Formalización del contrato de compraventa (PDF)

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This document details the formalization of sales contracts and related contracts. It examines the essential characteristics and requirements of contracts, differentiating between civil and commercial aspects. The document also covers various types of contracts, including supply contracts and financing agreements, along with conflict resolution mechanisms.

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5 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA Y OTROS CONTRATOS AFINES Objetivos del tema ▶ Familiarizarse con las características y los requisitos esenciales de un contrato. ▶ Identificar los elementos constitutivos de un contrato, así como sus cláusulas y la normativa civil y...

5 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA Y OTROS CONTRATOS AFINES Objetivos del tema ▶ Familiarizarse con las características y los requisitos esenciales de un contrato. ▶ Identificar los elementos constitutivos de un contrato, así como sus cláusulas y la normativa civil y/o mercantil que lo regula. ▶ Aprender a formalizar el contrato de compraventa, así como otros contratos afines, y conocer sus usos y características. ▶ Conocer y diferenciar los distintos tipos de contratos afines existentes en el ámbito civil y mercantil. ▶ Saber los mecanismos disponibles para la resolución de conflictos derivados del incumplimiento de un contrato. Contrato Compraventa Compraventa civil Compraventa mercantil Vendedor Comprador Cláusulas Evicción Plazos Código civil Código de comercio Contrato de suministro Ventas a consignación Contrato de transporte Contrato de seguro Riesgos Arrendamiento Leasing Renting Factoring Incumplimiento de contrato Plantillas Introducción A lo largo de este tema conoceremos todo lo relacionado con la figura del contrato, tanto de compraventa como de otras modalidades em- pleadas habitualmente en el sector comercial y mercantil, y que deben ser de nuestro conocimiento como técnicos de actividades comerciales. Primeramente, estudiaremos el contrato, tanto sus generalidades, tipos y particularidades, y enseguida nos centraremos en una de las modalidades más importantes: la compraventa; allí, estableceremos la diferencia entre lo civil y lo mercantil, y hablaremos del papel del vendedor y del comprador, así como del carácter del contrato, sus cláusulas y demás aspectos presentes en este documento. A continuación, nos centraremos en el contrato de suministro seguido del contrato estimatorio o de ventas a consignación. Después, des- cribiremos dos contratos muy importantes en el ámbito comercial: de transporte y de seguro, para finalizar ya en el ámbito de la financia- ción con los contratos de arrendamiento: renting, leasing, y factoring y forfaiting, respectivamente. 219 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines Como últimos puntos, hablaremos de la resolución de conflictos por incumplimiento de contratos, tanto por vía judicial como extra- judicial, y cerraremos este tema comentando las plantillas y demás opciones que existen para elaborar contratos. 5.1. El contrato Un contrato es un acuerdo legal, escrito o verbal, entre dos o más partes que se obligan a realizar ciertas acciones o a entre- gar algo a cambio de una contraprestación. 5.1.1. Características y requisitos básicos En un contrato se establecen las obligaciones y los compromisos de las partes contratantes y se especifican los términos y las condiciones bajo los que se llevará a cabo una transacción o relación. Asimismo, se detallan los siguientes aspectos: Consecuencias por Derechos Responsabilidades Plazos incumplimiento 220 Procesos de venta En ese sentido, podemos pensar en él como el instrumento legal que materializa el principio de autonomía de la voluntad en el ámbito pa- trimonial y permite a las personas regular sus relaciones económicas de manera libre y responsable. Esta libertad contractual es fundamental para el desarrollo de la eco- nomía y el bienestar social, ya que consiente el intercambio de bienes y servicios, establece negocios y crea riqueza de manera voluntaria y consensuada. Para que un contrato sea válido, debe cumplir con tres requisitos básicos: Consentimiento: ambas partes tienen que estar de acuerdo y en- tender lo que están firmando. Para que se dé un consentimiento contractual válido deben cumplirse ciertos requisitos: – Que concurran, al menos, dos sujetos en calidad de partes contratantes. – Que ambas partes posean la capacidad de obrar legalmente para tal efecto. – Que actúen de manera consciente y libre. Objeto: se refiere a lo que se está intercambiando, ya sea un bien o un servicio, que es de donde surgen las obligaciones. Estos objetos o prestaciones deben ser posibles, lícitas y determinadas. Causa: es la razón por la que ambas partes están firmando el con- trato; o, dicho de otra manera, es el fin común por el que ambas partes acuerdan formalizar un contrato. En cuanto a la forma contractual, nos referimos al medio por el cual dejamos patente el consentimiento de ambas partes; es decir, el modo o procedimiento establecidos por la ley para la creación, la celebración y el perfeccionamiento del contrato. 221 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines Es posible llegar a acuerdos y cerrar contratos de manera oral, pero siempre se recurre a su formalización por la vía escrita, siendo este el modo más seguro y habitual hasta la fecha, ya que permite plasmar en un documento las condiciones del trato y servir de prueba en caso de incumplimiento. Además de las formas contractuales generales o habituales, existen formas especiales para determinados tipos de contratos: Contrato electrónico: se celebra a través de medios telemáticos, como el correo electrónico o una plataforma online. Contrato mercantil: se rige por normas específicas del derecho mercantil. Contrato administrativo: se celebra entre la Administración pú- blica y un particular. La elección de la forma contractual adecuada depende de algunos factores: El tipo de contrato: algunos, como el de compraventa de inmue- bles, requieren obligatoriamente la forma escrita, mientras que otros, como la compra de productos de bajo valor, pueden ser verbales. El valor del contrato: contratos de mayor valor económico suelen requerir la forma escrita para mayor seguridad jurídica. La voluntad de las partes: estas pueden pactar libremente la for- ma que prefieran para su contrato, siempre que no esté prohibida por la ley. 222 Procesos de venta 5.1.2. Tipos de contratos Los contratos se pueden clasificar de diferentes maneras según su na- turaleza y su regulación. A continuación, veremos algunos de ellos: Clasificación Descripción Ejemplos Típicos o Contratos de arrenda- Están previstos y regulados por la ley. nominados miento, laborales, etc. Contratos de franquicia o No poseen una regulación propia y surgen Atípicos de outsourcing (externali- de la autonomía para negociar de las partes. zación de procesos). Existen por sí mismos, es decir, no dependen Contratos de compra- Principales de la existencia de otro contrato para tener venta, arrendamiento, validez. préstamos, etc. En ellos solo una de las partes acarrea Contratos de donaciones, Unilaterales obligaciones. de seguros, etc. Ambas partes tienen obligaciones de Contrato de compraventa, Bilaterales manera recíproca. de suministro, etc. Ambas partes obtienen un beneficio econó- Contrato de compraventa, Onerosos mico a cambio de una contraprestación. A su de prestación de servicios, vez, pueden ser conmutativos o aleatorios. etc. Comodato (préstamo Gratuitos Solo una parte obtiene el beneficio. gratuito de un objeto). Contrato de compra de Las obligaciones de las partes se cumplen bienes muebles (los que De tracto único en un solo acto; es decir, no se extienden en pueden trasladarse de un el tiempo. sitio a otro). Las obligaciones de las partes se cumplen Contrato de alquiler de Tracto sucesivo en un periodo de tiempo; es decir, se extien- vivienda, de suministro den en el tiempo. eléctrico, de seguro, etc. Se perfeccionan simplemente con el Contrato de compraventa, consentimiento de las partes; es decir, Consensuales de arrendamiento de no requieren de la entrega de la cosa o la servicios, etc. prestación del servicio para ser válidos. 