Modelo de Atención para Víctimas del Conflicto Armado y Violencia Sexual PDF

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EPS Sanitas

2017

Jobana M. Sánchez Gaitán

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victims of conflict health care violence social issues

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This document details a model for healthcare and support services for victims of the armed conflict and sexual violence in Colombia. It addresses the principles and scope of care, as well as focusing on individual-level care to help victims of armed conflict, as well as different types of violence.

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Código: Versión: 0022017 Fecha: 01/05/2017 1. MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA OBJETIVO: Dar a conocer el modelo de atención definido para los afiliados a EPS Sanitas Víctimas d...

Código: Versión: 0022017 Fecha: 01/05/2017 1. MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA OBJETIVO: Dar a conocer el modelo de atención definido para los afiliados a EPS Sanitas Víctimas del Conflicto Armado en Colombia y Víctimas de Violencia Sexual en ocasión del Conflicto Armado, que busca mantener la salud física y mental así como brindar un enfoque diferencial en el manejo requerido. 2. ALCANCE: Inicia con la identificación del afiliado que cumple con las características de la población objeto y finaliza con la atención integral de actividades de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación. Este modelo de atención es de aplicación e implementación a Nivel Nacional. 3. PRINCIPIOS GENERALES DE LA ATENCIÓN DE VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO: Acción sin Daño. Tiene el fin de analizar el contexto del hecho victimizante así como evitar propiciar nuevas situaciones en las que se sientan agredidas, estigmatizadas, señaladas o ignoradas, en relación a la prestación de los servicios de salud. Tener en cuenta que cada contacto con la persona víctima es único e irrepetible y será considerado una oportunidad para establecer una relación de confianza y apoyo. (Fig. No.1) Dignidad. Los profesionales a cargo de la atención a las personas víctimas asumirán para ellas un trato bajo criterios de consideración y respeto, las harán partícipes de las decisiones que las afecten, les orientarán para la obtención del goce efectivo de sus derechos en virtud del mandato constitucional y del principio de la dignidad. Principio de Buena Fe. A las victimas les bastará probar de manera sumaria el daño sufrido para ser relevadas de la carga de la prueba, las instituciones a cargo de las atenciones en salud deberán eliminar las barreras de acceso de las posibles inconsistencias en las bases de datos y realizar la atención inicial que la persona víctima requiera. Enfoque diferencial y por hecho Victimizante. Se orienta a medidas de protección a los grupos expuestos a mayor riesgo por las violaciones a sus derechos, considerando las características de la población en términos de su pertenencia étnica Código: Versión: 0022017 Fecha: 01/05/2017 MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA y patrones socioculturales con el fin de contribuir a la eliminación de los esquemas de discriminación y marginación. Enfoque psicosocial: Se convierte en un importante reto para los profesionales de la salud en tanto conlleve a ampliar su mirada y establecer conexiones entre el sufrimiento emocional y la vulneración de los derechos orientándose en la reconstrucción de la dignidad de las víctimas. Fig. No 1 4. DEFINICIONES PAPSIVI. Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral con Enfoque Psicosocial a Víctimas del Conflicto Armado. VIVANTO. Sistema de información creado por el Gobierno donde se valida la condición de Víctima del Conflicto Armado en Colombia, éste sistema sólo permite Código: Versión: 0022017 Fecha: 01/05/2017 MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA consultas uno a uno ya sea por Número de Documento de identidad o por Nombre del usuario. Víctimas del Conflicto Armado en Colombia (VCA). Se consideran como víctimas las personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño, por hechos ocurridos a partir del 1 de enero de 1985, como consecuencia de violaciones graves y manifiestas de las Normas Internacionales de Derechos Humanos y de infracciones al Derecho Internacional Humanitario -DIH ocurridas con ocasión del Conflicto Armado. A continuación se describen las condiciones por la cuales un individuo se considera Víctima del Conflicto Armado:      Víctimas de Masacres Secuestro Desaparición forzada y tortura Delitos contra la libertad y la integridad sexual en el marco del conflicto Minas antipersonales munición sin explotar y artefacto explosivo improvisado  Vinculación de niños y niñas adolescentes a actividades relacionadas con el conflicto. Actos terroristas Atentados, combates, enfrentamientos y hostigamientos Abandono forzado o despojo forzado de tierras o desplazamiento forzado, entre otras.  