Obligación Contable PDF
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These notes detail the fundamental concepts of accounting, including the obligation to maintain accurate records and the different types of income and expenses. The topics covered include an overview of different account types and the importance of proper record-keeping, particularly for business operations.
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¿QUÉ ES LA OBLIGACIÓN CONTABLE? La obligación contable se basa en respetar las normas específicas para llevar la contabilidad de una empresa de forma ordenada y sistemática. En este caso, tanto los autónomos como las pymes y las grandes empresas tienen la obligación de tener la contabilidad al día....
¿QUÉ ES LA OBLIGACIÓN CONTABLE? La obligación contable se basa en respetar las normas específicas para llevar la contabilidad de una empresa de forma ordenada y sistemática. En este caso, tanto los autónomos como las pymes y las grandes empresas tienen la obligación de tener la contabilidad al día. Todo esto se aplica con el objetivo de poder conocer por parte de los empresarios, clientes o acreedores el estatus financiero de la empresa. Concretamente en el Plan General de Contabilidad, aprobado en 2007, es donde se establecen las regulaciones contables. En el Código de Comercio indica en su artículo 28 que los empresarios tienen la obligación de llevar al día un libro diario, un libro de inventarios y las cuentas anuales. También pueden llevarse de forma voluntaria otros libros que se adapten a las actividades de la empresa y a un sistema contable. Conceptos básicos relacionados con la contabilidad En estos apuntes de hoy, 21 de octubre de 2022, nos referiremos solo al concepto factura (ingresos y gestos). El resto servirà para otros temas relacionados La contabilidad es una ciencia y una técnica que aporta información de utilidad para el proceso de toma de decisiones económicas. Esta disciplina se basa en el estudio del patrimonio y presenta los resultados a través de estados contables o financieros. Para ello dividiremos la contabilidad en 4 grandes bloques: Activos: se pueden definir como el conjunto de bienes y/o servicios que las empresas utilizan para realizar su actividad, además de los derechos de cobro que la empresa posee. Pasivos: son las deudas del empresario o sociedad. Ingresos: son la cantidad de dinero que la empresa recibe por la venta o prestación de servicios Gastos: son las salidas de dinero que pagas por un producto o un servicio. ¿Cuáles son las obligaciones de los libros contables? Son varios los libros contables que una empresa debe llevar al día y cada uno se encarga de registrar una información concreta. Estos son: El libro Diario: en este se registran las operaciones que se realizan en la empresa cada día. Deben contar con una breve explicación y organizarse de forma cronológica. El libro de Inventario: debe iniciarse con el primer estado contable de la empresa. Al final del ejercicio se encarga de reflejar el inventario de cierre y las cuentas anuales. Obligaciones contables del empresario como persona física En términos de contabilidad, un empresario que actúa como una persona física únicamente tiene la obligación de llevar el control de la contabilidad de los Ingresos y los Gastos. Es por ello que lo único que tiene que registrar son las ventas y los gastos que incurren en su día a día. También tiene que realizar un registro de bienes donde se detalla el inmovilizado en el libro de inventario. ¿Cuáles son los gastos más frecuentes? Los gastos comunes son los derivados de la compra de las materias y mercaderías que tras una transformación se van disponer para su venta. En la mayoría de estos gastos, en el momento de la transacción, se facilita una factura, la cual tendrá que cumplir unos requisitos como nos indica el apartado de contenido de la factura de la Agencia Tributaria. Una vez tengas las facturas, debes proceder a clasificarlas según tu propio criterio (tener en cuenta que para cada sector un gasto puede ser diferente) e introducir la información para incorporar al registro. Los gastos más comunes se pueden clasificar del siguiente modo: Compra de Mercaderías, Materias primas y/o Otros Aprovisionamientos Arrendamientos (Alquileres) Servicios profesionales Transportes Primas de Seguros Servicios bancarios Publicidad y propaganda Suministros Otros gastos: tributos, gasto personal, seguros sociales y gastos financieros. ¿Cuáles son los ingresos más frecuentes? Sin lugar a dudas, nos referimos a ingresos cuando éstos provienen de la prestación de servicios de tu actividad o la venta de mercaderías. Presentar la factura es obligatorio tal y como se menciona en el Real Decreto 1619/2012 (reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación). Los ingresos los podemos clasificar en los siguientes tipos: Ventas de mercaderías, productos terminados, semiterminados, subproductos y residuos y/o envases y embalajes. Prestaciones de servicios. Ingresos por gestión. Ingresos financieros. En resumen, para cumplir con la ley, la empresa debe registrar los movimientos, de forma cronológica, que afecten directamente al patrimonio de la empresa. Estas son las compras, ventas o gastos entre otros. Por último, deben registrar, archivar y conservar todos los documentos que justifiquen las cifras durante un período de 6 años o más (libro de facturas) Factura. Concepto Los empresarios y profesionales están obligados a emitir factura por las entregas de bienes y prestación de servicios que realicen en desarrollo de su actividad y a conservar copia de las mismas. La obligación también se extiende a los pagos anticipados, excepto en las entregas intracomunitarias de bienes exentas. La que hemos denominado "factura normal" es la que incluye todo el contenido establecido con carácter general como obligatorio: Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas dentro de cada serie será correlativa. La emisión de diferentes series en la facturación sólo se podrá hacer cuando existan razones que lo justifiquen. No obstante, será obligatorio diferenciar en series distintas: La fecha de su expedición. Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones. Número de Identificación Fiscal Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones. Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del IVA. Importe de la base imponible, incluyendo el precio unitario sin Impuesto de las operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en dicho precio unitario. El tipo impositivo (IVA) en su caso, aplicados a las operaciones. La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado. FACTURA SIMPLIFICADA o ticket La obligación de emitir factura puede ser cumplida mediante la emisión de un tipo de "factura simplificada" con menor contenido, son los denominados comúnmente como "tiques". Los empresarios podrán expedir facturas simplificadas en los siguientes casos: Cuando su importe no exceda de 400 euros (IVA incluido), Sin perjuicio de lo dispuesto en los dos puntos anteriores, además se establecen una serie de operaciones para las que se puede emitir factura simplificada siempre que su importe no exceda de 3.000 euros (IVA incluido): Ventas al por menor, incluso las realizadas por fabricantes o elaboradores de los productos entregados. Es imprescindible que el destinatario de los bienes sea el consumidor final, por lo que no se admiten ventas a empresarios que actúen como tales ni ventas de productos que, por sus características objetivas, envasado, presentación o estado de conservación, sean principalmente de utilización empresarial o profesional. Ventas o servicios en ambulancia. Ventas o servicios a domicilio del consumidor. Transportes de personas y sus equipajes. Servicios de hostelería y restauración prestados por restaurantes, bares, cafeterías, horchaterías, chocolaterías y establecimientos similares, así como el suministro de bebidas o comidas para consumir en el acto. Servicios prestados por salas de baile y discotecas. Servicios telefónicos prestados mediante la utilización de cabinas telefónicas de uso público, así como mediante tarjetas que no permitan la identificación del portador. Servicios de peluquería y los prestados por institutos de belleza. Utilización de instalaciones deportivas. Revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos. Aparcamiento y estacionamiento de vehículos. Servicios de tintorería y lavandería. Utilización de autopistas de peaje. Las facturas simplificadas incluirán: los mismos datos que la factura, menos los datos del receptor de la misma.