223 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines Las prestaciones de las partes están prede- Contrato de compraventa, Conmutativos finidas, son conocidas en el momento de la permuta, transporte, etc. firma y se consideran equivalentes en valor. Además del consentimiento recíproco, se Contrato de depósito, de Reales perfeccionan con la entrega del servicio o préstamo, etc. del bien. La ley exige que se cumplan ciertas forma- lidades para que sean válidos; es decir, no Contrato de fideicomiso, basta con el simple acuerdo de las partes, de hipoteca (debe ser Formales sino que es necesario que el contrato se registrada), de capitula- plasme en un documento específico y se ciones matrimoniales, etc. cumplan determinados trámites. Se celebran sin conocer las consecuencias Contratos de seguro (en Aleatorios económicas que tendrá para ambas. todas sus modalidades). Contratos de seguro, Una de las partes establece unilateralmente bancarios, de transporte, De adhesión las cláusulas del contrato, sin que la otra de suministro de servicios parte pueda negociarlas o modificarlas. públicos, viajes, etc. Para + info El comodato, también conocido como préstamo de uso, es un contrato real, gratuito y unilateral en virtud del cual una persona, llamada comodante, entrega a otra persona, llamada comodatario, un bien no fungible para que lo use durante un cierto tiempo y se obligue a devolverlo. Cuando hablamos de bienes fungibles, nos referimos a obras de arte, objetos colec- cionables, bienes inmuebles, activos digitales, etc. 224 Procesos de venta 5.2. El contrato de compraventa El contrato de compraventa es un acuerdo mediante el cual una parte (vendedor) se obliga a entregar una cosa determinada a otra parte (comprador), que a su vez se obliga a pagar por ella una cantidad determinada. 5.2.1. Características, elementos y requisitos Para empezar, debemos tener en cuenta que el contrato de compra- venta es uno de los pilares fundamentales en las relaciones comerciales y uno de los contratos más comunes en el ámbito mercantil. Su propó- sito principal, como ya hemos dicho, es transferir la propiedad de un bien o un derecho de una parte a otra a cambio de un precio pactado. En cuanto a sus características, según la tabla vista anteriormente, se trata de un contrato principal, típico, bilateral, oneroso, consensual y conmutativo, el cual presenta los siguiente elementos: Personales: comprador y vendedor. Ambas partes deben tener la capacidad legal para contratar. Reales: objeto (el bien o servicio que se transfiere) y precio (la cantidad de dinero o equivalente que se paga). Formales: requisitos que deben cumplir para su validez, que pue- den incluir la forma escrita y el registro en ciertos casos. 225 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE A PLAZOS Título del contrato En ________________ a ____ de ___________ de ________ Lugar y fecha REUNIDOS De una parte: _________________________________________, con domicilio social en _______________________________, C.I.F.____________, representada en este acto por ________________________________, con D.N.I. ______________ y en su calidad de _______________________, en adelante LA PARTE VENDEDORA. Y de otra: ____________________________________, mayor de edad, con domicilio en [Dirección del Comprador], D.N.I. [Número de D.N.I.] y en adelante LA PARTE COMPRADORA. INTERVIENEN Ambas partes en su propio nombre y derecho, reconociéndose mutuamente capacidad le- gal suficiente para el otorgamiento del presente CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUE- Identificación BLE A PLAZOS (en adelante, el «Contrato»), y a tal efecto, de las partes, EXPONEN los motivos y el consentimiento I. Que LA PARTE VENDEDORA es propietaria del siguiente inmueble: Descripción del inmueble: [Incluir descripción detallada del inmueble, incluyendo su ubi- cación, superficie, número de registro de la propiedad, etc.] Títulos de propiedad: [Especificar los títulos de propiedad que respaldan la titularidad del inmueble, como la escritura pública de compraventa.] Situación jurídica: [Indicar si el inmueble tiene alguna carga o gravamen, como hipotecas, servidumbres, etc.] II. Que LA PARTE COMPRADORA está interesada en la adquisición del referido inmueble. III. Que ambas partes, con base en lo expuesto, han acordado celebrar el presente Contrato de compraventa de inmueble a plazos, con arreglo a las siguientes: CLÁUSULAS Primera. Objeto Por el presente Contrato, LA PARTE VENDEDORA se obliga a vender y entregar a LA PARTE COMPRADORA, que se obliga a comprar y recibir, el inmueble descrito en el Expositivo I del presente Contrato, en adelante EL INMUEBLE. Cláusulas Segunda. Precio El precio total convenido por EL INMUEBLE es de ___________________ € (__________________), pagaderos de la siguiente forma: Firmas Elementos del contrato de compraventa. 226 Procesos de venta Si pensamos en la adquisición de una vivienda, por ejemplo, los requi- sitos del contrato de compraventa son: Consentimiento de las partes: el contrato se perfecciona y es obligatorio desde que las partes acuerdan y aceptan el precio y objeto del contrato, independientemente de que este (la vivienda) no haya sido aún entregado. Objeto: en este caso, la vivienda que se desea comprar. Precio: este debe ser determinado, en dinero o en signo que lo re- presente. De ninguna manera puede ser indeterminado o dejado a la voluntad de una de las partes. Si la empresa Bodegas Hurtado López compra una máquina de embotellado a Maquinaria Pro, se trataría de un contrato bilateral (ambas partes tienen obligaciones), oneroso (ambos obtienen beneficios) y de tracto único (se cumple en el mo- mento de la entrega y el pago). Para + info En el siguiente enlace encontrarás un vídeo con toda la informa- ción que debes saber acerca de los contratos de compraventas, incluyendo ejemplos concretos: n9.cl/1ri3d 227 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines 5.2.2. Normativa que regula la compraventa: compraventa civil y mercantil La compraventa puede regirse por distintas normativas dependiendo de la naturaleza de las partes y el objeto del contrato. Así, encontramos dos tipos de compraventa: Compraventa civil: las partes contratantes son personas físicas o jurídicas que actúan por su cuenta; es decir, no como parte de su n9.cl/r6ocg actividad empresarial o profesional. El objeto del contrato es una cosa