Summary

Este documento proporciona una introducción a la contabilidad de pasivos, definiéndolos como oportunidades de inversión para financiar proyectos; analiza los elementos que afectan los pasivos, como intereses, ajustes de divisas y pagos; y explica las diferentes categorías de pasivos, así como la forma de reconocerlos.

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Capítulo 8. Contabilidad de pasivos Conjunto de proveedores de bienes y servicios, también de capital, que brindan la oportunidad de hacer negocios. Los pasivos, de...

Capítulo 8. Contabilidad de pasivos Conjunto de proveedores de bienes y servicios, también de capital, que brindan la oportunidad de hacer negocios. Los pasivos, desde el punto de vista de la asesoría contable, son oportunidades que tiene el inversionista para financiar sus proyectos productivos mediante la combinación de recursos propios (aportes de capital) con recursos externos de otras instituciones financieras (préstamos nacionales o extranjeros), en una mezcla óptima que le permita liberar mayores beneficios económicos para sus dueños por el bajo costo del financiamiento que represente. Los pasivos, el patrimonio y el Estado en general consumen los beneficios económicos que producen los activos, los pasivos en calidad de intereses, ajuste a la moneda extranjera, el patrimonio en calidad de dividendos o participaciones, y el Estado en calidad de impuestos nacionales, departamentales y municipales. También los empleados en calidad de beneficios a empleados, lo cuales son generados por los activos en general. En tiempo de bonanza los bajos costos de financiamiento permanecen fijos, en tanto que liberan mayores beneficios a los propietarios, quienes siempre tendrán la expectativa de un mayor beneficio. En tiempo de recesión los altos costos de financiamiento en muchos casos superan la rentabilidad de los activos, lo cual sacrifica los beneficios de los propietarios, algunas veces hasta consumir el patrimonio para poder cumplir con las obligaciones. 1. Cuentas del pasivo El pasivo es una obligación presente adquirida por la entidad, surgida de sucesos pasados, al vencimiento de la cual se espera que la entidad deba desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos (S2.15). La característica esencial del pasivo es que la entidad tiene una obligación presente de actuar de una forma determinada. La obligación puede ser una obligación legal o una obligación implícita. La obligación legal es exigible como consecuencia de un contrato vinculante o de una norma legal. La obligación implícita es aquella que se deriva de las actuaciones de la entidad, cuando:  Debido a un patrón establecido de comportamiento en el pasado, a políticas de la entidad que son de dominio público.  La entidad haya puesto de manifiesto ante terceros que está dispuesta a aceptar cierto tipo de responsabilidades; y  Como consecuencia de lo anterior, haya creado expectativa válida, ante terceros con los que debe cumplir compromisos o responsabilidades (S2.20). Son ejemplos de obligaciones legales:  Beneficios a empleados [nómina de empleados según contratos de trabajo].  Dividendos a los socios o accionistas (proyecto de distribución de utilidades con base en los estatutos).  Mercancía no fabricada por la empresa y recibida de un proveedor, así no se haya recibido la factura (factura de venta).  Obligaciones contractuales de entregar efectivo u otros activos financieros.  Obligaciones bancarias (contrato de cuenta bancaria, pagarés).  Proveedores (contratos de cuentas corrientes). Son ejemplos de obligaciones implícitas:  Beneficios a empleados [en calidad de prestaciones sociales derivadas del contrato de trabajo].  Garantías en venta de productos.  Demandas laborales, civiles.  Beneficios a empleados reconocidos a otros empleados.  Impuestos nacionales, departamentales y municipales [impuesto de renta y complementarios, impuesto de industria y comercio, impuesto predial y otros municipales]. No son pasivos:  Las pérdidas potenciales o futuras no específicas.  Provisiones por pérdidas.  Obligaciones que surjan de acciones futuras de la entidad (provisiones futuras pérdidas). Según las NIIF para pymes, está prohibido reconocerlas como pasivos.  Los indicios por pérdidas se deben reconocer en el deterioro de los activos, de acuerdo a la S27. La cancelación de una obligación presente implica: Pagos en efectivo, la transferencia de otros activos o dación en pago, la prestación de servicios, la sustitución de la obligación por otra, o la conversión de la obligación por instrumentos de patrimonio. Otros medios son: la renuncia o pérdida de los derechos por parte del acreedor (S2.21). La cancelación también puede acontecer por:  Rescisión cuando se declara ineficaz el contrato.  Compensación cuando existe en los registros un deudor y acreedor sobre la misma persona, generado en un contrato, a menos que una NIIF lo autorice.  Caducidad para obligaciones garantizada con cheques. Clasificación del pasivo: los pasivos se clasifican según el grado de exigencia (S4.4) en:  Pasivo corriente, llamado también pasivo de corto plazo, es aquel que se debe pagar en un tiempo menor de un año.  Pasivo no corriente, o de mediano o largo plazo, es aquel que se debe pagar en un tiempo mayor de un año.  Pasivo estimado, siempre que exista una obligación futura, probable y medible fielmente, es calculado sobre la base del criterio de un profesional, quien a su vez maneja bases estadísticas o presupuestos legales, como el caso del impuesto de renta, las prestaciones sociales.  No es dado en NIIF hacer provisiones sobre estimativos, como se venían haciendo sobre el 22% de la nómina (recuerde que debe existir la probabilidad de una salida de efectivo u otros activos en dación de pago).  Pasivo contingente, que es un evento probable en el futuro, y medible fielmente. En algunos casos que dan cuenta de demandas —civiles, laborales, penales—, cuando sale el fallo, debe contabilizarse el pasivo definitivo. Cuando el evento es incierto pero significativo, se debe exponer en las notas a los estados financieros. El problema mayor es el ocultamiento de pasivos para no mostrar iliquidez. Cuando se liquidaba y pagaba el impuesto de patrimonio, se compraban pasivos con el fin de disminuirlo. Hoy esto se hace con la norma de liquidación del hecho generador y los posibles descuentos para disminuir la base. 2. Pasivo corriente Son obligaciones que tiene la persona natural o jurídica, con base en hechos pasados, por concepto de compra de bienes, servicios o préstamos que facilitan las instituciones financieras para el desarrollo del giro ordinario de la actividad, pagaderas en un tiempo cierto y determinado. Clase 2. Pasivos [Agrupa el conjunto de las cuentas que representan las obligaciones contraídas por el ente económico en desarrollo del giro ordinario de su actividad, pagaderas en dinero, bienes o servicios. Comprende las obligaciones financieras, los proveedores, las cuentas por pagar, los impuestos, gravámenes y tasas, los beneficios a empleados, otros pasivos, los pasivos estimados, pasivos contingentes, los bonos y papeles comerciales. Las cuentas que integran esta clase tendrán siempre saldo de naturaleza crédito]. Grupo 21. Obligaciones financieras [Comprende el valor de las obligaciones contraídas por el ente económico mediante la obtención de recursos provenientes de establecimiento de crédito o de otras instituciones financieras u otros entes distintos de los anteriores, del país o del exterior. Por regla general, las obligaciones contraídas generan intereses y otros rendimientos a favor del acreedor y a cargo del deudor por virtud del crédito otorgado, los cuales se deben registrar por separado. Las obligaciones financieras representadas en moneda extranjera, en UVR (unidad de valor real, permite a la institución financiera mantener el poder adquisitivo del dinero prestado) o con pacto de reajuste se deben reexpresar de acuerdo con las disposiciones legales vigentes]. Política contable Pasivos financieros Reconocimiento inicial: una obligación financiera se reconoce en el momento en que la institución o establecimiento bancario ha depositado el dinero en la cuenta bancaria por concepto de préstamos, cartas de crédito, pagarés, aceptaciones bancarias debidamente solicitadas y respaldadas con las garantías que otorga la empresa. Medición inicial: por el valor total de la obligación, independiente de los descuentos por intereses, asesorías, comisiones, etcétera. Medición posterior: por el importe de la obligación disminuida por los pagos de capital. Baja en cuenta: por el pago o cancelación final de la obligación. Presentación y revelación: se presenta en el estado de situación financiera, en el pasivo corriente, por el monto de la obligación que se vence en el siguiente año y, en el pasivo no corriente, por el resto de la obligación. Cuenta 2105. Bancos nacionales [Las obligaciones financieras corresponden a las cantidades de efectivo recibidas a título de mutuo y se deben registrar por el monto de su principal. Los intereses y otros gastos financieros que no incrementen el principal se deben registrar por separado en el estado de resultados en alguno de los dos gastos administrativos o de ventas. No existe la cuenta 5305 Financieros; se propone la cuenta 5198 Gastos financieros]. El costo del préstamo bancario nacional o extranjero debe evaluarse con todas las reciprocidades y devaluación, primero para calcular todos los elementos del costo y, segundo, para tomar la mejor decisión de financiamiento, cuya tasa de interés no puede ser superior a la generación de renta de la empresa. 