Reforma 2019 al Artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos PDF

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Este documento describe la reforma de 2019 al Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia educativa en México. Se centra en los cambios y el contexto de esta reforma. El texto incluye detalles de los cambios en la ley.

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Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos* Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Texto vigente Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos educación...

Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos* Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Texto vigente Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos educación. El Estado –Federación, Estados, los derechos, las libertades, la cultura de paz y Ciudad de México y Municipios– impartirá y la conciencia de la solidaridad internacional, garantizará la educación inicial, preescolar, pri- en la independencia y en la justicia; promoverá maria, secundaria, media superior y superior. la honestidad, los valores y la mejora continua La educación inicial, preescolar, primaria y se- del proceso de enseñanza aprendizaje. cundaria, conforman la educación básica; ésta Párrafo reformado DOF 10-06-2011. y la media superior serán obligatorias, la educa- Reformado y reubicado (antes párrafo ción superior lo será en términos de la fracción segundo) DOF 15-05-2019 X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad El Estado priorizará el interés superior de ni- del Estado concientizar sobre su importancia. ñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, Fe de erratas al párrafo DOF 09-03-1993. permanencia y participación en los servicios Reformado DOF 12-11-2002, 09-02-2012, educativos. 29-01-2016, 15-05-2019 Párrafo adicionado DOF 15-05-2019 Corresponde al Estado la rectoría de la edu- Las maestras y los maestros son agentes fun- cación, la impartida por éste, además de obli- damentales del proceso educativo y, por tanto, gatoria, será universal, inclusiva, pública, gra- se reconoce su contribución a la trasformación tuita y laica. social. Tendrán derecho de acceder a un siste- Párrafo adicionado DOF 15-05-2019 ma integral de formación, de capacitación y de actualización retroalimentado por evaluacio- Párrafo tercero. Se deroga. nes diagnósticas, para cumplir los objetivos y Párrafo adicionado DOF 26-02-2013. propósitos del Sistema Educativo Nacional. Derogado DOF 15-05-2019 Párrafo adicionado DOF 15-05-2019 La educación se basará en el respeto irrestricto La ley establecerá las disposiciones del Sistema de la dignidad de las personas, con un enfoque para la Carrera de las Maestras y los Maestros en de derechos humanos y de igualdad sustantiva. sus funciones docente, directiva o de supervi- Tenderá a desarrollar armónicamente todas sión. Corresponderá a la Federación su rectoría las facultades del ser humano y fomentará en y, en coordinación con las entidades federativas, * Con motivo del proceso reciente de reforma a los artículos 3°, 31 y 73 (fracción XXV) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia educativa en México, transcribimos en esta sección, en primer lugar, la redacción final de los artículos reformados y, en segundo, la Metodología, Antecedentes, Objeto y descripción de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones, así como el cuadro comparativo del dictamen. Nuestro propósito es que el lector pueda tener un panorama preciso de los cambios que se incorporaron y el sentido de éstos. 186 Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM su implementación, conforme a los criterios de gobiernos de las entidades federativas y de di- la educación previstos en este artículo. versos actores sociales involucrados en la edu- Párrafo adicionado DOF 15-05-2019 cación, así como el contenido de los proyectos y programas educativos que contemplen las La admisión, promoción y reconocimiento realidades y contextos, regionales y locales. del personal que ejerza la función docente, di- Párrafo adicionado DOF 15-05-2019 rectiva o de supervisión, se realizará a través de procesos de selección a los que concurran Los planes y programas de estudio tendrán los aspirantes en igualdad de condiciones y perspectiva de género y una orientación in- establecidos en la ley prevista en el párrafo an- tegral, por lo que se incluirá el conocimiento terior, los cuales serán públicos, transparen- de las ciencias y humanidades: la enseñanza tes, equitativos e imparciales y considerarán de las matemáticas, la lecto-escritura, la lite- los conocimientos, aptitudes y experiencia racidad, la historia, la geografía, el civismo, necesarios para el aprendizaje y el desarrollo la filosofía, la tecnología, la innovación, las integral de los educandos. Los nombramien- lenguas indígenas de nuestro país, las lenguas tos derivados de estos procesos sólo se otor- extranjeras, la educación física, el deporte, las garán en términos de dicha ley. Lo dispuesto artes, en especial la música, la promoción de en este párrafo en ningún caso afectará la per- estilos de vida saludables, la educación sexual manencia de las maestras y los maestros en el y reproductiva y el cuidado al medio ambien- servicio. A las instituciones a las que se refie- te, entre otras. re la fracción VII de este artículo no les serán Párrafo adicionado DOF 15-05-2019 aplicables estas disposiciones. Párrafo adicionado DOF 15-05-2019 I. Garantizada por el artículo 24 la liber- tad de creencias, dicha educación será El Estado fortalecerá a las instituciones públi- laica y, por tanto, se mantendrá por cas de formación docente, de manera especial completo ajena a cualquier doctrina a las escuelas normales, en los términos que religiosa; disponga la ley. II. El criterio que orientará a esa educa- Párrafo adicionado DOF 15-05-2019 ción se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la Los planteles educativos constituyen un espa- ignorancia y sus efectos, las servidum- cio fundamental para el proceso de enseñan- bres, los fanatismos y los prejuicios. za aprendizaje. El Estado garantizará que los Además: materiales didácticos, la infraestructura edu- a) Será democrático, considerando a cativa, su mantenimiento y las condiciones la democracia no solamente como del entorno, sean idóneos y contribuyan a los una estructura jurídica y un régi- fines de la educación. men político, sino como un siste- Párrafo adicionado DOF 15-05-2019 ma de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto cultural del pueblo; en la fracción II de este artículo, el Ejecutivo b) Será nacional, en cuanto –sin hos- Federal determinará los principios rectores tilidades ni exclusivismos– aten- y objetivos de la educación inicial, así como derá a la comprensión de nuestros los planes y programas de estudio de la edu- problemas, al aprovechamiento de cación básica y normal en toda la República; nuestros recursos, a la defensa de para tal efecto, considerará la opinión de los nuestra independencia política, al Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 187 aseguramiento de nuestra inde- en el respeto, promoción y preser- pendencia económica y a la conti- vación del patrimonio histórico y nuidad y