determinada (bien inmueble, bien mueble o un derecho). Esta está regulada por el Código Civil, concretamente desde el ar- tículo 1445 hasta el 1508. Presenta las siguientes características: Compraventa civil Características Regulación Ámbito En cuanto a la protección de la figura del consumidor, existe el n9.cl/oc6v9q Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la De- fensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. En esta normativa se establece el derecho a la información, al desistimiento o a la reparación o sustitución de productos defectuosos, entre otros. Sin embargo, las comunidades autónomas tienen competen- cia para regular algunos aspectos específicos de los contratos de compraventa, por ejemplo: – Pueden establecer requerimientos adicionales a los que ya están previstos en el Código Civil. Por ejemplo, pueden exigir que el contrato de compraventa de un inmueble se otorgue en escritura pública ante notario, incluso si el precio de la compra- venta es inferior a los 15.000 euros. – Pueden establecer normas específicas de protección del con- sumidor en materia de compraventa, como, por ejemplo, las relativas a las garantías, las devoluciones o las reclamaciones. 228 Procesos de venta 1. Comunidad de Madrid: Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. 2. Cataluña: Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consu- mo de Cataluña. 3. Andalucía: Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía. 4. Aragón: Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón. 5. Castilla y León: Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León. 1 n9.cl/q620eg 2 n9.cl/bz21b 3 n9.cl/x6xbfd 4 n9.cl/20hvv 5 n9.cl/zl7yo8 Compraventa mercantil: las partes contratantes son empresarios o profesionales que actúan en el ejercicio de su actividad empre- n9.cl/jjsz3h sarial o profesional. Las especificaciones y obligaciones de los contratos comerciales están recogidos en el Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio. Sus particularidades se pueden resumir en las siguientes: Compraventa mercantil Características Regulación Ámbito 229 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines 5.2.3. Derechos y obligaciones del vendedor y del comprador Como ya hemos explicado, en todo contrato de compraventa tanto el vendedor como el comprador contraen una serie de obligaciones y derechos que deben cumplir para asegurar una transacción justa y equitativa. El papel del vendedor En cuanto a sus obligaciones, podemos mencionar: Entrega del bien o servicio: debe entregarlo en el tiempo, el lugar y las condiciones pactadas. Por ejemplo, una tienda de mue- bles está obligada a entregar sus productos en la fecha, el horario y la dirección acordados con los clientes. Garantía de saneamiento: debe asegurar que el bien no tie- ne defectos ocultos y que está libre de cargas y gravámenes. Por ejemplo, un concesionario de autos tiene que garantizar que el co- che vendido no tiene cargas ni defectos ocultos. Conservación de la cosa: hasta la entrega, el vendedor es respon- sable de la conservación del bien. Por ejemplo, un repartidor de comida de un restaurante debe conservar en buenas condiciones los pedidos hasta que sean recibidos por los clientes. En cuanto a sus derechos, estos se pueden resumir en los siguientes: Cobro del precio: derecho a recibir el monto pactado en los tér- minos acordados. Una tienda online, por ejemplo, tiene derecho a recibir el pago antes de enviar los productos comprados. Intereses de demora: si el comprador se retrasa en el pago, el vendedor puede demandar intereses por el retraso. Si pensamos en una empresa constructora, esta puede exigir intereses por pa- gos atrasados en un contrato de construcción. 230 Procesos de venta Para + info La evicción de un bien, en el contexto legal, se refiere a la pérdida total o parcial del derecho de propiedad de un bien adquirido por comprador, debido a la existencia de un derecho preexistente de un tercero. Esto ocurre cuando, tras la compra- venta de un bien, el comprador descubre que el vendedor no era el legítimo propietario de este o que existía un gravamen sobre el bien que no fue informado al momento de la compra. El papel del comprador Así como ocurre con el vendedor, el comprador también tiene ciertas obligaciones que debe llevar a cabo, tales como: Pago del precio: debe pagar el importe en el tiempo y lugar acor- dados. Un cliente tiene que abonar la factura de un servicio de consultoría en la fecha establecida en el contrato. Recepción de la cosa: se trata de la obligación de recibir el bien en las condiciones pactadas. Un interesado en maquinaria indus- trial debe prepararse y aceptar la entrega en la fábrica según lo acordado. Pago de gastos: asumir los gastos de transporte salvo que se lle- gue a otro pacto. Un importador ha de pagar los costes de envío de los productos adquiridos a menos que se acuerde lo contrario. 231 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines No obstante, el comprador también tiene derechos que es importante que se satisfagan, como los siguientes: Recepción del bien o servicio: debe recibir el bien en las condi- ciones pactadas. Si una persona compra una casa, esta debe ser entregada de acuerdo con lo establecido en el contrato. Garantías: derecho a exigir saneamiento por defectos ocultos o evicción. Un comprador de un electrodoméstico que resultó defec- tuoso puede exigir una reparación o reemplazo según la garantía. Visualicemos lo anteriormente descrito en un caso de com- praventa de una vivienda entre particulares (compraventa civil). José Pérez (vendedor) pone a la venta un inmueble por un precio de 185.000 €, ubicado en Madrid capital, y María Luisa García está interesada. Después de la visita y de recibir la información y los datos necesarios acerca del inmueble, decide comprarlo (por lo que pasa a ser compradora) con fecha 1 de junio de 2024, como estipula el contrato que ambos firman. A partir de ese momento, José tiene la obligación de custodiar, conservar y entregar el inmueble en el estado acordado (vacío, limpio, en buen estado, etc.) junto con la escritura de compraventa; es decir, el documento público en el que se formaliza la transmisión de la propiedad del inmueble del vendedor al comprador. Deberá pagar la plusvalía municipal cuando sea necesario y los gastos derivados para efectuar la entrega del inmueble. Asimismo, queda obligado a garantizar que este no tiene imperfectos o vicios ocultos que imposibiliten su uso y disfrute, así como riesgo de evicción del bien; es decir, que María Luisa se vea privada, total o parcialmente, de la propiedad del inmueble a causa de un derecho prexistente de un tercero. Como contraparte, José tiene derecho a cobrar el precio pactado, así como a ejercitar la acción rescisoria del contrato y recuperar el inmueble en caso de que María Luisa no pague lo acordado en los plazos establecidos o incumpla con las demás obligaciones que le corresponden: pagar los gastos e impuestos posteriores a la venta, firmar la escritura de compraventa, etc. Una vez firmada y otorgada esta, María Luisa tiene derecho a adquirir la propiedad del inmueble y a disfrutar de él de la forma que desee, siempre que no cause perjuicio a terceros. 