Temas I, II y III: Clasificación y Armas de Dotación PDF
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This document, likely part of a firearms course, provides information on firearms classification. It covers topics such as the different types of firearms, their sizes, ignition systems, and usage, with sections dedicated to specific themes like "Introduction" and "Classification of Weapons".
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TEMA I ====== INTRODUCCIÓN ============ La destreza en el manejo de las armas de fuego, en evitación de situaciones de imprudencia o mal uso e las que pudieran derivarse responsabilidades penales para el agente, es objetivo suficiente para establecer una programación de prácticas periódicas de tir...
TEMA I ====== INTRODUCCIÓN ============ La destreza en el manejo de las armas de fuego, en evitación de situaciones de imprudencia o mal uso e las que pudieran derivarse responsabilidades penales para el agente, es objetivo suficiente para establecer una programación de prácticas periódicas de tiro. Resulta por ello, totalmente incuestionable, la necesidad de dichas prácticas para mantener el debido adiestramiento en el manejo y uso de las armas de fuego, tanto de las recibidas como reglamentarias para la prestación del servicio, como la adquirida como particular por el propio policía, y no basta con aprender a disparar, sino también tenemos que aprender desde el funcionamiento básico del arma, hasta el régimen disciplinario que del uso de las mismas pudiera afectarnos, pasando por las normas de utilización, limpieza, cuidados y documentación necesaria.Bajo esta filosofía de partida, no solo es la Administración la que debe preocuparse por el adiestramiento y reciclaje de los miembros de sus policías, sino que, los mismos policías deben procurar adquirir esos conocimientos que pueden ayudarles a salvar sus propias vidas o las de terceras personas. A partir de la utilización de la pólvora como método de impulsión de proyectiles, y con la aparición de las armas de fuego, se han realizado varias clasificaciones: **[SEGÚN SU SISTEMA DE IGNICIÓN.]** [Armas de ignición directa:] como los primeros cañones. [Armas de mecha]: como el primitivo arcabuz. [Armas de rueda:] cuya carga principal ardía por las chispas que producía la rueda dentada sobre la pirita. [Armas de chispa]: cuya carga principal ardía por las chispas que producía el martillo con el pedernal sobre el rastrillo. [Armas de percusión]: donde la pólvora se inflamaba por el choque del percutor sobre el fulminante. A su vez, pueden diferenciarse las de percusión por espiga, percusión anular y percusión central (la mayoría de las municiones actuales). **[SEGÚN SU TAMAÑO]**. [Armas de fuego cortas:] aquellas cuyo cañón no exceda de 30 centímetros o su longitud total no supere los 60 centímetros. [Armas de fuego largas:] cualquier arma de fuego que no sea un arma de fuego corta. **[SEGÚN EL NÚMERO DE USUARIOS.]** [Armas individuales:] usadas por una sola persona; a su vez pueden se r cortas y largas. [Armas colectivas]: son precisas varias personas para su uso: cañones, morteros \... **[SEGÚN SU CICLO DE DISPARO.]** Entenderemos como ciclo de disparo todas y cada una de las sucesivas operaciones necesarias para que se produzca el disparo: [1º.- Alimentación:] operación previa al ciclo de disparo propiamente dicho, colocar los cartuchos en la vía de alimentación del arma de fuego, a través del depósito de las armas. [2º.- Carga-montaje:] introducción de un cartucho en la recámara del arma. [3º.- Cierre]: Se presenta cuando queda obturada (cerrada) la recámara del arma con el cartucho y la corredera en su parte superior. [4º.- Disparo:] presión ejercida sobre el disparador para liberar el martillo percutor. [5º.- Percusión:] golpe de la aguja percutora sobre el fulminante que inflama la pólvora, cuyos gases impulsan el proyectil. [6º.- Apertura:] La acción de los gases actúan sobre la corredera, produciendo con esto un desplazamiento hacia atrás y ésta en su movimiento inicia su apertura. [7º.- Extracción:] Cuando se separa el casquillo o vaina del cartucho disparado del proyectil alojado en la recámara. [8º.