Ley Provincial de Educación: Buenos Aires

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Questions and Answers

¿Qué principio no está contemplado en el Artículo 3 de la Ley Provincial de Educación para la política del Estado?

  • Reafirmar la soberanía e identidad nacional.
  • Fortalecer el desarrollo económico-social sustentable de la Provincia en la Nación.
  • Garantizar la igualdad salarial para los educadores. (correct)
  • Profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática y republicana.

Según el Artículo 5 de la Ley Provincial de Educación, ¿quién tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y supervisar la educación?

  • La Dirección General de Cultura y Educación. (correct)
  • Las confesiones religiosas reconocidas oficialmente.
  • Las organizaciones de la sociedad civil.
  • Los municipios de la provincia.

¿Cuál es el propósito del Artículo 8 de la Ley Provincial de Educación con respecto al acceso a la información y al conocimiento?

  • Priorizar el acceso a la información para los funcionarios del gobierno provincial.
  • Garantizar el acceso de todos los habitantes a la información y el conocimiento como instrumentos centrales para el desarrollo económico y justicia social. (correct)
  • Restringir el acceso al conocimiento a aquellos que contribuyan económicamente al Estado.
  • Limitar el acceso a la información a los estudiantes de bajos recursos.

Según el Artículo 12, ¿qué tipo de tratados o acuerdos no suscribirá la Provincia en materia educativa?

<p>Tratados que promuevan la educación como un servicio lucrativo o un bien transable. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué asegura el Artículo 14 de la Ley Provincial de Educación con respecto a los trabajadores de la educación?

<p>Que las modificaciones derivadas de la aplicación de la ley no afectarán los derechos laborales. (D)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo al Artículo 16, ¿qué aspecto de la formación ciudadana NO se destaca como un fin de la política educativa provincial?

<p>Individualismo competitivo. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué busca el Artículo 17 de la Ley Provincial de Educación en cuanto a la administración del Sistema Educativo?

<p>Garantizar el acceso a la educación en todos sus Ámbitos, Niveles y Modalidades. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 20, ¿a partir de qué edad es obligatoria la educación en todo el territorio provincial?

<p>Cuatro (4) años. (C)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con el Artículo 24, ¿cuál es la duración de la Educación Primaria?

<p>Seis años. (C)</p> Signup and view all the answers

¿Qué garantiza el Estado provincial según el Artículo 26 en relación con el Nivel Inicial?

<p>La universalización del Nivel, entendida como la obligación de asegurar su provisión y regular su funcionamiento. (A)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 29, ¿en qué lugares pueden realizarse las prácticas educativas, además de las escuelas?

<p>En empresas de la economía formal, informal y social, en organismos estatales y en organizaciones de la sociedad civil. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es la principal finalidad del Nivel de Educación Superior según el Artículo 30?

<p>Proporcionar formación docente y técnica con un abordaje humanístico, artístico y científico. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 35, ¿qué se busca jerarquizar y revalorizar como factor central y estratégico del mejoramiento de la calidad de la educación?

<p>La formación docente. (B)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 37, ¿qué comprende la Educación Artística?

<p>La formación en los distintos lenguajes y disciplinas del Arte, entre ellos danza, artes visuales, teatro, música, multimedia, audiovisual y otras que pudieran conformarse. (A)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con el Artículo 39, ¿cuál es la principal responsabilidad de la Educación Especial?

<p>Garantizar la integración de los alumnos con discapacidades en todos los Niveles (B)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 41, ¿qué garantiza la Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional?

<p>El derecho a la educación a lo largo de toda la vida, posibilitando cumplir la obligatoriedad escolar y la continuidad de la formación integral. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 43, ¿qué busca fortalecer la Psicología Comunitaria y Pedagogía Social dentro del espacio escolar?

<p>Los vínculos que humanizan la enseñanza y el aprendizaje, promueven y protegen el desarrollo de lo educativo. (A)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con el Artículo 44, ¿qué busca la Educación Intercultural en articulación con la Educación común?

<p>Impulsar una perspectiva pedagógica intercultural resaltando derechos, contenidos y prácticas que distinguen procesos interculturales (C)</p> Signup and view all the answers

¿Qué aspecto NO se menciona como un objetivo de la Educación Ambiental según el Artículo 45?

<p>Segregar a los alumnos según su conciencia ambiental. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 46, ¿qué combinan los ámbitos de desarrollo de la educación?

<p>La atención y el reconocimiento particular a los miembros de la comunidad y el cumplimiento de la escolaridad obligatoria. (A)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con el Artículo 50, ¿qué se garantiza a través de la Educación en Contextos de Encierro?

<p>El cumplimiento de la escolaridad obligatoria de forma adecuada a las necesidades y particularidades de las personas. (A)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 54, ¿cómo se caracteriza la relación entre el docente y el alumno en la Educación en Ámbitos Virtuales?

<p>Se encuentra separada en el tiempo y/o en el espacio durante todo o parte del proceso educativo. (A)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 56, ¿quién ejerce la administración del Sistema Educativo Provincial?

<p>El Poder Ejecutivo Provincial a través de la Dirección General de Cultura y Educación. (D)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con el Artículo 58, ¿sobre qué base se organiza el Sistema Educativo Provincial?

<p>Regiones educativas. (B)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 60, ¿qué función NO corresponde a los Tribunales de Clasificación descentralizados en cada Región Educativa?

<p>Resolver en última instancia los asuntos que deba resolver el órgano central. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Qué se busca difundir de acuerdo al Artículo 62 en materia cultural?

<p>Las expresiones culturales de nuestro pueblo, enfatizando los valores nacionales y reafirmando la identidad bonaerense. (B)</p> Signup and view all the answers

Además de directivos y docentes ¿qué otros miembros componen la comunidad educativa, según el Artículo 63?

<p>Madres y/o tutores, niños, adolescentes, jóvenes y adultos, ex alumnos, personal administrativo y auxiliar de la docencia. (B)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 65, ¿qué se debe respetar al definir el proyecto educativo de una institución?

<p>Los principios y objetivos enunciados en la ley provincial de educacion y la legislación vigente. (A)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 66, ¿qué requisito debe reunir el Director General de Cultura y Educación?

<p>Reunir los requisitos exigidos para ser Senador y ser idóneo para la gestión educativa. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 69 ¿Cuál de las siguientes competencias del Director General de Cultura y Educación no es delegable?

