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**UNIDAD II.** ============== ##### ACTOS DE COMERCIO - Actos de comercio. - No hay definición dogmática y universal. - #### Criterio objetivo / Art. 3º Código de Comercio. - Elementos del acto de comercio. - #### Por qué se enumeran los actos de comercio. ##### LA TEORÍA TRADICIONA...
**UNIDAD II.** ============== ##### ACTOS DE COMERCIO - Actos de comercio. - No hay definición dogmática y universal. - #### Criterio objetivo / Art. 3º Código de Comercio. - Elementos del acto de comercio. - #### Por qué se enumeran los actos de comercio. ##### LA TEORÍA TRADICIONAL - 1º El acto de comercio típico y objetivo; - 2º La teoría de lo accesorio; - 3º La teoría de los actos mixtos o de doble carácter; y - 4º El principio de la legalidad. - El derecho comercial está constituido por actos jurídicos típicos o nominados que constituyen su base objetiva. - Los actos de comercio son los actos y contratos que los Códigos de Comercio dicen que son mercantiles. - Los actos de comercio serán los enumerados en el artículo 3º del Código de Comercio. - Esta enumeración de los actos de comercio es lo que se ha denominado la base objetiva del derecho comercial. ##### 2º LA TEORÍA DE LO ACCESORIO. - "Consiste en presumir mercantiles ciertos actos cuando se relacionan con una profesión, actividad o acto jurídico principal de carácter comercial, ya sea porque lo facilitan, contribuyen a acrecentarlo o realizarlo o simplemente lo garantizan." (R. Sandoval). - "La teoría de la mercantilidad por vía accesoria o simplemente teoría de lo accesorio, atribuye carácter mercantil a actos que por naturaleza no lo son, si ellos están destinados a complementar accesoriamente una operación o una actividad mercantil" (Osvaldo Contreras). - Dentro del concepto de accesoriedad queda comprendida la accesoriedad jurídica (2ª parte artículo 1º Comercio). ##### FUNDAMENTO LEGAL DE LA ACCESORIEDAD - a\) Art. 3º nº1 inciso 2º del Código de Comercio. - b\) Artículo1º 2º parte del Código de Comercio. ##### 3º LA TEORÍA DE LOS ACTOS MIXTOS O DE DOBLE CARÁCTER - "Es aquel que habiendo sido celebrado entre una persona con la calidad de comerciante y otra que no la tiene, configura un acto de comercio para el primero, mas no para el segundo, dando origen a una situación en que concurren dos estatutos diferentes, el comercial y civil, respectivamente, como posibles de aplicar a una misma vinculación jurídica". ##### PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN FRENTE A LOS ACTOS DE DOBLE CARÁCTER - Legislación de fondo aplicable. - Prueba de la obligación. ##### 4º EL PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD. - La mercantilidad es fijada por ley, no depende de la voluntad de las partes. - El derecho comercial es un derecho de excepción, que contiene disposiciones especiales en materia de prueba, capacidad, etc., que por ser de orden público, no pueden ser derogadas por la voluntad de las partes. ##### EL PROBLEMA DE LA MERCANTILIDAD DE LOS INMUEBLES. - Tradicionalmente la doctrina nacional se inclina por considerar que los bienes inmuebles están excluidos de la mercantilidad, por lo mismo, no son actos de comercio, y no están regidos por la legislación mercantil. - Sólo los bienes muebles, susceptibles de ser transportados, pueden ser objeto de especulaciones comerciales. Fundamento: a. Art. 3º nº 1 y 3 Código de Comercio. b. Etimología de la palabra "comercio". c. Fuentes que inspiraron el Código de Comercio chileno. (9) d. Las transacciones sobre inmuebles están sujetas por la legislación civil a una serie de formalidades que se oponen a la celeridad que requieren los actos mercantiles. ##### INTERÉS DE DIFERENCIAR ACTOS DE COMERCIO DE ACTOS NO MERCANTILES. - 1º Para determinar la legislación de fondo aplicable. - 2º Para los efectos probatorios. - 3º Para los fines profesionales. - 4º Para la capacidad de quienes las ejecutan - 5º Para los fines de la insolvencia. - 