CURSO DE PREPARACIÓN INTEGRAL PARA LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA DEL PERÚ PDF
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This document is a presentation on international law, focusing on boundary agreements between Peru and Chile. It features historical contexts, treaties, and details of the processes involved.
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CURSO DE PREPARACIÓN INTEGRAL PARA LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA DEL PERÚ Derecho Internacional Público Límites con Chile y el Ecuador Profesores: Grismi Bravo Arana/Roberto Claros Abarca CURSO DE PREPARACIÓN INTEGRAL PARA LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA DEL PERÚ La naturaleza e...
CURSO DE PREPARACIÓN INTEGRAL PARA LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA DEL PERÚ Derecho Internacional Público Límites con Chile y el Ecuador Profesores: Grismi Bravo Arana/Roberto Claros Abarca CURSO DE PREPARACIÓN INTEGRAL PARA LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA DEL PERÚ La naturaleza especial de los tratados de límites Los tratados de límites deben reflejar de manera clara la intención de establecer una delimitación. Los tratados de límites no pueden ser objeto de: Reserva Denuncia Suspensión Terminación por cambio fundamental en las circunstancias (rebus sic stantibus) Tratados de límites del Perú: Chile Frontera terrestre Perú - Chile Antecedentes Se restablecen las relaciones de paz y amistad entre las Repúblicas de Chile y el Perú (artículo Libre 1) y discrecional Tratado de Paz y Amistad Artículo 2.- La República del Perú cede a la República de Chile, perpetua e incondicionalmente, de 1883 el territorio de la provincia litoral de Tarapacá, cuyos límites son: por el norte, la quebrada y río (Tratado Camarones; por el sur, la quebrada y río Loa; por el oriente, la República de Bolivia; y, por el de Ancón) poniente, el mar Pacífico. Frontera terrestre Perú - Chile Antecedentes Artículo 3°. - El territorio de las provincias de Tacna y Arica que limita, por el Norte, con el río Sama, desde su nacimiento en las cordilleras limítrofes con Bolivia hasta su desembocadura en el mar, por el Sur, Libre conyladiscrecional quebrada y el río de Camarones, por el Oriente, con la República de Bolivia; y por el poniente con Tratado de el mar Pacífico, continuará poseído por Chile y sujeto a la legislación y autoridades chilenas durante el Paz y término de diez años, contados desde que se ratifique el presente tratado de paz. Expirado este plazo, Amistad un plebiscito decidirá en votación popular si el territorio de las provincias referidas queda de 1883 definitivamente en dominio y soberanía de Chile o si continúa siendo parte del territorio peruano. (Tratado Aquel de los países a cuyo favor queden anexadas las provincias de Tacna y Arica, pagará otros diez de Ancón) millones de pesos, moneda chilena de plata, o soles peruanos de igual ley y peso que aquella. Un Protocolo especial se considerará como parte integrante del presente tratado, establecerá la forma en que el plebiscito debe tener lugar, así como los términos y plazos en que haya de pagarse los diez millones por el país que quede dueño de las provincias de Tacna y Arica. Tratado y Protocolo Complementario para resolver la cuestión de Tacna y Arica (Tratado de Lima de 1929) Tratado de Lima de 1929 El 3 de junio de 1929 se suscribió el Tratado de Lima y su Protocolo Complementario Libre y discrecional Art. 1. Queda definitivamente resuelta la controversia originada por el artículo tercero del Tratado de Paz y Amistad del veinte de octubre de mil ochocientos ochenta y tres, que era la única dificultad pendiente entre los gobiernos signatarios. Tratado de Lima de 1929 Inicio de la frontera terrestre La delimitación terrestre fue acordada en el Tratado de Lima de 1929, y demarcada al año siguiente. Libre y discrecional El Artículo 2 del Tratado de Lima de 1929 dispone lo siguiente: “El territorio