El recibo de Salario PDF - MEDAC Instituto Oficial de Formación Profesional

Summary

Este documento trata sobre el recibo de salario, explicando su estructura, componentes y cómo se calcula. Se exploran conceptos clave como el salario bruto, los complementos salariales y extrasalariales, deducciones e impuestos relacionados con el IRPF y la Seguridad Social. Incluye ejemplos prácticos para entender mejor el cálculo del salario neto en el contexto del ámbito laboral en España.

Full Transcript

ITINERARIO PERSONAL PARA LA EMPLEABILIDAD l El recibo de salario. Nómina 11 / 1. Introducción y contextualización práctica 3 / 2. El salario...

ITINERARIO PERSONAL PARA LA EMPLEABILIDAD l El recibo de salario. Nómina 11 / 1. Introducción y contextualización práctica 3 / 2. El salario 4 / 3. Componentes y pago del salario 5 / 4. Caso práctico 1: “Clasificar el salario de un técnico de marketing” 6 / 5. El recibo de salario. La estructura de la nómina 6 / 6. Los devengos y retenciones de IRPF 8 6.1. Retención del IRPF 8 / 7. Bases de cotización y deducciones por Seguridad Social 8 7.1. Cuotas a la Seguridad Social 9 / 8. Caso práctico 2: “Calcular la base de cotización por contingencias comunes” 9 / 9. El cálculo del salario neto 11 / 10. Resumen y resolución del caso práctico de la unidad 12 / 11. Bibliografía 13 © MEDAC ISBN: 978-84-19885-89-0 Reservados todos los derechos. Queda rigurosamente prohibida, sin la autorización escrita de los titulares del copyright, bajo las sanciones establecidas en las leyes, la reproducción, transmisión y distribución total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, incluidos la reprografía y el tratamiento informático. Analizar las condiciones laborales como persona trabajadora por cuenta ajena. Conocer el concepto de salario. Saber cómo se fija el salario. Conocer la estructura de una nómina. Identificar los diferentes componentes del recibo de salario. Aprender a calcular el salario neto. / 1. Introducción y contextualización práctica En esta unidad se analizará el concepto de salario, su tipología, su estructura y los componentes esenciales que lo forman. Además, se identificarán las distintas percepciones que recibe un trabajador. También se estudiará el concepto de nómina, su estructura y sus componentes. Se aprenderá a identificar el salario base y sus complementos y las diferentes deducciones que deben incluirse en una nómina, es decir, las deducciones por IRPF y Seguridad Social. Por último, se describirá con detalle la metodología para el cálculo del líquido de la nómina o salario neto. En concreto se estudiará en profundidad cómo se realiza el cálculo y el desglose de los diferentes subtotales: el total devengado y el total a deducir, que determinan por diferencia el líquido de Fig.1. El salario representa la remuneración la nómina. recibida a cambio del trabajo prestado. A continuación, se presenta un caso práctico a través del cual podremos aproximarnos de forma aplicada a la teoría de este tema. Escucha el siguiente audio donde planteamos la contextualización práctica de este tema. Encontrarás su resolución en el apartado ‘Resumen y resolución del caso práctico’. Audio intro. “Identificar percepciones salariales y no salariales” https://on.soundcloud.com/ q8eQFQcSxx7e4X9Z8 TEMA 11. EL RECIBO DE SALARIO. NÓMINA Itinerario personal para la empleabilidad l /4 / 2. El salario Es la retribución que cobra el trabajador a cambio de los servicios que presta a la empresa. Se puede clasificar en función de la forma de la retribución y de cómo se calcula: Según la forma de la retribución: » Salario en dinero: Es la tipología más común. Se debe realizar en la moneda de curso legal en España, en efectivo o por transferencia bancaria. » Salario en especie: En forma de bienes y servicios, como descuentos en determinadas compras o el derecho al disfrute de una vivienda. No puede ser nunca superior al 30% del salario total. Según la metodología del cálculo: » Salario por unidad de tiempo: Se calcula según la duración del trabajo y no según la cantidad del mismo (por horas, días, meses, etc.). » Salario por unidad de obra: Se calcula en función de