acrecentamiento de nues- cultural; tra cultura; Inciso adicionado DOF 15-05-2019 Inciso reformado DOF 26-02-2013 f) Será inclusivo, al tomar en cuenta c) Contribuirá a la mejor convivencia las diversas capacidades, circuns- humana, a fin de fortalecer el apre- tancias y necesidades de los edu- cio y respeto por la naturaleza, la candos. Con base en el principio de diversidad cultural, la dignidad de accesibilidad se realizarán ajustes la persona, la integridad de las fa- razonables y se implementarán milias, la convicción del interés ge- medidas específicas con el objeti- neral de la sociedad, los ideales de vo de eliminar las barreras para el fraternidad e igualdad de derechos aprendizaje y la participación; de todos, evitando los privilegios Inciso adicionado DOF 15-05-2019 de razas, de religión, de grupos, de g) Será intercultural, al promover la sexos o de individuos; convivencia armónica entre perso- Inciso reformado DOF 09-02-2012, nas y comunidades para el respeto 26-02-2013, 15-05-2019 y reconocimiento de sus diferen- d) Se deroga. cias y derechos, en un marco de Inciso adicionado DOF 26-02-2013. inclusión social; Derogado DOF 15-05-2019 Inciso adicionado DOF 15-05-2019 e) Será equitativo, para lo cual el Es- h) Será integral, educará para la vida, tado implementará medidas que con el objeto de desarrollar en las favorezcan el ejercicio pleno del de- personas capacidades cognitivas, recho a la educación de las personas socioemocionales y físicas que les y combatan las desigualdades so- permitan alcanzar su bienestar, e cioeconómicas, regionales y de gé- Inciso adicionado DOF 15-05-2019 nero en el acceso, tránsito y perma- i) Será de excelencia, entendida como nencia en los servicios educativos. el mejoramiento integral constante En las escuelas de educación bá- que promueve el máximo logro de sica de alta marginación, se impul- aprendizaje de los educandos, para sarán acciones que mejoren las con- el desarrollo de su pensamiento diciones de vida de los educandos, crítico y el fortalecimiento de los con énfasis en las de carácter ali- lazos entre escuela y comunidad; mentario. Asimismo, se respaldará Inciso adicionado DOF 15-05-2019 a estudiantes en vulnerabilidad so- III. Se deroga. cial, mediante el establecimiento de Fracción reformada DOF 12-11-2002, 26-02- políticas incluyentes y transversales. 2013, 29-01-2016. Derogada DOF 15-05-2019 En educación para personas IV. Toda la educación que el Estado im- adultas, se aplicarán estrategias que parta será gratuita; aseguren su derecho a ingresar a las V. Toda persona tiene derecho a gozar instituciones educativas en sus dis- de los beneficios del desarrollo de la tintos tipos y modalidades. ciencia y la innovación tecnológica. El En los pueblos y comunidades Estado apoyará la investigación e inno- indígenas se impartirá educación vación científica, humanística y tecno- plurilingüe e intercultural basada lógica, y garantizará el acceso abierto a 188 Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la información que derive de ella, para relaciones laborales, tanto del personal lo cual deberá proveer recursos y estí- académico como del administrativo, mulos suficientes, conforme a las bases se normarán por el apartado A del ar- de coordinación, vinculación y parti- tículo 123 de esta Constitución, en los cipación que establezcan las leyes en la términos y con las modalidades que materia; además alentará el fortaleci- establezca la Ley Federal del Trabajo miento y difusión de nuestra cultura; conforme a las características propias Fracción reformada DOF 12-11-2002, de un trabajo especial, de manera que 09-02-2012, 15-05-2019 concuerden con la autonomía, la liber- VI. Los particulares podrán impartir edu- tad de cátedra e investigación y los fi- cación en todos sus tipos y modalida- nes de las instituciones a que esta frac- des. En los términos que establezca ción se refiere; la ley, el Estado otorgará y retirará el Fracción reformada DOF 26-02-2013 reconocimiento de validez oficial a los VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de estudios que se realicen en planteles unificar y coordinar la educación en particulares. En el caso de la educación toda la República, expedirá las leyes inicial, preescolar, primaria, secunda- necesarias, destinadas a distribuir la ria y normal, los particulares deberán: función social educativa entre la Fe- Párrafo reformado DOF 12-11-2002, deración, las entidades federativas y 15-05-2019 los Municipios, a fijar las aportaciones a) Impartir la educación con apego a económicas correspondientes a ese los mismos fines y criterios que es- servicio público y a señalar las sancio- tablece el párrafo cuarto, y la frac- nes aplicables a los funcionarios que ción II, así como cumplir los planes no cumplan o no hagan cumplir las y programas a que se refieren los disposiciones relativas, lo mismo que a párrafos décimo primero y décimo todos aquellos que las infrinjan; segundo, y Fracción reformada DOF 26-02-2013, Inciso reformado DOF 15-05-2019 29-01-2016, 15-05-2019 Obtener previamente, en cada b) IX. Para contribuir al cumplimiento de caso, la autorización expresa del los objetivos de este artículo, se crea el poder público, en los términos que Sistema Nacional de Mejora Continua establezca la ley; de la Educación, que será coordinado VII. Las universidades y las demás institu- por un organismo público descentra- ciones de educación superior a las que lizado, con autonomía técnica, opera- la ley otorgue autonomía, tendrán la tiva, presupuestaria, de decisión y de facultad y la responsabilidad de gober- gestión, con personalidad jurídica y narse a sí mismas; realizarán sus fines patrimonio propios, no sectorizado, al de educar, investigar y difundir la cul- que le corresponderá: tura de acuerdo con los principios de a) Realizar estudios, investigaciones este artículo, respetando la libertad de especializadas y evaluaciones diag- cátedra e investigación y de libre exa- nósticas, formativas e integrales del men y discusión de las ideas; determi- Sistema Educativo Nacional; narán sus planes y programas; fijarán b) Determinar indicadores de resul- los términos de ingreso, promoción y tados de la mejora continua de la permanencia de su personal académi- educación; co; y administrarán su patrimonio. Las Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 189 c) Establecer los criterios que deben La Junta Directiva será la respon- cumplir las instancias evaluadoras sable de la conducción, planeación, para los procesos valorativos, cua- programación, organización y coordi- litativos, continuos y formativos de nación de los trabajos del organismo al la mejora continua de la educación; que se refiere este artículo. Se integrará d) Emitir lineamientos relacionados por cinco personas que durarán en su con el desarrollo del magisterio, el encargo siete años en forma escalona- desempeño escolar, los resultados da y serán nombradas por la Cámara de aprendizaje; así como de la me- de Senadores, con el voto de las dos jora de las escuelas, organización terceras partes de sus integrantes. El y profesionalización de la gestión Presidente de la Junta Directiva será escolar; nombrado por sus integrantes y presi- e) Proponer mecanismos de coordi- dirá el Consejo Técnico de Educación. nación entre