CPU 2025-I Semana 5 - Organización del Estado Peruano PDF
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2025
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This document is a past paper from CPU 2025-I, Semana 5, on the Organization of the Peruvian State. It covers the structure of the Peruvian government, including the principles of separation of powers and different levels of the government. The document includes details on different governmental bodies and processes.
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CPU 2025-I SEMANA 5 ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO 1. Estado Unitario descentralizado: Poderes y niveles de gobierno La organización del Estado en general responde al principio de división de poderes. Ante el poder absoluto...
CPU 2025-I SEMANA 5 ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO 1. Estado Unitario descentralizado: Poderes y niveles de gobierno La organización del Estado en general responde al principio de división de poderes. Ante el poder absoluto y total del soberano, con Montesquieu como vocero, se sostiene que la única forma de controlar el poder es con otro poder de igual dimensión y naturaleza (“solo el poder detiene al poder”) y, por tanto se afirma que el poder del Estado tiene que dividirse en tres: el Legislativo, que es el que da las normas Y generales; el Ejecutivo, que es el que aplica las normas y conduce la acción del gobierno; y, el Judicial, que está orientado a resolver los Y Y conflictos que se presentan en la sociedad entre individuos, y entre ellos Y y el Estado mismo. Estos poderes además Y deben controlarse entre sí. Y Y Nivel Nacional Sistema de Justicia Poder Ejecutivo Poder Judicial Congreso de la República Ministerio Público CNM TC Partidos Políticos Partidos Políticos Sociedad La división de poderes en el Estado Peruano es de dos tipos: horizontal en el que se establecen tres poderes que se controlan entre si (Legislativo, Ejecutivo y Judicial); y, vertical en donde el poder se redistribuye en tres niveles de gobierno (Central, Regional y Municipal). La indivisibilidad del poder estatal se mantiene a pesar de la distinción entre las actividades estatales y la existencia de varias competencias 1 CPU 2025 - I Z políticas y administrativas (descentralización, desconcentración) que no alteran la unidad funcional. Z Z Además, la organización estructural del Estado se torna más compleja al Y incorporarse órganos constitucionalmente autónomos que cumplen Z Y importantes funciones y ejercen control en forma recíproca. En menos de 200 años de historia republicana el Perú ha tenido 12 cons- tituciones, la actual es de 1993 a inicios del gobierno de A. Fujimori Z 1.1. Poder Ejecutivo El Poder Ejecutivo es la organización del gobierno nacional puesta al Z Z servicio de los intereses de la Nación y que ejerce las funciones de gobierno del país: está conformado por Z la Presidencia de la República, el Z Consejo de Ministros, Ministerios, Organismos Públicos Descentralizados, Z Z proyectos, programas, empresas de propiedad del gobierno nacional. Z Además, están los organismos constitucionalmente Z autónomos y los reguladores. Z Las entidades de la Administración Pública del Poder Ejecutivo se organizan e integran en un régimen jerarquizado sobre la base de funciones y competencias afines, tal y como se muestra en el siguiente esquema. El Presidente de la República v El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación. Sus atribuciones y funciones están establecidas en la Constitución y en la ley. El mandato presidencial es de cinco años sin que exista reelección inmediata. Para ser elegido presidente se requiere ser peruano de nacimiento, tener más de 35 años de edad al momento de la postulación y gozar del derecho de sufragio. El Presidente se elige por sufragio directo. Es elegido el o la candidata/a que obtiene más de la mitad de los votos en la primera vuelta. Los votos viciados o en blanco no se computan. Si ninguno de los candidatos obtiene la mayoría absoluta, se procede a una segunda elección dentro de los 30 días siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales, entre los candidatos que han obtenido las dos más altas mayorías relativas. 