El Valor Justicia: Una Mirada desde el Derecho Romano hacia la Contemporaneidad PDF
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Universidad de Pinar del Río
Annia Teresa Acosta Cardoso, Ana M. Pereda Mirabal
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This document is an academic article exploring the concept of justice from a Roman legal perspective. It examines the evolution of justice throughout history and the various societal interpretations of justice throughout time. The document analyses the different conceptions of justice, emphasizing the role of institutions and rules in shaping justice and relations among people.
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EL VALOR JUSTICIA: UNA MIRADA DESDE EL DERECHO ROMANO HACIA LA CONTEMPORANEIDAD THE VALUE JUSTICE: A LOOK FROM THE ROMAN RIGHT TO THE CONTEMPORANEITY Lic. Annia Teresa Acosta Cardoso...
EL VALOR JUSTICIA: UNA MIRADA DESDE EL DERECHO ROMANO HACIA LA CONTEMPORANEIDAD THE VALUE JUSTICE: A LOOK FROM THE ROMAN RIGHT TO THE CONTEMPORANEITY Lic. Annia Teresa Acosta Cardoso MsC. Ana M. Pereda Mirabal' Universidad de Pinar del Rio Resumen. La Justicia es un valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Al realizar una mirada a la Roma antigua acude siempre la imagen de una sociedad criticada, pero que además, a través del Derecho Romano y sus fuentes, supo plasmar la regulación jurídica de disímiles instituciones. Como resultado de ello se erigieron, un conjunto de instituciones, de reglas y normas que matizaron las relaciones entre personas e instituciones, lo que reflejó, de cierto modo, su concepción sobre lo justo. Sobre las dimensiones de algunas de estas concepciones ! [email protected] Acosta Cardoso, Pereda Mirabal / El valor de la justicia y cómo trascienden su sentido y alcance a través del tiempo hasta nuestros días, versa el siguiente trabajo. Palabras Claves: Derecho, Justicia y Derecho Romano. Abstract. Justice is a value determined by society. It was born of the need to maintain harmony among its members. When looking at ancient Rome there is always the image of a criticized society, but also, through Roman law and its sources, managed to shape the legal regulation of dissimilar institutions. As a result, a set of institutions, Tules and regulations were created that qualified the relations between people and institutions, reflecting, in a way, their conception of the just. On the dimensions of some of these conceptions and how they transcend their meaning and reach through time to the present day, the following workis related. Keywords: Law, Justice and Roman Law. El hombre, en su continuo afán por entender la esencia de las cosas a través de la historia, se ha sumido en una búsqueda constante de definiciones, conceptos y significados. Por lo que toda época constituye un peldaño en la larga e interminable escalera del conocimiento humano. La ruptura de esta, supone un retroceso en el saber. Debemos mirar el ayer para entender el mañana. El derecho es un instrumento creado por el hombre, que al igual que otros, forma parte del mundo cultural, cuya finalidad es la realizacion de ciertos valores que le dan sentido a su vida. El hombre es un ser que realiza valores”. ? MORENO LUCE, M. La importancia de los valores y principios del derecho en la administración de Justicia. En Revista Aequitas, número 11, 2018 ISSN 2174-9493 16 Acosta Cardoso, Pereda Mirabal / El valor de la justicia Uno de los grandes filósofos del derecho, Gustav Radbruch, en su obra El hombre en el derecho, sostiene que “el Bien común-justicia- seguridad jurídica, son considerados los fines supremos del derecho, pero no en una hermosa armonía, sino en aguda lucha el uno con el otro”. Partiendo de las consideraciones asumidas por el autor antes mencionados, se coincide sobre los aspectos que refieren la importancia de estos valores, toda vez que son instituidos como supremos. Estos valores, a decir de varios autores, se convierten en reglas prescriptivas, vinculantes, eficaces y que expresan contenidos materiales. Es precisamente la justicia, valor al que dedicaremos nuestro trabajo, un término profundamente estudiado desde la filosofía, el derecho, la teología. Son varios los autores* que se ha empeñado en definir un concepto de la misma, desde todas las épocas. http://www.letrasjuridicas.com/Volumenes/6/moreno6.pdf, consultado el 20 de diciembre de 2016. 