Capítulo 1: Fundamentos de Derecho PDF

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Este documento presenta los fundamentos del derecho, incluyendo el concepto de derecho y norma, diferentes tipos de normas (jurídicas, sociales, morales y religiosas) y clasificaciones de derecho.

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📈 Capítulo 1: Fundamentos de derecho Tipo Clase Materiales Capítulo 1.pdf Revisado Fundamentos del derecho Concepto de derecho y norma 💡 De ac...

📈 Capítulo 1: Fundamentos de derecho Tipo Clase Materiales Capítulo 1.pdf Revisado Fundamentos del derecho Concepto de derecho y norma 💡 De acuerdo con Pereznieto y Castro Leonel T Ledesma Mondragón Abel, el derecho es el “conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia” Se puede entender al derecho dentro de las siguientes vertientes: Derecho como ordenamiento: conjunto de normas que tratan de regular la conducta humana mediante ordenamientos, permisiones y prohibiciones. Derecho como fenómeno social: aquel ordenamiento jurídico que nace para el efecto de regular la conducta entre los individuos, como grupo. Y tiene cabida mientras se encuentre en una sociedad. Derecho como valor: conjunto de disposiciones que adquieren rango obligatorio y que se encuentran al servicio al servicio de valores sociales, Capítulo 1: Fundamentos de derecho 1 además de tener una finalidad axiológicamente respetable. Derecho como argumentación: conjunto de normas que se materializan a través del lenguaje, pues éste es el instrumento fundamental del legislador, las palabras diseñan las normas jurídicas. 💡 Norma: Regla que se debe seguir o a que se deben ajustar las conductas, tareas, actividades. Existen diferentes tipos de normas: Normas jurídicas: Conjunto de mandatos que se aplican exclusivamente a las relaciones del hombre que vive en sociedad. Bilaterales: significa que una obligación jurídica a cargo de determinada personas trae aparejado un derecho a favor de otra persona para exigir el cumplimiento de la misma. Exteriores: significa que exigen una conducta fundamentalmente externa. Sin embargo, también es cierto que en muchos casos atribuyen consecuencias jurídicas a los aspectos íntimos del comportamiento individual. Coercibles: Porque si no son cumplidas voluntariamente por los obligados, puede el Estado exigir su cumplimiento, incluso por la fuerza. Heterónorma: Porque el creador de la norma es un ente distinto del destinatario de la misma, ésta le obliga aún cuando no sea reconocida por dicho destinatario. Normas sociales: Nos permiten desarrollar una vida social más amena y cordial, o bien, conducirnos conforme a ciertas reglas establecidas para circunstancias y momentos determinados, la sanción por no respetar estas reglas es que la sociedad nos margina. De conducta exterior Incoercibles Capítulo 1: Fundamentos de derecho 2 Heterónormas Unilaterales Normas morales: Disposiciones que tiene como característica la uniteralidad porque frente al sujeto a quien obligan no hay otro autorizado para exigirle el cumplimiento de sus deberes, o sea, que las normas orales no concedes derechos; son internas porque las mismas han de cumplirse por el individuo únicamente con el propósito de acatar dichas normas. Uniteralidad Internas Interioridad Incoercibles Autónomas: porque tanto el obligado como el creador de dichas normas es la misma personas, es significa que cada quien se auto legisla. Normas religiosas: Son aquellas a las que una comunidad o individuo se adhieren para respetar los lineamientos vitales que su Dios, o su conjunto de creencias, determinan que son correctos o morales. Unilaterales: imponen deberes de las personas hacia Dios pero no existen necesariamente derechos correlativos a los deberes impuestos. Carácter mixto (externo e interno) Heterónormas: porque el recipiendario de las mismas no es al mismo tiempo el legislador de las normas. Incoercibles Normas jurídico generales: Cuando una norma jurídica alude a una conducta atribuible a n número indeterminado de individuos. Normas jurídico individuales: Es cuando una norma jurídica está dirigida a uno o varios individuos de forma personal, es