Resumen Materia Ambiental PDF
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Universidad de Cuenca
2024
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Este documento presenta un resumen de la materia de ambiental, incluyendo conceptos como los principios ambientales (precaución, prevención, pro-natura), la sostenibilidad, la integridad y el tema de quién contamina paga. También se mencionan aspectos históricos como el Tratado de Estocolmo de 1972 y jurisprudencia sobre los derechos de la naturaleza, incluyendo un caso específico del río Collay.
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Fecha: 29 de noviembre de 2024 Clase N”8 Al Juarismi: la persona que planteó la dogmática de la ética Principios ambientales: precaución: es cuando se da el inicio de un proyecto extractivo fundamentalmente así no haya certeza científica de que va a producir un daño...
Fecha: 29 de noviembre de 2024 Clase N”8 Al Juarismi: la persona que planteó la dogmática de la ética Principios ambientales: precaución: es cuando se da el inicio de un proyecto extractivo fundamentalmente así no haya certeza científica de que va a producir un daño ambiental se debe buscar precauciones para minimizar el gran impacto ambiental. prevención: se conoce los impactos que se van a dar, pero de igual manera se buscan las medidas para evitar el impacto. pro-natura: en caso de duda se debe inclinar a favor de derechos de la naturaleza Sostenibilidad: se da el tratado de Estocolmo 1972, se deben aprovechar todas las fuentes naturales pero sin comprometer a las generaciones futuras. ejem. agua del subsuelo Integralidad: no hay lugares aislados o separados ya que el ser humano al menos el 50% proviene de células no humanas, se separó el binarismo Quién contamina paga: establece que los responsables de contaminar deben asumir los costos de: Prevenir la contaminación, Controlar el uso de los recursos naturales, Reparar los daños ambientales inevitables. Relacionalidad: nos relacionamos con los seres bióticos y abióticos, El Cajas está a 4100 mts sobre el nivel del mar, ¿A dónde se debe ver si va a llover? al oeste, La amazonia está al Este. Agua virtual: cantidad de agua que se necesita para producir un bien. 1 Onz de oro = 8000 lts de agua para obtener esta onz de oro se debe mover 250 toneladas de roca. El promedio de vida del minero boliviano es de 37 años, se necesita el mercurio y el cianuro para la extracción de la roca, el mercurio está prohibido en la legislación ecuatoriana por ser cancerígeno. Stephen Hawking dice que al interior de la piedra se encuentra energía de electrones Jordano Bruno: 7 años encarcelado, un italiano que murió calcinado en 1600, el decía que la tierra no es el centro del universo, tampoco es el sol el centro ya que él decía que no hay centro ya que el universo es infinito, además hay miles de planetas y por lo mismo hay otras vidas inteligentes. Ptolomeo: sostenía que la tierra era el centro de la naturaleza Copernico también sostenía que era el centro de la naturaleza Galileo Galilei: decía que el centro del universo era el sol y que además se mueve Issac Newton: su predecesor era Jordano Bruno Antes del BIG BANG no había nada Ecología Política: disputa del poder de la naturaleza, por eso aparecen tres vertientes: El norte vs el sur. anglosajona: pocos juristas y filósofos francesa: más académicos américa latina: los movimientos sociales que defienden la naturaleza, bosques y el agua ecologismo: ya no solo tiene que ver con el ser humano, sino relaciona a todos los seres vivos ambientalismo: visión administrativa, reformista y está atado de los derechos humanos ya que no reconoce los derechos de la naturaleza, por eso la corte solo habla del derecho ambiental porque para ellos prima el ser humano sobre la naturaleza. Concepción de la naturaleza: orígenes étnicos, indigena, científica y jurídica ética: la naturaleza se debe cuidar porque es ético y es responsabilidad indigena:la pacha mama es más que naturaleza, el universo, el espacio-tiempo, cosmos científica: la naturaleza es que no se pueden alterar los ciclos naturales: carbón, agua; ya que es un desbalance y se llega al cambio climático jurídica: a partir del 2008 la naturaleza tiene derechos