de Tacna y Arica será dividido en dos partes, Tacna para el Perú y Arica para Chile. La línea divisoria entre dichas dos partes y, en consecuencia, la frontera entre los territorios del Perú y de Chile, partirá de un punto de la costa que se denominará ‘Concordia’, distante diez kilómetros al Norte del puente del Río Lluta” Tratado de Lima de 1929 Inicio de la frontera terrestre La diferencia entre el punto Concordia y los hitos fue enfatizada en el Acta Final de la Comisión de Límites, deLibre y discrecional 21 de julio de 1930 y acordada por las dos Partes: La línea de frontera demarcada parte del océano Pacífico en un punto en la orilla del mar situado a diez kilómetros hacia el norte del primer puente sobre el río Lluta de la vía férrea de Arica a La Paz, y termina en la cordillera andina en el hito quinto de la antigua línea divisoria entre Chile y Bolivia. Tratado de Lima de 1929 Inicio de la frontera terrestre Punto Concordia – Hito Nro. 1 El Hito Nro. 1, El Punto Concordia fue El Punto Concordia es consecuentemente, no acordado como el claramente diferente puede constituir el punto donde la frontera del Hito Nro. 1 punto de inicio de la terrestre llega al mar frontera terrestre (CONTROVERSIA MARÍTIMA - PERÚ c. CHILE. RÉPLICA DEL GOBIERNO DEL PERÚ pág. 24) Tratado y Protocolo Complementario para resolver la cuestión de Tacna y Arica (Tratado de Lima de 1929) Tratado de Lima de 1929 Protocolo Complementario Libre y discrecional Artículo Primero. Los Gobiernos del Perú y de Chile no podrán, sin previo acuerdo entre ellos, ceder a una tercera potencia la totalidad o parte de los territorios que, en conformidad al Tratado de esta misma fecha, quedan bajo sus respectivas soberanías, ni podrán, sin ese requisito, construir, a través de ellos, nuevas líneas férreas internacionales. Tratado de Lima de 1929 Servidumbre internacional – Uchusuma y Mauri Art. 2. (…) Chile cede a perpetuidad a favor del Perú, todos sus derechos sobre los canales de Uchusuma y del Mauri, llamado también Azucarero, sin perjuicio de la soberanía que le corresponderá ejercer sobre la parte de dichos acueductos que queden en territorio chileno después de trazada la línea divisoria a que se refiere el presente artículo. Respecto de ambos Canales, Chile constituye en la parte que atraviesa su territorio, el más amplio derecho de servidumbre a perpetuidad a favor de Perú. Tal servidumbre comprende el derecho de ampliar los Canales actuales, modificar el curso de ellos y recoger todas las aguas captables en su trayecto por territorio chileno, salvo las aguas que actualmente caen al Río Lluta y las que sirven a las azufreras del Tacora. Tratado de Lima de 1929 Establecimientos y zonas al servicio del Perú Art. 5. Para el servicio del Perú, el Gobierno de Chile construirá a su costo, dentro de los mil quinientos setenta y cinco metros de la bahía de Arica, un malecón de atraque para vapores de calado, un edificio para la agencia aduanera peruana y una estación terminal para el Ferrocarril a Tacna, establecimientos y zonas donde el comercio de tránsito del Perú gozará de la independencia propia del más amplio puerto libre. Acta de Ejecución del Artículo Quinto del Tratado de Lima de 1929 y Reglamento (1999) Tratado de Lima de 1929 Establecimientos y zonas al servicio del Perú Art. 7. Los Gobiernos del Perú y de Chile respetarán los derechos privados legalmente adquiridos en los territorios que quedan bajo sus respectivas soberanías entre los que figura la concesión otorgada por el Gobierno del Perú a la empresa del Ferrocarril de Arica a Tacna en mil ochocientos cincuenta y dos, conforme a la cual, dicho ferrocarril, al término del contrato, pasará a ser propiedad del Perú. Sin perjuicio de la soberanía que le corresponde ejercer, Chile constituye a perpetuidad en la parte que la línea atraviesa su territorio el derecho más amplio de servidumbre a favor del Perú. Acta de Ejecución de 1999 Incluye un Reglamento y un Anexo donde se