El Estado PDF
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This document presents an overview of the concept of the state, from its historical development to its various forms. It explores the different perspectives and theories related to the state, referencing thinkers like Aristotle, Machiavelli, and Grotius. The document also analyzes the evolution of the state throughout history, highlighting key features and characteristics.
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F U N D A C I O N A D P. E D U. P E EL ESTADO Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar INTRODUCCIÓN: El hombre se ha caracterizado desde la antigüedad...
F U N D A C I O N A D P. E D U. P E EL ESTADO Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar INTRODUCCIÓN: El hombre se ha caracterizado desde la antigüedad por vivir en sociedad. El sedentarismo es la primera manifestación de agrupación del hombre, ya que al vivir en precarias condiciones y a merced de la naturaleza, se vio en la necesidad de organizarse en pequeños grupos, y asentarse en un lugar, aprendiendo de esta forma a convivir con más seres de su misma especie y repartiendo deberes y obligaciones tales como el cultivo y la caza. Después, el mismo hombre primitivo, aprendiendo a vivir en conjunto con otros seres, forma la primera institución social: La familia, cuya evolución es importante por ser la primera unión con otros seres biológicamente necesarios. Lo cierto es que marcó la pauta para la primera estructura social. Con el tiempo, y con la ayuda del medio ambiente y la familia, se desarrollan ciertas formas pre-estatales como: la banda y la tribu, la horda, la gens, el clan y el tótem, el tabú. Cada uno con su forma de organización distinta. Citaremos solo un ejemplo de éstas y será a las Bandas. Éstas fueron los grupos locales, integrados por un número de personas más o menos estable, poco numerosos y compuestos por familias de bajo nivel cultural. El número de miembros de una banda en territorios que ofrecen buenas perspectivas puede llegar es de aproximadamente 100 o 150 miembros. A la banda se le considera como un grupo local primario, con su organización y población pobre. Antiguamente, sociedades organizadas mostraban indicios de una “Primera Formación pre Estatal”, como es el caso de la cultura egipcia. La teoría de este Estado se resumía en que el estado es el faraón, que a su vez era reconocido por toda la civilización. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar Así también Grecia mostro que tenía grandes costumbres organizacionales, que permitían la participación en asuntos públicos durante las asambleas. A diferencia de la cultura egipcia, su autoridad no estaba centrada en una sola persona, sino que se dividía en varios jefes. A pesar de que estas civilizaciones presentaron un sistema estatal, fue mérito de los romanos concebir el Estado en términos jurídicos. No es sino hasta la Edad Media, donde aparece el término “stati”, -Estado-, término tomado y sostenido por Maquiavelo, cuando introdujo esta palabra en su obra “El Príncipe”. CONCEPTOS PREVIOS DE ESTADO La palabra Estado en términos jurídico – político se le debe a MAQUIAVELO, cuando introdujo esta palabra en su obra "El Príncipe" al decir: "Los Estados y soberanías que han tenido y tienen autoridad sobre los hombres, fueron y son, o repúblicas o principados. Los principados son, o hereditarios con larga dinastía de príncipes, o nuevos; o completamente nuevos, cual lo fue Milán para FRANCISCO SFORZA o miembros reunidos al Estado hereditario del príncipe que los adquiere, como el reino de Nápoles respecto a la revolución de España. Los Estados así adquiridos, o los gobernaba antes un príncipe, o gozaban de libertad, y se adquieren, o con ajenas armas, o con las propias, por caso afortunado o por valor y genio". Sin embargo, en términos generales se entiende por Estado a la organización política y jurídica de un pueblo en un determinado territorio y bajo un poder de mando según la razón. PLATÓN estima que la estructura del Estado y del individuo son iguales, y con ello, analiza las partes y funciones del Estado y posteriormente, las del ser humano, con lo cual establece el principio de Estado anterior al hombre, porque, además, la estructura de aquél, aun siendo igual a la de éste, es más objetiva o evidente. