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Questions and Answers
En el derecho romano clásico, se desarrolló una teoría de la causa en los términos en que actualmente la conocemos.
En el derecho romano clásico, se desarrolló una teoría de la causa en los términos en que actualmente la conocemos.
False (B)
El Derecho Canónico Medieval no tuvo implicaciones en el desarrollo de la teoría de la causa debido a su enfoque en pactos formales sobre la intención.
El Derecho Canónico Medieval no tuvo implicaciones en el desarrollo de la teoría de la causa debido a su enfoque en pactos formales sobre la intención.
False (B)
Domat y Pothier limitaron la generalización de la necesidad de la causa en el antiguo derecho francés a contratos específicos.
Domat y Pothier limitaron la generalización de la necesidad de la causa en el antiguo derecho francés a contratos específicos.
False (B)
La tradición germánica, a diferencia del BGB alemán, reconoce la categoría de la causa en el derecho contractual.
La tradición germánica, a diferencia del BGB alemán, reconoce la categoría de la causa en el derecho contractual.
Según los anticausalistas, la existencia del acto jurídico requiere tanto la voluntad como una causa lícita.
Según los anticausalistas, la existencia del acto jurídico requiere tanto la voluntad como una causa lícita.
La causa eficiente, como elemento generador del efecto, excluye las fuentes de las obligaciones.
La causa eficiente, como elemento generador del efecto, excluye las fuentes de las obligaciones.
Bajo la doctrina francesa clásica, la causa se entiende como la causa ocasional.
Bajo la doctrina francesa clásica, la causa se entiende como la causa ocasional.
Según Betti, la causa es un requisito de la obligación y no del acto jurídico.
Según Betti, la causa es un requisito de la obligación y no del acto jurídico.
En los contratos onerosos, la causa abstracta reside en la gratuidad de las obligaciones recíprocas.
En los contratos onerosos, la causa abstracta reside en la gratuidad de las obligaciones recíprocas.
La doctrina del móvil determinante estructura un concepto de causa con un criterio objetivo, buscando una formulación abstracta de la misma.
La doctrina del móvil determinante estructura un concepto de causa con un criterio objetivo, buscando una formulación abstracta de la misma.
Planiol argumenta que la noción de causa abstracta es esencial para entender las obligaciones, aunque reconoce su complejidad.
Planiol argumenta que la noción de causa abstracta es esencial para entender las obligaciones, aunque reconoce su complejidad.
Capitant vincula la causa con el objeto del contrato en su teoría neocausalista.
Capitant vincula la causa con el objeto del contrato en su teoría neocausalista.
En Francia, la teoría neocausalista fue rechazada, manteniéndose la teoría clásica de la causa.
En Francia, la teoría neocausalista fue rechazada, manteniéndose la teoría clásica de la causa.
El Código Civil francés, a partir del 2016, ha reafirmado la importancia de la causa como requisito esencial del acto jurídico.
El Código Civil francés, a partir del 2016, ha reafirmado la importancia de la causa como requisito esencial del acto jurídico.
Según el Código Civil chileno, la causa se refiere al motivo que impulsa a la obligación.
Según el Código Civil chileno, la causa se refiere al motivo que impulsa a la obligación.
En Chile, la pura liberalidad no se considera causa suficiente en los contratos.
En Chile, la pura liberalidad no se considera causa suficiente en los contratos.
En Chile, el criterio que se adopta en materia de causa es objetivo.
En Chile, el criterio que se adopta en materia de causa es objetivo.
Según la doctrina ecléctica, la causa de la obligación sigue el criterio subjetivo.
Según la doctrina ecléctica, la causa de la obligación sigue el criterio subjetivo.
Según la doctrina unitaria, la licitud radica en lo que la lleve a celebrar el acto o contrato, justifica la existencia de la obligación contraída.
Según la doctrina unitaria, la licitud radica en lo que la lleve a celebrar el acto o contrato, justifica la existencia de la obligación contraída.
En la relación entre la causa y el error, la regla general es que el error sobre los motivos es relevante para la validez.
En la relación entre la causa y el error, la regla general es que el error sobre los motivos es relevante para la validez.