precisan los linderos de los establecimientos y zonas a que se refiere el artículo 5 del Tratado de Lima de 1929. Se precisa que el comercio de tránsito a que se refiere el artículo 5 se ejercerá no solo en los establecimientos y zonas, sino también entre los mismos y en el área de conexión del sistema ferroviario. Se puntualizan aspectos referidos a las empresas administradoras del malecón de atraque y la estación ferroviaria, así como los derechos de aduana e ingreso de bienes y personal. Se contemplan precisiones sobre el mantenimiento, la conservación y la contratación de seguros de la superestructura y la infraestructura, así como el régimen de mejoras. De conformidad con el Tratado de Lima y su Protocolo Complementario, se contempla la inauguración del “Cristo de la Concordia” sobre el Morro de Arica. El diferendo marítimo Perú - Chile Proceso de delimitación marítima entre el Perú y Chile Antecedentes Memorándum Bákula entregado al Canciller chileno Jaime del Valle (23 de mayo de 1986) Nota diplomática de 19 de julio de 2004 (del Canciller Manuel Rodríguez Cuadros dirigida a su par chileno) Ley 28621, Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo del Perú, de 2005 Carta de Límite exterior, sector sur, del Dominio Marítimo del Perú, aprobada mediante Decreto Supremo N°047-2007-RE Proceso de delimitación marítima entre el Perú y Chile El proceso ante la Corte Internacional de Justicia El 16 de enero de 2008, el Perú presentó su demanda El Perú invocó el Tratado Americano de Soluciones ante la Corte Internacional de Justicia (C.I.J) Pacificas de 1948 (Pacto de Bogotá) Solicitudes del Perú (i) Ante la falta de un acuerdo de límites marítimos entre ambos Estados y ante la ausencia de circunstancias especiales: que la (ii) Que se reconozcan los derechos soberanos Corte realice tal delimitación conforme al exclusivos del Perú sobre un área dentro de la derecho internacional, a través del trazado de proyección de 200 millas marinas desde sus una línea equidistante que partiera del punto líneas de base y fuera de las 200 millas desde las donde la frontera terrestre llega al mar según el costas de Chile. Tratado de Lima de 3 de junio de 1929 Proceso de delimitación marítima entre el Perú y Chile El proceso ante la Corte Internacional de Justicia Argumentos del Perú El Perú incidía en el hecho que la Declaración sobre Zona Marítima o Declaración de Santiago de 1952 no había consagrado límites marítimos laterales entre el Perú, Ecuador y Chile. Dicha declaración reivindicaba los derechos de los Estados ribereños respecto del mar adyacente a sus costas hasta una distancia mínima de 200 millas marinas (preservación de recursos naturales ante la depredación de ballena y atún) En cuanto al Convenio sobre Zona Especial Fronteriza marítima de 1954, se alegó que tampoco allí se había establecido ni confirmado un límite marítimo lateral en el paralelo geográfico, a pesar que en el preámbulo de este se hiciera mención a violaciones a la “frontera marítima” y en el artículo primero se aludiera al “paralelo que constituye el límite marítimo” cuando se determina una zona de tolerancia para pequeñas embarcaciones artesanales a partir de la milla 12 desde las costas y con un ancho de 10 millas a cada lado del paralelo. Proceso de delimitación marítima entre el Perú y Chile El proceso ante la Corte Internacional de Justicia Argumentos del Perú El Convenio de 1954 y los documentos de 1968 y 1969 eran arreglos prácticos que, a falta de un Acuerdo de delimitación marítima, utilizaban la línea del paralelo para un propósito específico, que era atender la situación de las pequeñas embarcaciones pesqueras artesanales cuyo radio de acción era limitado a las costas. Ello no tuvo como objeto definir una frontera marítima hasta las 200 millas. Proceso de delimitación marítima entre el Perú y Chile El proceso ante la Corte Internacional de Justicia La postura chilena Existía un límite marítimo establecido en virtud de la