82. Se recibe préstamo del Banco Popular mediante pagaré por valor de 36.000.000 u.m., pagadero en 12 trimestres, con gastos de estudio, Data Crédito y de seguros por 150.000 u.m. La tasa nominal pagadera trimestre vencido es equivalente al 6% TV. En estos casos, como se tiene la tasa nominal anual pagadera trimestre vencido, se divide por cuatro periodos para aplicársela al saldo de capital (111005 Moneda nacional, 519820 Gastos bancarios, 210510 Pagarés). Tabla de amortización del crédito Cuota Interés Período Saldo capital Intereses Amortización variable mensual 0 36.000.000.00 1 33.000.000,00 2.160.000 3.000.000,00 5.160.000 720.000 2 30.000.000,00 1.980.000 3.000.000,00 4.980.000 660.000 3 27.000.000,00 1.800.000 3.000.000,00 4.800.000 600.000 4 24.000.000,00 1.620.000 3.000.000,00 4.620.000 540.000 5 21.000.000,00 1.440.000 3.000.000,00 4.440.000 480.000 6 18.000.000,00 1.260.000 3.000.000,00 4.260.000 420.000 7 15.000.000,00 1.080.000 3.000.000,00 4.080.000 360.000 8 12.000.000,00 900.000 3.000.000,00 3.900.000 300.000 9 9.000.000,00 720.000 3.000.000,00 3.720.000 240.000 10 6.000.000,00 540.000 3.000.000,00 3.540.000 180.000 11 3.000.000,00 360.000 3.000.000,00 3.360.000 120.000 12 0,00 180.000 3.000.000,00 3.180.000 60.000 Total 14.040.000 36.000.000 50.040.000 83. Gasto financiero: la empresa causó el primer mes de intereses, al 6% trimestre vencido. Esto implica que, cuando se pague la primera cuota, deben estar causados los tres meses de intereses del orden de 2.160.000 u.m., y de tres registros de interés de 720.000 u.m. mensual, como se observa en la tabla de amortización del crédito anterior. (520520 Gastos intereses, contra 233505 Gastos financieros). 84. Pago de cuota variable: se pagó la primera cuota variable de 3.000.000 u.m., y el 6% tasa trimestral a 12 periodos trimestrales, igual a 2.160.000 u.m. (210505 Pagarés, 233505, Gastos financieros, contra 111005 Moneda nacional). 85. Garantía del préstamo: la entidad presentó ante el banco la prenda de la maquinaria, que se registró en la Cámara de Comercio, y los costos fueron de 90.000 u.m. (529530 Constitución de garantías, contra 111005 Moneda nacional). 86. Pago a proveedor del extranjero: se pagó al banco del exterior la cuota de cincuenta mil dólares contratados a una tasa representativa de mercado de 2.300 u.m. y pagada a la fecha a 2.600 u.m. (211010 Bancos del exterior: Pagarés, 519810 Gasto por diferencia en cambio extranjero, contra 111005 Moneda nacional). Observe que los gastos de financiación no van a ninguna cuenta 5305, realmente porque con el nuevo lenguaje de los negocios no existe. Estos intereses hacen parte de los ingresos o egresos por pérdida o ganancias del poder del dinero en el tiempo, para lo cual se proponen las cuentas 519805 Gastos financieros, 519810 Gastos por diferencia en cambio extranjero. Grupo 22. Proveedores [Comprende el valor de las obligaciones a cargo del ente económico, por concepto de la adquisición de bienes y/o servicios para la fabricación o comercialización de los productos para la venta, en desarrollo de las operaciones relacionadas directamente con la explotación del objeto social, tales como, materias primas, materiales, combustibles, suministros, contratos de obra y compra de energía. Las obligaciones con proveedores representadas en moneda extranjera o con pacto de reajuste se deben ajustar de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en la fecha sobre la cual se informa (local)]. Son las obligaciones que tiene la empresa con las personas que proveen las materias primas para colocar en marcha la producción o las mercancías no fabricadas por la empresa para colocarlas como disponibles para la venta de bienes o contratos de servicios. Política contable Cuentas por pagar comerciales Reconocimiento inicial: el costo histórico de un pasivo es el importe en efectivo recibido, y el valor razonable es el importe de los activos no monetarios recibidos a cambio de la obligación en el momento en que se incurre. Medición inicial: costo de adquisición de los bienes o servicios recibidos. Cuando sea con pago aplazado, será el valor actual de los pagos y todas sus reciprocidades con el proveedor. Medición posterior: por el importe en libros, y por el valor actual si han cambiado las condiciones. Baja en cuenta: cuando se paga o se cancela totalmente. Presentación y revelación: los proveedores de corto plazo en el pasivo corriente y las de largo plazo en el pasivo no corriente. Su valor debe revelarse en los estados financieros. Cuenta 2205. Proveedores nacionales Registra las obligaciones contraídas, en moneda nacional o extranjera, por el ente económico con proveedores para la adquisición de bienes y servicios tales como materiales, materias primas, equipos, suministro de servicios y contratación de obras]. Proveedores nacionales o del exterior: son obligaciones contraídas con empresas nacionales o extranjeras por concepto de adquisición de bienes y servicios tales como materiales, materias primas, equipos, suministro de servicios y contratación de obras materiales. 87. Compra a autorretenedor: se compró mercancía gravada con el IVA del 16% a contribuyente autorretenedor, consistente en electrodomésticos y muebles a crédito por valor de 20.000.000 u.m., a Cacharrería Mundial, pagadera a 30 días factura (143536 Electrodomésticos y muebles, 240802 Impuesto a las ventas, contra 220505 Nacionales). 88. Compra de mercancía en el exterior: Se compró mercancía a crédito por US20.000 de contado y se pagó al momento de nacionalizar las mercancías el 16% de impuesto de IVA y derechos de aduana del 8% a la tasa representativa del mercado de 2.200 u.m. (143536 Electrodomésticos y muebles, 240802 Impuesto a las ventas, 524020 Aduaneros, contra 220510 Del exterior). En estos casos el registro no se hace en dólares, sino en moneda nacional. Grupo 23. Cuentas por pagar [Comprende las obligaciones contraídas por el ente económico a favor de terceros por conceptos diferentes a los proveedores y obligaciones financieras tales como cuentas corrientes comerciales, a controladora, a subsidiarias, a contratistas, órdenes de compra por utilizar, costos y gastos por pagar, instalamentos por pagar, acreedores oficiales, regalías por pagar, deudas con accionistas o socios, dividendos o participaciones por pagar, retención en la fuente, retenciones y aportes de nómina, cuotas por devolver y acreedores varios]. Política contable Deudas diversas Reconocimiento inicial: las cuentas y documentos por pagar representan las obligaciones a cargo del ente económico originadas en bienes o en servicios recibidos. Se deben registrar por separado las obligaciones de importancia, tales como las que existan a favor de proveedores, vinculados económicos, directores, propietarios del ente y otros acreedores. Medición inicial: el costo de los bienes o servicios recibidos. El costo del reconocimiento de los gastos hechos por el socio o accionista a nombre de la empresa. Medición posterior: costo del importe en libros. Baja en cuenta: por el costo de los pagos en bienes o servicios de acuerdo al contrato de cuenta corriente. Cuando se pagan las deudas a los socios o accionistas. Presentación y revelación: se presenta en el pasivo no corriente y sus valores se revelan. Cuentas 2305. Cuentas corrientes comerciales Cuando un cliente tiene relaciones comerciales con su proveedor, se perfecciona mediante un contrato de cuenta corriente, que puede ser objeto de compensaciones (entre sus saldos), con los despachos mutuos de remesas. [Registra el valor adeudado por el ente económico a favor de terceros por conceptos diferentes a los proveedores y obligaciones financieras y con los cuales se mantiene un contrato de cuenta corriente en los términos previstos en las normas legales vigentes]. Costos y gastos por pagar Son obligaciones originadas por prestación de servicios (transporte, mantenimiento), honorarios (asesorías contables, legales) y gastos financieros (intereses, chequeras), entre otros. Los costos o gastos por pagar se estiman de acuerdo al criterio de la gerencia y se registran como pasivos, siempre que cumplan con su definición de ser sucesos pasados por los cuales la empresa debe desprenderse de efectivo en una fecha cierta y futura. 89. Causación honorarios: la empresa causó los honorarios del contador por valor de 1.160.000 u.m., incluido el IVA (511030 Asesoría financiera, 511570 IVA descontable, contra 233525 Honorarios, 236515 Honorarios). El IVA cobrado por el contador no se puede solicitar como IVA descontable en la cuenta 240802 porque no tiene relación con las ventas. Deudas con accionistas o socios: son obligaciones a favor de los accionistas o socios por concepto de préstamos, pagos efectuados por ellos y demás importes realizados a nombre de la empresa. Cuenta 2355. Deudas con accionistas o socios [Registra el valor a cargo del ente económico y a favor de los socios y/o accionistas por concepto de préstamos, pagos efectuados por ellos y demás importes a favor de estos. Se excluyen de esta cuenta los dividendos y participaciones por pagar, los cuales se deben registrar en la cuenta 2360]. 