Expropiación Forzosa: Fundamentos y Evolución

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Questions and Answers

¿Qué principio fundamental introdujo el Fuero de los Españoles en relación con la expropiación?

  • Se estableció que la indemnización debía ser siempre superior al valor del bien expropiado.
  • Se introduce el concepto de expropiación por interés social, ampliando las justificaciones más allá de la utilidad pública. (correct)
  • La expropiación solo podía llevarse a cabo por causas de utilidad pública, eliminando cualquier otra justificación.
  • Se restringieron las leyes bajo las cuales se podía expropiar, haciéndolas más específicas.

¿Cuál era el principal objetivo al modificar las bases legislativas de la expropiación forzosa, según el texto?

  • Limitar el campo de aplicación del interés público para proteger la propiedad privada.
  • Simplificar el proceso para hacerlo más rápido, sin considerar las garantías individuales.
  • Asegurar el pago de indemnizaciones más altas, sin importar la eficacia administrativa.
  • Alcanzar un equilibrio entre la eficacia administrativa y las garantías del particular. (correct)

Según el texto, ¿cuál es la implicación de que una ley básica haya permanecido vigente por un largo periodo en relación con la expropiación forzosa?

  • Implica necesariamente que la ley está desactualizada y en conflicto con las realidades contemporáneas.
  • Garantiza la calidad técnica y validez político-legal de la ley.
  • Esa ley crea rigidez en el sistema administrativo.
  • La ley necesita ser ajustada para mantener incólume la configuracion de los interesas en juego. (correct)

¿Qué factor se señala como causa de la desarticulación de las circunstancias políticas y administrativas en relación con la Ley de Expropiación?

<p>La general desarticulación de las circunstancias políticas, administrativas y de todo orden。 (C)</p> Signup and view all the answers

¿Qué problema intentó resolver la Ley de siete de octubre de mil novecientos treinta y nueve en relación con la expropiación?

<p>Crear un procedimiento de urgencia para agilizar la reconstrucción del país. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué implicación tiene el uso reiterado de la autorización de urgencia en los procedimientos de expropiación?

<p>Sugiere que la norma vigente es inadecuada para las necesidades actuales. (C)</p> Signup and view all the answers

¿Qué modificación significativa en la concepción de la propiedad privada se menciona en el texto?

<p>La superación del individualismo liberal y la incorporación de la función social de la propiedad. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué implicaciones tiene la ampliación del objeto expropiable a la expropiación de participaciones en capital social o explotaciones económicas?

<p>Requiere considerar la índole de los intereses afectados en la indemnización. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Qué se destaca como una de las más graves deficiencias del régimen jurídico-administrativo español que la Ley busca remediar?

<p>La falta de una pauta legal idónea para hacer efectiva la responsabilidad por daños causados por la Administración. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es la crítica principal al sistema del «tercer perito» en la legislación de expropiación?

<p>Reduce a un papel pasivo la función del órgano que formaliza la resolución。 (A)</p> Signup and view all the answers

Flashcards

¿Qué es la expropiación forzosa?

Privación de la propiedad privada por utilidad pública o interés social, con previa indemnización.

¿Qué es el derecho de reversión?

Derecho preferente de los antiguos propietarios a recuperar el bien expropiado si no se utiliza para el fin previsto.

¿Qué son las indemnizaciones?

Mecanismo para compensar económicamente por la privación de la propiedad y otros perjuicios.

¿Qué es la expropiación por zonas?

Procedimientos especiales para expropiar grandes áreas o grupos de bienes.

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¿Qué es el premio de afección?

Es la compensación adicional al valor del bien expropiado.

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¿Declaración de utilidad pública?

Se requiere para expropiar, indicando el propósito o beneficio para la comunidad.

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¿Qué es el justiprecio?

Es la valoración oficial de los bienes expropiados.

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¿Ocupación urgente?

Permite la ocupación inmediata si hay urgencia.

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¿Jurado de Expropiación?

Tribunal que decide el precio justo de expropiación si hay desacuerdo.

