Introducción al Derecho Constitucional

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Questions and Answers

La palabra DERECHO proviene del latín 'DIRECTOS', que significa 'construir'.

False (B)

El Derecho Constitucional es una rama del Derecho Público Interno que determina la organización jurídica y política del Estado.

True (A)

La doctrina es una fuente del derecho constitucional.

True (A)

El Derecho Administrativo es el conjunto de normas que rigen la actividad del Estado y presiden la organización y funcionamiento de los servicios públicos.

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La Carta Magna fue expedida por el REY JUAN SIN RUMBO el 15 de junio de 1315.

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El 'Instrument of Coverment' es considerada como la primera constitución escrita en Inglaterra.

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La constitución estadounidense fue un producto de la experiencia recogida por las 23 colonias en su lucha para emanciparse de Inglaterra.

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El jurista ingles Blackstone inauguro el 25 de octubre de 1658 una catedra sobre la Constitución.

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En Bolivia, la primera ley sobre Organización Provisional del Poder Ejecutivo fue aprobada el 19 de junio de 1926 por el Congreso Constituyente.

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Según Constantineau, un gobierno 'de jure' en el estricto sentido jurídico es un gobierno que ilegalmente obtiene la posesión y control de un estado o país.

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Flashcards

¿Qué es el Derecho Constitucional?

Rama del Derecho Público Interno que define la organización jurídica y política del Estado, junto con los derechos y deberes ciudadanos.

¿Qué es la Constitución?

Normas fundamentales sobre la organización y función del Estado, origen de normas secundarias y reajustes.

¿Qué es el Derecho Constitucional Nacional?

Estudia sistemáticamente, interpreta y critica las normas constitucionales vigentes en un Estado específico.

¿Qué es el Derecho Constitucional General?

Principios y normas incorporadas en la mayoría de las constituciones y en pactos internacionales (ONU).

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¿Qué es el Derecho Constitucional Comparado?

Estudio comparativo de las normas constitucionales vigentes en diversos países.

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¿Qué es el Constitucionalismo?

Limitación del ejercicio del poder para proteger los derechos y libertades de los ciudadanos.

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¿Qué es el Constitucionalismo Liberal?

Conocido como movimiento constitucionalista o constitucionalismo clásico, surge a finales del siglo XVII.

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¿Qué es el Poder Constituyente?

Es la facultad de toda comunidad soberana de darse su ordenamiento jurídico y político fundamental.

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¿Qué es el Estado?

Conjunto de personas en un territorio delimitado, con un gobierno y normas jurídicas.

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¿Qué es la Nación?

Grupo humano con historia, cultura, idioma y tradiciones comunes.

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Study Notes

Introducción al Derecho Constitucional

  • La palabra "Derecho" viene del latín "directus," que significa alinear, enderezar, seguir el camino recto.
  • La ciencia del Derecho es el conjunto de principios, reglas y preceptos que rigen las relaciones humanas en sociedad.
  • El Derecho acarrea la autoridad de su aplicación general e indiscriminada
  • La autoridad de un individuo se basa en su adhesión a la ley.
  • El Derecho Constitucional es la rama del Derecho Público Interno que organiza jurídica y políticamente al Estado y define los derechos y deberes ciudadanos.
  • El Derecho Constitucional, ciencia fundamental que contiene preceptos obligatorios relacionados con el Estado, subordina las ramas del derecho público y privado.

Fuentes del Derecho Constitucional

  • Historia: Registra la evolución de las instituciones políticas a través del tiempo y el origen de las normas constitucionales.
  • La historia del derecho público en Grecia, Roma, Inglaterra, Francia y los EE. UU. ilustra esta evolución.
  • Costumbre: Es la repetición de actos espontáneos convirtiéndose en ley, ejemplificado por el derecho consuetudinario inglés no escrito.
  • Constitución: Es un código fundamental con las normas principales de la organización y función del Estado.
  • Jurisprudencia: Es la interpretación de las leyes por los tribunales, como las resoluciones uniformes de la Corte Suprema de Justicia.
  • Doctrina: Incluye los estudios, teorías y proposiciones de jurisconsultos que guían reformas constitucionales y nuevas leyes.
  • Derecho Comparado: Implica el estudio de constituciones y leyes de varios estados para evaluar la conveniencia de incorporar sus instituciones al derecho constitucional nacional.

