2do Parcial Ética en Psicología PDF

Summary

This document is a set of lecture notes/class materials for a course on ethics in psychology, likely from Universidad del Valle de Mexico. The lecture notes contain topics regarding ethical dilemmas and situations concerning professional practice in psychology, including decision-making frameworks and various case studies.

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2do parcial Ética en Psicología Relación de artículos para el lunes 14 octubre # Artículos Expone 1 1-3 Yenifer Abril Aguilar 2 4-6 Diana Lopez 3 7-9 Alan Beristain 4 10-12 Sherlyn Alond...

2do parcial Ética en Psicología Relación de artículos para el lunes 14 octubre # Artículos Expone 1 1-3 Yenifer Abril Aguilar 2 4-6 Diana Lopez 3 7-9 Alan Beristain 4 10-12 Sherlyn Alondra Casas 5 13-14 Yamil Cisneros 6 15-16 Isis Cobos 7 17-18 Erika Cortes 8 19-21 María Fernanda Cortes 9 22-23 Astrid de la Cruz 10 24-26 Roberto Domínguez 11 27-28 Daniela Espindola 12 29-31 Yaretzi Espino 13 32-34 Emily Naomi Flores # Artículos Expone 14 35-36 Itzel Dayana 15 37-38 Danna Gabriela Hernandez 16 39-41 Luis E Hernandez 17 42-43 Paola F Hernandez 18 44-46 Camila Hernandez 19 47-49 Paula Hernandez 20 50-51 Zhara Daniela Hernandez 21 52-53 Areli Jimenez 22 54-55 Gustavo Lagunes 23 56-57 Angel Landa 24 58-60 Edith Yamilet Lara 25 61-62 Adriana Levoci 26 63-65 Ana Isabel Lira 27 66-67 Ma Lourdes Llinas 28 68-69 Jessy Lobato 29 70-71 Nahomi Fernanda Lopez # Artículos Expone 30 72-74 Giovanna Loreto 31 75-77 Justin Maria 32 78-80 Keila Martinez 33 81-82 Manuel Melgarejo 34 83-84 Emiliano Mendez 35 85-86 Fatima Mendez 36 87-88 Daniela nuñez 37 89-90 Valeria Ortega 38 91-92 Alondra Osorio 39 93-94 Yaretzi Otarula 40 95 Renata Palacios 41 96-97 Melany Perez 42 98-99 Fernando Perella 43 100-102 Ingrid M Pereda 44 103-105 Amy Ramirez 45 106-107 Frida Buitron 46 108-109 Karla E Ricaño # Artículos Expone 47 110-112 Jacqueline Rodriguez 48 113-114 Frida Romay 49 115-117 Michel Rosas 50 118 Keyla Rosas 51 119-121 Andrea Samaniego 52 122-123 Alfredo Samperio 53 124-125 Allison Sanchez 54 126-128 Lady O Valdez 55 129-131 Andrea Valerio 56 132-133 Yolanda Poot 57 134 Neylan Gomez 58 135-137 Grethel Alvarado 59 138-139 Renata Castañeda 60 140-141 Fernanda Lopez 61 142-144 Felipe Guerrero 62 145-146 Nicole Gatti 63 147 Isabella Carranza Riesgo profesional Los psicólogos se ven obligados a ejercer la profesión en situaciones de incertidumbre, por lo que el riesgo de error o de causar daño a los clientes es real. El riesgo cero no existe, los psicólogos no pueden pretender actuar profesionalmente eliminado todos los riesgos. Cultura de la seguridad según la cual uno tiene que anticipar los riesgos y protegerse. Una postura positiva y activa desde el punto de vista ético posiblemente sea mejor manera de garantizar la mejor calidad y seguridad en nuestro ejercicio profesional. La idea básica es que los psicólogos deberían monitorizar su propia conducta, de tal manera que se comporten con el máximo respeto por los principios éticos y los estándares que guían la profesión. Chamarro, 2018 INTROSPECCIÓN Conductas de riesgo Knapp y VandeCreek (2006) mencionan: la ignorancia, la incompetencia, la impulsividad, la insensibilidad, la falta de insight y la documentación incompleta. ¿Cómo se pueden contrarrestar? Es recomendable establecer una relación profesional (rapport) que facilite el tratamiento. Ser prudente es una actitud útil. Integrar la moral individual y la ética profesional facilita la práctica de la ética positiva. Toma de decisiones éticas Es una habilidad en solución de problemas. Tenemos un problema cuando necesitamos conseguir un objetivo u obtener un resultado y no disponemos de un camino rápido y directo que nos lleve a él. Este modelo de solución de problemas tiene por objetivo aumentar nuestra probabilidad de tomar buenas decisiones éticas y representa una pauta de toma de decisiones en situaciones de crisis y emergencia (Knapp y VandeCreek, 2006). 5 etapas: a) identificar el problema b) desarrollar hipótesis alternativas respecto al problema, c) valorar la información y las opciones disponibles, d) elegir, y ejecutar la mejor solución, e) revisar los resultados. 