Ley Regimen Sector Publico
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Questions and Answers

¿Cuál es la Ley que regula el régimen jurídico del sector público?

Ley 40/2015, de 1 de octubre.

¿Qué organismo acordó la creación de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas?

  • Senado
  • Congreso de los Diputados
  • Tribunal de Cuentas
  • Consejo de Ministros (correct)
  • La Ley 30/1992 unificó las reglas orgánicas del poder ejecutivo y los procedimientos.

    True

    La Ley 11/2007, de 22 de junio, se relaciona con el funcionamiento electrónico del sector público, y su objetivo es mejorar la __________.

    <p>eficiencia</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál es uno de los principios generales que deben respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación?

    <p>Transparencia.</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué ley regula la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas?

    <p>Ley 40/2015</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué se busca con el programa nacional de reformas de España para 2014?

    <p>Racionalizar la actuación administrativa y mejorar la eficiencia en el uso de los recursos públicos.</p> Signup and view all the answers

    El informe CORA sugiere la creación de nuevos órganos o entidades redundantes en la Administración Pública.

    <p>False</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuáles son algunas de las funciones que pueden ejercer los miembros de un órgano colegiado?

    <p>Formular ruegos y preguntas</p> Signup and view all the answers

    Los miembros de un órgano colegiado pueden abstenerse en las votaciones si son autoridades o personal al servicio de las Administraciones Públicas.

    <p>False</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué debe hacer un miembro que disiente de un acuerdo mayoritario?

    <p>Formular voto particular por escrito</p> Signup and view all the answers

    El acta será considerada aprobada en la misma sesión si se distribuye y recibe la conformidad de los miembros por __________.

    <p>cualquier medio</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuántas personas se requieren para constituir un órgano colegiado en la Administración General del Estado?

    <p>Tres</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué se considera un requisito indispensable para la creación de un órgano colegiado?

    <p>Determinación de sus fines u objetivos</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuáles de estos órganos están regulados por la Ley en la organización interna de los Ministerios?

    <p>Ministros</p> Signup and view all the answers

    Los Subsecretarios pueden adoptar medidas para la gestión centralizada de recursos.

    <p>True</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué establece la Ley en relación con el nombramiento de los Delegados del Gobierno?

    <p>Su nombramiento atenderá a criterios de competencia profesional y experiencia.</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuáles son las categorías de competencias de los Delegados del Gobierno?

    <p>Información a ciudadanos</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué entidades son excluidas de la aplicación de la Ley 6/1997?

    <p>Determinados entes que cuentan con previsiones legales propias.</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál es la finalidad de la Ley de Agencias Estatales para la Mejora de los Servicios Públicos?

    <p>Establecer mecanismos de responsabilidad</p> Signup and view all the answers

    La Ley 6/1997 diferencia tres tipos de entidades: Organismos Autónomos, Entidades Públicas _____ y Agencias Estatales.

    <p>Empresariales</p> Signup and view all the answers

    ¿En qué artículo de la Constitución se menciona la necesidad de estabilidad presupuestaria?

    <p>Artículo 135.</p> Signup and view all the answers

    ¿Dónde deben publicarse las delegaciones de competencias y su revocación?

    <p>En el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia.</p> Signup and view all the answers

    Las resoluciones administrativas adoptadas por delegación se consideran dictadas por el órgano delegante.

    <p>True</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuándo no se podrá delegar la competencia para resolver un procedimiento?

    <p>Cuando haya un dictamen preceptivo emitido.</p> Signup and view all the answers

    ¿En qué casos se podrá avocar un asunto por órganos superiores?

    <p>Cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.</p> Signup and view all the answers

    La formalización de las encomiendas de gestión no requiere publicación.

    <p>False</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué deben hacer los titulares de órganos administrativos en caso de vacante, ausencia o enfermedad?

    <p>Pueden ser suplidos temporalmente.</p> Signup and view all the answers

    El _____ podrá avocar para sí el conocimiento de un asunto.