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar ARISTÓTELES, por su parte, es más enfático y declara que el Estado existe por naturaleza, y por tanto, es anterior al hombre, no por ser éste autosuficiente y solo podrá serlo respecto al todo, en cuando a su relación con las demás partes, complementando su expresión al decir, con base en su Zoon Politikón, que quien no convive con los demás en una comunidad, "o es una bestia, o es un dios". Por su parte, LUIS XIV rey de Francia, en la época del absolutismo se atreve a decir la ya conocida frase "El Estado soy yo", esto no implica más que la falta de raciocinio en la que se vivía en ese tiempo, indica sólo la más pura esencia del absolutismo en sí, se tomaba al Estado como un régimen político en el que una sola persona, el soberano, ejercía el poder con carácter absoluto, sin límites jurídicos ni de ninguna otra manera. El Estado no era sino una prolongación de las características absolutas del rey en ese tiempo. ESTADOS ANTIGUOS Como una primera formación estatal tenemos en primer lugar a Egipto. Hace más de 5.000 años, aparece la autoridad centralizada en el antiguo Egipto. Tenían un “Estado” personalizado, en el sentido de que la concepción de la autoridad se identifica plenamente con su depositario. La teoría del Estado egipcio se resumiría en que el Estado es el faraón, afirmación que no solo es reconocida por el faraón mismo, si no por todos los subordinados a este. Otro de los Estados antiguos fue Grecia, su unidad política básica fue la polis. Su geografía determina el aislamiento territorial, tenían una tecnología poco desarrollada en lo agrario y una población en expansión. Los griegos tenían costumbres organizacionales, en las cuales se permitía la participación en los asuntos públicos por medio de asambleas y no presentan un alto sentido de centralización y personalización de la autoridad. Su autoridad no estaba basada en una sola persona, sino que se dividía en varios jefes y aún se reconocía el "consejo de ancianos". Los teóricos políticos de esa época consideraban al Estado por una parte como la ciudad o el sitio donde debe desarrollarse la plenitud de la vida humana; por otro lado solo se referían a las funciones públicas concedidas a cualquier ciudadano que pueda realizarlas mediante la renovación de los cargos. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar En Roma, el Estado aparece condicionado por las fuertes interacciones de distintos grupos humanos. Surge por la necesidad de imponer la autoridad central al pueblo. La formación de Roma como Ciudad – Estado, parece determinada por la existencia de un Estado anterior, el etrusco, cuyos orígenes se han perdido, pero que es posible conjeturar como similar al desarrollo que se dio en Grecia. CONCEPTOS DEL ESTADO Cicerón: Es una multitud de hombres ligados por la comunidad del derecho y de la utilidad. San Agustín: Es una reunión de hombres dotados de razón y enlazados en virtud de la común participación de las cosas que aman. Bodino: Es un conjunto de familias y sus posesiones comunes gobernadas por un poder de mando según la razón. Savigny: Es la representación material de un pueblo. Kant: Es una variedad de hombres bajo leyes jurídicas. Oppenheimer: Es la institución social impuesta por el grupo victorioso al derrotado, con el propósito de regular su dominio y de agruparse contra la rebelión interna y los ataques del exterior. F. Lasalle: El Estado es la gran asociación de las clases pobres. Hobbes: Una persona de cuyos actos una gran multitud, por pactos mutuos realizados entre sí, ha sido instituida por cada uno como autor, al objeto de que pueda utilizar la fortaleza y medios de todos, como la juzgue oportuno, para asegurar la paz y la defensa común. Duguit: Es una corporación de servicios públicos controlada y dirigida por los gobernantes. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar Hegel: El Estado es la conciencia de un pueblo. Grocio: La asociación perfecta de hombres libres unidos para gozar de sus derechos y para la utilidad común. Es la asociación política soberana que dispone de un territorio propio, con una organización específica y un supremo poder facultado para crear el derecho positivo. Marx: El Estado es el instrumento de dominación de una clase sobre otra. DEFINICIONES DE TRATADISTAS MODERNOS: Jellinek: Es una asociación de hombres sedentarios dotada de un poder de mando originario. Bluntschli: Es la personificación de un pueblo. Spengler: El estado es la historia considerada sin movimiento. La historia es el Estado pensado en el movimiento de influencia. Kelsen: El Estado es el ámbito de aplicación del derecho. Herman Heller: El Estado es la conexión de los quehaceres sociales. El poder del Estado es la unidad de acción organizada en el interior y el exterior. La soberanía es el poder de ordenación territorial exclusiva y suprema. Groppali: Es la agrupación de un pueblo que vive permanentemente en un territorio con un poder de mando supremo representado éste en el gobierno. Max Weber: El Estado es la coacción legítima y específica. Es la fuerza bruta legitimada como "última ratio", que mantiene el monopolio de la violencia. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar ELEMENTOS DEL ESTADO Por lo general se afirma que el Estado es una sociedad humana, asentada de manera permanente en el territorio que le corresponde, sujeta a un poder soberano que crea, define y aplica un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para obtener el bien público temporal de sus componentes. Los elementos del Estado son: Pueblo, Poder y Territorio. 1. Población: “Es el elemento humano del Estado, constituido por el conjunto de personas, unidas por un vínculo jurídico - político, sustentado en la vigencia de valores comunes, históricamente compartidos, que se llama Nacionalidad”. Los pobladores nacionales, así como los extranjeros nacionalizados, constituyen el Pueblo de un Estado. El pueblo es el elemento más importante del Estado, porque de él emana el poder, constituye el ámbito social de la aplicación de ese poder, es la razón de la validez del ordenamiento jurídico y es el destinatario del bien común. 2. Territorio: “Es el elemento físico del Estado, comprende el suelo, el subsuelo, las aguas fluviales, lacustres y el mar adyacente, el lecho y subsuelo marino, fluvial y lacustre y el espacio aéreo que los cubre”. Comprende también el patrimonio nacional, vale decir la infraestructura habitacional, social, cultural, histórica, tecnológica, productiva, vial, artística, etc. El territorio nacional es inalienable e inviolable, y en él, el estado ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de la comunicación internacional, y de acuerdo con la ley y con los tratados ratificados por el estado. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar 3. Poder político: Es el elemento organizativo, jurídico y administrativo del Estado. Es la potestad o facultad para gobernar en forma independiente, pero limitada por la ley, que dispone el Estado y de ejercer el mando, organizar y conducir la vida social, política, económica y militar de la Nación”. Cabe señalar que el Poder Político Estatal, es un fenómeno culturalmente creado en el largo desarrollo de las sociedades humanas, para organizar integralmente la vida social, consolidar y perfeccionar el orden que ella requiera, regularla mediante la creación y aplicación de normas que asumen carácter jurídico y sustancialmente, canalizar la acción social, enrumbando la marcha histórica del todo social -que en este caso es la colectividad nacional- hacia la progresiva consecución de los altos fines que permitan la realización plena de todos sus integrantes. El poder emana del pueblo, quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la constitución y las leyes establecen. Ninguna persona, organización, Fuerza Armada, Policía Nacional o sector de la población puede arrogarse el ejercicio de ese poder. Responsabilidades del Estado Política Garantiza la vigencia de la democracia representativa y participativa, los derechos fundamentales de la persona y de la sociedad y la supervivencia del propio estado. Social Responsable de brindar y garantizar la prestación de los servicios sociales, como educación, salud, trabajo, vivienda, etc., y a su vez reducir las condiciones de pobreza, marginación, explotación, discriminación, etc., estableciendo políticas de desarrollo sostenido y sustentable. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar Jurídico-Normativa Emite dispositivos legales de los diferentes niveles, para organizar y conducir, fiscalizar y administrar las actividades de la Nación, Administrativa Se encarga de la administración pública del estado y sus recursos, en bien de la sociedad. Seguridad Garantiza la seguridad de la nación, en los ámbitos interno y externo, vale decir hace frente a las amenazas, desafíos y conflictos que atenten contra su integridad territorial, contra su patrimonio, contra la estabilidad jurídico política del estado, contra la seguridad de las personas, contra el libre ejercicio de los derechos ciudadanos y contra su independencia y soberanía. Relaciones Internacionales Diseña y conduce la política exterior, basada en el respeto de los convenios y tratados internacionales, en el principio de no-intervención en los asuntos internos de otros estados, en la colaboración internacional y en la participación en los diferentes organismos internacionales de desarrollo y seguridad, propiciando la participación mancomunada en la solución de problemas comunes y una relación económico- financiera y comercial equitativa y justa. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar LA REVOLUCIÓN FRANCESA, EL ORIGEN DEL ESTADO MODERNO Desde el atropello del "El estado soy yo" manifestado como el más nocivo absolutismo, el pueblo sintió la negación total de sus derechos y rotos todos sus principios e ideales, es ahí donde empieza a crecer el resentimiento y surge poco a poco la semilla de la rebelión, y ésta había de manifestarse con toda su violencia y hacer explosión, para culminar el 14 de Julio de 1789. La revolución dio paso a nuevas formas, con todas sus naturales e impropias acciones excesivas cometidas. La mayor aportación que este levantamiento dio, fue la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, que se fundamentó en la teoría de JEAN JACOB ROUSSEAU, que escribió en su obra "El Contrato Social." El año de 1789 es de primordial importancia en sus manifestaciones, porque los rumbos señalados cambiaran al mundo en sus procedimientos y formas gubernamentales, y también en la nueva concepción del hombre, que se convirtió en ciudadano para ayudar a los fines del Estado, los fines de un nuevo Estado nacido de la sangre de muchas personas, de un Estado que surge de las cenizas del despotismo y la crueldad: El Estado Moderno de Derecho. CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO MODERNO Las características del Estado Moderno son las siguientes: 1. Una cierta entidad territorial. Ésta se refiere al medio físico que es necesaria para la sustentación del Estado y debe ser una magnitud tal que no convierta en demasiado pesadas las tareas que el Estado debe afrontar. 2. Establecimiento de un poder central suficientemente fuerte. Se logra suprimir o reducir drásticamente a los antiguos poderes feudales, entre ellos el propio poder de la iglesia, que se vincula a lo que actualmente llamaríamos al proyecto de Estado Nacional. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar 3. Creación de una infraestructura administrativa, financiera, militar y diplomática. Se desarrolla una burocracia administrativa que trabaja impersonalmente para el Estado. Burocracia y capacidad financiera se retroalimentan. La obtención y administración de recursos exige personal dedicado por completo a estas tareas. La diplomacia se convierte en un instrumento indispensable para las relaciones con las demás entidades estatales que constituyen un sistema en su conjunto. 4. Consolidación de la unidad económica. El Estado debe ser capaz de regular y dirigir la economía en su propio seno, y con respecto al exterior, implantar un sistema aduanal y normas precisas que controlen la entrada y salida de bienes. EL ESTADO DE DERECHO El Estado de derecho es aquel Estado en donde sus autoridades se rigen, permanecen y están sometidas a un derecho vigente en lo que se conoce como un Estado de derecho formal. Éste se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público. El término «Estado de Derecho» tiene su origen en la doctrina alemana Rechtsstaat. El primero que lo utilizó como tal fue Robert von Mohl en su libro La ciencia de policía alemana en conformidad con los principios de los Estados de derecho (del alemán Die deutsche dentro de la organización estatal aquellas resultantes del imperio de la ley y la división de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) y otras funciones más sutiles, pero propias del Estado, como la emisión de moneda propia. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar TIPOS DE ESTADO Dentro de un mismo tipo de Estado (esclavista, feudal, capitalista, socialista), pueden coexistir diferentes formas estatales: simples o unitarias, compuestas o complejas; y, al interior de una misma forma de Estado pueden darse diferentes regímenes políticos: monárquico (cuando la cúpula del poder político está en manos de un monarca hereditario o de elección vitalicia), parlamentario, presidencial, republicano (si el poder supremo se concreta en un órgano elegido para un período determinado). EL ESTADO ESCLAVISTA Este Estado es representativo de la primera organización política clasista de la sociedad, en abierta oposición con la precedente forma de organización social (régimen de la comunidad primitiva), en él se encuentra por consiguiente, propiedad