232 Procesos de venta 5.2.4. Estructura de un contrato de compraventa Es importante tener en cuenta que contrato de compraventa debe se- guir una estructura clara y contener ciertas cláusulas generales para ser válido y proteger los intereses de ambas partes. Esta estructura asegura que todos los aspectos importantes de la transacción estén cubiertos y que no haya malentendidos futuros. A continuación, enumeramos los elementos que deben constar en todo contrato de compraventa y que podemos definir como cláusulas esenciales: 1. Fecha: es obligatorio indicar cuándo y dónde se lleva a cabo la celebración del contrato. 2. Identificación de las partes: es decir, la información detallada del comprador y del vendedor: nombres, direcciones, números de documentos de identidad y/o cualquier otra información relevante que los identifique legalmente a ellos o a sus representantes. 3. Descripción del objeto del contrato: es imprescindible que el bien o servicio que se está comprando o vendiendo —el eje del contrato—, esté perfectamente claro y definido. Esto incluye ca- racterísticas, cantidad, calidad y cualquier otro aspecto relevante. 4. Precio y forma de pago: hay que establecer el precio del bien o servicio y las condiciones de pago, incluyendo plazos, métodos aceptados y posibles descuentos o penalizaciones por retrasos. 5. Transferencia del bien: se debe indicar que la propiedad del bien u objeto pasará del vendedor al comprador y que se hará efectiva en el momento en que el vendedor haga entrega de este. 6. Condiciones de entrega: también se debe incluir este tipo de detalles, tales como la fecha, el lugar y las condiciones en las que se realizará la entrega del bien. Si fuera necesario, se deben incluir los términos sobre el transporte y los posibles gastos asociados. 7. Firma de las partes: los intervinientes firman el contrato en señal de conformidad. Cláusulas generales y especiales Entendemos por cláusulas contractuales todas aquellas disposiciones que detallan los derechos, obligaciones y responsabilidades de cada parte involucrada, y que definen con claridad los términos y condiciones que regirán la relación contractual. Su función principal es garantizar que los aspectos del acuerdo estén definidos y consensuados, de ma- nera que se minimicen los riesgos de malentendidos o disputas futuras. 233 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines Cuando hablamos de cláusulas generales de un contrato de com- praventa, debemos tener en cuenta que estas pueden variar según la naturaleza del bien y las necesidades de las partes. Sin embargo, algu- nas de las más comunes son: Cláusula de arras: regula la entrega de una cantidad de dinero por parte del comprador al vendedor como garantía de la compra. Cláusula de rescisión: establece las condiciones en las que cual- quiera de las partes puede resolver el contrato. Cláusula de garantías: define el tipo de garantía que el vendedor proporciona al comprador, como la ausencia de defectos ocultos y la legalidad de la posesión del bien, así como el procedimiento para hacerlas efectivas. Cláusula de jurisdicción: determina los mecanismos para resol- ver posibles disputas, incluyendo la jurisdicción aplicable y los métodos de resolución (mediación, arbitraje, tribunales, etc.). Por otro lado, las cláusulas especiales se refieren a cualquier otra con- dición acordada por ambas partes que no esté cubierta en las cláusulas anteriores, por ejemplo, de confidencialidad, de exclusividad, de arbitraje, etc. Para + info En el siguiente enlace encontrarás un modelo de contrato de compraventa, en donde podrás visualizar su estructura, sus cláusulas y su contenido en general: n9.cl/x7840 234 Procesos de venta 5.2.5. Causas de extinción de un contrato de compraventa Un contrato de compraventa puede extinguirse por diversas causas, las cuales liberan a las partes de sus obligaciones contractuales. Algunas de ellas pueden ser: Cumplimiento del contrato: cuando ambas partes cumplen con sus obligaciones; es decir, el vendedor entrega el bien y el compra- dor paga el precio acordado. Mutuo acuerdo: las partes pueden decidir de común acuerdo ter- minar el contrato antes de que todas las obligaciones hayan sido cumplidas. Incumplimiento: si una de las partes no cumple con sus obliga- ciones, la otra parte puede decidir terminar el contrato. En estos casos, pueden aplicarse penalizaciones o indemnizaciones por da- ños y perjuicios. Imposibilidad sobrevenida: si ocurre un evento imprevisto que hace imposible el cumplimiento del contrato; por ejemplo, un de- sastre natural que destruye el bien objeto del contrato. Rescisión: por decisión unilateral de una de las partes, bajo las condiciones específicas pactadas en el contrato. Vencimiento del plazo: si el contrato tiene una duración determi- nada y llega a su fin sin haber sido renovado. 235 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines 5.2.6. El contrato de compraventa a plazos Un contrato de compraventa a plazos es un tipo de acuerdo en el que el comprador se compromete a pagar el precio del bien en varias cuotas a lo largo del tiempo, en lugar de realizar un único pago al momento de la compra. Con esta modalidad se suelen transferir o vender bienes corporales o duraderos, como un inmueble o un vehículo, así como algunos ser- vicios concretos, en el caso de viajes o remodelaciones de viviendas. Existen distintas formas de abonar el pago a plazos: Fraccionamiento del pago: el precio se paga en varios plazos acordados, conocidos como cuotas, los cual facilita al comprador la adquisición del bien. Entrega del bien: el vendedor entrega el bien al comprador una vez firmado el contrato, aunque el pago total se realice posterior- mente. Reserva de dominio: el vendedor puede retener la propiedad del bien hasta que el comprador complete todos los pagos. Intereses y costes adicionales: los plazos pueden incluir intere- ses, y se deben especificar claramente en el contrato. Como todo proceso comercial, la compraventa a plazos tiene sus ven- tajas y desventajas, las cuales podemos resumir así: Ventajas Desventajas 236 Procesos de venta n9.cl/fkh6ga La compraventa a plazos está regulada por la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, la cual establece los re- quisitos y condiciones que deben cumplirse para que el contrato sea válido y protege los derechos de ambas partes. En esa misma línea, es decir, para proteger los derechos de las partes involucradas en la transacción, es necesario inscribir los contratos en un registro, como consta en la legislación española: n9.cl/pr3od Registro de la Propiedad, para bienes inmuebles, donde se ins- criben los detalles relacionados con la propiedad vendida: titularidad, hipoteca, cargas, etc., y para lo cual existe una norma- tiva y un aparato legislativo. n9.cl/8xemib Registro de Bienes Muebles, para vehículos, maquinaria, etc., según lo dicta la Orden de 19 de julio de 1999 por la que se aprueba la Ordenanza para el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles. La inscripción hace público el contrato de venta a plazos, lo que significa que cualquier persona puede consultarlo en el registro co- rrespondiente. Esto protege al comprador frente a terceros que podrían desconocer su existencia y reclamar derechos sobre el bien. Por otro lado, una vez inscrito, dicho contrato es oponible a terceros, lo que significa que estos no pueden reclamar derechos sobre el bien si no tienen conocimiento del contrato inscrito. Esto protege al vendedor frente a posibles embargos o reclamaciones por parte de acreedores del comprador. Para + info Finalmente, cabe resaltar algunas ventajas o beneficios importantes En el enlace a conti- de llevar a cabo este registro: nuación encontrarás un modelo de contrato de Brinda mayor seguridad jurídica a ambas partes, ya que reduce el compraventa a plazos: riesgo de fraudes o litigios. n9.cl/xyh0s Permite la obtención de financiación; es decir, que el comprador puede obtener prestación económica con mayor facilidad. Agiliza la ejecución del contrato; esto es, que en caso de incum- plimiento por parte del comprador, el vendedor pueda ejecutar el contrato de forma más rápida y sencilla. 