    <p>órgano superior</p> Signup and view all the answers

    Relaciona cada artículo con su contenido correspondiente:

    <p>Artículo 10 = Avocación de competencias Artículo 11 = Encomiendas de gestión Artículo 12 = Delegación de firma Artículo 13 = Suplencia de titulares</p> Signup and view all the answers

    Las decisiones sobre competencia se pueden impugnar.

    <p>False</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué ley se modifica en las disposiciones finales?

    <p>Ley 50/1997, de 27 de noviembre.</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuándo entra en vigor la ley después de su publicación?

    <p>Un año después de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.</p> Signup and view all the answers

    El régimen de los miembros del Gobierno se adecúa a la Ley 3/2015.

    <p>True</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué se determina por Real Decreto en el caso de Ministros sin cartera?

    <p>Los medios materiales y personales asignados.</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué órgano del Gobierno puede asistir al Consejo de Ministros excepcionalmente?

    <p>Otros altos cargos cuando sean convocados.</p> Signup and view all the answers

    La Ley introduce la posibilidad de que el Gobierno defina precedencias en actos oficiales.

    <p>True</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué órgano se encarga de analizar asuntos que afectan a varios Ministerios?

    <p>Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál es el objetivo principal de la Ley según su artículo 1?

    <p>Establecer y regular las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas.</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué principios deben seguir las Administraciones Públicas en su actuación?

    <p>Todas las anteriores.</p> Signup and view all the answers

    Las Universidades públicas están sujetas a la presente Ley.

    <p>True</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué carencia principal de la Ley de Agencias se resuelve con la nueva regulación?

    <p>La ausencia de una verdadera evaluación externa a la entidad.</p> Signup and view all the answers

    ¿Quién supervisa la continuidad de los requisitos previstos en la Ley de Agencias?

    <p>El Ministerio de Hacienda</p> Signup and view all the answers

    Los organismos públicos tienen autonomía de gestión.

    <p>True</p> Signup and view all the answers

    El proceso de disolución de un organismo público se inicia tras el _____ del Consejo de Ministros.

    <p>acuerdo</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuáles son las categorías de entidades contempladas por la Ley en el sector institucional del Estado?

    <p>Organismos públicos, autoridades administrativas independientes, sociedades mercantiles estatales, fundaciones del sector público estatal, consorcios y fondos sin personalidad jurídica.</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué se requiere para la creación de un consorcio que involucre a la Administración General del Estado?

    <p>Ley previa y autorización del Consejo de Ministros</p> Signup and view all the answers

    Los consorcios están sujetos al régimen de presupuestación y control de la Administración Pública a la que están adscritos.

    <p>True</p> Signup and view all the answers

    Relaciona las entidades con su respectiva descripción:

    <p>Organismos públicos = Dependientes de la Administración General del Estado Sociedades mercantiles estatales = Ejercen potestades administrativas y prestacionales Fundaciones del sector público = Creación por ley y posible aportación del sector privado Autoridades administrativas independientes = Funciones de regulación o supervisión externa</p> Signup and view all the answers

    Study Notes

    Preámbulo: La Reforma del Sector Público

    • El Consejo de Ministros en 2012 creó la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) para modernizar y optimizar el sector público.
    • El informe de CORA, presentado en 2013, propuso 218 medidas para lograr Administraciones Públicas eficientes, transparentes y centradas en el servicio a los ciudadanos.
    • La Ley 40/2015 forma parte del proyecto de reforma integral impulsado por CORA, complementando la Ley reguladora del procedimiento administrativo.
    • El objetivo es crear un marco legal sistemático y ordenado para las relaciones del sector público interno (interadministrativas) y externo (con ciudadanos).

    TÍTULO PRELIMINAR: Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público.

