Glosario de Términos U1 La Crisis del Antiguo Régimen (1788-1833) PDF
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Este documento proporciona un glosario de términos relacionados con la crisis del Antiguo Régimen (1788-1833). Se definen conceptos como Antiguo Régimen, absolutismo, monarquía absoluta, soberanía, soberanía nacional y mucho más. El documento es útil para estudiantes que estudian historia o ciencias políticas.
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**Glosario de términos U1 La Crisis del Antiguo Régimen (1788-1833).** **ANTIGUO RÉGIMEN**. - Sistema político, económico y social que se da en los siglos XVI, XVII y XVIII, caracterizado por la monarquía absoluta, la economía cerrada y de base agraria y la sociedad estamental de privilegios. **AB...
**Glosario de términos U1 La Crisis del Antiguo Régimen (1788-1833).** **ANTIGUO RÉGIMEN**. - Sistema político, económico y social que se da en los siglos XVI, XVII y XVIII, caracterizado por la monarquía absoluta, la economía cerrada y de base agraria y la sociedad estamental de privilegios. **ABSOLUTISMO. -** Sistema político en el que el gobernante o la institución que ejerce las funciones de gobierno no tiene limitaciones de tipo jurídico. El absolutismo es, también, la doctrina que propugna, defiende y justifica el sistema político absolutista. **MONARQUIA ABSOLUTA. -** Sistema político predominante a Europa entre los siglos XVI i XVIII, en el que el rey concentra todos los poderes (ejecutivo, legislativo, judicial). Su poder absoluto se justificaba en considerar que le era delegado por voluntad divina. **SOBERANÍA**. - Concepto político que indica el poder del estado libre y no sometido a ningún otro. La soberanía puede ser real, de carácter divino, compartida, nacional o popular. La soberanía compartida entre el rey y las cortes es propia de los sistemas parlamentarios conservadores del siglo XIX. Progresivamente se fue imponiendo la soberanía nacional, concepto de Rousseau. **SOBERANIA DE DERECHO DIVÍNO. -** En el Antiguo Régimen la soberanía de los monarcas era de derecho divino porqué creían y hacían creer que su autoridad era legítima, ya que procedía de Dios, de quien eren sus representantes. **SOBERANÍA NACIONAL. -** El poder político recae en el conjunto de la nación y no está sometida a ninguna otra fuerza externa. Los individuos que integran una nación delegan este poder que por definición poseen y otorgan a sus representantes. **ESTAMENTO. -** Cada uno de los órdenes en que se dividía la sociedad medieval. Se diferenciaban por privilegios de carácter jurídico. El primer estamento era la nobleza. Otro estamento era el clero. Ambos eran privilegiados. **ABDICACIONES DE BAYONA**. - Renuncia al trono de España de Fernando VII y de Carlos IV a favor de Napoleón en la ciudad de Bayona el 30 de abril de 1808. Este último a su vez proclama rey de España a su hermano José, que reúne a algunos españoles en unas \"Cortes\" que votarán al nuevo monarca, y luego se redactará la constitución de Bayona. **REGENCIA. -** Institución que ostenta la Jefatura del Estado tras la muerte o abdicación del rey cuando su sucesor no ha sido elegido o está incapacitado o es menor de edad. Esta institución está regulada en las Constituciones de los Estados monárquicos. También se denomina regencia, la etapa de ejercicio de la misma, es decir, al gobierno transitorio que actúa en nombre del rey/reina hasta que pueda ocupar el cargo. **GUERRILLA. -** Lucha armada irregular de grupos de paisanos contra el opresor, sea un ejército ocupando o el mismo poder constituido. La guerrilla tiene reglas propias, basadas en la preferencia por la emboscada, el conocimiento del terreno, la rapidez de dispersión y de concentración de fuerzas, la complicidad del paisanaje, la solidaridad del grupo y una comunidad de objetivos. **AFRANCESADOS. -** Nombre con el que se conocieron los individuos que colaboraron con el rey José I de España, hermano de Napoleón Bonaparte. Hay que situar la aparición de la palabra hacia el 1811, puesto que antes se habla de cooperación con el invasor, de infidelidad, de traición. **CARTA OTORGADA. -** Conjunto de disposiciones legislativas que a modo de una Constitución es la base legal de un país. Carta constitucional otorgada por un soberano. Se diferencia de una constitución porqué no es obra de una asamblea, no tiene su origen en la soberanía nacional, sino que es el rey quien la \"otorga\" al pueblo. A esta modalidad pertenecen el **Estatuto de Bayona** y el **estatuto de Martínez de la Rosa** en la regencia de María Cristina, en una etapa de transición entre el absolutismo y el liberalismo. **ESTATUTO DE BAYONA**. - Texto legal otorgado por Napoleón Bonaparte a España en 1808, para justificar el cambio dinástico producido por las renuncias de los Borbones, Carlos IV y Fernando VII, en Bayona y la coronación de su hermano José Bonaparte