Si la fuerza o el dolo vician el consentimiento es porque constituyen el motivo accesorio o complementarios del acto , esto es la causa ilícita.
Si la fuerza o el dolo vician el consentimiento es porque constituyen el motivo accesorio o complementarios del acto , esto es la causa ilícita.
Se falta la causa, si existe un motivo real que induzca a la celebración del acto jurídico simulado.
Se falta la causa, si existe un motivo real que induzca a la celebración del acto jurídico simulado.
La ley no sanciona que todo acto jurídico tiene una causa, y que la causa es lícita.
La ley no sanciona que todo acto jurídico tiene una causa, y que la causa es lícita.
Según que la causa se tome en cuenta o no al constituirse los actos jurídicos, éstos se clasifican en causales, que la causa no es un elemento esencial, y abstractos.
Según que la causa se tome en cuenta o no al constituirse los actos jurídicos, éstos se clasifican en causales, que la causa no es un elemento esencial, y abstractos.
En un acto abstracto presupone una obligación que no tiende precisamente a satisfacer o reforzar.
En un acto abstracto presupone una obligación que no tiende precisamente a satisfacer o reforzar.
La fianza es actos contractual en la legislación chilena.
La fianza es actos contractual en la legislación chilena.
La ley le impide a algún sujeto en concreto tener la intensión del fraude a la ley.
La ley le impide a algún sujeto en concreto tener la intensión del fraude a la ley.
Las formalidades se definen como aquellos requisitos que dicen relación con la forma o aspecto externo del acto jurídico, solo su contenido.
Las formalidades se definen como aquellos requisitos que dicen relación con la forma o aspecto externo del acto jurídico, solo su contenido.
Un acto solemne puede probarse a través de cualquier prueba o medio de convicción.
Un acto solemne puede probarse a través de cualquier prueba o medio de convicción.
Si no se cumple con solemnidades habilitantes, el acto siempre producirá sus efectos, puede ser impugnable.
Si no se cumple con solemnidades habilitantes, el acto siempre producirá sus efectos, puede ser impugnable.
La falta de publicidad-noticia sólo tiene responsabilidad siempre y cuando haya un daño económico.
La falta de publicidad-noticia sólo tiene responsabilidad siempre y cuando haya un daño económico.
Si se omite la solemnidad requerida para la validez del acto, el acto es inexistente, pero con un trámite posible por la inoponibilidad .
Si se omite la solemnidad requerida para la validez del acto, el acto es inexistente, pero con un trámite posible por la inoponibilidad .
Un acto produce efectos para el autor, no puede trascender a terceros.
Un acto produce efectos para el autor, no puede trascender a terceros.
Si la cosa ya fue cedida hay efectos directos a terceros.
Si la cosa ya fue cedida hay efectos directos a terceros.
La causa del acto jurídico está destinada a crear, disminuir relaciones jurídicas .
La causa del acto jurídico está destinada a crear, disminuir relaciones jurídicas .
Si hay una situación y una obligaciones legales lo que se necesita la conformidad a lo que se somete.
Si hay una situación y una obligaciones legales lo que se necesita la conformidad a lo que se somete.
El código establece o no inexistencia es una elección al no estar reconocido.
El código establece o no inexistencia es una elección al no estar reconocido.
La inexistencia puede transferir la validez a distintos patrimonios patrimoniales.
La inexistencia puede transferir la validez a distintos patrimonios patrimoniales.
En lo que se refiere al objeto ilícito, está permitido celebrar la parte ilícita del contenido para aprovechar la otra parte.
En lo que se refiere al objeto ilícito, está permitido celebrar la parte ilícita del contenido para aprovechar la otra parte.
La teoría de existenciática es extraordinaria.
La teoría de existenciática es extraordinaria.
En estricto rigor, la herencia son terceros en relación con los actos jurídicos por un causante de vida.
En estricto rigor, la herencia son terceros en relación con los actos jurídicos por un causante de vida.
La recisión puede ser sobre escritos o derecho cuando a ambos se le aplica, si ambos quieren.
La recisión puede ser sobre escritos o derecho cuando a ambos se le aplica, si ambos quieren.