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Study Notes

Fundamentos de la Expropiación Forzosa

  • La expropiación forzosa se activa cuando hay conflicto entre el interés público y el privado, dando prevalencia al primero.
  • Se requiere un procedimiento legal para transferir el derecho expropiado, asegurando una justa indemnización.
  • Las enmiendas a las leyes de expropiación reflejan cambios en la amplitud del interés público y avances técnicos para un procedimiento más eficiente y garantías al individuo.
  • La ley actual, promulgada en 1879, necesita ser actualizada debido a las transformaciones en la administración y la sociedad.
  • La legislación existente carece de suficiente flexibilidad y agilidad para responder a las necesidades urgentes, como se evidenció con la Ley de 1939 durante la reconstrucción nacional.

Evolución del Interés Público y la Función Social

  • El concepto liberal original de expropiación se ha expandido con la conciencia social del Estado moderno.
  • El artículo 32 del Fuero de los Españoles introduce la expropiación por interés social, lo cual reconoce la función social de la propiedad.
  • Esta ampliación exige una nueva configuración de la expropiación para empoderar a la Administración en la defensa de los derechos de los ciudadanos.
  • Se ha aplicado una concepción más amplia de la expropiación a la legislación vigente, particularmente en materia de colonización e interés social.

Ámbito de Aplicación y Figuras Afines

  • Se necesita revisar el ámbito de la expropiación para acoger las notables ampliaciones que han ocurrido por legislación especial.
  • Algunos ejemplos son la expropiación de participaciones en capital social y la consorcio o arrendamiento forzoso.
  • La legislación busca un estatuto legal básico para todas las formas de acción administrativa que impliquen una lesión individualizada por razones de interés general.

Responsabilidad por Daños Causados por la Administración

  • Existe la oportunidad de corregir la falta de una norma legal sobre responsabilidad por daños causados por la Administración.
  • La legislación de régimen local ya incorpora criterios progresivos, y se puede usar la Ley de Expropiación Forzosa para abordar supuestos importantes de lesión patrimonial privada.

Eficacia y Garantías en el Procedimiento

  • La ley está enfocada en la eficacia, para que la transmisión de derechos no impacte negativamente la medida.
  • Se necesita un sistema de garantías para los interesados, asegurando un justo equilibrio.
  • Se busca eliminar obstáculos procesales y evitar el uso malicioso de mecanismos reconocidos.

Estructura del Procedimiento y Aligeración de Trámites

  • La Ley de 1879 se estructura en cuatro fases: declaración de utilidad pública, necesidad de ocupación, justiprecio, pago y toma de posesión.
  • Los requisitos de la acción protegen al individuo contra una lesión jurídica excesiva derivada de la expropiación.
  • Se pretende aligerar el requisito de legalidad, entendiendo la autorización implícita en actos previos de órganos competentes.

Declaración de Utilidad Pública e Interés Social

  • La Ley de 1879 ya exceptuaba ciertas obras realizadas según la Ley de Obras Públicas de requerir formalmente una ley para la utilidad pública.
  • Se busca agotar las posibilidades de autorización implícita, haciendo referencia al cumplimiento de los requisitos que condicionan la aprobación del proyecto.
  • Para bienes muebles, la utilidad pública se declara de manera expresa o por acuerdo del Consejo de Ministros.

Necesidad de Ocupación de Bienes o Adquisición de Derechos

  • Se valora la experiencia de la Ley de 1939, que integra la declaración de urgencia y la necesidad de ocupación.
  • En este proceso sumario se dan notificaciones, se levanta un acta previa, se realiza un depósito y se ocupa el inmueble en plazos rigurosos.
  • Se considera que la apreciación de la necesidad de ocupación es una garantía fundamental para el particular, dado que protege la concurrencia del interés general.
  • Se incorpora la Ley de 1939, atendiendo a actualizar la legislación y evitar que la acción administrativa se vea frenada por la legislación.