como José I. Fue aprobado en Bayona por una asamblea de "Notables" y que ejercieron la función de Cortes. **CORTES DE CÁDIZ. -** Se conoce como **Cortes de Cádiz** a la Asamblea constituyente inaugurada en San Fernando el 24 de septiembre de 1810 y posteriormente trasladada a Cádiz (Andalucía) hasta 1814 durante la Guerra de la Independencia Española. **SUFRAGIO**. - Sinónimo de voto; es una de las expresiones máximas de un sistema democrático. El sufragio puede ser restringido o censitario y universal. Durante el siglo XIX en España dominó el sufragio censitario, la Constitución del 69 establecía el universal, pero éste se consolido en 1890 bajo el gobierno de Sagasta. **SUFRAGIO CENSITARIO**. - En este sistema electoral sólo pueden votar los ciudadanos que paguen como impuesto a Hacienda una determinada cantidad o aquellos con títulos; el censo, restringe el derecho a ejercer el voto a gran parte de la población, especialmente, mujeres, y a ser elegido como representante de los ciudadanos, a un grupo reducido que debe reunir una serie de requisitos: nivel económico y de instrucción. **SUFRAGIO UNIVERSAL**. - Sistema electoral que permite participar a todos en las tareas del Estado en razón de su ciudadanía sin tener que reunir más requisitos que tener la mayoría de edad fijada por la ley. En España la revolución de 1868 introdujo por vez primera el sufragio universal masculino. **LIBERALISMO. -** Doctrina y sistema que defiende la libertad política y económica como un derecho para todos los hombres. En el siglo XIX, los partidarios del liberalismo político se basaron en unas formas democráticas de gobierno: creación de parlamentos, derecho al voto, igualdad delante de la ley, libertad de prensa, de asociación, de creencias, etc. **MONARQUIA CONSTITUCIONAL. -** Régimen político democrático en el cual el rey, el Jefe del Estado, reina, pero no gobierna, ya que sus actos siempre han de estar avalados por la firma del presidente del gobierno o del ministro que sea responsable. **DIVISIÓN DE PODERES. -** Teoría política divulgada por Montesquieu en su obra \"El espíritu de las Leyes\", según la cual los poderes de realizar las leyes (legislativo), de juzgar (judicial) y de ejecutar y hacer cumplir las leyes (ejecutivo) deben estar separados y ejercidos por personas e instituciones diferentes (asambleas o parlamentos, tribunales y gobiernos, respectivamente). **CONSTITUCIÓN.** Ley fundamental de un estado que establece y garantiza los derechos y deberes de los ciudadanos y regula el sistema de poder, definiendo los órganos y sus formas y funciones, como también el conjunto de relaciones entre ellos. Tiene el carácter de norma programática y corresponde a las disposiciones de rango inferior de hacerla operativa y aplicable; su promulgación es siempre solemne. Puede ser escrita o bien consuetudinaria. **REVOLUCION LIBERAL BURGUESA. -** Se denomina así al proceso que comenzó con la Revolución Francesa y se extendió por toda Europa a lo largo del siglo XIX, mediante el cual pretendía acabar con las viejas estructuras del Antiguo Régimen y reemplazarlas por un nuevo modelo de sociedad. El término ***revolución*** no implica necesariamente que el procedimiento para implantar la nueva sociedad debiera ser violento, sino que los cambios que se plantean deben ser radicales y profundos. Es ***liberal*** porque la ideología que inspira tales transformaciones era el liberalismo; y se denominaba ***burguesa*** porque la clase social que propugnaba los cambios y a la que más beneficiaba era la burguesía, sector rico y próspero del estado llano que aspiraba a ser protagonista de una nueva sociedad y a no seguir relegado social y políticamente en la vieja sociedad estamental y absolutista del Antiguo Régimen. **REALISTAS. -** Nombre con el que fueron conocidos, a partir de las Cortes de Cádiz, los defensores del antiguo régimen y, por tanto, contrarios a la Constitución de 1812 y a la soberanía popular; también fueron denominados absolutistas. **ULTRARREALISTAS. -** Dicho de cada uno de los miembros de la facción política surgida en torno de Carlos María Isidro de Borbón los años 1820-1830. Formada principalmente por militares descontentos, partidarios de un absolutismo a ultranza, propugnaban la sustitución de Fernando VII --- por su hermano Carlos María Isidro. **APOSTÓLICOS. -** Miembros de la facción extrema del absolutismo español desde el año 1823 hasta el comienzo de la primera guerra Carlista. El nombre deriva probablemente del hábito de llamar *junta apostólica* a determinadas reuniones de clérigos; este mismo nombre de *junta apostólica* fue adoptado por una junta constituida en Galicia en1820 para luchar contra el régimen constitucional. **CARLISTAS. -** Partidarios de Carlos María Isidro de Borbón o de sus sucesores que han pretendido la corona de España. **RESTAURACIÓN. -** Período histórico que comienza con la reposición