las autoridades edu- El Consejo Técnico de Educación cativas federal y de las entidades asesorará a la Junta Directiva en los federativas para la atención de las términos que determine la ley, estará necesidades de las personas en la integrado por siete personas que dura- materia; rán en el encargo cinco años en forma f) Sugerir elementos que contribu- escalonada. Serán nombradas por la yan a la mejora de los objetivos de Cámara de Senadores, con el voto de la educación inicial, de los planes las dos terceras partes de sus integran- y programas de estudio de educa- tes. En su composición se procurará la ción básica y media superior, así diversidad y representación de los tipos como para la educación inclusiva y y modalidades educativos, así como la de adultos, y paridad de género. En caso de falta ab- g) Generar y difundir informa- soluta de alguno de sus integrantes, la ción que contribuya a la mejora persona sustituta será nombrada para continua del Sistema Educativo concluir el periodo respectivo. Nacional. Las personas que integren la Jun- La ley establecerá las reglas para la ta Directiva y el Consejo Técnico de organización y funcionamiento del or- Educación, deberán ser especialistas ganismo para la mejora continua de la en investigación, política educativa, educación, el cual regirá sus activida- temas pedagógicos o tener experien- des con apego a los principios de inde- cia docente en cualquier tipo o mo- pendencia, transparencia, objetividad, dalidad educativa; además acreditar pertinencia, diversidad e inclusión. el grado académico de su especialidad Definirá también los mecanismos y y experiencia, no haber sido dirigente acciones necesarios que le permitan de algún partido político o candidato una eficaz colaboración y coordina- a ocupar un cargo de elección popu- ción con las autoridades educativas lar en los cuatro años anteriores a la federal y locales para el cumplimiento designación y cumplir con los requi- de sus respectivas funciones. sitos que establezca la ley. Sólo podrán El organismo contará con una Jun- ser removidos por causa grave en los ta Directiva, un Consejo Técnico de términos del Título Cuarto de esta Educación y un Consejo Ciudadano. Constitución. 190 Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos El organismo al que se refiere esta y defender la independencia, el territo- fracción, contará con un Consejo rio, el honor, los derechos e intereses de Ciudadano honorífico, integrado por la Patria, y representantes de los sectores invo- Fracción reformada DOF 26-03-2019 lucrados en materia educativa. La ley IV. Contribuir para los gastos públicos, así determinará las atribuciones, orga- de la Federación, como de los Estados, nización y funcionamiento de dicho de la Ciudad de México y del Munici- Consejo, y pio en que residan, de la manera pro- Fracción adicionada DOF 26-02-2013. porcional y equitativa que dispongan Reformada DOF 15-05-2019 las leyes. X. La obligatoriedad de la educación su- Fracción reformada DOF 25-10-1993, perior corresponde al Estado. Las au- 29-01-2016 toridades federal y locales establecerán políticas para fomentar la inclusión, Artículo 73. El Congreso tiene facultad: permanencia y continuidad, en térmi- Párrafo reformado DOF 24-10-1942, 10-02-1944 nos que la ley señale. Asimismo, pro- porcionarán medios de acceso a este XXV. De establecer el Sistema para la Ca- tipo educativo para las personas que rrera de las Maestras y los Maestros, cumplan con los requisitos dispuestos en términos del artículo 3o. de esta por las instituciones públicas. Constitución; establecer, organizar y Fracción adicionada DOF 15-05-2019 sostener en toda la República escuelas Artículo reformado DOF 13-12-1934, 30-12- rurales, elementales, media superio- 1946, 09-06-1980, 28-01-1992, 05-03-1993 res, superiores, secundarias y profe- sionales; de investigación científica, Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos: de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y de I. Ser responsables de que sus hijas, hijos minería, de artes y oficios, museos, o pupilos menores de dieciocho años bibliotecas, observatorios y demás concurran a las escuelas, para recibir institutos concernientes a la cultura la educación obligatoria y, en su caso, general de los habitantes de la nación reciban la militar, en los términos que y legislar en todo lo que se refiere a di- establezca la ley, así como participar en chas instituciones; para legislar sobre su proceso educativo, al revisar su pro- vestigios o restos fósiles y sobre mo- greso y desempeño, velando siempre numentos arqueológicos, artísticos e por su bienestar y desarrollo; históricos, cuya conservación sea de Fracción reformada DOF 05-03-1993, interés nacional; así como para dictar 12-11-2002, 09-02-2012, 15-05-2019 las leyes encaminadas a distribuir con- II. Asistir en los días y horas designados venientemente entre la Federación, las por el Ayuntamiento del lugar en que entidades federativas y los Municipios residan, para recibir instrucción cívica el ejercicio de la función educativa y las y militar que los mantenga aptos en el aportaciones económicas correspon- ejercicio de los derechos de ciudadano, dientes a ese servicio público, buscan- diestros en el manejo de las armas, y do unificar y coordinar la educación conocedores de la disciplina militar. en toda la República, y para asegurar el III. Alistarse y servir en los cuerpos de re- cumplimiento de los fines de la educa- serva, conforme a la ley, para asegurar ción y su mejora continua en un marco Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 191 de inclusión y diversidad. Los Títulos la Constitución Política de los Estados Unidos que se expidan por los establecimien- Mexicanos, se abocaron al análisis, discusión tos de que se trata surtirán sus efectos y valoración de la minuta que se menciona. en toda la República. Para legislar en Asimismo, conforme a las consideracio- materia de derechos de autor y otras nes de orden general y específico, se somete a figuras de la propiedad intelectual re- la consideración de los miembros de las Co- lacionadas con la misma; misiones Unidas, el siguiente: Fracción reformada DOF 08-07-1921. Recorrida (antes fracción XXVII) DICTAMEN por derogación de fracciones XXV y XXVI DOF 20-08-1928. Reformada DOF 13-12-1934, 13-01-1966, I. Metodología 21-09-2000, 30-04-2009, 26-02-2013, a)En el apartado de “ANTECEDENTES”, 29-01-2016, 15-05-2019 se considera el proceso legislativo de la Minuta, así como su recepción y tur- DICTAMEN DE LAS COMISIONES UNIDAS DE no por parte de la Mesa Directiva para PUNTOS CONSTITUCIONALES, DE EDUCA- el estudio y elaboración del dictamen CIÓN Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS SEGUNDA correspondiente. RESPECTO DE LA MINUTA CON PROYECTO DE b) En el apartado de “OBJETO Y DESCRIP- DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIO- CIÓN DE LA INICIATIVA”, se procedió a NAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES identificar el objetivo que se pretende DE LOS ARTÍCULOS 3O., 31 Y 73 DE LA CONSTI- lograr con la adición contenida en el TUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS proyecto de decreto de la Minuta. De MEXICANOS, EN MATERIA EDUCATIVA igual manera, a fin de hacer didáctico el análisis de la Minuta, se