90. Renovación de matrícula: el socio Rogelio Ramos renovó la matrícula mercantil ante la Cámara de Comercio por cuenta y a nombre de la empresa por valor de 850.000 u.m. (524010 Registro mercantil, contra 235510 Socios). 91. Reembolso de gastos a socios: se le reintegraron al socio los gastos de 650.000 u.m., hechos a nombre de la empresa (235510 Socios, contra 111005 Moneda nacional). Cuando los gastos tienen la base de retención en la fuente, debe descontarse del pago al socio, independiente de que la haya aplicado o no. 92. Causación de fletes: se contabilizó el gasto de fletes y acarreos por 250.000 u.m. por los servicios prestados durante el mes a la empresa TCC S.A. (523550 Transportes, fletes y acarreos, contra 111005 Moneda nacional, 236525 Servicios, 236825 Retención ICA). Cuenta 2350. Dividendos o participaciones por pagar Una parte de las ganancias sociales se distribuye entre los asociados, en calidad de dividendo en efectivo cuando son sociedades de capital o anónimas y en calidad de participación en efectivo en las sociedades de personas, hasta un máximo de 50% según lo prescribe el Código de Comercio. El remanente cumple la función social de proteger la sociedad de futuras pérdidas mediante la reserva legal (en las sociedades de responsabilidad limitada y asimiladas, en las sociedades anónimas, en comandita por acciones, en las sociedades por acciones simplificadas y en las sucursales de sociedades extranjeras) y reservas ocasionales para generar mayor capacidad de negociación. Política contable sobre dividendos por pagar Reconocimiento inicial: registra el valor de los dividendos o participaciones decretados por la asamblea general de accionistas o junta de socios y que deberán ser pagados dentro del término legal establecido según el Código de Comercio. Medición inicial: el importe decretado sobre las ganancias del ejercicio o de las ganancias retenidas en proporción al número de acciones poseídas. Medición posterior: el importe en libros. Baja en cuentas: con el pago del compromiso de la empresa de retribuir a sus socios o accionistas. Presentación y revelación: se presenta en el pasivo corriente y se revelan las cuantías pendientes de pago. Dividendos: es la compensación que recibe el accionista de sociedades anónimas, en comandita por acciones o de sociedades por acciones simplificadas por haber colocado bienes en dinero o en especie para la realización de un proyecto productivo. La decisión se valora desde el punto de vista de las oportunidades que presenta el mercado y de las que ofrecen los proyectos. Cuando el sector financiero ofrece jugosas tasas de interés, los ahorros de los inversionistas en potencia se van a demandar los CDT y otros títulos financieros, pero cuando bajan, los inversionistas buscan las acciones de las empresas mejor cotizadas en la bolsa. 93. Proyecto de distribución de utilidades: la asamblea general de la empresa distribuyó, de las ganancias obtenidas de 40.000.000 u.m., el 50% en calidad de dividendo, en una proporción igual al 5% sobre el valor intrínseco de la acción (360505 Ganancias del ejercicio, contra 236005 Dividendos). Es posible que se tenga que hacer retención en la fuente cuando las ganancias distribuidas no hayan generado el impuesto de renta y complementarios en la empresa. Participaciones: es la compensación que recibe el socio de las sociedades de responsabilidad limitada, colectivas o en comandita simple por los aportes hechos en los proyectos productivos. En una economía capitalista las aspiraciones de todo inversionista es sacar el mejor provecho de sus inversiones. Aunque las empresas unipersonales son asimiladas a las de responsabilidad limitada, como están formadas de un solo socio, no se requiere de distribución de ganancias, pero debe hacerse la reserva legal por su responsabilidad limitada a sus aportes ante terceros. Lo mismo hace las sociedades por acciones simplificadas. 94. Proyecto de distribución de utilidades: la j u n t a d e s o c i o s d e l a empresa de responsabilidad limitada distribuyó, de las ganancias obtenidas de 40.000.000 u.m., el 50% en calidad de participaciones (360505 Ganancias del ejercicio, contra 236010 Participaciones). Es posible que se tenga que hacer retención en la fuente, como en el caso anterior, donde la sociedad no aportó al Estado el impuesto de renta. Retención en la fuente: es el recaudo anticipado del impuesto a la renta que se realiza a todo contribuyente sujeto de todo pago susceptible de crear riqueza. Cuenta 2365. Retención en la fuente [Registra los importes recaudados por el ente económico a los contribuyentes o sujetos pasivos del tributo a título de retención en la fuente a favor de la Administración de Impuestos Nacionales, en virtud al carácter de recaudador que las disposiciones legales vigentes le han impuesto a los entes económicos, como consecuencia del desenvolvimiento del giro normal del negocio, cuyas actividades y operaciones son objeto de gravamen]. Política contable de retención en la fuente Reconocimiento inicial: todo contribuyente del impuesto de renta, que pertenezca el régimen común, tiene que reconocer la retención en la fuente y aplicar las tarifas de retención en todo pago que haga por bienes o por servicios y pagarlos a la Administración de Impuestos. Medición inicial: se mide aplicando las diferentes tarifas en todo pago, como por ejemplo a los proveedores de bienes y servicios, arrendamientos, honorarios, comisiones, etcétera, en calidad de impuesto de renta, impuesto a las ventas e impuesto de industria y comercio. Medición posterior: por el importe en libros. Baja en cuentas: cuando se elaboran, presentan y pagan los valores demostrados en las declaraciones tributarias de retención en la fuente. Presentación y revelación: se presenta en el pasivo corriente por su pronto pago, y su saldo se revela sobre la fecha que se informa. Sujeto de retención: todo contribuyente que haga un pago que sea susceptible de generar riqueza para quien lo recibe (ingresos – costos – gastos impuestos = ganancia líquida) debe hacer retención en la fuente a título de renta, IVA e ICA. La susceptibilidad consiste en una presunción de rentabilidad, de que todo ingreso debe generar un valor de renta líquida después de haber sustraído los costos y gastos. Por consiguiente: Gráfico No. 19. Equivalencia entre tasa de retención e impuesto de renta Análisis del ingreso susceptible de producir renta gravable Estado de resultado 2015 Estructura Bases Porcentajes Equivalente Ingresos por ventas 1000.00 100.0% Retención 2.5% 25 u.m. Costo de venta 800,00 80.0% Gastos 100.00 10.0% Ganancia 100.00 10.0% Impuesto 25% 25 u.m. Impuesto de renta 25.00 Utilidad líquida 75.00 [Se supone que la retención en la fuente del 2.5% sobre la base de 100% de un ingreso es equivalente al 25% sobre la ganancia gravable, en términos generales. Esto se cumple siempre y cuando la utilidad gravable sea del 10% sobre la base del 100%. Observe que la retención en la fuente a título de renta de 25 u.m. es equivalente a las 25 u.m. que se liquidan como impuesto a la renta sobre la base gravable]. [Retención en la fuente e impuesto de industria y comercio: la retención en la fuente a título de renta y el impuesto de industria y comercio retenido se aplican de mayor jerarquía a menor (de régimen común a régimen común —recuerde que los grandes contribuyentes son del régimen común— y a régimen simplificado). El procedimiento de retención en la fuente es de carácter nacional, y el de industria y comercio es municipal, pero se está tratando de generalizarlo en la mayoría de los municipios del país. Debe comprobarse cuando vaya a ser aplicado]. [Impuesto a las ventas retenido: solamente hacen retención en la fuente a título de impuesto a las ventas los contribuyentes que tienen mayor jerarquía a otro contribuyente de menor jerarquía: por ejemplo, de gran contribuyente a régimen común y al régimen simplificado; igualmente, de régimen común al régimen simplificado. Como el impuesto al régimen simplificado se asume como un mayor costo de la compra hecha al régimen simplificado, lo que no hace muy llamativas las compras, y para no estigmatizar a este régimen, la norma tributaria permite descontarlos de la cuenta del impuesto a las ventas. Así como no todos los grandes contribuyentes son autorretenedores, también el régimen común puede ser autorretenedor, con el fin de evitar la pérdida de certificados de retención al momento de hacer las declaraciones correspondientes y sustentar la retención en la fuente a descontar. Esta categoría se solicita ante la DIAN, siempre y cuando sea persona jurídica y con base en los ingresos de 6000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y con el número de clientes superior a 50 que le hagan retención]. [Agente retenedor: son obligaciones del agente retenedor (E. T.):  Efectuar la retención.  Consignar lo retenido.  Causar y pagar el interés moratorio en consignación extemporánea.  Expedir certificados por concepto de salarios.  