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Questions and Answers
¿Qué aspecto garantiza el principio de universalidad dentro del SGSSS?
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¿Cómo se define la solidaridad en el contexto del SGSSS?
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¿Qué garantiza el derecho irrenunciable a la seguridad social establecido en la Ley 100?
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¿Cuál es la función de la participación de la comunidad en el SGSSS?
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¿Qué significa el principio de integralidad en el SGSSS?
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¿Qué papel desempeña el Estado en relación con el Sistema General de Seguridad Social en Salud?
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¿Cuál es la función principal de las Entidades Promotoras de Salud (EPS)?
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¿Qué deben hacer las EPS en relación a los grupos no cubiertos por la Seguridad Social?
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¿Cómo deben actuar las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud según la Ley 100?
¿Cómo deben actuar las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud según la Ley 100?
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Study Notes
El Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS)
- El SGSSS, establecido por la Ley 100 de 1993, busca ofrecer atención en salud de forma integral a todos los ciudadanos, promoviendo el bienestar individual y la cohesión social.
Principios del SGSSS
- Eficiencia: Uso óptimo de los recursos.
- Universalidad: Protección para todos sin discriminación.
- Solidaridad: Ayuda mutua dentro de la sociedad.
- Integralidad: Cobertura total ante contingencias que afectan la salud.
- Unidad: Articulación de políticas y procedimientos.
- Participación: Involucramiento de los beneficiarios en la gestión y control del sistema.
Obligaciones del Estado
- El Estado debe garantizar el derecho irrenunciable a la Seguridad Social para todos los habitantes.
- Es responsable de dirigir, coordinar y controlar el servicio público de salud.
- Debe facilitar la afiliación a personas sin vínculo laboral o capacidad de pago.
Prestaciones del SGSSS
- Protección integral: Atención en salud que abarca educación, promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.
- Calidad: Servicios oportunos, eficientes y con estándares profesionales.
- Libre elección: Permite a los usuarios elegir entre entidades promotoras de salud (EPS) e instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS).
- Autonomía de las IPS: Tienen personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
- Descentralización administrativa: Organización del sistema de salud a nivel nacional, seccional, distrital y local.
- Participación social: Vigilancia comunitaria sobre las entidades del sistema, incluyendo la participación de usuarios en las juntas directivas de las entidades públicas.
Fines del SGSSS
- Garantizar el cumplimiento de los principios de la Constitución.
- Afianzar la Seguridad Social en Salud como derecho social obligatorio.
- Desarrollar las responsabilidades de dirección, coordinación, vigilancia y control del SGSSS.
- Administrar los recursos de subsidio para la población más vulnerable.
- Inspeccionar y vigilar la aplicación de normas técnicas y administrativas del Ministerio de Salud.
- Asegurar el cumplimiento de las normas sobre pasivo prestacional de los trabajadores de la salud.
Entidades Promotoras de Salud (EPS)
- Administran el Plan de Salud Obligatorio (POS) y gestionan la diferencia entre ingresos por cotizaciones y Unidades de Pago por Capitación (UPC).
- Son responsables de la afiliación, registro y recaudo de cotizaciones.
- Facilitan el acceso a servicios de salud para afiliados y sus familias en todo el país.
- Informan al Fondo de Solidaridad sobre afiliaciones, novedades laborales y pagos de servicios.
- Controlan la calidad y eficiencia de los servicios prestados por las IPS.
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS)
- Ofrecen atención en salud a afiliados y beneficiarios.
- Deben basarse en principios de calidad y eficiencia.
- Fomentan la libre competencia ofreciendo información oportuna y veraz a los usuarios.
- Se prohíben los acuerdos que limiten o distorsionen la libre competencia en el mercado de servicios de salud.
Empresas Sociales del Estado
- Son entidades públicas descentralizadas con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa.
- Tienen como objetivo ofrecer servicios de salud como parte del servicio público.
Régimen Contributivo
- Regula la afiliación al SGSSS mediante el pago de una cotización.
- La cotización obligatoria no puede exceder el 12% del salario base de cotización.
- Dos tercios de la cotización son responsabilidad del empleador y un tercio corresponde al trabajador.
Régimen Subsidiado
- Regula la afiliación de individuos al SGSSS con una cotización subsidiada mediante recursos fiscales o de solidaridad.
- Financia la atención en salud de las personas pobres y vulnerables.
- Sus condiciones de operación las determina el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
Beneficiarios del régimen subsidiado
- Incluye a la población pobre y vulnerable según lo estipulado en el artículo 157 de la Ley 100 de 1993.
Financiamiento del régimen subsidiado
- Proviene de diversas fuentes, incluyendo:
- Recursos fiscales.
- Recursos de solidaridad.
- Aportes de entes territoriales.
- Aportes de organismos internacionales.
- Aportes de entidades privadas.
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Description
Este cuestionario aborda el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) según la Ley 100 de 1993. Se explorarán sus principios fundamentales, las obligaciones del Estado y las prestaciones ofrecidas. Ideal para quienes deseen comprender mejor este sistema de salud vital.