decir se refiere a un grupo perfectamente determinado. JURÍDICAS Bilaterales Externas Heterónormas Coercibles Capítulo 1: Fundamentos de derecho 3 MORALES Unilaterales Internas Autónomas Incoercibles SOCIALES Unilaterales Externas Heterónormas Incoercibles Internas- RELIGIOSAS Unilaterales Heterónormas Incoercibles Externas Clasificación del derecho De acuerdo a Eduardo García Máynez Derecho constitucional: El derecho constitucional es la rama del derecho que estudia la organización del Estado, el funcionamiento de sus instituciones, y los derechos de los ciudadanos. El Derecho Constitucional regula al Estado, la división del Supremo Poder de la Federación en tres poderes, las atribuciones y las obligaciones de estos poderes; también regula las relaciones entre los poderes y los gobernados; y tutela los derechos de los gobernados de la Nación Mexicana. Derecho administrativo: El derecho administrativo es una rama del derecho público que regula la organización, funcionamiento y relaciones de la administración pública con los ciudadanos. Tiene como objeto específico la administración pública. Son las actividades a través de las cuales el estado y los sujetos auxiliares de éste tienden a la satisfacción del interés colectivo. Derecho penal: Se conoce como el conjunto de normas que determinan los delitos, las penas impuestas por el estado al delincuente y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad. Derecho penas disciplinario: Es proveniente del ejercicio de la potestad disciplinaria que pertenece al estado, cuyo fin es el mantenimiento de una conducta ajustada a los deberes y obligaciones que su reglamentación profesional impone, por parte de los funcionarios. Derecho militar: Abarca las normas que coordinan, sincronizan y conciertan las relaciones derivadas de la vida bélica, además del estudio de las leyes que castigan las infracciones militares. Capítulo 1: Fundamentos de derecho 4 Derecho procesal: El derecho procesal es una rama del derecho público que contempla el conjunto de normas, códigos y formas del proceso judicial, es decir, que ordena y regula los requisitos, efectos y métodos en que el Estado imparte la justicia. El derecho procesal contempla los mecanismos, modos y procedimientos que estipula la ley para resolver correcta y formalmente los litigios planteados por las partes en disputa, mediante un método y una decisión que se atengan a los hechos afirmados y probados y a lo contemplado por el derecho aplicable. Derecho internacional público: Rigen las relaciones e los estados entre sí y señala sus derechos y deberes recíprocos. Derecho internacional privado: Conjunto de normas que indican en qué forma deben resolverse los problemas de aplicación de leyes en el espacio, derivados de una pluralidad de legislaciones en materia privada. Derecho civil: Determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida human (nacimiento, mayoría, matrimonio) y la situación jurídica del se humano en relación con sus semejantes (capacidad civil, deudas y créditos) o en relación con las cosas (propiedades, usufructo, etc.) Derecho de las personas: personalidad jurídica, capacidad, estado civil, domicilio Derecho familiar: matrimonio, divorcio, legitimación, adopción, patria potestas, tutela y curatela. Derecho de los bienes: clasificación, posesión, propiedad, usufructo, uso, habitación, servidumbres, etc. Derecho sucesorio: sucesiones testamentarias y legítimas. Derecho de las obligaciones Derecho mercantil: Estudia y regula el comercio. De acuerdo a Efraín Moto Salazar Capítulo 1: Fundamentos de derecho 5 Derecho natural: Es el conjunto de máximas fundamentadas en la equidad, justicia y sentido común, que se imponen al legislador mismo y nacen de las exigencias de la naturaleza biológica, racional y social del hombre. Derecho positivo: Reglas o normas en vigor, en un lugar y en una época determinada. Derecho objetivo: El derecho objetivo es el conjunto de normas, ordenanzas y leyes que prescriben una obligación a la sociedad. Dicho de otro modo, es la rama del derecho que regula legalmente la conducta de los ciudadanos a través de ordenanzas, disposiciones y