<p>Nombrar, promover y remover al personal. (B)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 88, ¿qué derecho tienen todos los alumnos?

<p>Una educación integral e igualitaria que contribuya al desarrollo de su personalidad y posibilite la adquisición de conocimientos. (B)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 89, ¿qué obligación tienen los alumnos?

<p>Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria y estudiar. (B)</p> Signup and view all the answers

En materia cultural, ¿qué debe difundir la Dirección General de Cultura y Educación según el Artículo 62?

<p>Las expresiones culturales del pueblo, los valores, los conocimientos y la identidad bonaerense. (C)</p> Signup and view all the answers

Flashcards

¿Qué regula la presente ley?

Ley que regula el derecho de enseñar y aprender en la provincia de Buenos Aires, conforme a la Constitución Nacional y tratados internacionales.

¿Qué son la educación y el conocimiento?

Bienes públicos y derechos personales y sociales garantizados por el Estado.

¿Qué es la educación en la provincia?

Política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía, profundizar la democracia, respetar los derechos humanos y fortalecer el desarrollo económico sustentable.

¿Qué debe brindar la educación?

Brindar oportunidades para el desarrollo integral a lo largo de la vida, basado en valores como libertad, paz, solidaridad, igualdad y respeto.

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¿Cuál es la responsabilidad de la Provincia?

Proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad, garantizando igualdad, gratuidad y justicia social.

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¿Quiénes son responsables de las acciones educativas?

El Estado Nacional y el Provincial, pero también los municipios, confesiones religiosas reconocidas y organizaciones de la sociedad civil.

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¿Qué regula la Provincia a través de la Dirección General de Cultura y Educación?

Regular los procesos formativos en todos los ámbitos sociales de la provincia, incluyendo el Sistema Educativo, sociedad civil, trabajo, medios y actividades culturales.

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¿Qué garantiza la Provincia en relación a la información?

Garantiza el acceso a la información y al conocimiento como instrumentos centrales para el desarrollo económico y la justicia social.

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¿Cómo financia la Provincia el Sistema Educativo Provincial?

Destinar al sostenimiento de la educación los recursos prescriptos en el presupuesto consolidado de la Provincia, ingresos impositivos y fondos nacionales.

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¿Qué promueve la Provincia en relación al Sistema Educativo?

Propicia la integración con el sistema nacional y otras jurisdicciones, articulando leyes para asegurar la movilidad de alumnos y docentes y la equivalencia de certificaciones.

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¿Qué tipo de acuerdos no suscribirá la Provincia?

No suscribirá tratados que impliquen concebir la educación como un servicio lucrativo o permitan la mercantilización de la educación pública.

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¿Cuál es uno de los fines de la política educativa provincial?

Brindar una educación de calidad con igualdad de oportunidades, asignando recursos prioritarios a los sectores más desfavorecidos.

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¿Qué debe asegurar el sistema educativo provincial?

Asegurar la obligatoriedad escolar desde la sala de cuatro años hasta la finalización del Nivel Secundario, garantizando condiciones institucionales y pedagógicas adecuadas.

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¿Qué tipo de educación debe garantizarse?

Garantizar una educación integral que forme ciudadanos desarrollando todas las dimensiones de la persona.

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¿Qué tipo de saberes deben incorporarse?

Incorporar a todos los procesos de enseñanza saberes científicos actualizados como parte del acceso a la producción de conocimiento social y culturalmente valorado.

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¿Qué debe asegurarse a los Pueblos Originarios y migrantes?

Asegurar a los Pueblos Originarios y las comunidades migrantes el respeto a su lengua y a su identidad cultural.

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Información pública educativa?

Disponer el acceso libre y gratuito a la información pública de los datos y estadísticas educativos.

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¿Qué tipo de pensamiento debe favorecer la educación?

Asegurar una educación que favorezca la construcción de un pensamiento crítico para la interpelación de la realidad.

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¿Cuáles son los Niveles del Sistema Educativo Provincial?

Educación Inicial, Primaria, Secundaria y Superior.

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¿Cuáles son los ámbitos educativos?

Rurales, Urbanos, Contextos de Encierro, Virtuales, Domiciliarios y Hospitalarios.

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¿Cuáles son las Modalidades de la educación?

Técnico-Profesional, Artística, Especial, Permanente de Jóvenes y Adultos, Intercultural, Física y Ambiental.

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¿Cómo se organiza la Educación Inicial?

Jardines Maternales (45 días a 2 años) y Jardines de Infantes (3 a 5 años, los dos últimos obligatorios).

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¿Cómo es la Educación Primaria?

Obligatoria, de seis años de duración, organizada como unidad pedagógica.

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¿Cómo es la Educación Secundaria?

Obligatoria, de seis años, con formación común y orientada.

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¿Cómo es la Educación Superior?

Dirigida a la formación de docentes y profesionales, articulada con el Sistema Universitario.

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¿Qué garantiza el Estado provincial en la Educación Inicial?

Garantizar la universalización del Nivel Inicial y regular las instituciones que atienden a la Primera Infancia.

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¿Qué actividad debe incorporarse en el currículo de Nivel Inicial?

Incorporar al juego como actividad ineludible para el desarrollo cognitivo, afectivo, ético, estético, corporal y social.

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¿Qué debe garantizar el Estado provincial en relación a la Educación Física y Artística?

Garantizar el acceso a todos los niños a una Educación Física y Artística de calidad.

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¿Qué garantiza el aprendizaje de los niños desde los seis años?

Desarrollo integral de la persona, potenciando el derecho a la educación mediante acciones de igual calidad.

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¿Qué debe garantizarse para el desarrollo integral de los alumnos?

Manejo de plataformas y lenguajes de las tecnologías de la información y la comunicación y la producción y recepción crítica de los discursos

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¿Sobre qué debe favorecer la cultura la cultura en las escuelas?

Concebir la cultura del trabajo y de los saberes socialmente productivos.

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¿Qué debe garantizarse para el Nivel Secundario?

Adquisición de conocimientos que propicien la continuación de estudios y aseguren la inclusión, permanencia y continuidad de los alumnos.

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¿Qué debe reconocerse a los adolescentes y jóvenes?

Reconocer a los jóvenes como sujetos de derecho y a sus prácticas culturales como parte constitutiva de las experiencias pedagógicas.