3 RADBRUCH, G, El hombre en el derecho, Depalma, Buenos Aires, 1980, p. 103. * Para Platón la justicia es la virtud fundamental de la cual se derivan todas las demás virtudes, pues constituye el principio armónico ordenador de éstas, el principio que determina el campo de acción de cada una de las demás virtudes. Aristóteles usa asimismo la palabra “justicia” como expresión de la virtud total o perfecta, de la cual dice que consiste en una medida de proporcionalidad de los actos, la cual representa el medio equidistante entre el exceso y el defecto. Ulpiano expresa que la justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo. Santo Tomás manifiesta que la justicia es el hábito por el cual, con perpetua y constante voluntad es dado a cada cual su derecho. San Ambrosio llama a la justicia “fecunda generadora de las otras virtudes”; San Juan Crisóstomo la define como la observancia de los mandamientos y de las obligaciones en general; y San Agustín la hace consistir en el amor del sumo bien y de Dios, y en el ordo amoris, suma y compendio de toda virtud, que establece para cada cosa su propio grado de dignidad, y que consiguientemente Revista Aequitas, número 11, 2018 ISSN 2174-9493 17 Acosta Cardoso, Pereda Mirabal / El valor de la justicia Sin dudas, las consideraciones de RADBRUCH a cerca de entender la Justicia como un fin supremo para el derecho; nos inclina a calificarla en la contemporaneidad, como valor terminal, ya que esta cumple con las características y funciones que se le atribuyen a los valores que se integran a los cuerpos constitucionales; por lo que es común identificarla como una institución jurídica, de estructura concreta, a la que en muchas ocasiones, se le suelen asignar funciones constitucionales. Colocándola en un rango superior dentro de los ordenamientos jurídicos. Tras el intento continuo de proteger una institución cuya esencia ha tratado de ser desentrañada desde todas las épocas. Según el Dr. LUIS RECASÉNS SICHES: “En la historia del pensamiento la palabra “justicia” ha sido usada en dos acepciones de diferente alcance y extensión, incluso por los mismos autores: por una parte, la palabra “justicia” se ha usado y se usa para designar el criterio ideal, o por lo menos el principal criterio ideal del Derecho (Derecho natural, Derecho racional, Derecho valioso), en suma, la idea básica sobre la cual debe inspirarse el Derecho. Mas por otra parte, “justicia” ha sido empleada también para denotar la virtud universal comprensiva de todas las demás virtudes”> Y es que alcanzar el sentido de lo verdaderamente justo, ha sido una preocupación constate del hombre de todos los tiempos. Hecho este que se demuestra si consideramos los disímiles intentos que a través de subordina el alma a Dios, y el cuerpo al alma, y que además señala un orden en los asuntos humanos. La concepción universalista de la justicia reaparece en el pensamiento de Leibniz, como totalidad de la perfección ética, dentro de la cual en sus subdivisiones hallamos precisamente la medida ideal para el Derecho y el Estado. Vid. MUNOZ PERALTA. H,, La Justicia, disponible en: ttp://www.derechoycambiosocial.com/tjc/REVISTAS justicia.htm. Consultado el 1 de diciembre de 2016. 5 RECASÉNS SICHES, L; en la Enciclopedia Juridica Omeba, p. 652. Revista Aequitas, número 11, 2018 ISSN 2174-9493 18 Acosta Cardoso, Pereda Mirabal / El valor de la justicia la historia se evidencian en pos de entender que es aquello a lo que debemos nombra Justicia. La justicia es muchas veces entendida como la concepción que cada época y civilización tiene acerca del sentido de sus normas jurídicas. Es un valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Al realizar una mirada a la Roma antigua, acude siempre la imagen de una sociedad la cual, a pesar de sus tantas críticas, a través del Derecho Romano y sus fuentes, supo plasmar la regulación jurídica de disímiles instituciones. Como resultado de ello se erigió un conjunto, instituciones, de reglas y normas que establecieron un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones: lo que reflejó, de cierto modo, su concepción sobre lo justo. Desde una valoración subjetiva, la justicia como virtud moral es la virtud suprema, la expresión del bien absoluto, la perfección individual del ser humano. En tal sentido, se refirieron algunos romanistas destacados, cuyos planteamientos resultan de interés hasta la fecha. Según Cicerón, se ha