privada y división de la sociedad en clases antagónicas: amos poseedores y esclavos desposeídos. Ya se encuentran instrumentos metálicos, abundancia de pastoreo y de la agricultura, acumulación de riquezas y de medios de producción, privadamente apropiados. El Estado esclavista asume diferentes presentaciones, por ejemplo, en el antiguo oriente (India, China, Asiria, Babilonia, Persia, Egipto, etc.), circulaba como monarquías despóticas que monopolizaban en sí todos los asuntos financieros y militares, además de asesorarse de un fuerte aparato burocrático. En Grecia y Roma que se convirtieron en suprema expresión del esclavismo, existieron monarquías un poco más moderadas, repúblicas aristocráticas y hasta repúblicas democráticas como aconteció por ejemplo en Atenas cuando el órgano supremo del poder estuvo radicado en la asamblea integrada por todos los ciudadanos mayores de 20 años de edad; teniendo en cuenta, claro está, todas las limitaciones de una democracia montada sobre una base esclavista. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar EL ESTADO FEUDAL En esta nueva etapa del desarrollo histórico, se logra mayor perfeccionamiento de los medios de producción en general y de los artesanales en particular. La sociedad sigue escindida en clases siendo las dos principales, la de los señores feudales y la de los campesinos pobres (siervos de la gleba, bordars y villanos). A diferencia del esclavismo, el señor feudal no tenía la propiedad completa sobre el campesino como objeto y sólo era titular del derecho a su trabajo y a determinadas cargas. Los siervos estaban adscritos a la tierra, que era propiedad del señor y de él dependían personalmente, pero, tenían cierta independencia en la medida en que les era permitido tener familia, una pequeña economía doméstica y algunos aperos. La presentación típica del Estado feudal fue la monarquía, que paulatinamente se fue haciendo cada vez más fuerte, hasta convertirse en monarquía absoluta. Excepcionalmente, el tipo feudal de Estado se presenta bajo la forma del régimen político de la república aristocrática, en las ciudades en que se ha logrado cierta independencia frente al poder del emperador y rey como aconteció en las prósperas ciudades italianas. Pero, esta etapa ya se puede mirar como una clara transición hacia el Estado capitalista. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar EL ESTADO CAPITALISTA La dominación a través del Estado burgués se caracteriza por el maquinismo, las comunicaciones, la razón, el progreso, el surgimiento y consolidación del proletariado desprovisto de los medios de producción apropiados por los capitalistas y sus aliados. Entre tales características sobresale la universalización de las relaciones mercantiles, entre las cuales hasta los seres humanos y/o su fuerza de trabajo se han convertido en una mercancía; la extracción de plusvalía como fuente de valorización del capital, plusvalía que se convierte en el origen de la ganancia y en la razón de ser de la sociedad capitalista, mediante la imposición de relaciones despóticas en los lugares de trabajo; la extracción de plusvalía origina una polarización social, que se manifiesta en la lucha entre clases sociales o fracciones de clase; el capitalismo utiliza distintos procedimientos –entre ellos la ciencia y la tecnología- para aumentar la extracción de la plusvalía y valorizar el capital; la relación capitalista se despliega a nivel internacional rompiendo las barreras y los frenos que intentaban obstaculizarla.” El Estado burgués se presenta ya como monarquía constitucional ora como república democrático-burguesa. El capitalismo suele dividirse en tres etapas fundamentales: mercantilismo, industrialismo y monopolismo o capitalismo financiero o imperialismo. Los regímenes democrático-occidentales pueden ser o bien repúblicas democrático-burguesas (república parlamentaria y república presidencial), o bien monarquías parlamentarias. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar EL ESTADO SOCIALISTA Se caracteriza por la planeación estatal rigurosa de la producción, distribución y consumo de los bienes y servicios, la propiedad estatal de los medios de producción, la propagación de la lucha revolucionaria hasta la desaparición del capitalismo. Dentro del tipo socialista de Estado, encontramos tanto formas simples como compuestas y los regímenes políticos son ya de república soviética: con monopartidismo, supresión de las formas privadas de apropiación de los medios de producción y desaparición de la burguesía; también encontramos la forma de república de democracia popular, que ha conservado algunas formas de empresas privadas comerciales, artesanales y agrícolas. El modo soviético, se derrumbó al comenzar la década de los años 90, debido a diversas causas, como factores culturales: el marxismo, no logró convertirse en real guía de la acción, el materialismo histórico terminó por fungir como simple sentido común cercenando la posibilidad de la exploración crítica del propio y de los ajenos contextos culturales, y la libre circulación de un pensamiento creativo. Políticos: la instalación de una burocrática hipertrófica, la insatisfactoria solución al conflicto entre lo étnico y lo nacional, la no aplicación del principio del internacionalismo proletario, la perpetuación de una política armamentista dentro del esquema de la guerra fría y del equilibrio bipolar. Económicas: la confusión entre colectivización y nacionalización de los medios de producción, el retraso en la aplicación de los mecanismos de autogestión popular, la falta de elasticidad y dinamismo de una planeación burocráticamente concebida y aplicada la baja productividad y la desigualdad real existente entre masas y burócratas en lo tocante a las posibilidades reales de satisfacer las necesidades, entre otras. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar Estado de Bienestar El bienestar social se le llama al conjunto de factores que participan en la calidad de la vida de las personas en una sociedad y que hacen que su existencia posea todos aquellos elementos que dan lugar a la satisfacción humana o social. El bien social no implica necesariamente un colectivismo. Se denomina Estado de Bienestar al conjunto de acciones y ejercicios por parte del Estado (a través del Gobierno) en búsqueda de una mayor atención a la redistribución y bienestar general de la población, se preocupa por el bienestar de todos sus ciudadanos, que no les falte nada, que puedan satisfacer sus necesidades básicas, proveyéndoles en este caso aquello que no puedan. La crisis del Estado de Bienestar: Factores económicos: Ralentización de la productividad, quiebra del modelo laboral, la debilidad recaudatoria por el exceso de presión fiscal, Incremento del déficit público. Proceso de globalización: movimientos migratorios, desigualdad, exclusión, desestructuración del mercado laboral. Factores demográficos: alargamiento de la esperanza de vida en la población, junto con el descenso generalizado de la natalidad, lo que provoca un desajuste en el sistema de pensiones. Los factores desencadenantes de la crisis del Estado de bienestar se centran principalmente en la crisis económica, que comienza hacia los años 70 del siglo XX. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar Fines La expresión “bien común” contiene un concepto de gran amplitud y generalidad, en cierto modo abstracto y con un cariz de relatividad, puesto que es susceptible de adaptarse a los cambios históricos y a las realidades prevalecientes en un estado. En suma, el bien común puede ser conceptuado según el tiempo y el lugar en que se reflexione sobre su contenido. A lo largo de la historia, destacados filósofos y científicos políticos han especulado y formulado diversos contenidos para el fin primordial y último del Estado. Así se ha acuñado sucesivamente términos tales como: "interés público", "paz social", "bienestar colectivo", "interés general"; más tarde, Santo Tomás de Aquino amplió notablemente la especulación filosófica en torno al "bonun comune", considerándose como el fin mayor y último que el Estado persigue en su actividad política. Más tarde, se postuló que el “bien común” era el bien de las mayorías de una colectividad nacional, concepción ésta que no resiste el análisis a la luz de los legítimos derechos de las minorías, los que serían desconocidos o postergados, contradiciendo la idea central del “bien común”, entendido como el bien de todos y no de una parte de los integrantes de un cuerpo social. Formas de organización del Estado Las formas de organización del Estado comúnmente reconocidas, desde el punto de vista de sus niveles de descentralización —a saber el Estado federal, el regional o autonómico y el unitario—están determinadas por la naturaleza de los principios que rigen sus entes territoriales. Los conceptos de soberanía, autonomía y autarquía son los que explican de modo coherente las distintas realidades estatales. Así, desde el punto de vista de los entes territoriales, el modelo federal corresponde un principio de soberanía de origen, al regional o autonómico el de autonomía y, al unitario el de autarquía. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar Estado Federal El Estado miembro de un Federación tiene un ordenamiento derivado de su propia Constitución, al amparo de su soberanía de origen. A los Estados miembros les ha tocado ceder parte de su soberanía en beneficio del Estado federal, reservándose tan sólo una porción, expresada en las llamadas competencias residuales. En el Estado federal los Estados miembros, si bien gozan de soberanía originaria al darse su propia Constitución, la delegan irrevocablemente al admitir el pacto federal y constituir así una nueva entidad soberana. Para Proudhon se trata de un contrato político, por el cual familias, municipios o estados, se obligan recíprocamente para alcanzar objetivos particulares mediante una Federación, cuyos titulares asumen entonces, de modo exclusivo, la consecución de tales objetivos. Algunas características comunes a todos los modelos de este signo: entes de base territorial con competencias administrativas, legislativas y de dirección política; distribución de medios financieros proporcional al reparto de las funciones; participación de los entes territoriales en una Segunda Cámara, y en la ejecución de las leyes; garantía de que estas características no pueden ser alteradas por ley ordinaria y; un mecanismo de solución judicial de los conflictos derivados de esa estructura. Pese a las clasificaciones genéricas que hemos señalado es posible citar otras. Para Pinto Ferreira hay dos tipos de federalismo: el clásico o de equilibrio, propio de los Estados Unidos, Brasil, Argentina o México, y el de hegemonía o moderno, vigente en la India, cuya Constitución de 1949 determinó la designación central de los gobernadores de los Estados. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar La primera Constitución de corte federal fue la norteamericana. Enumeramos a continuación algunos de los rasgos característicos que ella establece. El artículo I, por ejemplo, dispone el sistema de representación en el Congreso. La Cámara de Representantes es formada por ciudadanos elegidos cada dos años. El Senado, a su vez, es compuesto por dos Senadores de cada Estado, elegidos para un período de seis años. El modo de representación senatorial se ha constituido en unos de los elementos claves de los sistemas federales, pues otorga igual representación a cada Estado, al margen de su volumen poblacional. En el caso de Alemania, la vigente Ley Fundamental de 1949, otorga a los Estados amplias competencias. Los Länder constituyen la base de la República Federal de Alemania y actúan conjuntamente con la Federación (Bund). Junto a las materias de legislación exclusiva de la Federación, hay un abanico mayor de legislación concurrente, en el que los Länder pueden legislar en tanto la Federación no haga uso de su potestad legislativa. Allí parece evidenciarse la base del federalismo cooperativo y la vigencia del principio de coordinación. En Suiza, la comuna tiene su propio poder legislativo, ejercido por el pueblo mismo en las ciudades más pequeñas y un ejecutivo bajo su control. El gobierno cantonal, a su vez, es también asumido directamente por la población en algunas circunscripciones. En otras se practica la democracia mixta. Los cantones tienen sus propios recursos financieros y se organizan y eligen libremente a sus autoridades. Tienen amplias competencias que no derivan de ninguna ley federal ni de la Constitución. Por el contrario, son las competencias de la Confederación las que requieren reconocimiento constitucional. En la Unión Soviética es el antecedente inmediato de la actual Federación Rusa. En el viejo sistema, si bien se reconocía el derecho a la autodeterminación de los pueblos, se afirmaba el principio de unidad en salvaguarda de los intereses de clase del proletariado. Sin embargo, la organización política soviética fue federal. Aunque fuese teóricamente, las Repúblicas federadas y las autónomas poseían facultad constituyente, y las distintas entidades descentralizadas que formaban la Unión Soviética, tenían formalmente participación en la formación de la voluntad estatal. Se presentaba así una evidente oposición entre el principio jurídico federal y el centralismo democrático, de carácter ideológico. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar Regional o autonómico El regionalismo, es un movimiento de reivindicación que considera la región como una realidad social con características propias, como hecho histórico y cultural vivido en común, y no tan sólo como un soporte geográfico para la autonomía administrativa. Mediante la autonomía política, la región tiene su propia organización política y administrativa y la potestad de darse un ordenamiento jurídico, dentro de los límites de la Constitución del Estado, pero no disfruta ella misma de autonomía constitucional. La región carece de soberanía. Es el Estado soberano el que le reconoce la condición de autonomía. A diferencia del federalismo, donde intervienen una pluralidad de poderes soberanos originarios que delegan su soberanía en el nuevo Estado federal, la autonomía regional se produce en un Estado donde la soberanía es única. Pero la región tampoco es parte de un Estado descentralizado, ya que los entes autonómicos, además de poseer competencias decisorias, gozan de autogobierno y de capacidad legislativa. Así pues, la región autónoma resulta situada entre el Estado-miembro y las colectividades territorialmente descentralizadas. En España el concepto de "Estado integral" se utilizó para designar un término intermedio entre unitario y federal. El Estatuto de Autonomía, una vez aprobado, era según el artículo 11º de la Constitución, la ley básica de la organización político administrativa de la región autónoma. Las Cortes expresaban la autonomía de su voluntad soberana a través del acto de aprobación de los Estatutos. Como la Constitución de 1931 no habilitaba ningún órgano de tipo federal, las regiones no podían intervenir directamente en la formación de la voluntad del Estado, así que no había garantía respecto del grado de autonomía que podría concederse a cada región que podía, incluso, ser más o menos amplia para alguna de ellas. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar En Italia los orígenes del regionalismo italiano se remontan a época muy anterior a los planteamientos de la Asamblea Constituyente de 1947. Pero durante la unificación italiana la Monarquía de los Saboya impuso su propia concepción del Estado, desestimando las peculiaridades regionales. La organización administrativa italiana tenía entonces sustento en un poder local con limitadas competencias, a cargo de un Prefecto dependiente del poder central. La consecuencia de esa falta de atención se tradujo en movimientos autonomistas, e incluso separatistas, especialmente en el valle de Aosta y en Sicilia. Tan graves fueron los acontecimientos que en 1946, un año antes de aprobarse la Constitución italiana, le fue reconocido a Sicilia un Estatuto especial de autonomía. Estado Unitario Es una forma de estado donde el poder está concentrado y existe un solo centro de poder que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo estado. Este, mediante sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central, y en su mayoría; puede contar con un solo aparato legislador; salvo ciertas excepciones, que legisla para todo el país; un poder judicial, que aplica el derecho vigente a todo el territorio del Estado y en cuyo seno se establece una Corte Suprema de Justicia, la cual tiene jurisdicción a nivel nacional; un solo poder ejecutivo, que está conformado por todos los gobernantes (presidente, gobernadores, alcaldes, etc.); y una sola constitución política, que rige en todo el territorio y a la cual se hallan sometidas todas las autoridades y habitantes del Estado. En otras palabras, en el Estado unitario se da la cuádruple unidad: unidad de ordenamiento jurídico (derecho), unidad de autoridades gubernativas, unidad de gobernados o destinatarios del ordenamiento jurídico y de las decisiones políticas y unidad de territorio. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar La crisis del Estado El fenómeno de la globalización pone en crisis la teoría de la soberanía nacional, porque el Estad-Nación, configurado por la modernidad no consigue ya controlar y proteger su territorio y, menos aún, garantizar la legitimación de sus decisiones y poder, con el fin de fomentar un proyecto político. La soberanía moderna ha sido elaborada a partir del Estado-Nación, cerrado sobre sí mismo en su territorio, volcado hacia las guerras de expansión contra otros Estados. El predominio de la soberanía interna oculta la dimensión interestatal, mientras que la soberanía postmoderna se construye a partir del Imperio Mundial, que ignora los Estado nacionales. Se verifica un traspaso del poder hacia la soberanía externa en detrimento de la garantía nacional. Fundacionadp.edu.pe [email protected] Av. Pershing N°335 (Ex-Faustino Sánchez) – e Magdalena del Mar