantidad de contenedores necesaria para el reemplazo de los contenedores a ser retirados durante la recolección interna. Realizar la maniobra de vaciamiento de los contenedores, cuando corresponda, a través de procedimientos de trabajo seguro. Los contenedores reutilizables usados deben ser sometidos a un proceso de limpieza y desinfección en el área de lavado, usando para ello agua y detergente, aplicándoles finalmente una solución de cloro 0,5% o equivalente, en cantidad superior al 10% en volumen del contenedor. Los residuos especiales deben mantenerse en bolsas cerradas y no pueden ser almacenados por períodos superiores a 72 horas, a menos que se almacenen refrigerados a temperaturas inferiores a 4°C, caso en el que se podrán mantener almacenados hasta por una semana. Los residuos peligrosos sólo se podrán poner en contacto entre sí si son de naturaleza similar o compatible (por ejemplo, la mezcla de ácidos y alcoholes puede dar origen a una reacción violenta, fuego, o generar gases inflamables o tóxicos). Los materiales para evitar en cada caso deben ser consultados en las Hojas de Datos de Seguridad respectivas. Llevar un registro del ingreso y salida de los residuos que incluya la fecha en que se lleva a cabo el envío a eliminación, y la cantidad, en peso o volumen, por categoría de residuos. Limpieza y desinfección de la sala de almacenamiento El procedimiento recomendado es el siguiente: 1) Retirar los contenedores del almacenamiento. 2) Lavar las paredes con agua y detergente utilizando escobillas de arriba hacia abajo. 3) Lavar el piso con agua y detergente utilizando escobillones y secar los pisos. 4) Desinfectar semanalmente con una solución de cloro al 0,5% (u otra solución desinfectante de efectividad equivalente) las paredes y los pisos. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 18 Lavar y desinfectar el equipo de limpieza (escobillas, escobillones, entre otros) con una solución de cloro al 0,5% (u otra solución desinfectante de efectividad equivalente). Es recomendable que las bolsas sean etiquetadas, identificando el servicio o zona de generación de residuos. Tratamiento interno Eliminación en el lugar de generación La entidad generadora podrá considerar la posibilidad de eliminación de los residuos que genera a través de estrategias de tratamiento y eliminación final que serán analizadas en el capítulo pertinente (tratamiento externo o disposición final), pero que están sujetas al proceso de autorización sanitaria. La decisión de tratar los residuos al interior del establecimiento y el método de tratamiento elegido deben determinarse en función del tipo y características de los residuos, eficiencia del método de tratamiento, las condiciones operativas del mismo, y los costos asociados. Cualquiera sea el tratamiento seleccionado, para asegurar su adecuado funcionamiento, la capacitación del personal a cargo de su operación es muy importante. Para llevar a cabo ésta eliminación se requiere de procesos e instalaciones que cuenten con la debida autorización sanitaria. RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE EXTERNO Para esta labor, se debe procurar que los residuos se encuentren correctamente contenidos, embolsados y etiquetados, según corresponda. Por otra parte dicha labor puede ser realizada por el propio establecimiento o por terceros, para ambos casos se debe contar con autorización sanitaria. Los generadores de REAS están sujetos al Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP), este sistema es valido para todo el país y tiene por objeto permitir a la autoridad sanitaria disponer de información completa, actual y oportuna sobre la tenencia de tales residuos desde el momento que salen del establecimiento de generación hasta su recepción en una instalación de eliminación. Tratamiento externo y/o disposición final La Eliminación o disposición se realizará bajo procesos o en instalaciones que cuenten con la autorización sanitaria respectiva. RESIDUOS ESPECIALES: En lo referido al Tratamiento de residuos especiales, se tiene: Mediante Autoclavado: A nivel internacional se reconoce a la esterilización por autoclavado como una de las mejores tecnologías disponibles para el procesamiento de residuos especiales; a nivel nacional, es considerada el método de esterilización más efectiva, económica y rápida disponible en la actualidad. En el autoclavado se emplea calor húmedo para provocar la inactivación de los microorganismos (por coagulación de las proteínas celulares), manteniendo ciertas condiciones de temperatura y presión por un determinado período de tiempo; la humedad CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 19 permite reducir la temperatura y tiempos de exposición necesarios en comparación con la utilización de calor seco. Mediante desinfección por Microondas: Sistema de desinfección basado en la trituración de los residuos y posterior calentamiento interno de la masa triturada mediante la aportación