En el derecho romano clásico, la teoría de la causa se desarrolló completamente en los términos en que la conocemos actualmente.
En el derecho romano clásico, la teoría de la causa se desarrolló completamente en los términos en que la conocemos actualmente.
Durante el Derecho Canónico Medieval, la aceptación de los pactos desnudos no requirió perfilar una teoría que justificase la fuerza obligatoria de las declaraciones de voluntad.
Durante el Derecho Canónico Medieval, la aceptación de los pactos desnudos no requirió perfilar una teoría que justificase la fuerza obligatoria de las declaraciones de voluntad.
Domat y Pothier se conocen por haber limitado la necesidad de la causa en el antiguo derecho francés.
Domat y Pothier se conocen por haber limitado la necesidad de la causa en el antiguo derecho francés.
En la tradición germánica se mantuvo la categoría de causa, influyendo en el BGB alemán.
En la tradición germánica se mantuvo la categoría de causa, influyendo en el BGB alemán.
Los anticausalistas postulan que la voluntad y la forma son suficientes para la existencia del acto jurídico.
Los anticausalistas postulan que la voluntad y la forma son suficientes para la existencia del acto jurídico.
La causa ocasional se refiere al resultado final de un contrato, según la teoría de Lyon Puelma.
La causa ocasional se refiere al resultado final de un contrato, según la teoría de Lyon Puelma.
La causa eficiente es sinónimo de buena fe contractual.
La causa eficiente es sinónimo de buena fe contractual.
La causa final es variable para cada acto, dependiendo de las motivaciones individuales.
La causa final es variable para cada acto, dependiendo de las motivaciones individuales.
La causa ocasional es el fin lejano y variable de un acto, de carácter estrictamente personal y psicológico.
La causa ocasional es el fin lejano y variable de un acto, de carácter estrictamente personal y psicológico.
La doctrina francesa clásica entiende la causa como la intención libre de las partes.
La doctrina francesa clásica entiende la causa como la intención libre de las partes.
Según Domat, en los contratos gratuitos la causa es el motivo racional y justo en que se funda la obligación.
Según Domat, en los contratos gratuitos la causa es el motivo racional y justo en que se funda la obligación.
Betti sostenía que la causa es la función económica-social que el derecho restaura a un acto jurídico.
Betti sostenía que la causa es la función económica-social que el derecho restaura a un acto jurídico.
Según Betti, si el acto jurídico es innominado, se presume su licitud.
Según Betti, si el acto jurídico es innominado, se presume su licitud.
La teoría concreta de la causa se centra en la reglamentación típica de cada contrato.
La teoría concreta de la causa se centra en la reglamentación típica de cada contrato.
La doctrina del móvil determinante rechaza un concepto subjetivo de la causa.
La doctrina del móvil determinante rechaza un concepto subjetivo de la causa.
Según Planiol, los actos necesitan tener causa, y las obligaciones también.
Según Planiol, los actos necesitan tener causa, y las obligaciones también.
Capitant vincula la causa con el interés económico que se aspira satisfacer con la compraventa.
Capitant vincula la causa con el interés económico que se aspira satisfacer con la compraventa.
En Francia, la causa fue eliminada como requisito del acto jurídico en 2016.
En Francia, la causa fue eliminada como requisito del acto jurídico en 2016.
El Código Civil chileno define la causa como el propósito de celebrar un contrato.
El Código Civil chileno define la causa como el propósito de celebrar un contrato.
Según el Código Civil chileno, la pura beneficencia nunca es causa suficiente para una obligación.
Según el Código Civil chileno, la pura beneficencia nunca es causa suficiente para una obligación.
En Chile, la ley presume que todo acto jurídico no tiene causa y que esta sea ilícita.
En Chile, la ley presume que todo acto jurídico no tiene causa y que esta sea ilícita.
El error en el motivo de un contrato siempre invalida el acto, sin excepciones.
El error en el motivo de un contrato siempre invalida el acto, sin excepciones.
Si la fuerza vicia el consentimiento, la causa será lícita.
Si la fuerza vicia el consentimiento, la causa será lícita.
