Derechos Fundamentales: Artículos 21-24
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Empareja los siguientes conceptos con sus descripciones correspondientes:

reunion = Un encuentro de personas con un objetivo común transito publico = Movimiento de personas en espacios públicos mediante medios de transporte manifestaciones = Expresiones públicas de opinión o protesta comunicacion previa = Información proporcionada con antelación sobre un evento o acción

=

=

Study Notes

Artículo 21: Derecho de Reunión

  • Se reconoce el derecho de reunión, no necesita autorización previa.
  • El ejercicio de este derecho en lugares de tránsito público y comunicación, solo puede ser prohibido con razones fundadas de alteraciones del orden público o peligro para personas o bienes.

Artículo 22: Derecho de Asociación

  • Se reconoce el derecho de asociación.
  • Las asociaciones con fines o medios delictivos son ilegales.
  • Las asociaciones deben inscribirse en un registro.
  • Las asociaciones solo pueden ser disueltas o suspendidas por resolución judicial.
  • Se prohíben las organizaciones secretas y paramilitares.

Artículo 23: Participación en Asuntos Públicos

  • Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes elegidos en elecciones.
  • Tienen derecho a acceder a funciones y cargos públicos con los requisitos legales.

Artículo 24: Tutela Judicial Efectiva

  • Todas las personas tienen derecho a la tutela judicial efectiva.
  • Derecho a la defensa y asistencia legal.
  • Derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas y con garantías.
  • Derecho a utilizar medios de prueba.
  • No declarar en contra de sí mismo, no confesarse, secreto profesional.
  • La ley regulará casos de parentesco donde se esté obligado a declarar sobre hechos delictivos.

Artículo 25: Irretroactividad de la Pena

  • Nadie puede ser sancionado por acciones u omisiones que no constituyan delito, falta o infracción administrativa en el momento de producirse.
  • Las penas privativas de libertad se orientan a la reeducación y reinserción social.
  • No podrán consistir en trabajos forzados.
  • Los condenados a prisión gozan de derechos fundamentales, exceptuando los limitados por la sentencia.
  • Derecho a trabajo remunerado y beneficios de la seguridad social.
  • Derecho al acceso a la cultura y desarrollo integral.

Artículo 26: Prohibición de Tribunales de Honor

  • Se prohíben los tribunales de honor en el ámbito de la administración civil y de las organizaciones profesionales.

Artículo 27: Derecho a la Educación

  • Se reconoce la libertad de enseñanza y el pleno desarrollo de la personalidad humana.
  • Los padres tienen derecho a que sus hijos reciban educación religiosa y moral acorde a sus convicciones.
  • La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
  • Se reconoce el derecho a la educación para todos.
  • Se reconoce la libertad de crear centros docentes.
  • Los profesores, padres y alumnos participan en el control y gestión de centros sostenidos con fondos públicos.
  • Inspección y homologación del sistema educativo por los poderes públicos.
  • Apoyo a los centros docentes por los poderes públicos.
  • Autonomía de las universidades.

Artículo 28: Libertad Sindical

  • Tinen derecho a sindicarse libremente.
  • La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho en las Fuerzas o Institutos armados o Cuerpos con disciplina militar.
  • Libertad para afiliarse o fundar sindicatos, confederaciones y organizaciones sindicales internacionales.
  • Derecho a huelga para la defensa de intereses de los trabajadores.
  • La ley establecerá garantías para asegurar los servicios esenciales de la comunidad.

Artículo 29: Derecho de Petición

  • Los españoles tienen derecho a petición individual y colectiva.
  • Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados, o Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho según su legislación específica.

Artículo 30: Deber de Defensa de España

  • Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
  • La ley define las obligaciones militares.
  • La ley regula la objeción de conciencia y otras exenciones del servicio militar obligatorio (prestación social sustitutoria).
  • Servicio civil para fines de interés general.
  • Los deberes de los ciudadanos en graves riesgos, catástrofes o calamidades públicas.

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Este cuestionario explora los derechos fundamentales relacionados con la reunión, asociación, participación en asuntos públicos y tutela judicial efectiva. Cada artículo destaca aspectos importantes de los derechos ciudadanos y su ejercicio en la sociedad. Evalúa tus conocimientos sobre estos derechos esenciales.

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