237 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines 5.2.7. Contratos de compraventa especiales Como ya hemos visto, existen dos grandes modalidades de contratos de compraventa. Dentro de modalidad de compraventa civil, pode- mos hablar de las siguientes: Compraventa ordinaria Compraventa a plazos Compraventa con reserva de dominio Compraventa con pacto de retroventa Compraventa con pacto de preferencia Dentro de la segunda modalidad, la de compraventa mercantil, nos encontramos con estas: Compraventa al contado Compraventa a crédito Compraventa con remesa Compraventa con comisión Compraventa con pacto de retroventa Sin embargo, también existe otra clasificación más. Cuando nos refe- rimos a contratos de compraventa especiales, debemos saber que se trata de una categoría específica de contratos de compraventa que 238 Procesos de venta se distinguen del general debido a sus características únicas, el objeto de la transacción o las partes involucradas. En la tabla a continuación, describimos brevemente algunos de ellos: Modalidad Descripción Ejemplos El comprador selecciona productos de Comprar un mueble a través un catálogo, en el que se describen los Ventas sobre del catálogo de IKEA o un detalles de estos, como sus característi- catálogo equipo de aire acondicionado cas y precios. El contrato se formaliza al en la web de Leroy Merlin. realizar el pedido. El comprador tiene la opción de probar Ventas a ensayo o el bien antes de finalizar la compra. Si Probar un coche en un conce- prueba este no cumple con las expectativas, el sionario antes de comprarlo. comprador puede devolverlo. El contrato se firma, pero la compraventa Comprar productos de Ventas salvo queda supeditada a la confirmación Amazon que necesitan confirmación posterior de alguna de las partes. confirmación de stock. Estas compraventas se realizan Ventas en tienda directamente en el establecimiento del Comprar ropa en una tienda o almacén vendedor. El comprador selecciona y de Zara. adquiere el bien en el mismo lugar. Estas ventas se llevan a cabo en eventos temporales donde varios vendedores Ventas en feria o Comprar productos artesana- exponen y venden sus productos. Es mercado les en una feria. común en mercados de artesanías y alimentos. El comprador adquiere el bien a través de medios como correo postal o catálogos en Ventas por Comprar un libro en la tienda línea. El contrato se formaliza cuando el correspondencia online de El Corte Inglés. comprador realiza el pedido y el vendedor lo confirma. 239 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines 5.3. El contrato de suministro Un contrato de suministro es un acuerdo en el que una parte (el suministrador) se compromete a entregar bienes o servicios a la otra parte (el suministrado) de forma periódica y sucesiva. Esta modalidad de contrato, afín al contrato de compraventa, es de carácter típico, principal, bilateral, oneroso, consensual y de tracto sucesivo. Como su nombre hace pensar, es muy común en industrias que requieren una provisión continua de materiales o servicios específicos para su operación, y ha de reflejar las siguientes cláusulas: Partes Causa y objeto Cantidad y calidad Continuidad y periodicidad Las entregas se realizan en intervalos regulares, ya sea sema- nal, mensual, o según se acuerde entre las partes, lo que asegura una relación continua y sostenida en el tiempo. Se especifican claramente la cantidad y calidad de los bienes o servicios a su- ministrar, y generalmente se acuerda un precio fijo o variable por las entregas, el cual puede incluir ajustes por inflación y cambios en los costes de producción. Además, este tipo de contrato puede adaptarse a las necesidades del suministrado, lo cual permite ajustes en las cantidades entre- gadas según la demanda y, como hemos dicho antes, puede ser para dos tipos de suministro: 240 Procesos de venta Suministro de materiales: entrega periódica de materias primas o componentes necesarios para la producción. Por ejemplo, una empresa automotriz recibe que piezas de motor semanalmente de un proveedor durante cinco años. Suministro de servicios: prestación continua de servicios nece- sarios para el funcionamiento de una empresa. Por ejemplo, esta contrata un servicio de limpieza que trabaja diariamente para mantener sus oficinas limpias. Para + info En el siguiente enlace encontrarás un ejemplo de contrato de suministro: n9.cl/6z6p2 Ponte a prueba ¿Qué elemento es indispensable en cualquier contrato? a) Consentimiento. b) Registro notarial. c) Testigos. En una compraventa mercantil, ¿cuál es la normativa prin- cipal que la regula? a) Código Civil. b) Código de Comercio. c) La Ley de Contratos del Sector Público. En términos de un contrato de compraventa, ¿a qué se refiere el término “imposibilidad sobrevenida? a) Acción legal que impide que un bien sea adquirido. b) Acción ilícita que impide que un bien sea adquirido. c) Evento imprevisto que hace imposible el cumplimiento del contrato. 241 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines 5.4. El contrato estimatorio o de ventas en consignación Un contrato estimatorio es aquel por el cual el consignante (fabricante o mayorista) entrega mercaderías al consignatario (detallista) para su venta, bajo la condición de que, si no se venden, le sean devueltas. También conocido como contrato de ventas en consignación es de carácter atípico, principal, bilateral, oneroso, consensual y de tracto único. Su característica principal es que refleja un compromiso co- Para + info mercial en el que el consignatario no adquiere la propiedad de los bienes, sino que tiene la posesión y la facultad de venderlos por En el enlace a continua- cuenta del consignante. ción podrás encontrar un modelo de contrato de En cuanto a sus cláusulas, debe contener las siguientes: ventas en consignación en versión descargable: Partes. n9.cl/jjliu Causa y objeto. Duración de la consigna (depósito) del objeto (productos o mer- cancía). Condicionamiento del pago del precio a la venta final. Compromiso del consignatario de asumir el riesgo. 242 Procesos de venta 5.5. Los contratos de transporte y de seguro El transporte y el seguro son dos elementos esenciales en las ac- tividades comerciales, no solamente en el contexto nacional, sino internacional, donde la distancia y la complejidad de las operaciones aumentan los riesgos. Los contratos de seguro, más allá de su relevan- cia en el ámbito comercial, ofrecen una protección significativa para individuos, familias y empresas frente a diversos riesgos que pueden afectar su bienestar y estabilidad económica. 