elaboró un HONORABLE ASAMBLEA: cuadro comparativo entre el conteni- do normativo vigente y el cuadro nor- A las Comisiones Unidas de Puntos Consti- mativo propuesto. tucionales, de Educación y de Estudios Legis- c) En el apartado de “CONSIDERACIONES, lativos, Segunda, del Senado de la República ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y VALORACIÓN del H. Congreso de la Unión, le fue turnada DE LA PROPUESTA”, las que dictaminan para su estudio y dictamen correspondiente, emitieron las consideraciones genera- la Minuta con proyecto de decreto por el que les para motivar el sentido del presente se reforman, adicionan y derogan diversas dictamen. disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de la d) En el apartado “TEXTO NORMATIVO Y Constitución Política de los Estados Unidos RÉGIMEN TRANSITORIO”, se plantea el Mexicanos, en materia educativa, turnada decreto por el que se reforman, adicio- por la Cámara de Diputados del H. Congreso nan y derogan diversas disposiciones de la Unión, el 8 de mayo de 2019. de los artículos 3o., 31 y 73 de la Cons- Con fundamento en los artículos 85, 86, 89, titución Política de los Estados Unidos 93, 94 y 103 de la Ley Orgánica del Congreso Mexicanos, en materia educativa. General de los Estados Unidos Mexicanos, y artículos 113, 117, 135 fracción 1, 163 fracción 1, II. Antecedentes 174, 175 numeral 1, 176, 177 numeral 1,178, 1. El Pleno de las Comisiones Unidas 182,183, 186, 187, 190, 224 numeral 1 del Regla- de Educación y de Puntos Constitu- mento del Senado, artículos 72 apartado E de cionales de la Cámara de Diputados, 192 Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos celebraron sesión el 27 de marzo de 5. En sesión celebrada el 30 de abril de 2019, emitiendo y aprobando en senti- 2019, el Pleno del Senado de la Repú- do positivo por mayoría el Proyecto de blica aprobó en lo general por mayoría Decreto por el que se reforman, adicio- calificada de sus miembros presentes, nan y derogan diversas disposiciones la Minuta señalada en el punto ante- de los artículos 3o., 31 y 73 de la Cons- rior. Por lo que hace a la votación de titución Política de los Estados Unidos los artículos reservados no se alcanzó Mexicanos, en materia educativa. la mayoría calificada requerida para 2. En sesión celebrada el 24 de abril de la modificación a los preceptos cons- 2019, la Cámara de Diputados aprobó titucionales, por lo que se resolvió el Dictamen con Proyecto de Decreto devolver a la Cámara de Diputados por el que se reforman, adicionan y del Honorable Congreso de la Unión, derogan diversas disposiciones de los para sus efectos constitucionales, el ex- artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución pediente correspondiente a la Minuta Política de los Estados Unidos Mexica- con Proyecto de Decreto por el que se nos, en materia educativa, mismo que reforman , adicionan y derogan diver- fue remitido en la misma fecha al Se- sas disposiciones de la Constitución nado de la República para sus efectos Política de los Estados Unidos Mexi- constitucionales. canos, en materia educativa. 3. El día 25 de abril de 2019, el Senado de 6. Mediante oficio No. DGPL-2P1A.-8480 la República celebró sesión y acusó de de fecha 30 de abril de 2019, la Secreta- recibido la Minuta con Proyecto de De- ria de la Mesa Directiva del Senado de creto por el que se reforman, adicionan la República, Senadora Antares Gua- y derogan diversas disposiciones de los dalupe Vázquez Alatorre, informó a artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución la Cámara de Diputados la devolución Política de los Estados Unidos Mexica- del expediente que contiene Proyecto nos, en materia educativa, misma que de Decreto por el que se reforman, adi- fue turnada a las Comisiones Unidas cionan y derogan diversas disposicio- de Puntos Constitucionales, de Educa- nes de los artículos 3o. y 73 de la Cons- ción y de Estudios Legislativos, Segun- titución Política de los Estados Unidos da, para su estudio y dictamen median- Mexicanos, en materia educativa. te Oficio Nº. DGPL-2P1A.-7816 de fecha 7. En sesión de fecha 6 de mayo de 2019 25 de abril de 2019, emitido por la Mesa celebrada por la Comisión Permanente Directiva del Senado de la República. del Congreso de la Unión, que funciona 4. Las Comisiones Unidas de Puntos durante el Segundo Receso del Primer Constitucionales, Educación y Estu- Año de Ejercicio de la LXIV Legislatura, dios Legislativos Segunda del Senado convocó a las Cámaras de Diputados y de la República, en sesión extraordi- Senadores, a celebrar sesiones extraor- naria celebrada el 29 de abril de 2019, dinarias. En el acuerdo de mérito, se dis- aprobaron por mayoría en sus térmi- puso en el artículo Cuarto, que durante nos la Minuta con Proyecto de Decre- las sesiones extraordinarias las Cáma- to por el que se reforman, adicionan y ras del H. Congreso de la Unión se ocu- derogan diversas disposiciones de los parán de desahogar el Proyecto de De- artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución creto por el que se reforman, derogan y Política de los Estados Unidos Mexica- adicionan diversas disposiciones de los nos, en materia educativa. artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 193 Política de los Estados Unidos Mexica- artículo 176, numeral 2 del Reglamento nos, en materia educativa. del Senado, se dará turno directo a las 8. Con fecha 8 de mayo de 2019, la Mesa Comisiones de Puntos Constituciona- Directiva de la Honorable Cámara de les; de Educación; y de Estudios Legis- Diputados informó a las diputadas lativos, Segunda. Adela Piña Bernal y Miroslava Carrillo 12. En la misma fecha, mediante oficio Martínez, presidentas de las Comisio- Nº. DGPL-1PE-2R1A.-4 la Mesa Directiva nes de Educación y de Puntos Cons- del Senado de la República, turnó a las titucionales, respectivamente, que se Comisiones Unidas de Puntos Consti- devuelve el expediente con la Minuta tucionales, de Educación y de Estudios Proyecto de Decreto por el que se re- Legislativos, Segunda, para su estudio forman, adicionan y derogan diversas y dictamen correspondiente la Minuta disposiciones de la Constitución polí- con Proyecto de Decreto por el que se tica de los Estados Unidos Mexicanos, reforman, adicionan y derogan diver- en materia educativa, para sus efectos sas disposiciones de los artículos 3o., 31 constitucionales. y 73 de la Constitución Política de los 9. Con fecha 8 de mayó de 2019 las Co- Estados Unidos Mexicanos, en mate- misiones Unidas de Educación y de ria educativa. Puntos Constitucionales de la Cámara 13. En reunión extraordinaria de las Co- de Diputados se reunieron para anali- misiones Unidas de Puntos Constitu- zar y deliberar sobre el contenido de la cionales, de Educación y de Estudios Minuta de mérito, aprobando por ma- Legislativos Segunda, celebrada el día yoría el presente Dictamen. 