de microondas (radiaciones electromagnéticas de alta frecuencia, 2.450 MHz, y longitud de onda de 12,24 cm). Durante el proceso de trituración se añade agua que, gracias a la acción de las microondas se calienta y convierte en vapor que humedece la masa de residuos (elevando su humedad de 50% a 60% hasta 90% aproximadamente contribuyendo a su desinfección. Para asegurar la desinfección del residuo, se deben alcanzar, durante 25 minutos, temperaturas de 100°C en el interior de la cámara de tratamiento. Mediante Desinfección química: La desinfección química consiste, básicamente, en la destrucción de patógenos a través del contacto de los residuos con un desinfectante de amplio espectro. Esta tecnología es útil para Establecimientos de Atención de Salud cuya generación diaria de residuos especiales no excede de 50 kilogramos. Los residuos se depositan en un recipiente donde son mezclados con el desinfectante líquido, posteriormente, luego de un periodo de contacto con el agente químico, éstos son retirados y escurridos para luego ser transportados a un relleno sanitario. Mediante Incineración: La incineración es un proceso en el cual los residuos son quemados bajo condiciones controladas a altas temperaturas, produciéndose la oxidación de los compuestos orgánicos a CO2, agua y otros productos secundarios de reacción. Los componentes inorgánicos se mineralizan y convierten en cenizas, a menos que pasen a formar parte del gas de combustión. La incineración de residuos especiales debe realizarse en un horno de doble cámara. En la primera cámara se produce la ignición de los residuos, volatilización de la humedad, vaporización de la materia volátil y la combustión del carbono fijo; los gases y humos generados pasan a la segunda cámara de post-combustión. En ambas cámaras se deben alcanzar temperaturas mínimas de operación de 850°C; además, el tiempo de retención de los gases en la cámara secundaria no debe ser inferior a 1 segundo. Para evitar la formación de escoria en la cámara primaria se recomienda que la temperatura no supere 980°C, mientras que la temperatura en la cámara secundaria no debería superar 1.200°C para evitar daños al material refractario y ahorrar combustible auxiliar. En lo referido a la disposición final de residuos especiales, se tiene: Mediante rellenos especialmente autorizados para dichos residuos. Mediante sistema de tratamiento, de lo cual se demuestre eficacia de destrucción de elementos patógenos. Mediante según fosas digestoras, cementerio local, fosas comunes o crematorios, podrán acceder a esta disposición, solo Establecimientos que por razones justificadas ante la autoridad sanitaria, no puedan acceder o disponer a instalaciones de eliminación. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 20 Una vez ya tratado y puestos en su respectiva disposición final de dicho residuo, el responsable en cuestión debe registrar el seguimiento de la actividad en el SIDREP. RESIDUOS PELIGROSOS: Los residuos peligrosos podrán someterse a las operaciones que se señalan a continuación: A. Operaciones que NO conducen a la recuperación de recursos, el reciclaje, la regeneración, el reuso u otros. B. Operaciones que SÍ conducen a la recuperación de recursos, el reciclaje, la regeneración, el reuso u otros. C. Los residuos peligrosos deberán eliminarse en instalaciones que cuenten con la debida autorización sanitaria que comprenda los residuos a eliminar. RESIDUOS SOLIDOS ASIMILABLES: Esta categoría, corresponde a la menos compleja, para lo cual se debe procurar que dicha disposición final, se realice en rellenos sanitarios autorizados para tal efecto. La disposición final es el procedimiento de eliminación de residuos sólidos mediante su depósito definitivo en el suelo. Un relleno sanitario es toda instalación de eliminación de residuos sólidos en la cual se disponen residuos sólidos domiciliarios y asimilables, diseñada, construida y operada para minimizar molestias y riesgos para la salud y la seguridad de la población y daños para el medio ambiente, en la cual las basuras son compactadas en capas al mínimo volumen practicable y son cubiertas diariamente, cumpliendo con las disposiciones del Decreto Supremo N°189, del 18 de agosto d e 2005, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en los Rellenos Sanitarios. Sin perjuicio de lo establecido en el Decreto Supremo N°189/2005 del Ministerio de Salud, los residuos especiales sólo pueden ser eliminados en rellenos sanitarios especialmente autorizados para dichos efectos. MINIMIZACIÓN Estrategia de gestión reducir, reusar y reciclar (3R). La alternativa más efectiva para enfrentar la problemática de los residuos de los Establecimientos de Atención de Salud es minimizar su generación a través de acciones para evitar, reducir o disminuir en su origen, la cantidad y/o peligrosidad de los REAS generados. En la gestión de los residuos se recomienda aplicar una estrategia jerarquizada, la cual señala