1. Identificar el problema Para ello es recomendable estar familiarizado con los principios éticos y el código deontológico, así como saber cuales suelen ser la áreas más propensas a producir situaciones de conflicto ético. Por ejemplo: ¿estoy haciendo el bien a mi cliente con mi conducta?, ¿respeto su autonomía? Situación En una terapia en una prisión la psicóloga experimenta emociones inapropiadas cuando el recluso explica el delito sexual que cometió. 2. Plantearse alternativas al problema Buscar soluciones requiere ser capaz de ver el problema desde diferentes puntos de vista. Rigidez cognitiva y nos centramos únicamente en una solución. Otro factor a considerar es el efecto que tienen las emociones en nuestro razonamiento y toma decisiones. Ejemplo, la ansiedad nos puede conducir a seleccionar la primera solución que se nos ocurre. También tendemos a centrarnos en los aspectos de dentro del problema, en vez de explorar opciones e información alrededor del problema (por ejemplo buscando analogías con otros dilemas con los que se tiene experiencia). En esta etapa es cuando solicitar ayuda a otros colegas es más útil. La psicóloga pide consejo a otro psicólogo de la prisión y descubre que sentirse mal ante este tipo de reclusos no es infrecuente. Así puede aislar sus emociones y centrarse en los avances de la terapia. 3. Valorar la información disponible y analizar las opciones de solución Para ello es útil valorar las ventajas y desventajas de cada solución potencial. Se puede escoger la solución que parece mejor, o, también construir una nueva solución que integre aspectos de todas las alternativas valoradas. 4. Actuar Llevar a la práctica la solución escogida. Esta etapa que parece sencilla también es una nueva fuente de conflictos, dado que a veces escogemos soluciones que luego no queremos, no podemos o no sabemos llevar a la práctica. Por ello, la solución escogida debe satisfacer la condición de ser factibles. Así que a la hora de escoger una solución puede ser útil valorar como la ejecutaremos (¿estoy capacitado para esta solución?). Después de algunas sesiones la psicóloga decide que no debe seguir con la terapia. Dado su rechazo por el delito no está en condiciones de ayudar al recluso (no- maleficencia). Cuando llega el momento de decírselo no se siente capaz de hacerlo. Se lo comunica por escrito. 5. Reevaluar el proceso de solución de problemas Para ello es útil valorar si la solución ha sido adecuada a los principios éticos y el código deontológico. Si la solución era factible, no había mejores alternativas que causasen el menor daño posible al cliente, y se derivasen de la información disponible. Aunque hemos expuesto este proceso como si se tratara de una secuencia lineal, éste proceso puede ser considerado más flexible. Por ejemplo, podemos descomponer el dilema en una serie de pequeños (o alternativos) problemas que pueden ser solucionados paso a paso. Psicología jurídica La intervención del psicólogo en relación con la justicia se hace de dos maneras: 1) Tiene lugar cuando un psicólogo, que ya trata a su cliente, se ve involucrado en cuestiones legales y es llamado a declarar; 2) cuando el psicólogo es llamado por el juez para hacer un informe psicológico de una persona. La prueba pericial de parte Las principales violaciones de la deontología profesional que se produzcan en estos casos son las siguientes: a) Elaborar informes que aporten datos personales y/o psicológicos de una persona que no ha sido evaluada, como cuando se presenta un informe en el que se hacen afirmaciones de la pareja de nuestro cliente sin haber tenido ninguna relación con la misma. b) Ser parcial, como cuando elaboramos un informe que implica a más de una persona (madre, padre e hijos) con datos aportados únicamente por una de las personas. c) Comentar datos de una persona sin autorización previa. Todos los temas tratados entre un psicólogo y su cliente no pueden ser revelados en un informe pericial, es necesario el consentimiento expreso. Una excepción a la regla de confidencialidad, en la que está permitido revelar información confidencial, se produce cuando recibimos una orden de un juez. Otra excepción sería si existen sospechas de que una persona está en peligro porque nuestro cliente expresa su intención de agredirla, o bien hay maltratos o abusos sobre un niño, es necesario actuar con celeridad para proteger a la víctima potencial. Ante cualquier duda, es preciso consultar a la Comisión Deontológica. d) Presentar datos irrelevantes con el objetivo del informe. Los