9 de mayo del año 2019, los integrantes 10. En sesión celebrada el 8 de mayo de de la misma, previo análisis y discu- 2019, la Cámara de Diputados aprobó sión del proyecto, aprobaron por ma- el Dictamen con Proyecto de Decreto yoría el presente dictamen. por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los III. Objeto y descripción de la minuta artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Las Comisiones Unidas de Puntos Constitu- Política de los Estados Unidos Mexica- cionales, de Educación y de Estudios Legislati- nos, en materia educativa, mismo que vos Segunda, de la Cámara de Senadores, en su fue remitido en la misma fecha al Se- carácter de dictaminadoras, analizaron y estu- nado de la República para sus efectos diaron la Minuta con Proyecto de Decreto por constitucionales. el que se reforman, adicionan y derogan diver- 11. En sesión extraordinaria del Senado sas disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de de la República, celebrada el día 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos mayo del año 2019, el Presidente de la Mexicanos, en materia educativa. De este aná- Mesa Directiva informó al Pleno que lisis, se contemplan las diversas reflexiones que una vez recibida de la Cámara de Di- fueron concebidas a través del extenso trabajo putados el oficio por el que se remita la legislativo realizado en ambas Cámaras con la minuta con proyecto de decreto por el finalidad de incorporar todas las propuestas y que se reforman , adicionan y derogan opiniones de las legisladoras y los legisladores, diversas disposiciones de los artículos así como de distintos especialistas, institucio- 3º, 31 y 73 de la Constitución Política de nes educativas y muy variados grupos de la los Estados Unidos Mexicanos, en ma- sociedad directamente vinculados a la edu- teria educativa, con fundamento en el cación y a la escuela, a través del ejercicio del 194 Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos parlamento abierto, con el fin de realizar los Se trata de proponer una educación inte- juicios necesarios para la elaboración de la me- gral que sirva a los educandos y al desarrollo jor propuesta legislativa en materia educativa. del país y no a las lógicas pragmáticas inheren- El documento en análisis retoma el rol de tes a los procesos de mercantilización absolu- las niñas, niños, jóvenes y maestros como pre- ta derivadas del neoliberalismo. Necesitamos misas fundamentales dentro de nuestro Sis- una educación que posibilite otro México, un tema Educativo Nacional, haciéndolo acorde país con mayor justicia, menor desigualdad y a los principios de transformación social que mayores oportunidades para todos, con una plantea el Presidente Andrés Manuel López mejor distribución de la riqueza, sin discri- Obrador, por ello se elimina la evaluación minación y con un rostro más solidario, más establecida desde el artículo 3o. constitucio- cohesionado atendiendo la interculturalidad. nal, la cual, según la expresión mayoritaria Un país que hace de la educación un derecho del magisterio, se tradujo en los hechos en universal para todos los mexicanos y que a su una medida punitiva hacia los docentes, lo vez sea capaz de servir como herramienta de que acarrea como consecuencia necesaria la lucha contra la ignorancia y de pacificación en creación de un organismo diverso dotado con todo el territorio nacional. autonomía técnica especializado en la capaci- Cabe precisar que, el interés superior de la tación y formación del magisterio, así como niñez es un derecho constitucional irrenun- en las tareas de planeación y evaluación diag- ciable al Estado, y es por ello que se debe con- nóstica para mejorar las funciones educativas siderar siempre la diversidad de nuestra niñez de las normales y demás instituciones forma- para delinear su adecuada atención pedagógi- doras de docentes. ca, la cual se debe adaptar a todas las diferen- Nuestro Sistema Educativo requiere de una tes condiciones de la propia infancia. educación humanista y de alta calidad pedagó- La pluriculturalidad, la discapacidad, las gica, que haga del acceso a la misma un derecho aptitudes sobresalientes, la individualidad y universal, que responda a las necesidades que el grado de marginación socioeconómica son en materia educativa demandan los mexica- elementos que contempla la minuta en análi- nos, que reconozca a las niñas, niños y jóvenes sis. En consecuencia, el presente documento como sujetos de su propio aprendizaje, a quie- tiene como eje fundamental la inclusión edu- nes le son inherentes la iniciativa, la curiosidad cativa, pues solo un modelo educativo inclu- intelectual, la creatividad y se rija por la filosofía yente puede ofrecer oportunidades hacia el y principios consagrados en la Carta Magna. conocimiento y el desarrollo de una sociedad De igual manera, esta reforma reconoce libre de estigmatizaciones y discriminación. como actores principales del proceso educa- Como es sabido, en el año 2013 se promul- tivo a las maestras y los maestros, de quienes gó la denominada reforma educativa vigente se reconoce su esfuerzo y compromiso en los al día de hoy, por virtud de la cual se modifi- quehaceres escolares como fuente de la cali- caron los artículos 3o. y 73 de la Constitución dad de la enseñanza. Por eso, merecen el pleno Federal y diversas disposiciones de la Ley Ge- respeto a sus derechos humanos y laborales. neral de Educación; igualmente, se emitieron Al trabajo educativo le es consustancial la dos leyes secundarias: la Ley General del Ser- evaluación en el proceso de formación, ingreso vicio Profesional Docente y la Ley del Instituto y retención de los profesores, como formas para Nacional para la Evaluación de la Educación. enriquecer la formación del maestro, elevar su A raíz de la puesta en operación de la instrucción y propiciar el diálogo de los sabe- mencionada reforma se generó un conflicto res, la competitividad y la función educativa. significativo para la mayoría de los profesores Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 195 a lo largo del país, quienes inconformes con se analiza, pues este ayuda a conformar una el carácter de la evaluación prevista en el ar- identidad y conciencia nacionales, libre de tículo 3o. constitucional y en la Ley General todo prejuicio, dotando a los actores del pro- del Servicio Profesional Docente, alzaron la ceso educativo de espíritu crítico y las capaci- voz exigiendo las modificaciones normativas dades necesarias para comprender su entorno necesarias para superar las consecuencias de- como presupuesto básico para mejorarlo; au- rivadas de dichas reformas. nado a ello se le incorpora un contenido de- Así, con la implementación de este mode- mocrático, enfatizando su gratuidad y equi- lo, se alentaron los rasgos mercantilistas de la dad en todos los niveles educativos. educación y, con ello, a su vez, se dio la espalda Consideramos fundamental señalar a a la historia nacional y la filosofía originaria efecto de satisfacer las necesidades de nues- del artículo 3o. constitucional. Dicho pragma- tro país en materia educativa y escuchar las tismo llegó además, a la negación significativa voces de todos los involucrados en la materia, de las humanidades y las ciencias sociales; se en un ejercicio democrático, plural y partici- soslaya la formación humanista sacrificando pativo, la Comisión de Educación del Senado las filosofías y las diversas manifestaciones de de la República, llevó a cabo una reunión de las artes. México no puede seguir sin cambios trabajo con el Mtro. Esteban Moctezuma Ba- en la legislación educativa. rragán, Secretario de Educación Pública, con En efecto, resulta indispensable reconocer el objetivo de