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Questions and Answers
¿Qué organismo se encarga de presentar la queja dentro del plazo de veinte (20) días hábiles contra la SUNAT?
¿Qué organismo se encarga de presentar la queja dentro del plazo de veinte (20) días hábiles contra la SUNAT?
¿Qué no se computará dentro del plazo para resolver las quejas?
¿Qué no se computará dentro del plazo para resolver las quejas?
¿Qué puede presentar cualquier parte al Tribunal Fiscal hasta la fecha de emisión de la resolución?
¿Qué puede presentar cualquier parte al Tribunal Fiscal hasta la fecha de emisión de la resolución?
¿Cuál es el plazo establecido para que el Ministro de Economía y Finanzas resuelva quejas contra el Tribunal Fiscal?
¿Cuál es el plazo establecido para que el Ministro de Economía y Finanzas resuelva quejas contra el Tribunal Fiscal?
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¿Qué procedimiento debe seguir el Tribunal Fiscal en la vía de queja cuando la deuda tributaria está en cobranza coactiva?
¿Qué procedimiento debe seguir el Tribunal Fiscal en la vía de queja cuando la deuda tributaria está en cobranza coactiva?
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Study Notes
Quejas ante el Tribunal Fiscal
- Las quejas se presentan por actuaciones o procedimientos que violen el Código Tributario, la Ley General de Aduanas, su reglamento y disposiciones administrativas aduaneras, así como otras normas de competencia del Tribunal Fiscal.
- La Oficina de Atención de Quejas del Tribunal Fiscal tiene un plazo de 20 días hábiles para resolver quejas contra la SUNAT.
- El Ministro de Economía y Finanzas tiene un plazo de 20 días hábiles para resolver quejas contra el Tribunal Fiscal.
- El plazo para resolver no incluye el tiempo que el Tribunal Fiscal o la parte queja solicitan para obtener información.
- Las partes pueden presentar documentación y alegatos hasta la fecha de emisión de la resolución.
- La Administración Tributaria notifica conjuntamente la orden de pago y la resolución de ejecución coactiva.
- El Tribunal Fiscal puede pronunciarse sobre la validez de las notificaciones y resoluciones de la Administración Tributaria en caso de cobranza coactiva de la deuda tributaria en queja.
- La referencia RTF Nº 1380-1-2006 es de observancia obligatoria.
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Description
Este cuestionario explora el proceso de presentación de quejas ante el Tribunal Fiscal. Se analizan los plazos de resolución y las competencias del Tribunal en relación con la Administración Tributaria y la SUNAT. Además, se incluyen detalles sobre la documentación y los alegatos que se pueden presentar.