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Las normas son mandatos para que los ciudadanos las ejerzan, sin embargo, no todas las normas son directamente ejecutadas por todas las personas, es decir hay normas que son declarativas cuyo destinatario no está obligado a nada, sólo describen o definen. Históricamente las normas tuvieron sus orÃge...
Las normas son mandatos para que los ciudadanos las ejerzan, sin embargo, no todas las normas son directamente ejecutadas por todas las personas, es decir hay normas que son declarativas cuyo destinatario no está obligado a nada, sólo describen o definen. Históricamente las normas tuvieron sus orÃgenes con la repetición de conductas a que sometÃan las personas y creaban una obligatoriedad y vigencia, sin embargo, en los sistemas o sociedades actuales las normas se plasman en escritos del campo del derecho. https://www.lifeder.com/wpcontent/uploads/2016/06/concepto-normas696x464.jpg Normas JurÃdicas: La norma jurÃdica es un conjunto de reglas que tiene por objeto ordenar y garantizar la vida en sociedad de la persona humana. Los valores que la sustentan son la seguridad y la justicia. Es de carácter imperativo y coercible pues impone deberes y obligaciones que han de ser cumplidos, pudiendo hacer uso de la fuerza en caso de no ser acatada. En concreto, la norma jurÃdica confiere derechos e impone deberes a los individuos de la sociedad. Toda norma jurÃdica debe respetarse por los individuos, ya que, si se incumple puede suponer una sanción. Según Lacruz Bardejo (2009) existen elementos y clases de normas jurÃdicas, revisaremos primeramente los tres elementos constitutivos de la norma jurÃdica: El mandato jurÃdico Ordena un cierto modo de conducta y que se orienta la implantación de un ideal de justicia. El efecto jurÃdico Ejercita las facultades reconocidas por la norma y se cumplen los correspondientes deberes. La sanción Como consecuencia obligada incumplimiento de la norma. del posible Por su parte, las clases de normas jurÃdicas son tres: Normas imperativas y dispositivas Son imperativas en cuanto regulan la edad, capacidad, ausencia es decir situaciones relativas a la persona, se les conoce como normas de derecho necesario; y son dispositivas se conocen como normas de derecho voluntario. 108