Relaciones del Derecho Constitucional

  • Derecho Administrativo: Norma la actividad del Estado y la organización de los servicios públicos.
  • El Derecho Constitucional crea los órganos del Estado, y el Derecho Administrativo los hace funcionar.
  • El ejercicio de los derechos reconocidos por la CPE es reglamentado y limitado por el D. Administrativo.

Ramas del Derecho Constitucional

  • Derecho Constitucional Nacional/Particular: Estudia, sistematiza, interpreta y critica las normas jurídicas constitucionales vigentes en un Estado determinado.
  • Derecho Constitucional General: Abarca principios, normas y declaraciones fundamentales de aceptación universal incorporadas en constituciones y pactos internacionales.
  • Derecho Constitucional Comparado: Analiza las normas jurídicas constitucionales vigentes en diversos países, señalando coincidencias y diferencias entre sus instituciones.

Origen del Derecho Constitucional

  • El Derecho Constitucional se remonta a siglos atrás, impulsado por la lucha por la libertad y los derechos ciudadanos.
  • En los estados teocráticos orientales, la ley tenía carácter religioso y se identificaba con la voluntad divina.
  • Estas sociedades carecían de constituciones aunque tuvieran una organización política.
  • En la Grecia del siglo VI a.C., la democracia en las asambleas marca el inicio de un sistema político constitucional.
  • Solón y Clístenes en Atenas, y Dracón, contribuyeron a la legislación democrática y severa.
  • Roma destacó por sus instituciones jurídicas en evolución, separando el Derecho Público del Derecho General en el siglo III a.C..
  • Los hebreos limitaron el poder con la ley moral.
  • Durante la Edad Media, la ley y la autoridad volvieron a tener origen divino.
  • La "ciudad antigua" evolucionó a naciones modernas, limitando la autoridad feudal.

Evolución en Inglaterra

  • El derecho público y constitucional evolucionaron a partir del siglo XIII, dando forma al parlamento, habeas corpus y derechos civiles y políticos.
  • La Carta Magna (1215) es considerada el origen de las libertades inglesas, limitando la monarquía absoluta.
  • El artículo 14 estipulaba que no se establecerían tributos sin el consentimiento del Consejo.
  • El artículo 46 protegía contra arrestos y desposesiones arbitrarias.
  • Petición de Derechos (1628): Surge por la imposición de contribuciones arbitrarias y arrestos sin proceso de Carlos I, quien finalmente cedió a la petición del parlamento.
  • Instrument of Government (1653): Se consideró como la primera y única constitución escrita en Inglaterra, confiando el poder ejecutivo a un Lord Protector vitalicio y dando al parlamento la función legislativa exclusiva.
  • Habeas Corpus: Antes de la Carta Magna, varios mandatos permitían cumplir algunas de sus funciones.
  • Bill of Rights: Este conjunto de 13 artículos buscaba limitar futuros abusos monárquicos, declarando ilegal la suspensión de leyes o la exacción de impuestos sin consentimiento parlamentario.
  • Incluía el derecho de petición, elecciones libres, y prohibición de multas desproporcionadas.

Bases Renovadas en Inglaterra

  • El Bill de Derechos, el Acta de Tolerancia (1689), el Acta Trienal (1694) y el Acta de Establecimiento de 1701 establecieron límites a la Corona.
  • El Bill de Derechos es un antecedente clave del Derecho Constitucional moderno.
  • Establece la separación de poderes, el derecho de petición, el derecho del Congreso a aprobar la fuerza militar, la prohibición de torturas y la inviolabilidad parlamentaria.

Estados Unidos de América

  • Los derechos políticos y civiles de las colonias inglesas eran regulados por concesiones de la Corona.
  • En 1658, Connecticut adoptó su propia constitución, el "Fundamental Order".
  • En 1774, las colonias acordaron negarse a pagar impuestos injustos y demandaron el retiro de tropas inglesas.
  • El 4 de julio de 1776, las trece colonias suscribieron la Declaración de Independencia.
  • El 17 de septiembre de 1787, adoptaron la Constitución de los Estados de América, la primera conocida.
  • La Constitución estadounidense se basa en la limitación de las facultades de los gobernantes, garantía de derechos y libertades, y la separación de poderes.

Francia

  • El constitucionalismo francés se basa en las obras de la Enciclopedia y la Ilustración, influyendo en la Revolución de 1789.
  • La Revolución Americana influyó en Francia a través de figuras como Benjamin Franklin y Lafayette.
  • La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) contenía:
    • Igualdad ante la ley.
    • Soberanía nacional.
    • Libertad como derecho natural.
    • Proceso legal debido.
    • Libertad de opinión, religión y conciencia.
    • Derecho a la propiedad privada.