2 CPU 2025- I Consejo de Ministros v La dirección y la gestión de los servicios públicos están confiadas al Consejo de Ministros y a cada titular de los Ministerios en los asuntos que competen a la cartera a su cargo. La LOPE precisa que el Consejo de Ministros está conformado por Ministros y Ministras nombrados por el Presidente de la República conforme a la Constitución Política del Perú, quienes no pueden ejercer otra función pública excepto la legislativa. Pueden concurrir a las sesiones del Congreso y participar en sus debates con las mismas prerrogativas que los parlamentarios, salvo la de votar si no son congresistas. Los Organismos Públicos v De conformidad con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo - Ley 29158, los organismos públicos son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de Derecho Público y tienen competencias de alcance nacional. Estos organismos están adscritos a un Ministerio y para su creación y disolución se debe hacer por Ley a iniciativa del Poder Ejecutivo. Pueden ser de dos tipos: vOrganismos Públicos Ejecutores. vOrganismos Públicos Especializados. En ambos casos, su reorganización, fusión, cambio de dependencia o adscripción se debe acordar por voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Existen actualmente 60 organismos públicos. En el caso de los Organismos Públicos Ejecutores, éstos se crean cuando existen condiciones como la necesidad de contar con una entidad con administración propia debido a la magnitud de las operaciones o para la prestación de servicios específicos. Actualmente existen 41 Organismos Ejecutores entre los que destacan el Consejo Nacional de Ciencia Y Tecnología (CONCITEC), Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT). Estos organismos públicos están sujetos a los lineamientos del sector del que dependen y la formulación de sus objetivos y estrategias es coordinada con esto. Su política de gasto es aprobada por la entidad de 3 CPU 2025 - I la que dependen, en el marco de la política general de gobierno y no tienen funciones normativas, salvo que estén previstas en su norma de creación. Asimismo, están dirigidos por un jefe, cuyo cargo es de confianza. Solo por excepción pueden contar con un Consejo Directivo, cuando atiendan asuntos de carácter multisectorial en cuyo caso estará conformado solo por ministros o representantes de los sectores correspondientes. Los Organismos Públicos Especializados están adscritos a un Ministerio y pueden ser de dos tipos: i) Organismos Reguladores; y, ii) Organismos Técnicos Especializados. Existen cuatro Organismos Reguladores: OSITRAN, OSINERGMIN, OSIPTEL y SUNASS. Ellos actúan en ámbitos especializados de regulación de mercados o para garantizar un adecuado funcionamiento de mercados no regulados, asegurando cobertura de atención en todo el territorio nacional. Están adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros y tienen funciones supervisoras, reguladoras, normativas, fiscalizadoras y sancionadoras; y de solución de controversias y reclamos. Dichos organismos están dirigidos por un Consejo Directivo cuyos integrantes son seleccionados por concurso público conforme a los requisitos y procedimientos establecidos por ley para su designación. Por último, se encuentran los Organismos Técnicos Especializados que se crean, por excepción, cuando exista necesidad de planificar, supervisar o ejecutar y controlar políticas de Estado de largo plazo, de carácter multisectorial o intergubernamental que requieran un alto grado de independencia funcional. También en caso se requiera establecer instancias funcionalmente independientes que otorguen o reconozcan derechos de los particulares para el ingreso a mercados o el desarrollo de actividades económicas; que resulten oponibles a otros sujetos de los sectores público o privado. Al igual que los organismos reguladores, los organismos especializados están dirigidos por un Consejo Directivo. Deben sujetarse a los lineamientos técnicos correspondientes con quien coordinan sus objetivos y estrategias y su política de gasto es aprobada por el sector. 4 CPU 2025 - I Actualmente se cuenta con 15 organismos especializados dentro de los cuales destaca el Organismos de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) recientemente creado adscrito al Ministerio del Ambiente; el Centro de Planeamiento Estratégico - CEPLAN y la Autoridad Nacional de Servicio Civil que están pendientes de implementación. vProgramas y proyectos especiales En la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo – LOPE, se ha determinado que para la creación de los programas y proyectos especiales se requiere decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen. Sólo por excepción, la creación de un Programa conlleva a la formación de un órgano o unidad orgánica en una entidad. Los Proyectos Especiales son un conjunto articulado y coherente de actividades orientadas a alcanzar uno o varios objetivos en un período limitado de tiempo, siguiendo una metodología definida. Sólo se crean para atender actividades de carácter temporal por lo que, cumplido su objetivos, en caso de ser necesario, sus actividades se integran en órganos de línea de una entidad nacional o, por transferencia a una entidad regional o local, según corresponda. vLas empresas públicas En el Perú, la actividad empresarial está -en principio- reservada para el sector privado. Ocurre, sin embargo, que no siempre el sector privado está en capacidad de brindar determinados servicios u ofrecer ciertos bienes considerados de interés público. Sólo en ese supuesto, y autorizado por ley expresa, el Estado participa en el mercado de manera subsidiaria. Actualmente, algunas de las empresas públicas son: AGROBANCO, COFIDE, SEDAPAL, CORPAC, FONDO MIVIVIENDA y BANMAT. 