- Eyección:] Es la expulsión de la vaina hacia el exterior del arma por la acción del eyector. - - - - **[ARMAS DE SIMPLE ACCIÓN Y DE DOBLE ACCIÓN.]** - Aquella en la que no es posible montar el martillo percutor desde el disparador o gatillo; habrá que hacerlo manualmente. - Aquella en la que es posible montar el martillo percutor desde el disparador o gatillo. **SEGÚN EL REGLAMENTO DE ARMAS**. También podemos realizar una clasificación de las armas, según el texto normativo que regula su tenencia y uso; así el Reglamento de ARMAS, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, en su artículo 3, realiza la siguiente clasificación: Se entenderá por **armas** y **armas de fuego** reglamentadas, cuya adquisición, tenencia y uso pueden ser autorizados o permitidos con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento, los objetos que, teniendo en cuenta sus características, grado de peligrosidad y destino o utilización, se enumeran y clasifican en el presente artículo en las siguientes categorías: [Primera categoría]. - [Segunda categoría:] - - [Tercera categoría:] - - - [Cuarta categoría:] - - [Quinta categoría:] - - [Sexta categoría:] - - - En general, [las armas de avancarga] *(La pólvora y el proyectil son introducidos por la boca del cañón y el sistema de ignición puede ser una cápsula fulminante, pólvora más fina y un pedernal o un sofisticado sistema de rueda).* [Séptima categoría:] - - - - - [Octava categoría]**:** - [Novena categoría: ] - **ARMAS PROHIBIDAS.** En cuanto a las armas prohibidas, se encuentran reguladas en los artículos 4, 5 y 6 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, BOE 55/1993 recogiéndose la siguiente clasificación en cuanto a las mismas: **Artículo 4.** Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones: - - - - - - - - *No se considerará prohibida la tenencia de las armas relacionadas en el presente artículo por los museos, coleccionistas u organismos a que se refiere el artículo 107, con los requisitos y condiciones determinados en él.* **Artículo 5.** Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de: - - - - - - - - - - - - - - - *Queda prohibida la tenencia de imitaciones de armas de fuego.* Del mismo modo la tenencia de las imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego, **salvo en el propio domicilio, como objeto de adorno o de coleccionismo y se hallen inscritas en un Libro-Registro.** Se exceptúan de la prohibición aquellas cuyos modelos hayan sido aprobados previamente por la Dirección General de la Guardia Civil, con arreglo a la normativa dictada por el Ministerio del Interior. *Cuchillos, machetes y demás armas blancas.* También **se prohíbe el uso por particulares de cuchillos, machetes y demás armas blancas** que formen parte de armamentos debidamente aprobados por autoridades u organismos competentes. Su venta requerirá la presentación y anotación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas con derecho al uso de dichos armamentos. También se prohíbe la comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo. No se considerarán comprendidas en las prohibiciones anteriores, la fabricación y comercialización con intervención de la Guardia Civil, en la forma prevenida en los artículos 12.2 y 106 de este Reglamento, la compraventa y la tenencia exclusivamente en el propio domicilio, con fines de ornato y coleccionismo, de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros. **Artículo 6.** **(ARMAS DE GUERRA)** Se consideran armas de guerra, quedando en consecuencia prohibidas su adquisición, tenencia y uso por particulares: - - - - - - - **ARMAS INUTILIZADAS** La inutilización de un arma de fuego deberá contar con la aprobación previa de la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil y se llevará a cabo por un banco oficial de pruebas o por un armero autorizado. Verificada la inutilización, el banco oficial de pruebas o la entidad verificadora procederán a marcar las armas de fuego inutilizadas de forma claramente visible, inamovible y única. Emitiendo un certificado de inutilización en castellano e inglés. Las armas inutilizadas serán remitidas a la Intervención de Armas y Explosivos para su inscripción en el Registro Nacional de Armas y entrega al interesado. Dichas