Cuando se trate de un asesinato o desaparición forzada: también son víctimas el esposo o la esposa, compañero o compañera permanente, parejas del mismo sexo, los padres o hijos (incluyendo adoptivos) a falta de estos los abuelos. También se consideran Víctimas:   Personas que hayan sufrido un daño al intervenir o asistir a la víctima de los hechos antes referidos que estuviese en peligro o para prevenir esa victimización. Los niños que nacieron a causa de un abuso sexual cometido en el marco del conflicto armado. Ley de Víctimas. Establece un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas que beneficien a las Víctimas del Código: Versión: 0022017 Fecha: 01/05/2017 MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA conflicto armado. La vigencia de la Ley de Victimas es de 10 años, es decir, hasta el 10 junio del 2021. Atención Integral en Salud. Comprende la atención y la rehabilitación en salud física y mental, con enfoque psicosocial y diferencial y está conformada por un conjunto de actividades y procedimientos en salud en el marco del Sistema General de Seguridad en Salud -SGSSS, que contribuyen a la satisfacción de sus necesidades en salud. Atención en salud física. Comprende la totalidad de las actividades, intervenciones y procedimientos, brindados a la población víctima e incluye los componentes de protección específica y detección temprana, tratamiento y rehabilitación en salud, así como las acciones colectivas e individuales de promoción y prevención en el marco de la estrategia de atención primaria en salud. Atención en salud mental: Comprende el conjunto de actividades de promoción de la salud y la prevención del trastorno mental, diagnóstico precoz, tratamiento, rehabilitación en salud e inclusión social, de los trastornos en la salud mental de las víctimas del conflicto, priorizando a los niños, las niñas y adolescentes, con el fin de eliminar el estigma y la discriminación; prevenir la violencia, el matoneo escolar, suicidio y el consumo de sustancias psicoactivas. Evento Terrorista. Son aquellos provocados por bombas u otros artefactos explosivos, los causados por ataques terroristas a municipios así como las masacres terroristas que se generen a personas de la población civil, la muerte o deterioro de la integridad personal. Acreditación de Condición de Víctima. Certificación que avale que la persona ha sufrido consecuencias de alguno de los eventos entendidos como terroristas, generada por: Alcalde del municipio y/o distrito, Personería municipal o distrital en su ausencia la autoridad correspondiente a la Policía Nacional o el Ejército en última instancia corresponde a la Procuraduría General de la Nación, La Defensoría del Pueblo y la Dirección General Unidad Administrativa Especial para los Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de justicia. Código: Versión: 0022017 Fecha: 01/05/2017 MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA Medidas de Reparación. La reparación comprende cinco tipo de medidas: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. Las víctimas accederán a una o varias de estas medidas dependiendo de los daños sufridos y el tipo de hecho victimizante. Las medidas de reparación pueden ser individuales, colectivas, materiales, morales o simbólicas. Mina Anti Personal. Toda mina concebida para que explosione por la presencia, la proximidad o el contacto de una persona, y que en caso de explosionar tenga la potencialidad de incapacitar, herir y/o matar a una o más personas. Violencia Sexual asociada al Conflicto Armado. Hace referencia al acto de coacción hacia una persona con el objeto de llevar a cabo una determinada conducta sexual, se manifiesta con actos agresivos que mediante el uso de fuerza física, psíquica o moral reducen a una persona a condiciones de inferioridad para imponer una conducta sexual en contra de su voluntad con ocasión y en desarrollo del conflicto armado. Este término igualmente incluye llevar a cabo actos forzados de prostitución, esterilización, embarazo, esclavitud sexual, trata de personas y aborto. SISBEN. Es una encuesta de clasificación socio-económico, diseñado por el Departamento Nacional de Planeación (DNP). UAP. Unidad de Atención Primaria en EPS Sanitas. Demanda Inducida. Son todas las acciones encaminadas a informar y educar a la población afiliada, con el fin de dar cumplimiento a las actividades, procedimientos e intervenciones de protección específica y detección temprana establecidas en las normas técnicas. 5. LINEAMIENTOS GENERALES: 5.1 VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO  La Corte Internacional de Derechos Humanos conminó al Estado Colombiano a implementar medidas de reparación en aras de la reconstrucción de las vidas de los ciudadanos Víctimas del Conflicto Armado en nuestro país. Código: Versión: 0022017 MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO Fecha: 01/05/2017 PROCESO GESTION DE LA DEMANDA  Entre los lineamientos de reparación Odontológica, Psicológica y Social. están la Rehabilitación Médica,  Todas las actividades estarán orientadas a la detección temprana de la enfermedad, tratamiento y rehabilitación de la salud, mediante acciones de atención primaria y actividades de promoción y prevención.  