5.5.1. Contratos de transporte En el sector del comercio, el transporte facilita el intercambio de materiales, mercancías, suministros. La existencia de contratos de transporte permite que se establezcan las condiciones del traslado. En este caso, el acuerdo implica que una parte (transportista) se com- promete a trasladar un objeto de un lugar a otro para entregarlo a una parte designada (destinatario), a cambio de un precio o tarifa. Se trata de un tipo de contrato típico, principal, bilateral, oneroso, consensual y conmutativo. Entre sus principales cláusulas podemos mencionar: Partes Causa y objeto Fijación de precio y forma de pago Fijación de punto de carga y descarga Determinación de ruta y plazos de entrega Periodicidad y duración (transporte único o continuado) Responsabilidades y penalidades 243 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines En el caso del precio, este puede ser fijo o variable. Parte esencial del contrato trata de las responsabilidades, especialmente las del portea- dor, quien será el responsable de los daños o las pérdidas que sufra la mercancía durante el transporte, salvo que sean causados por fuerza n9.cl/3cp3nh mayor o por la culpa del cargador. Asimismo, se detallará también el tipo de embalaje de la mercancía y se enumerarán los riesgos cubier- tos por el seguro de transporte (si lo hubiera). En cuanto a la normativa aplicable en el ámbito nacional, existe la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre n9.cl/uves6 de mercancías, la cual, como su nombre indica, regula el transporte terrestre de mercancías, mientras que el Código de Comercio lo hace del transporte marítimo y aéreo. A nivel exterior, España es parte de diversos convenios internacionales que regulan el transporte de mercancías, como el Convenio de Gine- bra sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercaderías por Carretera (CMR) y el Convenio de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG). Este tipo de contratos se clasifican según el medio de transporte utilizado: Terrestre Aéreo Marítimo Multimodal Para + info En el siguiente enlace encontrarás un modelo muy completo y elaborado de un contrato de transporte de materiales: n9.cl/un2dsf 244 Procesos de venta 5.5.2. Contratos de seguro Por otro lado, tanto en el sector comercial como en otros muchos otros o en actividades que suponen riesgos, existen los contratos de seguros. Se trata de acuerdos por los cuales una parte (asegurador) se compro- mete a resarcir económicamente un daño a la otra parte (asegurado) en caso de que se produzca la eventualidad objeto del contrato, a cam- bio del pago de una contraprestación económica (prima). En términos generales, la parte aseguradora será una compañía de seguros, mientras que la parte asegurada será una persona consumi- dora o usuaria. Para formalizar el contrato de seguro, se emplea un documento denominado póliza. El contrato de seguro es de carácter típico, principal, bilateral, oneroso, consensual, aleatorio, de adhesión y de tracto sucesivo, y, en términos generales, precisa de las siguientes cláusulas: Partes Causa y objeto Siniestro Prima y suma asegurada Franquicia Exclusiones y limitaciones En España, existe una amplia variedad de contratos de seguro para cubrir las necesidades de protección de personas, bienes y actividades econó- micas. Entre los tipos o modalidades más comunes se encuentran: Modalidad Protegen Ejemplo La integridad física, salud o vida De vida, de accidente, de salud, de Personas de las personas aseguradas. dependencia, etc. Los bienes materiales del asegu- De hogar, de automóvil, de viaje, de Bienes rado frente a diversos riesgos. incendios, de robo, de transporte, etc. Al asegurado frente al impago de De crédito comercial, de crédito a la Crédito sus deudores. exportación, etc. Las producciones agrícolas y Agrarios ganaderas frente a diversos De cosecha, de ganado, etc. riesgos. Al asegurado frente a los daños De responsabilidad civil, de Responsabilidad que pueda causar a terceros con responsabilidad civil profesional, de su actividad. responsabilidad patronal, etc. 245 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines n9.cl/f3x9m A todas estas modalidades les será aplicable lo estipulado en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro y se tomarán como válidas las cláusulas del contrato que sean más beneficiosas para la parte asegurada. Para + info En el siguiente enlace encontrarás un modelo de contrato de seguro. n9.cl/xu15h Los riesgos Un riesgo se refiere a la posibilidad de que algo malo suceda; por lo tanto, implica incertidumbre sobre los efectos o implicaciones de una actividad con respecto a algo que los seres humanos valoran, así como sospechas de consecuencias negativas e indeseables. En el ámbito de los seguros, un riesgo se define como la posibilidad de que ocurra un evento incierto y futuro que pueda causar daño o pér- dida económica al asegurado. Este evento, también conocido como siniestro, es la base sobre la cual se establece el contrato de seguro. 246 Procesos de venta Para determinar un riesgo, hay una serie de aspectos clave que deben ser tomados en cuenta, como la incertidumbre o el potencial de daño perdida, pero también la medibilidad, que es la estimación de la pro- babilidad y el impacto potencial del siniestro, o la administrabilidad, que son las medidas que se pueden tomar para reducir la probabilidad o gravedad de riesgo. Existen muchas formas diferentes de clasificar un riesgo, pero algunas categorías comunes incluyen: Riesgo puro: se refiere a la posibilidad de Riesgo especulativo: implica la posibilidad pérdida o daño. tanto de ganancia como de pérdida. Riesgo subjetivo: se basa en la percepción Riesgo objetivo: se apoya en datos y análisis individual de la probabilidad y gravedad de medibles. un riesgo. Riesgo no financiero: incluye riesgos como Riesgo financiero: implica la posibilidad de el daño a la reputación, daño ambiental o una pérdida económica. peligros para la seguridad. En ese sentido, podemos hablar de la existencia de un riesgo cuando, por ejemplo, invertimos en el mercado de valores, cuando emprendemos e iniciamos un negocio, todas las veces que conducimos nuestro coche o, incluso, cuando nos vamos de viaje durante nuestras vacaciones. La gestión de riesgos En pocas palabras, la gestión de riesgos es el proceso de identificar, evaluar y gestionar riesgos. Implica comprender los peligros potencia- les que enfrenta una persona, empresa u organización, tomar medidas para reducir la probabilidad o la gravedad de estos y desarrollar planes para responder a los que sí ocurren. Ahora bien, ¿qué implicaciones positivas aporta la gestión de riesgos en un negocio o empresa? Pensemos, por ejemplo, en una fábrica, la cual, al igual que cualquier empresa o negocio, enfrenta diversos tipos de riesgos que pueden afectar negativamente sus ventas. Veamos los más determinantes: De mercado: es decir, cambios en las preferencias de los consu- midores, entrada de nuevos competidores o fortalecimiento de la competencia existente, fluctuaciones en los precios de las mate- rias primas o condiciones económicas generales (recesión, crisis económica, etc.). 