5 CPU 2025- I Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial Presidente Reguladores E ( j: Consejo de Ministros Organismos Constitucionalmente SUNASS, OSINERG) Autónomos (Ej: Banco Central de Reserva, Superintendencia de Bancos y Seguros Ministerios (Ej: Agricultura, Defensa, Interior, Ambiente) Organismos Técnicos Especializados (Ej: OEFA, CEPLAN) y Organismos Ejecutores.( Ej: SUNAT, INPE) Proyectos, programas y otros Ej : JUNTOS, Alfabetización. Empresas Públicas. Ej: FondoMivivienda, Banmat, Corpac 1.2. Poder Legislativo Órgano político colegiado integrado por 120 personas elegidas democráticamente por un período de 5 años. Consta de una Cámara Única. El Congreso es el lugar principal y público del debate político en el que las opiniones y actuaciones de los representantes trascienden a la sociedad civil para que los electores estén suficientemente informados y así se formen opinión y voten con criterio propio y conocimiento de causa. Es un órgano deliberante porque no solo discuten y debaten opiniones, posiciones o incluso las formas fundamentales de organización de los grupos humanos, sino que además, permiten la posibilidad real de su implementación a través de decisiones políticas. El Congreso cuenta con diversos instrumentos para servir de contrapeso político y fiscalizar a la administración pública. vFunciones Legisla Fiscaliza Representa Interpelación de Debate temas Propuesta, revisión y Ministros, mociones nacionales para que sanción de censura y cuestión trasciendan a la de confianza opinión pública 6 CPU 2025 - I vRequisitos Para ser Congresista se requiere ser peruano/a de nacimiento, haber cumplido 25 años y gozar del derecho de sufragio. No pueden ser Congresistas los Ministros, Viceministros, Contralor General o personas que desempeñan cargos de responsabilidad política dentro la Gestión del Estado, si no han renunciado a ellos seis meses antes de ser elegidos como Congresistas. De esta forma, se busca evitar que desde su posición puedan hacer uso de los recursos públicos ni tener ningún tipo de ingerencia sobre el proceso. Les está prohibido desempeñar cualquier cargo o ejercer cualquier profesión u oficio, durante las horas de funcionamiento del Congreso. Su mandato es incompatible con el ejercicio de cualquier otra función pública, excepto la de Ministro de Estado y el desempeño, previa autorización del Congreso, de comisiones extraordinarias de carácter internacional. vEstructura La estructura del Parlamento se puede dividir en su ámbito político y administrativo, tal y como se muestra en el siguiente diagrama. Servicio Parlamentario Estructura Poder Legislativo Oficial ía Mayor Política Presidencia Administrativa Mesa directiva Consejo Directivo Pleno 7 CPU 2025 - I Ámbito Político En su ámbito político, los órganos parlamentarios se pueden dividir en dos clases: los órganos de dirección (también llamados órganos de gobierno) y órganos de producción. §Órganos de Dirección Presidencia: cargo elegido por un periodo de un año. La elección del presidente se realiza conjuntamente con los integrantes de la mesa directiva, todo en un mismo proceso electoral. Dicha elección es por mayoría simple. El Presidente representa al Congreso; preside las sesiones del pleno; exige a los órganos de gobierno que responsan a los pedidos de información de los Congresistas, supervisa el funcionamiento de los órganos parlamentarios; entre otros. Mesa Directiva: integrada por el Presidente y cinco Vicepresidentes. Está facultada para presidir y dirigir los debates del Pleno, de la Comisión Permanente y del Consejo Directivo. Asimismo, supervisa la política administrativa-financiera del congreso, así como el nombramiento de los altos funcionarios del Parlamento. Consejo Directivo: es un órgano de decisión conformado por los representantes de los grupos parlamentarios a los cuales se les denomina directivos-portavoces y por los miembros de la Mesa Directiva. Tiene una composición plural. Entre sus funciones está el aprobar la agenda antes de cada sesión, definiendo los proyectos que se tratarán en la orden del día, fijar el tiempo de debate de los asuntos contenidos en la agenda; acordar las autorizaciones de licencia particular por enfermedad o viaje que soliciten los Congresistas; entre otros. §Órganos de Producción Pleno: es la instancia donde se debaten y toman decisiones de acuerdo a las normas constitucionales, legales y reglamentarias. Es el órgano de decisión más importante del Parlamento, en el que se reportan los proyectos de ley dictaminados por las comisiones a fin de ser aprobados o desestimados. 