Salarios y Beneficios en Ecuador (PDF)
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2016
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Este documento describe los conceptos de salario básico, salario digno, reparto de utilidades, y décimas remuneraciones en Ecuador. Contiene ejemplos de cálculo. Se enfoca en el año 2016 y en el contexto ecuatoriano.
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## ¿Qué debemos saber sobre los salarios? Todo emprendedor debe considerar como parte del presupuesto financiero de su negocio, todos los rubros que integran el pago a sus trabajadores que mes a mes laboran en la empresa que ha creado. Entre los principales rubros a considerar están: - Salario bá...
## ¿Qué debemos saber sobre los salarios? Todo emprendedor debe considerar como parte del presupuesto financiero de su negocio, todos los rubros que integran el pago a sus trabajadores que mes a mes laboran en la empresa que ha creado. Entre los principales rubros a considerar están: - Salario básico - Salario digno - Horas extras - Décima tercera y décima cuarta remuneración - Pago de utilidades - Pago de Fondos de Reserva ### Salario básico unificado Es el ingreso mínimo que recibe un trabajador como derecho a la labor desempeñada durante un mes; cabe resaltar que este ingreso mínimo es ajustado por el Ministerio del Trabajo de forma anual. Por ejemplo, para el año 2016 se ha establecido un salario básico equivalente a 366 USD. ### Salario digno Es producto del resultado de dividir el valor promedio de la canasta básica familiar registrado en el año objeto de cálculo para el número de perceptores familiares que establece el Instituto Nacional de Estadística y Censos. ### Repartición de utilidades a los trabajadores Según las reformas a la legislación laboral ecuatoriana incluidas en la Ley de Justicia Laboral, el pago de utilidades tiene un límite de 24 salarios básicos unificados que para 2016 es de 8 784 USD. Si hay un excedente, en cuanto al pago de utilidades, este será entregado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) con el propósito de contribuir al financiamiento de aquellas prestaciones consideradas como de carácter solidario. Para calcular el valor del monto que recibirán los trabajadores como utilidades, se debe partir de la premisa que estos tienen derecho al 15% de la utilidad generada por la empresa. ### Décima cuarta remuneración Este es un ingreso adicional conocido también como bonificación escolar al que tienen derecho los trabajadores independientemente del cargo o remuneración que reciben. En términos del valor monetario la décimo cuarta remuneración es equivalente al monto del salario básico unificado que, como como se señaló anteriormente, para 2016 es de 366 dólares. Siendo la fecha máxima de pago: 15 de marzo para la Costa y Galápagos, y 15 de agosto para la Sierra y Amazonía. Hay que señalar que, de acuerdo con la Ley de Justicia Laboral, el trabajador puede tomar la decisión de que esta remuneración sea entregada, proporcionalmente, de forma mensual. ### Décima tercera remuneración Es el 100% sobre el valor de la hora laborada en jornada ordinaria. También, con un recargo del 50%, pueden surgir horas extras entre los días regulares de trabajo -lunes a viernes, siempre que no sean considerados como feriados-. ### Ejemplo de cálculo de la décima tercera remuneración | | | **Año 2015** | **Año 2016** | |:---|:---|:---|:---| | **A** | Salario básico unificado mensual | $354,00 | $366,00 | | **B** | Número de horas al mes | 240 horas | 240 horas | | **C** | Valor por hora | $1,48 | $1,53 | | **D** | Valor por hora extra | $2,95 | $3,05 | | **E** | Número de horas extras mensuales | 16 horas | 16 horas | | **F** | Valor de horas extras | $47,20 | $48,80 | | **G** | Remuneración mensual | $401,20 | $414,80 | | **H** | Meses de cálculo | 1 mes | 11 meses | | **I** | Remuneración anual | $401,20 | $4 562,80 | | **J** | Total remuneración anual | | $4 964 | | **K** | Décimo tercero | | $413,67 | ## ¿Cuáles son los beneficios de la afiliación al IESS? Cuando un trabajador es afiliado al IESS, de forma inmediata, empieza a tener derecho a una serie de prestaciones, sobre todo vinculadas al campo de la protección de su salud que, en varios casos, se puede ver afectada por el ejercicio de la actividad laboral para la que ha sido contratado. Entre las principales obligaciones que se debe empezar a cumplir, de manera puntual, desde el momento de la afiliación de un trabajador al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social están: - Pago de aportaciones personales - Pago de aportaciones patronales - Pago de los fondos de reserva ### Aportes patronales Es el pago adicional a la remuneración del trabajador que le corresponde hacer al empleador de forma mensual. Para el caso de los trabajadores del sector privado, que se encuentran en relación de dependencia, el aporte patronal es igual a 11,15%, que debe ser entregado al IESS durante los primeros 15 días de cada mes. De ahí que, este rubro, debe ser parte del presupuesto mensual de los costos y gastos que exige el funcionamiento del negocio que ha sido creado por el emprendedor. ### Aportes personales En cambio, el aporte personal es la contribución que, restando a su remuneración, el trabajador entrega al IESS como parte del mantenimiento de su afiliación. Para los trabajadores del sector privado, que se encuentran en relación de dependencia, el aporte personal es igual a 9,45%; de igual forma que el aporte patronal, debe ser pagado durante los primeros 15 días de cada mes. ### Fondos de Reserva Los Fondos de Reserva son el pago que el empleador está obligado a cancelar luego de un año de servicio del trabajador en el negocio. Este valor puede recibir el trabajador de forma directa -cada mes-conjuntamente con su sueldo o realizar la solicitud respectiva para que estos fondos se vayan acumulando en una cuenta especial en el IESS. Cabe señalar que estos fondos acumulados, luego de 36 aportaciones mensuales o más, podrán ser retirados por el trabajador de forma total o parcial. El valor que el empleador debe pagar mensualmente, por concepto de Fondos de Reserva, es equivalente a la doceava parte de la remuneración que percibe un trabajador. De ahí que, dentro del presupuesto financiero mensual del emprendimiento, el propietario debe incluir a este rubro como parte de la estructura de costos y gastos del negocio.