Ministerio de Defensa Argentina, Ciberdefensa - PDF

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IntriguingEquation3131

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Universidad Nacional Raúl Scalabrini Ortiz

2024

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ciberdefensa seguridad defensa nacional

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El documento es una resolución del Ministerio de Defensa de Argentina, con fecha de 2019 y actualizaciones al 2024, relacionada con la ciberdefensa y la creación y definición de varios organismos en el ámbito del Ministerio. Describe las acciones, responsabilidades y el marco general para la protección del ciberespacio y la seguridad de la información en la organización de ciberdefensa.

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ARTÍCULO 1º.- Desígnase, a partir del 27 de febrero de 2024, en el cargo de Subsecretario de Ciberdefensa de la SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del M I N I S T E R I O DE DEFENSA al ingeniero Alfredo Raúl PARODI (D.N.I. N° 10.726.700)....

ARTÍCULO 1º.- Desígnase, a partir del 27 de febrero de 2024, en el cargo de Subsecretario de Ciberdefensa de la SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del M I N I S T E R I O DE DEFENSA al ingeniero Alfredo Raúl PARODI (D.N.I. N° 10.726.700). MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 227/2024 DECTO-2024-227-APN-PTE - Desígnase Subsecretario de Ciberdefensa MINISTERIO DE DEFENSA Resolución 1380/2019 RESOL-2019-1380-APN-MD “Entiéndase por CIBERDEFENSA a las acciones y capacidades desarrolladas p o r e l M I N I S T E R I O D E D E F E N S A , E L E S TA D O M AY O R C O N J U N T O y l a s F U E R Z A S ARMADAS para anticipar y prevenir ciberataques y ciberexplotación de las redes nacionales que puedan afectar al Ministerio de Defensa y al Instrumento Militar de la Defensa Nacional, como así también a las Infraestructuras Críticas operacionales soporte de los Servicios Esenciales de interés para la Defensa o a Infraestructuras operacionales soporte de procesos industriales de fabricación de bienes sensibles para la Defensa o que posibiliten el acceso a los activos digitales estratégicos adjudicados a su custodia. MINISTERIO DE DEFENSA Resolución 1380/2019 RESOL-2019-1380-APN-MD Créase el Centro Nacional de Ciberdefensa en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE CIBERDEFENSA, donde funcionarán el CENTRO DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS INFORMÁTICAS DEL MINISTERIO DE DEFENSA (CSIRT de DEFENSA), el CENTRO INTELIGENTE DE OPERACIONES DE SEGURIDAD (iSOC) del COMANDO CONJUNTO DE CIBERDEFENSA del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS que centraliza la operación de los CENTROS DE OPERACIONES DE SEGURIDAD (iSOC) remotos de cada una de las Fuerzas Armadas y el LABORATORIO DE ANÁLISIS CIBERNÉTICO ( CyberLab), entre otras plataformas y sistemas, cuyas actividades y mecanismos de implementación serán definidos por el SUBSECRETARIO DE CIBERDEFENSA a través de los actos pertinentes MINISTERIO DE DEFENSA Resolución 1380/2019 RESOL-2019-1380-APN-MD Créase ,en el ámbito de la SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES, el Comité Consultivo de Ciberdefensa que estará integrado por la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y POLÍTICA MILITAR, la SUBSECRETARÍA DE CIBERDEFENSA y el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, cuyo cometido será la realización de estudios para la definición del Plan de adecuación de las Organizaciones Militares y la preparación de la propuesta de la DIRECTIVA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO MILITAR (DEPEM) en materias de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y ciberespacio en el término de treinta días desde el dictado de la presente. MINISTERIO DE DEFENSA Resolución 1380/2019 RESOL-2019-1380-APN-MD Decláranse Secreto Militar en los términos del Decreto N ° 6390/63, los Anexos I (IF-2019-96170351-APN-SSC#MD), II (IF-2019-96170945-APN- SSC#MD), III (IF-2019-96171204-APN-SSC#MD), y V (IF-2019-96171563- APN-SSC#MD) que se acompañan a la presente Resolución. 1. Asistir al Secretario en el planeamiento, diseño y elaboración de la política de ciberdefensa, de acuerdo a lo establecido en el Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y POLÍTICA MILITAR. 