Unidad 3 - Diversas Acepciones Del Derecho PDF

Summary

Este documento presenta un resumen sobre las diferentes acepciones de la palabra "derecho". Incluye una descripción de las ramas del Derecho objetivo (Público y Privado) y el Derecho subjetivo, con ejemplos de cada uno. También describe conceptos como el Derecho Social y otros tipos de derecho relacionados.

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# INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO ## UNIDAD 3. DIVERSAS ACEPCIONES DE LA PALABRA DERECHO. Al hablar de acepciones, se tiene entendido que el derecho tiene muchos significados diferentes. Esto incluye derecho positivo, vigente, objetivo, subjetivo, real y personal. El derecho positivo y vigente...

# INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO ## UNIDAD 3. DIVERSAS ACEPCIONES DE LA PALABRA DERECHO. Al hablar de acepciones, se tiene entendido que el derecho tiene muchos significados diferentes. Esto incluye derecho positivo, vigente, objetivo, subjetivo, real y personal. El derecho positivo y vigente se clasifica en derecho federal, estatal y municipal, los cuales se explican a fondo en el siguiente subtema. ### 3.1 Derecho Objetivo y sus diversas ramas El Derecho Objetivo es el conjunto de normas jurídicas, es decir, las leyes u ordenamientos que rigen la conducta de las personas cuando se relacionan entre si o con el gobierno del Estado. - **Derecho Público:** Es la rama del Derecho que rige la organización del Estado, la constitución del Gobierno, las relaciones que hay en una familia, entre las partes y de éstos con él. El Derecho objetivo público se divide en: *Derecho Interno* y *Derecho Externo*. **EL DERECHO INTERNO** es aquel que regula los actos del individuo cuando éstos se realizan dentro del territorio del Estado; éste a su vez se divide en: - El Derecho constitucional que regula la estructura fundamental del Estado, las funciones de los órganos de gobierno, las relaciones de los mismos entre si y con los particulares, además las atribuciones de los mismos órganos. - El Derecho administrativo regula las relaciones de la Administración pública con los particulares, la organización y funcionamiento del Poder ejecutivo, de los servicios públicos y en general del ejercicio de la función administrativa del Estado. - El Derecho procesal son las disposiciones que rigen la organización del Poder judicial y la forma de hacer las diferentes promociones ante el mismo Poder. - El Derecho penal se encarga de establecer las penas, en relación a las conductas que han sido estipuladas como delitos. - El Derecho internacional público es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del Estado mexicano con otros Estados, ya sea en tiempo de paz o de guerra; a este derecho también se le denomina interestatal. **DERECHO PRIVADO.** Es el conjunto de disposiciones que rigen las relaciones de los particulares entre sí. El Derecho objetivo privado se divide en: - **Derecho civil**, que son el conjunto de disposiciones que regulan las relaciones de los particulares en lo referente a su persona, cosas y sucesiones, obligaciones y contratos. - **Derecho mercantil**, que regula las relaciones de los particulares cuando éstos ejecutan un acto de comercio. - **El Derecho internacional privado** es el conjunto de normas que rigen las relaciones jurídicas de los particulares o sus bienes, cuando éstos siendo nacionales de un Estado se encuentran en territorio de otro Estado. **DERECHO SOCIAL**. Es un conjunto de normas jurídicas resultado de una nueva concepción del ser humano acerca del Derecho; pretende regular equitativamente y equilibradamente las relaciones que se dan entre el Estado y los diferentes grupos de particulares existentes en el contexto social, principalmente los más débiles y desprotegidos, proponiéndose coartar la prepotencia de ciertas clases sociales y buscando alcanzar la paz social. El Derecho objetivo social se divide en: *derecho laboral*, éste regula las relaciones de los particulares cuando éstos tienen el carácter de patrones o trabajadores; *derecho agrario* es un conjunto de normas que rigen la solución de los problemas derivados del reparto e inafectabilidad de tierras y aguas, y de la dotación a los núcleos de población, *el derecho económico* es el conjunto de normas juridicas que ngen la cooperación humana en las actividades de creación, distribución y consumo de la riqueza generada por un sistema económico. ### 3.2 Derecho subjetivo El derecho subjetivo es la facultad que la norma jurídica concede al sujeto que interviene en determinada relación juridica, asi, las garantias individuales son medios para proteger los derechos que tienen la persona humana por el solo hecho de serlo y que han sido reconocidos por el Estado, sin importar su sexo, edad o nacionalidad; por ejemplo; el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad personal, a elegir su representación dentro del Estado, todas estas facultades le son reconocidas y protegidas al individuo por la ley. El derecho subjetivo privado implica aquellos derechos que tiene el individuo en sus relaciones privadas y de familia; o bien, aquellos que incumben al individuo como particular en sus relaciones privadas con los demás. No debe confundirse éste con el derecho civil porque el derecho subjetivo privado se refiere "al conjunto de facultades