informes tienen que ser claros, concisos y relevantes. Debemos considerar que la información presentada en el informe probablemente se hará pública durante el juicio. e) Evaluar a menores de edad sin el consentimiento de sus padres o tutores. Estas situaciones se suelen producir cuando un progenitor no tiene la custodia de su hijo o hija y pide un informe psicológico para recurrir contra la sentencia anterior. f) Utilizar etiquetas diagnósticas de manera indiscriminada o bien términos poco científicos para referirse a alguno de los sujetos mencionados en el informe. Las etiquetas diagnósticas no tienen que ser utilizadas fuera del ámbito clínico por el riesgo de estigmatización social que comportan. Igualmente, términos como subnormal, histérica, egoísta, sádico y otros con connotaciones peyorativas representan un comportamiento profesional poco prudente. g) No utilizar pruebas diagnosticas contrastadas o elaborar informes sin el rigor científico necesario. h) Extraer conclusiones basándose en juicios de valor, opiniones, comentarios o hechos aislados, sin argumentos científicos que los avalen. De hecho, la firma del psicólogo al final del informe indica que asume todo el contenido y, por lo tanto, se debe tener la precaución de no salirse de los conocimientos y las competencias propios del psicólogo. La prueba pericial penal El segundo tipo de intervención se suele producir cuando un juez necesita determinar cuál era el estado emocional o mental de un imputado en un delito en el momento en el que cometió el presunto delito. En estas situaciones, los dilemas desde el punto de vista ético y deontológico pueden ser los siguientes: a) La amenaza a la imparcialidad y la honestidad del psicólogo si ya conocía previamente al inculpado o su presunto delito afecta a la objetividad del profesional. Un buen ejemplo es la situación en la que se encuentra una psicóloga que tiene que hacer un informe pericial sobre un presunto violador. Se puede dar el caso de que esta psicóloga sea madre de niños de la misma edad que los que han sido víctimas y, por lo tanto, esté tan impresionada por el delito que su criterio profesional se vea influido por sus emociones y creencias personales. b) La certeza sobre la idoneidad del diagnóstico de personalidad, actitudes, etc. del imputado. Se debe considerar que con los instrumentos de los cuales disponemos, los psicólogos tenemos muchas dificultades para poder evaluar el estado psicológico en el que se encontraba el imputado en el momento de cometer el posible delito. La «mala práctica» profesional Otra situación en la que un psicólogo se puede ver involucrado con la justicia tiene lugar cuando es demandado judicialmente por un cliente que considera haber sido perjudicado por sus prácticas profesionales. Esta demanda judicial puede ser independiente de la denuncia del cliente ante la Comisión Deontológica del colegio profesional. El perjuicio causado por la «mala práctica» de un psicólogo se puede definir como cualquier daño percibido por el cliente como consecuencia de las palabras o acciones realizadas por el psicólogo en su actuación profesional. En el caso de la práctica psicológica, es muy difícil evaluar y determinar cuándo se ha producido daño psicológico como resultado de una mala práctica. La mala práctica ha sido definida por França- Tarragó (1996) como «el error del psicólogo en ejercer de forma idónea su profesión». Esta práctica es diferente de lo habitual entre los miembros de la profesión, en las mismas situaciones y contextos. Se considera «mala práctica»: A) La imprudencia. Cuando un psicólogo utiliza métodos que, aunque son habituales en la profesión, requieren una formación y un entrenamiento de los que no dispone. También puede ser imprudencia el uso de procedimientos inciertos y con resultados dudosos. B) La negligencia. Una conducta profesional es negligente cuando el profesional, aun conociendo cuál es la utilización adecuada de un instrumento o procedimiento, no lo pone en práctica con exactitud y precisión y causa perjuicio al cliente. Otro tipo de negligencia es no poner los medios necesarios para llevar a cabo las actuaciones propias de la práctica psicológica. Ejemplos Un psicólogo trata a un cliente, muy deprimido, únicamente con psicoterapia. Esta persona se suicida y el psicólogo es acusado de negligencia por no haber consultado con un psiquiatra la