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¿Sobre qué debe favorecer la importancia del estudio?

Garantizar la producción y adquisición de conocimientos propiciando la continuación de los estudios.

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¿Sobre qué debe favorecer la importancia de la materia?

Promover y fortalecer los contenidos, saberes y prácticas que definen a cada una de las Modalidades en todos los Ámbitos educativos.

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¿Qué garantiza la Educación Especial?

Integración de los alumnos con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los Niveles.

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¿Sobre qué debe favorecer el sistema?

Aportar propuestas curriculares para una Educación Especial que garantice derechos de igualdad, inclusión, calidad y justicia social.

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¿Qué debe aportar la Educación Permanente de Jóvenes, Adultos y Formación Profesional?

Aportar propuestas curriculares acordes con las aspiraciones, características y necesidades de la población destinataria.

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¿Qué necesita para garantizar?

Desarrollar acciones conjuntas interministeriales, con asociaciones y organizaciones representativas de la producción, el trabajo, la ciencia y la tecnología.

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Study Notes

Ley Provincial de Educación

  • Esta ley regula el derecho a enseñar y aprender en la provincia de Buenos Aires.
  • Se basa en los principios de la Constitución Nacional, tratados internacionales, la Constitución Provincial y la Ley de Educación Nacional.

Bienes Públicos y Derechos Garantizados

  • La educación y el conocimiento son bienes públicos.
  • Son derechos personales y sociales garantizados por el Estado.

Prioridad Provincial y Política de Estado

  • La educación es una prioridad provincial y política de Estado.
  • Busca construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar la democracia, respetar los derechos humanos y fortalecer el desarrollo económico-social sustentable de la Provincia y la Nación.

Desarrollo Integral y Proyectos de Vida

  • La educación debe brindar oportunidades para el desarrollo y fortalecimiento de la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida.
  • Promueve la capacidad de cada alumno para definir su proyecto de vida, basado en valores como libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto, justicia, responsabilidad y bien común.

Responsabilidad de la Provincia

  • La Provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos sus habitantes.
  • Garantiza la igualdad, gratuidad y la justicia social en el ejercicio de este derecho, con la participación de la comunidad educativa.

Derecho Social y Acciones Educativas

  • La Provincia garantiza el derecho social a la educación.
  • El Estado Nacional y el Estado Provincial son responsables de las acciones educativas, según la Ley de Educación Nacional.
  • Los municipios, confesiones religiosas reconocidas y organizaciones de la sociedad civil pueden ejecutar acciones educativas bajo supervisión de la Provincia, de manera complementaria.

Regulación de Procesos Formativos

  • La Provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, regula los procesos formativos en todos los ámbitos sociales de la provincia de Buenos Aires, incluyendo:
    • El Sistema Educativo.
    • Movimientos e instituciones de la sociedad civil.
    • El trabajo.
    • Actividades productivas y culturales.
    • Medios de comunicación.

Acceso a la Información y al Conocimiento

  • La Provincia garantiza el acceso de todos los habitantes a la información y al conocimiento.
  • Estos son instrumentos centrales para un desarrollo con crecimiento económico y justicia social.

Financiamiento del Sistema Educativo Provincial

  • La Provincia garantiza el financiamiento del Sistema Educativo Provincial según previsiones de la ley y metas de la Ley Nacional 26.075.
  • Destina los recursos del presupuesto consolidado de la Provincia y otros ingresos recaudados por vía impositiva (como herencias vacantes) para el sostenimiento de la educación.
  • También recibe fondos del Estado Nacional, agencias de cooperación internacional y otras fuentes.

Integración del Sistema Educativo Provincial

  • La Provincia propicia la integración del Sistema Educativo Provincial como parte de un sistema educativo único basado en el federalismo educativo.
  • Dispone la articulación de leyes con otras jurisdicciones para asegurar la integración normativa, la movilidad de alumnos y docentes, la equivalencia de certificaciones y la continuidad de los estudios sin requisitos suplementarios.

Política Educativa y Unidad Nacional

  • La Provincia dicta su política educativa en concordancia con la política educativa nacional.
  • Controla su cumplimiento para consolidar la unidad nacional y provincial, respetando las particularidades regionales.

Prohibiciones y Restricciones

  • La Provincia no suscribirá tratados ni acuerdos que conciban la educación como un servicio lucrativo o bien transable.
  • Impide la constitución de circuitos educativos supletorios de la educación común que puedan constituir procesos de focalización o municipalización.

Acuerdos e Intercambios Internacionales

  • La Provincia propiciará acuerdos, convenios e intercambios con otros países, especialmente latinoamericanos.
  • Coordina con los tratados internacionales vigentes en el ámbito nacional y provincial, referidos a derechos educativos y los intercambios lingüísticos, culturales y productivos.

Derechos Laborales de los Trabajadores de la Educación

  • Las modificaciones que devengan de la aplicación de la ley no afectarán los derechos laborales de los trabajadores de la educación, incluyendo docentes, profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares, establecidos en la legislación vigente.

Derechos de los Alumnos y Equivalencias de Estudios

  • Los alumnos que hayan cursado o estén cursando con planes de estudio diferentes no verán afectado su derecho a la acreditación correspondiente.
  • La Dirección General de Cultura y Educación dispondrá las equivalencias y articulaciones pertinentes para asegurar tanto el derecho a la acreditación con la normativa de ingreso como el de la actualización y pasaje entre planes y normativas vigentes.

Fines y Objetivos de la Política Educativa Provincial: Educación de Calidad e Igualdad

  • Brindar una educación de calidad, entendida en términos de justicia social y con igualdad de oportunidades.
  • Asignar recursos prioritarios a sectores desfavorecidos a través de políticas universales y estrategias pedagógicas inclusivas.

Asegurar Obligatoriedad Escolar

  • Asegurar la obligatoriedad escolar desde la sala de cuatro años de la Educación Inicial hasta la finalización del Nivel Secundario.
  • Proporcionar instancias, condiciones institucionales y pedagógicas adaptadas a los diferentes ámbitos de desarrollo.

Fines y Objetivos de la Política Educativa Provincial: Educación Integral y Formación Ciudadana

  • Garantizar una educación integral que desarrolle todas las dimensiones de la persona, incluyendo las abarcadas por el artículo 14º de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.
  • Establecer una formación ciudadana comprometida con valores éticos y democráticos como participación, libertad, solidaridad y respeto a los derechos humanos.