Todo profesional de la salud adscrito o no a una institución de Salud, que al atender en consulta a un niño, niña o adolescente, encuentre indicio de que ha sido víctima de abuso sexual en el marco del conflicto armado, deberá aplicar el Protocolo de Diagnóstico y Atención de los niños, niñas y adolescentes Víctimas de abuso sexual.  Todos los usuarios afiliados a EPS Sanitas Victimas del Conflicto armado serán identificados en nuestro sistema de información con el siguiente mensaje emergente: “Atención Preferencial población Concepto 1448” (ver figura N. 2). Fig. No. 2  De igual forma, ésta condición de verá reflejada en el validador de usuarios en la pestaña llamada “Información MP/EPS”, ver figura No. 3: Código: Versión: 0022017 Fecha: 01/05/2017 MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA Fig. No. 3  Aquellos usuarios que pertenezcan al Régimen Subsidiado o Contributivo calificados en el SISBEN como I y II serán eximidos de Cuota moderadora Copago y serán carnetizados. Los cambios de Régimen del Subsidiado al contributivo no afectarán las garantías del carné ya que éste será vitalicio. (Fig. No.4) Fig. No 4 5.2 VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL CON OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO. Las Víctimas de Violencia Sexual tienen derecho a la atención prioritaria dentro del sector salud, su atención se brindará como una urgencia médica, independientemente del tiempo transcurrido entre el momento de la agresión y la consulta, y de la existencia de denuncia penal. La atención integral en salud a cualquier Víctima de Viole cia Sexual es gratuita. Código: Versión: 0022017 Fecha: 01/05/2017 MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA Todas las entidades del Sistema de Salud están en la facultad de implementar el Protocolo y el Modelo de Atención Integral en Salud para las Víctimas de Violencia Sexual, que contendrá dentro de los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo la objeción de los médicos y la asesoría de la mujer en continuar o interrumpir el embarazo. Según lo señalado, proceder con lo descrito en las GUÍAS CLÍNICAS INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO publicadas en Intrasanitas/Mundo Sanitas e Innovación/Documentación Corporativa/Normas y procedimientos/EPS Sanitas/Atención Integral del Servicio de Salud. Esta atención deberá ser prestada hasta que la víctima lo requiera y no podrá ser restringida por razones económicas y por razones de tiempo. La atención psicosocial recibida a través de una organización privada, hará parte integrante de la historia clínica de la víctima, no podrá ser desconocida por el personal médico de las EPS o EPS-S a la cual se encuentre afiliada la víctima. 6. LINEAMIENTOS NORMATIVOS: Ley 1719 de 2014. Por la cual se modifican algunos artículos de las leyes 599 de 2000, 906 de 2004 y se adoptan medidas para garantizar el acceso a las Víctimas de Violencia Sexual, en especial de la Violencia Sexual con ocasión del Conflicto Armado. Ley 1448 de 2011. Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las Víctimas del Conflicto Armado Interno y se dictan otras Disposiciones. Ley 1146 de 2007. Por medio de la cual se expiden normas para la prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente. Ley 906 de 2004. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal. Código: Versión: 0022017 Fecha: 01/05/2017 MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA Ley 599 de 2000. Por la cual se expide el Código Penal. Ley 387 de 1997. Por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia. Decreto 0790 del 2012. Por el cual se trasladan las funciones del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia SNAIPD, al Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas y del Consejo Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada CNAIPD, al Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Decreto 4800 de 2011. Por el cual se reglamenta la Ley 1448 de 2011 y se dictan otras disposiciones. Decreto 4633 de 2011. Por medio del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los Pueblos y Comunidades indígenas. Decreto 4634 de 2011. Por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas pertenecientes al pueblo Rrom o Gitano. Decreto 4635 de 2011. Por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de tierras a las víctimas pertenecientes a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. Decreto 2973 de 2010. Por el cual se fijan los criterios para la prestación de los servicios de rehabilitación física y mental a las víctimas de violencia política y se dictan otras definiciones. Versión: 0022017 Código: Fecha: 01/05/2017 MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA Decreto 3990 de 