Expedir certificados por otros conceptos.  Presentar declaración mensual de retención]. [Autorretención en la fuente: el director de Impuestos y Aduanas Nacionales tiene la competencia para autorizar o designar a las personas o entidades que deberán actuar como autorretenedores y suspender la autorización cuando a su juicio no se garantice el pago de los valores autorretenidos (E. T.)]. 95. Gran contribuyente compra a régimen común: la empresa gran contribuyente compró electrodomésticos y muebles para la venta por valor de 50.000.000 u.m., con IVA del 16%, y le hace retención al proveedor del régimen común del 2.5% renta, 50% IVA y 0.5% ICA (Causación 143536 Electrodomésticos y muebles, 240802 Impuesto a las ventas, contra 220505 Nacionales, 236540 Retención compras, 236740 Retención IVA, 236840 Retención ICA). Por el pago: (220505 Nacionales, contra 111005 Moneda nacional). 96. Declaración mensual de retención en la fuente: se hizo la respectiva declaración mensual de retención en la fuente y por los diferentes conceptos a título de renta, que fueron 3.000.000 u.m. Las retenciones practicadas a título de IVA fueron 1.500.000 u.m. Los valores se tomaron de los libros auxiliares de contabilidad, la retención se pagó en bancos de la ciudad, y el cheque se giró a favor de la DIAN (236505 Salarios y pagos laborales, 236515 Honorarios, 236525 Servicios, 236530 Arrendamientos, 236540 Retención compras, 236705 Impuesto a las ventas retenido, contra 111005 Moneda nacional). 97. Declaración bimensual del ICA: Se hizo la respectiva declaración bimensual de retención del impuesto de industria y comercio, que fue del 250.000 u.m., teniendo en cuenta los valores en los libros auxiliares de contabilidad, la retención se pagó en bancos de la ciudad a nombre de la tesorería municipal (236805 Impuesto de industria y comercio retenido, contra 111005 Moneda nacional). Acreedores varios: son proveedores de bienes y servicios distintos a los del objeto social. Cuenta 2380. Acreedores varios [Registra los valores adeudados por el ente económico por conceptos diferentes a los especificados anteriormente tales como depositarios de ganado en participación, comisionistas de bolsas, sociedades administradoras de fondos de inversión, reintegros y fondos de perseverancia]. Grupo 24. Impuestos, gravámenes y tasas [Comprende el valor de los gravámenes de carácter general y obligatorio a favor del Estado y a cargo del ente económico por concepto de los cálculos con base en las liquidaciones privadas sobre las respectivas bases impositivas generadas en el periodo fiscal. Comprende, entre otros, los impuestos de renta y complementarios sobre las ventas, de industria y comercio, de licores, cervezas y cigarrillos, de valorizaciones, de turismo y de hidrocarburos y minas]. De renta y complementarios: es el impuesto sobre las ganancias operativas del ejercicio, una vez aplicadas todas las normas tributarias en la depuración de la renta. Política contable de impuestos, gravámenes y tasas Reconocimiento inicial: la entidad reconocerá un pasivo por impuestos corrientes por el impuesto a pagar por las ganancias fiscales del periodo actual y de los periodos anteriores. Si el importe pagado, correspondiente al periodo actual y a los anteriores, excede el importe por pagar de esos periodos, la entidad reconocerá el exceso como un activo por impuestos corrientes (S29.4). Medición inicial: importe calculado después de haber depurado la renta con los presupuestos legales y determinado la renta gravable y aplicada la tarifa correspondiente al contribuyente. Medición posterior: el importe en libros más reliquidaciones de la DIAN. Baja en cuenta: con el pago de la obligación. Presentación y revelación: se presenta en el pasivo corriente y se revelan su cuantía y los pagos durante el periodo contable, igual que los reajustes, sanciones y requerimientos. Cuenta 2404. De renta y complementarios [Comprende los impuestos de renta y complementarios liquidados en el periodo corriente]. Comprende el valor de los gravámenes de carácter general y obligatorio a favor del Estado y a cargo del ente económico por concepto de los cálculos con base en las liquidaciones privadas sobre las respectivas bases impositivas generadas en el periodo fiscal. Comprende, entre otros, los impuestos de renta y complementarios sobre las ventas, de industria y comercio, de licores, cervezas y cigarrillos, de valorizaciones, de turismo y de hidrocarburos y minas]. De renta y complementarios: es el impuesto sobre las ganancias operativas del ejercicio, una vez aplicadas todas las normas tributarias en la depuración de la renta. [Provisión para impuesto de renta: en normas locales mensualmente se contabiliza la provisión del impuesto de renta que ha planeado pagar el contribuyente en el plan que le ha servido para demostrar su capacidad de negocio en marcha, y así lo hace saber en el registro de la provisión. De esta manera la empresa presupuesta el valor mensual y lo lleva a la cuenta de gastos 540505 Impuestos de renta y complementarios contra la 261505 De renta y complementarios. Al finalizar el ejercicio acumula los gastos de impuestos y se cierra contra la cuenta 590505 Ganancias y pérdidas. En las NIIF las provisiones son pasivos debidamente reconocidos, solo en la fecha en que se informa, que sean probables y cuya medición sea fiable. Si esa estimación cumple con los requerimientos de un pasivo, se contabiliza. Los impuestos de renta son estimables y hechos que se cumplirán en un periodo determinado]. La entidad solo reconocerá una provisión cuando: a) La entidad tenga una obligación en la fecha sobre la que se informa como resultado de un suceso pasado; b) Sea probable (es decir, exista mayor posibilidad de que ocurra que de lo contrario) que la entidad tenga que desprenderse de recursos para liquidar la obligación; c) El importe de la obligación pueda ser estimado de forma fiable (S21.4). Reconocimiento de la provisión. La entidad reconocerá la provisión como un pasivo en el estado de situación fi a, y el importe de la provisión como un gasto, a menos que otra sección de esta NIIF requiera que el costo se reconozca como parte del costo de un activo tal como inventarios o propiedades, planta y equipo (S21.5). 98. Declaración de renta: el asesor tributario, junto con el contador, elaboraron la declaración de renta y complementarios del año 2013 sobre la fecha sobre la cual se informa, y después de aplicar todas normas favorables a la empresa, calcularon un impuesto a pagar por valor de 32.000.000 u.m. (540505 Impuesto de renta y complementarios, contra 240405 Vigencia fiscal corriente). Cuenta 2408. Impuesto sobre las ventas por pagar [Es el valor del impuesto generado en las ventas menos el descontado por las compras y gastos relacionados directamente con la producción de las ventas]. Política contable del impuesto a las ventas por pagar Reconocimiento inicial: se registra el valor recaudado como el valor pagado en la adquisición de bienes producidos, importados y comercializados, así como de los servicios prestados y/o recibidos gravados de acuerdo con las normas fiscales vigentes, los cuales pueden generar un saldo a favor o a cargo del ente económico, producto de las diferentes transacciones ya que se trata de una cuenta corriente. Medición inicial: su medición corresponde al importe liquidado en las facturas de ventas de mercancías, y se descuenta el valor del IVA pagado en las facturas de compra a proveedores. Medición posterior: posteriormente se deben tener en cuentas las devoluciones en compras y las devoluciones en ventas, para ajustar la cuenta. Baja en cuentas: cuando se elabora la declaración de ventas y se paga el saldo en la cuenta. Presentación y revelación: se presenta en el pasivo corriente y se revela su saldo en el estado de situación financiera. Régimen simplificado [Al régimen simplificado del impuesto sobre las ventas pertenecen las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones: 1. Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a cuatro mil (4000) UVT. 2. Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad. 3. Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles. 4. Que no sean usuarios aduaneros. 5. Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual o superior a: 3300 UVT. 6. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no supere la suma de 4500 UVT. Parágrafo: para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a 3300 UVT, el responsable del régimen simplificado deberá inscribirse previamente en el régimen común (E. T.)] (Gerencie.com, 2014). Resumen del régimen simplificado valores menores a: Años 2013 2014 2015 Valor UVT Total UVT 26.841 27.485 28.279 Ingresos brutos 4.000 107.364.000 109.940.000 113.116.000 Venta de bienes y servicios 3.300 88.575.000 90.700.500 93.320.700 Monto de las consignaciones 4.500 120.784.500 123.682.500 127.255.500 Inscripción previa a contratos 3.300 88.575.000 90.700.500 Régimen común [Son responsables del impuesto a las ventas los comerciantes y quienes realicen actos similares a los de ellos y los importadores. 