Fortalecer Identidad Provincial e Integración

  • Fortalecer la identidad provincial como parte de la identidad nacional, basada en el conocimiento de la historia y cultura argentina, respetando las particularidades locales y promoviendo la integración regional y latinoamericana.

Articulación con Espacios Estatales y de la Sociedad Civil

  • Articular los procesos de formación con instancias estatales y de la sociedad civil que atiendan los derechos de niños, adolescentes, jóvenes y adultos.
  • Promover la cooperación interinstitucional con el sistema de educación superior universitaria.

Asegurar Igualdad y Respeto a las Diferencias

  • Asegurar condiciones de igualdad respetando las diferencias individuales sin discriminación por origen social, género, etnia, nacionalidad, orientación cultural, sexual, religiosa, contexto de hábitat, condición física, intelectual o lingüística.

Salvaguarda de los Derechos de Niños y Adolescentes

  • Garantizar, en el ámbito educativo, la salvaguarda de los derechos de los niños y adolescentes establecidos en las Leyes Nacionales 23.849 y 26.061 y las Leyes Provinciales 13.298 y 13.634.

Acceso, Permanencia y Gratuidad

  • Garantizar el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de los diferentes Niveles y Modalidades del sistema educativo, asegurando la gratuidad de toda la Educación pública de Gestión Estatal.

Fomentar la Participación Democrática

  • Propiciar la participación democrática de docentes, familias, personal técnico, estudiantes y comunidad en las instituciones educativas.
  • Promover y respetar las formas asociativas de los alumnos.

Promover Educación Continua y Cultura del Trabajo

  • Concebir y fortalecer la educación continua a lo largo de la vida como principio fundamental.
  • Fomentar la cultura del trabajo y de los saberes socialmente productivos, reconociéndolos, evaluándolos, acreditándolos y certificándolos tanto en el ámbito individual como colectivo y cooperativo.

Habilidades de Lectura, Escritura y Manejo de Tecnologías

  • Asegurar las condiciones y las prácticas de lectura y escritura y el desarrollo de los conocimientos necesarios para el uso de plataformas y lenguajes producidos por las tecnologías de la información y la comunicación.

Formación de Lectores y Usuarios Críticos

  • Formar y capacitar a alumnos y docentes como lectores y usuarios críticos y autónomos, capaces de localizar, seleccionar, procesar, evaluar y utilizar la información disponible.
  • Promover bibliotecas escolares como espacios pedagógicos de formación integral.

Integración de Saberes Científicos Actualizados

  • Incorporar saberes científicos actualizados para el acceso a la producción de conocimiento social y culturalmente valorado.

Inclusión de Personas con Discapacidades

  • Establecer prescripciones pedagógicas que aseguren a las personas con discapacidades el desarrollo de sus posibilidades, la integración social y el pleno ejercicio de sus derechos.

Promoción de la Interculturalidad

  • Promover la valoración de la interculturalidad en la formación de todos los alumnos.
  • Asegurar a los Pueblos Originarios y comunidades migrantes el respeto a su lengua y a su identidad cultural.

Acceso Libre a Información Pública

  • Disponer el acceso libre y gratuito a la información pública de los datos y estadísticas educativos.

Colaboración con Medios de Comunicación

  • Realizar acciones permanentes junto a los medios masivos de comunicación para la producción y transmisión de contenidos con responsabilidad ética y social, que incidan en las instituciones educativas y la formación de las personas.

Pensamiento Crítico y Transformación de la Realidad

  • Asegurar una educación que favorezca la construcción de un pensamiento crítico para interpelar, comprender y transformar la realidad, así como el análisis de los discursos, especialmente los mediáticos.

Desarrollo Integral y Hábitos Saludables

  • Asegurar una formación intelectual, corporal y motriz que favorezca el desarrollo integral de todos los alumnos.
  • Promover hábitos de vida saludable, el logro de una salud integral, la prevención de adicciones, la formación en sexualidad responsable y la integración reflexiva y activa en los contextos socioculturales.

Derecho a la Educación Artística Integral

  • Garantizar el derecho a una educación artística integral de calidad que desarrolle capacidades específicas interpretativas y creativas vinculadas a los distintos lenguajes y disciplinas contemporáneas.
  • Busca la construcción de ciudadanía y la formación artística y docente profesional.

Educación para la Autodeterminación y Sustentabilidad

  • Desarrollar una educación que posibilite la autodeterminación y el compromiso con la defensa de la calidad de vida, el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y la concientización de los procesos de degradación socio-ambiental.

Incorporación del Cooperativismo y Mutualismo

  • Incorporar los principios y valores del cooperativismo, del mutualismo y el asociativismo en todos los procesos de formación.
  • Concordancia con los principios y valores establecidos en la Ley 16.583/64 y la normativa vigente.

Desarrollo de Experiencias Educativas Transformadoras

  • Desarrollar, promover, supervisar, evaluar, fortalecer e incorporar experiencias educativas transformadoras, complementarias y/o innovadoras de la educación común, en particular el régimen de Alternancia entre la institución escolar y el medio.
  • Desestimando aquellos procesos que tiendan a la constitución de circuitos antagónicos o paralelos del Sistema Educativo Provincial.

Capacitación Permanente para Docentes

  • Capacitar permanentemente, en servicio, fuera del horario escolar y laboral con puntaje y gratuitamente a los docentes y no docentes del Sistema Educativo Provincial.

Integración del Sistema de Ciencia y Tecnología

  • Integrar todos los procesos educativos a las estructuras del Sistema de Ciencia, Tecnología, Desarrollo e Innovación Productiva nacional y provincial.
  • Propende a su articulación normativa y orgánica tanto a nivel de contenidos curriculares como de planes y programas educativos.

Financiamiento y Supervisión del Sistema Educativo

  • El Estado Provincial financia el Sistema Educativo y, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, lo planifica, organiza y supervisa.
  • Garantiza el acceso a la educación en todos sus Ámbitos, Niveles y Modalidades.
  • Financia y administra los establecimientos educativos de gestión estatal.
  • Regula, supervisa y controla los establecimientos educativos de gestión privada con o sin aporte estatal.