la cantidad de trabajo realizado, independientemente del tiempo (por piezas, capítulos de un libro…). » Salario mixto: Se calcula en función del tiempo y del trabajo realizado (comisiones, primas, etc.). El salario se puede determinar en función de tres parámetros: el SMI, el convenio colectivo y el contrato de trabajo: 1. El salario mínimo interprofesional (SMI): Es el salario mínimo que determina el Gobierno de España que debe cobrar un trabajador por una jornada de trabajo completa. Se determina anualmente para todas las profesiones. Enlaces de interés... En el siguiente enlace encontrarás información sobre el SMI actual en España y su evolución: https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/ trabajo14/Paginas/2023/140223-salario-minimo-interprofesional.aspx 2. El convenio colectivo: Recoge el SMI y regula la estructura del salario, es decir, cómo se calculan las percepciones salariales. En particular, define el salario base para cada grupo profesional o categoría, el número y la cuantía de los pluses que recibirá cada trabajador, el número y cuantía de complementos extrasalariales y todas las cuestiones relacionadas con las pagas extras. En ningún caso puede contradecir ni indicar un salario inferior al SMI. 3. El contrato de trabajo: El salario se puede establecer de diversas maneras, pero lo más común es que se fije en un contrato de trabajo entre el trabajador y el empleador. En este contrato se debe especificar: » La cantidad de dinero que se pagará al trabajador. » La periodicidad con la que se procederá al pago (por ejemplo, mensual, quincenal o semanalmente). » La forma de pago (en efectivo, transferencia bancaria, etc.). TEMA 11. EL RECIBO DE SALARIO. NÓMINA /5 MEDAC · Instituto Oficial de Formación Profesional » Las horas de trabajo que el empleado deberá realizar. » Las tareas o funciones que el trabajador deberá desempeñar, etc. Audio 1. “La normativa europea y el salario mínimo” https://on.soundcloud. com/4xyizctjUJthkUW78 / 3. Componentes y pago del salario El salario está formado por complementos salariales y por complementos no salariales. A. Complementos salariales: Son cantidades que, sin conformar el salario base, constituyen parte de las retribuciones recibidas por el trabajo realizado, a diferencia de los complementos extrasalariales, que compensan los gastos en los que incurren los trabajadores para poder desempeñar su actividad laboral. Son complementos salariales: » Personales: Son aquellos que están vinculados directamente con las condiciones individuales de un trabajador, como sus conocimientos o nivel de formación. » Relacionados con el puesto de trabajo: Pueden ser complementos de nocturnidad, toxicidad, peligrosidad y penosidad, turnicidad y responsabilidad. » Complementos por cantidad y calidad del trabajo: Pueden ser los complementos de asistencia y puntualidad, los incentivos o primas, las comisiones o las horas extraordinarias. » En especie: Son las retribuciones que no se reciben en dinero, sino como una ventaja o servicio, como el disfrute de una vivienda, el uso de un vehículo, los préstamos con condiciones financieras ventajosas, las becas de estudio o las aportaciones a planes de pensiones. B. Complementos extrasalariales: Tienen como objetivo cubrir los gastos realizados por el trabajador para poder desempeñar su actividad laboral. Son complementos extrasalariales: » Plus de distancia: Se genera cuando la localidad de residencia del trabajador se encuentra a una determinada distancia del centro de trabajo. » Plus de transporte urbano: Cubre los gastos derivados del desplazamiento del trabajador en transporte público hasta el lugar de trabajo. » Dietas de viaje: Compensan gastos en comida o alojamiento en viajes por trabajo. » Kilometraje: Cubre gastos de locomoción, como la gasolina o los peajes, cuando el trabajador usa un vehículo propio. » Ropa de trabajo y desgaste de herramientas: Por la compra de prendas de trabajo o herramientas por parte del trabajador. » Quebranto de moneda: Cubre errores de trabajadores que manejan dinero en efectivo. Vídeo 1. “El origen del salario” https://vimeo. com/962971160/517c1cb663 TEMA 11. EL