Occidente: cultura alimentada por la religión judeo-cristiana- romana considera que la naturaleza es un ser inerte, se divide al hombre y a la naturaleza(cambio del árbol de la genealogía), se jerarquiza (el hombre arriba y la naturaleza abajo), y dominación sobre la naturaleza. Indigena: ser vivo, es indivisible el ser humano y la naturaleza, jerarquía no hay(horizontal), no hay dominio y esto está de acuerdo con la ética, científicos y los ecologistas por eso se considera el SUMAK KAWSAY. Fecha: 02 Diciembre de 2024 Clase: 9 Antecedentes de los derechos de la naturaleza, principios ambientales, perspectivas, la naturaleza desde el colonialismo, ecología política. PRECEDENTE O JURISPRUDENCIA EN TORNO A LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA En el mundo se reconoce como sujeto de derechos, en el 2008, en la CRE 1.- Primera aplicación de los derechos de la naturaleza: 2011 en LOJA, Rio Vilcabamba (carretera contamina al rio, hagan señalética, disculpas públicas), primera en el mundo es una sentencia bastante limitada, restringida y precaria. 2.- Relacionada a los derechos de la naturaleza se da en el 2018 una sentencia sobre EL RIO COLLAY, está en Gualaceo, Chordeleg, Sigisi, Puate, Sevilla, Pan. Se declaro acciones de protección, con lugar se declara vulnerado los derechos (prefectura del Azuay y otros moradores intentaron construir via Plan de milagro en Ingamulli, el juez escucho y mando a pedir disculpas y reparar el paramo y que procedan con una indemnización a los propietarios de los predios 3.-2018: Rio Blanco los comuneros y FOA presentan acción de protección en contra de la Multinacional JUNFIED SOHT MAERICA , toman de forma subsidiaria, pero vulneración a flata de consulta previa, luego de 6 meses se suspende la producción de la empresa minera, es en MOLLETURO. 3.-Fines 2018, se presenta acción de protección, CASO COFANES SINAUGEE, acción de protección, se presenta Amicus curiare, se gana por falta de consulta previa porque habían muchas consenciones mineras que estaban destrozando el río Cofanes, llegó a la corte constitucional quienes rectificaron la sentencia de primera y segunda instancia 4.- 2020: sentencia Río Monjas, en Quito, el juez ponente Ramiro Avila quien hace una exposición porque se mezclaba aguas hervidas- agua de lluvia 5.-2021: Cedros Cotacachi, acción de protección presenta el alcalde, Imababura , dicen que se vulnero los derechos de participación y llego Agustin Grijalba(juez ponente), sentencia nombrada a nivel nacional. Violacion a derechos por ser bosque endémicos, nace el agua para Cotacachi, derechos de participación vulnerados. Derecho consulta ambiental, consulta previa, seguridad jurídica, derecho al agua. 6.-2021 Mona Estrellita, ponente Ramiro Ávila, animalitos también tienen derechos, si alguien quiere cuidar animalitos tiene que tener un lugar ad hoc y no hacer que se muera un animalito como la monita. Quieren humanizar a los animalitos, la globalización la asimilación 7.-2021: derechos de la naturaleza para los arboles de la av. 1 de mayo, junto a los 3 puentes, grupo de niños y jóvenes presentan una acción de protección, se gana en segunda instancia, reparación integral: manda a hacer una restauración ecológica con plantas nativas. 8.-2023: Caso Quimsacocha, 209-271 páginas del libro 9.-2024: Rio Machangara en Quito, presenta Ramiro Avila contra el municipio, parecido al rio monjas. El rio machangara es el más contaminado. En lo internacional: 1.- 2016-COLOMBIA: la Corte Constitucional Colombiana en una acción presentada por la ONG¨S, LA CORTE DECLARA TITULAR DE DERECHO AL RIO ATRATO , vulneración de los derechos BIOCULTURALES, sentencia muy criticada porque es antropocentrista, pero, rompe el paradigma que solo pueden tener derechos las personas jurídicas, viene una eclosión de derechos aparece el Rio Magdalena (mas grande de Colombia, tiene derechos), Páramo Pisbu, Paramo de Santurban 2.-2024: En Perú, aparece como sujeto de derechos el Rio Marañón 3.- 2024: Chile, el Rio BIO BIO 4.-2021: EL RIO MAPIE EN CANADÁ 5.-2019: EL RIO GUANGAMUI, NUEVA ZELANDA 6.- 2019: YUMANA- GUANGUES 7.