6 Questions
¿Qué deben hacer los directores, jefes de oficinas asesoras, comandantes de región y demás mencionados en el artículo 75?
Identificar y aplicar medidas para afrontar las amenazas y dar respuesta adecuada a las manifestaciones de inseguridad
¿Qué debe hacerse en caso de situaciones de desastres y calamidad pública?
Actuar según lo dispuesto en el Catálogo de Procesos y Procedimientos de la Policía Nacional
¿Quiénes son los responsables de la seguridad operativa en las unidades policiales?
Los directores, jefes de oficinas asesoras, comandantes de región y demás mencionados en el artículo 75
¿Qué deben hacer los directores y otros funcionarios en cuanto a los sistemas de protección física?
Ejercer control y supervisión
¿Qué es lo que se institucionaliza en este Reglamento?
Los servicios prestados por la Policía Nacional
¿Cuáles son los comités responsables de la atención y prevención de desastres?
El Comité Regional para la Atención y Prevención de Desastres —CREPAD— y el Comité Local para Atención y Prevención de Desastres —CLOPAD—
Study Notes
Seguridad Operativa
- Los directores, jefes de oficinas asesoras, comandantes de región, policías metropolitanas, departamentos de policía y directores de escuela deben identificar y aplicar medidas para afrontar amenazas y responder a manifestaciones de inseguridad en sus unidades.
- Estas medidas deben ser aplicadas en el marco de la ley y los reglamentos.
Coordinación ante Situaciones de Desastres y Calamidad Pública
- Se actuará según lo dispuesto en el Catálogo de Procesos y Procedimientos de la Policía Nacional.
- Se actuará según lo dispuesto en el Comité Regional para la Atención y Prevención de Desastres —CREPAD— y el Comité Local para Atención y Prevención de Desastres —CLOPAD— o quienes hagan sus veces.
Protección Física
- Los directores, jefes de oficinas asesoras, comandantes de región, policías metropolitanas, departamentos de policía y directores de escuela deben ejercer control y supervisión a la instalación y funcionamiento de los sistemas de protección física de las unidades policiales.
- La protección física se refiere a la instalación y funcionamiento de sistemas de seguridad en las unidades policiales.
Identificar y aplicar medidas para afrontar amenazas y responder a manifestaciones de inseguridad en unidades policiales y de emergencia, según la ley y los reglamentos.
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