99. Compra por gran contribuyente a régimen común: un gran contribuyente compra mercancías de contado para la venta por valor de 10.000.000 u.m., con el IVA del 16%, que se agrega al valor de la factura por 1.600.000 u.m. (Causación143536 Electrodomésticos y muebles, 240802 Impuesto al valor agregado, contra 236540 Retención compras, 236740 Retención IVA, 236840 Retención ICA, 220505 Nacionales), por el pago del neto de la factura de compra (220505 Nacionales, contra 111005 Moneda nacional). 100. Gran contribuyente vende a régimen simplificado: un gran contribuyente vende mercancía de contado, con margen de utilidad del 20%, y se hace factura por valor de 12.000.000 u.m. Se cobra el correspondiente impuesto al valor agregado (1130505 Cartera, contra 413536 Electrodomésticos, 240804 Impuesto al valor agregado). Por el ingreso del efectivo a caja: (10505 Caja general, contra 130505 Clientes). 101. Causación costo de venta: por concepto de la venta anterior se lleva a cabo la contabilidad del costo de ventas por valor de 10.000.000 u.m. (613536 Venta de electrodomésticos y muebles, contra 143536 Electrodomésticos). 102. Gran contribuyente compra papelería: el gran contribuyente también compró papelería y útiles de escritorio para el proceso de ventas por valor de 1.000.000 u.m. durante el bimestre, sobre el cual también liquidaron impuesto al valor agregado (521020 Útiles y papelería, 240802 Impuesto al valor agregado, contra 236540 Retención compras, 236740 Retención IVA, 236840 Retención ICA, contra 233595 Otros), por el pago de la factura: (233595 Otros, contra 111005 Moneda nacional). [En otros tiempos esta papelería se llevaba a un gasto diferido; así se compre para varios meses, las NIIF exigen llevarlos a gastos]. 103. Compra de maquinaria: la sociedad compró maquinaria por valor de 20.000.000 u.m. y pagó impuesto sobre las ventas del 16%. El mayor valor pagado por concepto del IVA se lleva como mayor valor del bien (Causación152005 Maquinaria y equipo, 230505 Cuentas por pagar, 236540 Retención compras, 236740 Retención IVA, 236840 Retención ICA), por el pago: (230505 Cuentas por pagar contra 111005 Moneda nacional). Este es un típico caso en el que el impuesto a las ventas no está relacionado con las ventas del negocio. La base gravable de las importaciones para liquidar el impuesto sobre las ventas será la misma para liquidar los derechos de aduana, adicionada con el valor de este gravamen. Revise el concepto aplicable al IVA pagado en bienes importados o construido en su país. 104. Autorretenedor vende mercancías: la empresa (por sus características de tener más de 50 clientes en cartera que retienen y por el volumen de sus ventas en el año anterior, la Dirección de Impuestos Nacionales le aceptó la calificación) vende mercancías por valor de 20.000.000 u.m. y liquida el impuesto sobre las ventas de 3.200.000 u.m. (Causación130505 Cartera, contra 413536 Electrodomésticos, 240804 Impuesto a las ventas). Por el pago de la factura: (130505 Cartera, contra 111005 Moneda nacional). 105. Registros de la Autorretención: la empresa hace los registros de autorretenciones sobre la base de los 20.000.000 u.m. (135515 Retención renta, 135517 Retención IVA, 135518 Retención ICA, contra 236575 Autorretenciones). El beneficio de las empresas autorretenedoras es que no pierden el valor de las retenciones en la fuente porque son ellos los que llevan el control; en el otro sistema son muchas las retenciones que no le certifican porque las empresas desaparecen y por consiguiente pierden el descuento en las respectivas declaraciones. [Cuenta 2412. Impuesto de industria y comercio Todos los municipios —más de 1096 en el país— han implementado el sistema de retención en la fuente a título de impuesto de industria comercio, tableros y avisos, con el fin de traer rápidamente el impuesto para la ejecución de obras del municipio, que en otras oportunidades se practicaba con pagos posteriores a la vigencia]. www2.igac.gov.co/ninos/faqs_user/faqs.jsp?id_categoria=2 Política contable de impuesto de industria y comercio Reconocimiento inicial: registra el valor adeudado por el gravamen establecido sobre las actividades industriales, comerciales y de servicios, a favor de cada uno de los municipios donde ellas se desarrollan, según liquidación privada. Medición inicial: el importe liquidado en la declaración de industria y comercio. Medición posterior: el importe en libros. Baja en cuenta: cuando se paga. Presentación y revelación: se presenta en el pasivo corriente y se revela. 106. La empresa obtuvo un volumen de ventas netas por valor de 500.000.000 u.m. durante el bimestre enero-febrero y está clasificada con el 0.5% en el impuesto de industria y comercio, con el cual alcanza un total de impuesto del orden de 2.500.000 u.m., sobre los que se descuentan las retenciones que le practicaron por valor de 650.000 u.m. Ahora se dispone hacer la declaración de ICA (Causación 521505 Industria y comercio, contra 135518 Impuesto de industria y comercio retenido, 233510 Gastos legales), por la declaración y pago: (230505 Cuentas por pagar, contra 111005 Moneda nacional). Beneficios a empleados [obligaciones laborales] Los beneficios a empleados son las mismas obligaciones laborales que se originan en un contrato de trabajo. Se deben reconocer los pasivos a favor de los trabajadores siempre que: 1. Su pago sea exigible o probable. 2. Su importe se pueda estimar con fiabilidad. Los beneficios a los empleados comprenden todos los tipos de contraprestaciones que la entidad proporciona a los trabajadores, incluidos administradores y gerentes, a cambio de sus servicios. Esta sección se aplicará a todos los beneficios a los empleados, excepto los relativos a transacciones con pagos basados en acciones, que se tratan en la S26: Pagos Basados en Acciones. Los cuatro tipos de beneficios a los empleados a los que se hace referencia en esta sección son: a) Beneficios a corto plazo a los empleados: son los beneficios a los empleados (distintos de los beneficios por terminación) cuyo pago será totalmente atendido en el término de los doce meses siguientes al cierre del periodo en el cual los empleados han prestado sus servicios (ver párrafos 28.4 a 28.8 y 28.39). b) Beneficios post empleo, son los beneficios a los empleados (distintos de los beneficios por terminación) que se pagan después de completar su periodo de empleo en la entidad. (S28.9 a S28.28, S28.40 y S28.41). c) Otros beneficios a largo plazo para los empleados, que son los beneficios a los empleados (distintos de los beneficios postempleo y de los beneficios por terminación) cuyo pago no vence dentro de los doce meses siguientes al cierre del periodo en el cual los empleados han prestado sus servicios. (Ver párrafos 28.29, 28.30 y 28.42). d) Beneficios por terminación, que son los beneficios por pagar a los empleados como consecuencia de: (i) La decisión de una entidad de rescindir el contrato de un empleado antes de la edad normal de retiro; o (ii) La decisión de un empleado de aceptar voluntariamente la conclusión de la relación de trabajo a cambio de esos beneficios. (Ver párrafos 28.31 a 28.37, 28.43 y 28.44) (S28.1). Ejemplos de beneficios a empleados:  Corto plazo: Sueldos a empleados. Intereses a las cesantías. Prima de servicios. Vacaciones.  Post empleo: Pensión de jubilación.  Largo plazo: Cesantías. Prima de quinquenio. Año sabático.  Terminación del contrato por el patrono: Indemnización por no cumplimiento del contrato. Indemnización por despido injustificado del empleado. Pensión sanción.  Planes por aportaciones definidas: Aportes para pensión de jubilación de sus trabajadores a un fondo de administración de pensiones.  Planes por beneficios definidos: Pensión de jubilación asumida por la empresa. Para ello requiere de un cálculo actuarial cada año. [Contrato de trabajo: se define por las siguientes características: 1. Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración. 2. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, empleador, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario (C. S. T.)]. [Elementos esenciales del contrato de trabajo: 1. Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales: a. La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo; b. La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país; y c. Un salario como retribución del servicio. 2. Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen (C.S.T.)]. [Terminación del contrato Para proceder a la terminación del contrato de trabajo establecido en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, el empleador le deberá informar por escrito al trabajador, a la última dirección registrada, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la terminación del contrato, el estado de pago de las cotizaciones de Seguridad Social y parafiscalidad sobre los salarios pagados de los últimos tres meses anteriores a la terminación del contrato, adjuntando los comprobantes de pago que los certifiquen. Si el empleador no demuestra el pago de dichas cotizaciones, la terminación del contrato no producirá efecto. Sin embargo, el empleador podrá pagar las cotizaciones durante los sesenta (60) días siguientes, con los intereses de mora (C.S.T.)]