- 2024: MAR MENOR EN ESPAÑA - Los indígenas mauri dice que el rio soy yo - Ahora son más de 30 países que reconocen a la naturaleza como titular de derechos. - Se manda a una reparación integral mientras no haya tipificación y sanción en el COIP en el Ecuador o en el Estatuto de Roma a nivel internacional, las corporaciones seguirán con luz verde para seguir depredando el medio ambiente, se quiere que el ecocidio forme parte como 5to crimen a nivel internacional. Fecha: 06 Diciembre de 2024 Clase: 10 Judicialización de los derechos de la naturaleza Acción de protección Se presenta ante: cualquier juez (civil-penal) de ordinario pasa a ser juez jurisdiccional Por qué: ante una vulneración de derechos constitucionales, fundamentales, tales como: Agua Salud Educación Derechos humanos. Que pasa si esa vulneración se da por autoridades administrativas o personas particulares, no juez Se puede presentar por acciones u omisión de autoridad publica que no sea jurisdiccional Acción de protección.- uno puede presentar ante cualquier juez, cualquier persona natural o jurídica. Por una acción u omisión. Ejm de omisión: ACCION DE PROTECCIÓN PROCEDIMIENTO: 1.- presenta ante cualquier juez 2.-puede presentar con medidas cautelares (i citación, ii audiencia- primero se contesta 3.-citación 4.-audiencia Actores, periciales, contestación de los accionados (20min), se puede presentar los amicus curare, evacuación de las pruebas, se reinstala una segunda audiencia. 5.-segunda audiencia 6.-sentencia oral, luego de unos días será escrita. Convencional: interamericana de derechos, universal Requisitos para que pueda prosperar una acción de protección : 1.- vulneración de derechos constitucionales 2.- vulneración provocada por alguien por acción u omisión 3.- que no haya otro mecanismo para judicializar esa vulneración. 4.-se puede hacer ante una autoridad publica o delegada del servicio público. - accion de proteccion: puede solicitar cualquier persona, en la corte constitucional a cualquier juez, como causa de una violacion de los derechos humanos fundamentales por personas que realicen acción u omisión - procedimiento: ante cualquier juez y se puede presentar con medidas cautelares para que al momento de que el juez califique la demanda, el juez dicte la medidas cautelar - aclarar la acción, citación y audiencia - actores - instrumentos, convención y los instrumentos internacionales y se puede tomar ligeramente otras leyes pero no es tan necesario, amicus curiae si los hay y depende de la discrecionalidad del juez segunda audiencia y sentencia 1. accion de proteccion 2. acción u omisión 3. no haya otros mecanismos 4. autoridad pública y delegado de inst. pública y privado Delitos y contravenciones: infracciones ambientales: deforestaciones, contaminación al agua, contaminación al suelo, afectación a la flora y fauna, afectación a la biodiversidad y otros. COIP: COAM: CODA: LORHUAA: COOTAD: deforestación: industria maderera provoca daño masivo. En Ecuador se ha perdido el 15% por la tala (cedro y balsa), en el ecuador se tiene menos del 5% de energía eólica, alemania 25% y Dinamarca 55% y la energía fotovoltaica. En las investigaciones del MIT. Ecuador con el porcentaje de la amazonia 1,5%, Brasil; Reserva de agua dulce: Brasil, Canadá, EE.UU, China, Rusia y la India con 3% disponibilidad de agua dulce y 16% de la población mundial además están cerca esta los Himalayas Coca cola, Pepsi, Nestlé y Tesla art. 246 COIP: incendios forestales y de vegetación: La persona que provoque directa o indirectamente incendios o instigue la comisión de tales actos, en bosques nativos o plantados, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Si este tipo de actos se cometen dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o en ecosistemas frágiles y amenazados como páramos, manglares, bosques secos, nublados o húmedos y como producto de estos actos se cause erosión de los suelos o afectación a especies de la flora y fauna protegidas por convenios, tratados internacionales o listadas a nivel nacional por la Autoridad Ambiental Nacional, se aplicará el máximo de la pena aumentada en un tercio. Se exceptúan las quemas agrícolas o domésticas realizadas por las comunidades o pequeños agricultores dentro de su territorio, de conformidad con la normativa ambiental vigente. Si estas quemas se vuelven