definido como “el hábito del alma, observado en el interés común, que da a cada cual su dignidad”; o la “constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo que es suyo”. A decir de Ulpiano®. Resulta interesante tras la lectura de estas concepciones romanistas, anteriormente citadas, como se puede diversificar la idea de justicia partiendo de un único supuesto. Toda vez que la justicia, se manifiesta como una virtud suprema, semejante a un hábito, perceptible 6 Digesto, Libro I, Título 1, Ley 10. Instituciones de Justiniano, trad. de Francisco Pérez Anaya y Melquíades Pérez Rivas, Cultural Cuzco, Lima, 1995, p. 11 Revista Aequitas, número 11, 2018 ISSN 2174-9493 19 Acosta Cardoso, Pereda Mirabal / El valor de la justicia desde el interés común, voluntad constante del hombre justo. Además, estas concepciones describen un concepto lógico que se expresa a través de una relación fundada en la igualdad, y en la proporcionalidad. A partir de ellas, se conforma un ideal, que representa esa permanente aspiración humana hacia el reconocimiento pleno del valor de la persona. Cada una de ella identifica el valor justicia como una necesidad que puede surgir del ente individual hacia la formación social y a su vez se proyecta en dirección opuesta. Necesidad esta, fundada sobre otros valores y materializada en actos del hombre. Por lo que se puede decir que desde la Roma estudiada hasta nuestros días, la justicia persigue tanto el perfeccionamiento individual como el bien social, lo que la convierte en una virtud universal o general y suprema. A través de esta y otras concepciones, el Derecho Romano supo perpetuar sus valores universales para el mundo. No solo para formular instituciones, organizar las estructuras jurídicas, y regular las relaciones de derecho positivo, sino sobre todo para ilustrar, enseñar, y promover valores supremos, como la dignidad del hombre y la nombrada justicia. Estas formulaciones, que históricamente ha recibido la Justicia, han revertido en diversas consideraciones que, han trascendido hasta las culturas populares dotándolas de pluralidad de saberes respecto al tema. Es por ello, se suele expresar que la Justicia se centra en saber decidir a quién le pertenece una cosa por derecho, por lo que no se debe enmarcar solo en la simple acción de repartir bienes, (desde su más amplio concepto), a la humanidad. Sino que va más allá, es valor, es virtud, es aquel sentimiento de rectitud que gobiema la conducta, orienta los límites, y hace acatar debidamente todos los derechos de los demás. Es en realidad, un valor que articula los restantes, pero a su vez se retroalimenta de ellos: el respeto a la libertad, el fomento de la igualdad, la Honestidad, equidad, el humanismo, la realización de la solidaridad, el respeto a las diversas formas de vida, el compromiso con la verdad, la toma de decisiones comunes de manera responsable, la firmeza de Revista Aequitas, número 11, 2018 ISSN 2174-9493 20 Acosta Cardoso, Pereda Mirabal / El valor de la justicia criterios. Cuando se da todo eso, entonces se procura la justicia. En relación a ello, existen autores como Marta González Rodríguez” que conciben todo un diseño de valores estructurados por niveles de primera y segunda generación que a su criterio son la base de un orden en cuya cima se encuentra la justicia como valor terminal. Hans Kelsen la define así: “La Justicia es para mí aquello cuya protección puede florecer la ciencia, y junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la Justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia”S. Se puede decir que un derecho positivo determinado es justo o es injusto de acuerdo a un ideal de justicia subjetivo. Desde una perspectiva absoluta iusnaturalista, dentro de lo cual todo derecho es justo y si no es justo es derecho. Pero desde una perspectiva iuspositivista el derecho es condición de la justicia y a la vez esta es una medida de valoración del derecho. Ello lleva a plantear la existencia de Derecho y Justicia como conceptos correlativos, medularmente relacionados entre sí. Donde el primero tiende a la realización de la justicia, es considerado el objeto del valor o la virtud, conocida con el nombre de justicia. Al respecto Martínez Roldan y Fernández apuntan: “...A lo largo de la historia, la justicia siempre ha estado intimamente relacionada, cuando no identificada y confundida, con el Derecho. El mundo del 7 GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, M. “Los Valores Éticos Profesionales del Jurista en la Sociedad Cubana Actual”. en Revista Cubana de Derecho, N% 17, Enero — Junio, 2001. Unión Nacional de Juristas de Cuba. Tomado de: vlex.com/vid/valores. 