La sanción por causa ilícita es la nulidad relativa.
La sanción por causa ilícita es la nulidad relativa.
La simulación es la creencia errada de que existe una obligación válida.
La simulación es la creencia errada de que existe una obligación válida.
Si el juez determina la causa ilícita del contrato, no es necesario probarlo.
Si el juez determina la causa ilícita del contrato, no es necesario probarlo.
Los actos causales deben tener una causa esencial para su perfeccionamiento.
Los actos causales deben tener una causa esencial para su perfeccionamiento.
Si la causa de un acto abstracto es ilícita, el acto sigue siendo válido y eficaz.
Si la causa de un acto abstracto es ilícita, el acto sigue siendo válido y eficaz.
Un contrato abstracto sólo puede hacerse valer entre las partes de dicha relación a terceros de buena fé.
Un contrato abstracto sólo puede hacerse valer entre las partes de dicha relación a terceros de buena fé.
En Chile, y por regla general, sólo el legislador puede establecer actos abstractos.
En Chile, y por regla general, sólo el legislador puede establecer actos abstractos.
Flashcards
¿Teoría de la causa en el derecho romano clásico?
¿Teoría de la causa en el derecho romano clásico?
En el derecho romano clásico no se desarrolló una teoría de la causa debido a que los contratos eran típicos y el fundamento de la obligatoriedad se encontraba en la observancia de la formalidad o en la entrega de la cosa.
¿Doctrinas sobre la causa que conviven actualmente?
¿Doctrinas sobre la causa que conviven actualmente?
La doctrina anticausalista y la causalista.
¿Qué señalan los causalistas?
¿Qué señalan los causalistas?
Los causalistas señalan que el acto jurídico requiere una causa como supuesto esencial para su existencia, y que la causa debe ser lícita para que el acto jurídico sea válido.
¿Qué postulan los anticausalistas?
¿Qué postulan los anticausalistas?
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Causa eficiente
Causa eficiente
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Causa final
Causa final
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Causa ocasional
Causa ocasional
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En la doctrina francesa clásica de la causa, ¿qué tiene causa?
En la doctrina francesa clásica de la causa, ¿qué tiene causa?
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En la teoría concreta de la causa, ¿qué es la causa?
En la teoría concreta de la causa, ¿qué es la causa?
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¿Qué es la causa según la doctrina del móvil determinante?
¿Qué es la causa según la doctrina del móvil determinante?
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En contratos gratuitos, ¿cuándo se anula por causa ilícita?
En contratos gratuitos, ¿cuándo se anula por causa ilícita?
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En contratos onerosos, ¿cuándo se anula por causa ilícita?
En contratos onerosos, ¿cuándo se anula por causa ilícita?
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¿Qué plantea la doctrina anticausalista?
¿Qué plantea la doctrina anticausalista?
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¿Qué vinculan los partidarios de la teoría neocausalista?
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¿Qué es la causa para Lyon Puelma?
¿Qué es la causa para Lyon Puelma?
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¿Qué ocurrió en Francia en 2016 con respecto a la causa?
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¿Qué señala el artículo 1467 del Código Civil?
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¿Qué se entiende por causa y causa ilícita según el artículo 1467?
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¿Qué presume la ley respecto a la causa?
¿Qué presume la ley respecto a la causa?
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¿Con qué sanciona el Código Civil la causa ilícita?
¿Con qué sanciona el Código Civil la causa ilícita?
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¿Qué son los actos causales?
¿Qué son los actos causales?
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¿Qué son los actos abstractos?
¿Qué son los actos abstractos?
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¿Qué presupone todo acto abstracto?
¿Qué presupone todo acto abstracto?
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¿Quién puede establecer actos abstractos?
¿Quién puede establecer actos abstractos?
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¿Cuáles son ejemplos de actos abstractos en la legislación chilena?
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¿Qué es el fraude a la ley?
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¿todo mandatario esta apoderado?
¿todo mandatario esta apoderado?
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Study Notes
Teoría del Acto Jurídico: La Causa
- La causa es un elemento esencial del acto jurídico que justifica la existencia de las obligaciones contraídas.