6º Para la aplicación de la costumbre - 7º Para fines tributarios. - 8º Para los efectos de la protección del consumidor. ##### CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS MERCANTILES I. **De acuerdo al lugar en que se ejecutan:** a. Actos relativos al comercio terrestre. Nº 1 al 12 inclusive del artículo 3º del Código de Comercio. b. Actos relativos al comercio marítimo. Nº 13 al 19 artículo 3º. II. **De acuerdo con el criterio de mercantilidad empleado**: c. Actos para cuya calificación se atiende a la intención de la persona que los ejecuta. Nº 1 al 4º del art. 3º. d. Actos que se califican de mercantiles por ser ejecutados por una empresa. Nº 5º a 9º inclusive y nº 20 artículo 3º. e. Actos formales de comercio. Art. 3º nº 10. f. Actos que para calificarlos de mercantiles se atiende al criterio de intermediación. Nº 11 y 12 del artículo 3º. **UNIDAD II.** ============== #### 1°. LA COMPRA Y PERMUTA DE COSAS MUEBLES, HECHA CON ÁNIMO DE VENDERLAS, PERMUTARLAS O ARRENDARLAS EN LA MISMA FORMA O EN OTRA DISTINTA,Y LA VENTA, PERMUTA O ARRENDAMIENTO DE ESTAS MISMAS COSAS. - Comprende dos partes que se estudian en forma separada: - la compra mercantil, y - la venta mercantil. ##### LA COMPRA MERCANTIL - a. Que verse sobre cosas muebles. La cosa debe ser mueble para el comprador para que cumpla con esta exigencia. b. Que la compra sea hecha con el ánimo de vender, permutar o arrendar esas mismas cosas, obteniendo una ganancia o lucro comercial. - Es esta intención, este ánimo del comprador, la que constituye la mercantilidad del acto, y la que lo coloca como intermediario en el proceso de circulación de bienes. ##### LA VENTA MERCANTIL - Efectuada una adquisición que tenga el carácter de mercantil conforme a las normas expuestas, la venta también lo será, porque constituye la realización del propósito del comprador, que adquirió con ánimo de venderla. - No basta una simple intención. Ánimo en la compra mercantil que le precede. ##### ARRENDAMIENTO Y PERMUTA MERCANTILES - Todo lo expresado anteriormente es aplicable respecto de la permuta y del arrendamiento. - Para que el arrendamiento sea mercantil es necesario que sea precedido de una compra mercantil, reuniéndose todos los requisitos: cosa mueble, ánimo de arrendarla y de obtener ganancias. - ¿Cuándo la compra y la permuta no son actos de comercio? Art. 3º nº1 inciso 2º "..." Cuando se trata de compras y permutas que, no obstante reunir los requisitos indicados en el inciso 1º del nº 1 del art. 3º, acceden a una industria no comercial. - #### "Establecimiento de comercio es una propiedad incorporal que nace de una circunstancia, la reunión de elementos materiales e inmateriales. Al comprar un establecimiento de comercio se compra el todo, comprendidas es él cosas absolutamente incorporales e intangibles como la clientela, el nombre, el derecho de llave, el crédito, etc."(R. Sandoval). - "El establecimiento de comercio es en general, un conjunto de bienes materiales e inmateriales que conforman una unidad económica dedicada al ejercicio de una actividad comercial." Se ha dicho que constituye una universalidad de hecho. ##### PRINCIPALES ELEMENTOS DE UN ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO. - Existencia de un local comercial. - Su individualización. - Elementos distintivos (letreros, imágenes publicitarias, etc.) - Mercaderías. - Personal. - Marcas. - Patentes y otros derechos que le permiten funcionar. - Clientela. - Una empresa o empresario a cargo de la combinación de todos estos elementos. ##### LA COMPRAVENTA DE UN ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO - No ha sido considerado por el código como un acto solemne, en consecuencia, basta con que las partes estén de acuerdo sobre la cosa vendida y el precio. - Como el establecimiento de comercio comprende bienes materiales e inmateriales, para la tradición de estos últimos resulta necesario que la compraventa se perfeccione por escritura pública. ### 3**° EL ARRENDAMIENTO DE COSAS MUEBLES HECHO CON ÁNIMO DE SUBARRENDARLAS.