CUESTIONARIO GRUPO 02 JURISPRUDENCIA (1).pdf

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CUESTIONARIO DE JURISPRUDENCIA 1. ¿Cuál es el nexo entre la jurisprudencia y la sentencia?  La jurisprudencia se forma a partir de los criterios resolutivos que permiten determinar si un hecho o comportamiento se encuentra o no ajustado a...

CUESTIONARIO DE JURISPRUDENCIA 1. ¿Cuál es el nexo entre la jurisprudencia y la sentencia?  La jurisprudencia se forma a partir de los criterios resolutivos que permiten determinar si un hecho o comportamiento se encuentra o no ajustado a los límites previstos en la ley y que se encuentran plasmados en el cuerpo de la sentencia; nacen siempre o para impedir o para resolver conflictos concretos y particulares de intereses, aunque la solución establecida puede elevarse a norma general y abstracta. 2. ¿Cuál es la etimología de la palabra "jurisprudencia"?  Proviene del latín ius (derecho) y prudentia (sabiduría/conocimiento): “sabiduría del derecho”  Proviene del latín iurisprudentia, iae, compuesta de las raíces ius, iuris y prudentia, iae; las voces ius, iuris fueron definidas por los romanos como “el arte de lo bueno y lo equitativo” (hoy traducido como derecho”; la raíz prudentia, iae significa “sabiduría, conocimiento” que deriva de prudens, tis, “sabio, conocedor”. Para los romanos “prudente” era aquel “que estaba al tanto”, el que “era competente” para discernir entre lo justo de lo injusto.  Palabra del latín clásico iurisprudentia-ae, compuesta de ius-iuris, derecho, y prudentia-ae, prudencia. Esta palabra, de tradición multisecular, se entiende en sentido amplio como ciencia del derecho. Aplicación e interpretación de las leyes hechas por los tribunales 3. ¿Qué es la jurisprudencia?  Es el conjunto de sentencias que han resuelto casos iguales o similares de la misma manera o en el mismo sentido; que se inspira en el propósito de obtener una interpretación uniforme del derecho en los casos que en la realidad abordan los jueces.  Conjunto de razonamientos y criterios que las y los juzgadores establecen en sus resoluciones, al interpretar las normas jurídicas, es decir, al desentrañar o esclarecer el sentido y alcance de éstas o al definir los casos no previstos en ellas.  Es la expresión escrita de un criterio jurídico utilizado para la resolución de un caso concreto que busca integrar o complementar a las normas jurídicas.  Es la fuente del derecho constituida por los criterios de interpretación que sustentan los órganos jurisdiccionales expresamente facultados para ello, al conocer de los asuntos de su competencia, con la finalidad de fijar el sentido y alcance que debe darse a las normas jurídicas; criterios que, al reunir los requisitos legales necesarios, se vuelven obligatorios para todos los tribunales jerárquicamente inferiores a aquellos que los sustentan.  Es el criterio jurídico-doctrinal que emana de las sentencias de los tribunales, y se refiere a la interpretación y aplicación de las leyes en casos específicos. Es una fuente de derecho.  Es la norma contenida en el fallo de un juez o tribunal o en el conjunto de ellos; en un sentido material, es el fallo mismo o conjunto de ellos; en sentido formal, es el modo de juzgar, el hábito o criterio de apreciación, interpretación y subsunción que en el fallo o conjunto de fallos se contienen. 4. ¿Cómo se integraba la jurisprudencia en el Civil Law  En la antigua Roma, la jurisprudencia se integraba por las respuestas, sentencias u opiniones de los jurisconsultos quienes dominaban la complejidad del estudio, interpretación y aplicación del Derecho.  Durante la República, se trataba de la interpretación del derecho civil mediante las funciones de respondere (consistía en dar respuesta a consultas verbales sobre casos prácticos), cavere (redactar documentos jurídicos), agere (asistir a las partes durante el litigio) y scribere (elaborar obras doctrinales de Derecho), que corrían a cargo de los jurisconsultos. 5. ¿Cuáles son las características de la jurisprudencia?  Constancia: implica la permanencia y estabilidad de los criterios emitidos por los tribunales; las decisiones que generan jurisprudencia no son esporádicas ni aisladas, sino que reflejan una interpretación consistente de las normas jurídicas a lo largo del tiempo. CUESTIONARIO DE JURISPRUDENCIA  Uniformidad: busca preservar la unidad en la interpretación de las normas jurídicas que conforman el orden legal del país; evita discrepancias o contradicciones distantes entre las decisiones judiciales.  Coherencia: se refiere a la lógica interna y consistencia entre las decisiones judiciales emitidas por los tribunales; se trata de una interpretación racional y razonada de las leyes; debe estar alineada en cuanto a sus argumentos jurídicos y conclusiones; se encuentra asociada a principios como la objetividad, la igualdad ante la ley, la certeza y la seguridad jurídica.  Repetición: en el caso de la jurisprudencia por reiteración, un criterio debe ser sostenido en el mismo sentido por un tribunal colegiado, lo que garantiza que no sea el resultado de una única resolución, sino de un análisis constante y repetido de determinada figura jurídica. 