2007. por el cual se reglamenta la subcuenta del seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito del fondo de seguridad y garantía FOSYGA y se establecen las condiciones de operación del aseguramiento de los riesgos derivados de daños corporales causados a las personas en accidente de tránsito, eventos catastróficos y terroristas y se dictan otras disposiciones. Resolución 5521 de 2013. Por la cual se define, aclara y actualiza integralmente el Plan Obligatorio de Salud (POS). Resolución 888 del 2012. Por el cual se crea el Comité Institucional para la Salud y Protección Social de las Víctimas del Conflicto Armado en Colombia y se reglamentan sus funciones Resolución 459 de 2012. Por la cual se adopta el Protocolo y Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual. Circular 00016 de 2014. Por la cual se otorga exención concurrente del pago de cuotas moderadoras y copagos por leyes especiales. 7. DESCRIPCIÓN ACTIVIDADES RESPONSABLE REGISTROS 1. Identificación de usuario adscrito a EPS Sanitas Víctima de Conflicto Armado y Víctima de Violencia Sexual en Ocasión del Conflicto Armado. EPS Sanitas identifica a mediante dos mecanismos: estos usuarios 1. Reporte enviado por las Secretarias Municipales de Salud o por orden judicial dirigida a EPS Sanitas. Secretarias Municipales de Salud Usuario adscrito a EPS Sanitas Base de datos Código: Versión: 0022017 MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO Fecha: 01/05/2017 PROCESO GESTION DE LA DEMANDA ACTIVIDADES 2. Contacto directo identificándose como Conflicto Armado. RESPONSABLE REGISTROS del usuario Víctima del 2. Acceso a los Servicios de Salud Por oficina de Servicios Medicos EPS Sanitas.  Usuario se identifica como VCA  Verificar derechos y condición de Víctima en Afirma y Validador. Colaborador de Servicios Médicos Registro en AFIRMA y Validador de Derechos. Marcación: “Atención Preferencial población Concepto 1448”  Verificar Marcación de exoneración de cuota moderadora y copago en Afirma.  Generar autorizaciones pertinentes  De no encontrarse marcado el usuario en el Sistema notificar el caso a la Subgerencia de la Demanda con datos básicos del usuario para validar la información en VIVANTO a los correos electrónicos: Correo electrónico [email protected] [email protected]  Si requiere medicamentos o procedimientos no incluidos en el plan obligatorio de Salud NO POS inicie el trámite por Comité Técnico Científico Por Unidad de Atención Primaria UAP EPS Sanitas  Verificar derechos y condición de Víctima en el Validador con la Solicitud de trámite por el Comité Técnico Científico. Versión: 0022017 Código: Fecha: 01/05/2017 MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA ACTIVIDADES marcación: “Atención Preferencial población Concepto 1448”.  Verificar Marcación de exoneración de cuota moderadora y copago en el Validador.  De no encontrarse marcado el usuario en el Sistema notificar el caso a la Subgerencia de la Demanda con datos básicos del usuario para validar la información en VIVANTO a los correos electrónicos: RESPONSABLE REGISTROS Colaborador de UAP Registro en Validador de Derechos [email protected] [email protected]  Atención y evaluación del paciente  Definir plan de manejo del usuario de acuerdo al diagnóstico y con un enfoque psicosocial.  Generar orden médica para :    Psicología  Trabajo Social  Odontología  Optometría  Rehabilitación Funcional Si el paciente requiere autorizaciones para la prestación de los servicios y/o medicamentos indicarle las vías por las cuales puede realizar el trámite. Para mujeres Víctimas de Violencia Sexual en estado de gestación se les debe garantizar asesoría profesional para definir la interrupción o no del embarazo. Correo electrónico Médico de Consulta General Historia clínica Fórmulas médicas Referencia Contra referencia Versión: 0022017 Código: MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO Fecha: 01/05/2017 PROCESO GESTION DE LA DEMANDA ACTIVIDADES 3. Gestión Demanda en Subgerencia RESPONSABLE de la  Validación en VIVANTO de la condición del usuario.  Generar carné de exoneración de cuotas moderadoras y copagos sólo para usuarios con SISBEN I y II afiliados en el Régimen Subsidiado o Contributivo y la correspondiente marcación en Afirma.  REGISTROS Reporte del usuario a la Subgerencia de Atención Primaria al correo [email protected] para llevar a cabo la demanda inducida. Marcación en AFIRMA. Subgerencia de Gestión de la Demanda Carné Correo electrónico Código: Versión: 0022017 Fecha: 01/05/2017 8. MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA ESQUEMA DEL PROCESO CONTROL DE ACTUALIZACIONES VERSIÓN FECHA OBSERVACIÓN 001-15 01/05/2015 Creación del documento Código: Versión: 0022017 Fecha: 01/05/2017 Elaboró: MODELO DE ATENCIÓN EN SALUD PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO PROCESO GESTION DE LA DEMANDA Jobana M. Sánchez Gaitán Subgerente de Gestión de la Demanda EPS Fecha de Elaboración: 01/05/2017

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