2. Entender en el desarrollo de las normas y procedimientos destinados a la protección de las redes y sistemas TICs de las FUERZAS ARMADAS, el ESTADO MAYOR CONJUNTO y el MINISTERIO DE DEFENSA, que disminuyan la vulnerabilidad, minimicen los daños y aceleren la recuperación ante ciberataques, conservando la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información que es almacenada, procesada o transmitida por esos sistemas. 3. Asistir al Secretario en el desarrollo doctrinario, en el diseño y fortalecimiento de capacidades y en la elaboración de la estrategia de ciberdefensa para mantener la libertad de acción en el empleo de capacidades cibernéticas y la conducción de operaciones militares a través del ciberespacio, de conformidad a los lineamientos del Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional. 4. Intervenir en la orientación, dirección y supervisión de las acciones en materia de ciberdefensa ejecutadas por los niveles Estratégico Nacional y Estratégico Militar. 5. Intervenir en la evaluación y aprobación de los planes militares de desarrollo de capacidades de ciberdefensa, en la doctrina básica y en las publicaciones militares pertinentes, cualquiera sea su naturaleza. 6. Ejercer el control funcional sobre el COMANDO CONJUNTO DE CIBERDEFENSA DE LAS FUERZAS ARMADAS. 7. Asistir al Secretario en el diseño de políticas, normas y procedimientos destinados a la seguridad de la información, a la protección de los sistemas de mando y control propios de las FUERZAS ARMADAS, disminuyendo su vulnerabilidad, y a la conducción de operaciones militares a través del ciberespacio; así como coordinar e integrar los centros de respuesta ante emergencias teleinformáticas. 8. Entender en la coordinación con los organismos y autoridades de los Poderes del Estado para contribuir desde la Jurisdicción a la política nacional de ciberseguridad y de protección de infraestructura crítica. 9. Asistir al Secretario en el dictado de normas para el diseño, implantación y construcción de las redes soporte operacional de Infraestructuras Críticas de interés para la Defensa Nacional, reduciendo el riesgo de vulnerabilidades cibernéticas que limiten la disponibilidad de acceso y la operabilidad de los titulares de dichas Infraestructuras Críticas. 10. Coordinar la operación integrada del Centro Inteligente de Operaciones de Seguridad (iSOC) del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y de los SOCs remotos de las tres Fuerzas Armadas y entender en la planificación, desarrollo y establecimiento de los procedimientos operativos que hacen al funcionamiento del equipo de respuesta ante emergencias informáticas en el MINISTERIO DE DEFENSA (CSIRT DEFENSA), así como la relación con otros CSIRTs nacionales e internacionales, conforme los convenios vigentes. 11. Entender en la coordinación con las agencias u organismos reguladores de la prestación de los servicios esenciales y de producción de bienes de interés para la Defensa Nacional, como contribución para la elaboración de normas específicas relativas a la protección de la tecnología operacional (OT) de esas infraestructuras críticas y de los procesos productivos de interés para la Defensa Nacional. 12. Fomentar políticas de convocatoria, incentivo y formación de recursos humanos para la ciberdefensa. 13. Impulsar acuerdos de cooperación e intercambio en materia de investigación y asistencia técnica en ciberdefensa con organismos públicos y privados. Actualización de la Política de Ciberdefensa y creación de dos áreas para la supervisión y control de amenazas en el ciberespacio En este marco de la implementación de la política de ciberdefensa, se crearon dos instrumentos claves para la protección del ciberespacio de la Defensa Nacional: el Comité de infraestructuras Críticas de la Información de la Defensa, para identificar los Activos Digitales Críticos que soportan el normal funcionamiento de las Infraestructuras Críticas del Sistema de Defensa Nacional y el Centro de Supervisión y Control de Gestión de Ciberdefensa, que tiene el objetivo de centralizar y gestionar la información y prevención de incidentes cibernéticos en la jurisdicción. Es por ello, que entre los considerandos de la citada disposición, se destaca que “la ciberdefensa debe minimizar el riesgo de la exposición y contrarrestar eventos que afecten la libre disponibilidad del ciberespacio en las operaciones militares que realice el instrumento militar en cumplimiento de la normativa vigente en materia de Defensa Nacional”. De esta manera se continúa con el ordenamiento del Sistema de Ciberdefensa para la protección del Ciberespacio de Interés de la Defensa, que es un elemento clave para el sostenimiento de la Soberanía Nacional al igual que con los espacios convencionales.