247 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines Operativos: problemas de calidad (defectos en los productos o servicios), interrupciones en la producción (huelgas, fallas en equipos, desastres naturales, etc.), problemas de logística y dis- tribución (ineficiencia, retrasos, etc.), ciberseguridad (ataques informáticos, filtración de datos, etc.). Financieros: falta de acceso a capital y dificultades para obtener financiamiento, fluctuaciones en las tasas de interés, riesgos en los tipos de cambios (en caso de exportaciones), etc. Regulatorios: cambios en las regulaciones ambientales, en las le- yes laborales o aumento del salario mínimo, nuevas regulaciones de seguridad de los productos, etc. Geopolíticos: inestabilidad política en los mercados, guerras o conflictos en regiones donde se ubican proveedores y mercados clave, desastres naturales que pueden dañar instalaciones fuera de España o interrumpir la producción, etc. Para + info En el siguiente enlace encontrarás un vídeo muy interesante acerca de la gestión de riesgos, el cual incluye sus beneficios y etapas: n9.cl/tb8qn 248 Procesos de venta 5.6. Los contratos de arrendamiento: leasing y renting Un contrato de arrendamiento financiero o mercantil es un acuerdo legal entre dos partes: el arrendador (entidad financie- ra o empresa) y el arrendatario (empresa o persona física), en el que el arrendador cede al arrendatario el uso y disfrute de un bien durante un plazo determinado a cambio del pago de unas cuotas periódicas. Como podemos ver, se trata de un tipo de contracto de carácter finan- ciero (su objetivo principal es financiar la adquisición de un bien por parte del arrendatario. El arrendador asume el riesgo de la inversión y el arrendatario la amortiza mediante el pago de las cuotas) y mercantil (el bien arrendado suele ser maquinaria o un vehículo, y se rige por la normativa mercantil). Asimismo, es de tracto sucesivo, de larga dura- ción e incluye la opción de compra. Entre sus principales cláusulas, podemos enumerar: Partes Causa y objeto Duración del contrato Establecimiento de cuotas Mantenimiento y reparaciones Seguros Opción de compra Resolución del contrato (indemnización, devolución) 249 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines A continuación, describiremos los dos tipos de contrato de arrenda- miento financiero y mercantil más conocidos en la actualidad: leasing y renting, para lo cual, al igual que lo haríamos en términos de un con- trato de arrendamiento ordinario (alquiler de un piso, por ejemplo), hablaremos de los siguientes: 5.6.1. Leasing El leasing, o arrendamiento financiero, es un contrato mediante el cual una parte cede el uso de un bien mueble o inmueble a petición de otra parte durante un tiempo determinado a cambio del pago de cuo- tas periódicas, las cuales incluyen gastos de financiación e intereses. Al finalizar el contrato, la parte que ha disfrutado del bien tiene la opción de comprarlo por un valor residual previamente acordado, de renovar el contrato o de devolverlo. Existen tres tipos de leasing: Mobiliario: se utiliza para bienes muebles, como maquinaria, equipos informáticos o vehículos. Inmobiliario: se emplea para bienes inmuebles, como locales co- merciales o viviendas. Operativo: previo acuerdo, el arrendador asume la responsabili- dad de sustituir el bien por otro más actualizado; por ejemplo, en el caso de equipo tecnológico o informático. 250 Procesos de venta Además de las cuotas periódicas, el arrendatario debe asumir una serie de comisiones y gastos asociados al contrato de leasing, entre los que destacan: Comisión de apertura: es un porcentaje del precio del bien que el arrendatario debe pagar al inicio del contrato. Comisión de estudio: se trata de una cantidad que el arrendador cobra por analizar la solvencia del arrendatario. Gastos de gestión: son los gastos que el arrendador asume por la gestión del contrato, como los gastos de seguros, mantenimiento o administración. Gastos de cancelación: hace referencia a los gastos que el arren- datario ha de pagar si decide cancelar el contrato antes de su vencimiento. Opción de compra: consiste en el precio residual que el arrenda- tario debe pagar si desea comprar el bien al final del contrato. Como toda operación de tipo financiero, tiene sus ventajas y desven- tajas, a saber: Ventajas Desventajas Permite financiar la Las comisiones y los gastos adquisición de un bien sin asociados al contrato pueden necesidad de desembolsar aumentar significativamente el una gran cantidad de dinero coste total del bien. al principio. El arrendatario asume el riesgo El arrendatario puede elegir de que el bien se quede obsoleto Para + info el plazo del contrato, las al final del contrato y, por lo cuotas y la opción de compra. tanto, se vea en la tesitura del En el enlace a continua- reponerlo. ción, encontrarás un vídeo muy completo con El arrendatario no adquiere la toda la información que Las cuotas del leasing son propiedad del bien hasta el final necesitas saber acerca del deducibles del Impuesto de leasing: del contrato o si ejerce la opción Sociedades. de compra. bit.ly/3xMtxap El arrendatario puede renovar el contrato al final de este por un bien nuevo y más moderno. 251 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines 5.6.2. Renting El renting es un contrato de arrendamiento financiero de bienes muebles o de alquiler de activos fijos en el que una parte cede el uso de un bien a otra parte durante un periodo determinado a cambio de cuotas periódicas; esta cesión o “renta” puede incluir mantenimiento, seguro y, en el caso de vehículos, asistencia en carretera o gestión de multas. Es el tipo más común de renting es el de vehículos, desde turismos, furgonetas hasta camiones y maquinaria industrial; le sigue el de bienes de equipo, como maquinaria informática, equipos de oficina o maquinaria industrial; y, finalmente, el de inmuebles, como locales comerciales o edificios. En cuanto a los gastos, este conlleva cuotas periódicas fijas y pactadas para todo el renting, el IVA recae sobre estas y suele ocasionar indemni- zaciones por cancelación anticipada del contrato. En la siguiente tabla describiremos sus ventajas y desventajas: 252 Procesos de venta Ventajas Desventajas Permite a las empresas o personas físicas disponer El coste total del renting puede de un bien sin necesidad de ser superior al de la compra del realizar una inversión inicial bien al contado. significativa. La cuota periódica suele El arrendatario no puede adquirir incluir el arrendamiento del la propiedad del bien, como en el bien, el mantenimiento, el caso de un leasing. seguro y otros servicios. En algunos contratos de renting Se puede elegir el plazo del de vehículos, se penaliza al contrato, el tipo de bien y los arrendatario si supera el kilome- servicios adicionales. traje establecido. Se considera un gasto, por lo que tanto el IVA como el El arrendatario está obligado a importe de la renta son de- cumplir el contrato durante todo ducibles según la fiscalidad el plazo acordado. de la empresa o autónomo. Al final del contrato se puede renovar el bien por uno nuevo. La cuota periódica es fija durante todo el contrato, lo que permite un mejor control del presupuesto. 