Gestión Documentación Jurídica y Empresarial PDF
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Este documento proporciona información sobre gestión de la documentación jurídica y empresarial, cubriendo temas como concepto y clases de derecho, y fuentes del derecho. Se centra especialmente en la aplicación práctica a situaciones reales.
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GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN JURÍDICA Y EMPRESARIAL Concepto y clases de derecho. Fuentes del derecho 1 / 1. Introducción y contextualización práctica 3 / 2. Concepto y clases...
GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN JURÍDICA Y EMPRESARIAL Concepto y clases de derecho. Fuentes del derecho 1 / 1. Introducción y contextualización práctica 3 / 2. Concepto y clases de derecho 4 2.1. Derecho Público 5 2.2. Derecho Privado 5 / 3. Caso práctico 1: “Derecho público y Derecho Privado” 6 / 4. Fuentes del derecho 6 4.1. Fuentes materiales 7 4.2. Fuentes formales 8 / 5. Caso práctico 2: “Aplicación de la costumbre como fuente del derecho” 9 / 6. Funciones del derecho 9 / 7. Resumen y resolución del caso práctico de la unidad 10 / 8. Bibliografía 11 © MEDAC ISBN: 978-84-18864-63-6 Reservados todos los derechos. Queda rigurosamente prohibida, sin la autorización escrita de los titulares del copyright, bajo las sanciones establecidas en las leyes, la reproducción, transmisión y distribución total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, incluidos la reprografía y el tratamiento informático. Conocer el concepto de derecho. Diferenciar las normas jurídicas de las sociales o morales. Conocer la clasificación del derecho basada en el papel del Estado en las relaciones jurídicas. Identificar el origen de las normas jurídicas y las diferentes formas en las que se manifiestan. Entender la importancia de las normas jurídicas para el desarrollo de la convivencia. / 1. Introducción y contextualización práctica En esta unidad vamos a estudiar qué es el derecho, cuáles son las fuentes de las normas jurídicas y cómo se manifiestan, lo que nos ayudará a entender la importancia que estas tienen en las relaciones humanas, económicas y empresariales. Si pensamos en las relaciones que se establecen a diario en una empresa, sería imposible que se desarrollaran sin un marco legal que estableciera con claridad las obligaciones y los derechos de las partes y los procedimientos de reclamación y de control. En definitiva, todas las garantías de seguridad que exige el tráfico mercantil. Planteamiento del caso práctico principal A continuación, vamos a plantear un caso a través del cual podremos aproximarnos de forma práctica a la teoría que vamos a desarrollar en esta unidad. Escucha el siguiente audio donde planteamos el enunciado de un supuesto práctico que resolveremos al final de la unidad. Fig. 1. Mazo de juez y libros. Audio intro. “Identificación del derecho aplicable”. https://bit.ly/2MCeQvm TEMA 1. CONCEPTO Y CLASES DE DERECHO. FUENTES DEL DERECHO Gestión de la documentación jurídica y empresarial. /4 / 2. Concepto y clases de derecho La vida en sociedad exige la existencia de unas reglas que establezcan las normas esenciales de convivencia entre las personas, asegurando un principio de justicia entre las partes. Estas reglas se diferencian de los usos sociales y morales, y se llaman normas jurídicas cuando provienen del derecho. Llamamos derecho a las normas y principios que están destinados a regular la convivencia humana. Estas normas pueden estar escritas o no y, en caso Fig. 2. Semáforo rojo. que sea necesario, pueden imponerse por la fuerza. El derecho está relacionado con la justicia y, por eso, las normas jurídicas imponen obligaciones y conceden facultades («derechos») a las personas. Al mismo tiempo, sirven como garantía de igualdad y seguridad en las relaciones humanas. Las normas jurídicas se diferencian de las reglas derivadas de la cortesía o de la moral por las siguientes características: NORMAS SOCIALES Y MORALES NORMAS JURÍDICAS Individuales: cada persona Colectivas: son las mismas para tiene normas creadas por su todos los ciudadanos de un país. educación, cultura, religión, etc. Unilaterales: solamente imponen Bilaterales: imponen obligaciones deberes, no conceden derechos. y otorgan derechos. Sanción subjetiva: variable según Sanción objetiva: determinada las circunstancias sociales y la en una norma e impuesta propia conciencia de la persona. por los jueces. Obligatorias: su cumplimiento Voluntarias: cada persona no depende de la voluntad decide si las cumple o no. de la persona. Heterónoma: el creador Autónomas: la persona obligada y el destinatario de la por la norma es su creador. norma son distintos. Tabla 1. Características de las normas. En lo que respecta a la actividad de una empresa, esta sería inviable si no existieran las normas