Componentes del Sistema Educativo Provincial

  • El Sistema Educativo Provincial es el conjunto organizado de instituciones y acciones educativas reguladas por el Estado.
  • Incluye establecimientos educativos de todos los Ámbitos, Niveles y Modalidades de Gestión Estatal y Privada.

Estructura Unificada y Actividades Pedagógicas

  • El Sistema Educativo Provincial tendrá una estructura unificada en todo el territorio de la Provincia considerando las especificidades del mismo.
  • Asegura su ordenamiento y cohesión, la organización y articulación de los Niveles y Modalidades de la educación y la validez nacional de los títulos y certificados que se expidan.

Obligatoriedad Escolar y Garantías

  • La educación es obligatoria en todo el territorio provincial desde los cuatro (4) años del Nivel de Educación Inicial hasta la finalización del Nivel de Educación Secundario inclusive.
  • La Provincia garantiza el cumplimiento de la obligatoriedad escolar mediante instancias y condiciones institucionales, materiales, pedagógicas y de promoción de derechos.

Niveles del Sistema Educativo Provincial

  • La estructura del Sistema Educativo Provincial comprende cuatro (4) Niveles:
    • Educación Inicial.
    • Educación Primaria.
    • Educación Secundaria.
    • Educación Superior.
  • Dentro de los términos fijados por la Ley de Educación Nacional, y abarca los Ámbitos Rurales, Urbanos, Contextos de Encierro, Virtuales, Domiciliarios y Hospitalarios.

Modalidades del Sistema Educativo Provincial

  • Abarca distintas modalidades educativas:
    • Educación Técnico-Profesional.
    • Educación Artística.
    • Educación Especial.
    • Educación Permanente de Jóvenes, Adultos, Adultos Mayores y Formación Profesional.
    • La Educación Intercultural.
    • La Educación Física.
    • La Educación Ambiental.
    • Psicología Comunitaria y Pedagogía Social.

Modalidades del Sistema Educativo

  • Son aquellos enfoques educativos, organizativos y/o curriculares, constitutivos o complementarios de la Educación común, de carácter permanente o temporal.
  • Dan respuesta a requerimientos específicos de formación articulando con cada Nivel.
  • Proponen garantizar los derechos educativos de igualdad, inclusión, calidad y justicia social de todos los niños, adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores de la Provincia.

Instituciones con Organización Diferenciada

  • Centros de:
  • Educación Complementaria
  • Educación Física
  • Atención Temprana del Desarrollo Infantil
  • Formación Laboral
  • Escuelas de:
  • Arte
  • Estética
  • Danzas Clásicas
  • Danzas Tradicionales
  • Bellas Artes
  • Producción
  • Educación Artística-Cultural -Artes Visuales

Educación Inicial

  • Niños de 45 días a 5 años (obligatorios los dos últimos años)
  • Constituye una unidad pedagógica constituida por:
  • Jardines Maternales (45 días a 2 años)
  • Jardínes de Infantes ( 3 a 5 años)

Educación Primaria

  • Obligatoria, de 6 años de duración, a partir de los 6 años.
  • Organizada como una unidad pedagógica.

Educación Secundaria

  • Obligatoria, de 6 años de duración, organizada como una unidad pedagógica.
  • Podrán ingresar a ella los que hubieren cumplido el Nivel de Educación Primaria.

Educación Superior

  • Podrán ingresar quienes hubieren cumplido con el Nivel Secundario o demuestren poseer aptitudes y conocimientos equivalentes.
  • Se cumple en institutos superiores, en la Universidad Pedagógica, la Universidad Provincial del Sudoeste y las Universidades que se creen a tal efecto.
  • Está prioritariamente orientado a la formación de docentes y profesionales necesarios para el sistema educativo y de otras áreas del saber, otorga títulos profesionales y está articulado con el Sistema Universitario Nacional.

Educación Inicial: Unidad Pedagógica

  • El Nivel de Educación Inicial constituye una unidad pedagógica que brinda educación a niños de cuarenta y cinco (45) días hasta los cinco (5) años de edad inclusive, siendo obligatorios los dos últimos años.
  • Define sus diseños curriculares, en articulación con los diferentes Niveles y Modalidades conforme lo establece la Ley.

Garantía Estatal de Universalización

  • El Estado provincial garantiza la universalización del Nivel, asumiendo su provisión como responsabilidad indelegable.
  • Regula el funcionamiento de todas las instituciones educativas que atienden a la Primera Infancia en territorio bonaerense, garantizando la igualdad de oportunidades.

Objetivos y Funciones del Nivel Inicial

  • Afirmar la universalización del Nivel, ajustándose a los requerimientos de todos los Ámbitos y Modalidades.
  • Garantizar la obligatoriedad del aprendizaje desde la sala de 4 años, asegurando su gratuidad en la gestión estatal.
  • Implementar prescripciones curriculares que incorporen el juego como actividad ineludible.
  • Asegurar el respeto de los derechos de todos los niños, establecidos en la Ley nacional 26.061 y en las leyes provinciales 13.298 y 13.634.
  • Garantizar el acceso a todos los niños a una Educación Física y Artística de calidad.
  • Disponer condiciones para la adquisición de la lengua oral y escrita y conocimientos necesarios para el manejo de tecnologías de la información y comunicación.
  • Establecer condiciones y propuestas pedagógicas para asegurar el desarrollo de capacidades de niños con discapacidades.
  • Garantizar la temprana concientización sobre la degradación socio-ambiental.
  • Propiciar que niños y madres privadas de libertad concurran a jardines maternales fuera del ámbito de encierro.

Educación Primaria: Obligatoriedad y Unidad Pedagógica

  • El Nivel de Educación Primaria es obligatorio, de seis años de duración, constituye unidad pedagógica para niños a partir de los seis (6) años.
  • Define diseños curriculares en articulación con los diferentes Niveles y Modalidades según la Ley.