    • Principios generales de actuación:

      • Eficacia
      • Jerarquía
      • Descentralización
      • Desconcentración
      • Coordinación
      • Sometimiento pleno a la Ley y al Derecho
      • Nuevos principios: Transparencia, planificación y dirección por objetivos.
    • Funcionamiento electrónico del sector público:

      • Obliga a las Administraciones Públicas a utilizar medios electrónicos en su relación con ciudadanos y otras Administraciones.
      • Se integran materias como firma y sedes electrónicas, intercambio electrónico de datos y actuación administrativa automatizada.
      • Se establece la interoperabilidad de los medios electrónicos y sistemas y la prestación conjunta de servicios a los ciudadanos.

    CAPÍTULO I: Disposiciones generales

    • La creación de nuevos órganos administrativos solo será posible si no existe duplicidad con los existentes.

    CAPÍTULO II: De los órganos de las Administraciones Públicas

    • Sección 1.ª De los órganos administrativos:

      • La Ley se basa en la normativa vigente de la Ley 30/1992, incluyendo novedades.
      • Se regulan los órganos de la Administración consultiva.
      • Se mejora la regulación de los órganos colegiados, incluyendo la generalización del uso de medios electrónicos para su constitución, celebración de sesiones, adopción de acuerdos, elaboración de actas.
    • Sección 2.ª Competencia:

      • La Ley establece la competencia para crear órganos administrativos.
    • Sección 3.ª Órganos colegiados de las distintas administraciones públicas

      • Se integra una disposición específica sobre el funcionamiento de los órganos colegiados en la Administración General del Estado.
    • Sección 4.ª Abstención y recusación:

      • Se especifica la abstención y recusación de los órganos de las Administraciones Públicas.

    CAPÍTULO III: Principios de la potestad sancionadora

    • La Ley incorpora los principios de la potestad sancionadora.

    CAPÍTULO IV: De la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.

    • Sección 1.ª Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas:

      • La Ley introduce cambios en la regulación de la "responsabilidad patrimonial del Estado Legislador" por lesiones a bienes y derechos de particulares por leyes declaradas inconstitucionales o contrarias a la Unión Europea.
    • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas:

      • La Ley regula la responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

    CAPÍTULO V: Funcionamiento electrónico del sector público

    • La Ley consolida y desarrolla la normativa sobre el funcionamiento electrónico del sector público, incorporando las disposiciones de la Ley 11/2007 y del Real Decreto 1671/2009.
    • Se establecen las reglas para la firma y sedes electrónicas, el intercambio electrónico de datos, y la actuación administrativa automatizada.

    CAPÍTULO VI: De los convenios.

    • La Ley regula los convenios administrativos, incluyendo su contenido mínimo, clases, duración y extinción.
    • Se incluye la obligación de remitir los convenios al Tribunal de Cuentas para su control.

    TÍTULO I: Administración General del Estado

    • CAPÍTULO I: Organización administrativa:

      • Regula los órganos superiores y directivos de la estructura ministerial.
      • Establece los órganos de la Administración periférica y en el exterior.
      • Los estatutos de los organismos públicos establecerán sus órganos directivos.
    • CAPÍTULO II: Los Ministerios y su estructura interna:

      • Se definen los órganos ministeriales: Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios, Secretarios Generales, Secretarios Generales Técnicos, Directores Generales and Subdirectores Generales.
      • Se incluyen funciones que estaban dispersas en otras normas: celebrar contratos, autorizar modificaciones presupuestarias, representación en órganos colegiados, rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas, resolución de recursos.
    • CAPÍTULO III: Órganos territoriales:

      • Sección 1.ª La organización territorial de la Administración General del Estado:

        • Define la organización territorial del Estado.
      • Sección 2.ª Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas

        • Define las funciones de los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
      • Sección 3.ª Los Subdelegados del Gobierno en las provincias

        • Define las funciones de los Subdelegados del Gobierno en las provincias.
      • Sección 4.ª La estructura de las delegaciones del gobierno

        • Define la estructura de las delegaciones del gobierno.
      • Sección 5.ª Órganos colegiados:

      • Especifica la naturaleza de los gobiernos colegiados.