RECIBO DE SALARIO. NÓMINA Itinerario personal para la empleabilidad l /6 / 4. Caso práctico 1: “Clasificar el salario de un técnico de marketing” Planteamiento: Isabel Castillo trabaja como técnica de marketing para Impacto SL, una empresa que se dedica a la elaboración de campañas publicitarias para empresas de diferentes sectores. Isabel recibe mensualmente, por parte de la empresa, un salario que le llega por transferencia a su cuenta bancaria. Cada seis meses recibe una cantidad aproximada de entre 6.000 y 20.000 €, dependiendo del número de campañas que realice. Nudo: ¿Puedes clasificar el salario de Isabel según la tipología estudiada en este tema? Desenlace: Revisaremos las dos clasificaciones estudiadas para identificar a qué grupo pertenece el salario de Isabel. Según la forma de la retribución, el salario puede ser clasificado como salario en dinero o en especie. En el caso de Isabel, su salario es en dinero, ya que la empresa lo ingresa mediante transferencia bancaria en la moneda de curso legal en España. Según la metodología del cálculo, el salario puede ser calculado por unidad de tiempo, cuando se calcula según la duración del trabajo y no según la cantidad de trabajo (por horas, días, meses…); por unidad de obra, cuando se calcula en función de la cantidad de trabajo realizado, independientemente del tiempo (por piezas, capítulos de un libro), o puede ser mixto, cuando se calcula en función del tiempo y del trabajo realizado (comisiones, primas, etc.). En este caso práctico, Isabel se trata de un salario calculado por unidad de obra, ya que recibe una retribución salarial en función de las campañas que realice. Fig.2. El salario de cualquier trabajador admite diferentes clasificaciones. / 5. El recibo de salario. La estructura de la nómina El recibo de salario o nómina es un documento que emite el empresario y que se utiliza para calcular la cantidad total que hay que pagar al empleado por el trabajo desarrollado. Este recibo individual justifica el pago del empresario al trabajador. El modelo de nómina se ajustará a lo establecido por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, salvo convenio colectivo o acuerdo. Los elementos esenciales que forman una nómina son: Encabezado: En esta sección se indican los datos de la empresa y del trabajador. Periodo de liquidación: Es el intervalo de tiempo durante el cual se ha realizado el trabajo que ha generado las prestaciones reflejadas en cada nómina. Se indicará en meses o en días, normalmente. Devengos: Corresponden a las percepciones salariales y a las no salariales. Son las cantidades percibidas en bruto, es decir, antes de aplicar ninguna deducción. TEMA 11. EL RECIBO DE SALARIO. NÓMINA /7 MEDAC · Instituto Oficial de Formación Profesional Deducciones: Se trata de las cantidades que se descuentan de los devengos. Estos descuentos son debidos a los gastos de Seguridad Social del trabajador y a las retenciones fiscales por el impuesto sobre la renta de las personas físicas o IRPF. Sabías que... Además de estas deducciones que se consideran obligatorias, existen otras no obligatorias y que pueden aplicarse o no dependiendo de cada trabajador. Son deducciones no obligatorias los anticipos, embargos o cuotas sindicales. Líquido o salario neto: Es la cantidad resultante de restar al total de los devengos todas las deducciones. Representa el importe que realmente recibirá el trabajador. La nómina, donde se incluye el líquido a percibir, debe ser firmada por la empresa, y el recibí, por el trabajador. Bases de cotización y Hacienda: El cálculo de las deducciones a cuenta de las retenciones de Seguridad Social e IRPF del trabajador se realiza sobre las denominadas bases de cotización y la base sujeta a la retención del IRPF, respectivamente. Fig.3. Modelo de recibo individual del pago de salario según el Ministerio de Trabajo. TEMA 11. EL RECIBO DE SALARIO. NÓMINA Itinerario personal para la empleabilidad l /8 / 6. Los devengos y retenciones de IRPF En el contexto de la nómina, los devengos se refieren a todas las cantidades brutas que un empleado tiene derecho a percibir por el trabajo realizado durante un periodo