que tiene el individuo en sus relaciones de carácter privado; ejemplo: el propietario de un bien tiene el derecho de exigir de los demás el respeto a su propiedad. Los derechos subjetivos privados a su vez se dividen en *personales* y *patrimoniales*. Los primeros están relacionados directamente con la persona misma y son inherentes al sujeto, independientemente de que son intransmisibles; ejemplo, el derecho al nombre, el derecho al honor personal. Los derechos patrimoniales en cambio son de carácter económico, es decir, estimables o equiparables en dinero, además son transmisibles y enajenables; por ejemplo, pasar a otro la propiedad de una cosa. Los derechos patrimoniales pueden ser a su vez *reales* y de *crédito*. Los derechos reales implican una obligación de respeto por parte de todas las personas hacia el titular de un derecho. Los derechos reales pueden ser clasificados en: de *goce* (uso, habitación, servidumbre) y de *garantía* (fianza, prenda e hipoteca); los derechos de credito son facultades que sene una persona llamada acreedor, para exigirie a otra lamada deudor, un hecho, una abst inción o entrega de una cosa Este tipo de derechos van dirigidos y se hacen valer en contra de una persona concreta determinada, a diferencia de lo que ocurre con los derechos reales. El derecho subjetivo público constituye una limitación que el Estado se ha impuesto, asimismo, pertenecen a todas las personas que se encuentran dentro del territoria nacional. Los poseen todas las personas por el simple hecho de serlo, pueden referirse a la libertad, a la igualdad o a la seguridad. El derecho subjetivo politico es un conjunto de derechos que poseen los ciudadanos dentro del Estado, por medio de ellos se participa en la vida política, ya ejerciendo un voto o siendo electo para un cargo público. ### 3.3 Derecho natural El Derecho natural es el conjunto de normas fundamentales en la equidad, la justicia y el sentido común que surgen de la naturaleza misma del ser humano y que constituyen el ideal de lo justo. El derecho natural es una doctrina ética y jurídica que establece que existen derechos universales que son anteriores, superiores e independientes a otros tipos de derecho. Algunas características del derecho natural son: - Es un conjunto de normas que se consideran valiosas y positivas en si mismas. - Se basa en la naturaleza humana y en la razón de las personas. - Es superior a las leyes del estado, por lo que estas deben estar subordinadas a él. - El derecho natural es la base de la obligatoriedad de las normas y de la legitimidad del poder. ### 3.4 Derecho vigente y Derecho positivo Mientras el Derecho vigente es el conjunto de normas impero-atributivas que en un periodo y lugar determinado la autoridad politica declara obligatorias, el Derecho positivo es el conjunto de normas que regulan la conducta social de los sujetos y que son susceptibles a recibir una sanción política. ### 3.5 Derecho federal, Derecho local y Derecho municipal El Derecho federal está formado por el conjunto de leyes o normas jurídicas dictadas por el Congreso de la Unión que tienen vigencia en todo el territorio nacional, por ello, algunos autores lo denominan el Derecho nacional. Las materias de legislación federal se encuentran consignadas en el articulo 73 constitucional. El Derecho local se constituye por el conjunto de leyes y normas aplicables en el territorio de algún Estado de la República Mexicana. La Constitución mexicana garantiza la capacidad de las Entidades Federativas de crear su propia legislación de acuerdo a sus necesidades y condiciones en los articulos 40 y 124 constitucionales, esta capacidad de crear su propia legislación no debe invadir las áreas de legislación reservadas a la Federación. Finalmente, el Derecho municipal es el conjunto de normas juridicas que se aplican en los municipios de los Estados; a los ayuntamientos se les reconoce la capacidad juridica para aplicar normas a través del articulo 115 de la Constitución Mexicana en su fracción segunda. ### 3.6 Derecho sustantivo y Derecho adjetivo El Derecho sustantivo es el conjunto de reglas jurídicas que establecen los derechos y obligaciones de los sujetos que intervienen en una relación normativa; por otra parte, el Derecho adjetivo, o también denominado procesal o instrumental, se constituye por las normas que permiten aplicar el Derecho sustantivo. a) El concepto de derecho sustantivo, se ha entendido como el conjunto de normas que establecen derechos y obligaciones, facultades y deberes para las personas, y que prevén, normalmente, las sanciones que deben aplicarse a aquéllas cuando incurran en incumplimiento. b) El derecho adjetivo regula la función jurisdiccional del Estado en todos sus as pectos, y por tanto fija el procedimiento que se ha de seguir para obtener la actuación del derecho en los casos concretos, y determina las personas que deben someterse a la jurisdicción del Estado y los funcionarios encargados de ejercerla. ### 3.7 Derecho legislado y Derecho no legislado Se entiende al Derecho Legislado como el producto de un proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan las normas jurídicas. Mientras que el Derecho no legislado está conformado por aquellas normas jurídicas que emanan de fuentes formales diversas a la legislación.

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