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**DERECHO PENAL- PC1** **SEMANA 1:** **[Derecho Penal]** **Concepto:** El Derecho Penal es una rama del derecho público que se encarga de regular las conductas delictivas y establecer las sanciones correspondientes para quienes las cometen. A través de sus normas, busca proteger bienes jurídicos...

**DERECHO PENAL- PC1** **SEMANA 1:** **[Derecho Penal]** **Concepto:** El Derecho Penal es una rama del derecho público que se encarga de regular las conductas delictivas y establecer las sanciones correspondientes para quienes las cometen. A través de sus normas, busca proteger bienes jurídicos fundamentales, como la vida, la integridad física, la libertad, y el patrimonio, asegurando el orden y la convivencia en la sociedad. El Derecho Penal no solo define qué conductas se consideran delitos, sino que también delimita las penas o medidas de seguridad que deben aplicarse, promoviendo la justicia y la reinserción social del infractor. **Funciones:** El derecho penal realiza su misión de protección de la sociedad, castigando las infracciones ya cometidas, por lo que es de naturaleza represiva. En segundo lugar, cumple una misión por medio de la prevención de infracciones de posible comisión futura, por lo que posee naturaleza preventiva, pues con el castigo del delito se pretende impedir también que en el futuro se cometan otros delitos. **[El Sentido de la Pena]** Se refiere a la justificación más profunda y esencial del por qué se imponen sanciones penales en una sociedad. El sentido de la pena busca dar respuesta a la pregunta fundamental de por qué el Estado tiene la facultad de imponer sufrimiento o privaciones a un individuo que ha infringido la ley, el sentido de la pena se encuentra enraizado en principios fundamentales del derecho, como el respeto a la dignidad humana, la justicia y el orden social. La pena no debe ser arbitraria ni depender exclusivamente de consideraciones de utilidad práctica; debe basarse en una idea de justicia que promueva el respeto por la ley y la protección de los bienes jurídicos. En este sentido, la pena debe ser proporcional al delito cometido y debe respetar los derechos fundamentales del infractor, evitando tratos crueles, inhumanos o degradantes. - **Fines de la pena:** Los estudiosos del derecho penal suelen distinguir tres fines en las penas: **Finalidad Retributiva de la Pena:** La finalidad retributiva se basa en la idea de que la pena tiene como propósito devolver al delincuente, al menos en parte, el mal que ha causado a la sociedad. Este enfoque ve la pena como una forma de justicia retributiva, donde el castigo es una respuesta proporcional al daño cometido, decir se busca que el infractor pague por su delito de una manera que refleje la gravedad de sus acciones. **Finalidad de Prevención General:** Al imponer penas, el sistema legal busca enviar un mensaje claro a todos los potenciales delincuentes de la ley, de que comportarse de manera delictiva traerá consigo consecuencias negativas. La idea es que, al observar las sanciones aplicadas a otros, los individuos se desmotiven de cometer delitos por temor a sufrir penas similares. **Finalidad de Prevención Especial:** Está orientada directamente al delincuente específico, buscando evitar que vuelva a cometer delitos en el futuro. El objetivo es corregir su conducta, proporcionándole las herramientas necesarias para reintegrarse en la sociedad de una manera productiva y respetuosa de la ley. A diferencia de la prevención general, que se enfoca en la sociedad en su conjunto, la prevención especial se concentra en el bienestar y la transformación del propio delincuente. **[Marco Normativo del Régimen Penitenciario]** **Régimen penitenciario:** Es el proceso que una persona deberá atravesar en cumplimiento de la pena privativa de libertad que la autoridad judicial le ha impuesto. **[Derecho Penal subjetivo]** El Derecho Penal Subjetivo, también conocido como \"ius puniendi\", se refiere al poder o facultad que tiene el Estado para imponer sanciones a quienes cometen delitos. Es la manifestación del derecho del Estado a castigar, basado en la idea de que tiene la autoridad para proteger el orden público y garantizar la convivencia pacífica mediante la aplicación de penas. **Ejemplo:** si una persona comete el delito de hurto agravado (tipificado en el Artículo 186 del Código Penal), el Estado, a través de sus órganos jurisdiccionales, tiene la facultad de iniciar un proceso penal contra esa persona y, si se demuestra su culpabilidad, imponerle una sanción que podría ser una pena privativa de libertad de 3 a 6 años. **[Derecho Penal objetivo]** Se refiere al conjunto de normas jurídicas que establecen y tipifican los delitos, así como las sanciones aplicables a quienes los cometen. Este aspecto del derecho penal se enfoca en las leyes penales en sí mismas, es decir, en las disposiciones que definen las conductas prohibidas y las consecuencias legales