incontrolables y causan incendios forestales, la persona será sancionada por delito culposo con pena privativa de libertad de tres a seis meses. Si como consecuencia de este delito se produce la muerte de una o más personas, se sancionará con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años. Sistema nacional de áreas protegidas del Ecuador(SNAP): parques nacionales, zona intangibles, amazonia, zonas de recreación hídricas ejm, Quimsacocha y Áreas protegidas Páramos: la especie que predomina es la paja. 1 hectárea de páramo regula, guarda y genera 1080 metros cúbicos de agua. 60 millones de personas dependen del páramo, (colombia, cuenca, loja, quito y riobamba) Manglares: bosques de árboles y arbustos que se desarrollan en zonas tropicales y subtropicales, en las desembocaduras de ríos y arroyos. Bosques secos: Bosques nublados: Minería y petroleras: La contaminación del agua se da por factores antrópicos y además se contaminan por la industria minera, petrolera y por las aguas servidas. Cuenca es la única ciudad del país que tiene lagunas de oxigenación de las aguas servidas. Biodiversidad: variedad de especies vivas que están entretejidas y son interdependientes de la naturaleza. COIP Art. 247.- Delitos contra la flora y fauna silvestres.- La persona que cace, pesque, tale, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, introduzca, almacene, trafique, provea, maltrate, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies listadas como protegidas por la Autoridad Ambiental Nacional o por instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. la caza de especies es ilícita. CODIGO ORGANICO DEL AMBIENTE: Art. 140.- De la Fauna Urbana. La fauna urbana está compuesta por los animales domésticos, los animales que tienen como hábitat espacios públicos y áreas verdes, y los animales que constituyen un riesgo por el contagio de enfermedades en el perímetro cantonal. Art. 141.- De la Fauna Silvestre Urbana. Es el conjunto de especies de fauna silvestre que han hecho su hábitat en zonas urbanas o que fueron introducidas en dichas zonas. Se propenderá que la fauna silvestre se mantenga en su hábitat natural. Art. 142.- Ámbitos para el manejo de la Fauna Urbana. Se expedirán normas de bienestar animal a los animales destinados a: 1. Compañía: todo animal que ha sido reproducido, criado o mantenido con la finalidad de vivir y acompañar a las personas; 2. Trabajo u oficio: animales que son empleados para labores industriales, productivas, seguridad, cuidado o cualquier oficio; 3. Consumo: son todos los animales que son empleados para el consumo humano o animal; 4. Entretenimiento: cualquier especie animal a realizar acciones en contra de su patrón de comportamiento natural con la finalidad de entretener a los seres humanos; y, 5. Experimentación: animales reproducidos, criados y utilizados en actividades de experimentación, docencia e investigación. Bakunin: Proudhon: DELITOS CONTRA LA BIODIVERSIDAD: Art. 245.- Invasión de áreas de importancia ecológica.- La persona que invada las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o ecosistemas frágiles, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se aplicará el máximo de la pena prevista cuando: 1. Como consecuencia de la invasión, se causen daños graves a la biodiversidad y recursos naturales. 2. Se promueva, financie o dirija la invasión aprovechándose de la gente con engaño o falsas promesas. Los GAD 'S: es la comisión de gestión ambiental y la entidad que juzgan y sancionan estas acciones son las unidades para infracciones, la que sigue el proceso administrativo tiene una unidad de delitos ambientales y su establecimiento se encuentra centralizado solo en Quito. Los problemas de esto es que hay una débil institucionalidad y esto lleva a una conflictividad social, criminalización de la protesta social, nos falta mucho de trabajar en la educación ambiental Concienciación y sensibilización frente a la educación ecológica Falta de actualización y regulación de infracciones ambientales y ecológicas en el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. Fecha: 16 de diciembre de 2024 Clase: 11 COMO EJERCER LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA Y LOS DELITOS