** - El arrendamiento tiene carácter mercantil cuando se arriendan cosas muebles con el ánimo de subarrendarlas. (En el artículo 3º nº 1, para que el arrendamiento tenga carácter mercantil, debe ir precedido de una compra mercantil). - En ambos casos la mercantilidad del arrendamiento se considera desde el punto de vista del arrendador. - En el art. 3º nº 1º, el ánimo de destinar la cosa mueble adquirida por compra o permuta al arrendamiento debe existir en el momento en que la cosa se compra, en tanto que en el 2º caso, esto es, art. 3º nº 3, se atiende a la intención del arrendador al momento de celebrar el contrato de arrendamiento. - La norma hace sinónimos dos conceptos que son distintos: el mandato es el género y la comisión es la especie. - Artículo 233 Código de Comercio: "Mandato comercial es un contrato por el cual una persona encarga la gestión de uno o más negocios lícitos de comercio a otra que se obliga a administrarlos gratuitamente o mediante una retribución y a dar cuenta de su desempeño". - Art 234 señala que existen tres tipos de mandato, de entre los cuales se contempla a la comisión. - Art. 235 señala que "el mandato comercial toma el nombre de comisión cuando versa sobre una o más operaciones mercantiles individualmente determinadas" - El artículo 3º nº 4 se refiere sólo a la comisión. - El artículo 3º del Código de Comercio se refiere a diversas empresas, declarando mercantiles los actos realizados por ellas. - Sin embargo, en ninguna parte se preocupa de estudiar, caracterizar o siquiera definir a tan importante elemento, como lo es la empresa para la actividad mercantil, como tampoco no existe ninguna otra disposición en nuestra legislación que pueda ser utilizada con el propósito de conceptualizarla. - Artículo 3º nº 5 al 9 y 20 del Código de Comercio califica de mercantiles las actividades que se desarrollan en los rubros que la norma comprende por las entidades organizadas como empresas. **ELEMENTOS FUNDAMENTALES** --------------------------- - #### 1. Organización destinada a entregar una actividad económica en forma metódica y profesional. - 2\. La actividad debe ser económica. No cultural, benéfica o social. - #### 3. Propósito de lucrar. - 4\. Hay quienes agregan como elemento la Intermediación, entre productores y consumidores. **CONSIDERACIONES** ------------------- - #### a) El lucro es elemento importante, porque distingue empresas mercantiles de las civiles. - b\) No se debe identificar la empresa con las sociedades. - #### c) Tampoco ha de confundirse empresa con establecimiento de comercio. - d\) No confundir empresa con comerciante. - **UNIDAD II.** ============== - No son propiamente las empresas los actos de comercio, sino que los actos realizados por ellas. - La transformación fabril o manual de materias primas constituye acto mercantil sea que dichas materias las entregue un proveedor, o sea que el propio fabricante las adquiera o produzca el mismo. - #### No son propiamente las empresas los actos de comercio, sino que los actos realizados por ellas, sean de compraventa, o de transporte o de cualquiera otra naturaleza, sin perjuicio de los más importantes que se dan, en la transformación fabril o manual de materias primas. - #### Su giro principal es la compra y venta de bienes muebles, de tal modo que no sólo son mercantiles la compra y reventa, sino cualquier acto realizado con el giro accesorio de él. (artículo 3ºNº1 CCom). - #### El giro de estas empresas es atender necesidades tales como restaurantes, fuentes de soda, y semejantes. La enunciación no es taxativa. - Corresponde a las organizaciones que realizan contratos de transportes, es decir, aquellas en que se obligan por cierto precio a conducir de un lugar a otro por tierra, lagos, canales o ríos navegables, pasajeros o mercaderías ajenas y entregar éstos a la persona a quien van dirigidos. (art.166 