    • CAPÍTULO IV: De la Administración General del Estado en el exterior:

      • Se regula la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado en el exterior.

    TÍTULO II: Organización y funcionamiento del sector público institucional.

    • CAPÍTULO I: Del sector público institucional:

      • Define el sector público institucional.
    • CAPÍTULO II: Organización y funcionamiento del sector público institucional estatal:

      • Regula la organización y funcionamiento del sector público institucional estatal.
    • CAPÍTULO III: De los organismos públicos estatales:

      • Sección 1.ª Disposiciones generales:

        • Regula los principios generales de los organismos públicos estatales.
      • Sección 2.ª Organismos autónomos estatales:

        • Regula los organismos autónomos estatales.
      • Sección 3.ª Las entidades públicas empresariales de ámbito estatal:

        • Regula las entidades públicas empresariales de ámbito estatal.
      • Sección 4.ª Agencias estatales:

        • Regula las agencias estatales.
    • CAPÍTULO IV: Las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal:

      • Se establecen las normas para las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal.
    • CAPÍTULO V: De las sociedades mercantiles estatales:

      • Define las sociedades mercantiles estatales.
    • CAPÍTULO VI: De los consorcios:

      • Regula los consorcios.
    • CAPÍTULO VII: De las fundaciones del sector público estatal:

      • Regula las fundaciones del sector público estatal.
    • CAPÍTULO VIII: De los fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal:

      • Regula los fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal.

    TÍTULO III: Relaciones interadministrativas

    • CAPÍTULO I: Principios generales de las relaciones interadministrativas:

      • Especifica los principios generales de las relaciones interadministrativas.
    • CAPÍTULO II: Deber de colaboración:

      • Define el deber de colaboración entre las Administraciones Públicas.
    • CAPÍTULO III: Relaciones de cooperación:

      • Sección 1.ª Técnicas de cooperación:

        • Regula las técnicas de cooperación interinstitucional.
      • Sección 2.ª Técnicas orgánicas de cooperación:

        • Regula las técnicas orgánicas de cooperación interinstitucional.
    • CAPÍTULO IV: Relaciones electrónicas entre las Administraciones:

      • Regula la comunicación entre las Administraciones Públicas.

    Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales.

    - Se incluyen las disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales. 
    

    Administración Periférica

    • La Ley regula los órganos de la Administración General del Estado de carácter territorial: Delegados y Subdelegados del Gobierno.
    • Los Delegados del Gobierno se definen como órganos directivos, con un papel político e institucional reforzado.
    • Se mejora la regulación de la suplencia, vacante o enfermedad del Delegado del Gobierno, correspondiendo al Subdelegado que el Delegado designe.
    • Se sistematizan en cinco categorías las competencias de los Delegados del Gobierno: dirección y coordinación; información de la acción del Gobierno y a los ciudadanos; coordinación y colaboración con otras Administraciones Públicas; control de legalidad; y desarrollo de políticas públicas.
    • Se concreta el requisito de titulación para ser nombrado Subdelegado del Gobierno, especificando el subgrupo funcionarial al que debe pertenecer.
    • Se atribuye a los Subdelegados del Gobierno la coordinación de la utilización de los medios materiales y edificios administrativos en su provincia.
    • La Secretaría General es un órgano fundamental en la gestión de las Delegaciones y Subdelegaciones, encargada de la llevanza de los servicios comunes.
    • La asistencia jurídica y el control financiero de las Delegaciones y Subdelegaciones serán ejercidos por la Abogacía del Estado y la Intervención General de la Administración del Estado, respectivamente.