otras formas jurídicas. Derecho subjetivo: El derecho subjetivo es el conjunto de potestades, libertades y facultades jurídicas que la ley y las normas jurídicas les otorgan a los individuos. Se sustentan en cualquier razón admisible en derecho, como pueden ser la naturaleza humana, el acuerdo mutuo (en el caso de los contratos) o el ordenamiento jurídico nacional (o sea, el derecho objetivo). Derecho público: Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del Estado, como ente soberano con los ciudadanos y con otros Estados. Derecho privado: Conjunto de disposiciones jurídicas que rigen las relaciones de los particulares entre sí. Hecho y Acto jurídico ACTO JURÍDICO HECHO JURÍDICO Es la manifestación de voluntad para crear relaciones Es un acto que genera de tipo legal, a través de la creación, modificación o consecuencias jurídicas. extinción de un derecho. Desastres naturales, choque de Contratos, matrimonios civiles, adopciones auto, robo, incumplimiento de pago Un acto jurídico es una manifestación de voluntad para crear, modificar, transferir o extinguir un derecho, con un resultado favorable Capítulo 1: Fundamentos de derecho 6 para quien promueve la acción. Un hecho jurídico es cualquier acto que tenga una consecuencia legal. Obligaciones 💡 Entendemos por obligación tanto la relación jurídica obligatoria en su conjunto -caracterizada por su obligatoriedad y por la exigibilidad de su cumplimiento- como, en particular, la necesidad en que se encuentra al lado pasivo de esa relación obligatoria (deudor) a consecuencia de ello. 💡 Diferencia entre deuda y responsabilidad La deuda es la prestación que el deudor debe al acreedor para cumplir el compromiso. La responsabilidad es la consecuencia jurídica que sobreviene por el incumplimiento de la deuda. Puede, sin embargo, haber deuda sin responsabilidad, como sería una obligación natural o una obligación ya prescrita, y responsabilidad sin deuda, como sería el caso del fiador. La obligación de dar: Él obligado a dar alguna cosa lo está también a conservarla en buen estado El acreedor tiene derecho a los frutos de la cosa desde que nace la obligación de entregarla, sin embargo, no adquirirá derecho real sobre ella hasta que le haya sido entregada. La obligación de hacer “Obligación de medios”, se trata de desempeñar la actividad en sí misma, sin exigir un resultado concreto. ejemplo un abogado “Obligación de resultado”, se trata de desempeñar una actividad dirigida a obtener un resultado concreto. ejemplo un carpintero Convenios y contratos Capítulo 1: Fundamentos de derecho 7 CONVENIO CONTRATO Un convenio es una Se trata de un acuerdo entre convención, un consenso o voluntades mediante el cual se acuerdo voluntario entre dos o crean obligaciones legales. El CONCEPTO más partes. Cabe mencionar objetivo focal de un contrato es la que la creación de un convenio realización de un pacto en el cual no está sujeta a ningún dos personas (o más) acuerdan compromiso legal. un objeto determinado. Artículo 1792. Convenio es el Artículo 1793: Los convenios que acuerdo de dos o más CONCEPTO producen o transfieren las personas para crear, transferir, LEGAL obligaciones y derechos, toman el modificar o extinguir nombre de contratos. obligaciones. RELACIÓN No existe una relación jurídica Existe una relación jurídica JURÍDICA No todos los contratos son Un contrato siempre es un INTERRELACIÓN convenios convenio Además de ser necesario que se En cambio, un convenio suele establezca por escrito, también es MEDIOS darse de forma oral casi común que sean registrados o siempre avalados por una autoridad o un tercero Normalmente se da en un Generalmente se realiza en los CONTEXTO contexto social o familiar y en negocios y en el ambiente laboral ámbito educacional convenio entre dos países, contrato de trabajo, contrato de EJEMPLOS convenio entre universidades, compra-venta, contrato para convenio entre amigos estableces una asociación Elementos del contrato: La capacidad El consentimiento El objeto lícito La causa lícita Capítulo 1: Fundamentos de derecho 8 Capítulo 1: Fundamentos de derecho 9

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