determinado, generalmente un mes. Estos devengos representan la remuneración total del empleado antes de aplicar las deducciones correspondientes, como las retenciones del IRPF y las cotizaciones a la Seguridad Social. Los devengos están formados por: A. Las percepciones salariales: Son la contraprestación que recibe el trabajador por su tiempo y esfuerzo dedicados a la producción de bienes o servicios para la empresa. Están formadas por el salario base, los complementos salariales, las horas y pagas extraordinarias, y el salario en especie, si lo hubiera. B. Las percepciones no salariales: Son retribuciones que recibe un trabajador por parte de la empresa que no se consideran salario. Esto significa que no cotizan a la Seguridad Social y no están sujetas a retención del IRPF. Tienen como objetivo compensar al trabajador por los gastos que ha tenido que realizar como consecuencia de su actividad laboral. Por ejemplo: dietas, locomoción, turnos nocturnos o festivos, comedor, seguro médico, guardería, etc. 6.1. Retención del IRPF Es una deducción obligatoria que debe figurar en la nómina. Cuando hablamos de la retención del IRPF que se aplica en la nómina que se percibe, se trabaje por cuenta ajena o propia, es la cantidad de dinero que las empresas descuentan de las nóminas de sus trabajadores (por ley). Esta retención representa una parte del pago que el trabajador debe abonar, en concepto de impuestos, sobre la renta de las personas físicas. De esta forma, una vez llegado el momento de declarar los ingresos ante la Agencia Tributaria, y en base a la retención del IRPF que se ha aplicado, el resultado puede salir a pagar o a devolver. Lo más importante, a la hora de aplicar la retención del IRPF, es que esta aparezca documentada en la nómina. Para calcularla, se aplica un porcentaje de retención sobre el importe del sueldo bruto anual, que depende del salario, la situación familiar del trabajador, el tipo de contrato y su duración. Estos porcentajes varían cada año, y es la Agencia Tributaria la que los establece y después se lo comunica a la empresa para que esta pueda realizar las retenciones correspondientes. Fig.4. El IRPF es un impuesto obligatorio. / 7. Bases de cotización y deducciones por Seguridad Social Las bases de cotización son unas cantidades que se obtienen a partir del salario del trabajador y que nos van a ayudar a calcular el monto a deducir. Distinguimos principalmente tres bases: 1. La base de cotización por contingencias comunes (BCCC): El cálculo incluye: » Las percepciones salariales: El salario base y los complementos salariales. » Las percepciones no salariales que coticen. » La prorrata de pagas extraordinarias: Se calcula de forma general multiplicando el número de pagas extras por su importe y dividiendo esta cantidad entre 12 meses o 365 días, según si el salario es mensual o diario. TEMA 11. EL RECIBO DE SALARIO. NÓMINA /9 MEDAC · Instituto Oficial de Formación Profesional La cantidad resultante de la suma de estos conceptos debe estar entre la base mínima y la base máxima de cotización de su grupo profesional, que aprueba anualmente el Ministerio de Trabajo y que es pública. Si la BCCC supera la base máxima, se fijará la base máxima. Si la BCCC es menor a la base mínima, se fijará la base mínima. Enlaces de interés... En el siguiente enlace encontrarás información actualizada sobre las bases de cotización mínimas y máximas: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/ CotizacionRecaudacionTrabajadores/36537 2. La base de cotización por contingencias profesionales (BCCP): Es la base de cotización de referencia para cotizar por las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y por enfermedad profesional y para calcular las cuotas que se recaudan junto con la Seguridad Social, como la cotización por desempleo o los cursos para la formación profesional. La BCCP se calcula sumando a la BCCC la cantidad recibida en concepto de horas extras. La BCCP nunca podrá ser mayor que la base máxima ni menor que la base mínima establecida por el Ministerio de Trabajo. 