    Administración Institucional

    • La Ley busca cumplir con el artículo 31.2 de la Constitución, ordenando una asignación equitativa de los recursos públicos y una programación y ejecución de gasto público eficiente y económica.
    • Se establece una nueva clasificación del sector público estatal, incluyendo organismos públicos (organismos autónomos y entidades públicas empresariales), autoridades administrativas independientes, sociedades mercantiles estatales, consorcios, fundaciones del sector público y fondos sin personalidad jurídica.
    • La Ley busca sistematizar el régimen del sector público estatal, preservando aspectos positivos de la regulación de los distintos tipos de entes, suprimiendo especialidades que propiciaban la excepción de controles administrativos, y dedicando atención a la supervisión, transformación y extinción de entidades públicas.
    • Se establece un sistema de supervisión continua de entidades del sector público estatal a cargo del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
    • Se establece un control de eficacia anual, centrado en el cumplimiento de los objetivos propios de cada entidad, a cargo del Departamento al que está adscrita.
    • La creación de un medio propio o su declaración como tal deberá ir precedida de una justificación por parte de la Intervención General, asegurando la sostenibilidad y eficacia de la entidad.
    • Se incorpora la regulación de los medios propios y servicios técnicos de la Administración, de acuerdo con la normativa de contratos del sector público.
    • Se establecen requisitos para la creación de medios propios, incluyendo una memoria de la intervención general que justifique su existencia, y su identificación a través del acrónimo "MP."

    Organismos Públicos

    • Los organismos públicos se definen como entidades dependientes o vinculadas a la Administración General del Estado, creadas para la realización de actividades administrativas, de fomento, prestación, gestión de servicios públicos o producción de bienes de interés público susceptibles de contraprestación.
    • Los organismos públicos tienen personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión.
    • Se establece una estructura organizativa común en el ámbito del sector público estatal, con órganos de gobierno, ejecutivos y de control de eficacia.
    • La clasificación de las entidades corresponde al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, de acuerdo con los criterios del Real Decreto 451/2012, que regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.

    Creación de Organismos Públicos

    • Se establecen requisitos más estrictos para la creación de organismos públicos.
    • Se exige un plan de actuación con análisis de eficiencia, justificación de la forma jurídica, objetivos y indicadores para medirlos, y prueba de inexistencia de duplicidades.
    • Se necesita un informe preceptivo del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
    • Los organismos públicos existentes y los de nueva creación deben aplicar una gestión compartida de servicios comunes, a menos que se justifique lo contrario en base a la eficiencia, seguridad nacional o autonomía del servicio.

    Transformaciones y Fusiones

    • Se permite la transformación y fusión de organismos públicos de la misma naturaleza jurídica.
    • La fusión se realiza mediante una norma reglamentaria que puede modificar la ley de creación.
    • Se controla la transformación de organismos autónomos en sociedades mercantiles o fundaciones del sector público, exigiendo una memoria justificativa y un informe de la Intervención General.
    • Se facilita la transformación de sociedades mercantiles estatales en organismos autónomos, que se someten a controles más intensos.

    Disolución, Liquidación y Extinción

    • Se regula la disolución, liquidación y extinción de organismos públicos en el ámbito estatal.
    • Las causas de disolución incluyen desequilibrio financiero durante dos ejercicios presupuestarios consecutivos, aunque puede corregirse con un plan específico.
    • La disolución se realiza mediante un acuerdo del Consejo de Ministros.
    • Se designa un órgano administrativo como liquidador, cuya responsabilidad recae en la administración que lo designa.
    • La liquidación se inicia automáticamente tras la publicación del acuerdo de disolución.
    • La liquidación se realiza mediante la cesión global del activo y pasivo del organismo a la Administración General del Estado.
    • La extinción se produce automáticamente una vez formalizada la liquidación.

    Tipología de Entidades en el Sector Público Estatal

    • Se establecen varias categorías de entidades.
      • Organismos públicos: comprenden los organismos autónomos y las entidades públicas empresariales.
      • Autoridades administrativas independientes.
      • Sociedades mercantiles estatales.
      • Fundaciones del sector público estatal.
      • Consorcios.
      • Fondos sin personalidad jurídica.
    • Se define el régimen jurídico, económico-financiero, presupuestario, de contratación y de personal de cada categoría de entidad.