la siguiente prioridad: minimizar, tratar, disponer. Este orden significa que, desde el punto de vista sanitario-ambiental, así como de rentabilidad en el mediano y largo plazo, la mejor alternativa es CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 21 prevenir evitando o reduciendo la generación de residuos, o minimizando a través de prácticas de reuso y reciclaje. En segundo lugar, si no es posible minimizar un determinado residuo, se debe buscar su tratamiento con el objetivo de eliminar o reducir su peligrosidad antes de su disposición final. Por último, la disposición final del residuo, mediante su depósito definitivo en el suelo. A. REDUCIR O EVITAR EN ORIGEN Si reducimos el problema, disminuimos el impacto en el medio ambiente. Los problemas de concientización, habría que solucionarlos empezando por ésta “R”. La reducción puede realizarse en 2 niveles reducción del consumo de bienes o de energía. De hecho, actualmente la producción de energía produce numerosos desechos (desecho s nucleares, dióxido de carbono). El objetivo sería: Reducir o eliminar la cantidad de materiales destinados a un uso único (por ejemplo, los embalajes). Adaptar los aparatos en función de sus necesidades (por ejemplo poner lavadoras y lavavajillas llenos y no a media carga). Reducir pérdidas energéticas o de recursos: de agua, desconexión de aparatos eléctricos en stands by, conducción eficiente, desconectar transformadores, etc. Ejemplo: reducir la emisión de gases contaminantes, nocivos o tóxicos evitará la intoxicación animal o vegetal del entorno si llega a cotas no nocivas. Países europeos trabajan con una importante política de la reducción, y con el lema: La basura es alimento (para la tierra) producen productos sin contaminantes (100% biodegradables), para que cuando acabe su vida útil no tenga impacto en el medio, o éste sea lo más reducido posible. Algunas de las alternativas que el Generador puede evaluar para evitar o reducir la generación de residuos peligrosos ó contaminados en el origen se indican a continuación: 1) Sustitución de Materias Primas. En algunos casos es posible reemplazar materias primas de carácter peligroso por materias primas de carácter no peligroso. Ejemplos de sustitución de materias primas: Cambio de termómetros clínicos de barra mercurial (Residuo Peligroso) por alternativas digitales. Cambio en el uso de Xileno (Residuo Peligroso), por el D-Limoneno Cambio en el uso de Glutaraldehido (Residuo Peligroso) por el Ortoftaldehido Cambio en la esterilización con Oxido de Etileno por Esterilización con Formaldehido a baja concentración. Uso de resinas, porcelanas u otros a cambio del uso de Amalgama en Odontología. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 22 2) Modificaciones en el proceso productivo Se pueden investigar formas alternativas para ejecutar operaciones que generan residuos peligrosos o contaminados: Ejemplos de modificación en el proceso productivo: Uso de cápsulas pre-dosificadas de Amalgama en Odontología Implementación de tecnología de imagenología digital que no genera residuos de revelado respecto de la imagenología convencional. Uso de líquidos que prolongan la vida media de los reactivos de revelado en imagenología 3) Modificación o incorporación de equipos auxiliares Se pueden incorporar equipos nuevos más modernos y eficientes o instrumentos de control para optimizar el proceso. Ejemplos de equipos: Trituradores-compactadores de residuos para reducción de volumen. 4) Sustitución o modificación del producto En algunos casos es posible la modificación del producto a través de cambios en los tipos de materiales utilizados. Ejemplos de modificación del producto: Eliminación del cadmio y mercurio en las pilas. Compra preferencial de productos con menos embalajes. 5) Segregación de residuos La separación de los residuos peligrosos ó contaminados de los residuos no peligrosos ó no contaminados, esta medida puede reducir significativamente la cantidad de residuos totales generados, debido a que la mezcla de residuos peligrosos ó contaminados con residuos no peligrosos ó no contaminados debe manejarse completa como residuo peligroso ó contaminado. Ejemplo de segregación de residuos: Segregación de jeringas usadas no contaminadas de la aguja como elemento cortopunzante. La separación de solventes clorados usados, de solventes no clorados, puede aumentar las opciones de tratamiento o reciclaje y posiblemente reducir los volúmenes que deben ser dispuestos, generando de esta manera un beneficio económico, debido a la disminución en costos de tratamientos. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 23 6) Buenas prácticas operacionales A través de la aplicación de medidas de gestión, se puede reducir la generación de residuos. Entre las buenas prácticas operacionales se puede distinguir: Control de inventarios y capacitación del personal entre otras. Ejemplos de buenas prácticas operacionales: Capacitación del personal: El programa de entrenamiento del personal, es relevante para evitar la generación de residuos peligrosos ó contaminados producto de prácticas inadecuadas y considerando una muy buena práctica operacional. Control de inventarios: Para evitar que las materias primas caduquen y se transformen en residuos peligrosos o contaminados, se puede por ejemplo establecer un procedimiento para la rotación del inventario, que asegure que las materias primas que ingresen primero a la instalación sean las primeras en utilizarse. Inspección periódica de los equipos y de las operaciones para detectar fallas, averías, necesidades de recambio y/o mantenimiento de equipos, control de fallas y fugas. Acordar con los proveedores de las materias primas que éstas sean distribuidas en contenedores retornables y reusables, que no deban ser lavados en las instalaciones. Con esta medida se puede eliminar materiales de empaque y reducir los costos de manejo. En el sitio de almacenamiento de residuos, es recomendable almacenar por separado los distintos tipos de residuos según su peligrosidad, estado líquido o sólido, o principales contaminantes, para aumentar su potencial de reciclaje y recuperación. B. REUSO (REUTILIZACIÓN) Segunda “R” más importante, igualmente debido a que también reduce impacto en el medio ambiente, indirectamente. Ésta se basa en reutilizar un objeto para darle una segunda vida útil. Todos los materiales o bienes pueden tener más de una vida útil, bien sea reparándolos para un mismo uso o con imaginación para un uso diferente. Ejemplos: Utilizar la otra cara de las hojas impresas, rellenar botellas. Las ventajas de reusar o reutilizar residuos entre otras son: Disminución de la cantidad de residuos generados y los costos asociados a su manejo. Disminución en el consumo de materias primas e insumos por mayor eficiencia en su uso. Disminución de las emisiones y descargas generadas producto de la elaboración de materias primas. Ejemplos de reuso de residuos: Los frascos de vidrio, posterior a su limpieza y/o desinfección podrían reutilizarse, en otras actividades. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 24 En documentos internos o informales, se puede imprimir hojas por ambas caras, esto optimiza rendimiento de hojas en un 50%. Impresiones en modalidad borrador (ahorro de tinta) Relleno de tonner de impresoras Uso de envases y contenedores para otros fines C. RECICLAJE Ésta es una de las “R” más populares debido a que el sistema de consumo actual ha preferido usar envases de materiales reciclables (plásticos y bricks, sobre todo), pero no biodegradables. De esta forma se necesita el empleo de personal y energía en el proceso. Ejemplo: El vidrio y la mayoría de los plásticos se pueden reciclar calentándolos hasta que se funden y dándoles una nueva forma. Es como utilizar algo de su principio, aunque la eficiencia no es del cien por cien en general. En el caso del vidrio en concreto, sí es completamente reciclable: de una botella se podría obtener otra botella. Las ventajas de reciclar residuos son las mismas que las mencionadas en el apartado de reuso. Ejemplos de reciclaje de residuos: Reciclaje de recipientes y contenedores usados. Reciclaje de vidrios Reciclaje de papeles y cartones Reciclaje de plásticos Reciclaje de metales (aluminio, hierro, acero, cobre, otros) Reciclaje de líquido fijador en radiología convencional. Reciclaje de solventes usados. Reciclado de aceites usados CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 25 Unidad 3: Herramientas de Gestión de Residuos Para efectos de una implementación más eficaz, del Sistema de Gestión en el manejo de Residuos en los Establecimientos de Atención de Salud, existen por una parte herramientas propuestas por la misma legislación tales como: Planes de Manejo. Planes de Contingencia. Herramientas propuestas por las Normas ISO. Implementación y desarrollo de sistemas de información y registro. Informatización de los sistemas de información y registro. PLANES DE MANEJO DE REAS El Plan de Manejo de REAS describe los procedimientos técnicos y administrativos necesarios para dar cumplimiento al Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud y lograr que el manejo interno y la eliminación de los REAS se hagan con el menor riesgo posible. Todo Establecimiento de Atención de Salud que genere mensualmente más de 1 tonelada de residuos especiales deberá presentar ante la Autoridad Sanitaria respectiva un Plan de Manejo de REAS. Si bien la obligación de presentar un Plan de Manejo de REAS se determina en base a la cantidad generada de residuos especiales, su elaboración debe considerar todos los residuos generados en el establecimiento, incluyendo aquellos de categorías distintas, es decir, residuos peligrosos, radiactivos de baja intensidad, y sólidos asimilables. Del mismo modo, el Plan debe incluir todo residuo generado al interior del establecimiento, aún cuando sea producido como resultado de