Objetivos y Funciones del Nivel Primario

  • Garantizar el aprendizaje de los niños desde los seis (6) años, posibilitando la educación integral en el desarrollo de todas las dimensiones de su persona.
  • Disponer condiciones para el desarrollo integral de las prácticas de lectura y escritura, conocimientos para el manejo de plataformas y lenguajes tecnológicos, y producción/recepción crítica de discursos mediáticos.
  • Implementar prescripciones curriculares que incorporen juego y conocimiento científico como actividades para el desarrollo cognitivo, afectivo, ético, estético, corporal y social.
  • Establecer condiciones y pedagógicas que aseguren el desarrollo de capacidades, integración escolar y derechos a niños, adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores con discapacidades.
  • Concebir y fortalecer la cultura del trabajo, saberes socialmente productivos y una vinculación efectiva con procesos científicos, tecnológicos y de innovación productiva.
  • Desarrollar, promover, supervisar, evaluar y fortalecer proyectos especiales y experiencias complementarias, garantizando contenidos propios del Nivel y acceso a los siguientes Niveles.
  • Promover contenidos, saberes y prácticas que definen las Modalidades en todos los Ámbitos educativos.

Educación Secundaria

  • El Nivel de Educación Secundaria es obligatorio, de seis años de duración.
  • Constituye una unidad pedagógica comprendida por formación común y otra orientada (diversificada).
  • Destinado a adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores que hayan terminado el nivel de educación primaria.
  • En caso de modalidad Educación Permanente para Jóvenes, Adultos y Formación Profesional tendrá una duración y un desarrollo curricular equivalente a todo el Nivel.

Objetivos y funciones del Nivel Secundario

  • Garantizar la producción y adquisición de conocimientos propiciando la continuación de los estudios.
  • Asegurar la inclusión, permanencia y continuidad de los alumnos en el sistema educativo público mediante una propuesta de enseñanza específica, universal y obligatoria para todas las Modalidades y orientaciones, en todos los Ámbitos de desarrollo que promueva el conocimiento, y la articulación.
  • Reconocer a los adolescentes y jóvenes como sujetos de derecho y a sus prácticas culturales como parte constitutiva de las experiencias pedagógicas de la escolaridad para fortalecer la identidad, la ciudadanía y la preparación para el mundo adulto.
  • Reconocer y consolidar en cada alumno las capacidades de estudio, de trabajo individual y en equipo, de esfuerzo, iniciativa y responsabilidad, como condiciones necesarias para el acceso al mundo laboral, su conformación como ciudadanos, los estudios superiores y la educación a lo largo de toda la vida
  • Promover en los adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores el respeto a la interculturalidad y a las semejanzas y diferencias identitarias, garantizando una educación integral en el desarrollo de todas las dimensiones de su persona, sosteniendo el derecho a la igualdad de educación.
  • Garantizar prácticas de enseñanza que permitan el acceso al conocimiento, a través de las distintas áreas, campos y disciplinas que lo integran y a sus principales problemas, contenidos y métodos, incorporando a todos los procesos de enseñanza saberes científicos actualizados como parte del acceso a la producción de conocimiento social y culturalmente valorado, para comprender y participar reflexivamente en la sociedad contemporánea.
    • Concebir y fortalecer la cultura del trabajo y de los saberes socialmente productivos, tanto individuales como colectivos y cooperativos, en las escuelas, vinculándolos a través de una inclusión crítica y transformadora de los adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores en los espacios productivos, brindando conocimientos generales y específicos para su formación a través de propuestas específicas que surjan de las modalidades, orientaciones y/o ámbitos de desarrollo educativo. Garantizar los mecanismos de participación de los alumnos en el gobierno escolar para favorecer y fortalecer el ejercicio de la ciudadanía y la gestión democrática de las instituciones del Nivel. Formar lectores críticos y usuarios de la cultura escrita, capaces de leer, interpretar y argumentar una posición frente a la literatura y la información; y propiciando formar escritores con profundos conocimientos de la lengua española capaces de producir diversos textos tanto orales como escritos para manifestar ideas, organizar información, producir conocimientos y comunicarse con otros.

Articulos para el Sistema Educativo Provincial

  • Promover y fortalecer los contenidos, saberes y prácticas que definen a cada una de las Modalidades en todos los Ámbitos educativos, asegurando recursos que, como aquellos que forman parte de las escuelas de jornada extendida y jornada completa, contribuyan a garantizar el derecho a la educación y la continuidad de los estudios de todos los alumnos de la Provincia.
  • Desarrollar procesos de orientación vocacional con el fin de permitir una adecuada elección profesional y ocupacional de los adolescentes, jóvenes y adultos. Crear espacios extracurriculares, fuera de los días y horarios de actividad escolar, para el conjunto de los adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores de la comunidad, orientados al desarrollo de actividades artísticas, de educación física y deportiva, de recreación, acción solidaria y la apropiación crítica de las distintas manifestaciones de la ciencia y la cultura, en cualquier Ámbito de desarrollo, en forma articulada con las prescripciones curriculares de la Educación Secundaria.

Articulo 29

  • Las prácticas educativas se podrán realizar en las escuelas, en empresas de la economía formal, informal y social, en organismos estatales y en organizaciones de la sociedad civil, con el objetivo de permitir a los alumnos el manejo de plataformas y lenguajes tecnológicos que le brinden una experiencia adecuada a su formación y orientación vocacional. En todos los casos estas prácticas tendrán carácter educativo y no podrán generar ni reemplazar ningún vínculo contractual o relación laboral, conforme a los principios doctrinarios de esta Ley, de la Ley de Educación Técnico-Profesional 26058 y las leyes provinciales 13.298 y 13.634. Podrán participar de dichas actividades todos los alumnos de la Educación Secundaria, mayores de dieciséis (16) años de edad o a cumplirlos durante el año de referencia, con el acompañamiento de docentes y/o autoridades pedagógicas designadas a tal fin.

Educación Superior

  • El nivel de Educación Superior tiene por finalidad proporcionar formación de grado y continua, docente y técnica, con un abordaje humanístico, artístico, científico, técnico y tecnológico, contribuir a la preservación de la cultura nacional y provincial y al desarrollo socio-productivo regional, promover la producción y socialización del conocimiento.
  • Desarrollar las actitudes y valores que requiere la formación de personas responsables, con conciencia ética y solidaria, reflexivas, críticas, capaces de mejorar la calidad de vida y consolidar el respeto al ambiente.