    Relaciones entre las Distintas Administraciones Públicas

    • Se establece un régimen completo para las relaciones entre las distintas administraciones públicas.
    • Se priorizan los principios de adecuación al sistema de distribución de competencias, solidaridad interterritorial, programación y evaluación de resultados, e igualdad de derechos.
    • Se diferencian la cooperación (voluntaria) y la coordinación (obligatoria).
    • Se regula la cooperación, destacando la Conferencia de Presidentes, las Conferencias Sectoriales y las Comisiones Bilaterales de Cooperación.
    • Las Conferencias Sectoriales informan sobre anteproyectos de leyes y proyectos de reglamentos, potenciando la planificación conjunta y evitando duplicidades.
    • Las Conferencias Sectoriales pueden adoptar recomendaciones y acuerdos, que pueden tomar la forma de planes conjuntos de obligado cumplimiento.
    • La Administración General del Estado puede ejercer funciones de coordinación, lo que convierte los acuerdos en obligatorios para todas las Administraciones de la conferencia sectorial.
    • Se fomenta el funcionamiento electrónico de estos órganos para agilizar las convocatorias y ahorrar costos.
    • Se delimitan los supuestos en los que la asistencia y cooperación pueden negarse.
    • Se establecen técnicas de colaboración: creación de sistemas integrados de información, deber de asistencia y auxilio, y otras previstas en la ley.
    • Se crea el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación para proporcionar información fiable sobre los órganos y convenios de cooperación.
    • Se fomenta la creación voluntaria de servicios integrados o complementarios, donde cada administración considera las competencias de las demás.
    • Se potencia la disponibilidad de sistemas electrónicos de información mutua.

    Disposiciones Adicionales

    • Se recogen disposiciones adicionales sobre la Administración de los Territorios Históricos del País Vasco, los Delegados del Gobierno en Ceuta y Melilla, la estructura administrativa en las islas menores, las relaciones con Ceuta y Melilla, la adaptación de organismos y entidades existentes, la gestión compartida de servicios comunes, la transformación de medios propios, el Registro estatal de órganos de cooperación, la adaptación de convenios, la Comisión sectorial de administración electrónica, la adaptación de consorcios en los que participa el Estado, los conflictos de atribuciones intraministeriales, y el régimen jurídico del Banco de España, Autoridades Portuarias, Puertos del Estado, entidades gestoras de Seguridad Social, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y la organización militar.

    Disposiciones Transitorias y Derogatoria

    • Se establece el régimen aplicable al sector público institucional existente al entrar en vigor la ley.
    • Se regulan las reglas para la elaboración de normas en curso.
    • Se deroga la normativa y disposiciones de igual o inferior rango.

    Modificación de la Ley del Gobierno

    • Se adecúa el régimen de los miembros del Gobierno a la Ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración.
    • Se introducen mejoras técnicas sobre el procedimiento y formalidades del cese del Presidente, Vicepresidentes y Ministros.
    • Se determina el ámbito de competencias, estructura administrativa, medios materiales y personales para Ministros sin cartera.
    • Permite excepcionalmente la asistencia de otros altos cargos al Consejo de Ministros.
    • Se flexibiliza la suplencia de miembros del Consejo de Ministros.
    • Se completa el régimen de las Comisiones Delegadas del Gobierno.
    • Se habilita al Gobierno para regular precedencias y el régimen de expresidentes.
    • Se fomenta la tramitación telemática mediante instrucciones para la documentación electrónica de propuestas y acuerdos.
    • Se mejora el funcionamiento de los órganos de colaboración y apoyo al Gobierno: Comisión General de Secretarios de Estado, Secretariado del Gobierno, y gabinetes.
    • Se regula la posibilidad de avocar competencias al Consejo de Ministros.