AMBIENTALES La parte práctica: - Infracciones por materia penal: estas se dividen en a) Delitos La fiscalía creo la Unidad especializada de delitos ambientales, está en Quito solamente ahí. Se presenta ante la unidad especialziada de delitos ambientales, podemos presentar en cualquier provincia luego se remite a Quito CONTENIDO DE LA DENUNCIA - Generales de ley - Fundamentos facticos - fundamentos jurídicos - Anuncio de prueba - Donde citar al infractor - Donde recibir las notificaciones PROCEDIMIENTO: Varia y es distinta al de la contravención - Presentamos la denuncia en cuenca y hay que pedir al secretario que recibe que de una vez por todas de haciendo el RECONOCMIENTO DE LA DENUNCIA, DE LA FIRMA, para evitar ir a quito para reconocer - Una vez que llego a quito, pedir que se haga el reconocimiento por la plataforma de zoom se muestra la cedula y se puede hacer que sienta fe el secreatrio de quito que si se presento en tal fecha - Impulso fiscal, de ahí ordena el fiscal el cumplimiento de varias diligencias, el titular es el fiscal. - Con un escrito pedir el cumplimiento de varias diligencias, sobre todo en la indagación. - INDAGACION PREVIA: busca armar todas las pruebas para poder pedir que se pase a la siguiente etapa que es - INSTRUCCION FISCAL: con la - audiencia de formulación de cargos tiene que estar armado con todas las pruebas, TIPOS DE PRUEBAS A) Testimonial, pedir que rindan versiones a las personas que conozcan el caso, los testigos B) Documental: fotografías que esten materializada, el notario da fe publica de la veracidad de aquello. Contenido de celular todo lo es redes sociales, titulo de propiedad, la escritura publica y también demostrar que no ha sido un terreno cualquier más bien una area bosque protectora. C) PERICIAL: pedir peritos eruditos en el tema, si no hay en la fiscalía sugerimos a las universidades. Es mejor pedir que se solicite informes a organismos públicos como por ejemplo el MAATE, ETAPA, LOS GADS - AUDIENCIA PREPARATORIA DE JUICIO: es ante el juez, actuar sobre indicios de presunción - AUDIENCIA DE JUICIO: ante el tribunal penal, actuar sobre certezas - FASE DE IMPUGNACIONES: se presenta ante la corte provincial - SENTENCIA CONDENATORIA - RECURSO DE CASACION: ante la corte nacional de justicia. SUJETOS PROCESALES: - Fiscal (acusa) ----- DEFENSA DEL PROCESADO Y SI NO HAY DEFEENSA, SERÁ DEFENSOR PUBLICO, pedir vigilancia del debido proceso es el defensor del pueblo - Acusador particular b) Contravenciones: se suele presentar ante comisión de gestión ambiental en cuenca, antes se llamaba comisarias ahora unidades. En algunos gads no existe, lo que era municipal se convierte y vamos a los gads provinciales, se puede presentar ante el MAATE CONTENIDO DE ESTAS DENUNCIAS: - Generales de ley - Fundamentos facticos - No hace falta poner los fundamentos jurídicos pero es opcional - Anuncio de prueba - Donde citar al infractor - Donde recibir las notificaciones Este es el contenido - PROCEDIMIENTOS - Se presenta la denuncia - Admisión - Versión del infractor - Practica de las pruebas - Resolución, puede ser impugnada Municipio ante el consejo provincial Provincial al Prefecto MAATE a la ciudad de quito En derecho civil: acciones que puedo aplicar 1) Despojo violento: solo dentro de los 6 meses, no hay justificar titulo de propiedad 2) Amparo posesorio: tenemos 1 año para presentar 3) Demarcación de linderos: Linderos, juicio de demarcación de linderos es larga, se necesita titulo de propiedad 4) Reivindicación: juicio se necesita titulo de propiedad En derecho penal: acciones que puedo aplicar 1) Usurpación: es la acción que una persona de manera violenta le despoja la propiedad o los derechos como (servidumebre de paso) En derecho de la naturaleza: que es lo que más nos conviene 1) Acción de protección prescrita en el art. 88 de la CRE - VENTAJAS Acción de protección Proceso penal Tiempo Es super demorado Rapidez Incluso con medidas cautelares, en el auto de conocimiento puede mandar a suspender la actividad RESPONSABILIDAD No hay responsabilidad penal Si hay responsabilidad penal, tendría que ser sancionada y paga con cárcel REPARACIÓN INTEGRAL Si existe Si existe Fecha: 16 de diciembre de 2024 Clase: 11 COMO EJERCER LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA Y LOS DELITOS AMBIENTALES La parte práctica: - Infracciones por materia penal: estas se dividen en a) Delitos La fiscalía creo la Unidad especializada de delitos ambientales, está en Quito solamente ahí. Se presenta ante la unidad especialziada de delitos ambientales, podemos presentar en cualquier provincia luego se remite a Quito CONTENIDO DE LA DENUNCIA - Generales de ley - Fundamentos facticos - fundamentos jurídicos - Anuncio de prueba - Donde citar al infractor - Donde recibir las notificaciones PROCEDIMIENTO: Varia y es distinta al de la contravención - Presentamos la denuncia en cuenca y hay que pedir al secretario que recibe que de una vez por todas de haciendo el RECONOCMIENTO DE LA DENUNCIA, DE LA FIRMA, para evitar ir a quito para reconocer - Una vez que llego a quito, pedir que se haga el reconocimiento por la plataforma de zoom se muestra la cedula y se puede hacer que sienta fe el secreatrio de quito que si se presento en tal fecha - Impulso fiscal, de ahí ordena el fiscal el cumplimiento de varias diligencias, el titular es el fiscal. - Con un escrito pedir el cumplimiento de varias diligencias, sobre todo en la indagación. - INDAGACION PREVIA: busca armar todas las pruebas para poder pedir que se pase a la siguiente etapa que es - INSTRUCCION FISCAL: con la - audiencia de formulación de cargos tiene que estar armado con todas las pruebas, TIPOS DE PRUEBAS A) Testimonial, pedir que rindan versiones a las personas que conozcan el caso, los testigos B) Documental: fotografías que esten materializada, el notario da fe publica de la veracidad de aquello. Contenido de celular todo lo es redes sociales, titulo de propiedad, la escritura publica y también demostrar que no ha sido un terreno cualquier más bien una area bosque protectora. C) PERICIAL: pedir peritos eruditos en el tema, si no hay en la fiscalía sugerimos a las universidades. Es mejor pedir que se solicite informes a organismos públicos como por ejemplo el MAATE, ETAPA, LOS GADS - AUDIENCIA PREPARATORIA DE JUICIO: es ante el juez, actuar sobre indicios de presunción - AUDIENCIA DE JUICIO: ante el tribunal penal, actuar sobre certezas - FASE DE IMPUGNACIONES: se presenta ante la corte provincial - SENTENCIA CONDENATORIA - RECURSO DE CASACION: ante la corte nacional de justicia. SUJETOS PROCESALES: - Fiscal (acusa) ----- DEFENSA DEL PROCESADO Y SI NO HAY DEFEENSA, SERÁ DEFENSOR PUBLICO, pedir vigilancia del debido proceso es el defensor del pueblo - Acusador particular b) Contravenciones: se suele presentar ante comisión de gestión ambiental en cuenca, antes se llamaba comisarias ahora unidades. En algunos gads no existe, lo que era municipal se convierte y vamos a los gads provinciales, se puede presentar ante el MAATE CONTENIDO DE ESTAS DENUNCIAS: - Generales de ley - Fundamentos facticos - No hace falta poner los fundamentos jurídicos pero es opcional - Anuncio de prueba - Donde citar al infractor - Donde recibir las notificaciones Este es el contenido PROCEDIMIENTOS - Se presenta la denuncia - Admisión - Versión del infractor - Practica de las pruebas - Resolución, puede ser impugnada Municipio ante el consejo provincial Provincial al Prefecto MAATE a la ciudad de quito En derecho civil: acciones que puedo aplicar 1) Despojo violento: solo dentro de los 6 meses, no hay justificar titulo de propiedad 2) Amparo posesorio: tenemos 1 año para presentar 3) Demarcación de linderos: Linderos, juicio de demarcación de linderos es larga, se necesita titulo de propiedad 4) Reivindicación: juicio se necesita titulo de propiedad En derecho penal: acciones que puedo aplicar 1) Usurpación: es la acción que una persona de manera violenta le despoja la propiedad o los derechos como (servidumebre de paso) En derecho de la naturaleza: que es lo que más nos conviene 1) Acción de protección prescrita en el art. 88 de la CRE VENTAJAS Acción de protección Proceso penal Tiempo Es super demorado Rapidez Incluso con medidas cautelares, en el auto de conocimiento puede mandar a suspender la actividad RESPONSABILIDAD No hay responsabilidad penal Si hay responsabilidad penal, tendría que ser sancionada y paga con cárcel REPARACIÓN INTEGRAL Si existe Si existe