6. ¿Cuál es la utilidad de la jurisprudencia?  Es una herramienta que facilita la labor de los juzgadores, pues la solución de determinadas cuestiones jurídicas se encuentra preestablecida, lo cual contribuye a lograr la prontitud e imparcialidad en la impartición de justicia; pero, además, es un instrumento que brinda certeza y seguridad jurídica a los justiciables, ya que les permite anticipar la solución que habrá de darse a las controversias por ellos planteadas.  Es una herramienta que abona a:  Lograr la unidad jurisdiccional: tiene como objeto dar la misma solución a casos sustancialmente iguales.  Facilitar la labor de los juzgadores: resultan de una utilidad para precisar el alcance de las normas jurídicas y facilitar, mediante esa aplicación obligatoria; a través de la jurisprudencia se traslada la norma general y abstracta hacia el caso concreto controvertido, concretiza la ley y, en ese sentido, orienta la conducta de los órganos.  Proveer seguridad y certeza jurídicas a los justiciables: permite tanto a particulares como a autoridades conocer los criterios interpretativos que deben ser aplicados por los juzgadores al resolver los casos sometidos a su conocimiento.  Promover la igualdad entre los justiciables: consiste en la observancia de dicho principio, pues contribuye a lograr la igualdad en la aplicación del derecho para los justiciables.  Dar actualidad y vigencia a las normas jurídicas: Mediante la interpretación que se hace de las normas jurídicas puede actualizarse su contenido y adaptarse a las circunstancias históricas y necesidades sociales de cada momento. 7. ¿Cuál es la diferencia entre la tesis aislada y la tesis de jurisprudencia?  Tesis aislada: Contienen un criterio de interpretación sustentado por un órgano facultado para integrar jurisprudencia que carece de obligatoriedad, pero es orientador o persuasivo.  Tesis de jurisprudencia: Contienen un criterio de interpretación que, al ser emitido por un órgano jurisdiccional expresamente facultado para integrar jurisprudencia y reunir los requisitos previamente señalados en la ley, tiene fuerza obligatoria. 8. ¿En qué ámbitos se puede utilizar la jurisprudencia?  Judicial: Para resolver casos controvertidos y reforzar el argumento de la decisión.  Académico: Como referencia para estudios de derecho y análisis crítico.  Consultoría Jurídica: En asesorías y estrategias legales para fortalecer argumentos en demandas o defensas. 9. ¿Qué aspectos deben ser analizados para utilizar jurisprudencia que refuerce el argumento en una sentencia, escrito o contestación de demanda?  Pertinencia del Precedente: Verificar que el caso o criterio es aplicable al problema en cuestión.  Jerarquía del Tribunal: Precedentes de tribunales superiores tienen mayor peso.  Actualidad y Vigencia: Comprobar que no ha sido superada por una jurisprudencia más reciente.  Contexto Legal: Asegurarse de que la interpretación legal refuerce el argumento sin contradicciones. CUESTIONARIO DE JURISPRUDENCIA 10. ¿Cuál es el marco jurídico de la jurisprudencia?  Constitucional: artículo 94 que establece que “La ley fijará los términos en que sea obligatoria la jurisprudencia que establezcan los Tribunales del Poder Judicial de la Federación sobre interpretación de la Constitución y normas generales; artículo 107, hace referencia a la formación de la jurisprudencia; cuando los Tribunales Colegiados de un mismo Circuito y las Salas de la SCJ sustenten tesis contradictorias en los juicios de amparo de su competencia  Ley de Amparo: artículos del 215 al 229; contiene lo relativo a las vías de integración (precedentes obligatorios, por reiteración y por contradicción), su obligatoriedad atendiendo si es emitida por la Suprema Corte, los Plenos Regionales o los Tribunales Colegiados de Circuito. 11. ¿Cómo se encuentran facultados los órganos para emitir jurisprudencia?  Suprema Corte de Justicia de la Nación: las razones que justifican las decisiones contenidas en las sentencias que dicten constituyen precedentes obligatorios para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas.  Pleno: Ocupa mayoría de seis votos para su obligatoriedad  Salas: ocupa mayoría de cuatro votos para su obligatoriedad  Plenos Regionales: se constituyen como órganos decisorios en las contradicciones de criterios suscitadas entre los Tribunales Colegiados de Circuito de la región  Tribunales Colegiados de Circuito: En los asuntos de su exclusiva competencia pueden sentar jurisprudencia por reiteración, siendo necesario para ello que los fallos que la integren sean aprobados por unanimidad de votos. 