algún servicio prestado por terceros. En el caso particular de los residuos peligrosos, los establecimientos que anualmente den origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o más de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad, deben contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos presentado ante la Autoridad Sanitaria. Los establecimientos que no están sujetos a presentar un Plan de Manejo de REAS deberán igualmente cumplir con las disposiciones generales del Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud. Del mismo modo, los generadores que no están obligados a sujetarse a un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos deberán cumplir con las otras obligaciones señaladas en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Diagnóstico del manejo dentro del establecimiento Previo a la elaboración de un Plan de Manejo de REAS, es recomendable que los Establecimientos de Atención de Salud realicen un diagnóstico del manejo que se está dando a los residuos para obtener para cada servicio o unidad, y para el conjunto del establecimiento, un inventario de la naturaleza y cantidad de los residuos generados. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 26 El procedimiento a realizar comprende: ✓ Identificar las fuentes de generación y las categorías de residuos que se generan en cada una de ellas. ✓ Determinar la cantidad promedio por categoría de residuo generado en los diferentes servicios. Obtener información de los aspectos administrativos y operativos del manejo de los residuos en el ✓ establecimiento, por ejemplo responsabilidades del personal (tareas, ámbitos de competencia, etc.), recursos asignados, políticas, normas, procedimientos o instructivos aplicables. ✓ Recopilar información sobre los costos vinculados con la eliminación de cada tipo de residuo. El diagnóstico permitirá a los Generadores evaluar si están obligados a presentar un Plan de Manejo de REAS e identificar los recursos humanos, financieros y materiales necesarios (contenedores, etiquetas, bolsas, equipos de protección personal, etc.) para dar cumplimiento a las disposiciones del Reglamento, así como prever y realizar los acuerdos con proveedores de servicios externos, si ello fuese necesario. Procedimientos técnicos y administrativos de un plan El Plan deberá incluir todos los procedimientos técnicos y administrativos necesarios para dar cumplimiento a las disposiciones del Reglamento y lograr que el manejo interno y la eliminación de los residuos se hagan con el menor riesgo posible. Dicho plan deberá contemplar al menos los siguientes aspectos: Estimación de la cantidad diaria generada de REAS en cada Definición del perfil y obligaciones del servicio o zona del establecimiento, desagregada según las responsable y demás personal a cargo categorías señaladas en el artículo 3 del Reglamento. de la implementación del plan. Planos simplificados del establecimiento indicando la ubicación de: Sitios designados para la colocación de los contenedores Programa de capacitación para el en las zonas de generación. personal encargado del manejo de Sala de almacenamiento. REAS. Recorridos de recolección. Instalación de eliminación, si corresponde. Los procedimientos de manejo interno de los REAS: incluyendo Programa de vigilancia de salud para el segregación, transporte interno y almacenamiento para cada una de personal encargado del manejo de las categorías de REAS que se generen en el establecimiento. REAS. Sistema de registro de contenedores con residuos que ingresan al sitio de almacenamiento, que incluya para cada uno de ellos la siguiente información: Servicio o zona de generación. Plan de contingencia. Categoría de residuos. Cantidad almacenada. Fecha de ingreso a la sala de almacenamiento. Fecha de envío y cantidad despachada a eliminación. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 27 PLAN DE CONTINGENCIA EN REAS Los establecimientos que generan REAS deberán contar con un Plan de Contingencias, en el que se describan las medidas para controlar eventuales situaciones de emergencia por manejo de residuos. Este plan deberá contemplar al menos lo siguiente: 1. Medidas de control o mitigación. 2. Capacitación del personal que maneja residuos. 3. Identificación de las responsabilidades del personal. 4. Sistema de comunicaciones, fijo o portátil, para alertar a las autoridades competentes. 5. Identificación, ubicación y disponibilidad de personal y equipo necesario para atender las emergencias. 