Primeras Cátedras

  • En 1758, Blackstone inauguró una cátedra sobre la Constitución y las leyes de Inglaterra, enfocándose en el "Sistema Jurídico Inglés".
  • En 1791, Francia decidió enseñar la Constitución Francesa en facultades de derecho.
  • En 1834, la materia fue nombrada "Derecho Constitucional".
  • En 1878, el nombre "Derecho Constitucional" se adoptó definitivamente en las universidades francesas.

Constitucionalismo Liberal

  • El constitucionalismo limita el poder.
  • El constitucionalismo reconoce la importancia del individuo y la sociedad, asegurando sus fines mediante normas públicas razonadas.
  • El constitucionalismo dota a los Estados de una Constitución escrita, hace valer su supremacía, reconoce los derechos inherentes, y estructura y somete al Estado al Derecho.
  • El constitucionalismo como teoría política tiene poco más de 230 años.

Etapas del Constitucionalismo

  • Constitucionalismo liberal o clásico
  • Constitucionalismo restaurador
  • Constitucionalismo social
  • Neoconstitucionalismo
  • Nuevo constitucionalismo latinoamericano

Constitucionalismo Liberal

  • El constitucionalismo liberal surge en Inglaterra a fines del siglo XVII y se extiende a otros paises Europeos.
  • Este constitucionalismo está al servicio de la burguesía y busca su triunfo sobre el rey, la aristocracia y el clero.
  • Sus principios incluyen dotar a los Estados de una Constitución, la división de poderes, la garantía de derechos individuales, la soberanía popular, la representación política, la limitación del poder y el derecho a la propiedad.
  • Los ideales liberales se concretaron a través de las revoluciones inglesa, norteamericana y francesa.
  • Los primeros logros perdurables fueron la Constitución de Estados Unidos (1787), y las constituciones de Francia y Polonia (1791), y la Constitución de Cádiz (1812).

Aportes al Constitucionalismo Moderno

  • Inglaterra:
    • Consolidó la teoría de la representación mediante el Parlamento.
    • Formalizó las garantías a la seguridad individual con el habeas corpus.
    • Implementó el sistema de gobierno parlamentario buscando equilibrio entre el ejecutivo y el legislativo.
  • Estados Unidos:
    • Adoptó la primera Constitución escrita a nivel nacional.
    • Implementó un estado federal, la división de poderes con un sistema presidencial.
    • Enunció los derechos individuales esenciales y creó un Poder Judicial independiente.
    • Implementó la dualidad de cámaras legislativas y la adopción del sistema representativo.
  • Francia:
    • Se racionalizó y sistematizó el ordenamiento político del Estado.
    • Influyó el pensamiento político de los filósofos en la propagación de las ideals liberales.
    • Revaluó la teoría de la soberanía popular y proclamó la soberanía nacional.
    • En 1789, se proclamó solemnemente los derechos y libertades individuales en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
    • Se instauró el sistema de gobierno convencional por primera vez.

Constitución Gaditana En España

  • Tuvo un impacto menor que las constituciones norteamericana y francesa.
  • Afrontó el reto de gobernar grandes territorios y poblaciones: 26 millones de habitantes en cuatro continentes (14 millones de km²).
  • Caracteristicas
    • Monarquía constitucional.
    • Dos corrientes: progresistas y realistas.
    • Idea central de soberanía.
    • No intervención del Estado.
    • Fuerte aspiración liberal, limitando el poder.

Constitucionalismo Social

  • El orden democrático-liberal exaltó los derechos individuales pero permitía la acumulación de poder en pocos.
  • La Revolución Industrial y el crecimiento demográfico llevaron a la explotación laboral y la desigualdad.
  • El siglo XIX estuvo marcado por conmociones sociales.
  • La Primera Guerra Mundial provocó transformaciones en el constitucionalismo.
  • La Revolución Mexicana buscó erradicar la injusticia y establecer un régimen democrático inspirado en la justicia social.
  • El Constitucionalismo Social se propuso dar prioridad a los derechos sociales y colectivos.
  • El Estado comenzó a ocuparse de la educación, la salud y la asistencia social, regulando las relaciones laborales.
  • Surgieron el Estado benefactor, el Estado de bienestar y el Estado social de Derecho.
  • La Constitución Mexicana de 1917 estableció el dominio del Estado sobre la tierra y los recursos naturales, protegió los derechos laborales y la asociación sindical.
  • La Constitución de Weimar (1919) dispuso que la economía debía basarse en la justicia social.
  • En 1938, la Constitución Boliviana adoptó esta corriente.
    • Propendía a régimen económico financiero basado en la justicia social,protección estatal al trabajo y al capital.
    • Régimen cultural con la educación como alta función del Estado.
    • Régimen agrario y campesino.