jurídicas. Gracias a ellas, el empresario establece la relación laboral con sus empleados, puede ofrecer sus productos o servicios a sus clientes y, a su vez, recibe productos y servicios de sus proveedores. Además, las normas jurídicas regulan las obligaciones del empresario con la Administración (Estado, Comunidad Autónoma, ayuntamiento) y sus derechos como contribuyente y usuario de los servicios públicos. Sabías que... Con las normas morales, sociales o jurídicas se evitan los conflictos y, cuando surge un problema, podemos solucionarlo más fácilmente. TEMA 1. CONCEPTO Y CLASES DE DERECHO. FUENTES DEL DERECHO /5 MEDAC · Instituto Oficial de Formación Profesional 2.1. Derecho Público El Derecho Público se basa en una relación de subordinación que se establece entre una de las partes, una Administración Pública y la otra parte que interviene en la relación jurídica, que puede ser otra Administración Pública, una empresa, una sociedad mercantil o un particular. Los elementos que debemos considerar en las relaciones de Derecho Público, por lo tanto, son la presencia de un ente público y el ejercicio de autoridad por su parte frente a terceros. Por ejemplo, si un ayuntamiento dicta una ordenanza fiscal que establece una tasa por el uso de un servicio público, estamos ante una relación de Derecho Público. En cambio, si el mismo Ayuntamiento firma un contrato de alquiler de un local para ubicar en él el Servicio Municipal de Atención a la Tercera Edad, aunque una de las partes es un ente público, falta el elemento de subordinación o ejercicio de autoridad, por lo que la relación es de Derecho Privado. Fig. 3. Ejemplos de Derecho Público y Derecho Privado. 2.2. Derecho Privado El Derecho Privado establece vínculos de colaboración entre las partes que intervienen en la relación jurídica, que pueden ser tanto personas físicas o jurídicas como entes públicos que, en este caso, actúan de forma privada y no ejercen su autoridad. Vamos a clasificar las ramas más importantes del Derecho: Derecho Público: Derecho Administrativo: regula la organización de la Administración y de sus relaciones con los particulares. Derecho Penal: determina las conductas que constituyen delitos y las sanciones que deben imponerse a quienes los cometan. Derecho Procesal: establece el funcionamiento de los tribunales y las reglas de los procedimientos judiciales. Derecho Fiscal: fija las normas sobre los impuestos, así como su gestión, recaudación e inspección. Derecho Privado: Derecho Civil: son normas que se aplican a personas físicas y jurídicas, a la familia, al patrimonio, a las obligaciones, etc. Derecho Mercantil: regula la organización y el desarrollo de las actividades de los empresarios, sean personas físicas o jurídicas y su actuación en el mercado. Derecho mixto: Derecho Laboral: contiene normas públicas (Estatuto de los Trabajadores) y privadas (convenios colectivos). TEMA 1. CONCEPTO Y CLASES DE DERECHO. FUENTES DEL DERECHO Gestión de la documentación jurídica y empresarial. /6 / 3. Caso práctico 1: “Derecho público y Derecho Privado” Planteamiento: Don Pedro Álvarez es dueño de una empresa de servicios situada en un local comprado al banco B. Para poner en marcha su actividad, solicitó una licencia al ayuntamiento de su ciudad, que se la concedió y tuvo que pagar una tasa por la autorización. Don Pedro paga y cobra el I.V.A. en todas las transacciones comerciales que realiza en su empresa. Hace una semana, la empresa sufrió un robo por el que Don Pedro puso una denuncia y ha sido llamado a declarar ante el Juzgado de Instrucción número 1 de su ciudad. Fig. 4. Vendedor, cliente y empresa. Nudo: ¿qué relaciones jurídicas se describen en el texto anterior? ¿Qué ramas del derecho las regulan? ¿Cuáles pertenecen al Derecho Público y cuáles al Derecho Privado? Desenlace: el desarrollo de una actividad empresarial se regula por el Derecho Mercantil, que es un Derecho Privado; la compra del local al banco se realiza a través de un contrato regulado en el Derecho Civil, que también es un Derecho Privado. En todas estas relaciones jurídicas no existen relaciones de subordinación. La gestión de la licencia de apertura ante el ayuntamiento está sometida al Derecho Administrativo, ya que la entidad local ejerce su autoridad para la concesión de la autorización, al fijar los requisitos para ello y establecer una tasa, por lo que pertenece al Derecho Público. El empresario está obligado al pago de impuestos, en este caso el I.V.A., que regula y gestiona el Estado desde una posición dominante respecto al contribuyente. Está regulado por el Derecho Fiscal o Tributario, que es un Derecho Público. Por último, el robo es un delito definido por el Derecho Penal que elabora el Estado y el procedimiento ante el Juzgado lo establece el Derecho Procesal. Los dos pertenecen al Derecho Público. / 4. Fuentes del derecho Tal como hemos visto