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Questions and Answers
Study Notes
Ley Orgánica 2/2023
- Establece normas básicas para el acceso a estudios universitarios.
- Respeta los principios de igualdad, mérito y capacidad.
- El Gobierno, previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria y del Consejo de Estudiantes Universitario, establece las normas básicas.
Acceso a estudios universitarios
- El acceso se realizará con respeto a los principios de transparencia, equidad y eficiencia.
- Se priorizará la igualdad, mérito y celeridad.
- Se respetarán los principios de transparencia, mérito y equidad.
Derechos del estudiantado
- Las universidades garantizarán el ejercicio de los derechos individuales del estudiantado, como la sindicación y la huelga.
- Las universidades garantizarán la participación de la representación estudiantil en la aprobación, modificación y derogación de las normas que afectan al estudiantado.
- El ejercicio de derechos de sindicación y huelga deberán ejercerse de manera colectiva.
- La universidad no limitará los derechos del estudiantado en el ámbito universitario.
Principios de acceso a estudios universitarios
- Transparencia.
- Equidad.
- Eficiencia.
- Igualdad.
- Mérito.
- Capacidad.
- Celeridad.
Programación de la oferta de enseñanzas
- Las Comunidades Autónomas elaborarán la programación de la oferta.
- La Conferencia General de Política Universitaria estudiará y aprobará la oferta.
- El Ministerio de Universidades dará publicidad a la oferta.
- Se reservará un 5% de las plazas para estudiantes con discapacidad.
Becas y ayudas al estudio
- El Gobierno regulará las modalidades y cuantías de las becas y ayudas al estudio.
- Las Comunidades Autónomas podrán establecer sistemas propios de becas y ayudas.
- Las universidades podrán establecer sistemas propios de becas y ayudas.
Participación estudiantil
- El estudiantado tendrá derecho a una representación activa, significativa y participativa en los órganos de gobierno y representación de la universidad, así como en los procesos de elección.
- Se incluye la participación en los consejos de estudiantes.
Derechos de participación y representación
- Las universidades garantizarán la participación del estudiantado en actividades de representación y asociacionismo estudiantil.
- Se garantiza la participación en la creación del conocimiento y su concreción en los planes de estudios.
- Se garantiza la participación en la evaluación de los títulos universitarios y de la docencia.
- Se garantiza su participación en la dirección, implementación y evaluación de la política universitaria.
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Description
Este cuestionario examina la Ley Orgánica 2/2023 que establece normas para el acceso a estudios universitarios, garantizando la igualdad, mérito y capacidad. También aborda los derechos del estudiantado y la importancia de la participación en la vida universitaria. Pone énfasis en la transparencia y la equidad en el proceso de admisión.