12. ¿Cuáles son las reformas judiciales más significativas en el sistema respecto a la jurisprudencia? Reforma de 1994: se dirigió explícitamente al fortalecimiento de la Corte, como un tribunal constitucional; respecto a la jurisprudencia se introdujeron dos nuevos tipos provenientes de las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad. Reforma de 2011: de 10 de junio, destaca la cláusula de apertura al derecho internacional en términos orientadores. Su vinculatoriedad se dio tras el expediente varios 912/2010, del 14 de julio, en el que el estado mexicano reconoció que la jurisprudencia de la Corte IDH era vinculante solo si el país era parte, no obstante, se amplió en la contradicción de tesis 293/2011, en donde se declaraba era vinculante con independencia de que el estado mexicano fuera parte por tratarse de temas de derechos humanos. Reforma de 2021: modificó el sistema de jurisprudencia, suprimió la reiteración para la Suprema Corte, que subsistió para los Tribunales Colegiados de Circuito, e introdujo la regla del precedente a la Suprema Corte, para que a partir de las razones que justificaran las decisiones tomadas y cumpliendo con las formalidades de votos se formara jurisprudencia por precedente. 13. ¿Cuáles son las vías de integración de la jurisprudencia?  Precedentes obligatorios: Se establece por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, funcionando en Pleno o en Salas, por una mayoría de cuando menos seis votos.  Reiteración: Se establece por los tribunales colegiados de circuito cuando sustenten, por unanimidad, un mismo criterio en cinco sentencias no interrumpidas por otra en contrario.  Contradicción: Se establece al dilucidar los criterios discrepantes sostenidos entre las salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, entre los plenos regionales o entre los tribunales colegiados de circuito, en los asuntos de su competencia. 14. Concepto de precedente en el Common Law  Regla jurídica justificada en la fundamentación de una sentencia, que resuelve un problema jurídico que en alguna medida innova el derecho preexistente a la decisión y que en consecuencia puede constituir una autoridad para decisiones judiciales futuras. CUESTIONARIO DE JURISPRUDENCIA  Decisión judicial de un caso anterior que proporciona un ejemplo o regla para la juzgar una conducta posterior y establece un patrón sobre el cual se basa la conducta futura.  Constituye un ejercicio de elaboración de la ley a través de las decisiones emitidas por los tribunales al resolver caso sometido a su conocimiento, decisión que, a la vez, se traduce en el establecimiento de reglas de interpretación y aplicación jurídica en todos los casos futuros similares, reglas que conforman la doctrina del stare decisis.  Principio general o regla universal que las personas juzgadoras han aceptado en casos anteriores, o que estarían dispuestas a aplicar en casos semejantes en el futuro  Es la construcción de la vinculatoriedad de una decisión basada en las motivaciones que se expresen en la jurisprudencia (sentencia o sentencias) 15. ¿Bajo qué principio se rige el precedente?  Principio de stare decisis et quieta non moveré que se traduce como “… estar a lo decidido y no perturbar lo ya establecido”, ello no significa que el sistema de precedentes sea estático. 16. ¿En qué momento puede ser susceptible de cambio un precedente?  Cuando es necesario para aclarar la ley y rescatarla de un estado de incertidumbre a raíz de nuevos principios que surgen del dinamismo social y jurídico. 17. ¿Cuáles son las características del precedente?  Surge del razonamiento jurídico, es decir, se basa en un proceso lógico y estructurado de interpretación y aplicación del derecho  Requiere de sólida argumentación, pues la validez del precedente depende de una argumentación robusta que contenga la ratio decidendi, esto es, la razón esencial de la decisión  Nace de casos prácticos reales, pues los precedentes se generan a partir de la resolución de casos concretos y específicos  Crea nuevas reglas específicas, ya que a partir de las decisiones judiciales se establecen nuevas normas aplicables a situaciones similares futuras  Ayudan a identificar y consolidar principios fundamentales del derecho 18. Tipos de precedente acorde a la doctrina  Precedente obligatorio (binding precedent) se genera a partir de la relación de subordinación jerárquica de los tribunales a quo respecto de sus ad quem, relación en la que el mandato de cumplimiento es irrestricto y obligatorio.  Precedente persuasivo (persuasive precedent) constituye un ejemplo de resolución que, en sus relaciones recíprocas, los tribunales y los jueces que no están obligados a observar porque entre ellos hay un impedimento de territorialidad, de modo que el precedente se convierte en un simple referente. 19. Utilidad de la línea jurisprudencial  Proporciona consistencia y coherencia en la interpretación de la ley. A través de decisiones judiciales reiteradas y uniformes sobre un tema, se establece un criterio sólido que los tribunales pueden seguir en casos futuros. 20. ¿Qué pasos se siguen para construir una línea jurisprudencial?  Definir la relevancia del escenario constitucional mediante la identificación y limitación de un patrón fáctico concreto a partir del contenido de la jurisprudencia  Identificar las sentencias relevantes o que, por su trascendencia, constituyan un hito decisional  Construir y estructurar de forma coherente, convincente, comprensiva y sólida una serie de argumentos que sustenten las decisiones contenidas en las sentencias.

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