Justiprecio

  • La fijación de la indemnización es el problema central de la ley.
  • Se requiere una tercera estimación pericial, pero no era el procedimiento ideal y empíricamente se acude en defecto de reglas tasadas.
  • Al renunciar a lo automático, se vuelve a ponderar las circunstancias específicas.

Órgano de Tasación

  • El "tercer perito" reduce la función del órgano que formaliza la resolución.
  • La función del órgano debe ser pasiva y generar peritajes que consideran los intereses de las partes comprometidas.
  • La permanencia, reiteración en los criterios y conocimiento de la economía local debe constituir la objetivación de las tasaciones en forma de criterios generalizados.

Jurados Provinciales de Expropiación

  • Dicho Jurado reúnen las funciones de pericial y judicial, permanecen en la función y hay colegiación.
  • Está condicionado por el acierto que presida en la composición de estos y las cargas burocráticas.
  • El artículo treinta y dos explica su composición a través del Magistrado.
  • La Ley fija los plazos para fijar la indemnización y agilizar el procedimiento (artículos 30-37).

Pago y Toma de Posesión

  • Los artículos 37, 39, 40 y 41 han sido respetados en su contenido
  • Se ha considerado el derecho de reversión, reconocido en el artículo 43
  • Se busca remitir los efectos económicos, supeditando el ejercicio del derecho a la notificación.

Procedimientos Especiales

  • La ley reconoce que la expropiación se puede valer de ciertos supuestos.
  • El criterio es regularse por normas especiales o remitirse a la legislación general.
  • Los preceptos han sido redactados considerando los supuestos peculiares o generalizando las fórmulas.
  • El criterio es arbitrar y dejar intacta la legislación vigente.

Expropiación de Grandes Zonas

  • La regulación está comprendida en el volumen de obra que acomete la Administración (Título III, Capítulo 1).
  • Está enfocada a no multiplicar los procedimientos, sino a valorar la unidad.

Expropiación por Interés Social

  • El Titulo III, Capítulo II considera la expropiación por el incumplimiento de la función social de la propiedad.
  • Las garantias obligadas y la posibilidad insólita insólita en el concepto clásico de la expropiación, puede referir sus beneficios a particulares por razones de interés social.

Expropiación con Traslado de Poblaciones

  • Son motivadas por obras públicas en gran medida y de cierta envergadura; (Capítulo V del Título III).
  • Se refiere al sistema de garantías, traslados en en masa y exige un desarrollo reglamentario muy cuidadoso.

Procedimiento Expropiatorio

  • En este la valoración atiende la parte de los bienes o derechos según el Capítulo I del Título II.
  • Sigue normas generales, pero tiene algunas particularidades.

Valor Artístico, Histórico y Arqueológico

  • En estos casos hay tasación pericial conformada por 3 académicos
  • Reconoce porcentajes de participación acorde a la legislación.

Indemnizaciones por Ocupación Temporal y Otros Daños

  • Estas se dan por alteraciones de redacción.
  • Se configura como supuesto de ocupación por el caso de que la Administración (atendiendo la finalidad social del bien), no haga la expropiación,
  • Este supone compensación por daños.

Indemnización por Daños por la Administración

  • Se limita las lesiones que van a los bienes o derechos de la Ley de Expropiación
  • La responsabilidad se basa en la privación jurídica por lo útil que fue la acción administrativa.

Sobre las Garantías Jurisdiccionales

  • La Ley ha apreciado la necesidad de configurar expropiación, teniendo en cuenta el campo que hay.
  • Se hace cargo de garantizar desarrollos con un sistema eficaz de garantías, ya consagradas en el artículo 32 del Fuero de los Españoles.

Protección Jurídica

  • En caso de nulidad del expropiatorio, las Administraciones deben formalizarse conforme a los intereses de los dañados.
  • Prevalece la forma y condiciones del artículo 139 de la Ley 30/1992.
  • La norma aplica a las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Detalles Finales

  • La Ley comenzó a los cuatro meses de su promulgación.
  • Dentro de los seis meses que siguieron la entrada se expide el Reglamento general acorde a la Ley .
  • FRANCISCO FRANCO expidió tal determinación.

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