6. Listado actualizado de los organismos públicos y personas a las que se deberá dar aviso inmediato en el caso de ocurrir una emergencia. Considerar, al menos, la comunicación con la autoridad sanitaria, Carabineros, Bomberos y la Oficina Regional de Emergencia cuando la emergencia sea de magnitud tal que pueda afectar la salud y/o seguridad de las personas o del ambiente. Diagrama de la organización El Plan de Contingencias deberá presentar el diagrama de la organización interna del establecimiento en materia de “contingencias” y definir el alcance de las responsabilidades, funciones y atribuciones de cada uno de los actores que participa. Se deberá incluir el esquema de notificación de alarma ante contingencias. Todo el personal que maneje REAS deberá conocer el procedimiento que debe observarse para dar aviso inmediato de contingencias ocurridas. Las medidas de respuesta frente a emergencias deberán garantizar: La limitación, en la mayor medida posible, de la exposición del personal durante las operaciones. La limitación, en la mayor medida posible, del impacto para el medio ambiente. Los procedimientos correspondientes a los diferentes tipos de emergencias deberán enunciarse por escrito. Deberán establecerse las medidas de control y procedimientos para actuar frente a un eventual derrame, incluyendo procedimientos de limpieza, protección del personal y manejo de los residuos y de cualquier otro material contaminado que se haya generado durante la emergencia. Tratándose de derrames de residuos peligrosos, especiales o radiactivos, se recomienda que la limpieza esté a cargo de personal específicamente designado y capacitado. Deberá establecerse un programa de respuesta para una inmediata reacción frente a lesiones o a la exposición a una sustancia peligrosa, incluyendo al menos medidas inmediatas de primeros auxilios, asistencia y supervisión médica, y exámenes de sangre o de otro género, si corresponde realizarlos. Incidentes en el manejo de REAS Todo el personal que maneje REAS deberá estar adecuadamente preparado para las medidas de respuesta y deberá en todo momento tener fácil acceso al equipo necesario, que debe estar CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 28 disponible a una distancia razonable, a fin de hacer posible una respuesta adecuada en forma segura. Todos los accidentes o incidentes, incluidos los que hayan estado a punto de producirse, los derrames, los daños en contenedores, los casos de separación inadecuada o cualquier incidente con material cortopunzante, deben ser informados a la persona responsable de la ejecución del Plan de Manejo de REAS. El incidente deberá ser investigado para establecer las causas y, si es posible, las posibles medidas para impedir la recurrencia. Las emergencias asociadas a derrame de residuos especiales, que ocurran durante el transporte deberán ser controladas mediante un procedimiento que, al menos, considere lo siguiente: 1. El conductor deberá dar aviso inmediato de la contingencia ocurrida a las autoridades pertinentes. 2. Deberán utilizarse los equipos de protección personal de acuerdo a los residuos transportados (por ejemplo, uso de guantes según el riesgo y pechera plástica). 3. Deberá delimitarse la zona del derrame. 4. Deberán recogerse los líquidos con material absorbente. 5. Se deberán recuperar los residuos derramados en bolsas o contenedores especiales. 6. Todo el material utilizado y los residuos recuperados deberán ser manejados como residuos especiales. SALUD OCUPACIONAL 1. Consideraciones de Salud Ocupacional frente al manejo de REAS. Riesgos para la Salud. Los residuos sólidos asimilables no crean mayores peligros sanitarios o de otro género que los residuos sólidos domiciliarios municipales inadecuadamente manejados, sin embargo, los residuos especiales, peligrosos o radiactivos, presentan riesgos de diversa índole debido a su contenido de sustancias con efectos tóxicos, objetos cortopunzantes o agentes patógenos, o a su carácter radiactivo, inflamable o corrosivo. El riesgo potencial aumenta al mezclarse residuos de distintas categorías debido a una separación inadecuada. Todas las personas expuestas a residuos especiales, peligrosos o radiactivos están potencialmente en riesgo de sufrir efectos adversos a la salud (enfermedades o lesiones), incluyendo personas que trabajan en Establecimientos de Atención de Salud y personas que manejan estos residuos fuera de dichos establecimientos o están expuestas a los mismos como consecuencia de su mal manejo. Principales personas en situación de riesgo. ▪ Personal médico y no médico tales como enfermeras y auxiliares de enfermería, personal de laboratorio, mantenimiento y servicios generales. ▪ Pacientes. ▪ Trabajadores de servicios de apoyo a los Establecimientos de Atención de Salud tales como lavandería, manejo y transporte de residuos. ▪ Trabajadores en instalaciones de eliminación de residuos tales como rellenos sanitarios e incineradores. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 29 a) Riesgos por Residuos Peligrosos (categoría 1): Los residuos peligrosos pueden causar efectos tóxicos a través de una exposición aguda o crónica, mediante absorción a través de la piel o las membranas mucosas, o por inhalación o ingestión. El riesgo que corren los trabajadores que manipulan estos residuos obedece a los efectos combinados de la toxicidad de los residuos y la magnitud de la exposición que puede producirse durante su manejo o eliminación. Especial consideración merecen los restos de medicamentos antineoplásicos no aptos para el uso terapéutico y todo el material desechable que haya estado en contacto con dichos medicamentos, que tienen propiedades carcinogénicas, mutagénicas o teratogénicas, produciendo a su vez efectos locales irritativos, vesicantes o alérgicos. El contacto con residuos inflamables, corrosivos o reactivos puede provocar lesiones a la piel, ojos o membranas mucosas de las vías respiratorias, siendo las lesiones más comunes las quemaduras. Los residuos consistentes o contaminados por desinfectantes son especialmente relevantes porque se utilizan en grandes cantidades y suelen ser corrosivos. b) Riesgos por Residuos radiactivos de baja Intensidad (categoría 2): Los efectos que pueden causar los residuos radiactivos son determinados por la duración y el tipo de exposición, pudiendo variar desde dolores de cabeza, mareos y vómitos hasta problemas mucho más serios. Debido a que los residuos radiactivos son genotóxicos, también pueden causar daño al material genético. La manipulación de algunas fuentes selladas puede causar graves lesiones tales como la destrucción de tejidos e incluso conducir a la necesidad de amputaciones. Los riesgos asociados a los residuos radiactivos de baja intensidad pueden originarse de la contaminación de las superficies externas de los contenedores o del almacenamiento inadecuado de los residuos. Si bien es improbable que causen daños de igual magnitud a los referidos anteriormente, la exposición a todos los niveles de radiación se considera vinculada con cierto riesgo, aunque pequeño, de carcinogénesis. c) Riesgos por Residuos Especiales (categoría 3): Los residuos especiales pueden contener una gran diversidad de agentes patógenos, aunque no todos pueden transmitirse por contacto a seres humanos. Los organismos pueden entrar al cuerpo a través de heridas o cortes en la piel, mucosas y, en casos infrecuentes, inhalación e ingestión; la combinación del número de organismos en el ambiente, su virulencia y la resistencia del individuo, determinarán finalmente si la persona contrae o no una determinada enfermedad. La existencia de bacterias resistentes a antibióticos y desinfectantes en Establecimientos de Atención de Salud también puede contribuir a los riesgos que pueden presentar los REAS mal manejados. La presencia de organismos patógenos en los residuos no es condición suficiente para la transmisión de infecciones, además debe existir: Un huésped susceptible que es el que va a ser infectado, Una puerta de entrada (ojos, piel, vía respiratoria) que permita a este microorganismo ponerse en contacto con el huésped susceptible, y El microorganismo patógeno ha de estar en cantidad y virulencia suficientes para poder causar la infección. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 30 Los residuos que representan mayor riesgo para la salud humana son los cultivos de agentes patógenos y el material cortopunzante contaminado. Sólo el 1% de los accidentes con cortopunzantes afecta a trabajadores hospitalarios que tienen alguna participación en el manejo de dichos elementos después de su uso clínico, no obstante, los residuos cortopunzantes han sido señalados como la causa principal de enfermedades evitables vinculadas con el manejo de REAS. Las principales enfermedades de cuidado son las infecciones que pueden ser transmitidas por la introducción subcutánea del agente patógeno; por ejemplo, infecciones virales en la sangre. Estudios epidemiológicos indican que una persona que se lesiona con una aguja utilizada con un paciente infectado tiene un 30%, un 1,8% y un 0,3% de probabilidades de resultar infectada por el virus de la Hepatitis B (VHB), virus de la Hepatitis C (VHC) y el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), respectivamente. La diferencia se explica en parte por la mayor viabilidad de los virus de la hepatitis en el ambiente y por la infectividad inherente de cada agente. El VHB es muy persistente en el aire seco y puede sobrevivir varias semanas sobre una superficie, también es resistente a exposiciones breves a agua hirviendo; el virus puede sobrevivir la exposición a etanol 70% y hasta 10 horas a una temperatura de 60°C. Una dosis infectante del VHB o VHC también puede sobrevivir hasta una semana en una gota de sangre atrapada en una aguja hipodérmica. En contraste, el VIH no sobrevive más de 15 minutos al ser expuesto a etanol 70% y sólo 3-7 días a temperatura ambiente; el virus es inactivado a 56°C. 2. Prevención de riesgos laborales. Sin perjuicio de lo establecido en el Decreto Supremo N°40 del 11 de febrero de 1969 del Ministerio del Trabajo, que aprueba el Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales, o en el Decreto Supremo N°594 del 15 de septiembre de 1999 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, el personal que realiza