Distinción entre Constitucionalismo Democrático y Constitucionalismo Social

  • El Constitucionalismo Demoliberal descansa en la soberanía nacional, separando los poderes del Estado para garantizar la libertad y estableciendo un gobierno representativo con derechos individuales.
  • El Constitucionalismo Social reside en la soberanía popular, multiplicando las funciones de los órganos de gobierno con formas semidirectas y participación popular, protegiendo los derechos humanos y sociales.
  • Liberal: Teoría de la separación, gobierno representativo, derechos individuales
  • Social: Soberanía popular, defensa de los derechos humanos.

Poder Constituyente

  • Es la fuente original de toda constitución y se refiere a la facultad del pueblo de constituir un Estado y su organización política y jurídica.
  • Es la facultad de una comunidad soberana para darse su ordenamiento jurídico y reformarlo cuando sea necesario.
  • No hay poder anterior al Poder Constituyente, que crea la estructura del Estado.
  • Este poder surge con la Revolución Francesa o guerras de liberación nacional. Ejemplos incluyen 1776 en EE. UU., y 1789 en Francia.
  • El Poder Constituyente exhibe caracteres primarios, originarios, extraordinarios, supremos y directos.

Poderes Constituidos

  • Son los órganos e instituciones contemplados en la constitución: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
  • El poder constituyente radica en la voluntad creadora del Estado, mientras que los poderes constituidos forman el gobierno ordinario.
  • El poder constituyente es la voluntad jurídica creadora de la constitución y El poder constituido nace de este y está subordinado a él.
  • El poder constituyente es originario, supremo, directo y emana de la voluntad del pueblo, reconociendo y garantizando los derechos fundamentales
  • No tiene límites, sino que se fundamenta en los derechos naturales.

Poder Constituyente en Bolivia

  • Formado por los documentos históricos:
    • Proclama de la Junta Tuitiva (La Paz, 1809).
    • Estatuto constitucional de la Junta Tuitiva (1809).
    • Decreto firmado por Antonio José de Sucre (1825).
    • Acta de Independencia (1825).
    • La Primera ley sobre el poder ejecutivo (1826).
    • La primera constitución boliviana elaborada por Simón Bolívar (1826).
  • La constitución boliviana no contempla el Poder Constituyente derivado o jurídico.

El Estado y la Nación

  • Estado viene del latín "status," refiriéndose al modo de ser de algo.
  • El Estado es la nación política y jurídicamente organizada, con capacidad de imponer la autoridad de la ley.

Elementos del Estado

  • Población: Conjunto de personas en un territorio con derechos políticos (pueblo) y datos demográficos (población).
  • Territorio: Base física donde vive la población, incluyendo suelo, subsuelo, aguas y atmósfera, sobre la cual el Estado ejerce su poder.
  • Poder: Capacidad de imponer decisiones para el bien común, buscando equilibrio entre las fuerzas sociales.

Formas de Estado

  • Estado Unitario: Se distingue por la descentralización del gobierno nacional, la unidad del ordenamiento jurídico y la unidad de la jerarquía administrativa.
  • Bolivia es un Estado unitario, centralizado o descentralizado.
  • Estado Federal: Formado por estados o provincias federadas con autonomía legislativa y administrativa, pero subordinadas a la Constitución Federal. Hay niveles diferenciados de soberanía y autonomía.
  • Confederación y federación: La confederación une a estados soberanos mediante un pacto, sin disminuir su soberanía. Los estados confederados pueden oponerse a actos del poder confederado.

La Nación

  • Es un grupo humano en un territorio vinculado por historia, creencias, idioma y proyecciones comunes.
  • Es un concepto histórico-sociológico base del Estado-Nación, que es un concepto jurídico-político.
  • La existencia de la nación implica una larga convivencia con vínculos históricos y sociales.