Organismos del nivel de Educación Superior

  • El Nivel contará con un Consejo Provincial de Educación Superior, integrado en forma ad honorem por representantes de los Directores de Institutos Superiores y Unidades Académicas, representantes de los docentes, los no docentes y de los estudiantes, responsable de orientarlo y asesorarlo para la definición de sus políticas integrales de formación de grado, formación continua, investigación y extensión en las Instituciones del Nivel, participar en el planeamiento estratégico y propiciar la articulación del Nivel con otros niveles y jurisdicciones. También contará con Consejos Regionales de Educación Superior integrados en forma ad honorem por Directores de los Institutos Superiores y de las Unidades Académicas y representantes de los docentes, los no docentes y de los estudiantes. Asimismo, el Nivel contará con un organismo encargado de la articulación con el Sistema Universitario a través de la promoción de políticas que favorezcan la producción de conocimientos y de transformación de la calidad institucional.

El Nivel de Educación Superior está integrado por:

  • Los Institutos de Educación Superior, de Formación Docente y de Formación Técnica, los que se ajustarán en su denominación a las normas nacionales sobre el particular, y las Unidades Académicas.
    • Cada Instituto Superior y/o Unidad Académica contará con un Consejo Académico Institucional, integrado en forma ad honorem por representantes de los diferentes claustros y tendrá como funciones orientar la elaboración, evaluación permanente y aprobación del Proyecto Institucional, formular la propuesta de apertura o cierre de carreras, analizar y aprobar proyectos de los docentes y alumnos tendientes a establecer vinculaciones con la comunidad educativa y asesorar al Director en todas las cuestiones de interés institucional. -La Formación Técnica Superior es la responsable de brindar formación técnico-profesional de grado y continua en las áreas específicas, teniendo en cuenta en la definición de sus propuestas formativas las necesidades del mundo del trabajo, la producción y la planificación provincial y regional para el desarrollo humano.
    • Para lograr este fin, contará con el asesoramiento un organismo consultivo específico de Formación Técnica Superior que tendrá la finalidad de asesorar en la definición de las políticas específicas integrales.
  • La Universidad Pedagógica de la Provincia de Buenos Aires, que se define y regula por lo dispuesto por la Ley provincial 13511, la Universidad Provincial del Sudoeste y las que en el futuro se creen.

Más articulos para el nivel de Educación Superior

  • El Nivel de Educación Superior tiene competencia en la planificación de la oferta de carreras, postítulos y certificaciones, el diseño de sus planes de estudio y el desarrollo de los programas de investigación y extensión, como parte de la finalidad docente de los Institutos Superiores de Formación Docente, de Formación Técnica y las Unidades Académicas y la aplicación de las normativas específicas relativas a todos sus establecimientos e instituciones.
  • La articulación entre las distintas instituciones que conforman el Nivel de Educación Superior, que tienen por fin facilitar el cambio de modalidad, orientación o carrera, la continuación de los estudios de grado o postgrado en otros establecimientos, universitarios o no, atenderá entre otros aspectos, a los acuerdos dados en los Consejos Regionales de Educación Superior conforme a las siguientes responsabilidades y mecanismos: La articulación entre las instituciones del Nivel de Educación Superior que de la Provincia dependan, se regula en sus respectivos ámbitos de competencia. La articulación entre instituciones de Educación Superior pertenecientes a otras jurisdicciones y a la Provincia de Buenos Aires, se regula por los mecanismos que aquellas acuerden con la Provincia y los criterios definidos a tal fin en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación; y El reconocimiento de títulos, de estudios parciales o asignaturas de las carreras de grado aprobadas, a los fines de la articulación con diferentes instituciones universitarias, se hace en el marco de convenios con la Dirección General de Cultura y Educación. Los aspirantes al ingreso como alumno a los Institutos de Educación Superior y a las Universidades provinciales deben haber aprobado el Nivel de Educación Secundaria. Los ciudadanos mayores de 25 años que no reúnan esa condición, pueden ingresar siempre que demuestren, a través de las evaluaciones que la Provincia determine, que tienen preparación y/o experiencia laboral acorde con los estudios que se proponen iniciar, así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente.

Articulo 35

  • Jerarquizar y revalorizar la formación docente, como factor central y estratégico del mejoramiento de la calidad de la educación. Desarrollar las capacidades y los conocimientos necesarios para el trabajo docente en los diferentes Niveles y Modalidades de acuerdo a lo establecido en esta ley y la diversidad del sistema educativo bonaerense, promoviendo la educación técnico-profesional. Estimular la investigación y la innovación educativa vinculadas con las tareas y procesos de enseñanza, la experimentación, evaluación y sistematización de propuestas que aporten a la reflexión sobre la práctica y a la renovación de las experiencias escolares. Articular la continuidad de estudios en las instituciones universitarias propias y con las ubicadas en la Provincia promoviendo acuerdos de cooperación que tengan como fin intercambiar prácticas y experiencias educativas. Coordinar y articular acciones de cooperación y vinculación académica e institucional entre todos los establecimientos e instituciones que conforman el Nivel, así como con los procesos científicos, tecnológicos, de desarrollo e innovación productiva de la provincia, del país y de la región. Otorgar los títulos para el ejercicio de la docencia en los diferentes niveles y modalidades del sistema y las certificaciones correspondientes de conformidad con la reglamentación que se dicte al efecto. Formar científicos, profesionales, artistas y técnicos, que se caractericen por la solidez de su formación, la actualización de sus conocimientos y por su compromiso con la sociedad de la que forman parte. Brindar una adecuada diversificación de las propuestas de Educación Superior, que atienda tanto a las expectativas y necesidades de la población como a los requerimientos del campo educativo sobre la base de la actualización académica, con criterio permanente, a docentes en actividad y promoviendo una formación de grado y continua que permita, a partir de una comprensión crítica de los nuevos escenarios sociales, económicos, políticos y culturales y de los cambios operados en los sujetos sociales, desarrollar una práctica docente transformadora. Garantizar la implementación, en las Instituciones de Educación Superior, de organismos colegiados que integren la participación de los docentes y de los jóvenes, adultos y adultos mayores en el gobierno de la institución y mayores grados de decisión en el diseño e implementación de su proyecto institucional, contribuyendo a la distribución equitativa del conocimiento y asegurando la igualdad de oportunidades. Sostener en el Nivel, la participación de espacios interinstitucionales para la articulación e integración pedagógica entre las instituciones del mismo nivel educativo y de distintos niveles educativos de una misma zona. Propender a una formación de calidad en distintas carreras técnicas y profesionales que tengan vinculación directa con las necesidades de desarrollo cultural y socio económico, provincial, y local. Promover la educación técnico profesional en las áreas socio humanísticas, agropecuarias, minera, industrial y de producción de servicios en los ámbitos de desarrollo de la educación superior.