al trono de un rey destronado o del representante de una dinastía expulsada. **CONTRARREVOLUCIÓN**. - Conjunto de medidas contrarias a un modelo revolucionario dado y que tiene como finalidad impedir su llegada o su consolidación. Este puede ser el caso del reinado de Carlos IV, la mayor parte del reinado de Fernando VII, la dictadura de Primo de Rivera, el bienio de derechas o la dictadura franquista **CAMARILLA. -** Grupo de personas, amigos o familiares que, sin reconocimiento oficial y ocultamente, influye sobre las decisiones del monarca o de la autoridad superior del estado. El término tiene su origen en el conjunto de personas que, reunidas delante de la cámara real de Fernando VII, influyeron sobre la conducta política del rei durante los años 1814-1820 y 1823-1833. **REPRESIÓN.-** Acción emprendida, y estado o situación consecuentemente creadas, por una persona o por un grupo o una clase social o política, que tiene un cierto poder o detienen este oficialmente, sobre otra persona o sobre otro u otros grupos sociales o políticos, para mantener una situación determinada, reprimiendo de raíz cualquier manifestación, movimiento o tendencia que puedan, o que cualquiera crea que pueden, entrar en conflicto con dicha situación establecida, la cual es considerada por los que son objeto de la repressión precisamente como injusta y necesitada de transformación. **PRONUNCIAMENTO** Acción que un grupo militar ejecuta contra el gobierno para derribarlo o alterar el sentido de su política. Es de menor volumen que la rebelión y la guerra civil, suele producir pocas víctimas y tiene que triunfar o fracasar en un espacio muy breve de tiempo. **SOCIEDADES SECRETAS**. - Aparecen en el reinado de Fernando VII ligadas al liberalismo. Hay de dos tipos; las sociedades patrióticas que son verdaderos centros de opinión en tertulias realizadas en cafés, tomando el nombre del establecimiento donde se hacen y la masonería, la más importante, como lo demuestra el elevado número de ministros liberales masones durante el trienio, su número de adeptos crece bastante, al tiempo que se acentúa su carácter político. **MILICIA NACIONAL. -** La milicia nacional española fue creada por las cortes (15 de abril de 1814), por medio del decreto, que fue anulado por Fernando VII (5 de mayo de 1814). Restablecida durante el Trienio Constitucional (1820-23), tuvo un papel de protagonista (7 de julio de 1822, cuando la milicia de Madrid derrotó la guardia real). **LIBERALES MODERADOS/DOCEAÑISTAS Y EXALTADOS/ VEINTEAÑISTAS (1820-23)**. Los liberales se dividen entre los que quieren buscar el acuerdo con los absolutistas y renunciar a parte de los avances obtenidos con la Constitución del 12 (moderados/ doceañistas) y los que no (exaltados/veinteañistas). **BANDA DE LA FE.** - Durante el Trienio Constitucional, nombre que se dio a cada una de las partidas absolutistas. Actuaron especialmente en la zona norte de Cataluña. Se destacaron las dirigidas por Juan Costa, por el *Trapense* y por el antiguo republicano Georges Bessièrs. Su actuación facilitó el establecimiento de la Regencia de Urgel (1822), pero, ante los ataques de Espoz y Mina, la mayoría pasaron a Francia. Fueron disueltas en 1824, una vez reestablecido el absolutismo. **SANTA ALIANZA. -** Tratado firmado en París el 26 de septiembre de 1815 por Federico Guillermo III de Prusia, Francisco I de Austria y Alexandre I de Rusia, del cual había surgido la iniciativa. El documento, insólito en la historia diplomática, refleja la extravagante espiritualidad del zar y de sus consejeros, y se relaciona con ciertas corrientes románticas irracionalistas. **DEPURACIÓN. -** Acción política encaminada a mantener y a garantizar la homogeneidad político-ideológica de un régimen político mediante la eliminación de los miembros considerados peligrosos. **MANIFIESTO DE LOS REALISTAS PUROS. -** *Manifiesto de la Federación de Realistas Puros*. Llamamiento publicado en noviembre de 1826 por los voluntarios realistas españoles, partidarios del absolutismo y descontentos por la actitud ligeramente más moderada de Fernando VII. El documento propugnaba un pronunciamiento militar para dar el poder al hermano de Fernando VII, Carlos María Isidro de Borbón. **GUERRA DE LOS "MALCONTENTS". -** O *guerra de los Agraviados*. Alzamiento armado promovido en 1827 en Cataluña por los ultrarrealistas, que consideraban demasiado suave la política represiva de Fernando VII contra los liberales. Las quejas principales se referían a la negativa de reestablecer la inquisición, al indulto otorgado a los liberales, a la permanencia en el ejército y los cargos públicos de gente considerada liberal y a la relegación de los voluntarios realistas (los antiguos guerrilleros del Trienio Constitucional), los jefes de los cuales fueron apartados en bloque del ejército, con licencia ilimitada, y pronto dejaron de percibir los sueldos prometidos.