8 KELSEN, H. ¿Qué es la Justicia? Original 1.953. Traducción de Ernesto Garzón Valdés, México, Biblioteca de Ética, Filosofía del Derecho y Política, Distribuciones Fontamara S.A. Décima tercera edición, 2001. Revista Aequitas, número 11, 2018 ISSN 2174-9493 21 Acosta Cardoso, Pereda Mirabal / El valor de la justicia Derecho se nos manifiesta dentro de una cápsula de justicia, fuera de la cual nos parece que no tiene sentido y que no puede subsistir. Todo ello se observa incluso en el origen etimológico de los términos que en unoy en otro caso utilizamos para referimos al Derechoy a la justicia: Tus (el Derecho), lustum (lo justo). El término Derecho proviene del latin directum, que significa lo recto, lo correcto, lo adecuado y, en definitiva, lo justo””. Tal es la connotación qué a través del tiempo ha ganado la Justicia, que existen autores que la comparan con un arte. Así, con base en las concepciones romanista, pero con clara expresión de la evolución del concepto a partir de criterios humanistas, al definirla refieren:... “el arte de dar lo justo o hacer dar lo justo a un individuo, basándose en los principios del arte del derecho, sin tener ningún tipo de discriminación o preferencia hacia ninguna persona”. Todo ello basado en paradigmas que rechazan todo acto discriminatorio. Ya que frente a la Justicia, cualquiera sea su acepción, todas las personas deben ser tratadas sin preferencias. En la contemporaneidad tampoco podemos negar a la Justicia como una parte de la moral. Al igual que ella, cambia según el lugar, según la época y según el tiempo, sin embargo la Justicia podrá cambiar pero siempre será el valor supremo de toda moral y sobre todo del propio Derecho. Ello se reafirma a través de todas las épocas, donde las concepciones se ajustan a circunstancias concretas; pero la superioridad del valor trasciendes todos los tiempos. La continua aspiración, que a través de las distintas épocas, los variados autores han sostenido en su afán por entender qué debemos 9 MARTINEZ ROLDAN, L. y J A. FERNÁNDEZ. Curso de teoría del Derecho. Barcelona: Editorial Ariel, S.A. 1999, p. 213 Revista Aequitas, número 11, 2018 ISSN 2174-9493 22 Acosta Cardoso, Pereda Mirabal / El valor de la justicia considerar por Justicia, ha suscitado la creación de diversas concepciones, definiciones, clasificaciones que son perdurables hasta nuestros días. Entre ella podemos distinguir: la justicia general, particular, conmutativa, distributiva y justicia social. La justicia general!” garantiza la conservación de la sociedad y permite que ésta pueda cumplir sus fines. Esta es un presupuesto de armonía social, por lo que exige la aplicación de la totalidad de los valores, solo que con distinta intensidad, según el caso. Esta cobra una nueva dimensión en cada caso particular. La justicia particular!! es conmutativa o distributiva. La conmutativa que tiene por base el criterio de igualdad o igualación de oportunidades, reconociendo en la justicia una función integradora que asegura el mismo tratamiento para todos los individuos. La justicia como distribución, es en la que Aristóteles reconoce la capacidad creadora del hombre, implica un reconocimiento de los programas individuales que cada persona se plantea como objetivos de una elección existencial. La justicia distributiva está relacionada con variados criterios. Ejemplo de ello los del utilitarismo, que mide el 10 Para MARIO ALZAMORA VALDEZ: “[lajusticia general] es algo más que una virtud: el conjunto de todas las virtudes, la virtud que se refiere al bien y a la conveniencia de los demás”. ALZAMORA VALDEZ, M: Introduccién a la Ciencia del Derecho. Lima-Perú. Editorial Sesator. 9° Edición; 1984, p. 312. 1! Para TANQUEREY: “Lajusticia particular regula los derechos y los deberes de los ciudadanos entre sí. Debe respetar todos los derechos: No solamente el derecho de propiedad, sino también los derechos que cada cual tiene sobre los bienes del cuerpo y del alma, la vida, la libertad, la honra y la fama” TANQUEREY (Francés) 6° Edición. FUNDACIÓN: Jesús de la Misericordia. Traducido por GARCÍA HUGUHES, D., Compendio de Teología Ascética y Mística. Quito-Ecuador. Editorial Librería Espiritual. 