comentar, analizar y debatir el a la educación como un pilar fundamental proyecto de reforma educativa que ahora se para abatir la desigualdad y proporcionar, a analiza y mediante un trabajo de Parlamento través de la pedagogía, las herramientas ne- Abierto, se dio a la tarea de organizar diversos cesarias para erradicar los desequilibrios que foros y encuentros donde fueron convocados causan la marginación, lo cual debe ser una los distintos actores directos e indirectos así tarea prioritaria del Estado. La tarea educativa como de los sectores involucrados como son: debe considerarse como un proyecto forma- los especialistas en la materia educativa, orga- tivo de ciudadanos que aspiren a vivir en li- nizaciones de la Sociedad Civil especializadas bertad, que rompa los círculos de dominación en materia de educación, escuelas normales, y construya los mecanismos para alcanzar el alumnos, docentes, padres de familia, repre- bienestar de todos. sentaciones sindicales y estudiantiles resul- En esencia, se pretende que el Estado, a tando de estos: alrededor de 550 asistentes, través de sus instituciones respectivas, vigile 81 ponencias recibidas y más de 111 personas el estricto cumplimiento a los principios fi- participantes que aportaron y enriquecieron losóficos y jurídicos, claramente establecidos los diversos temas que se trataron y en donde en el texto original del artículo 3o. de nuestra pudieron expresar abiertamente alguna in- Carta Magna. quietud o pregunta en particular al respecto. La educación mexicana de acuerdo a los Este ejercicio participativo resultó com- componentes sustantivos de la propuesta de plementario al realizado por la cámara de Reforma, debe constituirse como un medio origen, a través de diversos encuentros con para desarrollar las capacidades humanas instituciones educativas y organizaciones de y fomentar el progreso económico, social y la sociedad civil. científico, para vigilar el principio de laicidad, Con el enfoque educativo de esta reforma, para garantizar la separación Estado-Iglesias la tarea escolar está concebida como una labor y asegurar el respeto a la libertad de creencias. formativa de excelencia, la cual va de la mano Debe destacarse el carácter patriótico que de una nueva concepción de evaluación, so- se brinda a la educación en el documento que portada en un sentido pedagógico, científico 196 Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y patriótico, siendo ésta una responsabilidad abrogar la Ley General del Servicio Profesio- compartida entre los maestros, padres de fa- nal Docente y la Ley del Instituto Nacional de milia y el Estado Mexicano. Por todo ello: la Evaluación de la Educación. minuta en análisis consiste en reformar los ar- Para mayor claridad del Decreto incluido tículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política en la Minuta, se presenta el siguiente cuadro de los Estados Unidos Mexicanos, así como comparativo: Texto vigente Texto propuesto Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a recibir educa- Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. ción. El Estado –Federación, Estados, Ciudad de México El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, y Municipios- impartirá y garantizará la educación secundaria y media superior. La educación preescolar, inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior primaria y secundaria conforman la educación básica; y superior. La educación inicial, preescolar, primaria ésta y la media superior serán obligatorias. y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artí- culo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. Corresponde al Estado la rectoría de la educación, la impartida por éste, además de obligatoria, será univer- sal, inclusiva, pública, gratuita y laica. El Estado garantizará la calidad en la educación obliga- Se deroga. toria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la inde- pendencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje. El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos. Las maestras y los maestros son agentes fundamen- tales del proceso educativo y, por tanto, se reconoce su contribución a la transformación social. Tendrán derecho de acceder a un sistema integral de formación, de capacitación y de actualización retroalimentado por evaluaciones diagnósticas, para cumplir los objetivos y propósitos del Sistema Educativo Nacional. Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 197 Texto vigente Texto propuesto La ley establecerá las disposiciones del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en sus funcio- nes docente, directiva o de supervisión. Corresponderá a la Federación su rectoría y, en coordinación con las entidades federativas, su implementación, conforme a los criterios de la educación previstos en este artículo. La admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función docente, directiva o de supervisión, se realizará a través de procesos de selección a los que concurran los aspirantes en igualdad de condiciones y establecidos en la ley prevista en el párrafo anterior, los cuales serán públicos, transpa- rentes, equitativos e imparciales y considerarán los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para el aprendizaje y el desarrollo integral de los educandos. Los nombramientos derivados de estos procesos sólo se otorgarán en términos de dicha ley. Lo dispuesto en este párrafo en ningún caso afectará la permanencia de las maestras y los maestros en el servicio. A las institucio- nes a las que se refiere la fracción VII de este artículo no les serán aplicables estas disposiciones. El Estado fortalecerá a las instituciones públicas de formación docente, de manera especial a las escuelas normales, en los términos que disponga la ley. Los planteles educativos constituyen un espacio fundamental para el proceso de enseñanza aprendizaje. El Estado garantizará que los materiales didácticos, la infraestructura educativa, su mantenimiento y las condiciones del entorno sean idóneos y contribuyan a los fines de la educación. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción II de este artículo, el Ejecutivo Federal determi- nará los principios rectores y objetivos de la educación inicial, así como los planes y programas de estudio de la educación básica y normal en toda la República; para tal efecto, considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y de diversos actores sociales involucrados en la educación, así como el contenido de los proyectos y programas educativos que contemplen las realidades y contextos, regionales y locales. Los planes y programas de estudio tendrán perspec- tiva de género y una orientación integral, por lo que se incluirá el conocimiento de las ciencias y humanidades: la enseñanza de las matemáticas, la lecto-escritura, la literacidad, la historia, la geografía, el civismo, la filoso- fía, la tecnología, la innovación, las lenguas indígenas de nuestro país, las lenguas extranjeras, la educación física, el deporte, las artes, en especial la música, la promoción de estilos de vida saludables, la educación sexual y re- productiva y el cuidado al medio ambiente, entre otras. I. … I. … II. … II. … … … a) y b)... a) y b)... 