Gobierno

  • Es la organización que formula, expresa y realiza la voluntad del Estado.
  • Está vinculada con la actividad funcional del Estado, ejercida comúnmente por el poder ejecutivo.
  • El gobierno comprende a las ramas ejecutiva, legislativa y judicial.

Formas de Gobierno

  • Aristóteles distinguía entre formas puras (monarquía, aristocracia, democracia) e impuras (tiranía, oligarquía, demagogia).
  • Montesquieu clasificaba en republicano, monárquico y despótico.
  • Karl Loewenstein subdivide las autocracias en regímenes autoritarios y totalitarios.

Gobiernos de Facto

  • Son aquellos que ejercen el poder con infracción de la legalidad constitucional.

Estado de Derecho

  • El Estado se somete a la ley que el mismo impone, obligatoria para todos en igualdad de condiciones.
  • En la antigüedad griega y romana eran muy pocos los titulares de derechos
  • La igualdad es consustancial al Estado de Derecho
  • En 1787 la Declaración de Virginia, se reconocen los derechos naturales del hombre
  • Es sinónimo de orden constitucional y producto de las revoluciones liberales del siglo XVIII.
  • El estado para Kelsen, es un ESTADO DE DERECHO, sin importar su forma de gobierno es ese orden coactivo.
  • El Estado Social de Derecho supera el concepto burgués clásico, promoviendo el bienestar social.
  • El Estado Democrático de Derecho vincula socialismo y democracia, para ejercitar todos los derechos y libertades del hombre

Democracia

  • Marcha y avanza el constitucionalismo desde las revoluciones norteamercanas y francesas, coincide con las instituciones democráticas contra la monarquía.
  • Hay un bacio democrátivo de 2000 años tras la práctica desaparición de la ciudad-estado griega
  • Pericles caracterizó:
    • ISONOMIA (igualdad ante la ley)
    • ISOTIMIA (igualdad de derechos para acceder al auge y al poder)
    • ISEGORIA (libertad para la asociación y ejrcer las libertades)
  • Tucidides dijo que la democracia busca la utilidad del mayor número, no la ventaja de algunos, iguales ante ley.

Democracia y virtud

  • La democracia está inspirada en las virtudes para consagrar el privilegio
  • Hay que emplear productivamente las riquezas
  • No avergonzarse de la pobreza sino con el trabajo
  • Razonar y ejecutar los actos
  • Un gobierno democrático es uno de gobernantes electos, soberanos y respetosos de los derechos.

Formas de la Democracia

  • Proceso electoral: Libre
  • Los derechos se contemplan en declaración universal
  • Los poderes están separados
  • Ordenamiento juridico, sanciones politicas, penales y civiles

Contenido Social De La Demcoracia

  • La democracia propende el progreso económico
  • Un país o estado no con contenido social, no es demcoratico
  • Hay 3 forma de democracia clásicas (aunque hay más)
  • Directa, el pueblo resuelve los asuntos de estado
  • Indirecta de represantatividad
  • Semi diecta, combinación de ambas directras y representativas

Tipos de democracia en el sistema democrático semi directo

  • o La iniciativa popular.
  • o Referendum y Plebiscito.
  • o Revocatoria o recall.
  • Hay sistemas mixtos entre el directo y reprentativo.

En las democracias burguesa existen

  • o Democracia popular.
  • o La social democracia.
  • o Democracia cristiana.

Concepto e importancia de la Constitución

  • La palabra constitución" deriva de la voz latina CONSTITUTIO traducido como ''lo que es'', "como esta"
  • Las constituciones son la base en la que se sustentan todos los ordenamientos jurídicos.
  • Tiene como objectivo buscar el equilibrio entre gobernantes y gobernados y fijando límites y controles al poder.

Antecedentes histórico

  • No se conocín la figura de las constitucines tal conococemos ahora
  • Los códigos y leyes de Hammurabi
  • En GRECIA con aristóteles, La política existia el ejercicio de la democracia directa
  • Roma , dictamenes de los juristas y estadistas. costumbres, usos, acuerdos y creencias apoyados en los métodos de gobierno. dictadas Por el Príncipe las leyes imperiales
  • La Edad Media las constituciones papales Las órdenes religiosa tenian constituciones propias El concepto de ley fundamental

Objetivo de la Constitución

  • Con las revolciones americana y francesa con
  • Leyes acordadas y Cartas
  • Para la protección del pueblo con la la garantía de los derechos ni establecida de la separación de los poderes
  • Busca los equilibrios

Objetivos

  • Diferenciación de las labores del Estado.
  • Instituciones y dispositivos para la cooperación entre los diversos órganos.
  • Mecanismo bloqueos. Con un contenido en la CE que debe comprender:
  • Reformas del mismo en lo social y lo político.
  • Reconocimiento expreso de los derechos sociales, y libertades públicas.