8 CPU 2025 - I La Comisión Permanente: está presidida por el Presidente del Congreso y está conformada por no menos de veinte Congresistas elegidos por el Pleno, guardando la proporcionalidad de los representantes de cada grupo parlamentario. Ella se reúne durante el receso del Congreso y puede ser convocada durante el período de sesiones cuando sea necesario cumplir con el trámite de acusación constitucional. Sus funciones incluyen la designación del Contralor General, la ratificación de la designación del Presidente del Banco Central de Reserva y del Superintendente de Banca y Seguros, así como el ejercicio por delegación de facultades legislativas que el Congreso le otorgue, salvo en materia de reforma constitucional, aprobación de Tratados Internacionales, Leyes Orgánicas, Ley de Presupuesto o Ley de la Cuenta General de la República. Cabe resaltar que la disolución del Congreso por el Presidente de la República no alcanza a la Comisión Permanente. Las Comisiones Ordinarias: son grupos de trabajo especializados de Congresistas, cuya función principal es la fiscalización de los órganos estatales y el dictamen de los proyectos de ley en materias de su especialidad. Hay cuatro tipos de comisiones: o Comisiones ordinarias o Comisiones de investigación o Comisiones especiales o Comisión de ética parlamentaria Ámbito Administrativo En su ámbito administrativo, el Congreso cumple un rol técnico, imparcial y no partidario. Su máximo órgano es la Oficialía Mayor que ejecuta diversas funciones tales como: la preparación de la agenda del pleno, de la Comisión Permanente y del Consejo Directivo; organizar y dirigir el servicio parlamentario, entre otras. 1.3. Poder Judicial La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos. 9 CPU 2025 - I El Poder Judicial está integrado por órganos jurisdiccionales que administran justicia en nombre de la Nación y por órganos que ejercen su gobierno y administración. Los órganos jurisdiccionales son: la Corte Suprema de Justicia y las demás cortes y juzgados que determine su ley orgánica. No son revisables en sede judicial las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones en materia electoral ni las del Consejo Nacional de la Magistratura en materia de evaluación y ratificación de jueces. Las autoridades de las comunidades campesinas y nativas, con el apoyo de las rondas campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona. 1.4. Organismos Autónomos La Constitución de la República establece órganos autónomos que no son parte de ningún poder del Estado, cuyos titulares responden directamente ante el Congreso y a la opinión pública. En la mayor parte de estos organismos, los procedimientos de designación contemplan la intervención del Poder Ejecutivo, Legislativo y, en algunos casos, el Poder Judicial. Una vez designado, los titulares o directores son inamovibles por períodos de tiempo o condiciones (edad) predeterminadas. Así son órganos constitucionalmente autónomos el Tribunal Constitucional, la defensoría del Pueblo entre otros 1.5. Gobiernos Regionales y Locales El Perú cuenta con 24 Departamentos o circunscripciones político administrativas, gobernados por 26 gobiernos regionales (Lima cuenta con dos Gobiernos Regionales, Lima Metropolitana y Lima Provincias, y la Provincia Constitucional del Callao cuenta con un Gobierno Regional propio). Los Departamentos están conformados por 196 provincias y éstas, a su vez, por 1.874 distritos. El Gobierno Regional es ejercido por el Presidente Regional, de acuerdo a las competencias, atribuciones y funciones que le asigna la Constitución, la Ley de Bases de Descentralización y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. 10 CPU 2025 - I El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Los Gobiernos Locales cuentan con el mismo nivel de autonomía que el de las Regiones de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades. El primer alcalde de Tacna elegido democráticamente después de la caí- da de la dictadura militar fue el Dr. Guillermo Silva Flor del partido AP Estructura básica GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNOS LOCALES Presidente Regional Alcaldía Órgano Ejecutivo del Gobierno Órgano ejecutivo del Gobierno Local Regional. Consejo Regional Concejo Municipal Órgano normativo y fiscalizador Órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Local. del Gobierno Regional. Integrado por el alcalde y el número de regidores Integrado por el Presidente y que establezca el Jurado Nacional de Elecciones. Vicepresidente Regional y por los Consejeros de las provincias de cada región. Consejo de Coordinación Órganos de Coordinación Regional Órganos consultivos del Gobierno Local. Integrados Órgano consultivo y de por los alcaldes y regidores respectivos (60%) y los coordinación del Gobierno integrantes de la sociedad civil (40%). Puede ser: Regional con las municipalidades. Integrado por ? El Consejo de Coordinación Local Provincial los Alcaldes Provinciales (60%) ? El Consejo de Coordinación Local Distrital y los integrantes de la sociedad ? Las Juntas de Delegados Vecinales (las civil (40%) Municipalidades y respectivas regulan la participación de la sociedad civil en ellas; están integradas por representantes de las agrupaciones urbanas y rurales distritales). ? Comités de Gestión Adicionalmente, la Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Concejos Municipales pueden crear Municipalidades de Centros Poblados. 