Declaración sobre Zona Marítima (Declaración de Dicho límite había sido Santiago) de 18 de agosto de confirmado por el Convenio 1952. sobre Zona Especial Fronteriza Que el límite por el paralelo Marítima, de 4 de diciembre de geográfico o de latitud que pasa 1954. por el hito N°1 se habría materializado mediante unos documentos de 1968 y 1969 para la instalación de faros o luces de enfilamiento Proceso de delimitación marítima entre el Perú y Chile El proceso ante la Corte Internacional de Justicia Fallo de la Corte Internacional de Justicia , 27 de enero Se descarta que la Declaración de Santiago sea un de 2014 acuerdo de límites marítimos Se entiende que habría existido un “acuerdo tácito”, puesto en evidencia en el Convenio sobre Zona Especial En cuanto a la extensión: no podía colegirse del Convenio de 1954 que el Fronteriza Marítima de límite marítimo fuera de 200 millas. En ese sentido, el Tribunal optó por considerar que la pesca entre las partes en la década del 50 generalmente 1954 no sobrepasaba las 60 millas desde las costas y que en ningún caso podría haber ido mas allá de las 80 millas. Puntos de inicio de la frontera marítima y terrestre Punto Concordia – Hito Nro. 1 “El Perú no objeta las coordenadas del Hito Nro. 1, ni que ese sea el hito más próximo al mar. Sobre estos puntos, que fueron decididos en 1929 y 1930, no hay controversia entre las Partes. Lo que el Perú no puede aceptar es la identificación del Hito Nro. 1 con el punto de inicio de la frontera terrestre, lo que claramente no es conforme con el Tratado de Lima de 1929 y el acuerdo alcanzado por los dos Gobiernos durante el proceso de demarcación. Es ese sentido, el punto de inicio de la frontera terrestre es el Punto Concordia, tal como fue establecido en el Tratado de Lima de 1929. En otras palabras, la controversia llevada ahora ante la Corte no versa sobre asuntos que ya han sido resueltos por acuerdos o tratados en vigor”(CONTROVERSIA MARÍTIMA - PERÚ c. CHILE. RÉPLICA DEL GOBIERNO DEL PERÚ). Puntos de inicio de la frontera marítima y terrestre Punto Concordia – Hito Nro. 1 Conclusiones de la Corte: “La Corte no está llamada a tomar posición acerca de la ubicación del Punto Concordia, donde empieza la frontera terrestre entre las Partes. La Corte observa que podría ser posible que el mencionado punto no coincida con el punto de inicio del límite marítimo, tal como acaba de ser definido.” “Los arreglos de 1968-1969 concernientes a los faros, por tanto, sirven como prueba contundente de que el límite marítimo acordado sigue el paralelo que pasa por el Hito Nro. 1.” Proceso de delimitación marítima entre el Perú y Chile El proceso ante la Corte Internacional de Justicia Límite terrestre y marítimo Delimitación marítima Límite marítimo: (i) Un tramo que sigue la línea del paralelo geográfico hasta la milla 80 desde el punto de inicio de la frontera marítima (Punto A) (i) A partir del Punto A, un tramo de superposición que acoge el planteamiento del Perú a propósito de una línea equidistante para llegar a un resultado equitativo (Punto B). A partir del Punto B, un tramo en dirección sur hasta llegar a un Punto C. Como consecuencia de ello, el Perú gana alrededor de 50,000 km2 de área marítima (triángulo interno y externo) Proceso de delimitación marítima entre el Perú y Chile El Proceso ante la Corte Internacional de Justicia Fallo de la Corte Internacional de Justicia, de 27 de enero de 2014 Implementación del fallo de la Corte Internacional de Justicia Acta de los trabajos conjuntos de campo y de gabinete correspondientes a la medición de los puntos del límite marítimo entre el Perú y Chile conforme al fallo de la Corte Internacional de Justicia (25 de marzo de 2014): precisión de las coordenadas geográficas del punto de inicio de la frontera marítima, así como de los puntos de base contribuyentes y representaciones cartográficas. Ley 30223 (10 de julio de 2014), por la que se adecua la Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo según el fallo de la CIJ: se establece el punto 265-A como el punto de inicio de la frontera marítima, con las coordenadas geográficas WGS-84: 18° 21’ 00.42” S, 70° 22’ 49.80” O, dejando sin efecto el punto 266 (18° 21’ 08” S, 70° 22’ 39” W) DS 035-2014-RE, de 19 de agosto de 2014, por el que se aprueba la Carta que sustituye la Carta que grafica el límite exterior –sector sur- del dominio marítimo del Perú. Tratados de Límite del Perú: Ecuador Límites terrestres con el Ecuador Cronología Principio de la libre determinación de El Tratado Pando-Novoa de 22 de Real Cédula, de15 de julio de 1802 los pueblos julio de 1832 Creación de la Comandancia La provincia de Jaén de Bracamoros El Perú y el Ecuador suscribieron el General de Maynas, dependiente decide ser parte del Perú Tratado de Amistad y Alianza que del virrey del Perú consagraba, en su artículo XIV: “Mientras se celebra un convenio Título jurídico relevante al aplicar sobre arreglo de límites entre los principio uti possidetis iuris. dos Estados, se reconocerán y respetarán los actuales”. Ello significaba reconocer el estado posesorio del Perú en Tumbes, Jaén y Maynas, territorios entonces bajo su jurisdicción. Límites terrestres con el Ecuador Cronología En 1857, el Ecuador intentó saldar una deuda que tenía con acreedores ingleses, vinculando en sus arreglos territorios peruanos en la Amazonía ubicados en la zona de los ríos Pastaza y Bonbonaza. En 1860 se firma el Tratado de Mapasingue. Ecuador declaró nula la venta de territorios peruanos a los acreedores británicos, reconoció la validez de la Real Cédula de 1802 y el uti possidetis y convino en demarcar sus En 1936 se firma el Acta de Lima a límites, comprometiéndose a integrar través de la cual se fijo una "línea de una comisión bipartita con el Perú. statu quo" en calidad de frontera provisional mutuamente reconocida, tomando como base los territorios que de facto poseía el Perú y el Ecuador. Límites terrestres con el Ecuador Cronología La violación del statu quo de 1936 por el ejército ecuatoriano, a través de una serie de incursiones en la región amazónica, generó Violación del statu quo de como respuesta que el Perú estableciera una línea nutrida de 1936 puestos fronterizos, desencadenando roces y escaramuzas entre fuerzas militares de ambos países. Bloqueo de Guayaquil y ocupación de las provincias de Loja y Conflicto armado entre el Zamora Chinchipe. Perú y el Ecuador - 1941 Límites terrestres con el Ecuador Protocolo de Río de Janeiro, de 29 de enero de 1942 El Protocolo de Río de Janeiro delimita la frontera definitiva entre ambos países. Argentina, Brasil, Chile y Estados Unidos de América asumen el rol de países garantes de la ejecución de dicho tratado. El proceso de demarcación continuó pendiente debido a que el Ecuador sostuvo en 1948 que la demarcación era “inejecutable”, aduciendo presuntas inconsistencias. Ecuador pretendió una nueva negociación que considere no solo la antigua línea de "statu quo“, sino también los supuestos derechos ecuatorianos como "país amazónico" a través de una salida soberana a los ríos Marañón y Amazonas. En 1960, el presidente del Ecuador José María Velasco Ibarra declaró, antes de tomar posesión del cargo, que el Protocolo de Río de Janeiro era nulo Según su postura, el tratado había sido firmado durante la ocupación militar peruana y era ilegal por haber sido suscrito bajo presión (nulidad por coacción al Estado), no obstante haber sido ratificado el 28 de febrero de 1942 por el Congreso de su país después de que las tropas peruanas se retiraran el 12 de febrero de 1942 del territorio del Ecuador. Límites terrestres con el Ecuador Conflicto del Falso Paquisha El conflicto del Falso Paquisha, llamado también Alto Comaina, fue una incursión ilegal ecuatoriana al territorio del Perú, que se inició a finales de enero de 1981 y duró hasta el 21 de febrero de ese año, concretamente, en la vertiente oriental de la Cordillera del Cóndor. Como