posibilidad de utilizar de manera simultánea una medicación adecuada. Un psicólogo trata a su cliente a lo largo de mucho tiempo. Finalmente, el cliente decide dejar la terapia porque ve que no mejora de manera significativa. Consulta con otro psicólogo, que le aplica una terapia breve con resultados satisfactorios. ¿Podría el cliente demandar al psicólogo que lo había tratado antes por negligencia? C) La impericia. Se considera impericia cuando el perjuicio causado al cliente se produce por la utilización de métodos que el psicólogo no conoce o no está capacitado para utilizar. Este término se puede aplicar tanto a una situación en la que el tratamiento es ineficaz, es aplicado de manera incorrecta o produce resultados inesperados. Un psicólogo hace que estudiantes en prácticas se encarguen de aplicar los tests y atiendan a algunos de sus clientes. Uno de los clientes denuncia al psicólogo por mala práctica. D) La explotación. Se considera explotación el aprovechamiento de la posición de superioridad sobre el cliente para lucrarse, los aumentos desmesurados de los honorarios en el transcurso de la terapia y las influencias de los psicólogos sobre sus clientes para obtener beneficios económicos o por conveniencia no terapéutica. Otra manera de explotación es la sexual: cuando se abusa de la autoridad o la superioridad para aprovecharse sexualmente del cliente. E) Mentira, falsedad y engaño. Se producen cuando se utiliza a una persona con finalidad experimental sin su consentimiento, si se hacen grabaciones sin consentimiento o se utilizan tests de manera que violan el derecho a la intimidad y el derecho a la autonomía (como cuando se aplican sin información previa en un contexto laboral o escolar). Se produce falsedad cuando se presentan informes ambiguos o beneficiosos para una de las partes en litigio. También la publicidad que permite generar falsas expectativas o garantiza el éxito es considerada engañosa. F) Ruptura del secreto y confidencialidad. Cuando no se mantiene la custodia de documentos psicológicos, se viola la intimidad en presencia de terceros (como estudiantes en prácticas) o se utilizan técnicas de evaluación que representan una invasión de la intimidad. G) Abandono. Son situaciones en las que el psicólogo deja de atender a una persona, que se siente rechazada o abandonada en un momento en el que es vulnerable y sufre riesgo personal. En una terapia de grupo, todos los asistentes están satisfechos con el resultado excepto uno de los participantes, que siente que el psicólogo no le ha prestado suficiente atención. Considera que psicólogo no le había advertido previamente de este posible resultado. H) Discriminación. Se produce cuando grupos minoritarios (homosexuales, extranjeros, etc.) se sienten perjudicados por informes o actuaciones de psicólogos. I) Comportamiento deshonesto de colegas. Puede incluir intrusismo profesional, cobro de honorarios por debajo de los mínimos, daños en la imagen pública de la profesión, ejercicio profesional indigno (como no contratar a los colaboradores, remuneraciones injustas, actuaciones parciales en tribunales o comisiones de selección, etc.), captación incorrecta de clientes (como entre los propios estudiantes), utilización de tests fotocopiados, monopolio y etiquetado discriminatorio de colegas (como alcohólico, depresivo, etc.). Entre 1981 y 1986, ante la delegación de Madrid del Colegio Oficial de Psicólogos se presentaron 151 demandas contra psicólogos. Este número no incluye las que se presentaron ante la justicia. Los motivos de demanda más frecuentes eran uso irregular de técnicas de evaluación e intervención, informes periciales, formación irregular, abusos, falsedad, publicidad engañosa y perjuicio para la imagen de la profesión. Para determinar si un psicólogo ha producido un perjuicio por mala práctica, el juez tiene que comprobar si el profesional tenía el deber de asistir a su cliente de una determinada manera (por ejemplo, por haberlo dicho de manera explícita), si este deber no se llevó a cabo, si como consecuencia el cliente sufrió daño psicológico y si la actuación del psicólogo fue la causa más próxima del daño. El aumento continuado de demandas judiciales contra psicólogos muestra la conciencia que hay en nuestra sociedad hacia los abusos de los profesionales, no tan sólo los psicólogos.

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