de su violación. **Ejemplo:** Según el Código Penal peruano, el artículo 106 establece que \"el que mata a otro será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de veinte años\". Esta disposición es un ejemplo claro de Derecho Penal Objetivo, ya que define el delito de homicidio y especifica la pena aplicable. **[Características de la teoría del delito]** **Es un sistema**: La teoría del delito es un conjunto organizado de conocimientos. Esto significa que no es solo una lista de conceptos aislados, sino un marco estructurado que busca entender y explicar cuándo una acción humana puede considerarse un delito. **Son hipótesis:** Se refiere a aquellas afirmaciones que necesitan ser probadas o confirmadas. Esto se hace, en su mayoría, observando las consecuencias de las acciones para determinar si cumplen con los criterios de delito. **Consecuencia jurídico-penal:** La teoría del delito forma parte del derecho penal, una rama de las ciencias sociales. Dado que el delito se puede interpretar de diferentes maneras, no existe una sola forma de verlo; por eso, hay varias teorías que intentan explicarlo y guiar la aplicación de la ley. **Posee tendencia dogmática:** La teoría del delito se basa en ciertos principios o normas ya aceptadas (dogmas). Su objetivo es estudiar todo lo que permite aplicar una sanción penal o una medida de seguridad a un comportamiento, basándose en estos principios. **Semana 2** **[La resocialización]** Se entiende como el proceso mediante el cual se busca la reintegración de las personas privadas de su libertad a la sociedad, con el objetivo de que puedan llevar una vida productiva y respetuosa de la ley una vez cumplida su condena. Este proceso no solo implica la reeducación y rehabilitación de los internos, sino también su preparación para una reinserción efectiva en la comunidad, promoviendo valores, habilidades y conductas que les permitan adaptarse y contribuir positivamente a la sociedad. ***[El artículo 139, inciso 22 de la Constitución Política del Perú, establece:]*** *"El principio de que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad."* Este mandato constitucional refuerza el enfoque resocializador del sistema penal peruano, subrayando que la privación de la libertad debe estar orientada hacia la recuperación del individuo, de modo que, al cumplir su condena, esté en condiciones de reintegrarse de manera efectiva y sin reincidir en conductas delictivas. - **Fin resocializador de la pena en el Perú** **Fines de la Pena (Código Penal) Artículo IX.-** *"La pena tiene función preventiva, protectora y resocializadora. Las medidas de seguridad persiguen fines de curación: tutela y rehabilitación."* **Fines del sistema penitenciario (*artículo 139, inciso 22 de la Constitución Política del Perú*)** *"El principio de que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad."* **[La reincidencia]** Se refiere a la situación en la que una persona comete un nuevo delito después de haber sido condenada por un delito anterior, además indica que el delincuente no ha aprendido de sus errores y vuelve a delinquir, lo que puede influir en la severidad de la pena que se le imponga. - *[Art. 46-B: Reincidencia]* *El que, después de haber cumplido con todo o en parte una pena, incurre en nuevo delito doloso en un lapso que no excede de cinco años tiene la condición de reincidente. Tiene igual condición quien después de haber sido condenado por falta dolosa, incurre en nueva falta o delito doloso en un lapso no mayor de tres años.* **[Los penales]** Son las sanciones establecidas por la ley para castigar a las personas que han cometido delitos. Estas penas tienen como objetivo principal retribuir al delincuente por el daño causado, prevenir la comisión de nuevos delitos y rehabilitar al condenado para su reintegración en la sociedad. **Semana 3** **DERECHO** **PENAL** --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- El **Derecho** es un conjunto de normas y reglas que establecen cómo debemos comportarnos en sociedad. Estas normas, inspiradas en principios de justicia y certeza, regulan nuestra conducta externa y buscan garantizar una convivencia pacífica y ordenada. El Derecho nos proporciona un marco de referencia para resolver conflictos y asegurar que se respeten los derechos de todos. El término **penal** se relaciona con las conductas que están prohibidas por la ley y que pueden acarrear una sanción o castigo. El Derecho Penal se encarga de definir qué acciones son consideradas delitos, cuáles son las penas correspondientes y cómo se deben llevar a cabo los procesos judiciales para sancionar a quienes los cometen. **[Principios del Derecho Penal]** **Principio de legalidad:** El principio de legalidad es un límite de a la potestad punitiva del Estado en el sentido de que solo puede castigarse las conductas previstas en la ley. El principio de legalidad funciona como un mecanismo para hacer frente a los abusos del Estado. ***Art. II del Título Preliminar del CP.