Código de Comercio). - El artículo 166 inciso final contempla el único concepto de empresa que existe en nuestra legislación mercantil, pero limitado al contrato analizado, y con una redacción que no presta para extenderlo a otro tipo de actividades mercantiles. - El concepto es importante, puesto que el porteador, vale decir, el que contrae la obligación de conducir, ejecuta un acto civil cuando realiza el transporte por sí mismo; pero si está organizado como una empresa de transporte, no solamente la conducción, sino todos los actos propios de su giro son mercantiles. - #### **Empresas de depósito**: Es acto de comercio cuando lo ejecuta una empresa, la intervención de la empresa le da la mercantilidad: hay intermediación entre los servicios que ofrece la empresa (bodegas, servicios de carga) y el público. - **Empresas de provisiones y suministros:** Código contiene un error, ya que dice "provisiones o suministros", en circunstancia de que son cosas diferentes. ##### EL CONTRATO DE APROVISIONAMIENTO - Tiene por objeto proveer de cosas muebles a una persona natural o jurídica durante un tiempo determinado para la satisfacción de una necesidad, mediante un precio prefijado de antemano y que habrá de regir durante todo el tiempo del contrato. - En algunos casos estas cosas se arriendan, en otros se venden. ##### LA EMPRESA DE SUMINISTRO - Es aquella constituida para facilitar el goce, la utilización de bienes, servicios, gestiones o informaciones mediante cierto precio fijado de antemano y que permanecerá invariable durante un cierto lapso de tiempo. (Generalmente sus actividades son masivas y se traducen en contratos de adhesión). - Algunas están organizadas como servicios públicos, o al menos bajo el control del estado. - Ej: empresas de agua potable, luz eléctrica, gas, teléfonos, etc. ##### AGENCIA DE NEGOCIOS. - Son intermediarios por naturaleza y prestan a su clientela servicios muy variados, incluyendo el desempeño de toda clase de mandatos. - Los agentes de negocios prestan servicios a varias personas a la vez, servicios como corredurías, contrataciones de préstamos, de avisos, administración de bienes, etc. - Cualesquiera que sean los encargos que se den, y aunque algunos de ellos puedan aparecer como negocios civiles, la ley las reputa comerciantes y mercantiliza sus actividades, basada en el principio de favorecer a los que contratan con ellas, que dispondrán de la amplitud de los medios de prueba mercantiles. ##### LOS MARTILLOS - Artículo 1º Ley 18.118 (22.05.1982):" las personas naturales o jurídicas inscritas en un registro, en conformidad a la ley, para vender públicamente al mejor postor toda clase de bienes corporales muebles". - Para determinar la mercantilidad del acto respecto de la persona que encarga el remate de los bienes corporales muebles y el sujeto que participa en él adjudicándoselos hay que recurrir al principio de lo accesorio. - Quedan comprendidas en este número todas las empresas que tienen por objeto entretener al público desde cualquier punto de vista: arte, cultura, etc. - La mercantilidad está determinada sobre la base de la empresa, o sea, se requiere que exista una empresa que organice los factores respectivos para intermediar entre los artistas y el público. - La empresa tiene que proveer el local, las instalaciones, luces, sonidos, personal que venda boletos, etc y pagarles alos artistas que realicen el espectáculo. - Artículo 512 del Código de comercio define el seguro: "..." - El seguro es un contrato de indemnización que tiene por objeto compensar la ocurrencia de ciertos riesgos; jamás puede significar jurídicamente ganancias, es eminentemente indemnizatorio. - El seguro en sí mismo no es un acto de comercio, el nº 9 dice que el seguro contratado por una empresa de seguros es acto de comercio. - Son actos de comercio, los ejecutados por empresas de seguros *a prima* (en estos, el asegurado paga un precio determinado por la transferencia del riesgo