. [Duración máxima del periodo de prueba En los contratos de trabajo a término fijo cuya duración sea inferior a un (1) año el periodo de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado para el respectivo contrato, sin que pueda exceder de dos meses. Cuando entre un mismo empleador y trabajador se celebren contratos de trabajo sucesivos, no es válida la estipulación del periodo de prueba, salvo para el primer contrato (C.S.T.)]. Salarios por pagar: es el valor de la nómina liquidada, con todos sus derechos de sueldo básico, horas extras, dominicales, auxilio de transporte, descontadas las deducciones de ley y otras autorizadas por el empleado. Grupo 25. Beneficios a empleados Política contable de beneficios a empleados (Grupo 25) Reconocimiento inicial: una entidad reconocerá el costo de todos los beneficios a los empleados a los que estos tengan derecho como resultado de servicios prestados a la entidad durante el periodo sobre el que se informa: a) Como un pasivo, después de deducir los importes que hayan sido pagados directamente a los empleados o como una contribución a un fondo de beneficios para los empleados. Si el importe pagado excede a las aportaciones que se deben realizar según los servicios prestados hasta la fecha sobre la que se informa, una entidad reconocerá ese exceso como un activo en la medida en que el pago anticipado vaya a dar lugar a una reducción en los pagos a efectuar en el futuro o a un reembolso en efectivo. b) Como un gasto, a menos que otra sección de esta NIIF requiera que el costo se reconozca como parte del costo de un activo, tal como inventarios o propiedades, planta y equipo (S28.3). Medición inicial: el costo liquidado individualmente a cada empleado en la nómina, por cada uno de los departamentos de la empresa, cuando sea aplicable. Medición posterior: el importe en libros. Baja en cuenta: pago de la nómina. Presentación y revelación: se presenta en el pasivo corriente y se revela en los estados financieros. El pasivo laboral es individual, cierto y probable. No existen estimaciones sobre bases inciertas. El importe de la provisión se debe causar mensualmente como un pasivo teniendo en cuenta las siguientes condiciones: a) Su pago sea exigible o probable, y b) Su importe se pueda estimar razonablemente. El efecto retroactivo en el importe de las prestaciones sociales originadas por la antigüedad y el cambio en la base salarial forma parte de los resultados del respectivo periodo contable. El cálculo definitivo correspondiente a las obligaciones laborales que no se cancelen durante el mismo ejercicio económico en que se causen sino en fechas futuras indeterminadas se consolidará en las diversas subcuentas del grupo 25. Obligaciones laborales. Cuenta 2505. Salarios por pagar [Registra los valores a pagar a los trabajadores originados en una relación laboral, tales como sueldos, salario integral, jornales, horas extras, recargos, comisiones, viáticos, incapacidades y subsidio de transporte]. 107. Se elaboró y causó la nómina de personal de ventas con total devengado por 6.000.000 u.m., más el auxilio de transporte de 615.000 u.m., menos las deducciones sobre la nómina a favor de empresas prestadoras de los servicios de salud (4%) y de administradoras de pensiones (4%), y por el resto se giró cheque (Causación 520506 Sueldos, 520527 Auxilio de transporte, contra 237005 Aportes a entidades promotoras de salud EPS, 238030 Fondos de cesantías y/o pensiones, 250505 Salarios por pagar), por el pago de los salarios: (250505 Salarios por pagar, contra 111005 Moneda nacional). Siempre se debe acostumbrar hacer primero la causación de la nómina y luego el pago. Cesantías consolidadas: por cada año el empleado tiene derecho a un mes de sueldo por concepto de cesantías sobre el sueldo básico, incluido el auxilio de transportes, y que el patrono debe pagar en los primeros meses del siguiente año a los fondos administradores de cesantías. Cuenta 2510. Cesantías consolidadas [Registra las obligaciones del ente económico con cada uno de sus trabajadores por concepto del auxilio de cesantías, como consecuencia del derecho adquirido de conformidad con las disposiciones legales vigentes y los acuerdos laborales existentes]. Las NIIF no aceptan hacer provisiones para los beneficios a empleados, pues estas se deben liquidar por su obligación probable y fiable. Las liquidaciones tienen que ser individuales, y no en su conjunto de la nómina. 108. Beneficios a empleados: se causaron los beneficios a empleados sobre la fecha sobre la cual se informa, mediante la liquidación del pasivo por prestaciones sociales de los empleados así: se toma la información de cada empleado en particular para reconocer sus derechos y liquidar las cesantías, intereses, prima de servicios y vacaciones. Anteriormente se hacía así: cesantías 1/12 sobre el valor del salario, intereses sobre cesantías del 1% sobre las cesantías mensuales). Tome el valor de un empleado que trabajó todo el año y liquide la prima de servicios por 1/12 del salario, vacaciones por 1/24 del salario (la liquidación de prestaciones incluye el salario y el auxilio de transporte, excepto en el tiempo de vacaciones). Este pasivo se hace en forma individual y no por el grupo de empleados (Causación 520530 Cesantías, 520533 Intereses sobre cesantías, 520536 Prima de servicios, 520539 Vacaciones, contra 251010 L. 50/90 y normas posteriores, 251505 Intereses sobre cesantías, 252005 Prima de servicios, 252505 Vacaciones consolidadas). Intereses sobre cesantías: sobre el saldo acumulado de cesantías a 31 de diciembre por cada uno de los empleados, se debe liquidar y pagar el 12% en el mes de enero del año siguiente. Cuenta 2515. Intereses sobre cesantías [Comprende el valor de los intereses causados sobre las cesantías de conformidad con las disposiciones legales vigentes en el Código Sustantivo de Trabajo de cada país]. Prima de servicios: es el derecho que tiene el trabajador por cada año de trabajo, pagadero cada seis meses. “Hasta el año 2006 no se pagaba prima de servicio a los trabajadores transitorios u ocasionales, excepción que fue declarada inexequible por la Corte Constitucional en sentencia C-825 de 2006, por tanto, desde esa fecha es obligatorio pagar la prima de servicios a estos trabajadores” (Guía Laboral Gerencie.com). Revisar la situación de cada país en particular. [Cuenta 2520. Prima de servicios Registra el valor que por ese concepto se encuentre pendiente de pago y a favor de los trabajadores como consecuencia del derecho adquirido de conformidad con las disposiciones legales vigentes y los acuerdos laborales existentes con el ente económico]. [Vacaciones consolidadas: es el derecho al descanso remunerado que tiene el trabajador por cada año de trabajo. Cuando el contrato de trabajo termine sin que el trabajador hubiere disfrutado de vacaciones, la compensación de estas en dinero procederá por año cumplido de servicio y proporcionalmente por fracción de año, siempre que este exceda de tres meses (revisar Código Laboral de cada país)]. “Las vacaciones no son una prestación social, sino que es un descanso remunerado y que es considerado salario, por lo que el dinero recibido por concepto de vacaciones se tratará como cualquier salario; por tanto se deberán hacer aportes a seguridad social, parafiscales e inclusive prestaciones sociales sobre él” (Guía Laboral 2014 Gerencie.com). [Cuenta 2525. Vacaciones consolidadas Registra el valor acumulado de las vacaciones que el ente económico adeuda a sus trabajadores producto de la relación laboral existente, sean estas legales o extralegales]. Cada vez que se hace uso de las vacaciones se utiliza este valor y se da de baja, porque ese periodo se llevó al estado de resultados en el momento en que el ente adquirió la obligación de los beneficios a los empleados. Su valor se presenta tanto en el pasivo corriente (lo correspondiente al periodo más antiguo) como en el pasivo a largo plazo (los dos siguientes), teniendo en cuenta que el empleado solo puede acumular tres periodos de vacaciones; el resto lo pierde. Su revelación tiene que contener las novedades de esta cuenta. Retención en la fuente sobre nómina [El ingreso laboral gravado con retención en la fuente se expresa en UVT. Al dividir el sueldo sobre el valor de la UVT: si se encuentra entre 95 y 150 UVT, se le restan las primeras 95 y la retención será el 19% multiplicado por el valor de la UVT; si el ingreso está dentro del intervalo de 150 a 360, se le restan las primeras 150 y la retención será el 28% más 10 UVT (que corresponden al primer intervalo 150 - 95 = 55 * 19% = 10 UVT); si el ingreso es superior a 360 UVT, se le restan las 360 del intervalo anterior, que se multiplica por el valor de la UVT, y la retención en la fuente será del 33% de esa diferencia, más las 69 UVT que resultan de las 10 que se suman del primer intervalo y las 59 UVT del segundo (360 - 150 = 210 * 28% = 58.8 y se aproxima a 59), que se multiplica por 27.485, que es lo que vale la UVT, y este será el valor de la retención]. Tabla de retención en la fuente Menor a 95 UVT 0% Entre 95 y 150 UVT (N°. UVT - 95) * Valor UVT 19% Salario mensual / Entre 150 y 360 UVT (N°. UVT - 150) * Valor UVT 28% + 10 UVT Valor de la UVT Superior a 360 UVT (N°. UVT - 360) * Valor UVT 33% + 69 UVT (Valor UVT: 26.841 años 2013; 27.485 año 2014). Cuenta 2365. Retención en la fuente [Registra los importes recaudados por el ente económico a los contribuyentes o sujetos pasivos del tributo a título de retención en la fuente a favor de la Administración de Impuestos Nacionales, en virtud al carácter de recaudados que las disposiciones legales vigentes les han impuesto a los entes económicos, como consecuencia del desenvolvimiento del giro normal del negocio, cuyas actividades y operaciones son objeto de gravamen]. 