253 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines 5.6.3. Diferencias entre leasing y renting Si bien ambas alternativas de financiación comparten el objetivo de permitir el uso de un bien a cambio de pagos periódicos, existen dife- rencias fundamentales que conviene comprender antes de tomar una decisión informada. Las abreviamos en la siguiente tabla: Aspecto Leasing Renting No, no se puede adquirir Sí, el arrendatario el bien al final del Opción de puede adquirir el bien contrato, puesto que se compra al finalizar el contrato. trata, más bien, de un servicio. Usar el bien sin nece- Disfrutar del bien sin Objetivo sidad de recurrir a un preocuparse por su Ponte a prueba préstamo bancario. mantenimiento. El arrendador mantiene ¿Cuál es la característica El arrendador mantiene la titularidad del principal de un contrato de Titularidad la titularidad del bien bien durante todo el ventas en consignación? durante todo el contrato. contrato. a) El comprador paga inmedia- tamente el precio del bien. El arrendatario se hace El arrendador se hace b) El vendedor deja el bien en cargo de los gastos cargo de los gastos Gastos depósito y el pago se realiza de mantenimiento y de mantenimiento y solo si el bien se vende. reparaciones. reparaciones. c) El contrato incluye una Incluyen la amortiza- Incorporan el uso y los opción de compra al final del Cuotas ción del bien, intereses periodo. servicios incorporados. y otros gastos. ¿Cómo se llama el documento El IVA y el importe de la Beneficio Las cuotas pueden ser que se utiliza para formalizar renta pueden ser deduci- fiscal deducibles fiscalmente. el contrato de seguro? bles fiscalmente. a) Prima. Es idóneo para bienes b) Póliza. Es ideal para la adqui- de alta depreciación u c) Previsión de riesgo. Aplicación sición de inmuebles y obsolescencia, como maquinaria costosa. vehículos o equipos ¿Qué diferencia principal exis- informáticos. te entre un contrato de leasing y uno de renting? Generalmente es más Puede ser más corto, Duración a) El leasing incluye la opción de largo, puede durar adaptado a necesidades del contrato compra al final del contrato, hasta varios años. específicas. mientras que el renting no. b) El renting permite la adquisi- Utilizado prin- ción de bienes inmuebles. Usado para disponer de cipalmente para Uso del bien bienes sin compromiso c) El leasing tiene cuotas más adquirir propiedad a de compra. bajas que el renting. largo plazo. 254 Procesos de venta 5.7. Los contratos de factoring y de forfaiting Cuando hablamos de factoring y forfaiting nos referimos a herra- mientas o instrumentos financieros alternativos que pueden ser muy beneficiosas para las empresas o negocios que buscan mejorar su flujo de caja, reducir el riesgo de impago y acceder a capital. A continuación, describiremos de manera condensada la información más relevante de dichos procesos de financiación comercial utilizados para impulsar y ayudar a mantener un negocio. 5.7.1. Factoring El factoring es un proceso en el que una parte cede sus derechos de cobro sobre facturas a otra parte a cambio de un adelanto del importe de dichas facturas, de manera que pueda obtener liquidez inmediata. El factoring, también conocido como cesión de créditos, consiste en un contrato mercantil en el que una empresa (cedente) traspasa la propiedad de sus facturas pendientes de cobro a una entidad fi- nanciera (factor) a cambio de un pago anticipado. De esta manera, la empresa obtiene liquidez y no tiene que esperar a que los clientes paguen sus facturas. Se trata de un contrato de tipo financiero, mercantil, de tracto sucesivo y consensual, en el que suelen constar las siguientes cláusulas: Partes Causa y objeto Duración del contrato Pago anticipado y comisiones Gestión de cobros Riesgo de impago o insolvencia Confidencialidad Resolución del contrato Uno de sus principales beneficios quizás sea que la empresa obtiene liquidez inminente y con ello puede cubrir sus necesidades operati- vas, invertir en crecimiento y reducir su dependencia de la financiación bancaria tradicional. 255 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines Por otro lado, al transferir el riesgo de impago a la entidad financiera, la empresa puede proteger su cartera de clientes y minimizar las pérdi- das por morosidad. En cuanto la entidad financiera se encarga de cobrar las facturas, la empresa se libera de esta tarea administrativa y puede enfocarse en su actividad principal. En ese sentido, conviene resaltar que el factoring puede ser una fuente de financiación alternativa para compañías que no tienen acceso a créditos bancarios tradicionales o que buscan condiciones más favorables. Hay dos tipos principales de factoring: Sin recurso Con recurso No obstante, algunos bancos o entidades financieras ofrecen otros tipos de factoring de acuerdo con la naturaleza de las empresas y a sus sectores, por ejemplo: industrial, comercial, de servicios; o, bien, en su ámbito de actividad: nacional (importación) o internacional (ex- portación). Para + info En el siguiente enlace encontrarás un modelo (descargable) de un contrato de factoring: n9.cl/pzvxq 256 Procesos de venta 5.7.2. Forfaiting Se trata de una modalidad del factoring que se utiliza, principalmente, en el ámbito de las exportaciones. En este caso, la empresa expor- tadora (forfaitante) cede a una entidad financiera (forfaiter) los documentos de cobro relacionados con sus ventas internacionales, como letras de cambio o pagarés (con o sin aval bancario) o créditos documentarios de exportación, a cambio de un pago anticipado. Así, la empresa exportadora obtiene liquidez sin tener que esperar a que el importador pague. Mediante esta herramienta de financiación comercial, las empresas pueden mejorar su balance y sus ratios de solvencia, puesto los pagos a largo plazo se convierten en efectivo, lo cual incide y ayuda a eliminar el riesgo de impagos. Asimismo, mejora la liquidez y simpli- fica la gestión de cobros. No obstante, acarrea el pago de comisiones a la entidad financiera, los cuales pueden ser considerables, especialmente en operaciones de alto riesgo. Además de las comisiones, pueden existir otros gastos asociados (de análisis, de formalización y de seguro), así como riesgos de tipo de cambio cuando la operación se realiza en moneda extranjera. Los plazos de pago en el forfaiting suelen ser fijos y no negociables, lo que puede limitar la flexibilidad de la empresa exportadora para gestionar sus cobros. En cuanto a las condiciones del contrato, como el tipo de interés y las comisiones, son generalmente establecidas por la entidad financiera, con poca capacidad de negociación por parte de la empresa exportadora. Finalmente, hay que recalcar que el forfaiting suele implicar una rela- ción a largo plazo con la entidad financiera, lo que puede limitar la capacidad de la empresa exportadora para buscar otras fuentes de fi- nanciación en el futuro, así como depender de su solvencia para recibir los pagos a tiempo. 257 Tema 5: Formalización del contrato de compraventa y otros contratos afines 5.7.3. Diferencias entre factoring y forfaiting Pese a que los contratos de factoring y forfaiting son similares, presen- tan algunas diferencias de acuerdo con ciertos aspectos que hay que tener en cuenta. Estas son: Aspecto Factoring Forfaiting General, utilizado por empresas de Especializado en operaciones de Ámbito diversos sectores y ámbitos. exportación. Puede ser con recurso (cliente asume Siempre sin recurso (el forfaiter Riesgo el riesgo) o sin recurso (factor asume el asume el riesgo de impago). riesgo). Documentos de crédito como Documentación Facturas u otros documentos comerciales. letras de cambio o pagarés.

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