3. La base adicional de horas extraordinarias (BCHE): Si se han realizado horas extras, se debe incluir una tercera base de cotización, que es la BCHE. De este modo, las horas extras cotizan doblemente en la BCCP y en la BCHE. 7.1. Cuotas a la Seguridad Social Otra de las deducciones obligatorias que debemos aplicar en la nómina son las cuotas de la Seguridad Social que debe pagar el trabajador. Actualmente son las siguientes: Tipo de contingencia Porcentaje aplicable Contingencias comunes* 4,70% MEI* 0,12% Desempleo** 1,55% o 1,60% Formación profesional** 0,1% Horas extra*** 4,70% Horas extra (fuerza mayor)*** 2% Tabla 1. Aportaciones a la Seguridad Social. Año 2024 (*Sobre la BCCC; ** Sobre la BCCP; *** Sobre la BCHE). / 8. Caso práctico 2: “Calcular la base de cotización por contingencias comunes” Planteamiento: Alejandro trabaja como peón en el sector de la construcción (grupo 10) en SoloRascacielos S.A. Su salario se calcula por días. Celestina es la administrativa encargada de las nóminas de los trabajadores y necesita preparar la del mes de octubre de Alejandro. Dispone de la siguiente información: Salario base (39 €/d), plus de convenio (10 €/d), plus de transporte público (6 €/d), horas extras (400 € ese mes) y 2 pagas extras al año equivalentes al salario base cada una. TEMA 11. EL RECIBO DE SALARIO. NÓMINA Itinerario personal para la empleabilidad l / 10 Celestina ha consultado la página web de la Seguridad Social y ha comprobado que las bases máxima y mínima de cotización del grupo 10 son de 149,85 € y 42 €, respectivamente. Nudo: ¿Podrías ayudar a Celestina a calcular la base de cotización por contingencias comunes de la nómina de Alejandro? Desenlace: Empezaremos identificando los devengos que cotizan en cantidades por día: Salario base: 39 €. Plus de convenio: 10 €. A continuación, identificamos los devengos no cotizables, también por día: Plus de transporte: 6 €. Las horas extras no cotizan por la BCCC. Después, calculamos la parte proporcional a las pagas extras diarias: 2 pagas x (39 x 30= 1.170) = 2.340 y 2.340/365= 6,4€/día El total diario es de: El total diario es de: 39 + 10 + 6 + 6,4 = 61,4€/día Cómo está entre la base máxima y mínima para el grupo profesional de Alejandro, cotiza por esa cantidad, multiplicando por el número de días que tiene el mes. Es decir, la BCCC es de: 61,4 € x 31 días/mes = 1903,4 €/mes Fig.5. La base de cotización por contingencias comunes considera la prorrata de las pagas extraordinarias. TEMA 11. EL RECIBO DE SALARIO. NÓMINA / 11 MEDAC · Instituto Oficial de Formación Profesional / 9. El cálculo del salario neto Para realizar el cálculo del salario neto, cantidad final que recibe el trabajador, como hemos visto, al salario bruto o devengos debemos restar las deducciones de la Seguridad Social y las retenciones del IRPF. Para realizar estos cálculos hemos de conocer las bases de cotización. Por tanto: Salario bruto = salario base + complementos salariales + complementos extrasalariales Salario Neto = *Devengos - *Deducciones/Retenciones *Deducciones: Porcentajes estipulados por la Seguridad Social a las bases de cotización. *Retenciones: Se aplica el % fijado de IRPF para el trabajador. La base de cotización por contingencias comunes (BCCC): Se obtiene sumando el salario base, los complementos salariales, los complementos extrasalariales y la prorrata de las pagas extra. La base de cotización por contingencias profesionales (BCCP): Se extrae sumando la BCCC y las horas extra. La base de cotización por horas extra (BCHE): Es igual al importe cobrado por las horas extra. Aunque las bases de cotización aparecen al final en la nómina, es algo que debemos calcular antes que las deducciones, pues estas se calculan a partir de las bases. Audio 2. “Condiciones exigidas en el pago del salario” https://on.soundcloud.com/ YZytMpSBms7soKwy8 Para terminar, veremos un ejemplo práctico muy sencillo: Vamos a calcular el salario neto de un trabajador con los siguientes datos: Salario base: 1.200 € + 2 pagas extra. Complementos salariales: 300 €. Complementos extrasalariales: 150 €. Horas extra: 80 €. Retención por IRPF: 270 €. En primer lugar, calculamos la BCCC, sumamos el salario base (1.200 €), la prorrata de las pagas extra (1.200 € x 2/12 meses), los complementos salariales (300 €) y los extrasalariales (150 €). Total = 1.850 €. Por su parte, la BCCP sería la BCCC (1.850 €) más las horas extra (80 €). Total = 1.930 €. Finalmente, la BCHE sería igual a las horas extra (80 €). Total = 80 €. TEMA 11. EL RECIBO DE SALARIO. NÓMINA Itinerario personal para la empleabilidad l / 12 Ya tendríamos las cantidades necesarias para aplicar los porcentajes de aportaciones a la Seguridad Social estudiados anteriormente. Si realizamos los cálculos nos da un total de 124,78 €. La parte de retención del IRPF ya la sabíamos, son 270 €. Finalmente, calculamos el salario neto, restando al salario bruto o devengos (1.930 €), las deducciones de la Seguridad Social (124,78 €) y las retenciones del IRPF (270 €). Total = 1.535,22 €. / 10. Resumen y resolución del caso práctico de la unidad En este tema se ha estudiado el concepto de salario, su tipología, su estructura, los elementos esenciales que lo forman y cómo fijarlo. También se ha explicado qué es una nómina y sus principales componentes. En concreto, se ha aprendido a calcular el salario bruto y los complementos, así como las deducciones originadas por los impuestos y los gastos sociales. Por último, se ha mostrado cómo calcular el líquido de la nómina o salario neto. Según retribución Tipos Según cálculo SMI Convenio ¿Cómo se determina? Contrato El salario Normativa europea Complementos salariales Componentes Complementos extrasalariales Origen del salario EL RECIBO DE SALARIO Estructura Nómina Salariales Percepciones No salariales Devengos La nómina Horas extra Deducciones Seguridad Social Retenciones IRPF Cálculo del salario neto Bases de cotización Fig.6. Esquema resumen del tema. TEMA 11. EL RECIBO DE SALARIO. NÓMINA / 13 MEDAC · Instituto Oficial de Formación Profesional Resolución del caso práctico de la unidad Este tema comenzaba con un caso práctico en el que se solicitaba identificar el tipo de percepciones salariales que iba a cobrar una trabajadora de BikeOnFire S.A. en su próxima nómina. Tras lo estudiado en la presente unidad, podemos identificar las siguientes percepciones salariales: Salario base. Nocturnidad. Turnos. Responsabilidad. Horas extraordinarias. Paga extraordinaria. Además, percibirá percepciones no salariales: Indemnización por traslado. Gastos de locomoción. Dietas de viaje. / 11. Bibliografía Aleph Comunicación (2021). Breve historia del salario. Disponible en: https://www.santanderconsumer.es/simplefinance/blog/economia-personal/salud-financiera/post/breve-historia- del-salario CEF (2021). 9 curiosidades sobre la nómina y el salario que pueden ser de tu interés. Disponible en: https://www.laboral-social.com/9-curiosidades-nomina-salario-pueden-ser-tu-interes.html?utm_ source=Boletin&utm_medium=email&utm_campaign=Boletin_Laboral_05_11_2021 Consejo Europeo (2023). Transparencia retributiva en la UE. Disponible en: https://www.consilium.europa.eu/es/policies/pay-transparency/ Consejo Europeo (2023). Unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea. Disponible en: https://www.consilium.europa.eu/es/policies/adequate-minimum-wages/ García, B. J., Tena, D., de Fez, M. C., García, M. D. y Hernández, M. V. (2023). Formación y orientación laboral. Editorial TuLibrodeFP SLU. González, J. C. y Pérez, R. (2023). Formación y orientación laboral. Editorial Paraninfo. TEMA 11. EL RECIBO DE SALARIO. NÓMINA Itinerario personal para la empleabilidad l / 14 Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Migraciones (2024). Bases de cotización. Disponible en: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/ CotizacionRecaudacionTrabajadores/36537#36538 Acceso el 21 de abril de 2024. Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. Disponible en: https://www.boe.es/eli/es/rdl/2021/12/28/32/con Resolución de 22 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Sector de Oficinas y Despachos, suscrito por Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (CEIM) y CC OO y UGT por la representación sindical (código número 28003005011981). Disponible en: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/08/13/BOCM-20220813-1.PDF