109. Retención en la fuente sobre salarios: se calculó la retención en la fuente a los salarios básicos de 7.000.000 u.m. y 9.800.000 u.m. (todas las cuentas de la nómina contra 236505 Salarios y pagos laborales). Retenciones y aportes de nómina: favor remitirse al tema que considera el proceso contable de la sociedad comercial, donde se elabora una nómina con todos los elementos de aportes del trabajador, del patrono, seguridad social y prestaciones sociales. Cuenta 2370. Retenciones y aportes de nómina [Registra las obligaciones del ente económico a favor de entidades oficiales y privadas por concepto de aportes parciales y descuentos a trabajadores de conformidad con la regulación laboral. Igualmente, registra otras acreencias de carácter legal y descuentos especiales debidamente autorizados, a excepción de lo correspondiente a préstamos y retención en la fuente]. Cuenta 2380. Acreedores varios Registra los valores adeudados por el ente económico por conceptos diferentes a los especificados anteriormente tales como depositarios de ganado en participación, comisionistas de bolsas, sociedades administradoras de fondos de inversión, reintegros y fondos de perseverancia]. 110. Aportes patronales: el patrono contabilizó los aportes patronales y riesgos profesionales, sobre el valor de la nómina para cada uno de los empleados, así: a empresas de salud (empresas prestadoras de servicios de salud) (8.5%), de pensiones (administradoras de fondos de pensiones) (12%), riesgos profesionales (administradoras de riesgos profesionales) (0.5%). Tome un empleado de 5.000.000 u.m. (Causación 520569 Aportes a entidades promotoras de salud EPS, 520570 Aportes a fondos de pensiones y/o cesantías, contra 237005 Aportes a entidades promotoras de salud EPS, 237006 Aportes a administradoras de riesgos profesionales ARP, 238030 Fondos de cesantías y/o pensiones). 111. Aportes parafiscales: el patrono también calculó y contabilizó los aportes parafiscales sobre el valor de la nómina de 6.000.000 u.m. así: a la Caja de Compensación Familiar (4%), al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (3%) y para el Servicio Nacional de Aprendizaje (2%). (Se excluye para todos los cálculos el valor pagado al empleado por concepto de auxilio de transporte). (Las tarifas deben actualizarse de acuerdo a las normas laborales de cada país). (520572 Aportes cajas de compensación familiar, 520575 Aportes ICBF, 520578 SENA, contra 237010 portes al ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar). 112. Pago de retenciones sobre nómina: se pagaron todas las retenciones sobre la nómina y los aportes patronales de riesgos profesionales y parafiscales sobre la nómina (237005 Aportes a entidades promotoras de salud EPS, 237006 Aportes a administradoras de riesgos profesionales ARP, 237010 aportes al ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar, 238030 Fondos de cesantías y/o pensiones, contra 111005 Moneda nacional). 113. Transferencia de recursos a las administradoras: En el siguiente año se transfirieron recursos por valor de 1.200.000 u.m. a fondos de pensiones. A los empleados se les pagaron los intereses por cesantías por 1.200.000 u.m. (238030 Fondos de cesantías y/o pensiones, 261010 Intereses a las cesantías, contra 111005 Moneda nacional). 114. Pago de prima de servicios: en el mes de diciembre del mismo año se pagaron la prima de servicios y las vacaciones a quienes cumplieron un año de servicios con fecha 31 de diciembre por valor de la nómina de prima por 8.500.000 u.m., (252515 Vacaciones, 252020 Prima de servicios, contra 111005 Moneda nacional). 115. Pago de vacaciones: se pagó las vacaciones al empleado por un año de servicios, quien tenía un salario mínimo 2014 de 616.000 u.m. mensuales y auxilio de transporte de 72.000 u.m. (se considera que quien sale a vacaciones no gana auxilio de transporte y se pagan sobre el rubro de presupuesto los días de vacancia, en tanto que a la persona que lo reemplaza debe pagársele el correspondiente auxilio y el sueldo con la provisión). (2525015 Vacaciones, contra 111005 Moneda nacional). 116. Préstamo a empleados: se prestó a un empleado la suma de 1.000.000 u.m., en calidad de anticipo sobre las cesantías, el cual no genera intereses para la empresa. Aquí se debe considerar que el préstamo no es un activo que se recupere en el tiempo; por consiguiente se debe llevar directamente al pago de las cesantías (251010 Cesantías consolidadas, contra 111005 Moneda nacional). 3. Pasivo no corriente Hacen parte del pasivo no corriente las obligaciones a largo plazo cuyo vencimiento es a más de un año, tales como:  Obligaciones financieras de largo plazo.  Préstamos hipotecarios.  Bonos por pagar. 4. Provisiones y contingencias Las NIIF para pymes, en su sección 21, tratan las provisiones (es decir, pasivos de cuantía o vencimiento inciertos), que se contabilizan como pasivos contingentes. Se contabilizan como pasivos siempre que exista una obligación de pagar un valor cierto, probable y medible de una obligación fiable; de lo contrario las provisiones para costos y gastos, si no tienen un hecho cierto, simplemente no existen. {La NIC 37, en el libro de NIIF casos prácticos, de Marcos Puruncajas Jiménez, presenta las siguientes diferencias entre provisiones y otros pasivos, las cuales se aplican en las NIIF plenas y no son iguales en las NIIF pymes}. Provisiones Otros pasivos En una provisión hay incertidumbre del En un pasivo hay certeza del valor a pagar. valor a pagar. No existe fecha definida para el pago. En la mayoría de los pagos hay una fecha definida. Ejemplo: Provisión por garantía de Ejemplo: Préstamo realizado por un banco. productos vendidos. [Para costos y gastos: solo se contabiliza el pasivo cuando exista un contrato de por medio o factura de servicios públicos. Usar la cuenta 2335 Costos y gastos por pagar. No utilice provisiones y estimaciones ni la cuenta 2605 para costos y gastos]. [Para obligaciones laborales: las obligaciones laborales son individuales, ciertas y probables, no existen estimaciones sobre base inciertas. Utilice las cuentas 2510 cesantías consolidadas, 2515 intereses sobre cesantías, 2520 prima de servicios, 2525 vacaciones consolidadas, etc. No utilice la cuenta 2610 para obligaciones laborales]. [Para obligaciones fiscales: los impuestos sobre la renta, de patrimonio y de industria y comercio que debe liquidar la empresa se hacen sobre bases ciertas, probables y fiables. No existen estimaciones sobre bases inciertas. Los registros contables se expusieron en la cuenta 2404 para asociar la causación del gasto en el momento de reconocer el pasivo por concepto de impuesto de renta y complementario definitivo del periodo contable. Igualmente se hizo con las obligaciones laborales que se expusieron junto con la consolidación del pasivo laboral]. 5. Pasivos diferidos Grupo 27. Diferidos [Comprende los ingresos no causados recibidos de clientes, los cuales tienen el carácter de pasivo, que debido a su origen y naturaleza han de influir económicamente en varios ejercicios, en los que deben ser aplicados o distribuidos. Igualmente, registra el monto adeudado por el reajuste a las cuotas netas, para el caso de las sociedades administradores de consorcios comerciales, la utilidad diferida en ventas a plazos, el crédito por corrección monetaria diferida y los impuestos diferidos]. Política contable de pasivos diferidos Reconocimiento inicial: un pasivo diferido se reconoce en los estados financieros cuando la empresa recibe anticipos para la venta de bienes o prestación de servicios. También se reconoce un pasivo por impuesto diferido cuando exista una diferencia temporal deducible fiscalmente en los siguientes periodos. Medición inicial: los valores recibidos en efectivo de la persona que paga anticipado. Anticipos de obras materiales. Medición posterior: el importe en libros. Baja en cuenta: cuando se entrega el bien o se presta el servicio. Presentación y revelación: se presenta en el pasivo corriente y se revela su valor. Cuenta 2705. Ingresos recibidos por anticipado [Registra el valor de las sumas que el ente económico ha recibido por anticipado a buena cuenta por prestación de servicios, intereses, comisiones, arrendamientos y honorarios entre otros]. 117. Ingresos recibidos por anticipado: la entidad recibió suscripciones al periódico La República por un año por valor de 360.000 u.m. anuales de 10 usuarios más IVA (110505 Caja general, contra 270505 Ingresos anticipados). La disminución de este pasivo, cuando se presta un servicio o se cumple con la obligación, se constituye en un ingreso ordinario para la entidad. 118. Causación del pago anticipado: El procedimiento para la entidad que pagó la suscripción muy diferente. No es un activo diferido porque en NIIF no existen este tipo de activos, y además el comprador lo debe llevar directamente a gastos porque no se cumple con los requerimientos de activo generador de flujos económicos en el futuro (5105 Gastos de administración, contra 111005 Moneda nacional). 