actividades de recolección, selección, transporte y/o eliminación de residuos generados en Establecimientos de Atención de Salud debe ser capacitado en relación a los riesgos a los que está expuesto y a las medidas de prevención que deben adoptar. En esencia el Programa de Prevención de Riesgos para el manejo de REAS deberá contemplar, a lo menos, la identificación y etiquetado de riesgos, la definición de elementos de protección personal adecuados al riesgo, las capacitaciones genéricas y específicas que sean necesarias y las evaluaciones ambientales y de riesgo ergonómico asociado a las actividades de manejo. a) Equipos de protección personal recomendados. Los equipos de protección personal no eliminan los riesgos laborales, sino que proporcionan una barrera entre un determinado riesgo y la persona, reduciendo las consecuencias de un posible daño causado por un accidente o enfermedad profesional. Por consiguiente, los elementos de protección personal sólo deben utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o limitar lo suficiente a través de otras medidas preventivas. Cualquiera sea el equipo de protección personal que se tenga que utilizar frente a un determinado riesgo, éstos deben ser seleccionados por profesionales especializados, y deben ser usados por los trabajadores permanentemente mientras se encuentren expuestos al riesgo. No son elementos de protección personal la ropa de trabajo común y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores. Todo trabajador que maneja residuos debe tener acceso a los elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir y debe recibir el adiestramiento necesario para su correcto empleo. El personal que realiza las funciones de retiro de residuos especiales debe al menos contar con ropa y CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 31 zapatos de trabajo, y guantes resistentes a desgaste y punción; el personal que realiza lavado de recipientes o contenedores debe además contar con pechera o delantal impermeable y botas de goma de media caña. ▪ Overol de material resistente de uso exclusivo para las operaciones vinculadas con el manejo de residuos. ▪ Zapatos de trabajo. ▪ Guantes de PVC, impermeables, resistentes a cortes y punciones. ▪ Botas de goma o PVC de media caña, impermeables, con puntera y plantilla de acero para resistir impactos y pinchaduras en la planta del pie. ▪ Pechera o delantal de plástico, impermeable, para proporcionar protección contra sustancias corrosivas o atmósferas húmedas. ▪ Anteojos de seguridad o antiparras (si existe riesgo de proyección de partículas o de exposición a salpicaduras, aerosoles o gases). ▪ Mascarilla (si existe riesgo de exposición a salpicaduras o aerosoles). ▪ Respirador con filtro químico o para partículas (si existe riesgo de exposición a gases o polvos). Los elementos de protección personal son de uso personal, deben mantenerse en buen estado de limpieza y funcionalidad (si es necesario deben cambiarse por otro nuevo) y deben almacenarse luego de su uso, en un lugar apropiado de fácil acceso y donde se evite su deterioro. La necesidad de uso de elementos de protección personal específicos, cuando corresponda deberá indicarse claramente por medio de señalización visible y permanente, colocada al menos en los vestidores y en la sala de almacenamiento de residuos. b) Capacitación Se deberá incluir un Programa de Capacitación para informar al personal encargado del manejo de REAS acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. El contenido del programa de capacitación deberá ser revisado periódicamente y actualizado cuando sea necesario. Se recomienda considerar la repetición periódica de los cursos de capacitación para mantener los conocimientos adquiridos y capacitar al personal nuevo y al existente al que se haya asignado nuevas obligaciones. Los instructores deberán poseer experiencia en la materia de enseñanza y capacitación, estar familiarizados con los riesgos y prácticas del manejo de REAS. Las necesidades de capacitación dependerán del tipo de operaciones que cumpla el personal. En función de las obligaciones respectivas, se requerirá capacitación sobre ámbitos específicos (por ejemplo operación de incineradores). En general, se recomienda que el personal encargado del manejo de REAS sea capacitado al menos, en los siguientes aspectos: Legislación ambiental y sanitaria vigente. Información sobre los riesgos ambientales y sanitarios vinculados con el manejo de REAS. Instrucciones sobre uso de elementos de protección personal. Plan de Manejo de REAS elaborado por el Generador. Procedimientos de manejo interno de REAS. CÁPSULA GESTIÓN DE REAS | 32 Responsabilidades asignadas. Procedimientos que deben observarse frente a derrames y accidentes. c) Evaluación ergonómica Se deberá incluir un programa de evaluación y vigilancia de los riesgos ergonómicos que impliquen las actividades de recolección, almacenamiento, transporte y/o eliminación de