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Questions and Answers
La persona titular de la Viceconsejería siempre es la encargada de suplir a la persona titular de la Consejería.
La persona titular de la Viceconsejería siempre es la encargada de suplir a la persona titular de la Consejería.
True (A)
La persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía tiene facultades para suplir a la persona titular de la Consejería.
La persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía tiene facultades para suplir a la persona titular de la Consejería.
True (A)
La persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud puede ser suplida por la persona titular de la Secretaría General de la que dependan.
La persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud puede ser suplida por la persona titular de la Secretaría General de la que dependan.
True (A)
La persona titular de la Delegación territorial de la Consejería ostenta la representación institucional de la Consejería en su ámbito territorial.
La persona titular de la Delegación territorial de la Consejería ostenta la representación institucional de la Consejería en su ámbito territorial.
La suplencia de la persona titular de la Consejería le corresponde a la persona titular de la Viceconsejería.
La suplencia de la persona titular de la Consejería le corresponde a la persona titular de la Viceconsejería.
La Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía no menciona las facultades de suplencia de la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía.
La Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía no menciona las facultades de suplencia de la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía.
Las personas titulares de las Secretarías Generales pueden suplir a la persona titular de la Viceconsejería.
Las personas titulares de las Secretarías Generales pueden suplir a la persona titular de la Viceconsejería.
Las personas titulares de las Direcciones Generales del Servicio Andaluz de Salud pueden ser suplidas por la persona titular de la Secretaría General de la que dependan.
Las personas titulares de las Direcciones Generales del Servicio Andaluz de Salud pueden ser suplidas por la persona titular de la Secretaría General de la que dependan.
La persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud puede suplir a las personas titulares de las Secretarías Generales.
La persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud puede suplir a las personas titulares de las Secretarías Generales.
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