198 Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Texto vigente Texto propuesto c) Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de c) Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, fortalecer el aprecio y respeto por la naturaleza, la diver- la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la sidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de convicción del interés general de la sociedad, los ideales las familias, la convicción del interés general de la socie- de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando dad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de de individuos, y grupos, de sexos o de individuos; d) Será de calidad, con base en el mejoramiento constante d) Se deroga. y el máximo logro académico de los educandos; e) Será equitativo, para lo cual el Estado implementará medidas que favorezcan el ejercicio pleno del derecho a la educación de las personas y combatan las desigualda- des socioeconómicas, regionales y de género en el acce- so, tránsito y permanencia en los servicios educativos. En las escuelas de educación básica de alta margina- ción, se impulsarán acciones que mejoren las condicio- nes de vida de los educandos, con énfasis en las de carác- ter alimentario. Asimismo, se respaldará a estudiantes en vulnerabilidad social, mediante el establecimiento de políticas incluyentes y transversales. En educación para personas adultas, se aplica- rán estrategias que aseguren su derecho a ingresar a las instituciones educativas en sus distintos tipos y modalidades. En los pueblos y comunidades indígenas se impar- tirá educación plurilingüe e intercultural basada en el respeto, promoción y preservación del patrimonio histórico y cultural; f) Será inclusivo, al tomar en cuenta las diversas capaci- dades, circunstancias y necesidades de los educandos. Con base en el principio de accesibilidad se realizarán ajustes razonables y se implementarán medidas espe- cíficas con el objetivo de eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación; g) Será intercultural, al promover la convivencia armónica entre personas y comunidades para el respeto y reconocimiento de sus diferencias y derechos, en un marco de inclusión social; h) Será integral, educará para la vida, con el objeto de desarrollar en las personas capacidades cognitivas, socioemocionales y físicas que les permitan alcanzar su bienestar, e i) Será de excelencia, entendida como el mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad. Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 199 Texto vigente Texto propuesto III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el III. Se deroga segundo párrafo de la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, los maestros y los padres de familia en los términos que la ley señale. Adicionalmente, el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o se supervisión de la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. La ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable a las instituciones a las que se refiere la fracción VII de este artículo; IV. … IV. … V. Además de impartir la educación preescolar, primaria, V. Toda persona tiene derecho a gozar de los beneficios secundaria y media superior, señaladas en el primer del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnoló- párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y gica. El Estado apoyará la investigación e innovación modalidades educativos –incluyendo la educación inicial científica, humanística y tecnológica, y garantizará el y a la educación superior– necesarios para el desarrollo de acceso abierto a la información que derive de ella, para la nación, apoyará la investigación científica y tecnoló- lo cual deberá proveer recursos y estímulos suficientes, gica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra conforme a las bases de coordinación, vinculación y cultura; participación que establezcan las leyes en la materia; además alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura; VI. Los particulares podrán impartir educación en todos VI. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación preescolar, prima- particulares. En el caso de la educación inicial, preescolar, ria, secundaria y normal, los particulares deberán: primaria, secundaria y normal, los particulares deberán: a) Impartir la educación con apego a los mismos fines y a) Impartir la educación con apego a los mismos fines y criterios que establecen el segundo párrafo y la fracción II, criterios que establece el párrafo cuarto, y la fracción II, así como cumplir los planes y programas a que se refiere así como cumplir los planes y programas a que se refieren la fracción III, y los párrafos décimo primero y décimo segundo, y b) … b) … VII. … VII. … VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las coordinar la educación en toda la República, expedirá leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función educativa entre la Federación, las entidades federativas educativa entre la Federación, las entidades federativas y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan, y que a todos aquellos que las infrinjan; 200 Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Texto vigente Texto propuesto IX. Para garantizar la prestación de servicios educativos IX. Para contribuir al cumplimiento de los objetivos de calidad, se crea el Sistema Nacional de Evaluación Edu- de este artículo, se crea el Sistema Nacional de Mejora cativa. La coordinación de dicho sistema estará a cargo Continua de la Educación, que será coordinado por un del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. organismo público descentralizado, con autonomía téc- El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación nica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión, será un organismo público autónomo, con personalidad con personalidad jurídica y patrimonio propios, no jurídica y patrimonio propio. Corresponderá al Instituto sectorizado, al que le corresponderá: evaluar la calidad, el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Para ello deberá: a) Diseñar y realizar las mediciones que correspondan a a) Realizar estudios, investigaciones especializadas y componentes, procesos o resultados del sistema; evaluaciones diagnósticas, formativas e integrales del Sistema Educativo Nacional; b) Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las b) Determinar indicadores de resultados de la mejora autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo continua de la educación; las funciones de evaluación que les corresponden, y c) Generar y difundir información y, con base en ésta, c) Establecer los criterios que deben cumplir 1as instan- emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las cias evaluadoras para los procesos valorativos, cualita- decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación tivos, continuos y formativos de la mejora continua de y su equidad, como factor esencial en la búsqueda de la la educación; igualdad social. La Junta de Gobierno será el órgano de dirección del Instituto y estará compuesta por cinco integrantes. El Ejecutivo Federal someterá una terna a consideración de la Cámara de Senadores, la cual, con previa comparecen- cia de las personas propuestas, designará al integrante que deba cubrir la vacante. La designación