a la empresa aseguradora). **ELEMENTOS DEL CONTRATO DE SEGURO** ------------------------------------ - #### 1. Asegurador (Cía. de Seguros). - 2\. Contratante. - #### 3. Prima. - 4\. Asegurado. - #### 5. Beneficiario. - #### El Art 14 del DL 1.953 del 15/08/1977 agregó al Art 3º un número 20º. Única norma que expresamente se refiere a inmuebles. - Para que la actividad de construcción de bienes inmuebles por adherencia quede comprendida dentro de los actos que la ley considera mercantiles, es necesario que se ejerzan bajo la organización de la empresa. - Es sólo a esta organización a la cual el legislador ha querido darle el carácter de mercantil, puesto que la construcción sigue siendo una actividad civil cuando no se ejerce bajo la forma de una empresa que persigue con ella una finalidad de lucro. **UNIDAD II.** ============== ##### ANÁLISIS DE LOS ACTOS ENUMERADOS EN EL ARTÍCULO 3º DEL CÓDIGO DE COMERCIO. 3.-) ACTOS FORMALES DE COMERCIO. - **10. LAS OPERACIONES SOBRE LETRAS DE CAMBIO, PAGARÉS Y CHEQUES SOBRE DOCUMENTOS A LA ORDEN, CUALESQUIERA QUE SEAN SU CAUSA Y OBJETO Y LAS PERSONAS QUE EN ELLA INTERVENGAN, Y LAS REMESAS DE DINERO DE UNA PLAZA A OTRA HECHAS EN VIRTUD DE UN CONTRATO DE CAMBIO.** - Estos actos de comercio siempre tienen carácter mercantil para ambas partes, lo que excluye la posibilidad de actos mixtos y la aplicación del principio de lo accesorio. - La naturaleza comercial proviene de la forma, del empleo de títulos de crédito respecto de los cuales se ejecutan determinadas operaciones, cualesquiera que sean su causa u objeto y las personas que en ellas intervengan. - Los títulos de créditos son instrumentos mercantiles que nacen en la edad media para remplazar la moneda, dado que un documento que representativo de dinero evitaban robos y costo de transporte. ##### OPERACIONES SOBRE LETRAS DE CAMBIO - Las Letras de Cambio, representan una suma de dinero, con las cuales se transa, comprando bienes o contratando servicios, sin pagar de inmediato, de manera que actúa como crédito. - Se incluye fecha para postergar el pago. - Permite su circulación. - Las operaciones principales, son: giro o emisión; aceptación, endoso, aval, pago, protesto, reaceptación, etc. ##### OPERACIONES SOBRE PAGARÉS - Los pagarés permite incorporar vencimientos sucesivos o cuotas, a diferencia de la letra de cambio, por las que debe extenderse una por cada cuota, lo que conlleva un gasto, puesto que necesitan firma autorizada ante notario, para tener merito ejecutivo, además se necesita el vencimiento de cada cuota para protestar. - Tratándose de los pagarés, se puede incorporar una clausula de aceleración, por la que el no pago de una cuota hace exigible todas las restantes, pudiendo protestar le total de una sola vez. - Principales operaciones: suscripción, endoso, aval, pago y la prórroga. ##### OPERACIONES SOBRE CHEQUES - El cheque se asocia al contrato de cuenta corriente que previamente tengo con un banco. - El cheque solo puede emitirse con fecha de vencimiento al día de hoy, de manera que pueda cobrase de inmediato. - A pesar del carácter anterior, se usa porque, sino se paga se protesta y luego hay notificación del protesto de cheque. Las principales Operaciones sobre el cheque son el giro o libramiento, endoso, cancelación, el pago, la revalidación, el protesto. ##### OPERACIONES SOBRE DOCUMENTOS A LA ORDEN - La emisión, circulación, garantía y pago de otros documentos a la orden, que no sean letras de cambio, ni pagarés ni cheques, constituyen ahora un acto formal de comercio. - Otros Documentos a la Orden: - Certificado de Depósito a la Orden. - Bonos o Debentures - Certificado de Warrens - Carta Orden de Crédito, Carta de Porte, Conocimiento de Embarque, Etc **REMESAS DE DINERO DE UNA PLAZA A OTRA HECHAS EN VIRTUD DE UN CONTRATO DE CAMBIO** - El contrato de cambio es una convención por el cual una de las partes se obliga, mediante un valor prometido o entregado, a pagar o hacer pagar a la otra parte o a su cesionario legal cierta cantidad de dinero en un lugar distinto de aquel en que se celebra la convención. - El contrato de cambio es consensual y puede ejecutarse de varias maneras, una de las cuales es el empleo de la letra de cambio. También puede efectuarse mediante el uso de otros documentos, como simples órdenes de pago, o a través de un giro postal o telegráfico. - Cualquiera sea el medio empleado, las remesas de dinero de una plaza a otra son operaciones mercantiles formales, por ello es mercantil para ambos contratantes. **UNIDAD II.