Modalidades del Sistema Educativo: Educación Técnico - Profesional

  • La Educación Técnico-Profesional es la modalidad que comprende la formación de técnicos medios y superiores en áreas ocupacionales específicas.
  • Es regulada a través de procesos sistemáticos y prolongados de educación para generar en las personas capacidades profesionales que son la base de esas competencias.
  • Educación Técnico-Profesional se rige por los principios, fines y objetivos de la presente ley en concordancia con las disposiciones de la Ley nacional 26.058.

Objetivos de la Educación Técnico-Profesional

  • Aportar propuestas curriculares para la formación de Técnicos medios y superiores y de cursos de Formación Profesional en las áreas Agropecuaria, Minera, Industrial y de Servicios de acuerdo con las necesidades y potencialidades del contexto socio-económico regional, provincial y nacional, articulando con los procesos científicos, tecnológicos, de desarrollo e innovación productiva en vigencia en la Provincia, en el país y en la región.
  • Formular proyectos de mejoramiento y fortalecimiento de las instituciones y los programas de los niveles de Educación Secundaria y Educación Superior y de la modalidad Formación Profesional articulándolos organizativamente con las respectivas Direcciones de Nivel y Modalidades, en el marco de políticas provinciales y estrategias que integren las particularidades y diversidades de la Provincia, sus habitantes y sus culturas.
  • Proponer instancias que apunten a garantizar los derechos de igualdad, inclusión, calidad y justicia social de todos los jóvenes, adolescentes, adultos y adultos mayores que componen la comunidad educativa de la Provincia de Buenos Aires como elemento clave de las estrategias de desarrollo y crecimiento socioeconómico de la Provincia y sus regiones.
  • Plantear articulaciones de las instituciones y los programas de Educación Secundaria, Educación Superior y de Formación Profesional, con aquellos ámbitos de la ciencia, la tecnología, la producción y el trabajo que puedan aportar recursos materiales y simbólicos para el completo desarrollo de la educación agropecuaria, minera, industrial y de servicios a través de mecanismos que garanticen el carácter pedagógico y formador de toda práctica.
  • Recuperar y desarrollar propuestas pedagógicas y organizativas que forman técnicos con capacidades para promover el desarrollo rural y emprendimientos asociativos y/o cooperativos, sobre la base de las producciones familiares, el cuidado del ambiente y la diversificación en términos de producción y consumo, así como propiciar la soberanía alimentaria.

Educación Artística

  • La Educación Artística es la modalidad que comprende la formación en los distintos lenguajes y disciplinas del Arte (danza, artes visuales, teatro, música, multimedia, audiovisual, entre otros).
  • Es responsable de articular las condiciones específicas de la conducción técnico-pedagógica y de organización en cada ámbito de desarrollo, de acuerdo con lo dispuesto por las respectivas Direcciones de Nivel, así como disponer de prescripciones pedagógicas complementarias a la educación común para los establecimientos educativos que desarrollen actividades específicas relativas a esta modalidad.

Objetivos para la la Educación Artísitica

  • . Aportar propuestas curriculares y formular proyectos de fortalecimiento institucional para una educación artística integral de calidad articulada con todos los Niveles de Enseñanza para todos los alumnos del sistema educativo.
  • Garantizar, en el transcurso de la escolaridad obligatoria, la oportunidad de desarrollar al menos cuatro disciplinas artísticas y la continuidad de al menos dos de ellas.
  • Propiciar articulaciones de los proyectos educativo-institucionales y los programas de formación específica y técnico-profesional en Arte de todos los Niveles educativos con ámbitos de la ciencia, la cultura y la tecnología a fin de favorecer la producción de bienes materiales y simbólicos, garantizando el carácter pedagógico y formador de las prácticas vinculadas al mundo del trabajo.
  • Brindar herramientas prácticas y conceptuales, disciplinares, artísticas y pedagógicas, favoreciendo la participación activa democrática, el sentido responsable del ejercicio docente y la continuidad de estudios, valorando la formación docente artística para el mejoramiento de la calidad de la educación.
  • Favorecer la difusión de las producciones artísticas y culturales, enfatizar la importancia de los bienes histórico-culturales y contemporáneos en tanto producción de sentido social y estimular su reelaboración y transformación.

Articulo 38

  • La Educación Artística debe estar a cargo de docentes egresados de Instituciones de Arte de Nivel Superior y comprende: La formación artística para todos los niños, adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores que cursen la Educación común obligatoria. La formación artística orientada en el Nivel de Educación Secundaria para los alumnos que opten por ella desarrollada en Establecimientos específicos, tales como las Escuelas Secundarias de Arte. La formación artística brindada en otras Escuelas especializadas de Arte, tales como las Escuelas de Educación Estética, Centros de Producción y Educación Artístico-Cultural y similares que pudieran crearse. La formación artística superior, que abarca la formación básica específica en Arte, los Profesorados especializados en los distintos lenguajes artísticos para los diferentes Niveles y las carreras de Arte específicas para la formación técnico - profesional.

Modalidades del Sistema Educativo: Educación Especial

  • Es la modalidad responsable de garantizar la integración de los alumnos con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los Niveles según las posibilidades de cada persona.
  • Asegurándoles el derecho a la educación, así como brindarles atención educativa en todas aquellas problemáticas específicas que no puedan ser abordadas solamente por la educación común, y disponiendo propuestas pedagógicas complementarias.

Objetivos de la Educación Especial

  • Aportar propuestas curriculares para una Educación Especial que garantice los derechos de igualdad, inclusión, calidad y justicia social de todos los niños, adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores con discapacidades, temporales o permanentes, que componen la comunidad educativa.
  • Formular proyectos de mejoramiento y fortalecimiento de las instituciones y los programas, articulándolos organizativamente con las respectivas Direcciones de Nivel, en el marco de políticas provinciales y estrategias que integren las particularidades y diversidades de la Provincia, sus habitantes y sus culturas.
  • Desarrollar la atención educativa de las personas jóvenes, adultas y adultas mayores con necesidades educativas especiales de manera conjunta con el resto de las modalidades.
  • Plantear articulaciones de las instituciones y los programas de formación específica de todos los Niveles educativos con aquellos ámbitos de la ciencia, la tecnología, la producción y el

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