*** - *"Nadie será sancionado por un acto no previsto como delito o falta por la ley vigente al momento de su comisión, ni sometido a pena o medida de seguridad que no se encuentren establecidas en ella."* **Garantías que implica el Principio de Legalidad** **Principio de necesidad o mínima intervención:** Este principio establece que el Estado solo debe utilizar el derecho penal como último recurso, es decir, cuando sea estrictamente necesario para proteger a la sociedad y garantizar la convivencia pacífica. En otras palabras, el Estado no puede castigar a las personas por cualquier razón, sino que debe existir una justificación sólida y necesaria para hacerlo. ***[Artículo 43 de la Constitución Política del Perú:]*** "La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes." **Principio de última ratio:** Establece que el Derecho Penal debe ser utilizado como el último recurso por el Estado. Esto significa que solo debe recurrirse a las sanciones penales cuando todos los demás mecanismos de control social han fallado. La razón detrás de este principio es que el Derecho Penal, debido a la gravedad de sus sanciones, debe ser reservado exclusivamente para situaciones donde otras ramas del Derecho o formas de control social no sean suficientes para proteger los bienes jurídicos (como la vida, la libertad). **Principio de racionalidad y humanidad de las penas** Establece que las penas impuestas deben ser humanitarias, es decir, ejecutadas sin crueldad ni sufrimiento innecesario para la persona condenada. Este principio se basa en el respeto a la dignidad del individuo y en los lineamientos del Derecho de los derechos humanos. Además, señala que un Estado democrático debe respetar este límite al imponer penas, evitando sanciones excesivamente duras y reconociendo el daño causado a quienes las sufren. **[¿Qué relación hay entre la parte general y la parte especial en el derecho penal?]** **Por un lado, la parte general del Derecho Penal** se enfoca en los principios, instituciones y conceptos básicos que se aplican a todos los delitos, sin importar cuál sea. Por ejemplo, trata temas como la culpabilidad, la pena, la imputabilidad, etc. Por otro lado, **la parte especial del Derecho Penal**, se ocupa de analizar cada delito en particular, definiendo sus elementos constitutivos (tipo penal) y las penas correspondientes. Es decir, se centra en los delitos específicos, como el homicidio, el robo, la estafa, etc. Por lo tanto, la parte general proporciona las herramientas conceptuales y los principios generales que se aplican a todos los delitos, mientras que la parte especial se encarga de aplicar esos principios a cada delito en particular. **[El sistema Penal en el código penal peruano]** ![](media/image2.png)Según el artículo 28° del Código Penal existen ***cuatro clases*** de pena. **1. La Pena Privativa de Libertad.** Supone la privación de la libertad ambulatoria del sentenciado. Conforme al ***artículo 29 del Código Penal°*** pueden ser de dos tipos: temporal, que va desde los dos días hasta los treintinco años; y perpetua, cadena perpetua, que debe revisarse cada treinticinco años. **2. Las Penas Restrictivas de la Libertad.** Son aquellas que, sin privar totalmente al condenado de su libertad de movimientos, le imponen algunas limitaciones. Es una pena principal y conjunta, pero de ejecución diferida. Se ejecuta luego de que el condenado haya cumplido la pena privativa de la libertad que también le fue impuesta en la sentencia. **3. Penas Limitativas de Derechos.** Son penas que limitan el ejercicio de funciones, atribuciones o capacidades especiales del condenado. ***Conforme al Art.31 del Código Penal, puede ser:*** a. **Inhabilitación:** Priva a una persona del ejercicio de uno o varios derechos políticos, civiles o económicos, así como de funciones, profesiones, artes u oficios. b. **La pena de prestación de servicios a la comunidad.** Es una especie de sanción que implica que el condenado debe dedicar parte de su tiempo libre a realizar trabajos o servicios gratuitos en beneficio de la comunidad, como en hospitales, orfanatos o entidades asistenciales. c. **Limitación de días libres** Consiste en obligar al condenado a pasar sus fines de semana y feriados en una institución pública o privada, dedicando hasta 10 horas semanales a participar en programas educativos, de formación laboral, psicológicos o culturales. El objetivo es que el condenado reciba orientación y realice actividades que contribuyan a su rehabilitación. **4. Pena de multa** Es una sanción económica impuesta a una persona condenada por un delito. Consiste en el pago de una suma de dinero al Estado, cuyo monto se calcula en base al ingreso diario del condenado y puede variar desde 10 hasta 365 días multa. El importe diario no podrá ser menor del 25% ni mayor del 50% del ingreso diario del condenado. ***(Art. 41,42 y 43 del Código Penal)***

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