** ============== ##### ANÁLISIS DE LOS ACTOS ENUMERADOS EN EL ARTÍCULO 3º DEL CÓDIGO DE COMERCIO. 4.-) ACTOS DE INTERMEDIACIÓN. - Operaciones de banco - Operaciones de cambio - #### Operaciones de corretaje ##### LAS OPERACIONES DE BANCO - El código se refiere aquí a todas las operaciones de banco, empleando la expresión "operaciones", no desde un punto de vista jurídico, sino utilizándola desde el punto de vista económico, que supone la realización de varios actos jurídicos para completar la operación. - Las operaciones que están autorizados para efectuar los bancos están contemplados en la Ley General de Bancos, cuyo texto refundido y sistematizado consta del D.F.L. nº 3 de 19/12/1997. - Son bancos comerciales, las instituciones que se dedican al negocio de recibir dinero en depósito y darlo a su vez en préstamo, sea en forma de mutuo, descuento de documentos o en cualquier otra forma, de acuerdo a la definición contemplada en el Art 40 del D.F.L. Nº 3. - Las principales operaciones bancarias están enumeradas en los Arts. 69 y Sgte. del referido cuerpo legal, de las cuales pueden señalarse las siguientes: "..." (Revisar). ##### LAS OPERACIONES DE CAMBIO - El concepto de cambio tiene dos acepciones: el contrato de cambio, al cual se refiere el Art 3º Nº 10; y el cambio o trueque manual de moneda, que es el sentido en que se toma el Art 3º Nº 11. - Estas operaciones son mercantiles respecto de la persona que tiene a disposición del público el cambio, esto es, los bancos o casas de cambio. - La persona que efectúa el cambio: principio de accesoriedad. ##### LAS OPERACIONES DE CORRETAJE - El Art 234 del Código de Comercio menciona la correduría como una forma de mandato comercial, según el cual los corredores son oficiales públicos instituidos por la ley para disponer su mediación asalariada a los comerciantes y facilitarles la conclusión de sus contratos. - Sin embargo, en la actualidad no existen corredores que sean oficiales públicos. - Pero la práctica mercantil ha dado amplia aplicación al Art 80 del código, que deja abierta la posibilidad para que existan corredores particulares y privados, que no requieren de este nombramiento y que consecuentemente no tienen el carácter de oficiales públicos. - Art 38 Ley Nº 18.045 (22.10.1981) sobre Mercado de Valores, define el concepto de bolsa de valores, señalando que "Son entidades que tienen por objeto proveer a sus miembros la implementación necesaria para que puedan realizar eficazmente, en el lugar que les proporcione, las transacciones de valores mediante mecanismos continuos de subasta pública y para que puedan efectuar las demás actividades de intermediación en conformidad a la ley". - En Chile hay tres Bolsas de Valores, Santiago, Valparaíso y la Bolsa Electrónica. - Las principales operaciones de Bolsa son la compraventa de acciones de SA abiertas, valores y monedas que se realizan por su intermedio, en rueda de bolsa o a través de los modernos medios electrónicos de transacción bursátil. Bonos, letras hipotecarias. - Las operaciones de bolsa son, respecto a las bolsas de comercio y a las personas que en ellas intervienen operaciones siempre mercantiles, ejemplo el corredor de bolsa. **ACTOS DE COMERCIO MARÍTIMO** ------------------------------ - - - - - - - ***19. Los contratos de los corredores marítimos, pilotos lemanes y gente de mar para el servicio de las naves.***