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Este documento explica las normas jurídicas, éticas y convencionales en la sociedad. Describe las características y diferencias entre ellas, así como sus objetivos y ejemplos.

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el derecho puede definirse como el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa de las personas en una sociedad. Estas normas son coercibles, es decir, el Estado puede imponer su cumplimiento a través de sanciones. El derecho tiene la función de garantizar la convivencia pacífica y e...

el derecho puede definirse como el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa de las personas en una sociedad. Estas normas son coercibles, es decir, el Estado puede imponer su cumplimiento a través de sanciones. El derecho tiene la función de garantizar la convivencia pacífica y el orden social, buscando proteger los intereses individuales y colectivos. Es importante mencionar que el derecho no solo regula relaciones entre individuos, sino también entre estos y el Estado, y dentro de las mismas instituciones del Estado. norma jurídica\*\* es una regla de conducta que prescribe un deber, y cuya violación puede ser sancionada por la autoridad. Es decir, son mandatos que el Estado impone para regular las relaciones sociales y asegurar un orden dentro de la sociedad. Las características fundamentales de la norma jurídica son: 1\. \*\*Bilateralidad\*\*: Implica derechos y deberes, es decir, una persona tiene derechos mientras que otra tiene la obligación de respetarlos. 2\. \*\*Exterioridad\*\*: Regula la conducta externa de las personas, sin importar las intenciones o motivaciones internas. 3\. \*\*Coercibilidad\*\*: Su cumplimiento puede ser forzado por el Estado mediante sanciones. 4\. \*\*Heteronomía\*\*: Las normas jurídicas son creadas por una autoridad externa al individuo (el legislador) y son impuestas, independientemente de la voluntad personal. Estas normas buscan garantizar la justicia y el orden dentro de la sociedad. La \*\*norma ética o moral\*\* se refiere a las reglas de conducta que cada individuo sigue con base en sus principios personales o en los valores morales de la sociedad en la que vive. A diferencia de las normas jurídicas, las normas éticas no son impuestas por el Estado ni su incumplimiento conlleva sanciones legales, sino que su cumplimiento depende de la conciencia y la voluntad de cada persona. Características de las normas éticas o morales: 1\. \*\*Unilateralidad\*\*: Solo imponen deberes a la persona, sin que otra tenga el derecho de exigir su cumplimiento. 2\. \*\*Interioridad\*\*: Se enfocan en la intención o motivación interna del individuo y en la conciencia personal. 3\. \*\*Incoercibilidad\*\*: No son forzables por una autoridad externa, ya que su cumplimiento depende del convencimiento personal. 4\. \*\*Autonomía\*\*: Son creadas y aceptadas libremente por el individuo, a partir de su propia conciencia y reflexión moral. El objetivo de las normas morales es orientar a las personas hacia el bien, el respeto, la justicia y otros valores que promueven una convivencia armónica desde una perspectiva ética. Un \*\*convencionalismo social\*\* es una regla o práctica aceptada por la sociedad que regula la conducta en ciertas situaciones, pero que no tiene carácter jurídico ni moral. Estas normas se basan en costumbres, tradiciones o acuerdos implícitos entre los miembros de una comunidad, y su propósito es facilitar la convivencia social y promover comportamientos considerados apropiados o corteses. A diferencia de las normas jurídicas, los convencionalismos sociales no son coercibles, es decir, su incumplimiento no conlleva sanciones legales. Tampoco están ligados a un juicio moral estricto, como las normas éticas. Sin embargo, cuando una persona no sigue estos convencionalismos, puede ser objeto de desaprobación social, críticas o rechazo. Ejemplos de convencionalismos sociales pueden ser: \- Las reglas de etiqueta o cortesía, como saludar al llegar a un lugar. \- Vestirse de manera adecuada para ciertos eventos (como usar traje en una boda). \- Mantener ciertos protocolos de comportamiento en reuniones o eventos sociales. Son pautas que, aunque no son obligatorias ni moralmente vinculantes, ayudan a mantener el orden y las expectativas de conducta en la sociedad. Las \*\*fuentes del derecho\*\* son los orígenes o formas de manifestación de las normas jurídicas, es decir, los medios a través de los cuales se crean, modifican o extinguen las normas que regulan la conducta en una sociedad. Estas fuentes son fundamentales para entender cómo se estructura y evoluciona el orden jurídico de un país. Existen varias clasificaciones de las fuentes del derecho, pero en general se dividen en tres categorías principales: 1\. \*\*Fuentes formales\*\*: Son los procedimientos y procesos establecidos por el Estado para crear normas jurídicas. Entre las fuentes formales más comunes están: \- \*\*La legislación\*\*: Conjunto de normas escritas aprobadas por los órganos legislativos (leyes, decretos, reglamentos). \- \*\*La costumbre\*\*: Prácticas reiteradas y aceptadas por una comunidad que con el tiempo adquieren obligatoriedad. \- \*\*La jurisprudencia\*\*: Conjunto de decisiones o interpretaciones emitidas por los tribunales al resolver casos concretos, que se convierten en guías o precedentes para futuros casos. \- \*\*Los tratados internacionales\*\*: Acuerdos entre estados que, una vez ratificados, se integran al ordenamiento jurídico interno de los países. 2\. \*\*Fuentes materiales o reales\*\*: Son los factores sociales, económicos, políticos o históricos que influyen en la creación de las normas jurídicas. Estos factores reflejan las necesidades y valores de una sociedad en un momento dado, y actúan como causas que motivan la creación del derecho. 3\. \*\*Fuentes históricas\*\*: Son documentos, textos o registros antiguos que contienen normas jurídicas de épocas pasadas. Aunque estas normas ya no están en vigor, sirven para estudiar la evolución del derecho y pueden inspirar la creación de nuevas leyes. Cada sistema jurídico puede tener una jerarquía de fuentes, donde algunas prevalecen sobre otras. Por ejemplo, en muchos sistemas, la Constitución es la fuente suprema, y todas las leyes deben estar en conformidad con ella.

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