armas se podrán poseer sin limitación de número, en el propio domicilio, acompañadas del correspondiente certificado de inutilización. En todo caso, el particular o el vendedor que desee enajenar un arma inutilizada, lo hará con el conocimiento de la Intervención de Armas y Explosivos, la cual, a la vista del arma inutilizada y su certificado de inutilización, inscribirá el cambio de titularidad en el Registro Nacional de Armas. Las Intervenciones de Armas y Explosivos podrán requerir a los poseedores de armas inutilizadas su presentación, al objeto de realizar las comprobaciones que consideren oportunas. Las armas de fuego inutilizadas sólo se podrán transferir a otro Estado miembro de la Unión Europea o enajenar si llevan el marcado único común y van acompañadas de un certificado de inutilización. TEMA III EL ARMA DE DOTACIÓN **Pistola HK modelo USP Compact / 9 mm Parabellum** 1. 1. 1. 2. 3. 3. 1. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 1. 1. 2. 3. 4. 5. 7. 8. 1. 2. 1. ![](media/image16.jpg) 1. **Fundamentos.** Se denomina semiautomática porque una vez cargada el arma, se necesita accionar el disparador para efectuar cada uno de los disparos con los que está alimentada, produciéndose automáticamente todos los movimientos necesarios a este fin. Los gases generados en la deflagración de la pólvora, ocasionaran el retroceso de la corredera, produciéndose la extracción y expulsión de la vaina, el montaje del mecanismo de disparo y compresión del muelle recuperador. Una vez perdida la fuerza de los gases y por efecto del muelle recuperador, la corredera avanza introduciendo un nuevo cartucho en la recámara, quedando el arma lista para un nuevo disparo. El acerrojamiento es semirígido ya que no existe ninguna fuerza exterior al arma que efectué el desbloqueo. Dispositivo de amortiguado, su objetivo es la reducción de la fuerza del retroceso , esto mejora las prestaciones del arma. Se dice doble acción cuando accionando el disparador se arma y se libera el martillo. Se entiende por desamartillado la acción de liberar el martillo sin que éste golpee la aguja percutora. Es casi ambidiestra por faltarle solamente el accionamiento de la palanca de retenida con ésta prestación. Retenida del cargador (ambidiestro ). Seguro de aleta y desamartillado (posibilidad de colocación en uno u otro lado del arma). Seguridad, incorpora componentes que evitan acciones no deseadas o peligrosas. [Sistemas de seguridad activos], los que actúan cuando los accionamos: Seguro de aleta y desamartillado. Sistemas de seguridad pasivos, los que actúan automáticamente: Seguro automático de aguja. Seguro de caída. Seguro de bloqueo. **2.- DATOS TÉCNICOS** 1. 2. **3.- DESCRIPCIÓN DEL ARMA** 1. **3.1.1 Corredera.** Está fabricada de una sola pieza de acero mecanizado, incorpora un seguro automático de aguja percutora, extractor con indicador de cartucho en recámara, y elementos de puntería regulables. Contiene los mecanismos de: [Extracción.] [Seguro automático de la aguja percutora]. [Elementos de puntería]. - - - - - En su parte inferior existe un rebaje, donde se alojara la retenida en su posición de fin de carga, también sirve para desmontaje y montaje del arma. 2. ![](media/image1.jpg) 3. ![](media/image17.jpg) ![](media/image12.jpg) **3.1.5 Palanca de retenida.** 1. 1. ![](media/image6.png) **4.1.2 Mecanismo de alimentación.** **Tiene por objeto introducir y almacenar munición dentro del arma para su posterior uso.** Tiene por objeto transformar el movimiento del gatillo en un disparo. Este arma puede disparar en simple y doble acción: **Simple acción:** Partimos de la siguiente posición. Arma alimentada, cargada, acerrojada, amartillada (el martillo esta retenido por el fiador) y posición de la aleta de seguro en fuego. **5.- MANTENIMIENTO** Conjunto de operaciones destinadas a la conservación y buen funcionamiento del arma. **5.1 Desarmado básico**. ![](media/image30.jpg) **5.2 Limpieza y conservación.** El portador del arma es el responsable de la limpieza, así como del cuidado y estado de la pistola. En caso de daños y de fallos, se deberá informar inmediatamente al personal encargado del mantenimiento y reparación de las armas. ![](media/image9.png)