en los apartados anteriores, el derecho se manifiesta a través de las normas jurídicas, unas reglas que rigen la convivencia y determinan una parte muy importante de las actividades humanas. Pero ¿quién crea las normas jurídicas? ¿Todas las normas jurídicas son iguales o se manifiestan de formas distintas? Y, por último, ¿cómo resolvemos las relaciones jurídicas a las que se pueden aplicar distintas normas jurídicas? Todas estas cuestiones las resuelve el estudio de las fuentes del derecho. Fig. 5. Fuentes Ahora responderemos a todas ellas a través del esquema que se presenta a continuación y que desarrollaremos en los próximos apartados de esta unidad. TEMA 1. CONCEPTO Y CLASES DE DERECHO. FUENTES DEL DERECHO /7 MEDAC · Instituto Oficial de Formación Profesional Fig. 6. Fuentes del derecho. 4.1. Fuentes materiales Las fuentes materiales explican de dónde surge el derecho, las entidades, las instituciones o los grupos sociales que tienen capacidad para crear normas que obligan a aquellos a los que van destinadas. Los principales creadores de normas son los entes públicos, el Estado y las Comunidades Autónomas. Estos entes dividen el poder entre distintos órganos (legislativo, ejecutivo y judicial), que desempeñan funciones diferentes en relación con las normas jurídicas. Además, hay organismos internacionales que crean normas jurídicas, como la Unión Europea (Parlamento, Comisión, Consejo), que son de aplicación directa en los Estados miembros y forman parte de su derecho interno. Otro ejemplo de fuente material del derecho son las negociaciones de las asociaciones de empresarios y los sindicatos para pactar un convenio colectivo, que tiene valor normativo para los trabajadores y para las empresas que estén regidas por dicho convenio. Nuestra constitución también recoge la iniciativa legislativa popular que permite a los ciudadanos, mediante la presentación de 500.000 firmas, proponer la aprobación de leyes al Parlamento, cumpliendo unos determinados requisitos. TEMA 1. CONCEPTO Y CLASES DE DERECHO. FUENTES DEL DERECHO Gestión de la documentación jurídica y empresarial. /8 4.2. Fuentes formales 4.2.1. Fuentes formales directas Son las que contienen en sí mismas normas jurídicas y, según el artículo 1 del Código Civil, son: Las leyes: normas escritas que dictan los órganos que tienen competencia para ello: Las Cortes Generales (Congreso y Senado). El Gobierno, en supuestos muy concretos y bajo el control de las Cortes. Las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, según su competencia y en su territorio. La costumbre: es la norma no escrita que surge de una conducta habitual, reiterada y con permanencia en el tiempo. Rige cuando no existe una ley aplicable al caso y siempre que no sea contraria a la moral o al orden público. Además, tiene que probarse su existencia. Los principios generales del derecho: son ideas basadas en la ética o la justicia que representan valores que sirven de fundamento para crear e interpretar las normas jurídicas y aplicarlas de manera correcta. Se aplican cuando no hay ley o costumbre que pueda resolver la relación jurídica. Sabías que... El Derecho Laboral tiene fuentes comunes con las otras ramas jurídicas, y fuentes propias como el Convenio Colectivo o el contrato de trabajo. 4.2.2. Fuentes formales indirectas Las fuentes formales indirectas no están destinadas inicialmente a la producción del derecho, sino que sirven para interpretar y completar el sentido de las normas jurídicas. La Jurisprudencia: es la interpretación constante y uniforme del Tribunal Supremo al aplicar las leyes, la costumbre y los principios generales del derecho. Es la referencia para los tribunales inferiores, que basarán sus sentencias en la doctrina fijada por el Tribunal Supremo. Los Tratados internacionales: las normas jurídicas que contengan los Tratados celebrados por España con otros países o con organismos Fig. 7. Banderas. internacionales y publicados en el Boletín Oficial del Estado forman parte de nuestro ordenamiento jurídico. Los Tratados se consideran una fuente indirecta del Derecho porque se exige su publicación para su incorporación plena a nuestro ordenamiento jurídico. Una vez hemos definido las fuentes del Derecho y su clasificación, debemos tener en cuenta que: Las fuentes primarias nos dan el Derecho que es aplicable directamente, como las leyes y los Tratados. Las fuentes secundarias o complementarias son las que se derivan del contenido de las fuentes primarias, como la costumbre y los principios generales del Derecho. TEMA 1. CONCEPTO Y CLASES DE DERECHO. FUENTES DEL DERECHO /9 MEDAC · Instituto Oficial de Formación Profesional El orden en el que se citan las fuentes directas en el Código Civil determina el orden de aplicación: primero las leyes, luego la costumbre y, por último, los principios generales del derecho. Bajo la denominación de «leyes» se agrupan distintas normas jurídicas que tienen características diferentes. La Constitución se sitúa por encima de todas las leyes. Audio 1. “Clasificación del Derecho Internacional” https://bit.ly/3f6bLjx / 5. Caso práctico 2: “Aplicación de la costumbre como fuente del derecho” Planteamiento: Doña María compra una lavadora y un frigorífico en una tienda de la localidad en la que vive. Después de instalarlos en su casa, como no le gusta su acabado, decide devolver la lavadora antes de que se cumplan treinta días desde la compra. Se pone en contacto con la tienda y les comunica que se acoge a la costumbre que existe en su localidad, que le permite devolver el producto por disconformidad y recuperar el precio pagado. Nudo: ¿qué rama del derecho se aplica en este caso? ¿Es correcto el proceder Fig. 8. Compras. de Doña María? Desenlace: La relación entre el comprador y el vendedor está regulada en el Derecho Civil, que pertenece al Derecho Privado. Como Doña María invoca una costumbre, para poder aplicarla, se tendrían que cumplir los siguientes requisitos: Que no exista una ley que prohíba la devolución del producto comprado sin que haya un defecto en su funcionamiento. Que la costumbre se aplique habitualmente y desde hace tiempo. Que la costumbre no sea contraria a la moral o al orden público. Si se dan todas estas condiciones, Doña María podría invocar la costumbre y devolver el producto que ha comprado recuperando el precio que ha pagado. / 6. Funciones del derecho El derecho, articulado en normas jurídicas, cumple una serie de funciones esenciales para el desarrollo de la sociedad, la convivencia y las relaciones empresariales y mercantiles. Entre estas funciones, las más importantes son las siguientes: TEMA 1. CONCEPTO Y CLASES DE DERECHO. FUENTES DEL DERECHO Gestión de la documentación jurídica y empresarial. / 10 Facilita la organización de la sociedad, ya que determina las conductas que están permitidas, las que están prohibidas y las consecuencias jurídicas de la violación de las normas. Establece los mecanismos de resolución pacífica de conflictos entre los miembros de una sociedad, tanto personas jurídicas, como personas físicas y entes públicos. Fig. 9. Representación de la Justicia. Legitima y limita el ejercicio del poder político, a través de mecanismos de participación de los ciudadanos en la gestión y control del poder, en la creación de normas (iniciativa legislativa) y en la participación en los procedimientos judiciales (jurado popular). Favorece a la mejora de la sociedad al establecer reglas para combatir la discriminación y para mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos. Facilita las relaciones económicas y mercantiles, dando seguridad jurídica a las transacciones comerciales. Para que el derecho cumpla todas estas funciones de la mejor manera posible, es necesario que cuente con tres características esenciales que se incluyen siempre en la representación de la Justicia: La venda en los ojos, que simboliza la imparcialidad a la hora de valorar las conductas. La espada, que simboliza el poder sancionador del derecho como medio para hacer cumplir las normas. La balanza, que simboliza la igualdad de derechos de las partes en conflicto. / 7. Resumen y resolución del caso práctico de la unidad En esta unidad hemos partido de la definición de derecho para explicar la clasificación más antigua en la que se pueden incluir todas las ramas jurídicas: Derecho Público o Derecho Privado. Hemos desarrollado después las fuentes del derecho, agrupándolas para responder a tres cuestiones: quién lo crea, qué formas adopta y cómo se aplica. Para terminar, se han presentado las funciones más importantes que cumplen las normas jurídicas. Resolución del Caso práctico de la unidad En el supuesto se presentan dos relaciones jurídicas: es el contrato de alquiler entre dos partes que actúan en igualdad de condiciones y un procedimiento administrativo en el que una de las partes ejerce su autoridad sobre la otra. En la primera, las partes negocian un acuerdo; en la segunda, una parte impone las condiciones a la otra, que no tiene ningún poder de decisión. Los sujetos son los mismos en las dos relaciones jurídicas: el ayuntamiento y una persona física. El contrato de alquiler es una relación de Derecho Privado (Derecho Civil) y el procedimiento administrativo es una relación de Derecho Público (Derecho Administrativo). TEMA 1. CONCEPTO Y CLASES DE DERECHO. FUENTES DEL DERECHO / 11 MEDAC · Instituto Oficial de Formación Profesional / 8. Bibliografía Constitución Española. (29 de diciembre de 1978). Boletín Oficial del Estado, núm. 311, pp. 29313-29424. Recuperado de: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229. Código Civil. (25 de julio de 1889). Gaceta de Madrid, núm. 206, pp. 249 -259. Recuperado de: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763.