    Reforma del Título V

    • Se reforma el procedimiento para ejercer la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria en línea con la Ley de Procedimiento Administrativo.
      • Se incluye la elaboración de un Plan Anual Normativo, la realización de una consulta pública, el reforzamiento del contenido de la Memoria de Impacto Normativo, la atribución de funciones al Ministerio de la Presidencia, y la evaluación ex post de las normas.
    • Se adoptan las recomendaciones de la OCDE y la Comisión Europea sobre Better Regulation.
    • Se establece la fecha de entrada en vigor de las normas que afecten a las pequeñas y medianas empresas.

    Órganos Colegiados: Funcionamiento

    • Régimen jurídico: Las normas de esta sección se aplican a todos los órganos colegiados, independientemente de la administración pública a la que pertenezcan.
    • Autonomía de funcionamiento: Los órganos colegiados con participación de organizaciones sociales o de diferentes administraciones pueden establecer o modificar sus propias normas de funcionamiento.
    • Integración y Jerarquía: Los órganos colegiados integrados por organizaciones sociales o diferentes administraciones, a pesar de formar parte de determinada administración pública, no se incluyen en su estructura jerárquica a menos que sus normas de creación, funciones o naturaleza lo establezcan.
    • Publicidad de creación: Cuando un órgano colegiado toma decisiones con efectos jurídicos sobre terceros, su acuerdo de creación y normas de funcionamiento deben ser publicados en el boletín o diario oficial de la administración correspondiente.
    • Secretario: Es crucial para la legalidad de las actuaciones del órgano colegiado, certificando la legalidad formal y material de las actuaciones.
      • El secretario podrá ser miembro del órgano colegiado o un empleado de la administración pública respectiva.

    Convocatorias y Sesiones

    • Forma de reunión: Las sesiones pueden ser de forma presencial o a distancia, salvo que las normas internas del órgano establezcan lo contrario,
    • Constitución válida: Para la celebración de sesiones y adopción de acuerdos, el órgano colegiado necesita la presencia, física o virtual, del presidente y secretario, además de la mitad de los miembros.
    • Convocatorias: Los miembros del órgano colegiado deben recibir la convocatoria con el orden del día y la documentación necesaria con mínimo dos días de antelación.
    • Asuntos no incluidos en el orden del día: Solo pueden ser abordados si todos los miembros están presentes y se declara la urgencia con voto favorable de la mayoría
    • Adopción de acuerdos: Se toman por mayoría de votos, y en caso de votación a distancia, se consideran adoptados en lugar del órgano colegiado (en caso de no existir sede, donde esta ubicada la presidencia).

    Actas

    • Contenido: Deben registrar la asistencia, el orden del día, las circunstancias del lugar y tiempo de la reunión, los puntos principales de las deliberaciones y los acuerdos adoptados.
    • Grabación de sesiones: Las sesiones pueden ser grabadas, y el archivo de la grabación junto con la certificación del secretario, pueden acompañar el acta.

    Órganos Colegiados en la Administración General del Estado

    • Normativa: Se aplican las normas del artículo 19 y la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Presidente: Representa al órgano, convoca sesiones, preside las sesiones, dirime los empates, vela por el cumplimiento de las leyes, y visan las actas.
    • Miembros del órgano: Deben participar en los debates, votar, y formular su voto particular, así como presentar ruegos, preguntas, y obtener la información necesaria para cumplir sus funciones.
    • Secretario: Asiste a las sesiones, convoca las sesiones, recibe la comunicación de los miembros, prepara el despacho de los asuntos, elabora las actas, expide certificaciones.

    Requisitos para Constituir Órganos Colegiados

    • Definición: Son órganos colegiados los que se crean formalmente, están integrados por tres o más personas, y que ejercen funciones de decisión, propuesta, asesoramiento, seguimiento o control.
    • Creación: La norma de creación o convenio con otras administraciones públicas debe especificar: fines u objetivos, integración administrativa, composición, funciones, y la provisión de los créditos necesarios.
    • Clasificación: Se clasifican en órganos colegiados interministeriales (si sus miembros pertenecen a diferentes ministerios) y órganos colegiados ministeriales (si sus miembros proceden del mismo ministerio).

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