Evolución Histórica
- En el derecho romano clásico, no se desarrolló una teoría de la causa debido a la formalidad y entrega de la cosa como fundamento de obligatoriedad.
- Durante el Derecho Canónico Medieval, se justificó la fuerza obligatoria de las declaraciones de voluntad requiriendo una causa justificada para los pactos desnudos (acuerdos sin formalidades).
- En el antiguo derecho francés, Domat y Pothier generalizaron la necesidad de la causa, centrándose en la causa objetiva de la obligación.
- En la tradición germánica, se prescindió de la causa, sin reconocimiento en el BGB (Código Civil alemán).
- Actualmente conviven las doctrinas anticausalista y causalista.
Conceptos Generales
- Causalistas señalan una causa como un requisito esencial para la existencia del acto jurídico, la cual debe ser lícita.
- Anticausalistas postulan que para la existencia del acto jurídico basta la voluntad y el objeto.
- Algunos causalistas se refieren a la causa de la obligación, mientras que otros a la causa del acto o contrato.
Acepciones sobre la Causa
- Causa eficiente es el elemento generador del efecto; las fuentes de las obligaciones son su causa eficiente, como el acto jurídico mismo.
- Causa final es el fin inmediato e invariable de un acto, idéntica para todos los actos de la misma especie, como otorgar un bien a cambio de dinero en la compraventa.
- Causa ocasional es el fin lejano y variable de un acto, de carácter estrictamente personal y psicológico, como vivir en una casa comprada.
Doctrina Francesa Tradicional o Clásica
- La causa se entiende como la causa final, según Bartolo y los posglosadores.
- Las obligaciones, no los actos y contratos, son los que tienen causa.
- Hay un criterio objetivo y abstracto, sin considerar motivos personales para contratar.
- En los contratos bilaterales, la causa es la obligación recíproca de la contraparte.
- En los contratos reales, la causa es la anterior entrega de la cosa a restituir.
- En los contratos gratuitos, Domat definió la causa como el motivo racional y justo, como un servicio prestado.
- En los contratos gratuitos, Pothier estableció que la causa se basa en la intención liberal.
Doctrina Italiana
- Causa abstracta (Betti) es la función económico-social que el derecho reconoce a un acto jurídico.
- La causa es un requisito del acto jurídico, no de la obligación.
- En contratos onerosos, es el intercambio de prestación y contraprestación.
- En actos nominados, se presume la licitud de la causa; en actos innominados, lo apreciará el juez.
- Causa concreta es el interés a cuya satisfacción se dirige la ejecución del contrato.
- Se distingue de los motivos, que son externos a la protección del contrato.
- Se debe atender a la reglamentación típica, negociación, estipulaciones y circunstancias que revelen los intereses a satisfacer.
Doctrina del Móvil o Motivo Determinante
- La causa es el motivo determinante que impulsa a celebrar un acto jurídico.
- La causa se determina en concreto, rechazando un concepto abstracto.
- Se analiza el acto jurídico, no las obligaciones que genera.
- El móvil ilícito puede invalidar el acto y en contratos gratuitos basta el móvil ilícito en el autor de la liberalidad.
- En los contratos onerosos, el móvil ilícito debe ser compartido o al menos conocido por la otra parte.
Doctrina Anticausalista
- Planiol plantea que la noción de causa abstracta es falsa e inútil.
- Los actos y las obligaciones no necesitan tener causa.
- Falsedad de la causa abstracta según Planiol:
- Contratos bilaterales: las obligaciones nacen al mismo tiempo.
- Contratos reales: la entrega de la cosa es un requisito esencial.
- Contratos gratuitos: se confunde la causa con los motivos.
- Inutilidad de la causa abstracta:
- Contratos bilaterales: la causa se reemplaza por el objeto de la obligación.
- Contratos reales: la falta de entrega impide que el contrato se perfeccione.
- Contratos gratuitos: la falta de intención liberal es falta de consentimiento.
- En la práctica, la ilicitud de la causa se confunde con la ilicitud del objeto.
Doctrina Neocausalista
- Capitant vincula la causa con el interés jurídico y económico a satisfacer con la ejecución del contrato.