11 CPU 2025 - I Verificando el aprendizaje 1. Tipo de división del poder del Estado en donde 6. Poder del Estado puesta al servicio de los in- el poder se redistribuye en el gobierno central, tereses de la Nación, ejerce las funciones de Regional y Municipal: gobierno del país: a) Estatal a) Legislativo b) Diagonal b) Judicial c) Horizontal c) Ejecutivo d) Vertical d) Electoral e) Democracia e) Regional 2. Está conformado por Ministros de Estado, nom- 7. Son órganos que no son parte de ningún poder brados por el Presidente de la República confor- del Estado, cuyos titulares responden directa- me a la Constitución Política del Perú: mente ante el Congreso y a la opinión pública: a) Organismo Público a) órganos descentralizados b) Consejo de Ministros b) órganos de dirección c) Organismo Constitucional c) órganos de producción d) Congreso de la República d) órganos autónomos e) Organismo ejecutor e) Consejo Directivo 3. Organo normativo y fiscalizador del Gobierno 8. Personifica a la Nación, sus funciones están es- Regional, conformado por el Presidente y vice- tablecidas en la Constitución y en la Ley por 5 presidente Regional y por Consejeros: años: a) Consejo Municipal a) Congresista de la República b) Prefectura b) Ministro de la República c) Gobernación d) Municipio c) Oficial Mayor del Congreso e) Consejo Regional d) Juez de la Nación e) Presidente de la República 4. No es un tipo de Comisión especializado del Con- greso: 9. Es el representante legal de la Municipalidad a) Comisiones especiales elegido democráticamente por un periodo de 4 años: b) Comisiones de investigación a) Presidente regional c) Comisión anticorrupción d) Comisiones ordinarias b) Consejero Municipal e) Comisión de ética parlamentaria c) Prefecto d) Gobernardo e) Alcalde 5. Tipo de división del poder del Estado en donde se establecen tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial: 10. Poder del Estado peruano conformado por Cáma- a) Horizontal ra única integrada por 120 personas elegidas democráticamente por 5 años: b) Republicano c) Diagonal a) Legislativo d) Vertical b) Judicial e) Estatal c) Regional d) Electoral e) Ejecutivo 12 CPU 2025 - I Verificando el aprendizaje 11. El Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pue- 16. Poder del Estado que adminsitra justicia en nom- blo son ejemplos de órganos: bre de la Nación y por órganos autónomos: a) Producción a) Ejecutivo b) Autónomos b) Judicial c) Descentralizados c) Electoral d) Jurídicos d) Legislativo e) Dirección e) Regional 12. Un servidor público o persona que desempeña 17. La designación del Contralor General, Presiden- responsabilidad política para postular al Con- te del Banco Central de Reserva y de la Superin- greso ¿Con cuánto tiempo de anticipación debe tendencia de Banca y Seguros, es facultad del: renunciar? a) Legislativo a) Un año b) Judicial b) Tres meses c) Ejecutivo c) Nueve meses d) Electoral d) Seis meses e) Regional e) No es necesario 13. La Constitución Política del Perú vigente de 1993 18. ¿Cuántas Constituciones ha tenido el Perú en fue promulgada en el gobierno de: menos de doscientos años de historia republi- a) Fernando Belaúnde Terry cana? b) Valentín Paniagua Corazao a) Catorce c) Alan García Pérez b) Diez d) Alberto Fujimori Fujimori c) Quince e) Alejandro Toledo Manrique d) Trece e) Doce 14. El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCITEC), Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y La Superintendencia Nacional de Admi- 19. Organismos como OSITRAN, OSINERGMIN y nistración Tributaria (SUNAT) son ejemplos de SUNASS son ejemplos de organismos:________ organismos públicos:____________________ a) Consultores a) Consultores b) Especializados b) Especializados c) Ordinarios c) Ordinarios d) Reguladores d) Investigación e) Ejecutores e) Ejecutores 20. Fue el primer alcalde de Tacna elegido democráti-. 15. Actualmente el Perú está conformado por: camente después de la caída de la dictadura militar: a) 196 provincias y 1874 distritos a) Tito Chocano Olivera b) 186 provincias y 1870 distritos b) Guillermo Silva Flor c) 190 provincias y 1874 distritos c) Grover Pango Vildoso d) 192 provincias y 1874 distritos d) Guido Rossi Loureiro e) 196 provincias y 1871 distritos e) Humberto Cuneo Bacigalupo 13