Manejo Fiscal - Lectura 2 PDF

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Summary

Esta lectura explica los diferentes tipos de impuestos en Colombia, enfocándose en los impuestos directos e indirectos. Se detallan conceptos como el impuesto de renta, el impuesto de remesas, el impuesto de ganancias ocasionales, el impuesto predial y el impuesto de industria y comercio. Además, se describe el impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto del 4x1000, junto con la retención en la fuente.

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**EL MANEJO FISCAL- PARTE 2** **CLASES DE IMPUESTOS** a. **Impuestos directos** Son los que se fijan sobre las rentas de trabajo y la propiedad y, en general, sobre el patrimonio representado en activos físicos como fincas, casas, edificios; o financieros, en el caso de certificados, bonos y tít...

**EL MANEJO FISCAL- PARTE 2** **CLASES DE IMPUESTOS** a. **Impuestos directos** Son los que se fijan sobre las rentas de trabajo y la propiedad y, en general, sobre el patrimonio representado en activos físicos como fincas, casas, edificios; o financieros, en el caso de certificados, bonos y títulos del sec­tor privado. Se denominan directos porque se recaudan directamente de las personas que tienen los ingresos o el patrimonio gravados. El **impuesto de renta**, es el porcentaje de dinero que la **Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN** cobra cada año calendario a las personas naturales y a las empresas sobre el total de sus ingresos. Este impuesto tiene dos impuestos complementarios, remesas y ganancias ocasionales. El **impuesto de remesas** es el que cobra el gobierno a las personas y a las empresas cuando giran o envían al exterior dinero proveniente de rentas. El **impuesto de ganancias ocasionales** es un impuesto que recae sobre los ingresos extraordinarios, prove­nientes de herencias, legados o donaciones, liquidación de sociedades, venta de activos como, por ejemplo, terrenos, fincas, vehículos y ganado. Se aplica también sobre los in­gresos generados por rifas, loterías, apuestas y similares. A nivel regional existen otros **impuestos directos**, **el predial**, **de industria y comercio** y otros menores, como de espectáculos públicos, rifas, juegos, delineación urbana, circulación y tránsito o rodamiento. El **impuesto predial** es el impuesto municipal por excelencia que se cobra por el inmueble que se posea. La tarifa es fijada por el Concejo Municipal, teniendo en cuenta el uso o destinación del inmueble la antigüedad de la formación catastral y el estrato socioeconómico. Se liquida sobre el **avalúo catastral** o el auto avalúo de cada inmueble. El **impuesto de industria y comercio** lo cobran los municipios por el ejercicio de las actividades industriales, comerciales o de servicios, incluyendo las financieras. Se liquida so­bre los ingresos brutos provenientes de esas actividades. b. **Impuestos indirectos** Se trata de aquellos **impuestos** que imponen un sobreprecio a las **mer­cancías** o **servicios**. Se llaman indirectos porque los consumi­dores no los pagan directamente al Estado, sino que quien cobra ese sobreprecio es el que los transfiere. Entre ellos en­contramos los aplicados por la **Aduana** a los productos que ingresan al país, el impuesto a la gasolina, el timbre nacional, el IVA y el 4X1000 **El impuesto de timbre nacional** es un impuesto que se aplica sobre documentos públicos o privados en los que crean, modifican o extinguen obligaciones, y que por lo general implican el traslado de riqueza un sujeto a otro por medio de títulos valores, contratos, etc. La sobretasa a la gasolina es una contribución de carácter municipal y departamental, que se genera en el consumo de gasolina motor extra y corriente, nacional o importada. **El arancel** es un impuesto que recae sobre los bienes que son importados a un país, es decir todos aquellos productos que un país compra del extranjero. También existen aranceles de exportación, pero son menos comunes. **El IVA** El impuesto al valor agregado, es un gravamen de orden nacional e impuesto indirecto que recae sobre el consumo de bienes, servicios y explotación de juegos de azar. El IVA se cobra en el momento de la realización, consumo o compra, de productos, servicios, o transacciones comerciales. En Colombia la tarifa del IVA s del 19%. **Impuesto del 4 x 1000: **En noviembre de 1998 el Gobierno se vio obligado a de­cretar una **emergencia económica**, con el propósito de conseguir dinero para capitalizar y rescatar los bancos del Estado que se encontraban en crisis. Con ese propósito creó el **impuesto transitorio del 2 por 1000** a las transacciones financieras. Se dijo que era temporal y que regiría hasta el 31 de diciembre de 1999. Después, la ley 633 de 2000 le dio carácter de permanente y lo incrementó al tres por mil, y más adelante la ley 863 de 2003 lo subió al cuatro por mil. Ahí se estacionó. En síntesis, el** 4×1000** consiste en que por cada mil pesos que se retiran de una entidad financiera, cuatro pesos se destinan al pago de este impuesto. El **tributo** es recaudado a través de las entidades financieras pero su destinatario final es el Gobierno Nacional. Los movimientos financieros que están sujetos a este impuesto son: **Retención en la fuente** La retención en la fuente es el pago anticipado del **impues­to de renta**, por parte de las personas y las empresas obligadas a presentar **declaración de renta**. En el caso de la mayoría de las personas que no declaran renta y que su ingreso depende en gran medida de una relación laboral, la retención es el impuesto definitivo que deben pagar. La **retención en la fuente** para los salarios o sueldos se efec­túa mediante la aplicación de una serie gradual de porcen­tajes establecidos en la tabla de retención en la fuente, la cual se actualiza cada año de acuerdo con el incremento de la **inflación**. **Gastos del presupuesto** Como en el hogar o en una empresa, el Presupuesto General de la Nación está distribuido en tres rubros o bloques: funcionamiento, inversión y pago de intereses y amortizaciones de las deudas del Gobierno. **Funcionamiento** Por orden de prioridad, el Gobierno emplea el presupuesto para los salarios de los empleados públicos. Igualmente, realiza gastos para atender su operación, por ejemplo, útiles de escritorio, equipos, servicios y arriendos. **Inversión** Este rubro garantiza el mejoramiento de las condiciones de vida de la población. Aquí se incluyen las inversiones en acueductos, redes eléctricas, puentes, hospitales, escuelas, carreteras y otras obras públicas. **Pago de deuda** El Gobierno acude a los bancos del país y del extranjero para obtener crédito y, de esta manera, cubrir sus necesidades de gasto, por lo que debe utilizar dinero del Presupuesto Nacional para cancelar créditos y pagar los respectivos interese. El Gobierno también paga intereses a las personas o entidades que le compran TES (Títulos de tesorería) para financiar los gastos de la Nación. **¿Cuándo hay déficit presupuestal?** Cuando al Gobierno se le reducen los ingresos por impuestos, o sus empresas arrojan pérdidas o aumentan sus gastos de funcionamiento, se produce un desequilibrio que se conoce como Déficit Fiscal, es decir, un faltante en el Presupuesto Nacional y entra menos dinero del que gasta. ¿Cómo se cubre el déficit? Para financiar o cubrir el déficit fiscal los gobiernos tradicionalmente acuden a tres tipos de medidas estratégicas: - Recorte en los gastos de funcionamiento e inversión. - Incremento en los ingresos, elevando las tarifas de los impuestos. - Venta de propiedades del Estado como sus bancos, hidroeléctricas, empresas de energía y telefonía. Este proceso se conoce como privatización, es decir, el traspaso de bienes de propiedad del Estado a los particulares. De una u otra forma, las personas se ven afectadas por cualquiera de las medidas tomadas por un gobierno para controlar un déficit fiscal. **APORTES PARAFISCALES** Los aportes parafiscales son una contribución obligatoria que algunas empresas y empleador deben realizar al Sena, ICBF y cajas de compensación familiar, por cada empleado que tenga. Un pago parafiscal se impone no como un tributo, sino como una obligación que determinadas entidades deben realizar. La contribución parafiscal se caracteriza porque tiene una destinación específica y no va a los fondos generales del Estado, sino a ciertas entidades que han sido facultadas para que los administre. Los porcentajes que el empleador debe pagar por cada uno de los conceptos parafiscales son los siguientes **Cajas de compensación 4%, ICBF. 3%, SENA, 2%** Los aportes parafiscales tienen como finalidad financiar actividades sociales que presta el Estado por intermedio de estas entidades, que a continuación detallamos. **Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)** El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar tiene como objetivo propender por el bienestar de los niños de bajos recursos y de la familia en general. Es una entidad encargada de proteger los derechos de los menores de edad que no cuentan con los recursos necesarios para procurarse los cuidados mínimos necesarios, como el suministro de alimentos, vestido, vivienda o educación. **Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)** El SENA tiene como función capacitar a los colombianos para que adquieran el conocimiento y destrezas necesarias para que logren una adecuada inserción y desempeño en el campo laboral. Para el cálculo del aporte al SENA se excluye el auxilio de transporte, al igual que para los demás aportes parafiscales. **Cajas de compensación familiar** Las cajas de compensación familiar se encargan de administrar los recursos aportados por las empresas, y que tienen como objetivo otorgar un subsidio a los trabajadores que tiene beneficiarios con derecho a él. El subsidio familiar consiste en un apoyo económico que la caja de compensación a la que está afiliado el trabajador, otorga al trabajador por cada beneficiario que este tiene, y que consiste en la entrega de elementos como útiles escolares, medicamentos, ropa o calzado.

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