1° Edición. Tomo II; 1930, p. 669 Revista Aequitas, número 11, 2018 ISSN 2174-9493 23 Acosta Cardoso, Pereda Mirabal / El valor de la justicia carácter de lo justo en función de las consecuencias que representan las políticas públicas en términos de utilidad o de bienestar empíricamente verificables en la vida colectiva. En teorías basadas en los derechos humanos como la de Dworkin, la justicia distributiva debe promover las libertades y admitir las diferencias entre los miembros de una sociedad en la medida que esa distribución favorezca el desarrollo de los menos aventajados. La justicia social” tiene el propósito de lograr la distribución justa de los bienes sociales y obliga a realizar las prestaciones y contribuciones necesarias para crear la riqueza común que permita el progreso social y económico. Desde una perspectiva más vinculada a la práctica jurídica: “La justicia es la virtud cardinal, que se manifiesta como hábito o disposición para institucionalizar el bien como justo, se define también como la vocación indeclinable de dar a cada uno lo suyo o como el sentimiento de identificación con lo correcto, en otros términos y desde la perspectiva de la función judicial podríamos decir que la justicia es la virtud cardinal que expresa la absoluta armonía lograda de las voluntades de contenido jurídico, congregadas en el debido proceso, identificable históricamente como decisión correcta”3. 12 Definida por MARIO ALZAMORA, quien afirma: “La justicia social persigue que cada hombre, como ser social, reconozca al otro lo que le es debido como persona. Mientras la justicia legal nos obliga hacia la sociedad para alcanzar el bien común, la justicia social mira más lejos y más profundamente: como seres sociales que somos, estamos obligados hacia los otros hombres en cuanto son personas. Va, de ese modo, más allá del bien común, para llegar a su fundamento que es el ser humano. ALZAMORA VALDEZ, M: “Introducción a la Ciencia del Derecho”. Lima-Perú. Editorial Sesator. 9° Edición; 1984, p. 305. 13 CONSEJO DE COORDINACIÓN JUDICIAL. Lima-Perú. Editorial Consejo de Coordinación Judicial. 1° Edición, 1994, p. 85. Revista Aequitas, número 11, 2018 ISSN 2174-9493 24 Acosta Cardoso, Pereda Mirabal / El valor de la justicia La justicia se manifiesta indiscutiblemente como un ideal fijado por patrones sociopolíticos y culturales preestablecidos y arraigados con el paso del tiempo. Cada cultura conserva una definición propia. Cada sistema defiende la suya. Pero todas, de alguna forma, acudieron a la génesis de su origen, donde se encuentran a esos pensadores de las culturas antiguas, que legaron al presente reconocidas fuentes de saber como el Derecho Romano. En la contemporaneidad, sobre esas primigenias, pero sin dudas decisivas ideas, es que se erigen las concepciones acerca del tema. Actuar de forma justa obliga a lograr un consenso entre las necesidades individuales del ser y los esquemas colectivos, guiados por la ideología, la cultura y las coyunturas presente. Por lo que aun en nuestros días al mencionarla estamos aludiendo, tal como lo hacían los romanos en su tiempo, a una virtud suprema. Bibliografia - ALZAMORA VALDEZ, M., Introducción a la Ciencia del Derecho. Lima-Perú. Editorial Sesator. 9° Edición; 1984. - CONSEJO DE COORDINACIÓN JUDICIAL. Editorial Consejo de Coordinación Judicial. 1° Edición, Lima-Perú, 1994. - Digesto, Libro I, Título 1, Ley 10. Instituciones de Justiniano, trad. de Francisco Pérez Anaya y Melquíades Pérez Rivas, Cultural Cuzco, Lima, 1995, - FASSÓ, G., Historia de la filosofia del derecho, editorial Pirámide, 3* edición, Madrid, 1982. - GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, M., “Los Valores Eticos Profesionales del Jurista en la Sociedad Cubana Actual”. Revista Aequitas, número 11, 2018 ISSN 2174-9493 25 Acosta Cardoso, Pereda Mirabal / El valor de la justicia Revista Cubana de Derecho, Número 17, Enero — Junio, 2001. Unión Nacional de Juristas de Cuba. Tomado de: vlex.com/vid/valores. KELSEN, H., ¿Qué es la Justicia? Original 1.953. Traducción de Ernesto Garzón Valdés, México, Biblioteca de Ética, Filosofía del Derecho y Política, Distribuciones Fontamara S.A. Décima tercera edición, 2001. MARTÍNEZ ROLDAN, L. y J A. FERNÁNDEZ. Curso de teoría del Derecho. Barcelona: Editorial Ariel, S.A, 1999. MORENO LUCE, M S. 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