Reformas

  • Reflejo y equilibrio que puede ser roto o alterado tras situaciones políticas.
  • Reformas acomodadas.
  • Bolivia la uso muchas veces más eeuu.

Sistemas de Reforma

  • Mediante iniciativa y decisión del Órgano Legislativo
  • Iniciativa del gobierno (primer Ministro o Ministros) del congreso
  • REFORMA CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA, de un sistema rígido

Interpretación

  • Los textos constitucionales deben ser claros, precisos y concordantes, de manera de que sus disposiciones
  • Deben crear la aplicación en la población
  • El Tribunal supremo será al que dictamine.

Constitución Política Del Estado EN BOLIVIA.

  • La cualidad ejecutiva y legislativa.
  • La autonomía ejecutiva, la autonomía Municipal-
  • La autonomía indígena originario campesina.

Principios Constitucionales

  • Ético-morales
  • Valores
  • Principios generales y particulares establecidos.
  • Órgano Judicial y por ende regulado por 025 y CPE
  • Supremo de justicia o a las máxima Autoridades judiciales y valores del TRIBUNAL.

Valores a los artículos principales

  • II de La Constitución Boliviana
  • la Constitución Boliviana
  • Unidad -Solidaridad -Transparencia -
  • Igualdad -Reciprocidad -Equilibrio
  • Inclusión -Respeto - Igualdad de oportunidades
  • Dignidad Complementariedad Equidad social y de género
  • Libertad -Armonía -Bienestar común

Principios del Preamble en la Constitución Política del Estado

  • Intensión del gobierno y estados
  • Soberanía
  • Dignidad
  • Complementariedad
  • Solidaridad
  • Armonía
  • Equidad
  • Distribución y redistribución del producto social

Derechos y Deberes Fundamentales

  • Libertad del ciudadano, desaparece por los gremios
  • Los derechos humanos, se reconocen el respeto a los derechos humanos.
  • Esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado
  • Porque posibilitan a la persona exigir de la autoridad respectiva en su vida y su dignidad humana

Naturaleza y fundamentos

  • NATURAL: Correspondencia por sus valores en las escuelas , HISTORICICISTA Y en la etuca. Los derechos fundamentales , son naturales, deben ser inherentes y morales y juridicamente

DERECHOS CONSTITUCIONALES.

Son aquellos que por norma constitucional tienen estatus especial

  • 1era generación a los derechos de la Revolución Francesa
  • 2da generación los derechos sociales, económicos
  • 3era generación: Por los derechos de los pueblos de cooperación

Las garantías Constitucionales:

  • Se presentan como reglas positivas y obligatorias
  • Suelen constar, leyes o funcionarios específicos.

Clasificación de garantías

  • Hay dos tipos de garantías constitucionales:
  • GARANTIAS POLITICAS
  • GARANTIAS JURISDICCIONALES
  • INDIVIDUALES: HABEAS CORPUS, EL AMPARO CONSTITUCIONAL Y EL HABEAS DATA
  • COLECTIVAS: Huelga laboral, de la sindicalización protección, a la familia, a la salud, a la educación, etc.
  • Llamaos los Garantes de Justicia.

EL ''OMBUDSMAN''. –

Es funcionario público para quejas de los ciudadanos que sean víctimas en sus derechos. GARANTIAS JURISDICCIONALES. ART. 109 СРЕ SON LA TÉCNICA QUE NOS REDUCE LA DISTANCIA ENTRE NORMATIVA A EFECTIVIDAD. TRIBUNALES DE GARANTIAS COSNTITUCIONALES. - Garantizar la constitución

GARANTIAS DE LAS PERSONAS

LIBERTAD DE LOCOMOCION. Puede ingresar, permanecer, transitar y salir del territorio. Con las garantías con nadie a puestos en prisión si no en formas y caso de estipulados en la ley,

HABEAS CORPUS. La garantía de la libertad de hombre.

  • Se genera la libertad civil.

CARACTERÍSTICAS:

  • Cuando una persona, se ve iletrado, se procede de recurso,
  • Son personales, competentes, con sus debidads revisiones de los procesos etc.

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