119. Causación de suscripción anticipada: el diario La República causó el ingreso por suscripción del periódico del primer año, 417.600 u.m. (110505 Caja general, contra 270530 De suscriptores, 240804 Impuesto al valor agregado). 120. Ingreso anticipado de matrículas: un colegio recibió de un padre de familia las cuotas de matrícula y pensión de los primeros seis meses del año por valor de 2.400.000 u.m. (110505 Caja general, contra 270545 Matrículas y pensiones). 121. Causación del ingreso anticipado: el colegio realizó el ingreso del primer mes de matrícula y pensión por valor de 400.000 u.m. (270545 Matrículas y pensiones contra 416005 Actividades relacionadas con la educación). La educación formal requiere de un registro en el Ministerio de Educación para excluir al establecimiento del impuesto a las ventas; de lo contrario la educación informal debe liquidar el IVA. 122. Anticipo de honorarios: el contador recibió honorarios anticipados de 2.320.000 u.m. por la asesoría tributaria del año (110505 Caja general, contra 270520 Honorarios, 240804 Impuesto al valor agregado). Por la causación de los ingresos mensuales: (270520 Honorarios, contra 415550 Actividades empresariales de consultoría). Se debe recordar que el impuesto a las ventas se genera en el momento de la causación o venta. 123. Recibo de intereses anticipados: se recibieron anticipadamente los intereses de tres meses al 3% mensual sobre el préstamo de 10.000.000 u.m. (110505 Caja general, contra 270505 Intereses). 6. Otros pasivos Grupo 28. Otros pasivos [Comprende el conjunto de cuentas que se derivan de obligaciones a cargo del ente económico, contraídas en desarrollo de actividades que por su naturaleza especial no pueden ser incluidas apropiadamente en los demás grupos del pasivo]. Política contable de otros pasivos (Grupo 28) Reconocimiento inicial: la entidad reconoce un pasivo solo cuando cumple con los requerimientos de ser una obligación de hechos pasados y que por consiguiente debe desprenderse de efectivo para su cancelación. Tal es el caso de anticipos recibidos para ejecución de obras, los cuales se realizan de acuerdo al porcentaje de la obra terminada. Medición inicial: por el importe de dinero recibido del dueño de la obra material. Medición posterior: por el importe en libros. Baja en cuenta: cuando se terminan los proyectos y se aplican los anticipos al pago de los proyectos mediante actas firmadas por las partes. Presentación y revelación: se presenta en el estado de situación financiera en el activo corriente y se revelan los hechos con base en los contratos en ejecución, cuantías y porcentaje de terminación. Cuenta 2805. Anticipos y avances recibidos Registra las sumas de dinero recibidas por el ente económico de clientes como anticipos o avances originados en ventas, fondos para proyectos específicos, cumplimiento de contratos, convenios y acuerdos debidamente legalizados, que han de ser aplicados con la facturación o cuenta de cobro respectiva]. 125. La empresa recibe como anticipo 1.250.000 u.m. para separar la compra de la moto AKT 1500, cuyo valor es de 4.500.000 u.m. (110505 Caja general, contra 280505 De clientes). 126. Se recibió de un cliente un anticipo de obra de construcción, por valor de 100.000.000 u.m. (111005 Bancos moneda nacional, 135515 Retención en la fuente, 135518 Retención de industria y comercio, contra 280510 Anticipos y avances recibidos sobre contratos). Quien entregó el dinero lo llevaría a una cuenta del activo (150805 Construcciones en curso, contra 236525 Retención en la fuente sobre servicios, 236825 Impuesto de industria y comercio sobre servicios). Ahora bien, los anticipos tienen retención en la fuente, porque es en el pago o abono en cuenta; no se debe dejar para cuando se reciba el pago definitivo. 127. Sobre el contrato de obra y por las responsabilidades solidarias del dueño de la obra con las prestaciones sociales de los empleados, el cliente hizo retención sobre el contrato de 500.000.000 u.m., del orden del 5% (280510 Sobre contratos, contra 282505 Cumplimiento de obligaciones laborales). Al cliente se le debe presentar el paz y salvo por concepto de las prestaciones sociales y aportes a la seguridad social para que devuelva el valor retenido. Cuenta 2810. Depósitos recibidos Registra el valor de las sumas recaudadas por el ente económico de personas naturales, jurídicas o entidades oficiales, para garantizar el cumplimiento de obligaciones contractuales, de servicios, de los fondos para proyectos, inversiones específicas y otras afines. En el caso de los socios y/o accionistas corresponde a las sumas recibidas en calidad de depósitos con el fin de adquirir acciones o cuotas sociales mientras se legaliza y aprueba la emisión correspondiente. Para el caso específico de sociedades administradoras de consorcios comerciales, se incluye dentro de esta cuenta el denominado fondo de reserva, la cual se afectará conforme a las normas legales vigentes. Cuenta 2815. Ingresos recibidos para terceros [Registra los dineros recibidos por el ente económico a nombre de terceros y que en consecuencia serán reintegrados o transferidos a sus dueños en los plazos y condiciones convenidos]. 128. Ingresos recibidos para terceros: la empresa, por medio del gerente, vendió unas cuotas de capital de uno de los socios y recibió el valor de 2.000.000 u.m. para entregarle al socio (110505 Caja general, contra 281505 Valores recibidos para terceros). Embargos judiciales: son valores retenidos a empleados, contratistas, con destino a los juzgados. Cuenta 2830. Embargos judiciales [Registra el valor de los pasivos adquiridos por el ente económico por concepto de descuentos hechos a afiliados del ente, producto de embargos, pago de indemnizaciones y constitución de títulos de depósito judicial de acuerdo con lo ordenado por despachos judiciales cuando el afiliado o el ente tengan obligaciones eventuales ante terceros, sea por actos derivados directa o indirectamente de sus dependientes]. 129. Orden del Juzgado por alimentos: el juzgado ordenó a la empresa retener al empleado 800.000 u.m. como indemnización por cuota de alimentos. En el momento de la elaboración de la nómina se crea el pasivo a favor del juzgado (520505 Sueldos, contra 283010 Embargos judiciales), luego se procede hacer su pago: (283010 Embargos judiciales, contra 111005 Moneda nacional). Grupo 29. Bonos y papeles comerciales [Comprende los valores recibidos por el ente económico por concepto de emisión y venta de bonos ordinarios o convertibles en acciones, así como los papeles comerciales definidos como valores de contenido crediticio emitidos por empresas comerciales, industriales y de servicios con el propósito de financiar capital de trabajo. La prima o descuento en la colocación de bonos por el valor superior o inferior al valor nominal de los títulos se contabilizará por separado. La amortización del descuento o de la prima se debe hacer en forma sistemática en las fechas estipuladas para la causación de los intereses, con cargo o crédito a las cuenta de intereses. Asimismo, este grupo incluye los denominados “bonos pensionales” y “Títulos pensionales”, emitidos por el ente económico y originados en la expedición de las normas sobre seguridad social]. Bonos: [Los bonos son títulos-valores que incorporan una parte alícuota de un crédito colectivo constituido (C. Cio.)]. Redención de bonos: los bonos se emiten para financiar las operaciones o proyectos y se redimen cuando se cumple el término estipulado en el contrato de emisión. 7. Actividades de aprendizaje Ponga a prueba su conocimiento 1. ¿Por qué se les da el nombre de pasivo a las obligaciones? 2. ¿Cómo define el pasivo desde el punto de vista de la NIIF? 3. ¿Cuándo las obligaciones financieras pueden consumir el aporte de los asociados? 4. ¿Por qué se debe hacer registrar primero la causación y luego el pago? ¿Tiene alguna lógica contable? 5. ¿A los anticipos en contratos de obra se les aplica retención en la fuente? ¿Se espera la terminación de la obra? 6. ¿Cuál es el costo promedio de capital de la empresa donde trabaja? 1. Defina qué es pasivo según las NIIF. 2. Defina qué es una provisión según las NIIF. 3. ¿Cuáles son los principales grupos del pasivo? 4. ¿Cómo se clasifican los pasivos? 5. ¿Qué función cumple la retención para la empresa a la que le retienen? 6. ¿Qué función cumple la retención en la fuente para la empresa que tiene que hacerla? 7. ¿Cuál es la diferencia entre los grupos de cuentas 22 y 23? 8. ¿Cuáles son los beneficios a empleados? 9. ¿En qué momento se calcula la provisión del impuesto sobre la renta? 10. ¿En qué momento se consolida el impuesto de renta y complementarios? 11. ¿Qué valor se lleva a la cuenta 240405 Impuesto de renta por pagar? ¿ El valor contable o el fiscal? 12. ¿Qué obligaciones componen los proveedores? 13. Identifique el costo del pasivo y el costo del patrimonio. Desarrolle la siguiente actividad Elabore una nómina para cinco empleados y contabilice el sueldo por pagar, los aportes patronales de seguridad social, los aportes parafiscales y las prestaciones sociales.

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