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Questions and Answers
Flashcards
¿Qué función tiene el Consejo Territorial?
¿Qué función tiene el Consejo Territorial?
Órgano que acuerda los criterios de participación del beneficiario en el coste de los servicios de dependencia.
¿Qué es la Ley 39/2006?
¿Qué es la Ley 39/2006?
Ley estatal que regula la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia.
¿Qué regula el artículo 33.1 de la Ley 39/2006?
¿Qué regula el artículo 33.1 de la Ley 39/2006?
La participación de los beneficiarios en la financiación de las prestaciones de dependencia.
¿Qué establece el artículo 14.7 de la Ley 39/2006?
¿Qué establece el artículo 14.7 de la Ley 39/2006?
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¿Qué es la Ley 14/2010 de CLM?
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¿Qué regula el Decreto 1/2019?
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¿Cuál es la finalidad del presente decreto?
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¿Qué criterios se usan para la participación económica?
¿Qué criterios se usan para la participación económica?
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¿Qué son los precios públicos?
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¿Qué razones pueden justificar precios públicos inferiores al coste?
¿Qué razones pueden justificar precios públicos inferiores al coste?
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¿Qué decretos se modifican?
¿Qué decretos se modifican?
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¿A qué principios de buena regulación se ajusta este decreto?
¿A qué principios de buena regulación se ajusta este decreto?
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¿Qué servicios del SAAD son gratuitos?
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¿Qué mejora se introduce en el servicio de atención residencial?
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¿Qué ocurre si la persona es perceptora de una prestación análoga?
¿Qué ocurre si la persona es perceptora de una prestación análoga?
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Study Notes
- El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha atribuye a la Junta de Comunidades competencias exclusivas en asistencia y servicios sociales, incluyendo la protección y ayuda a menores, jóvenes, tercera edad, emigrantes, personas con discapacidad y otros grupos necesitados.
- La Ley 39/2006 del Estado establece que la capacidad económica para acceder a las prestaciones de dependencia se basa en la renta y el patrimonio del solicitante, y que los beneficiarios participarán en la financiación según el tipo de servicio y su capacidad económica.
- El Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia acuerda los criterios de participación del beneficiario en el coste de los servicios.
- La Ley de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha (14/2010) y la Ley de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha (7/2014) prevén la participación de los usuarios en la financiación de los servicios sociales.
- El Decreto 1/2019 regula la capacidad económica de los beneficiarios y la gestión de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) en Castilla-La Mancha.
Finalidad del Decreto
- El decreto regula la participación de las personas beneficiarias en la financiación de los servicios del SAAD en Castilla-La Mancha.
- Mejora y actualiza la aplicación actual de la participación de las personas beneficiarias en el coste de los servicios.
- Establece criterios de uniformidad y equidad para la diversa tipología de servicios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, y fija los costes de referencia de los mismos.
Participación Económica y Criterios
- El catálogo de servicios del SAAD se integra en el sistema público de servicios sociales, aplicable a personas en situación de dependencia y a quienes no lo están.
- El mismo régimen de participación económica se aplica a todos los usuarios de estos servicios, independientemente de su situación de dependencia.
- La participación económica se basa en la capacidad económica personal, el tipo y el coste del servicio.
- Para servicios en centros de la Consejería competente, se aplica la Ley 9/2012, que define los precios públicos para servicios prestados en régimen de derecho público y de solicitud voluntaria.
Precios Públicos y Subvenciones
- Los precios públicos pueden ser inferiores al coste si existen razones sociales, benéficas, culturales o de interés público acreditadas, siempre que se consignen las dotaciones necesarias en el presupuesto autonómico.
- La participación económica del beneficiario debe ser inferior al coste real de los servicios, favoreciendo a personas con rentas bajas.
- Se establecen precios públicos que no cubren el coste real de los servicios debido a su naturaleza social.
- En servicios prestados por entidades privadas o locales en colaboración con la Consejería, no se pueden establecer condiciones de participación distintas a las de este decreto.
Novedades y Mejoras Introducidas
- Se mantiene la continuidad de los criterios de participación existentes.
- Se establece la gratuidad de servicios como teleasistencia (básica y avanzada), promoción de la autonomía personal (Sepap-MejóraT), atención temprana, centros ocupacionales para personas con discapacidad, ayudas técnicas y capacitación sociolaboral para personas con discapacidad.
- Se incrementa la cantidad mínima garantizada para gastos personales en atención residencial, con mayor cuantía para personas con discapacidad.
- Se reduce el porcentaje de participación si el beneficiario percibe una prestación de naturaleza y finalidad análogas.
Modificaciones a otros Decretos
- Se modifican el Decreto 186/2010 y el Decreto 52/2021 para adaptarlos a la normativa vigente y a las necesidades de gestión de centros y servicios especializados.
Principios de Buena Regulación
- El decreto cumple con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia establecidos en la Ley 39/2015.
- Se han realizado trámites de consulta pública, audiencia e información pública.
Consultas Realizadas
- Se consultó al Consejo Regional de Municipios, al Consejo de las Personas Mayores, al Consejo Asesor de Servicios Sociales, a la Comisión para el Diálogo Civil con la Mesa del Tercer Sector Social y al Consejo de Diálogo Social de Castilla-La Mancha.
Aprobación
- El decreto fue propuesto por la Consejera de Bienestar Social, oído el Consejo Consultivo, y aprobado por el Consejo de Gobierno el 29 de octubre de 2024.
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