se hará por el voto de las dos terceras· partes de los integrantes de la Cámara de Senadores presentes o, durante los recesos de esta, de la Comisión Permanente, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si la Cámara de Senadores no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de integrante de la Junta de Gobierno aquel que, dentro de dicha terna, designe el Ejecutivo Federal. En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Ejecutivo Federal someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna designe el Ejecutivo Federal. Los integrantes de la Junta de Gobierno deberán ser personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto y cumplir los requisitos que establezca la ley, desempeñarán su encargo por períodos de siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión. Los integrantes no podrán durar en su encargo más de catorce años. En caso de falta absoluta de alguno de ellos, el sustituto será nombrado para concluir el periodo respectivo. Sólo podrán ser removidos por causa grave en los términos del Título IV de esta Constitución y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos en que actúen en representación del Instituto y de los no re- munerados en actividades docentes, científicas, culturales o de beneficencia. Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 201 Texto vigente Texto propuesto La Junta de Gobierno, de manera colegiada nombrará a quien la presida, con voto mayoritario de tres de sus integrantes quien desempeñará dicho cargo por el tiempo que establezca la ley. La ley establecerá las reglas para la organización y fun- cionamiento del Instituto, el cual regirá sus actividades con apego a los principios de independencia, transparen- cia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión. La ley establecerá los mecanismos y acciones necesarios que permitan al Instituto y a las autoridades educativas federal y locales una eficaz colaboración y coordinación para el mejor cumplimiento de sus respectivas funciones. d) Emitir lineamientos relacionados con el desarrollo del magisterio, el desempeño escolar, los resultados de aprendizaje; así como de la mejora de las escuelas, orga- nización y profesionalización de la gestión escolar; e) Proponer mecanismos de coordinación entre las autoridades educativas federal y de las entidades federa- tivas para la atención de las necesidades de las personas en la materia; f) Sugerir elementos que contribuyan a la mejora de los objetivos de la educación inicial, de los planes y progra- mas de estudio de educación básica y media superior, así como para la educación inclusiva y de adultos, y g) Generar y difundir información que contribuya a la mejora continua del Sistema Educativo Nacional. La ley establecerá las reglas para la organización y funcionamiento del organismo para la mejora continua de la educación, el cual regirá sus actividades con apego a los principios de independencia, transparen- cia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión. Definirá también los mecanismos y acciones necesarios que le permitan una eficaz colaboración y coordinación con las autoridades educativas federal y locales para el cumplimiento de sus respectivas funciones. El organismo contará con una Junta Directiva, un Consejo Técnico de Educación y un Consejo Ciudadano. La Junta Directiva será la responsable de la con- ducción, planeación, programación, organización y coordinación de los trabajos del organismo al que se refiere este artículo. Se integrará por cinco personas que durarán en su encargo siete años en forma escalonada y serán nombradas por la Cámara de Senadores, con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes. El Presidente de la Junta Directiva será nombrado por sus integrantes y presidirá el Consejo Técnico de Educación. 202 Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Texto vigente Texto propuesto El Consejo Técnico de Educación asesorará a la Junta Directiva en los términos que determine la ley, estará integrado por siete personas que durarán en el encargo cinco años en forma escalonada. Serán nombradas por la Cámara de Senadores, con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes. En su composición se procurará la diversidad y representación de los tipos y modalidades educativos, así como la paridad de género. En caso de falta absoluta de alguno de sus integrantes, la persona sustituta será nombrada para concluir el periodo respectivo. Las personas que integren la Junta Directiva y el Consejo Técnico de Educación, deberán ser espe- cialistas en investigación, política educativa, temas pedagógicos o tener experiencia docente en cualquier tipo o modalidad educativa; además acreditar el grado académico de su especialidad y experiencia, no haber sido dirigente de algún partido político o candidato a ocupar un cargo de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación y cumplir con los requisitos que establezca la ley. Sólo podrán ser removidos por causa grave en los términos del Título Cuarto de esta Constitución. El organismo al que se refiere esta fracción, contará con un Consejo Ciudadano honorífico, integrado por representantes de los sectores involucrados en materia educativa. La ley determinará las atribuciones, organi- zación y funcionamiento de dicho Consejo, y X. La obligatoriedad de la educación superior corres- ponde al Estado. Las autoridades federal y locales establecerán políticas para fomentar la inclusión, per- manencia y continuidad, en términos que la ley señale. Asimismo, proporcionarán medios de acceso a este tipo educativo para las personas que cumplan con los requi- sitos dispuestos por las instituciones públicas. Artículo 31 Artículo 31 I. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas I. Ser responsables de que sus hijas, hijos o pupilos públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, menores de dieciocho años concurran a las escuelas, primaria, secundaria, media superior y reciban la militar, para recibir la educación obligatoria y en su caso, reciban en los términos que establezca la ley. la militar, en los términos que establezca la ley, así como participar en su proceso educativo, al revisar su pro- greso y desempeño, velando siempre por su bienestar y desarrollo; II. a IV. … II. a IV. … Artículo 73. … Artículo 73. … I. a XXIV. … I. a XXIV. … Perfiles Educativos | vol. XLI, núm. 165, 2019 | IISUE-UNAM | DOI: https://doi.org/10.22201/iisue.24486167e.2019.165.59496 Reforma 2019 a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 203 Texto vigente Texto propuesto XXV. Para establecer el Servicio Profesional docente en XXV. De establecer el Sistema para la Carrera de las términos del artículo 3o. de esta Constitución ; establecer, Maestras y los Maestros, en términos del artículo 3o. de organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, esta Constitución; establecer, organizar y sostener en toda elementales , superiores , secundarias y profesionales ; de la República escuelas rurales, elementales, media supe- investigación científica, de bellas artes y de enseñanza riores, superiores, secundarias y profesionales; de inves- técnica, escuelas prácticas de agricultura y de minería, tigación científica, de

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