resultado final, las fuerzas ecuatorianas fueron desalojadas del territorio nacional. Tras la medición de las coordenadas, se comprobó que Inicio del no correspondían a la mencionada Paquisha, sino, Finalmente, en febrero Conflicto: Ecuador como lo calificó el presidente Belaúnde, a un "falso de 1981, se expulsaron alegó que se había Paquisha". Tras las escaramuzas, que motivaron la a las tropas producido una intervención de la Organización de Estados Americanos ecuatorianas de los incursión de un (OEA), el acta Sorrosa-Du Bois fijó las coordenadas de puestos peruanos helicóptero ubicación permitidas para las tropas fronterizas, ocupados en la peruano en ratificando la condición de la mencionada cordillera vertiente oriental de la supuesto territorio como límite natural entre ambos países. Cordillera del Condor ecuatoriano. Límites terrestres con el Ecuador El conflicto del Cenepa (1995) Hechos Los acontecimientos se desencadenaron en enero de 1995, en el lado oriental de la Cordillera del Cóndor, y culminaron en febrero de ese mismo año con la firma de la Declaración de Paz de Itamaraty. Los países garantes (Argentina, Brasil, Chile y Estados Unidos de América) resolvieron que la demarcación de la frontera se basaría en lo establecido por el Protocolo de Río de Janeiro de 1942, así como por el fallo del árbitro Braz Días de Aguiar y los pareceres-opiniones de los expertos nombrados por aquellos. Igualmente, se determinó que la región de Tiwinza, de 20 Km², pertenece al Perú, aunque se entregó 1 km² de Tiwinza en condición de propiedad privada al Ecuador, fundamentalmente para realizar actos conmemorativos no militares. Límites terrestres con el Ecuador Carta de los Presidentes del Perú y del Ecuador al Presidente de Brasil, en su calidad de Coordinador de los Países Garantes del Protocolo de Río de Janeiro, de fecha 8 de octubre de 1998 Carta de respuesta del Presidente de Brasil, Coordinador de los Países Garantes del Protocolo de Rio de Janeiro, de fecha 10 de octubre de 1998 Aprobación por los poderes legislativos del Perú y del Ecuador del procedimiento planteado por los Países Garantes del Protocolo de Río de Janeiro de 1942 para solucionar las discrepancias sobre la demarcación de los tramos pendientes de la frontera terrestre Punto de Vista Vinculante de los Jefes de Estado de los países Garantes del Protocolo de Río de Janeiro, de fecha 13 de octubre de 1998, que contiene los elementos para concluir la fijación en el terreno de la frontera terrestre común Conclusión del “Parecer – Opinión” del Grupo Jurídico – Técnico encargado del sector de la Cordillera del Cóndor (hitos Cunhuime Sur – Hito 20 de noviembre y Cusumasa/Bumbuiza – Yaupi/Santiago) Conclusión del “Parecer – Opinión” del Grupo Jurídico – Técnico encargado del sector Lagartococha Límites terrestres con el Ecuador Acta Presidencial de Brasilia, suscrita por los Presidentes del Perú y del Ecuador, de fecha 26 de octubre de 1998 Compromiso de someter, entre otros, los siguientes acuerdos a los procedimientos de aprobación de derecho interno: Tratado de Comercio y Navegación Acuerdo Amplio Peruano - Ecuatoriano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad (incluye el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza) Acuerdo de Constitución de la Comisión Binacional Peruano-Ecuatoriana sobre medidas de Confianza Mutua y de Seguridad Acuerdo para la Fijación de Medidas para Asegurar el Funcionamiento Eficaz del Canal de Zarumilla Límites marítimos con el Ecuador Acuerdo por intercambio de Notas de contenido idéntico de 2 de mayo de 2011 El Perú y el Ecuador celebraron este tratado en el contexto del diferendo marítimo entre el Perú y Chile (tras la fase escrita y con anterioridad al inicio de la fase oral) El Acuerdo no contiene ninguna referencia a la Declaración de Santiago de 1952 ni al Convenio de 1954. La estrategia peruana consistía en poner en evidencia que no existía previamente un tratado de límites marítimos.