- En contratos bilaterales, la causa se explica en función de la situación jurídica alcanzada, no solo por obligaciones reciprocas.
- Lyon Puelma define la causa como el resultado final derivado de la ejecución del contrato y la situación jurídica que lo ampara.
Evolución de la Doctrina y Jurisprudencia en Francia
- Inicialmente con la teoría clásica, luego con la neocausalista que vincula la causa al interés.
- La causa es un interés jurídico y económico que se presenta como el resultado de la obligación.
- Capitant incluye en la causa la efectiva realización del fin perseguido.
- Desde 2016 el Código Civil francés eliminó la causa como requisito del acto jurídico.
La Teoría de la Causa en el Código Civil
- El Artículo 1445 exige una causa lícita para obligarse..
- El Artículo 1467 establece que no puede haber obligación sin causa real y lícita, con la liberalidad siendo causa suficiente, definiendo causa como el motivo que induce al acto o contrato.
- El Artículo 1468 indica que no podrá repetirse lo que se haya dado o pagado por un objeto o causa ilícita a sabiendas.
Interpretaciones sobre el Objeto de la Causa
- Algunos sostienen que la causa se refiere a la obligación.
- Otros argumentan que la causa se refiere al acto o contrato.
Criterio Adoptado en Materia de Causa (Objetivo o Subjetivo)
- Algunos sostienen que el Código sigue el criterio objetivo basado en la doctrina clásica.
- Otros apoyan el criterio subjetivo basándose en la definición legal como el motivo.
Doctrina Ecléctica (Vial)
- Distingue entre la causa del acto o contrato y la causa de la obligación.
- Causa del acto o contrato: el motivo que induce a su celebración (criterio subjetivo).
- Causa de la obligación: abstracta e idéntica para cada categoría de contrato (criterio objetivo).
Doctrina Unitaria (Autores Recientes)
- Defienden una noción unitaria de causa que justifica tanto validez como existencia del acto.
Relaciones de la Causa con Otros Aspectos del Acto Jurídico
- Error-motivo: Representación falsa de la sustancia u objeto del contrato.
- Error sobre los motivos: Inexacta representación de las razones personales.
- La regla general es que el error en es irrelevante para la validez con algunas excepciones.
- En el caso de la fuerza o el dolo es porque constituyen el motivo determinante del acto, y como esta causa no se conforma con el derecho, es causa ilícita.
Causa Real y Lícita
- El Artículo 1467 establece causa real y lícita la cual puede faltar en losactos simulados o en actos con creencia errada sobre una obligación.
Obligación del Juez con la Causa Real y Lícita
- Debe procurar la la falta de la misma.
Sanciones por Falta de Causa o Causa Ilícita
- El acto donde la causa falta es inexistente o nulo absolutamente.
- El Código Civil castiga expresamente con Artículo 1682).
Actos Causales y Actos Abstractos
- Causales deben concurrir como requisito esencial con causal cuando falta o es ilícita, el acto adolece nullato absoluto y no produce efecto alguno
- Abstractos si bien existe una causa, el mismo no se toma en cuenta por su complemento ni requisito esencial; se perfeccionan y funcionan parados o abstraídos de la causa, desvinculados de la miento la causa o bien ésta se ilícita, el acto quedara válida de las personas.
La Ley que esta relación Fundamental en la relación entre actos
- Los actos que todo abstracto deben servir para reforzar o asegurar relación existente.
- Los actos abstractos los va la analizar se puede hacer entre el acto que se tiene y la persona a la buena fe:
- Los actos que tiene el poder para ser declarado no pueden alegarse con buenas intenciones por la misma vulnerabilidad de seguridad en el la propia razón de ser.
Actos Fraudulentos en contra de la Ley
- Se va afectar si dentro a dentro para la cual hacer algo que no se ordenar a través de su actos.
- Tener que se unan los actos fraudulentos con buenas intenciones para con a con lleva un acto fraudulentos.
- Los actos que lleven a que aparejan se va tener la solución y bien la causa ilícita el fraude esta permitido por la ley.
- El fraude tiene que ver con un conjunto de actos con con intención pero que al final se burla el la ley.
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