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Questions and Answers
¿Cuál es una característica principal del empresario individual?
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La forma jurídica de las empresas puede cambiar a lo largo del tiempo.
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True
El empresario individual asume todas las decisiones de la empresa y responde de forma personal con su ______ a las deudas contraídas.
El empresario individual asume todas las decisiones de la empresa y responde de forma personal con su ______ a las deudas contraídas.
patrimonio
Asocia cada tipo de empresario con su característica principal:
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¿Qué tipo de impuesto tributa el empresario individual sobre sus actividades económicas?
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¿Cuál de las siguientes afirmaciones describe mejor a una sociedad colectiva?
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Las sociedades capitalistas priorizan la persona del socio y no el capital que aportan.
Las sociedades capitalistas priorizan la persona del socio y no el capital que aportan.
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¿Qué tipo de aportaciones pueden hacer los socios en una sociedad colectiva?
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Una sociedad _____ es una forma jurídica donde los socios responden frente a las deudas de forma ilimitada.
Una sociedad _____ es una forma jurídica donde los socios responden frente a las deudas de forma ilimitada.
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Relaciona los tipos de sociedades con su característica principal:
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Study Notes
Formas Jurídicas de las Empresas en España
- La elección de la forma jurídica de una empresa es crucial y debe ser estudiada cuidadosamente, ya que influye en su funcionamiento y desarrollo.
- Las formas jurídicas pueden variar a medida que la empresa evoluciona.
- Factores claves para elegir: tipo de actividad, necesidades de capital, número de fundadores, responsabilidad de los socios, y aspectos fiscales.
- En 2013, la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores introdujo cambios en las formas jurídicas para promover la reactivación económica.
Personas Físicas y Jurídicas
-
Persona física (Empresario Individual): Una persona física que realiza una actividad económica a título lucrativo en nombre propio.
- No requiere capital mínimo, tiene responsabilidad ilimitada y no hay separación entre el patrimonio personal y el empresarial.
- Tributa en el IRPF por los rendimientos por actividades económicas.
Sociedades
- Sociedades Personalistas: Priorizan la identidad de los socios sobre el capital. El acceso a la condición de socio suele ser restringido.
- Sociedades Capitalistas: Priorizan el capital aportado por los socios. Dadas las ventajas fiscales, son elegidas por la mayoría de las empresas.
Tipos de Sociedades
-
Sociedad Colectiva (S.C.): Todos los socios participan en la gestión y tienen responsabilidad ilimitada frente a las deudas.
- Frecuente entre profesionales que valoran, especialmente, la reputación.
- Requiere al menos dos socios y no hay un capital mínimo.
- Las aportaciones pueden ser en trabajo, dinero, bienes o derechos.
-
Sociedad Comanditaria Simple (S.Com.S.): Se caracteriza por la existencia de socios "colectivos" con responsabilidad ilimitada y participación en la gestión, y socios "comanditarios", con responsabilidad limitada al capital aportado y sin participación en la gestión.
- Requiere al menos dos socios, uno de ellos debe ser "colectivo".
- No hay un capital mínimo.
-
Sociedad Comanditaria Por Acciones (S.Com.Por A.): Similar a la "Comanditaria Simple", pero la participación de los socios “comanditarios” se representa por acciones.
- Tiene un carácter capitalista y se rige por la normativa de las sociedades anónimas.
- Se exige un capital mínimo de 60.000€ totalmente suscrito y al menos un 25% desembolsado.
-
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L. o S.L.): Sociedad de tipo capitalista con capital mínimo de 3.000€ dividido en participaciones (no acciones).
- La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.
-
Sociedad de Responsabilidad Limitada de Formación Sucesiva (S.R.L. o S.L. de Formación Sucesiva): Similar a la "Sociedad Limitada", pero elimina la obligatoriedad de aportar el capital mínimo de 3.000€.
- Presenta ciertas obligaciones, como límites en la retribución de socios y administradores para garantizar la protección de terceros.
- Mientras no se alcance el capital de 3.000€, deberá destinarse un porcentaje del beneficio anual a la reserva legal.
-
Sociedad Limitada Nueva Empresa (S.L.N.E.): Una especie de S.L. simplificada, creada en el año 2003 para facilitar la creación de empresas.
- Máximo de cinco socios fundadores, solo personas físicas.
- Capital mínimo de 3.000€ a 120.000€, totalmente desembolsado.
- Se caracteriza por su sencillez y ventajas fiscales en los primeros años de actividad.
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Description
Este cuestionario explora las diferentes formas jurídicas de las empresas en España, incluyendo sus características y factores clave para su elección. También se revisan las diferencias entre personas físicas y jurídicas, así como el impacto de la legislación más reciente en el emprendimiento. Ideal para emprendedores y estudiantes de derecho empresarial.